Boletín Oficial N° 3325 - Concordia, 16 de febrero de 2024

SUMARIO

 
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Decretos: 215/2.024, 216/2.024, 217/2.024, 219/2.024, 220/2.024, 221/2.024 y 222/2.024.-
 
DECRETO N°215/2.024
Concordia, 14 de Febrero de 2.024
VISTO el Expediente Externo N°1337055 y;
CONSIDERANDO
Que a fs. 1 obra nota de la Sra. Zabala Marra Elvira, D.N.I. N°18.323.149, denunciando por maltrato a su persona al Agente de la Dirección de Tránsito y Transporte que le realizo el acta de constatación N°00923794.
Que de fs.2 a fs. 6 se adjunta documentación respaldatoria.
Que a fs. 7 obra Dictamen N°1676/2023 de la Dirección de Asuntos Jurídicos solicitando información de los Agentes involucrados.      
Que a fs. 9 obra descargo obra del Inspector Segovia Leonardo, Legajo N°9450 sobre la situación ocurrida el 27 de Octubre de 2023 aproximadamente a las 10:20hs. En la intersección de calle Urquiza y Catamarca.
Que a fs. 10 obra descargo del Inspector Zarate Hernán, Legajo N° 2283 sobre la situación antes mencionada.
Que a fs. 13 obra intervención de la Dirección de Recursos Humanos informando lo siguiente:
• Zarate Hernán Hugo, Legajo N°2283. Fecha de ingreso el 01/07/1995. Mensual, Categoría 24°. Depende de la Secretaria De Gobierno y Hacienda. Dirección de Tránsito y Transporte. En su foja de servicios registra el siguiente antecedente disciplinario: Decreto N°1014 del 12/10/2005. Conducta incursa. Llamado de atención.
• Segovia Leonardo Fabián, Legajo N°9450. Fecha de ingreso el 01/08/2023, Categoría 8°. Depende de la Secretaria de Gobierno y Hacienda. Dirección de Tránsito y Transporte. En su foja de servicios no registra antecedentes disciplinarios.
Que a fs. 14 obra Dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos N°119/2024 de fecha 17 de Enero de 2024 aconsejando:
• DISPONER la instrucción de una Información Sumaria a los efectos de individualizar, establecer y deslindar responsabilidades respecto a la situación ocurrida el 27/10/2023
• DESIGNAR a la Dr. González Celina Evelyn como instructora sumariante:
Que a fs. 15 obra informe del Tribunal de Disciplina, aconsejando la instrucción sumaria a los fines de esclarecer el hecho denunciado, establecer formas y circunstancias respecto de cómo habría sucedido el mismo y determinar y/o deslindar la responsabilidad que les pueda caber a los agentes involucrados, conforme a las obligaciones impuestas por la Ordenanza N°11.275/49.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, de la Ley Provincial N°10.027 y su modificatoria Ley N°10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos - según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello, 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Disponer la instrucción de una Información Sumaria a los Agentes Municipales ZARATE HERNAN HUGO, Legajo N°2283 Y SEGOVIA LEONARDO ALBERTO Legajo N°9450 a los efectos de individualizar, establecer y deslindar responsabilidades de lo denunciado de acuerdo a lo informado y a las constancias obrantes en el Expediente Externo N°1337055.
 
ARTICULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. González Celina Evelyn. Quien en el acto administrativo que corresponda deberá disponer de las diligencias necesarias para reunir todos los antecedentes que se relacionan al hecho motivo de la instrucción Sumarial ordenada.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda  
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DECRETO N°216/2.024.
Concordia, 14 de Febrero de 2.024
VISTO el Expediente Interno 2420 "D" 2023 y;
CONSIDERANDO
Que a fs. 1 obra nota de La Dirección de Recursos Humanos solicitando al Área de Control de Horario las planillas de marcación correspondiente a los meses que van de mayo, julio, agosto, septiembre y octubre de 2023 de la Agente Municipal IPHARRAGUERRE ILEANA MARIA, Legajo N°6343, ya presento ausencias injustificadas, a saber 5 (cinco) días mayo de 2023, 9 (nueve) días julio de 2023, todo el periodo de agosto (sueldo retenido), septiembre y octubre de 2023 (sueldo no liquidados).
Que de fs. 2 a fs. 8 obra intervención del Equipo de Control de Horario, adjuntando la documentación solicitada.
Que a fs. 9 obra intervención de la Dirección de Recursos Humanos informando que la Agente IPHARRAGUERRE ILEANA MARIA, Legajo 6343 presta servicios en este Municipio desde 01/05/2019. Revista como personal mensualizado, categoría N°11. Depende de la Dirección de Tránsito y Transporte - Secretaria de Gobierno y Hacienda.
Que obra intervención del Departamento de Notificaciones Masivas.
Que a fs. 14 obra intervención de la División de Higiene y Seguridad Laboral informando que la agente no ha presentado certificados médicos, ni constancia actualizadas de tratamientos médicos que justifiquen inasistencia a su lugar de trabajo.
Que a fs. 15 y 15 vuelta, obra dictamen del Tribunal de Disciplina aconsejando según lo establecido en el Artículo 16° de la Ordenanza N°11.275/49 la instrucción de un Sumario Administrativo, a la Agente Municipal IPHARRAGUERRE ILEANA MARIA, Legajo N°6343.
Que a fs. 18 obra informa de La Dirección de Liquidaciones, solicitado por la Dirección de Asuntos Jurídicos, informando los descuentos realizados en el año 2023 a la agente en cuestión.
Que a fs. 19 obra Dictamen N°231/2024 del 1° de Febrero de 2024 compartiendo opinión con el Tribunal de Disciplina, y designando como instructora sumariante a la Dr. González Celina Evelyn.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, de la Ley Provincial N°10.027 y su modificatoria Ley N°10.082- Régimen de Municipales de Entre Ríos - según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETO
 
ARTICULO 1°.- Disponer la instrucción de un Sumario Administrativo a la Agente Municipal IPHARRAGUERRE ILEANA MARIA, Legajo N°6343, dependiente de la Dirección de Tránsito y Transporte, Secretaria de Gobierno y Hacienda, por no haber concurrido presumiblemente a su lugar habitual de trabajo a prestar servicios en un lapso que excede los quince días de inasistencia en el año sin haber justificado fehacientemente su accionar de acuerdo a las inasistencias acreditadas por la Dirección de Recursos Humanos, según lo informado y a las constancias obrantes en el Expediente Interno 2420 “D” 2023; y violando presuntamente a las obligaciones que todo personal de la Administración Municipal debe cumplir; conducta que se encontraría prima facie, incursa en el articulo 16° incisos a) y d); y articulo 31° incisos a) de la Ordenanza N°11.275/49. 
 
ARTICULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. González Celina Evelyn. Quien en el acto administrativo que corresponda deberá disponer de las diligencias necesarias para reunir todos los antecedentes que se relacionan al hecho motivo de la instrucción Sumarial ordenada.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda
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DECRETO N°217 /2.024.
Concordia, 14 de Febrero de 2.024
VISTO, Expediente Interno N°47 "V"/2023; donde el Agente Municipal VALDEZ JORGE DANIEL, legajo N°6880, solicita pase a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Secretaria de Gobierno y Hacienda y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas N° 1, obra Planilla de Traslado respecto al Agente Municipal Contratado con Aportes VALDEZ JORGE DANIEL, DNI: 28.586.330, legajo N°6880.
Que es necesario contar con personal idóneo en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Secretaria de Gobierno y Hacienda.
Que en ese sentido se hace necesario desafectar de la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana al Agente Municipal, VALDEZ JORGE DANIEL, legajo N°6880 y afectarlo a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, para el cumplimiento de tareas y funciones inherentes.
Que a fojas N°2 vuelta, la Dirección de Planificación y Presupuesto informa que corresponde imputar el gasto en la Partida N°0.7.40.01.01.01/Secretaria de Gobierno y Hacienda
Que a fojas N°3, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente Municipal, VALDEZ JORGE DANIEL, legajo N°6880, presta servicios en este Municipio desde 01/06/2023. Revista como personal Contratado con Aportes, dependiente de la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal - Secretaria de Gobierno y Hacienda.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N°10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. 
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana al Agente Municipal Contratado con Aportes, VALDEZ JORGE DANIEL, DNI: 28.586.330, legajo N°6880 y aféctese a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, por los motivos invocados en el Considerando del presente.
 
ARTICULO 2°.- Dejase sin efecto el Código de Liquidación N°839 "Convenio de Personal de Seguridad Ciudadana", por los motivos invocados en el Considerando de la presente.
 
ARTICULO 3°.- Impútese lo aprobado en el Artículo 1°, en la Partida Presupuestaria: N°0.7.40.01.01.01/Secretaria de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese a la Dirección de Liquidaciones, Dirección de Recursos Humanos, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda  
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DECRETO N°219/2.024.
Concordia, 14 Febrero de 2.024.
VISTO la renuncia presentada por el Agente Contratado con Aportes ANTONIO MARCELINO MOLL, Legajo N°9462, obrante a fojas 1 del Expediente N°1.339.196 y,
CONSIDERANDO:
Que dicha renuncia la presenta el nombrado agente, con motivo de acogerse a los beneficios de la Jubilación otorgada por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), a partir del 01 de Enero de 2024.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente ANTONIO MARCELINO MOLL, Legajo N°9462, prestó servicios en este Municipio como Contratado sin Aportes desde el 01/01/2022 hasta el 31/12/2023. Dependía de la Dirección de Prevención Civil y Emergencias (ex SIMES) - Secretaría de Desarrollo Humano.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención mediante Dictamen N°138/24, indicando que ante lo solicitado fojas 1, no tiene objeción que formular respecto a la renuncia efectuada por el agente ANTONIO MARCELINO MOLL, Legajo N°9462.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°) de la Ley N°10.027 y modificatorias - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Acéptase la renuncia presentada por la Agente Municipal ANTONIO MARCELINO MOLL, Legajo N°9462 (quien dependía de la Dirección de Prevención Civil y Emergencias (ex SIMES) - Secretaría de Desarrollo Humano, con motivo de acogerse a los beneficios de la Jubilación que otorga Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), a partir del 01 de Enero de 2024.    
 
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Recursos Humanos para su toma de razón y correspondientes efectos, y pase a la Dirección de Liquidación de Haberes a sus efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y Hacienda y archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario Desarrollo Humano
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DECRETO N°220/2.024.
Concordia, 14 de Febrero de 2.024
VISTO el contenido del Decreto N°097/2024 de fecha 22/01/2024, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto se dispuso el pago en el mes de Enero de 2024 y Febrero 2024 de un bono no remunerativo por única vez de Pesos Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000,00) –periodo 01/2024-y Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000,00) -periodo 02/2024-al personal de planta permanente y contratados con aportes de la Municipalidad de Concordia.
Que la Dirección de Planificación y Presupuesto ha indicado las partidas presupuestarias a las que corresponde imputar el presente gasto.
Que la Subsecretaría de Hacienda ha tomado conocimiento de la presente erogación, autorizando el total del gasto.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por Ley N°10.027- Régimen Municipal de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Disponer, reconocer y abonar un adicional no remunerativo de Pesos Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000,00) a todo el personal de planta permanente y contratados con aportes, correspondiente al mes de Febrero de 2024, dispuesta por el Decreto N°097/2024 de fecha 22/01/2024, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS CIENTO CINCO MILLONES, DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 105.240.000,00) conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Interno N°447"D"/2.024.
 
ARTICULO 2°.- Imputar el gasto que se aprueba en el Artículo 1°, a las partidas presupuestarias indicadas por la Dirección de Planificación y Presupuesto, cuyo detalle se anexa formando parte del presente.
 
ARTICULO 3°.- Remitir a la Contaduría y a la Tesorería a sus efectos.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda
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DECRETO N°221/2.024.
Concordia, 14 de Febrero de 2.024
VISTO, el Decreto N°1.640/2023 de fecha 27/11/2023, obrante a fojas 13 y 13 vta. del Expediente Interno N°1293 Letra "S" 2.023; y,
CONSIDERANDO:
Que obra informe de la Subsecretaría de Ingeniería, de la Secretaría de Desarrollo Urbano, elevando para su consideración, a fojas 3, Planilla Comparativa Modificación de Obra, incorporando un nuevo ítem, de la obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES y MANO DE OBRA PARA LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS DE SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL EN DISTINTAS ARTERIAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA - 1° ETAPA", de la Licitación pública N°11/2023, según Decreto N°237/23 de fecha de 14 Febrero de 2023, cuyos antecedentes obran en el Expediente N°29 Letra "S" del año 2023; aclarando que la incorporación de este nuevo ítem para la realización de los trabajos, y la modificación propuesta, permitiría la ejecución inmediata de los trabajos correspondientes, sin modificar la imputación presupuestaria, ya que como se puede observar en la Planilla Comparativa, no se modifica el monto final de la obra, adjudicada a la firma VAWA S.A.C.I.C.I., mediante Decreto N°553/2023 de fecha 18/04/2023.
Qué a fojas 9 del mencionado Expediente obra Planilla sin refrendar.
Que a fojas 10 del mencionado Expediente, obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, expresando: "... esta Dirección no tiene objeciones que formular e informa que deberá encuadrarse en las disposiciones del Artículo 42° de la Ordenanza N°22.715".
Que a fojas 15 obra nueva intervención de la Dirección de Compras y Suministros informando que: "Visto el Decreto N°1.640/2023 esta Dirección considera que se debería aprobar el importe correspondiente al saldo de la licitación, o sea sin incluir las cantidades ya certificadas. A tales efectos, a fojas 9 se adjuntó una planilla con el detalle de las cantidades a aprobar de cada ítem."
Que el Departamento Asesoría Legal y Técnica dictamina que correspondería hacer lugar a la observación efectuada por la Dirección de Compras y Suministros.
Que el Ingeniero Carlos S. Scévola, en su carácter de Inspector de Obra por parte de la Municipalidad de Concordia, procede a refrendar la Planilla obrante a fojas 9 del presente Expediente.
Que, por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal considera atinente dejar sin efecto el Decreto N°1.640/2023 de fecha 27/11/2023, obrante a fojas 13 y 13 vta. del Expediente Interno N°1293 Letra "S" 2.023; y en consecuencia aprobar la Planilla Comparativa Modificación de Obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS DE SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL EN DISTINTAS ARTERIAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA - 1° ETAPA", de la Licitación Pública N°11/2023, obrante a fojas 9 del presente Expediente, las cual modifica el plan original de la obra sin implicar un incremento del monto total de la presente obra, conforme los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto el Decreto N°1.640/2023 de fecha 27/11/2023, obrante a fojas 13 y 13 vta. del Expediente Interno N°1293 Letra “S” 2.023, conforme lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 2°.- Apruébese la Planilla Comparativa Modificación de Obra: “PROVISION DE MATERIAL Y MANO DE OBRA PARA LA EJECUCION DE TRABAJOS DE SEÑALIZACION HORIZONTAL EN DISTINTAS ARTERIAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA – 1° ETAPA”, de la Licitación Pública N°11/2023, de fojas 9, la cual modifica el plan original de la obra sin implicar un incremento del monto total de la presente obra; en virtud de las razones invocadas en los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 3°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos tome nota la Contaduría Municipal; cumplimentado, remitir a conocimiento de la Subsecretaria de Ingeniería, de la Secretaria de Desarrollo Urbano.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese copia a la Secretaría de Gobierno y Hacienda; y oportunamente, archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretario de Desarrollo Urbano  
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DECRETO N°222/2.024.
Concordia, 14 de Febrero de 2.024
VISTO el contenido del Decreto N° 097/2024 de fecha 22/01/2024, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto se dispuso el pago en el mes de Enero de 2024 y Febrero 2024 de un bono no remunerativo por única vez de Pesos Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000,00) ¬periodo 01/2024- y Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000,00) -periodo 02/2024- al personal de planta permanente y contratados con aportes de la Municipalidad de Concordia.
Que la Dirección de Planificación y Presupuesto ha indicado las partidas presupuestarias a las que corresponde imputar el presente gasto.
Que la Subsecretaría de Hacienda ha tomado conocimiento de la presente erogación, autorizando el total del gasto.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por Ley N° 10.027- Régimen Municipal de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Disponer, reconocer y abonar un adicional no remunerativo de Pesos Cuarenta Mil con 00/100 ($40.000,00) a todo el personal de planta permanente y contratados con aportes, correspondiente al mes de Enero de 2024, dispuesta por el Decreto N°097/2024 de fecha 22/01/2024, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 5.520.000,00) conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Interno N° 437 "D"/2.024
 
ARTICULO 2°.- Imputar el gasto que se aprueba en el Artículo 1°, a las partidas presupuestarias indicadas por la Dirección de Planificación y Presupuesto, cuyo detalle se anexa formando parte del presente.
 
ARTICULO 3°.- Remitir a la Contaduría y a la Tesorería a sus efectos.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda