Boletín Oficial N° 3320 - Concordia, 6 de febrero de 2024

SUMARIO
 
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Decretos: 156/2024, 166/2024, 174/2024, 175/2024, 176/2024, 177/2024, 178/2024, 179/2024 y 180/2024.  


DECRETO N° 156/2.024
Concordia, 30 de enero de 2024
 
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.024, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
 
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, el Departamento de Planificación y Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la presente transferencia se efectúa de conformidad a lo previsto en el Artículo 5° de la ordenanza N° 38.231.
Que la Secretaría de Gobierno y Hacienda y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Refuércense los créditos presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.024 en los importes que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el "considerando precedente.
 
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.024 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno y Hacienda al Honorable Concejo Deliberante.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’ OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda

ANEXO I
 
0.1.50.01.01.01.10.02.03 Gobierno 20,000
0.1.90.01.01.01.10.01 D. Humano 120,000,000
0.1.90.01.01.01.10.02.03 D. Humano 40,000,000
0.1.90.01.01.01.10.02.04 D. Humano 50,000,000
0.1.90.01.01.01.12 D. Humano 20,000,000
0.1.90.01.01.01.13 D. Humano 40,000,000
0.2.90.01.01.01.11.01 gobierno 80,000,000
0.2.90.01.01.01.11.04 Gobierno 20,000,000
0.3.20.01.01.01.11.01 D. Ambiental 15,000,000
0.3.20.01.01.01.11.02.01 D. Ambiental 5,000,000
0.3.20.01.01.01.11.04 D. Ambiental 3,000,000
TOTAL 413,000,000
 
ANEXO II
 
0.1.90.01.01.01.10.01 Gobierno 120,000,000
0.4.30.01.01.01.10.01 D. Social 120,000,000
0.1.90.01.01.01.10.01 Salud 100,000,000
0.1.90.01.01.01.10.02.01 Salud 50,000,000
0.2.30.01.01.01.10.01 D. Ambiental 23,000,000
TOTAL 413,000,000
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’ OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
----------
 
DECRETO N° 166/2024
Concordia, 1° de febrero de 2.024
 
VISTO la necesidad de convocar a Sesión Extraordinaria, al Honorable Concejo Deliberante a los fines de tratar temas inherentes a la Administración Pública Municipal. y,
 
CONSIDERANDO:
Que este Departamento Ejecutivo Municipal considera atinado a los fines de dar respuesta a diversos temas de interés de esta Gestión Municipal y de la Comunidad de Concordia, convocar al Honorable Concejo Deliberante a los fines de tratar Proyectos de Ordenanzas prioritarios y necesarios para la marcha de la Administración Municipal y para la Comunidad de Concordia,
Que en ese sentido es necesario tratar lo siguiente:
a) Proyecto de Modificación Ordenanza N° 38.226 "Orgánica Municipal de Jefatura de
Gabinete, Secretarias y Subsecretarias año 2023"
b) Proyecto de Ordenanza Modificación Presupuesto 2024,
c) Proyecto de Ordenanza Sistema Digitalización de Multas,
d) Proyecto de Ordenanza Centro de Monitoreo,
e) Proyecto de Ordenanza Modificación Presupuesto 2024 Ente Descentralizado de Obras Sanitarias.
f) Proyecto de Modificación Ordenanza N°32.887 "Carritos Gastronómicos"
Que en mérito a la importancia de los temas indicados precedentemente para la Administración, Pública" Municipal y para la Comunidad de Concordia en general, es decisión de este Departamento Ejecutivo convocar a ese Honorable Cuerpo Legislativo a los fines del tratamiento, de los temas indicados y que se ,encuentran en tratamiento legislativo.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Convocase al Honorable Concejo Deliberante a Sesión Extraordinaria, para el día Martes 6 de Febrero de 2024, a las 10:00 horas, a los fines de tratar los siguientes temas: ,
a) Proyecto de Modificación Ordenanza N° 38.226 "Orgánica Municipal de Jefatura de Gabinete, Secretarias y Subsecretarias año 2023"
b) Proyecto de Ordenanza Modificación Presupuesto 2024,
c) Proyecto de Ordenanza Sistema Digitalización de Multas,
d) Proyecto de Ordenanza Centro de Monitoreo,
e) Proyecto de Ordenanza Modificación Presupuesto 2024 Ente Descentralizado de Obras Sanitarias.
f) Proyecto de Modificación Ordenanza N° 32.887 "Carritos Gastronómicos"
 
ARTICULO 2°.- Remítase nota de estilo al Honorable Concejo Deliberante, acompañando fotocopia del Decreto para su conocimiento, tratamiento y demás efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’ OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
----------
 
DECRETO N° 174/2024
Concordia, 1° de febrero de 2.024
 
VISTO que mediante Decreto N° 166/2024 de fecha 01 de Febrero de 2024 se convoco a Sesión Extraordinaria, al Honorable Concejo Deliberante a los fines de tratar temas inherentes a la Administración Pública Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que en las últimas horas surgió un nuevo tema de interés de esta Gestión Municipal y de la Comunidad de Concordia.
Que en este Sentido se considera necesario ampliar los temas a tratar en la convocatoria al Honorable Concejo Deliberante.
Que el nuevo tema a incorporar es el siguiente:
  • Proyecto de Modificación Ordenanza N° 37.302 "Transporte Urbano de Pasajeros" actualización de Boletos
Que en mérito a la importancia del tema indicado precedentemente para la Administración Pública Municipal y para la Comunidad de Concordia en general, es decisión de este Departamento Ejecutivo ampliar los temas de la convocatoria a ese Honorable Cuerpo Legislativo a los fines del tratamiento de los temas indicados y que se encuentran en tratamiento legislativo.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Incorpórese a los temas detallados en el Artículo 1° del Decreto 166/2024 mediante el cual se Convoco al Honorable Concejo Deliberante a Sesión Extraordinaria, para el día Martes 6 de Febrero de 2024, a las 10:00 horas, a los fines de tratar el siguiente tema:
  • Proyecto de Modificación Ordenanza N° 37.302 "Transporte Urbano de Pasajeros" actualización de Boletos
ARTICULO 2°.- Remítase nota de estilo al Honorable Concejo Deliberante, acompañando fotocopia del Decreto para su conocimiento, tratamiento y demás efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’ OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
----------
 
DECRETO N° 175/2.024
Concordia, 2 de febrero de 2024
 
VISTO, la Licitación Privada N° 67/2023, para la Obra: "PROVISION DE MATERIALES, EQUIPAMIENTO Y MANO DE OBRA PARA LA EJECUCION DE UNA PERFORACION EN EL PREDIO PROVINCIAL EN CERCANIAS DE LA TORTUGA ALEGRE"; y,
 
CONSIDERANDO:
Que en virtud de ello y en el marco de los lineamientos estratégicos desarrollados por esta gestión de Gobierno, resulta necesario designar un Inspector de Obra, para realizar las tareas de control y supervisión, como asimismo, encomendar la coordinación, seguimiento e inspección de la obra en cuestión; por lo expuesto, se considera necesario designar al Ingeniero Cristian Luis Alberto BUFFA, DNI N° 24.218.206, Legajo N° 3947, como Inspector para la obra de marras, considerando que reúne las condiciones para tal función.
Que el Ingeniero Cristian Luis Alberto BUFFA designado, tendrá a su cargo el seguimiento y la inspección de la obra de marras, a partir del día 04/12/2023 y hasta que termine la misma.
Que por lo expuesto, es decisión de este Departamento Ejecutivo designar como Inspector de Obra al Ingeniero Cristian Luis Alberto BUFFA, DNI N° 24.218.206, Legajo N° 3947, para la Obra: "PROVISION DE MATERIALES, EQUIPAMIENTO Y MANO DE OBRA PARA LA EJECUCION DE UNA PERFORACION EN EL PREDIO PROVINCIAL EN CERCANIAS DE LA TORTUGA ALEGRE", de la Licitación Privada N° 67/2023, a partir del 04/12/2023 y hasta que termine la misma, conforme lo expresado en los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, inciso u), de la Ley 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designese como Inspector de Obra, al Ingeniero Cristian Luis Alberto BUFFA, DNI N° 24.218.206, Legajo N° 3947, para la Obra: "PROVISION DE MATERIALES, EQUIPAMIENTO Y MANO DE OBRA PARA LA EJECUCION DE UNA PERFORACION EN EL PREDIO PROVINCIAL EN CERCANIAS DE LA TORTUGA ALEGRE", de la Licitación Privada N° 67/2023, a partir del 04/12/2.023 y hasta que termine la misma, para realizar las tareas de control y supervisión, como asimismo, encomiéndese la coordinación, seguimiento e inspección de la obra mencionada; en virtud de lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 2°.- Notifíquese al Inspector interviniente dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas, de la Secretaria de Desarrollo Urbano; cumplido, tome nota la Dirección de Compras y Suministros, dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese y dése a la Secretaria de Gobierno y Hacienda; y oportunamente, archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO MARTIN CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL’ OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------
 
DECRETO N° 176/2.024
Concordia, 2 de febrero de 2024
 
VISTO, Expediente Interno N° 80 "R"/2.023, donde el agente Municipal Ríos, Facundo Andrés - Legajo N° 6865, solicita pase a la Coordinación del Centro Cívico dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda y;
 
CONSIDERANDO:
Que a fojas N° 1, obra Planilla de traslado respecto a la Agente Municipal contratado con aportes Ríos, Facundo Andrés, D.N.I: 39.716.922 - Legajo N° 6865.
Que es necesario contar con personal idóneo en la Coordinación Centro Cívico de la Secretaria de Gobierno y Hacienda.
Que en este sentido se hace necesario desafectar del Instituto de Viviendas y Tierras Municipal al Agente Municipal Ríos, Facundo Andrés - Legajo N° 6865 y afectarlo a la Coordinación del Centro Cívico de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, para el cumplimiento de tareas y funciones inherentes.
Que a fojas N° 2 vuelta, la Dirección de Planificación y presupuesto informa que corresponda imputar el gasto en la partida N° 0.1.90.01.01.01. /S. de Hacienda.
Que a fojas N° 3 la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente Municipal Ríos. Facundo Andrés- D.N.I. 39.716.922 - legajo N° 6865, presta servicio en este Municipio desde 01/06/2.023. Revista como personal Contratado con Aportes, dependiente del Instituto de Viviendas y tierras Autárquico Municipal.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatorias Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desafectar del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal, al Agente Municipal Contratado con Aportes, Ríos, Facundo Andrés- D.N.I: 39.716.922 - Legajo N° 6865 y aféctese a la Coordinación del Centro Cívico de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, por los motivos invocados en el considerando del presente.
 
ARTICULO 2°.- Irnpútese lo aprobado en el Articulo 1°, de la Partida Presupuestaria: 0.1.90.01.01.01. /S. de Hacienda
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese a la Dirección de Liquidaciones, Dirección de Recursos Humanos, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’ OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
----------
 
DECRETO N° 177/2.024
Concordia, 5 de febrero de 2024
 
VISTO la necesidad de contar con personal idóneo en la Dirección General de Rentas y,
 
CONSIDERANDO:
Que en ese sentido se hace necesario desafectar de la Secretaria de Desarrollo Humano a la Agente Municipal, Señora Spadillero María Gabriela Documento Nacional de Identidad N° 24.467.134, Legajo N° 6141 y afectarla a la Dirección General de Rentas dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, para el desarrollo de tareas y funciones inherentes al área.
Que la Secretaria de Gobierno y Hacienda, ha prestado la conformidad para el traslado interesado.
Que conforme a lo expresado y en virtud de la necesidad de la readecuación del recurso humano y contar con personal idóneo en el, se estima pertinente dictar la presente disposición.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos b), h), ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027, modificada a través de la. Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desafectar de la Secretaria de Desarrollo humano a la Agente Municipal, Señora Spadillero María Gabriela, Documento Nacional de Identidad N° 24.467.134, Legajo N° 6141 y afectarla a la Dirección General de Rentas dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, a partir del dictado del presente Decreto.-
 
ARTICULO 2°.- Establecer que los gastos de transferencia del citado agente se imputarán en la partida 0.1.90.01.01.01 - Subsecretaria de Hacienda
 
ARTICULO 3°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección General de Rentas dependiente de la Secretaria de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, Dirección de Liquidaciones de haberes dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda a los fines de su liquidación y oportunamente archivar como antecedente en el legajo personal de la Agente Municipal, Señora, Spadillero María Gabriela, Documento Nacional de Identidad N° 24.467.134, Legajo N° 6141.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’ OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
----------
 
DECRETO N° 178/2.024
Concordia, 5 de febrero de 2024
 
VISTO la necesidad de contar con personal idóneo en la Dirección de Catastro y,
 
CONSIDERANDO:
Que en ese sentido se hace necesario desafectar de la Secretaria de Desarrollo Humano a la Agente Municipal, Señora Echeveste Alejandra Isabel, Documento Nacional de Identidad N° 29.956.502, Legajo N° 6747 y afectarla a la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, para el desarrollo de tareas y funciones inherentes al área.
Que la Secretaria de Gobierno y Hacienda, ha prestado la conformidad para el traslado interesado.
Que conforme a lo expresado y en virtud de la necesidad de la readecuación del recurso humano y contar con personal idóneo en el, se estima pertinente dictar la presente disposición.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos b), h), ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desafectar de la Secretaria de Desarrollo humano a la Agente Municipal, Señora Echeveste Alejandra Isabel, Documento Nacional de Identidad N° 29.956.502, Legajo N° 6747 y afectarla a la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, a partir del dictado del presente Decreto.-
 
ARTICULO 2°.- Establecer que los gastos de transferencia del citado agente se imputarán en la partida 0.1.90.01.01.01 - Subsecretaria de Hacienda
 
ARTICULO 3°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, Dirección de Liquidaciones de haberes dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda a los fines de su liquidación y oportunamente archivar como antecedente en el legajo personal de la Agente Municipal, Señora, Echeveste Alejandra Isabel, Documento Nacional de Identidad N° 29.956.502, Legajo N° 6747.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’ OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
----------  
 
DECRETO N° 179/2.024.
Concordia, 5 de febrero de 2024
 
VISTO la necesidad de contar con personal idóneo en la Dirección de Informática y,
 
CONSIDERANDO:
Que en ese sentido se hace necesario desafectar de la Subsecretaria de Salud dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano a la Agente Municipal, Señora Racca Camila Milagros Documento Nacional de Identidad N° 42.123.353, Legajo N° 6754 y afectarla a la Dirección de Informática dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, para el desarrollo de tareas y funciones inherentes al área.
Que la Secretaria de Gobierno y Hacienda, ha prestado la conformidad para el traslado interesado.
Que conforme a lo expresado y en virtud de la necesidad 'de la readecuación del recurso humano y contar con personal idóneo en el, se estima pertinente dictar la presente disposición.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos b), h), ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desafectar de la Secretaria de Desarrollo humano a la Agente Municipal, Señora Racca Camila Milagrosa, Documento Nacional de Identidad N° 42.123.353, Legajo N° 6754 y afectarla a la Dirección de Informática dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, a partir del dictado del presente Decreto.-
 
ARTICULO 2°.- Establecer que los gastos de transferencia del citado agente se imputarán en la partida 0.1.60.01.01.01 - Subsecretaria de Hacienda
 
ARTICULO 3°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Informática dependiente de la Secretaria de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, Dirección de Liquidaciones de haberes dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda a los fines de su liquidación y oportunamente archivar como antecedente en el legajo personal de la Agente Municipal, Señora, Racca Camila Milagros, Documento Nacional de Identidad N° 42.123.353, Legajo N° 6754.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’ OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
----------  
 
DECRETO N° 180/2.024
Concordia, 5 de febrero de 2024
 
VISTO la necesidad de contar con personal idóneo en la Dirección de Asuntos Jurídicos y,
 
CONSIDERANDO:
Que en ese sentido se hace necesario desafectar de la Secretaria de Desarrollo Humano a la Agente Municipal, Señora Imoberdoff Natasha Documento Nacional de Identidad N° 43.113.258, Legajo N° 6752 y afectarla a la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, para el desarrollo de tareas y funciones inherentes al área.
Que la Secretaria de Gobierno y Hacienda, ha prestado la conformidad para el traslado interesado.
Que conforme a lo expresado y en virtud de la necesidad de la readecuación del recurso humano y contar con personal idóneo en el, se estima pertinente dictar la presente disposición.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos b), h), ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desafectar de la Secretaria de Desarrollo humano a la Agente Municipal; Señora Imoberdoff Natasha, Documento Nacional de Identidad N° 43.113.258, Legajo N° 6752 y afectarla a la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda, a partir del dictado del presente Decreto.-
 
ARTICULO 2°.- Establecer que los gastos de transferencia del citado agente se imputarán en la partida 0.1.50.01.01.01 - Subsecretaria Legal y Técnica
 
ARTICULO 3°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la Secretaria de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, Dirección de Liquidaciones de haberes dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda a los fines de su liquidación y oportunamente archivar como antecedente en el legajo personal de la Agente Municipal, Señora, Imoberdoff Natasha, Documento Nacional de Identidad N° 43.113.258, Legajo N° 6752.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’ OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.