Boletín Oficial N° 3329 - Concordia, 22 de febrero de 2024

SUMARIO
 
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 

Decretos: 253/2024, 254/2024, 255/2024, 256/2024, 257/2024, 258/2024, 259/2024 y 260/2024.-

 
DECRETO N° 253/2.024
Concordia, 21 de febrero de 2024
 
VISTO la nota a fs. 1 del Expediente Interno N° 97 Letra "S" /2024 de la Subsecretaría de Cultura, solicitando un llamado a Licitación Pública para la adquisición de toldos y faldones de lona para montaje de ferias y,
 
CONSIDERANDO:
Que el costo total aproximado de lo solicitado asciende a la suma de PESOS CATORCE MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 CENTAVOS ($14.604.800,00), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar un Llamado a Licitación Pública.
Que ha tomado intervención la Dirección de Planificación y Presupuesto.
Que la Dirección de Compras y Suministros acompaña proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Planilla Nomencladora.
Que la Sub Secretaria de Hacienda toma intervención de su competencia autorizando el presente gasto.
Que la apertura de la licitación deberá realizarse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible.
Que la Presente Medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la ley provincial n° 10027 - Régimen Municipal - modificada por la Ley Provincial N° 10082; según T.O. Decreto 4706112 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Aprobar la documentación del Pliego de bases y condiciones Particulares y Planilla Nomencladora del Expediente Interno N" 97 Letra "S" /2024, elaborada por la Dirección de Compra y Suministros para el llamado a Licitación Pública N° 04/2024 para la ADQUISICION DE TOLDOS Y FALDONES DE LONA PARA MONTAJE DE FERIAS."
 
ARTICULO 2°.- Disponer que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de la propuesta, según lo establecido en el art. 25° de la Ordenanza N° 34.698 Contrataciones del Estado Municipal y Considerando procedente.
 
ARTICULO 3°.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas presupuestarias: 0.5.90.01.01.02.20.11- DESARROLLO HUMANO - $ 14.604.800,00.
 
ARTICULO 4°.- Disponer que el pago se efectué de acuerdo a lo establecido en el Articulo N° 11 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
 
ARTICULO 5°.- Conformar la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 7° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado procedentemente.
 
ARTICULO 6°.- Realizar las publicaciones de Ley.
 
ARTICULO 7°.- Girar a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
 
ARTICULO 8°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIÁN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
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DECRETO N° 254/2.024.
Concordia, 21 de febrero de 2024
 
VISTO la estructura Orgánica Municipal aprobada por Ordenanza N° 38.226/2023 de fecha 7 de Diciembre de 2023 y el Decreto N° 1769/2023;
 
CONSIDERANDO:
Que la misma, organiza las Secretarias y Subsecretarías del Departamento Ejecutivo Municipal, para la nueva Gestión de Gobierno asumida el 10 de diciembre del presente año.
Que en su Título III - Capítulo I a XVI- Artículos 9° a 81° inclusive del Decreto N° 1769/2023, se establecen las competencias, atribuciones y funcionalidad de la Secretaría de Gobierno y Hacienda.
Que resulta necesario ampliar la estructura orgánica de esta Secretaría, en el ámbito de la Dirección de Tránsito y Transporte, Subsecretaría de Gobierno.
Que asimismo, se dispone la designación del personal que cubrirá el cargo creado, para el correcto funcionamiento de esta Subsecretaría, la optimización de los trabajos realizados y el cumplimiento de los ideales proyectados para esta Gestión de Gobierno para la Ciudad de Concordia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, inciso II) u, de la Ley Provincial 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos,
 
Por ello:
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°: Crease el Área de Asistencia Funcional y Administrativa. Tendrá como función asistir administrativa y técnicamente a la Dirección de Tránsito y Transporte en aquellas cuestiones relevantes y necesarias que se Determinen. Verificara procedimientos, procesos y circuitos administrativos. Promoverá el más eficaz aprovechamiento de los recursos, brindando soporte en la identificación e implementación de estrategias dirigidas a optimizar los recursos disponibles, promoviendo prácticas de buen uso y sostenibilidad dentro de la Dirección. Se relacionará con la Subsecretaria de Gobierno a través de la Dirección de Tránsito y Transporte.
 
ARTICULO 2°: Designase Jefe de Área de Asistencia Funcional y Administrativa, dependiente de la Dirección de Tránsito y Transporte, Secretaría de Gobierno y Hacienda al Sr. Peruchena, Jonathan Maximiliano Ramón, D.N.I. 38.544.938, cuyas competencias se establecen en el Artículo 1° del presente Decreto. Tendrá rango Dirección Política Nivel 1.
 
ARTICULO 3°: Dejase sin efecto toda disposición o norma que se oponga al presente Decreto.
 
ARTICULO 4°: Los alcances de los artículos precedentes comenzarán a regir a partir del 01/02/2024.
 
ARTICULO 5°: Gírese copia a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidaciones a sus efectos.
 
ARTICULO 6°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. Eduardo Martín Caminal
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 255/2.024
Concordia, 21 de febrero de 2024
 
VISTO, la nota obrante de fojas 01 del expediente N° 2491 "D"/23 y,
 
CONSIDERANDO:
Que en la mencionada nota se informa que el agente ALVAREZ, JOSE IGNACIO, LEGAJO N° 4365 se le descontó el presentismo, asistencia y puntualidad en el mes de Noviembre 2023, por error involuntario no registro su salida en la planilla de marcación de asistencia.
Que los fundamentos expuestos se consideran atendibles, atento a que dicho agente desempeño sus funciones normalmente en tiempo y forma.
Que a fojas 02 la Dirección de Recursos Humanos solicita informe a la Dirección de Liquidaciones.
Que a fojas 03 la Dirección de Liquidaciones informe lo siguiente:
• El Agente ALVAREZ, JOSE IGNACIO, LEGAJO N° 4365, en el periodo de 05/2023 a 10/2023 tuvo los siguientes descuentos:
• Un día, asistencia y puntualidad en el mes de Noviembre 2023.
Que la jefa Equipo Control Horario eleva informe adjuntando planilla de informe ENTRADA/SALIDA y listado de Licencia Anual.
Que el Departamento Administrativo informa la situación de revista del Agente ALVAREZ, JOSE IGNACIO, LEGAJO N° 4365.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°; incisos ñ, q, y u; de la ley N° 10.027 y sus modificatorias a través de la ley N° 10.082, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos,
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Disponer hacer lugar al reintegro de 1 (uno) día, la Bonificación por Presentismo, Asistencia y Puntualidad, descuentos que fueron realizados en los haberes del mes de Noviembre de 2023 al Agente ALVAREZ, JOSE IGNACIO, LEGAJO N° 4365, en virtud de lo expresado en los considerando presentes.
 
ARTICULO 2°.- Remitir a la Dirección de Liquidaciones y Dirección de Recursos Humanos; a los fines de su notificación de lo dispuesto en Artículo 1° de la presente Resolución.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIÁN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
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DECRETO N° 256/2.024.
Concordia, 21 de febrero de 2024
 
VISTO que mediante Ordenanza N° 38.231 se promulgó el Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico 2.024 y,
CONSIDERANDO:
Que en su artículo 9° se establece "Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal para ampliar el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos que conforman esta Ordenanza incorporando los saldos afectados al inicio del Ejercicio".
Que este Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de una correcta registración de la información presupuestaria debe efectuar la distribución administrativa pertinente de dichos créditos.
Que la Dirección de Planificación y Presupuesto y la Secretaría de Gobierno y Hacienda han tomado conocimiento y la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107°, Incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dispónese la distribución de los saldos afectados al inicio en las partidas correspondientes en el Presupuesto de Gastos de la Administración Pública Municipal para el Ejercicio Económico 2.024, establecidas en el Articulo 9° de la Ordenanza N° 38.231 de acuerdo a la planilla que forma parte integrante del presente Decreto..
 
ARTICULO 2°.- Remítase copia del presente al Honorable Concejo Deliberante a los fines de su conocimiento y demás efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archivase.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 257/2.024.
Concordia, 21 de febrero de 2024
 
VISTO la presentación efectuado por la Agente Municipal, Gogorza Miriam Cristina obrante a fs. 1 del Expediente N° 105 Letra "G "2023, por laque eleva su renuncia a efectos de acogerse a la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos y,
 
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente mensual Gogorza Miriam Cristina, legajo N°4232, D.N.I N° 14.307.167, presta servicios en este municipio desde el 01 de junio de 2007, revista como personal mensual, categoría 19°. Depende de la Sría. De Gobierno y Hacienda, Dpto. de Tasa Inmobiliaria.
Que por Resolución N° 006419 del 11 de Octubre de 2023, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia de Entre Ríos concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común.
Que obra intervención de la Dirección de Liquidaciones y Recursos Humanos informando que no tiene en la actualidad embargo-activos, ni en espera, tampoco registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldo).
Que a fs. 7 obra Dictamen N°97/24 emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos sin objeción que formular respecto a la aceptación de la renuncia presentada por la Agente mensual, Gogorza Miriam Cristiana, Categoría 19, Legajo N°4232, entendiendo que corresponde hacer lugar el pago las Licencias nueve (9) días pendiente del año 2023 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77°, Bis de la Ordenanza N°11.275-49 correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20°.-
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N°10027 - Régimen Municipal - modificada por la Ley Provincial N° 10082; según T.O. Decreto 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Acéptese a partir del 1 de Enero de 2024 la renuncia presentada por la agente mensual Categoría 19° Gogorza Miriam Cristina, legajo N°4232, D.N.I N° 14.307.167, con motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
 
ARTICULO 2°.- Disponer se liquide y abone a la ex agente municipal Gogorza Miriam Cristina, legajo N° 4232, D.N.I N° 14.307.167, el pago de Licencias nueve (9) días pendiente del año 2023 y el subsidio por jubilación -: establecido en el artículo 77°, Bis de la Ordenanza N°11.275-49 correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20°, en un todo acuerdo a lo informado por la Dirección de Recursos Humanos a fs. 6 y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos a fs. 7.
 
ARTICULO 3°.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos al ex agente de referencia de lo dispuesto en el Artículo 1° y 2° del presente, cumplimentado pase al Departamento de Liquidaciones.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda
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DECRETO N°258/2.024.
Concordia, 21 de Febrero de 2.024.
 
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente interno N°114 Letra "A"/2023, y;
 
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Mensual Alfredo Ramón ALFONSO D.N.I. N°11.840.515, Legajo N°1959, presenta la renuncia al cargo a partir del 1° de Enero de 2024, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución N°006347, de fecha 09/10/2023, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común al Agente Alfredo Ramón ALFONSO.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que el mencionado Agente, no tiene embargo activo ni en espera.
Que a fojas 5, la Encargada de Control de Deudas de Créditos Especiales comunica que el agente ALFONSO, no registra, a la fecha, deudas en concepto de Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente Alfredo Ramón ALFONSO D.N.I. N°11.840.515, Legajo N°1959, presta servicios en este Municipio desde el 1° de Enero de 1987. Revista como personal mensual en la categoría 24° del Escalafón Municipal Dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Dirección de Recolección de Residuos. Dicho agente tendrá pendiente 12 (doce) días de la licencia del año 2022 y 30 (treinta) días de la licencia del año 2023. Además comunica que:
“El Artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275/49, establece: “En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90(noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°”
Que a fojas 7, mediante Dictamen N° 105/24 de fecha 15/01/24, la "Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: "…esta Dirección no tiene objeción que formular, respecto a la aceptación de la renuncia.
Que...entiende que corresponde hacer lugar al pago de las licencias doce (12) días del año 2022 y treinta (30) días del 2023 y el subsidio por jubilación establecido en el art. 77°, Bis de la Ordenanza N°11.275-49 correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20°.".
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N°10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Acéptese a partir del 1° de Enero de 2.024, la renuncia presentada por el Agente Mensual Alfredo Ramón ALFONSO D.N.I. N°11.840.515, Legajo N°1959, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese el pago de doce (12) días de la licencia del año 2022 y treinta (30) días de la licencia del año 2023 y el subsidio por jubilación establecido en el Articulo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275/49, correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20°, a favor del Agente Mensual Alfredo Ramón ALFONSO, D.N.I. N°11.840.515. Legajo N°1959.
 
ARTICULO 3°.- Notifíquese, tome nota la dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos,
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretario de Desarrollo Urbano
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DECRETO N°259/2.024.
Concordia, 21 de Febrero de 2.024.

VISTO
La solicitud de Licencia efectuada por la Sra. MEZA DE CURBELO SILVIA BEATRIZ, Directora de Inspecciones, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda y,
 
CONSIDERANDO:
Que a los fines de garantizar el normal funcionamiento de la Dirección de Inspecciones, se debe designar en forma transitoria la función de Director, mientras dure la ausencia de su titular.
Que a través del Art. 20 del Decreto Nº1782/23, la agente Mensualizada Sra. Solange Giaquinto (legajo Nº 5.919) fue designada Jefa del Área Control de Tramites de la Dirección de Inspecciones.
Que en virtud de ello, ante la necesidad de cubrir el cargo en cuestión de manera interina, se estima conveniente hacer recaer tal función en la actual Jefa del Área Control de Tramites, quien cumple las condiciones de idoneidad para el cargo.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el artículo 107° de la Ley 10.027 - Régimen de los Municipios de Entre Ríos.
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Conceder Licencia a la Sra. Directora de Inspecciones MEZA DE CURBELO, SILVIA BEATRIZ a partir del día 21 de febrero de 2024 hasta el 29 de febrero de 2024.
 
ARTICULO 2°.- Poner a cargo de la Dirección de Inspección General mientras dure la ausencia de su titular, a la Jefa del Área Control de Tramites Sra. Giaquinto Solange (legajo Nº 5.919), a partir del día 21 de febrero de 2024 y hasta el 29 del mismo mes, conforme al considerando precedente.
 
ARTICULO 3°.- Remitir a la Dirección de Recursos a los fines de su conocimiento, toma de razón y oportunamente archivar como antecedente en su legajo personal.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda  
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DECRETO N° 260/2.024.
Concordia, 21 de Febrero de 2.024
 
VISTO, la necesidad de asignar fondo fijo, de acuerdo a lo solicitado en el Expediente Interno N°291 "D" 2024; y,
 
CONSIDERANDO:
Que esta solicitud es consecuencia de la necesidad de contar con un monto razonable a fin de que -los funcionarios responsables puedan solventar los gastos menores de sus reparticiones, que vayan surgiendo en la necesidad y urgencia.
Que por otra parte, la existencia de prioridades presupuestarias requiere que se realice con debida mensura en lo referente a disposición de fondos.
Que en virtud de ello, este Departamento Ejecutivo Municipal considera atinente autorizar una habilitación de caja menor para uso de la Dirección de Obras Viales y Mantenimiento.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, incisos q) y u), de la Ley N°10.027/11 y su modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. -

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dispónese la habilitación de una caja menor a el Ingeniero Bruno Gaztambide, Director de Obras Viales y Mantenimiento, por un importe de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 50.000,00.-), siendo responsable de la misma, de acuerdo con la disposiciones reglamentarias del Decreto N°29.708/1997; como así también a los controles que a tal fin realice la Contaduría Municipal, conforme de los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Establécese que en función de las disposiciones presupuestarias, las nuevas habilitaciones y/o incrementos de cajas menores deberán requerir intervención previa de la Secretaría de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.-     
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda  
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretario de Desarrollo Urbano.