Boletín Oficial N° 3307 - Concordia, 11 de enero de 2024

SUMARIO
 
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Decretos: 046/2.024, 047/2.024, 048/2.024, 050/2.024, 052/2.024, 053/2.024 y 054/2.024.-
 

DECRETO N°046/2.024.
Concordia, 08 de Enero de 2.024.
VISTO, el Expediente Interno N°54 “L”/2023, donde la agente Contratada con Aportes, LACUADRA, Cynthia Nayla, Legajo N°5285, DNI: 39716615, solicita traslado a la Sub Secretaria de Salud y;
CONSIDERANDO:
Que la Agente Contratada con Aportes LACUADRA, Cynthia Nayla, Legajo N° 5285, DNI 39.716.615, tramita el traslado desde la Sub Secretaria de Desarrollo Social a la Sub Secretaria de Salud - Dirección de Estadísticas y Epidemiologia, ambas dependientes de la Secretaria de Desarrollo Humano.
Que las áreas competentes no presentan objeciones a que se disponga el traslado de dicho agente.
Que este Departamento Ejecutivo en virtud de no existir objeciones que formular, estima pertinente la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N°10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la SubSecretaria de Desarrollo Social, a la Agente Contratada con Aportes LACUADRA, Cynthia Nayla, Legajo N°5285, DNI 39.716.615, y aféctese a la Sub Secretaria Salud - Dirección de Estadísticas y Epidemiologia, ambas dependientes de la secretaría de Desarrollo Humano, por los motivos invocados en el Considerando del presente. 
 
ARTICULO 2°.- Establécese que los gastos emergentes de la transferencia dispuesta en el presente serán imputados a la Partida 0.01.90.01.01.01/Sub Secretaria de Salud.
 
ARTICULO 3°.- Dejase sin efecto el Código de Liquidación N°820 “Convenio Sub Secretaria de Desarrollo Social", por los motivos invocados en el Considerando del presente.
 
ARTICULO 4°.- Remítase a la Dirección de Liquidaciones, gírese a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma razón y notificación. Cumplimentado, envíese copia autenticada a la Sub Secretaria de Desarrollo Social y la Sub Secretaria de Salud para su conocimiento.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese. 
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
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DECRETO N°047/2.024
Concordia, 08 de Enero de 2.024
VISTO, el Expediente Interno N°97 "R”/2023, donde el Agente Contratado con Aportes, RIOS, Pedro Fabián, Legajo N°6812, DNI: 20.765.021, solicita traslado a la Sub Secretaria de Salud y;
CONSIDERANDO:
Que el Agente Contratado con Aportes RIOS, Pedro Fabián, Legajo N°6812, DNI 20.765.021, tramita el traslado desde la Sub Secretaria de Desarrollo Social a la Sub Secretaria de Salud- Dirección de Gestión Preventiva, ambas dependientes de la Secretaria de Desarrollo Humano.
Que las áreas competentes no presentan objeciones a que se disponga el traslado de dicho agente.
Que este Departamento Ejecutivo en virtud de no existir objeciones que formular, estima pertinente la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N°10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello;
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Sub Secretaria de Desarrollo Social al Agente Contratado con Aportes RIOS Pedro, Fabián DNI: 20.765.021 Legajo N°6812, y aféctese a la Sub Secretaria Salud - Dirección de Gestión Preventiva, ambas dependientes de la Secretaria de Desarrollo Humano, por los motivos invocados en el Considerando del presente.
 
ARTICULO 2°.- Establécese que los gastos emergentes de la transferencia dispuesta en el presente serán imputados a la Partida 0.1.90.01.01.01/ Sub Secretaria de Salud.
 
ARTICULO 3°.- Dejase sin efecto el Código de Liquidación "Convenio Sub Secretaria de Desarrollo Social", por los motivos invocados en el Considerando del presente.
 
ARTICULO 4°.- Remítase a la Dirección de Liquidaciones, gírese a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma razón y notificación. Cumplimentado, envíese copia autenticada a la Sub Secretaria de Desarrollo Social y la Sub Secretaria de Salud para su conocimiento.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
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DECRETO N°048/2.024.
Concordia, 08 de Enero de 2.024.
VISTO el curso de "Operador Territorial- Relevamiento Social" y,
CONSIDERANDO:
Que dicho encuentro tiene como objetivo fortalecer las actividades del operador sanitario en primer nivel de salud municipal local y proponerse a mejorar las condiciones asistenciales, sociales y sanitarias que las comunidades requieren, en primer lugar, del compromiso de las autoridades gubernamentales y fundamentalmente, de la activa participación de los agentes de salud.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera declarar de Interés Municipal al curso de "OPERADOR TERRITORIAL -RELEVAMIENTO SOCIAL" dirigido a los agentes municipales, institucionesintermedias, fuerzas, otras, se realizara el de 08 de Enero de 2.024, en el efector NODO de VILLA ADELA.
Que la presente medida se dicta en conformidad de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, inciso u) de la Ley 10.027 y su modificatoria - Régimen de la Municipalidad de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Declárese de Interés Municipal el curso "OPERADOR TERRITORIAL - RELEVAMIENTO SOCIAL", que se realizara el día 08 de Enero de 2.024, en el efector NODO de Villa Adela, en nuestra ciudad, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
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DECRETO N°50/2.024.
Concordia, 08 de Enero de 2.024.
VISTO, Expediente Interno N°534 “C” 2.023, donde el Agente Municipal CASSOTTANO, Rubén Horacio solicita pase a la Coordinación de Programa de Contribución por Mejoras dependiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas N°1, obra Planilla de Traslado respecto al Agente Municipal Contratado con aportes, CASSONATO Rubén Horacio DNI: 27.599.652 Legajo 6826.
Que es necesario contar con personal idóneo en la Coordinación Programa de Contribución por Mejoras, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano.
Que en ese sentido se hace necesario desafectar de la Subsecretaria de Desarrollo Social al Agente Municipal, CASSOTTANO, Rubén Horacio y afectarlo a la Secretaria de Desarrollo Urbano, para el cumplimiento de tareas y funciones inherentes a la Coordinación Programa de Contribución por Mejoras.
Que a fojas N°2 vuelta, la Dirección de Planificación y Presupuesto informa que corresponde imputar el gasto en la Partida N°0.1.90.01.01.01/S. de Salud.
Que a fojas N°3, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente Municipal, CASSOTTANO, Rubén Horacio, presta servicios en este Municipio desde 01/06/2023. Revista como personal Contratado con Aportes, dependiente de la Subsecretaria de Desarrollo Social.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N°10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Subsecretaria de Desarrollo Social al Agente Municipal Contratado con Aportes, CASSOTTANO, Rubén Horacio, DNI: 27.599.652, legajo N°6826 y aféctese a la Coordinación Programas de Contribución por Mejoras dependiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano, por los motivos invocados en el Considerando del presente.
 
ARTICULO 2°.- Dejase sin efecto el Código de Liquidación "Convenio Subsecretaria de Desarrollo Social", por los motivos invocados en el Considerando del presente.
 
ARTICULO 3°.- Impútese lo aprobado en el Artículo 1°, en la Partida Presupuestaria: 0.1.90.01.01.01/Subsecretaria de Obras Publicas.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese a la Dirección de Liquidaciones, Dirección de Recursos Humanos, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
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DECRETO N°052/2.024.
Concordia, 08 de Enero de 2.024
VISTO el adicional especial que percibe el personal del Departamento Automotores de la Municipalidad de Concordia, y,
CONSIDERANDO:
Que el Artículo N°2, del Decreto N°1235/2016, de fecha 11/11/2016, dispone la actualización del adicional especial Código 371 en función de las recomposiciones salariales que se establezcan.-
Que mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N°1837 del 22 de Diciembre de 2023, se aprobó la nueva escala salarial, en un NUEVE CON CINCO por Ciento (9,5%), que rige a partir del mes de DICIEMBRE del año 2023.-
Que la Secretaria de Gobierno y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.-
Que el dictado de la presente norma se efectúa en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley n° 10.027, Orgánicas de las Municipalidades de Entre Ríos.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Dispónese que a partir del mes de DICIEMBRE de 2023, por un porcentaje del NUEVE CON CINCO por ciento (9,5%), sea actualizada hasta la suma de PESOS QUINCE MIL CIENTO UNO CON 26/100 ($15.101,26), la liquidación del Adicional Especial Código 371 que percibe el personal del Departamento Automotores, incluido en el ANEXO 1 que forma parte del presente, en función de la actualización en la recomposición salarial otorgada por el Departamento Ejecutivo Municipal, Decreto N°1837 del 22 de Diciembre de 2023, de acuerdo al Articulo N°2 del Decreto N°1235/2016.-
 
ARTICULO 2°.- Instrúyase a las Direcciones de Recursos Humanos y Liquidaciones a los efectos pertinentes.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda
 
ANEXO I
Personal Incluido en el Codigo 371
 
Apellido y Nombre Legajo
Araya, Rosalia Alejandra 2929
Briglia, Maria Alejandra 2467
Jortock, Maria Cristina 2006
Esteves, Carlos 5071
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DECRETO N°053/2.024.
Concordia, 09 de Enero de 2.024.
VISTO la necesidad de contar con personal idóneo y capacitado en las distintas dependencias municipales y;
CONSIDERANDO
Que es intención de esta Gestión de Gobierno contar con profesionales especializados en las distintas materias, que asesoren a los nuevos funcionarios en el procedimiento y control de legalidad en el ámbito donde se desempeñen.
Que la Sra. RODRIGUEZ, Patricia Laura DNI N°16.409.315 reúne los requisitos necesarios para cumplir las funciones de asesoramiento en el ámbito de la Subsecretaría de Hacienda, en todo lo relacionado a las finanzas públicas municipales,
Que en relación a la responsabilidad que conlleva las tareas encomendadas, este Departamento Ejecutivo entiende justo reconocer un adicional que pudiera cubrir gastos comunes.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°, inciso q) y u) de la Ley N°10.027/11 y modificatoria N°10.082/11 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto el Artículo 1° de la Resolución N°11.123/2023 de fecha 21 de Diciembre de 2023 a partir del 1 de enero del presente año. 
 
ARTICULO 2°.- Desígnase Asesora de la Subsecretaría de Hacienda, a la Sra. RODRIGUEZ, Patricia Laura DNI N°16.409.315, a partir del 1 de enero del presente año y en consecuencia, otorgase a la misma, un adicional no remunerativo de PESOS SESISCIENTOS MIL ($ 600.000,00), a liquidarse en el código 600 a fin de cubrir gastos comunes que implique el cumplimiento de las funciones encomendadas.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, tome nota la Dirección de Liquidación de Haberes y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda
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DECRETO N°054/2.024.
Concordia, 09 de Enero de 2.024
VISTO el contenido del Expediente Interno N°02 Letra "E" del año 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que el Ente Permanente de Carnaval eleva documentación para el llamado a Licitación Privada N°01/2024 para la "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SONIDO OFICIAL EN EL CARNAVAL DE CONCORDIA EDICIÓN 2024".
Que en el expediente de referencia se adjunta documentación correspondiente al llamado a Licitación.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de ley.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N°10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades modificada por la ley provincial 10.082, según T.O Decreto N°4706 2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Aprobar la documentación para el 1° llamado a Licitación Pública N°01/2024 para la "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SONIDO OFICIAL EN EL CARNAVAL DE CONCORDIA EDICIÓN 2024", cuyos antecedentes obran en Expediente Interno N°02 Letra "E" del año 2024, conforme a lo expresado en el Considerando precedente.
 
ARTICULO 2°.- Disponer que la Dirección de Compras y Suministros realice el llamado a Licitación Privada y fije la fecha de apertura de las propuestas, conforme a lo establecido en la Ordenanza sobre Contrataciones vigente.
 
ARTICULO 3°.- Realizar las publicaciones de Ley.
 
ARTICULO 4°.- Conformar la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego De Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
 
ARTICULO 5°.- Girar a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, tome nota la Dirección de Contaduría, cumplido remitir a conocimiento de la Secretaria de Gobierno.
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda