Boletín Oficial N° 3305 - Concordia, 8 de enero de 2024

SUMARIO
 
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 

Decretos: 025/2024, 026/2024, 027/2024, 028/2024, 029/2024, 030/2024 y 033/2024.-
 
 
DECRETO N° 025/2.024
Concordia, 4 de enero de 2024
 
VISTO:

El Expediente Externo N° 1338888/2023, de presentación de propuesta de asesoramiento y servicios como productor de seguros de Ignacio Caprarulo, M.N. 60157, y;
 
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 y 2 del Expediente Externo N° 1338888/23, Caprarulo, M.N. 60157, en su carácter de Asesor de Seguros, propone mejorar el análisis de riesgos y administración de los mismos; reducir los índices de siniestralidad y de judicialidad; la optimización de costos, mayor transparencia en la información de los seguros contratados; y generar conciencia aseguradora en las diferentes áreas.
Que mejorar el análisis de riesgos y administración de ellos, implica proponer coberturas de acuerdo a las necesidades del sector; hablar los Índices de siniestralidad y de judicialidad, resulta crucial sobre todo en procesos de licitaciones, contratación de proveedores e ingreso de externos al municipio; la optimización de costos marca la relación equilibrada que debe existir entre los seguros contratados, coberturas, sumas aseguradas y primas abonadas; generando una centralidad y transparencia de la información dispuesta a los responsables de la toma de decisiones, pero también a los ciudadanos.
Que plantearse una planificación en materia de la cobertura de bienes y agentes repercute en la reducción de reclamos, costos en materia de contratación de coberturas, mejora en la capacidad de respuesta, evitando la duplicidad de coberturas, y sobre todo, proyectando como habitualidad la utilización de procesos que orientan hacia prácticas de relevamientos de riesgos permanentes en cada una de las áreas.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha merituado los antecedentes del asesor mencionado, atento ha realizado con buenos resultados la actividad descripta durante el período 2019/2023, y la situación no menor, de que el entendimiento y designación de funciones en el ámbito municipal no representa erogación de costos adicionales por la contratación de seguros, ni establece relación de dependencia laboral bajo ningún concepto, no generando la posibilidad de reclamos al municipio.
Que las áreas legales y administrativas del municipio han generado la intervención correspondiente.
Que el dictado del presente acto administrativo se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el artículo 107° de la Ley Provincial N° 10027, y su modificatoria N° 10082, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706i12 del Departamento Ejecutivo Provincial.
 
Por ello:
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°: Designar como Asesor de Seguros al Sr. Ignacio Caprarulo, D.N.I. N° 28.109.862, CUIT N° 20-28109862-5, Matricula N° 60157, con domicilio en calle San Juan N° 1120, de la ciudad de Concordia, conforme los fundamentos que se expresan en los considerandos.
 
ARTICULO 2°: La designación expresada en el artículo 1° del presente Decreto, comenzará a regir a partir de su notificación.
 
ARTICULO 3°: La designación es ad-honorem, no percibiendo el designado, remuneración o emolumento de ningún tipo por ningún concepto por parte de la Municipalidad de Concordia.
 
ARTICULO 4°: Publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 026/2.024
Concordia, 4 de enero de 2024
 
VISTO las actuaciones obrantes en los Expedientes Interno N° 78 Letra "P"/2023 y,
 
CONSIDERANDO:
Que en Expediente Interno N° 78 letra "P"/2023, obra nota de la Sra. Esperanza Gloria Pujola, D.N.I 20.457.994 Legajo N° 2065 quien solicita la reincorporación a la Municipalidad de Concordia, ya que se encontraba adscripto en la Comisen Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande (CAFESG).
Que a fs. 2 la Dirección de Recursos humanos eleva su informe.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos toma conocimiento.
Que por lo tanto, cabe disponer su reincorporación a la planta permanente de personal de la Municipalidad de Concordia, afectándose al mismo para que preste servicio en la Subsecretaria de Desarrollo Social dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, incisos b), h) y u) de la Ley N° 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°. Dispónese a la reincorporación a sus funciones como empleada de la Municipalidad de Concordia, a la Agente Municipal, Pujola Esperanza Gloria, legajo N° 2065, D.N.I 20.457.994 a partir del 11/12/2023, quien se encontraba adscripto a CAFESG, conforme a lo expresado en los considerando precedentes y los antecedentes obrantes en el Expediente Interno 78 Letra P/23.-
 
ARTICULO 2°.- Aféctese a la Agente Municipal Pujola Esperanza Gloria, Legajo N° 2065, D.N.I 20.457.994, para desempeñar funciones en la Subsecretaria de Desarrollo Social dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano, en base a lo expresado en el considerando de este Decreto.-
 
ARTICULO 3°.- Remitir a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación al Agente Municipal Pujola Esperanza Gloria legajo N° 2065 de lo dispuesto en el Articulo 1° y 2°, cumplimentado dar conocimiento a la Subsecretaria de Desarrollo Social y a la Dirección de Liquidaciones para su conocimiento y efectos respectivos.-
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Publíquese Regístrese y Archívese.-
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 027/2.024
Concordia, 4 de enero de 2024
 
VISTO el Expediente Interno 55 "L"/23 y,
 
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Timoteo Legarreta legajo N° 6010, eleva su renuncia por motivos personales.
Que este Departamento Ejecutivo estima pertinente aceptar la renuncia presentada por el Sr. Timoteo Legarreta D.N.I N° 36.546.929 agradeciendo los servicios prestados en beneficio de la comunidad y el acompañamiento en la Gestión de Gobierno Municipal.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Acéptese la renuncia presentada por el Sr. Timoteo Legarreta, D.N.I N° 36.546.929 a partir del 06 de diciembre de 2023.
 
ARTICULO 2°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación cumplimentado dar conocimiento, Dirección de Liquidaciones dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 028/2.024
Concordia, 5 de enero de 2024
 
VISTO, el Expediente interno N° 80 "B"/2023, donde la Agente Contratada con Aportes, BURGOS, María Noel, Legajo N° 5262, DNI: 32.386.214, solicita traslado a la Sub Secretaria de Salud y;
 
CONSIDERANDO:
Que la Agente Contratada con Aportes BURGOS María Noel, Legajo N° 5262, DNI 32.386.214, tramita el traslado desde la Sub Secretaria de Desarrollo Social a la Sub Secretaria I de Salud - Dirección de Estadísticas y Epidemiologia, ambas dependientes de la Secretaria de Desarrollo Humano.
Que las áreas competentes no presentan objeciones a que se disponga el traslado de dicho agente.
Que este Departamento Ejecutivo en virtud de no existir objeciones que formular, estima pertinente la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello;
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Sub Secretaria de Desarrollo Social a la Agente Contratada con Aportes BURGOS, María Noel, Legajo N° 5262, DNI: 32.386.214, y aféctese a la Sub Secretaria Salud - Dirección de Estadísticas y Epidemiologia, ambas dependientes de la Secretaria de Desarrollo Humano, por los motivos invocados en el Considerando del presente.
 
ARTICULO 2°.- Establécese que los gastos emergentes de la transferencia dispuesta en el presente serán imputados a la Partida 0.90.01.01,01.01/ Sub Secretaria de salud.
 
ARTICULO 3°.- Dejase sin efecto el Código de Liquidación N° 820 "Convenio Sub Secretaria de Desarrollo Social", por los motivos invocados en el Considerando del presente.  
 
ARTICULO 4°.- Remítase a la Dirección de Liquidaciones, gírese a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma razón y notificación.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
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DECRETO N° 029/2.024
Concordia, 5 de enero de 2024
 
VISTO los antecedentes obrantes en Expediente interno N° 1395 "S"/2023, y;
 
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Mensual José SOTO, Legajo N° 2715, D.N.I N° 17.433.790; solicita se le conceda el beneficio previsto en la Ordenanza 34.691/2011.
Que a fojas 2, actualizado a fojas 7, la Dirección de Recursos Humanos, informa que el Agente José SOTO, Legajo N° 2715; presta servicios en este municipio desde 01/03/1998. Revista como personal mensual, categoría 22° del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano. Además comunica que, el mencionado agente, cuenta con 58 años de edad y 25 años, y 7 meses de servicios. Como así también especifica:
"La Ley N° 8732 de Jubilaciones especifica que, el varón se jubila a los 62 años de edad y la mujer a los 57 años, con 30 años de servicios cumplidos.
Que a fojas 3, la Dirección de Asuntos Jurídicos; mediante Dictamen N° 1636/23, de fecha 06/11/2.023, dictamina:"... esta Dirección considera que reúne los requisitos exigidos por el Art. 1, de la Ordenanza 34.691 para que se le otorgue la asignación de categoría conforme la tabla anexa de la mencionada ordenanza."
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley Provincial N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Concédase el beneficio establecido en el Artículo 1° de la ordenanza N° 34.691/2011, al Agente Mensual José SOTO, legajo N° 2715, D.N.I N° 17.433.799, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Notifíquese, a través del Departamento de Notificaciones Masivas, tome nota la Dirección de Recursos Rumanos. Luego, pase a la Dirección de liquidación de Haberes a sus efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Arq. Alfredo Osvaldo Pérez
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 030/2.024
Concordia, 5 de enero de 2024
 
VISTO los antecedentes obrantes en Expediente interno N° 66 "R"/2023, y;
 
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Mensual Julio Esteban ROMERO, Legajo N°. 2321 D.N.I N° 18.323.026, solicitase le conceda el beneficio previsto en la Ordenanza 34.691/2011.
Que a fojas 6, actualizado a fojas 11, la Dirección de Recursos Humanos, informa que el Agente Julio Esteban ROMERO, Legajo N° 2321, presta servicios en este municipio desde 01/07/1995. Revista como personal mensual, categoría 23° del Escalafón Municipal. Dependiente de la Dirección de Parques y Paseos - Secretaría de Desarrollo Urbano. Además comunica que, el mencionado agente, cuenta con 57 años de edad y 28 años y 4 meses de servicios. Como así también especifica:
"La Ley N° 8732 de Jubilaciones especifica que, el varón se jubila a los 62 años de edad y la mujer a los 57 años, con 30 años de servicios cumplidos."
Que a fojas 7, la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen N° 1643/23, de fecha 06/11/2.023, dictamina: "... esta Dirección considera que reúne los requisitos exigidos por el Art. 1 e la Ordenanza 34.691 para que se le otorgue la asignación de categoría conforme la tabla anexa de la mencionada ordenanza.-"
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley Provincial N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUN1CIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Concédase el beneficio establecido en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 34.691/2011, al Agente Mensual Julio Esteban ROMERO, Legajo N° 2321, D.N.I N° 18.323.026, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Notifíquese, a través del Departamento de Notificaciones Masivas, tome nota la Dirección de Recursos Humanos. Luego, pase a la Dirección de Liquidación de Haberes a sus efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Arq. Alfredo Osvaldo Pérez
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 033/2.024
Concordia, 5 de enero de 2024
 
VISTO:
La solicitud de Licencia efectuada por la Lic. MARIA EUGENIA TASSINO, Directora de Recursos Humanos, dependiente de la Subsecretaria de Hacienda y Fianzas Publicas, Secretaria de Gobierno y Hacienda, y,
 
CONSIDERANDO:
Que a los fines de garantizar el normal funcionamiento de la Dirección de Recursos Humanos, se debe cubrir en forma transitoria la función de Director, mientras dure la ausencia de su titular.
Que a través del Art. 37° del Decreto N° 1779/2023, la agente Mensualizada Sra. Gisela Grisel Femández (legajo N° 5535) fue designada Jefa del Departamento Administrativo de Dirección de Recursos Humanos.
Que en virtud de ello, ante la necesidad de cubrir el cargo en cuestión de manera interina, se estima conveniente hacer recaer tal función en la actual Jefa del Departamento Administrativo de Recursos Humanos, quien cumple las condiciones de idoneidad para el cargo.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el artículo 107° de la Ley 10.027 -Régimen de los Municipios de Entre Ríos.
 
Por ello:
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Conceder Licencia a la Sra. Directora de Recursos Humanos Lic. MARIA EUGENIA TASSINO a partir del día 18 de enero de 2024 hasta el 1 de Febrero del presente año inclusive;
 
ARTICULO 2°: Poner a cargo de la Dirección de Recursos Humanos mientras dure la ausencia de su titular, a la Jefa del Departamento Administrativo de Recursos Humanos Sra. Gisela Grisel Femandez (legajo N° 5535), a partir del 18 de enero de 2024 conforme al considerando precedente.
 
ARTICULO 3°.- Remitir a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación y oportunamente archivar como antecedente en su legajo personal.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO ÁZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.