Boletín Oficial Nº 2772 - Concordia, 5 de julio de 2017

La siguiente Ordenanza, Decretos, Resoluciones y Edicto  conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 36.120.- Decretos: 638/2.017, 641/2.017 y 642/2.017.- Resoluciones: 36.115, 36.117 y 36.122.-

Concordia, 19 de Junio de 2017
Expte. N° 22.741-DE

ORDENANZA SOBRE RATIFICACION DE CONVENIO DE REFINANCIACION
DEUDA  ENTRE   MUNICIPIO Y AGUAPATITO S.A.

EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE CONCORDIA SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.-  Ratificase en todos sus términos el Decreto 270/2016 del Departamento Ejecutivo, por el cual se avala el Convenio entre  la Municipalidad de Concordia y la firma AGUAPATITO S.A., cuya copia se acompaña como Anexo I formando parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.

SALA DE SESIONES “EVA PERON” 8 de  Junio de 2017

Prof. IRMA INES BERGALIO
Vice-Presidente 1º
a/c Presidencia
Dra. DELIA TALLARICO DE SOAGE
Secretaria

DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 27 de junio de 2017

ORDENANZA N° 36.120

Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Ing. CARLOS HORACIO PASQUET
Secretario de Obras y Servicios Públicos.
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DECRETO N° 638/2.017.
Concordia, 30 de junio de 2017

VISTO que se ha reintegrado a sus funciones, el Señor Presidente Municipal, Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, en el día de la fecha en horas de la tarde y,

CONSIDERANDO:

Que se encontraba a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, el Señor Secretario de Secretario de Lic. MARCELO BENEDETTO.

Que refrendará el presente Decreto, el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. CARLOS PASQUET, a cargo de la Secretaria de Gobierno.

Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.

Que el dictado de la presente medida se efectué en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos b), h), ñ), q) de la Ley N° 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082 -Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Pónese en posesión de su cargo, al Señor Presidente Municipal, Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, a partir del día de la fecha y en horas de la tarde.

ARTICULO 2°.- Reintégrese a sus funciones y cargo, al Señor Secretario de Gobierno de Lic. MARCELO BENEDETTO a partir del día de la fecha y en horas de la tarde.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

Mg.Sc.Lic. MARCELO GABRIEL BENEDETTO
Secretario de Gobierno
a/c Dpto. Ejecutivo Municipal
Ing. CARLOS HORACIO PASQUET
Secretario de Obras y Servicios Públicos
a/c Secretaría de Gobierno.
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DECRETO Nº 641/2.017
Concordia, 3 de julio de 2017

VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N° 472 “S”/2017 y, 

CONSIDERANDO:

Que en las mismas se tramita el reintegro de gastos efectuados por el Señor Secretario de Deportes, Dn. Leandro Marcelo CRESTO; cuyo comprobante obra a fojas 3.

Que según planilla de rendición obrante a fojas  el importe total a reintegrar asciende a la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00).

Que la Dirección de Presupuesto realiza la Imputación Preventiva N° 3204/17, debiéndose imputar el gasto en las siguientes partidas:

0.4.90.01.03.04.34.02/GOBIERNO $ 50.000,00

Que a fojas 4 y 5, obra Resolución N° 7254/2017, donde se autoriza el procedimiento administrativo para el reintegro de los fondos.

Que la Secretaría de Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Secretaría de Deportes presenta su informe.

Que sin perjuicio de lo informado y de las observaciones realizadas por la Contaduría Municipal, este Departamento Ejecutivo estima conveniente proceder a aprobar la presente rendición, por excepción, adecuándolo a la normativa vigente.

Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107º, de la Ley 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082-Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.-

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA

ARTICULO 1º.- Apruébase el reintegro de gastos presentado por el Señor Secretario de Deportes, Dn. Leandro Marcelo CRESTO por la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) como excepción al Artículo 8° del Decreto N° 29.708 y encuadrar el mismo en el Artículo 12° Inc. D2 de la Ordenanza N° 34.698, debiendo reintegrarse dicho importe al Titular de la nombrada Secretaría, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.

ARTICULO 2°.- Impútese dicho gasto en las siguientes Partidas Presupuestarias: 0.4.90.01.03.04.34.02 GOBIERNO $ 50.000,00

ARTICULO 3°.- Remítase a la Contaduría y a la Tesorería Municipal a los fines de su toma de razón, imputación y posterior pago.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Mg.Sc.Lic. MARCELO GABRIEL BENEDETTO
Secretario de Gobierno
Ing. CARLOS HORACIO PASQUET
Secretario de Obras y Servicios Públicos
LEANDRO MARCELO CRESTO
Secretario de Deportes.
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DECRETO N° 642/2.017
Concordia, 3 de julio de 2017

VISTO el Expediente N° 439/S/2017 y,

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se tramita el reintegro de fondos propios a favor del Director de Especialidades Médicas, JULIO EMILIO ARRIONDO, de la Secretaria de Desarrollo Humano, Salud y Ambiente por la suma total de PESOS UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS CON 61/100 ($ 1.776,61.-), el cual ha sido utilizado para solventar gastos de funcionamiento de dicha Dependencia.

Que obran comprobantes y formulario de rendición de gastos.

Que obra informe de la Dirección de Contaduría.

Que la presente erogación debe encuadrarse en el Artículo 12° Inciso d.1 conforme lo dispuesto en el Articulo 113° de la Ordenanza N° 34.698, como caso de excepción al Decreto N° 29.708.

Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Provincial N° 10.027 y modificatorias - Régimen Municipal.

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA

ARTICULO 1°.- Dispónese la continuidad administrativa de las actuaciones obrantes en el Expediente N° 439/S/2017, conforme lo dispuesto en el Articulo 113° de la Ordenanza N° 34.698.

ARTICULO 2°.- Reconózcase, apruébese y reintégrese la presente rendición de gastos, por el importe total de PESOS UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS CON 61/100 ($ 1.776,61.-), al Director de Especialidades Médicas, JULIO EMILIO ARRIONDO, de la Secretaria de Desarrollo Humano, Salud y Ambiente encuadrándose el gasto en el Articulo 12°, Inciso d.1 de la Ordenanza N° 34.698, como caso de excepción al Decreto N° 29.708, en virtud de los Considerandos precedentes.

ARTÍCULO 3°.- Impútese el gasto aprobado en el Artículo 2° en las partidas presupuestarias siguientes por el importe especificado en cada caso:

N° 0.3.10.01.01.02.20.11 - $ 1.456,61 - SYA.
N° 0.3.10.01.01.02.21.04 - $ 235,00 - SY A.
N° 0.3.10.01.01.02.21.05 - $ 85,00 - SYA

ARTICULO 4°.- Gírese a Contaduría y Tesorería sus efectos.

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
GUILLEMO ECHENAUSE
Secretario de Desarrollo Humano, Salud y Ambiente.
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Concordia, 2 de Junio de 2017
Nº 8.128

VISTO:

Que es necesario instaurar políticas de concientización temprana en niños, para que a prematura edad razonen y entiendan la responsabilidad que es circular en la vía pública; y,

CONSIDERANDO:

Que las estadísticas de accidentes viales en nuestra ciudad está en los estándares más altos de la provincia de Entre Ríos, la falta de respeto a las normas de tránsito, la imprudencia al momento de conducir un vehículo, el consumo de alcohol, las altas velocidades, el poco uso de cinturón de seguridad y cascos, la falta de preparación teórica y práctica.

Que es un ambicioso proyecto la construcción de un Circuito de educación Vial para niños y Jóvenes, donde se pueda plasmar práctica y teóricamente las obligaciones, deberes y responsabilidad que tenemos las personas al circular en la vía pública, como peatón o conductor de un vehículo.

Que la concientización temprana a través de prácticas didácticas y visuales, es la mejor forma de educar en los niños, ya que en forma de entretenimiento pueden incurrir e interpretar la responsabilidad que existe al circular en la vía pública.

Que la construcción de un predio amplio que integre un circuito de interpretación y Educación Vial debería ser una política de estado en la ciudad de Concordia, donde se brindaría en forma directa a niños y jóvenes la educación practica y teórica, quienes en un futuro próximo serán los protagonistas de un manejo responsable, cumpliendo las normas que indican la Leyes de tránsito nacionales, provinciales y municipales.

Que el proyecto en cuestión debería estar estrechamente vinculado con la Central de Tránsito Municipal, Dirección de Educación Municipal y Dirección Departamental de Escuelas, para asociar un programa integral y se vuelque directamente a niños cursando los estudios primarios y secundarios.

Que la finalidad de este proyecto se basa en la concientización  temprana, e la responsabilidad que tenemos cada persona en circular en la vía pública, apuntar a disminuir tantos accidentes, traumas físicos, psicológicos y hasta muertes.

Que desde este proyecto se pretende e invita al Ejecutivo Municipal, en conjunto con CTM y CAFESG, sean los ejecutores de esta ansiada intención, los únicos beneficiados, nuestros hijos, nuestros jóvenes, nuestro pueblo.

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º.- Instar al Ejecutivo Municipal a la creación de un Programa Integral de Educación Vial para aplicar en niños y jóvenes en edad escolar, la construcción de un Circuito permanente que conste con replica en escalla reducida de calles, veredas, señales y vehículos, se diseñe a través del Área de Arquitectura Municipal en conjunto con Central de Tránsito Municipal.

ARTÍCULO 2°.- Que el Ejecutivo Municipal, proponga el espacio físico, se diagrame un programa educativo de seguridad vial para niños y jóvenes en edad escolar, se ejecute con personal preparado e instruido pedagógicamente para poder abordar la educación Vial, se realicen un enlace con la Dirección Departamental de Escuelas de Concordia y se trabaje en conjunto en la creación y ejecución de este ansiado programa.

ARTÍCULO 3°.- Que aprender seguridad vial jugando es posible, que los niños disfruten mientras aprenden, al percibir como sus referentes actúan de determinada manera, los niños tienden a reproducir tales pautas de comportamiento, de esta forma, en el Circuito de Educación Vial, la seguridad es enseñada tanto a través de unas breves  nociones impartidas con incentivo, como a través de la práctica, reproducen fielmente  las situaciones cotidianas que se dan en la vía pública que en realidad, es un completo programa de educación vial destinado a la prevención de accidentes y nuestra a los niños la importancia que tiene la responsabilidad en las calles de la ciudad, tanto dentro como fuera de los vehículos, para prevenir accidentes y fomentar las conductas cívicas.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.

SALA DE SESIONES “EVA PERON” 1 de  Junio de 2017

Sr. ARMANDO LUIS GAY
Presidente
Dra. DELIA TALLARICO DE SOAGE
Secretaria

DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de junio de 2017

RESOLUCIÓN N° 36.115

Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Mg.Sc.Lic. MARCELO GABRIEL BENEDETTO
Secretario de Gobierno.
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Concordia, 19 de Junio de 2017
Nº 8.148

VISTO:

La solicitud de la Comisión de Asociados del Banco Credicoop Filial Concordia presenta el tercer Balance Social Cooperativo correspondiente al ejercicio cerrado al 30 de Junio de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que el balance Social Cooperativo es una herramienta de la gestión socioeconómica que facilita a las cooperativas medirse y rendir cuentas a los asociados y a todos los demás grupos de interés que son impactados por su accionar en relación con el cumplimiento de su esencia o identidad, es decir, desde los valores y los principios cooperativos permitiendo además el análisis interno de cada cooperativa este caudal de información ayuda a construir la imagen del movimiento cooperativo sobre parámetros objetivos y fiables.

Que al artículo 76° de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos establece que el estado provincial, estimulará la tendencia cooperativista, mutualista, asociativista y la conformación de empresas de la economía social, basadas en los principios del bien común y en la gestión solidaria , protegiendo las organizaciones de ese carácter fomentando su desarrollo, asistencia técnica y fiscalización. Garantizando su naturaleza  y finalidad y fundamentalmente, difundirá el pensamiento y la educación cooperativista, mutualista y asociativista.

Que en el análisis integral de los resultados de la gestión de las organizaciones cooperativas, lo constituye su acción o impacto social en correspondencia con la esencia que define y desarrolla al movimiento cooperativo desde sus inicios hasta la actualidad, lo cual requiere de una conciencia y un compromiso de todos sus niveles de dirección y sus asociados.

Que de estos elementos surge el concepto de responsabilidad Social, entendida esta como toda aquella actividad que desarrolla la empresa con el objetivo de satisfacer las necesidades de sus asociados y trabajadores contratados, así como de la  comunidad en la cual esta insertada  dando respuesta a las expectativas y derechos generados con estos sectores con los cuales se relaciona con el compromiso de sus desarrollo integral.

Que así definido  el concepto de Compromiso o responsabilidad Social no solo puede ser concebido en el marco estrecho que supone el interior de la empresa cooperativa, o sea su relación con sus asociados y trabajadores, sino que en su sentido más amplio supone la interacción constante y estratégicamente definida con la comunidad que la rodea y con la cual mantienen vínculos elementales como cliente, consumidora, proveedora, etc.

Que para darle solución a esta problemática social las cooperativas deberán tener conciencia de la necesidad de incrementar su presupuesto de gastos e inversión social. Esta actividad llamada gestión social da lugar a un sistema de información denominado Contabilidad o Balance Social la cual surge como una necesidad de contar con información para la toma de decisiones que propicie el cumplimiento de la responsabilidad Social.

Que el Balance Cooperativo, demuestra la observancia de los valores y principios doctrinarios que rigen el funcionamiento cooperativo, contribuyendo a reflejar la preocupación de la Entidad Cooperativa por la comunidad y el medio ambiente, la educación, la salud y  la cultura.      

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º.-  Declárese de Interés Municipal el Tercer  Balance Social Cooperativo correspondiente al ejercicio cerrado al 30 de junio de 2016.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.

SALA DE SESIONES “EVA PERON” 16 de  Junio de 2017

Sr. ARMANDO LUIS GAY
Presidente
Dra. DELIA TALLARICO DE SOAGE
Secretaria

DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 27 de junio de 2017

RESOLUCIÓN N° 36.117

Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Mg.Sc.Lic. MARCELO GABRIEL BENEDETTO
Secretario de Gobierno.
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Concordia, 8 de Junio de 2017
Nº 8.133

VISTO:

El impulso de la Asociación Civil  “Luchemos por la Vida” del  proyecto a la introducción de pictogramas de advertencia en la caja y prospectos de medicamentos que pueden afectar seriamente la capacidad de conducir vehículos: y,        

CONSIDERANDO:

Que “Luchemos por la Vida” es una organización no gubernamental sin fines de lucro de bien público, cuyo propósito s prevenir los accidentes de tránsito en nuestro país. Estos accidentes son la causa de 21 muertos por día (más de 7.000 al año), más de 120.000 heridos por año y grandes pérdidas materiales (estimadas en U$S 10.000 millones por año).

Que, como antecedentes la propuesta fue presentada en 1998 al ANAMAT  (administración Nacional de medicamentos), que tienen a su cargo el control y autorización de medicamentos, para la aprobación de una disposición que obligue a los laboratorios medicinales a la impresión , en los frentes de los envases de medicamentos y en el prospecto, de un triángulo rojo atravesado con la frase “puede afectar a la conducción”, en el caso de aquellos productos que por las características de sus componentes químicos, pueden producir alteraciones en la capacidad de conducir vehículos.

Que, se propone además  que el mismo signo o triángulo rojo se incorpore también al Vademecum, al lado del nombre de cada medicamento que corresponda, como se hace en otros países.

Que, el proyecto se basa en exitosas experiencias desarrolladas en los países escandinavos que son “modelos y pioneros en seguridad vial”, en los cuales esta disposición rige desde hace años.

Que la Ley Nacional de Tránsito 24449 y su modificatorias en su Artículo 48” inciso a) establece “queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud de conducir..”.            

Que la Ley Nacional de Tránsito 24449 en su artículo 73° expresa: Los médicos que detecten en sus pacientes una enfermedad, intoxicación o pérdida de función o miembro que tenga incidencia negativa en la idoneidad para conducir vehículos, deben advertirles que no pueden hacerlo o las precauciones que deberán adoptar en su caso. Igualmente cuando prescriban drogas que produzcan tal efecto.

Que en la actualidad existe un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la Nación, bajo el Expediente N° 5276-D.2013 el cual se encuentra en comisión.

Que muchas personas se auto medican y no conocen los posibles efectos negativos para la conducción, que numerosos medicamentos producen.

Que este signo servirá de advertencia y recordatorio para pacientes y médicos, lo cual podrá significar el evitar considerable situación de riesgo y accidentes, sumada la posibilidad de salvar vidas.        

Que, otra ONG que trabaja a favor de la vida. Es la Fundación Laura Cristina Ambrosio  Battistel de “Estrellas Amarillas”. En su visita de las que se realizaron diferentes actividades en nuestra ciudad, conjuntamente  con la Asociación local por la vida y contención de víctimas del tránsito manifestaron su apoyo a este tipo de iniciativas.

Que, este proyecto fue compartido a los miembros del Consejo Municipal de Seguridad Vial, en la reunión celebrada el martes 30 de mayo en el salón de los intendentes con la presencia de nuestro Presidente Municipal Dr. Enrique Tomás Cresto y del Secretario de Gobierno Lic. Marcelo Benedetto.

Que, se adjuntan notas de representantes de Instituciones Públicos y Privadas que promueven y acompañan  el presente, con el objeto de atender a la prevención vial.

Que, se adjunta copia del proyecto al que se hace referencia que fuera presentado y reproducido por diferentes Legisladores de distintos bloques partidarios.

Que de vos depende no sumar más estrellas al cielo.

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º.- Adherir al proyecto de Ley del Expediente N° 5276-D-2013 sobre identificación en los rótulos de los medicamentos de los efectos secundarios y adversos que disminuyan la capacidad de conducción de vehículos automotores. Autoría de los Diputados  González, Gladys Ester, Tonelli, Pablo Gabriel y Obiglio, Julián Martín que es tratado en la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la Cámara de Diputados de la Nación Argentina.

ARTÍCULO 2º.- Interesar a los Señores Legisladores Nacionales por Entre Ríos intercedan ante el organismo que corresponda, solicitando la introducción de una disposición que obligue a los laboratorios medicinales a la impresión, en los frentes de los envases de medicamentos y en el prospecto, de un triángulo rojo atravesado con la frase “Puede afectar a la conducción”.

ARTÍCULO 3°.- Enviar copia a la Cámara de Diputados y Senadores de Entre Ríos, interesando a los Legisladores sobre la propuesta expresada en la presente.

ARTÍCULO 4.- Enviar copia a los Concejos Deliberantes de Entre Ríos, invitando a realizar una propuesta similar a la presente.

ARTÍCULO 5°.- Enviar copia a la Secretaría Parlamentaria de la Cámara de Diputados y  Senadores de la Nación Argentina requiriendo la pronta resolución del Expediente N° 5276-D-2013, que se encuentra en Comisión de Acción Social y Salud Pública según página oficial.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.

SALA DE SESIONES “EVA PERON” 8 de  Junio de 2017

Prof. IRMA INES BERGALIO
Vice-Presidente 1º
a/c Presidencia
Dra. DELIA TALLARICO DE SOAGE
Secretaria

DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 27 de junio de 2017

RESOLUCIÓN N° 36.122

Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Mg.Sc.Lic. MARCELO GABRIEL BENEDETTO
Secretario de Gobierno.
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EDICTO

La Municipalidad de ciudad de Concordia cita y emplaza a todo aquel que se considere con derechos registrales sobre los inmuebles: I.- Viñas – Llamarada: Matrícula Nº 111120, Partida Provincial Nº 116841, Partida Municipal Nº 33335, Plano Nº 38326; Partida Provincial Nº 120211, Partida Municipal Nº 33336, Plano Nº 38327; Partida Provincial Nº 120212, Partida Municipal Nº 33337, Plano Nº 38328; Partida Provincial Nº 120213, Partida Municipal Nº 33338, Plano Nº 38329; Partida Provincial Nº 1120217, Partida Municipal Nº 33342, Plano Nº 38333; Matrícula Nº 122133, Partida Provincial Nº 120214, Partida Municipal Nº 33339, Plano Nº 38330; Matrícula Nº 127676, Partida Provincial Nº 120215, Partida Municipal Nº 33340, Plano Nº 38331; Matrícula Nº 127677, Partida Provincial Nº 120216, Partida Municipal Nº 33341, Plano Nº 38332; Matrícula Nº 127672, Partida Provincial Nº 120218, Partida Municipal Nº 33343, Plano Nº 38334; Matrícula Nº 127673, Partida Provincial Nº 120219, Partida Municipal Nº 33344, Plano Nº 38335; Matrícula Nº 127674, Partida Provincial Nº 120220, Partida Municipal Nº 33345, Plano Nº 38336; Matrícula Nº 127675, Partida Provincial Nº 120221, Partida Municipal Nº 33346, Plano Nº 38337; Matrícula Nº 111120, Partida Provincial Nº 120222, Partida Municipal Nº 33347, Plano Nº 38338; Matrícula Nº 111120, Partida Provincial Nº 120223, Partida Municipal Nº 33348, Plano Nº 38339; Matrícula Nº 111120, Partida Provincial Nº 120224, Partida Municipal Nº 33349, Plano Nº 38340; Matrícula Nº 111127, Partida Provincial Nº 120225, Partida Municipal Nº 33350, Plano Nº 38341; Matrícula Nº 111120, Partida Provincial Nº 120234, Partida Municipal Nº 34479, Plano Nº 38350; Matrícula Nº 111120, Partida Provincial Nº 120236, Partida Municipal Nº 33488, Plano Nº 38352; Matrícula Nº 124145, Partida Provincial Nº 120235, Partida Municipal Nº 33487, Plano Nº 38351; Matrícula Nº 125994, Partida Provincial Nº 120237, Partida Municipal Nº 33489, Plano Nº 38353; Matrícula Tº 092, Fº 0054, Año 1979, Partida Provincial Nº 120238, Partida Municipal Nº 33490, Plano Nº 38354; Matrícula Nº 114207, Partida Provincial Nº 115140, Partida Municipal Nº 33491, Plano Nº 38355; Don Jorge: Matrícula Nº 106799, Partida Provincial Nº 112398, Partida Municipal Nº 31900, Plano Nº 11192; Matrícula Nº 106799, Partida Provincial Nº 112399, Partida Municipal Nº 32107, Plano Nº 11192; Matrícula Tº 57, Fº 123, Año 1944, Partida Provincial Nº 53043, Partida Municipal Nº 32108. II.- 1.-Manzana Nº 689, Parcela Nº 1, Expediente Nº 2343 D 2016, Propietario: Coviesa Constr. de Viv. Econ. S.A, Partida Provincial Nº 52753, Partida Municipal Nº 32732, Superficie: 13949.52 mts2. 2.- Manzana Nº 797, Parcela Nº 1, Expediente Nº 1906 D 2016, Propietario: Costa Alicia Esther y otros, Partida Provincial Nº 116838, Partida Municipal Nº 33333, con una superficie de 11.249,34 m2, superficie sujeta a determinar con precisión con la mensura definitiva. 3.- Manzana Nº 797, Parcela Nº 1, Expediente Nº 1906 D 2016, Propietario: Viceconti Víctor y otro, Partida Provincial Nº 128641, Partida Municipal Nº 33334, con una superficie de 3749,37 m2, superficie sujeta a determinar con precisión con la mensura definitiva. 4.- Manzana Nº 6723, Parcela Nº 2, Expediente Nº 880 D 2016, Propietario: Dacunto de Sambiasi A. y otro, Partida Provincial Nº 125789, Partida Municipal Nº 47931, Superficie: 4009.33 mts2. 5.- Manzana Nº 6657, Parcela Nº 1, Expediente Nº 627 D 2016, Propietario: Aguilar Enrique Ramón Yolando, Partida Provincial Nº 117874, Partida Municipal Nº 47336, Superficie: 16396 mts2. 6.- Manzana Nº 1011, Parcela Nº 3, Expediente Nº 1466 D 2016, Propietario: Goñe Hugo Roberto y otros, Partida Provincial Nº 154331, Partida Municipal Nº 65246, Superficie: 3537.97 mts2. 7.- Manzana Nº 1012, Parcela Nº 34, Expediente Nº 1466 D 2016, Propietario: Goñe Hugo Roberto y otros, Partida Provincial Nº 154332, Partida Municipal Nº 65247, Superficie: 506.56 mts2. 8.- Manzana Nº 503; 504; 548; 549, Parcela Nº 1, Expediente Nº 1800 D 2016, Propietario: Báez Blas Antonio, Partida Provincial Nº 51656, Partida Municipal Nº 32372, Superficie: 3 hectáreas. 9.- Manzana Chacra 12, Parcela Nº 10, Expediente Nº 2366 D 2016, Propietario: Oliveira Enrique Pascual, Partida Provincial Nº 60222, Partida Municipal Nº 50002, Superficie: 23.447 mts2. 10.- Manzana Nº 602, Parcela Nº 1, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdoba Carlos, Partida Provincial Nº 118273, Partida Municipal Nº 32502, Superficie: 805.4 mts2. 11.- Manzana Nº 602, Parcela Nº 2, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Sampiari Ovidio, Partida Provincial Nº 50794, Partida Municipal Nº 32503, Superficie: 816.27 mts2. 12.- Manzana Nº 602, Parcela Nº 3, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Sampiari Ovidio, Partida Provincial Nº 118279, Partida Municipal Nº 32504, Superficie: 805.4 mts2. 13.- Manzana Nº 602, Parcela Nº 4, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Niño José y otro, Partida Provincial Nº 118278, Partida Municipal Nº 32505, Superficie: 805.4 mts2. 14.- Manzana Nº 602, Parcela Nº 5, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Flesler, Partida Provincial Nº 118277, Partida Municipal Nº 32506, Superficie: 816.27 mts2. 15.- Manzana Nº 602, Parcela Nº 6, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Szyszko Basilio, Partida Provincial Nº 118276, Partida Municipal Nº 32507, Superficie: 805.4 mts2. 16.- Manzana Nº 602, Parcela Nº 7, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Sampiari Ovidio, Partida Provincial Nº 118275, Partida Municipal Nº 32508, Superficie: 816.27 mts2. 17.- Manzana Nº 602, Parcela Nº 8, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdoba Carlos, Partida Provincial Nº 118274, Partida Municipal Nº 32509, Superficie: 816.27 mts2. 18.- Manzana Nº 603, Parcela Nº 1, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdoba Carlos, Partida Provincial Nº 118280, Partida Municipal Nº 32511, Superficie: 816.27 mts2. 19.- Manzana Nº 603, Parcela Nº 2, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdoba Carlos, Partida Provincial Nº 118281, Partida Municipal Nº 32514, Superficie: 805.4 mts2. 20.- Manzana Nº 603, Parcela Nº 3, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Pietrobelli, Partida Provincial Nº 118282, Partida Municipal Nº 32512, Superficie: 816.27 mts2. 21.- Manzana Nº 603, Parcela Nº 4, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Reali Nelson, Partida Provincial Nº 118283, Partida Municipal Nº 32513, Superficie: 805.4 mts2. 22.- Manzana Nº 603, Parcela Nº 5, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdoba Carlos, Partida Provincial Nº 118284, Partida Municipal Nº 32518, Superficie: 805.4 mts2. 23.- Manzana Nº 603, Parcela Nº 6, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdoba Carlos, Partida Provincial Nº 118285, Partida Municipal Nº 32515, Superficie: 816.27 mts2. 24.- Manzana Nº 603, Parcela Nº 7, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdoba Carlos, Partida Provincial Nº 118286, Partida Municipal: Nº 32516, Superficie: 805.4 mts2. 25.- Manzana Nº 603, Parcela Nº 8, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdoba Carlos, Partida Provincial Nº 118287, Partida Municipal Nº 32517, Superficie: 816.27mts2. 26.- Manzana Nº 648, Parcela Nº 1, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Noguera, Partida Provincial Nº 118296, Partida Municipal Nº 32623, Superficie: 816.27 mts2. 27.- Manzana Nº 648, Parcela Nº 2, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Marfil Gustavo, Partida Provincial Nº 118300, Partida Municipal Nº 32624, Superficie: 805.4 mts2. 28.- Manzana Nº 648, Parcela Nº 3, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdova Carlos, Partida Provincial Nº 118297, Partida Municipal Nº 61082, Superficie: 805.4 mts2. 29.- Manzana Nº 648, Parcela Nº 4, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Bonelli de, Partida Provincial Nº 118298, Partida Municipal Nº 32626, Superficie: 816.27 mts2. 30.- Manzana Nº 648, Parcela Nº 5, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Coronel Carlos, Partida Provincial Nº 118299, Partida Municipal Nº 32627, Superficie: 816.27 Mts2. 31.- Manzana Nº 648, Parcela Nº 6, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdova Carlos, Partida Provincial Nº 118301, Partida Municipal Nº 32628, Superficie: 816.27 Mts2. 32.- Manzana Nº 648, Parcela Nº 7, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdova Carlos, Partida Provincial Nº 118302, Partida Municipal Nº 32629, Superficie: 805.4 Mts2. 33.- Manzana Nº 648, Parcela Nº 8, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Garramoni De, Partida Provincial Nº 11830, Partida Municipal Nº 32630, Superficie: 805.4 Mts2. 34.- Manzana Nº 649, Parcela Nº 1, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Tolomei Horacio, Partida Provincial Nº 118288, Partida Municipal Nº 32631, Superficie: 816.27 Mts2. 35.- Manzana Nº 649, Parcela Nº 2, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Grinman Samuel, Partida Provincial Nº 118289, Partida Municipal Nº 32632, Superficie: 805.4 Mts2. 36.- Manzana Nº 649, Parcela Nº 3, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdova Carlos, Partida Provincial Nº 118290, Partida Municipal Nº 32633, Superficie: 816.27 Mts2. 37.- Manzana Nº 649, Parcela Nº 4, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdova Carlos, Partida Provincial Nº 118291, Partida Municipal Nº 32634, Superficie: 805.4 Mts2. 38.- Manzana Nº 649, Parcela Nº 7, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdova Carlos, Partida Provincial Nº 118294, Partida Provincial Nº 118294 Partida Municipal Nº 32637, Superficie: 805.4 Mts2. 39.- Manzana Nº 649, Parcela Nº 8, Expediente Nº 1941 D 2016, Propietario: Córdova Carlos, Partida Provincial Nº 118295, Superficie: 816,27 Mts2. 40.- Manzana Nº 1461, Parcela Nº 1, Expediente Nº 2288 D 2016, Propietario: Olivera De Ferrari Blanca, Propietario: Olivera De Ferrari Blanca, Partida Provincial Nº 118923, Partida Municipal Nº 3651, Superficie: 7499.55 Mts 2. III- Manzana Nº  699 son dos manzanas propiedad de Córdova Blanca Silvia, con domicilio postal en Bernardo de Irigoyen Nº 76, con una superficie de 15.000,00 m², Plano de Mensura Nº 34.457, Partida Provincial Nº 116.829, Partida Municipal Nº 32.826, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 111112 en el año 1977. Límites y Linderos: NORTE: Recta  al rumbo S 79º 00´ E de 86,60 metros que linda con calle 11 de Noviembre. ESTE: Recta  al  rumbo S 11º 00´ O de 173,20 metros que linda con la proyección de calle Feliciano. SUR: Recta  al  rumbo N 79º 00´ O de 86,60 metros que linda con calle Lieberman. OESTE: Recta  al  rumbo N 11º 00´ E de 173,20 metros que linda con calle Diamante. Manzana Nº 700  está compuesta de 5 parcelas: Nº 1, propiedad de Córdova Carlos María, con domicilio postal en Bernardo de Irigoyen N° 76, con una superficie de 3.243,30 m². Posee la Partida Municipal Nº 32.827, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 111121 en el año 1976. Límites y Linderos: NORTE: Recta al rumbo S. 79º 00' E. de 86,60 metros que linda con calle pública de 24,24 metros de ancho. ESTE: Recta al rumbo S. 11º 00' O. de 173,20 metros que linda con calle pública de 24,24 metros de ancho. SUR: Recta al rumbo N. 79º 00' O. de 86,60 metros que linda con calle pública de 24,24 metros de ancho. OESTE: Recta al rumbo N 11º 00' E. de 173,20 metros que linda con lote A de la Sucesión de Graciana Sicre de Córdova. Nº 2, propiedad de Barotto Juan Carlos, con domicilio postal en calle Federación s/Nº, con una superficie de 805,40 m². Posee la Partida Municipal Nº32.828, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula Nº 4.516 en el año 1979. Límites y Linderos: NORTE: Recta 12-4 al rumbo S. 79º 00'  E. de 40,27 metros que linda con lote 1 Reserva Municipal. ESTE: Recta 4-5 al rumbo S. 11º 00' O. de 20,00 metros que linda con calle Federación SUR: Recta 5-13 al rumbo N. 79º 00' O. de 40,27 metros lindando con el lote 3 de Carlos María Córdova. OESTE: Recta 13-12 al rumbo N. 11º 00' E. de 20,00 metros que linda con el lote 4 de Carlos María Córdova. Nº 3, propiedad de Bordagaray Raúl y Benito, con domicilio postal en calle Germán Abdala s/ Nº, con una superficie de 816,20 m². Posee la Partida Municipal N° 32.829, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula Nº 114.554 en el año 1979. Límites y Linderos: UNIDAD FUNCIONAL Nº 1: constituida por el POLIGONO 00-01 en PLANTA BAJA con una sup. Total de propiedad exclusiva de 393,33 m2, corresponde a superficie cubierta 79,124 m2, formada por tres dormitorios; living; ante-cocina; cocina-comedor; paso; baño; y depósito; Sup. Semi-cubierta 3,60 m2, que corresponde a un porch., y sup. Descubierta de 310,59 m2, que corresponde a un patio.- Le corresponde a la Unidad por el valor en el total del edificio un porcentual de 49,82 %.- Las superficies comunes de todo el edificio suman 26,84 m2, corresponde a sup. cubierta de 23,72 my sup. descubierta 3,12 m2, la superficie3 cubierta pertenece a muros previstos. Todo ello formando parte del edificio de calle Federación Nº 2352-2356 esquina calle Nº 148, enclavado en un terreno cuya superficie S/T y S/M son 816,27 m2. Nº 4, propiedad de Osengar Jaime, con domicilio postal en calle Pellegrini N° 1155, con una superficie de 816,20 m². Posee la Partida Municipal N° 32.830, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula Nº114.653 en el año 1979. Límites y Linderos: NORTE: Recta al rumbo S. 79º 00' E. de 20.27 metros que linda con lote 1 Reserva Municipal. ESTE: Recta al rumbo S. 11º 00' O. de 40,27 metros que linda con lote 4 de Córdova Carlos María. SUR: Recta al rumbo N. 79º 00' O de 20,27 metros que linda con calle Germán Abdala. OESTE: Recta al rumbo N. 11º 00' E. de 40,27 metros que linda con calle Feliciano. Nº 5, propiedad de Córdova Carlos María, con domicilio postal en Bernardo de Irigoyen Nº 76, con una superficie de 805,40 m². Posee la Partida Municipal N° 32.831, Inscripto en el registro Público de la Propiedad bajo Matrícula Nº 111.121 en el año 1977. NORTE: Recta al rumbo S. 79º 00' E. de 20,00 metros que linda con Reserva Municipal. ESTE: Recta al rumbo S. 11º 00' O. de 40,27 metros que linda con Barotto Raúl Horacio y Bordagaray Benito calle pública de 24,24 metros de ancho. SUR: Recta al rumbo N. 79º 00' O. de 20,00 metros que linda con calle Germán Abdala. OESTE: Recta al rumbo N 11º 00' E. de 40,27 metros que linda con Osengar Jaime. Manzana N° 748  está compuesta de 8 parcelas: 1, 3, 4 y 5 son propiedad de Pío Vallilengua S.A., con domicilio postal en calle Catamarca N° 215, totalizan  una superficie de 3.243,34 m². Nº 1 Posee la Partida Municipal N° 33.080, Inscripta en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 122.141 en el año 1985. Límites y Linderos: NORTE: Recta 1-2 al rumbo S. 79º 00' E. de 20,27 metros lindando con calle Germán Abdala. ESTE: Recta 2-14 al rumbo S. 11º 00' O. de 40,27 metros lindando con el lote 3 de Pio Vallilengua S. A. SUR: Recta 14-13 al rumbo N. 79º 00' O. de 20,27 metros lindando con el lote 8 de Carlos María Córdova. OESTE: Recta 13-1al rumbo N. 11º 00' E. de 40,27 metros lindando con calle Feliciano. Nº 2, propiedad de Torrano Santa Malvina, con domicilio postal en Vélez Sarsfield  N° 236, con una superficie de 816,27 m². Posee la Partida Municipal N° 33.081, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 112.799 en el año 1997. Límites y Linderos: NORTE: Recta 17-7 al rumbo S. 79º00' E. de 40,27 metros lindando con el lote 5 de Carlos María Córdova. ESTE: Recta 7-8 al rumbo S. 11º 00' O. de 20,27 metros lindando con calle Federación. SUR: Recta 8-9 al rumbo N. 79º 00' O. de 40,27 metros lindando con calle Lieberman. OESTE: Recta 9-17 al rumbo N. 11º 00' E. de 20,27 metros lindando con el lote 7 de Carlos María Córdova. Nº 3, propiedad de  Pío Vallilengua S. A., con domicilio postal en calle Catamarca N° 215, posee la Partida Municipal N° 33.082, Inscripta en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 122.142 en el año 1985. Límites y Linderos: NORTE: Recta 2-3 al rumbo S. 79º 00' E. de 20,00 metros lindando con calle Germán Abdala. ESTE: Recta 3-16 al rumbo S. 11º 00' O. de 40,27 metros lindando con los lotes 3-4 de Pio Vallilengua S. A. SUR: Recta 16-14 al rumbo N. 79º 00' O. de 20,00 metros lindando con el lote 7 de Carlos María Córdova. OESTE: Recta 14-2 al rumbo N. 11º 00' E. de 40,27 metros lindando con el lote 1 de Pio Vallilengua S.A. Nº 4, propiedad de  Pio Vallilengua S. A., con domicilio postal en calle Catamarca N° 215, posee la Partida Municipal N° 33.083, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 122.143 en el año 1985. Límites y Linderos: NORTE: Recta 3-4 al rumbo S. 79º 00' E. de 40,27 metros lindando con calle Germán Abdala. ESTE: Recta 4-5 al rumbo S. 11º 00' O. de 20,27 metros lindando con calle Federación. SUR: Recta 5-15 al rumbo N. 79º 00' O. de 40,27 metros lindando con el lote 4 de Pio Vallilengua S.A. OESTE: Recta 15-3 al rumbo N. 11º 00' E. de 20,27 metros lindando con el lote 2 de Pio Vallilengua S.A. Nº 5, propiedad de  Pio Vallilengua S. A., con domicilio postal en calle Catamarca N° 215, posee la Partida Municipal N° 33.084, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 122.144 en el año 1985. Límites y Linderos: NORTE: Recta 15-5 al rumbo S. 79º 00' E. de 40,27 metros lindando con el lote 3 de Pio Vallilengua S.A. ESTE: Recta 5-6al rumbo S. 11º 00' O. de 20,00 metros lindando con calle Federación. SUR: recta 6-16 al rumbo N. 79º 00' O. de 40,27 metros lindando con lote 5 de Carlos María Córdova. OESTE: Recta 16-15 al rumbo N. 11º 00' E. de 20,00 metros lindando con el lote 2 de Pio Vallilengua S.A. Parcela Nº  6, es propiedad de Córdova Carlos María, con domicilio postal en Bernardo de Irigoyen N° 76, con una superficie de 805,40m². Poseen las  Partidas Municipales Nº 33.085, Inscripta en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 111.121 en el año 1977.Límites y Linderos: NORTE: Recta al rumbo S. 79º 00' E. de 40,27 metros que linda con Pio Vallilengua S. A. ESTE: Recta al rumbo S. 11º 00' O. de 20,00 metros que linda con calle Federación. SUR: Recta al rumbo N. 79º 00' O. de 40,27 metros que linda con Torrano Santa Malvina. OESTE: Recta al rumbo N 11º 00' E. de 20,00 metros que linda con Córdova Carlos María. Parcela Nº 7, es propiedad de Córdova Carlos María, con domicilio postal en Bernardo de Irigoyen N° 76, con  una superficie de 805,40 m². Posee la  Partida Municipal N° 33.086, Inscripta en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 111.121 en el año 1977. Límites y Linderos: NORTE: Recta al rumbo S. 79º 00' E. de 20,00 metros que linda con Pio Vallilengua S. A. ESTE: Recta al rumbo S. 11º 00' O. de 40,27 metros que linda con Córdova Carlos María y Torrano Santa Malvina.  SUR: Recta al rumbo N. 79º 00' O. de 20,00 metros que linda con calle Lieberman. OESTE: Recta al rumbo N 11º 00' E. de 40,27 metros que linda con Córdova Carlos María. Parcela Nº 8 son propiedad de Córdova Carlos María, con domicilio postal en Bernardo de Irigoyen N° 76, con  una superficie de 816,27 m². Posee la  Partida Municipal N° 33.087 respectivamente, Inscripta en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 111.121 en el año 1977. Límites y Linderos: NORTE: Recta al rumbo S. 79º 00' E. de 20,27 metros que linda con Pío Vallilengua S. A. ESTE: Recta al rumbo S. 11º 00' O. de 40,27 metros que linda con Córdova Carlos María y Torrano Santa Malvina. SUR: Recta al rumbo N. 79º 00' O. de 20,27 metros que linda con calle Lieberman. OESTE: Recta al rumbo N 11º 00' E. de 40,27 metros que linda con calle Feliciano. El inmueble, identificado con el N° 795 son dos manzanas. La parcela Nº 2 es propiedad de Costa Alicia y otros, con domicilio postal en Alberdi N° 162, con una superficie de 2.499,28 m², Plano de Mensura N° 34.462, Partida Provincial N° 116.834, Partida Municipal N° 33.331, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 111.106 en el año 1976. Límites y Linderos: NORTE: Recta  al rumbo S 79º 00´ E de 86,60 metros que linda con calle Jacobo Lieberman. ESTE: Recta  al  rumbo S 11º 00´ O de 28,86 metros que linda con calle Diamante. SUR: Recta  al  rumbo N 79º 00´ O de 86,60 metros que linda con Costa Alicia y otros. OESTE: Recta  al  rumbo N 11º 00´ E de 28,86 metros que linda con calle Tala. La parcela Nº  3 es  propiedad de Costa Alicia y otros, con domicilio postal  en  Alberdi N° 162, con una superficie de 8.568,20 m², Plano de  Mensura   N° 34.463, Partida  Provincial  N°  116.835, Partida Municipal  N° 33.332,  Inscripto  en  el  Registro  Público  de la Propiedad bajo Matrícula N° 111.098 en el año 1993. Límites y Linderos: NORTE: Recta  al rumbo S 79º 00´ E de 86,60 metros que linda con calle Costa Alicia y otros. ESTE: Recta  al  rumbo S 11º 00´ O de 98,94 metros que linda con calle Diamante. SUR: Recta  al  rumbo N 79º 00´ O de 86,60 metros que linda con Serre Enrique Emilio. OESTE: Recta  al  rumbo N 11º 00´ E de 98,94 metros que linda con calle Tala. En esta última parcela se encuentra funcionando la Escuela "La Viña". El inmueble, identificado con el N° 797 abarca tres manzanas y se compone de tres parcelas: La identificada con el N° 1 es propiedad de Costa Alicia Esther y otros, con domicilio postal en calle Alberdi N° 162, con una superficie de 11.249,34 m². Posee la Partida Municipal N° 33.333, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 111.103 en el año 1976. Límites y Linderos: NORTE: Recta al rumbo S. 79º 00' E. de 129,90 metros lindante con calle Lieberman. ESTE: Recta al rumbo S. 11º 00' O. de 86,60 metros que linda con Viceconti Víctor Nicolás y Núñez Mario Domingo. SUR: Recta al rumbo N. 79º 00' O. de 129,90 metros que linda con calle Rca.  Argentina (a abrir). OESTE: Recta al rumbo N. 11º 00' E. de 86,60 metros que linda con calle Diamante. La identificada con el N° 2 es propiedad de Viceconti Víctor  y otro, sin domicilio postal, con una superficie de 3.749,78 m². Posee la Partida Municipal N° 33.334, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 118.790 en el año 1982. Límites y Linderos: NORTE: Recta 1-2 al rumbo S. 77º 00' E. de 43,30 metros que linda con calle Lieberman. ESTE: Recta 2-3al rumbo S. 13º 00' O. de 86,60 metros que linda con calle Federación. SUR. Recta 3-4 al rumbo N. 77º 00' O. de 43,40 metros que linda con calle Rca. Argentina (abrir). OESTE: Recta 4-1 al rumbo N. 13º 00? E de 86.60 metros que linda con Alicia E. Costa y otros. La quinta 180 que comprende las manzanas Nº 697, 698, 745, y 746 propiedad de Córdova Blanca Silvia, con una superficie total  de 29.998, 24 m². Partida Municipal N° 34.456, Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 111.111. Límites y Linderos: NORTE: Recta al rumbo S. 79º 00' E. de 173,20 metros lindante con calle 11 de Noviembre. ESTE: Recta al rumbo S. 11º 00' O. de 173,20 metros que linda con calle Diamante. SUR: Recta al rumbo N. 79º 00' O. de 173,20 metros que linda con calle Lieberman. OESTE: Recta al rumbo N. 11º 00' E. de 173,20 metros que linda con calle Gualeguay. La quinta 182 que corresponde 701/01 unificada con las manzanas 702, 749 y 750 propiedad de Córdova Blanca Silvia con una superficie total de 19.136,77 m², Inscripto en el Registro Público de la Propiedad bajo Matrícula N° 111.119 del año 1976. Límites y linderos: NORTE: con calle 11 de Noviembre y vías del Ferrocarril; al noreste Vías del Ferrocarril. ESTE: calle Nogoya. SUR: calle Lieberman. OESTE: calle Federación; para que en el término de quince (15) días hábiles comparezcan en las dependencias del INVyTAM (Instituto de la Vivienda y Tierra Autárquico Municipal) sito en Hipólito Irigoyen y Alberdi de esta ciudad, de lunes a viernes de 8 a 12 horas, acompañado de documento nacional de identidad y Título del Registro de la Propiedad Inmueble a su nombre. Se emplaza y se cita en el marco del dictado del Decreto 478/2017, disponiendo la publicación de edictos de oposición por el término de tres (3) días en los diarios locales y en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos, otorgando un plazo de quince (15) días a partir del último día de publicación para la presentación de oposición fundada en lo establecido en las normas correspondientes.

Firmado: Dr. Enrique Tomás Cresto, Presidente Municipal. Lic. Marcelo Benedetto, Secretario de Gobierno.