Boletín Oficial N° 3348 - Concordia, 21 de marzo de 2024

SUMARIO
 

Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Decretos:  390/2024, 391/2024, 932/2024 y 393/2024.-
 

DECRETO N° 390/2.024
Concordia, 19 de marzo de 2024
 
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente interno N°57 Letra "L"/2023, y;
 
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, la Agente Mireya Liliana LOPEZ BERNIS D.N.I. N° 12.426.693, Legajo N° 1885, presenta la renuncia al cargo a partir del 1° de Enero de 2024, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución N° 005740, de fecha 15/09/2023, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común, a la Agente Mireya Liliana LOPEZ BERNIS.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que la agente antes mencionada, actualmente, no tiene embargos privados activos ni en espera.
Que a fojas 5, la Encargada de Control de Deudas de Créditos Especiales comunica que la agente LOPEZ BERNIS, a la fecha, no registra deudas en concepto de Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente Mireya Liliana LOPEZ BERNIS D.N.I. N° 12.426.693, Legajo N° 1885, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Junio de 2.003. Revista como personal mensual en la categoría 24° del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano. Además, comunica que dicha agente tendría pendiente, 11 (once) días de la licencia del año 2014, 25 (veinticinco) días de licencia del año 2015, 25 (veinticinco) días de licencia del año 2016, 25 (veinticinco) días de licencia del año 2017, 25 (veinticinco) días de licencia del año 2018, 25 (veinticinco) días de licencia del año 2019, 25 (veinticinco) días de licencia del año 2020, 25 (veinticinco) días de licencia del año 2021, 25 (veinticinco) días de licencia del año 2022 y 30 (treinta) días proporcionales de la licencia del año 2023 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11.275/49 de tres sueldos básicos de la categoría 20°. Además comunica que:
-El Artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275/49, establece: "En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°."
Que a fojas 7 mediante Dictamen N° 99/24 de fecha 15/01/2024, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: "... esta Dirección no tiene objeción que formular a la aceptación de la Renuncia ... Que ... entiende que corresponde hacer lugar al pago de las licencias veinticinco (25) días del año 2022 y treinta (30) días del año 2023 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77°, Bis de la Ordenanza N° 11.275/49 correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20°.".
Que a fojas 8, obra Decreto N° 1.855/2.023 de techa 28/12/2.023.
Que a fajas 9, obra nueva intervención de la Dirección de Recursos Humanos, mediante la cual hace saber que la agente Mireya Liliana López Bernis, Legajo N°1885, se desempeño como funcionaria política, desde fecha 16/12/2019 hasta 10/12/2.023.
Que a fojas 10, la Subsecretaría Legal y Técnica, comunica: ... "Que atento el Dictamen emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos a fs. 7, lo establecido por el Decreto N° 1855/2023 y lo informado por la Jefa del Departamento Administrativo de la Dirección de Recursos Humanos en fecha 18/01/2024.-
Que esta Subsecretaria comparte el criterio sostenido por la Dirección de Asuntos Jurídicos en cuanto a corresponder la aceptación de la Renuncia por parte del agente en cuestión y el Subsidio del art. 77 bis de la Ordenanza N° 11.275/49.-
Sin embargo soy de la opinión de que no corresponde el pago de los 25 días de licencia del año 2022 y 30 días del año 2023 ponderando el hecho de que la requirente no cumplió, en dichos períodos, tareas efectivas como dependiente de este Municipio, a la postre elemento indispensable para el goce de tal beneficio, sino que sus labores fueron desarrolladas como Funcionaria designada por el poder Ejecutivo Local.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N° 10.082 -Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Acéptese a partir del 1° de Enero de 2.024, la renuncia presentada por la Agente Mireya Liliana LOPEZ BERNIS D.N.I. N° 12.426.693, Legajo N° 1885, para acogerse a los beneficios, de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese el pago del subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11.275/49, correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20°, a favor de la Agente Mireya Liliana LOPEZ BERNIS D.N.I. N° 12.426.693, Legajo N° 1885.
 
ARTICULO 3°.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 391/2.024
Concordia, 20 de marzo de 2024
 
VISTO: Que se debe ausentar en horas de la mañana de la ciudad, el Señor Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUÉ, por temas relacionados con la Administración Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, al Dr. LUCIANO DELL' OLIO, Secretario de Gobierno y Hacienda.
Que se estima pertinente poner a cargo de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, al Sr. Subsecretario de Hacienda, Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la Ley 10.027, modificada a través de la ley N° 10.082-ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N°A706j12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
LE PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Poner a cargo de la Presidencia del Departamento, Ejecutivo Municipal, al Dr. LUCIANO DELL' OLIO, Secretario de Gobierno y Hacienda, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
 
ARTICULO 2°.- Poner a cargo de la Secretaría de Gobierno y Hacienda y, al Sr. Subsecretario de Hacienda, Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. DELL'OLIO LUCIANO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 392/2.024
Concordia, 21 de marzo de 2024
 
VISTO que se ha reintegrado a sus funciones, el Señor Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUÉ, en el día de la fecha en horas de la mañana y,
 
CONSIDERANDO:
Que se encontraba a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda, Dr. LUCIANO DELL'OLLO.
Que refrendará el presente Decreto, el Sr. Sub Secretario de Hacienda, Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA, a cargo de la Secretaría de Gobierno y Hacienda.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la Ley 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Pónese en posesión de su cargo, al Señor Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO  AZCUÉ, en el día de la fecha en horas de la mañana.
 
ARTICULO 2°.- Reintegrase a sus funciones y cargo al Señor Secretario de Gobierno y Hacienda, Dr. LUCIANO DELL'OLIO, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. DELL'OLIO LUCIANO
Secretario de Gobierno y Hacienda
a/c Presidencia Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Subsecretario de Hacienda
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 393/2.024
Concordia, 21 de marzo de 2024
 
VISTO la necesidad de contar con personal idóneo en la Secretaría de Desarrollo Urbano y,
CONSIDERANDO:
Que en ese sentido se hace necesario desafectar del Honorable Concejo Deliberante de Concordia, a la Agente Municipal, Inés Araceli Durantini Villalba, Documento Nacional de Identidad N° 39.033.153, Legajo N° 9.778 y afectarla a la Subsecretaria de Ambiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano, para el desarrollo de tareas y funciones inherentes al área.
Que las Áreas intervinientes prestaron conformidad.
Que conforme a lo expresado y en virtud de la necesidad de la readecuación de recurso humano y contar con personal idóneo en la Subsecretaria de Ambiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano, se estima pertinente dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada por la Ley 10.082; según T.O Decreto N° 4706/12 Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desafectar del Honorable Concejo Deliberante de Concordia a la Agente Municipal, Inés Araceli Durantini Villalba, Documento Nacional de Identidad N° 39.033.153, Legajo N° 9.778 y afectarla a la Subsecretaria de Ambiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano, para el desarrollo de tareas y funciones inherentes al área, a partir del día de la fecha.
 
ARTICULO 2°.- Establecer que los gastos de transferencia de la citada agente se imputará en la partida 0.1.90.01.01.01 - Subsecretaria de Ambiente.
 
ARTICULO 3°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Subsecretaria de Salud de la Secretaria de Desarrollo Humano, Dirección de Liquidaciones a los fines de su liquidación y oportunamente archivar como antecedente en el legajo personal de la agente.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretario de Desarrollo Urbano.