Boletín Oficial N° 3281 - Concordia, 21 de noviembre de 2023

SUMARIO
 
Las siguientes Ordenanzas y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 

Ordenanzas: 38.176, 38.181 y 38.182.- Resoluciones: 38.175, 38.177, 38.178, 38.179 y 38.180.-  
 
 
Concordia, 2 de Noviembre de 2023
 
Expte N° 27.429-SC-
 
ORDENANZA SOBRE CREACION PROGRAMA MUNICIPAL DE PROMOCIÓN DIGITAL DE
EMPRENDEDORES, MICRO Y PEQUEÑASEMPRESAS DE LA ECONOMÍA SOCIAL.
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1º.- Créase el “Programa Municipal de Promoción Digital de Emprendedores, Micro y Pequeñas Empresas de la Economía Social y la Agricultura Familiar de elaboración de Productos y Servicios Regionales Concordienses”, a los fines de promover, difundir e impulsar a las Pymes, y a las otras empresas de la economía popular enunciadas en el artículo 5° de la presente Ordenanza, cuyo objeto sea el de ofrecer productos y/o servicios regionales concordienses.
 
ARTÍCULO 2º.- En el marco de este programa, se creará la Plataforma Virtual de Contratación de Productos y Servicios Regionales Concordienses donde podrán ofrecer al público de todo el país todas las empresas que cumplan con las condiciones establecidas en la presente Ordenanza y su reglamentación.
 
ARTÍCULO 3°.- La Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza será determinada por el Poder Ejecutivo. Deberá estar integrada por representantes de la Dirección de la Economía Social, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Concordia, y deberá contar con la participación permanente de empresarios/as, emprendedores/as y representantes de las economías sociales.
 
ARTICULO 4°.- Serán funciones de la Autoridad de Aplicación:
  • Crear, implementar, mantener y promocionar la Plataforma Virtual de Contratación de Productos y Servicios Regionales Sociales.
  • Celebrar convenios con organismos estatales y no estatales que propendan a la implementación del Programa.
  • Brindar y coordinar un servicio logístico de distribución de bajo costo para la entrega de los productos ofrecidos a los consumidores.
  • Coordinar con los diferentes estamentos del Estado como así también el sector público, la academia y las organizaciones civiles la implementación de la presente Ordenanza.
 
ARTÍCULO 5°.- El presente Programa Municipal se encuentra destinado exclusivamente a quienes ofrezcan bienes, productos y/o servicios regionales de la ciudad de Concordia y se inscriban en uno de los siguientes supuestos:
a) Las pequeñas y medianas empresas alcanzadas por los parámetros definidos por la Ley N° 24.467 y sus normas reglamentarias y/o complementarias aplicables.
b) Los Sujetos del sector de la agricultura familiar, campesina e indígena, definido por el artículo 5° de la Ley 27.118.
c) Los sectores de la economía popular, definidos por la normativa vigente en nuestra ciudad.
d) Las cooperativas y/o asociaciones mutuales en los términos de la Ley 20.337 y la ley 20.321.
e) Todo aquel atributo normativo local de referencia.
 
ARTÍCULO 6°.- Entiéndase por bienes, productos y/o servicios regionales concordienses a aquellos vinculados a un determinado lugar geográfico del Ejido de la Ciudad de Concordia, cuyas características e insumos se deban exclusiva o esencialmente a dicho medio geográfico, y que sean elaborados mediante un proceso productivo no seriado, mayoritariamente artesanal o semiartesanal, en el  que intervienen trabajadores con un saber técnico particular.
La Autoridad de Aplicación podrá establecer parámetros y condiciones para definir, clasificar y delimitar los bienes, productos y servicios incluidos.
 
ARTÍCULO 7°.- La presente Ordenanza deberá ser reglamentada dentro de los sesenta (60) días de su promulgación.
 
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 2 de Noviembre de 2023
 
Sr. ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 13 de Noviembre de 2023
 
ORDENANZA N° 38.176
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ENRIQUE REOBERTO AMADEO CRESTO
Secretario de Desarrollo Social.
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Concordia, 13 de Noviembre de  2023
 
Expte N° 27.778-SC-
 
ORDENANZA S/ MODIF. ORD. N° 35.415 SOBRE DONACION DE INMUEBLE PARA
CONSTRUCCION ESCUELA PRIMARIA N° 78 (BRAZOS ABIERTOS).
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1º.-  Modifíquese el artículo 1° de la Ordenanza N° 35.415, el que quedará redactada de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1°.- “Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a donar a favor del SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, el inmueble ubicado en la zona oeste de la ciudad para la construcción de la escuela primaria N° 78, identificado como inmueble a nombre de la Municipalidad de Concordia Superficie 2.395,83 m2 perteneciente a un predio de mayor extensión, Plano de mensura N° 85.313, Partida Municipal N° 79.793, Partida Provincia N° 171.776, inscripto en el Registro Propiedad según Matrícula N° 129.184, cuyos límites son los siguientes:
NOROESTE; 49,96 m. lindando don Municipalidad de Concordia.
SURESTE: 48.09 m. lindando con calle Las calandrias.
SUROESTE: 49,97 m. lindando con calle Los Ruiseñores.
NOROESTE: 47,81 m. lindando don Municipalidad de Concordia.
Ubicado en calle Los Ruiseñores esquina las Calandrias.
 
ARTÍCULO 2°.- Manténgase firme el contenido restante de la Ordenanza N° 34.415, promulgada el día 18 de Diciembre de 1014.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 9 de Noviembre de 2023
 
Sr. ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
 
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 15 de Noviembre de 2023
 
ORDENANZA N° 38.181
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Social.
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Concordia, 14 de Noviembre de 2023
 
Expte N° 27.784-InV.
 
ORDENANZA   SOBRE  ADQUISICION INMUEBLE MARDER JACOBO.
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- FACULTAR al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal para que proceda a efectuar los trámites administrativos, contables y legales que correspondan para adquirir los inmuebles ubicados en zona urbana, e inscripto mediante:
 
  • Manzana N° 1585, parcela N°3, Partida Municipal N° 4989, Partida Provincial N° 101.890, superficie del terreno: 221,00 m2, calle Tte. Ibáñez N° 1254, barrio 17 de Octubre.
  • Manzana N° 1585, parcela N° 15,Partida Municipal N° 71.635, Partida Provincial N° 162.842,, superficie del terreno: 236,56 m2, calle Rivoli N° 1562, Barrio 17 de Octubre.
  • Manzana N° 1585, Parcela N° 16, Partida Municipal N° 71.363, Partida Provincial N° 162.843, Superficie del terreno: 720,47 m2, calle Rivoli N° 1562, barrio 17 de octubre.
  • Manzana N° 1585, Parcela N° 13, Partida Municipal N° 71.632, Partida Provincial N° 162.834, superficie del terreno: 240,20 m2, calle Rivoli N° 1584, barrio 17 de Octubre.
  • Manzana N° 1585, Parcela 14, Partida MunicipalN° 71.633 Partida Provincial N° 162.835 Superficie de terreno 261,66 m2, Calle RivoliN° 1534, Barrio 17 de Octubre.
  • Manzana N° 1645, Parcela N° 2 Partida Municipal N° 60.115, Partida Provincial N° 151.824, Superficie del terreno 925,09 m2, Dr. Calle Florenza N° 1548, Barrio 17 de Octubre.
Que se encuentran a nombre de MARDER JACOBO.
ARTÍCULO 2°.-  AUTORÍCESE  al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal a adquirir para sí y abonar la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 (6.5000.000,00) con recursos provenientes del Fondo específico de este instituto, según el siguiente detalle:
 
Beneficiario D N I Importe
Agustin Erik Bjorklun N° 40.777.839 $ 3.250.000,00
Marta Angelica Marder N° 16.360.086 $ 812.500,00
Silvia Magdalena Marder N° 17.704.563 $ 812.500,00
Elsa Ines Marder N° 18.323.011 $ 812,500,00
Catalina Mabel Marder N° 13.940.741 $ 812,500,00
  Total $ 6.500.000,00
 
ARTÍCULO 3°.- AUTORÍCESE al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal a efectuar el pago del monto de operación de compra establecido en el Artículo 2°, mediante transferencia bancaria, debiendo los titulares y/o apoderados denunciar entidad bancaria, CBU y cuenta bancaria correspondiente, datos que deberán ser denunciados con carácter de declaración jurada con anterioridad a la firma de la escritura notarial pertinente y con respaldo documentado por la titular registral del inmueble. Los gastos de dichas transferencias y/o transacciones bancarias al efecto del correspondiente pago estarán a cargo de AGUSTIN ERIK BJORKLUN, DNI N° 40.777.839, MARTA ANGELICA MARDER DNI N° 16.360.086; SILVIA MAGDALENA MARDER DNI 17.704.563; ELSA INES MARDER DNI 18.323.011 y CATALINA MABEL MARDER 13.940.741, según corresponda, obligándose el Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal al depósito exclusivo del importe en concepto de pago único.
 
 ARTÍCUCO 4°.-  DISPÓNGASE la condonación de deudas tributarias municipales como de Obras Sanitarias, de los lotes descriptos en el Artículo 1°.
 
ARTÍCULO 5°.- ESTBLECESE que el destino del inmueble detallado en el Artículo 1° será para la satisfacción de las necesidades habitacionales de la ciudad de Concordia a través de la adjudicación de lotes de interés social, como para la regularización de los ocupantes conforme a las medidas de ocupación que tengan en sus fondos.
 
ARTÍCULO 6°.- AUTORICESE AL Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal, a instrumentar las medidas pertinentes que posibiliten las verificaciones y cumplimiento efectivo de la presente Ordenanza y de los destinos propuestos en la misma, evitando desvirtuar el uso para el que fue comprado el inmueble, conforme a lo establecido en el ARTICULO 3° de la presente ; asimismo a efectuar todas las acciones legales que posibiliten su recuperación en el caso de no observarse las referidas condiciones, disponiéndose su inmediata afectación al dominio público y/o afectación a otros destinos.
 
ARTÍCUIO 7°.- ESTEBLÉCESE que los honorarios y gastos de escrituración serán  a cargo del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (InVyTAM), con Recursos del Fondo Específico de este instituto, con excepción del impuesto a las Transferencias de Inmuebles (I.T.I) que será a cargo de la parte vendedora.
 
ARTÍCULO 8°.- AMPLIESE el Cálculo de Recursos y el Presupuesto General de Gastos del In.V.yT.A.M. para el Ejercicio 2023 en la partida de Honorarios y retribuciones de terceros bajo el código 1.7.40.01.01.02.02.01 en la suma que corresponda conforme a cotización de Escribano actuante para confección y gestión de escritura.
 
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 9 de Noviembre de 2023
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA
Vice-Pdte. 1°
a/c Presidencia
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 15 de noviembre de 2023
 
ORDENANZA N° 38.182
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Social
JORGE ANTONIO MENDIETA
Presidente
Inst. Vivienda y Tierra Aut. Municipal.
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Concordia, 13 Noviembre de 2023
 
N° 9.874
 
VISTO:
La presentación del Libro “LA TRAVESÍA DEL HÉROE: El primer paso del líder”; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la autora, María Inés Francisconi, nació en Concordia, un 22 de mayo de 1973, cursó sus estudios primarios en la Escuela Nuestra Señora de la Merced y los secundarios en el Colegio San José Adoratrices. Es hija de Rogelio FRANCISCONI y Mirta BELUSO, ambos docentes, que dejaron su huella en muchos educandos de nuestra ciudad.
Que se tituló como Abogada mediadora y Magister en Dirección de Empresas, y fue orientando su carrera hacia el desarrollo humano, obtuvo una certificación como Coach Ontológico y especializaciones en Gestión de capital Humano, Psicoterapia Sistémica, Neurociencias y Liderazgo Consciente.
Que se desempeña como capacitadora en Accenture para Argentina y Latinoamérica y es comunicadora en diversos medios sobre temas de liderazgo y desarrollo humano, Columnista en Revista Noticias, autora del libro. “La Travesía del Héroe, Auto liderazgo: el primer paso del Líder” y coautora en ”Summarium, Construcción Colectiva del conocimiento. Volumen #5. Salud Emocional: ansiedad, depresión y estrés”.
Que es miembro de la Federation Internacional del Coaching Ontológico, Miembro diamond de la Global Coaching Federation y Miembro experto de Happynar  Global, comunidad internacional de Aprendizaje y desarrollo del Bienestar Personal y Organizacional.
Que elije como lugar de presentación de su libro el salón de la Biblioteca “Julio Serebrinsky” de la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios de Concordia Ltda., a llevarse a cabo el viernes 1 de diciembre de 2023. Por ser un espacio muy querido por su padre, donde trabajó y aportó valor por muchos años, siendo el secretario de educación y relaciones Cooperativas, fallecido recientemente.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.-  Declárese la presentación del libro “La travesía del Héroe. Autoliderazgo: El primer paso del Líder”, de interés Municipal Educativo y Cultual. Donde se promueve el desarrollo personal, fomentar valores, la reflexión y la autoconciencia como paso previo a la toma de decisiones más responsables, además de inspirar el desarrollo de habilidades fundamentales para el ejercicio de un nuevo liderazgo integral, colaborativo, ético y más humano. Liderazgo es influencia, y dependiendo de la esencia y los valores del líder, esta influencia tendrá un impacto positivo o negativo en la vida de otros, Por eso para ser un buen líder primero es necesario ser buena persona y allí radica el núcleo de este Libro.
 
ARTÍCULO 2°.- Otórguese a la autora, Inés Francisconi, un diploma recordatorio, que exprese la declaración citada en el artículo precedente.
 
ARTÍCULO 3°.- Entréguese copia de la presente Resolución a la interesada.
 
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 9 de Noviembre de 2023
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA  
Vice-Pdte. 1°
a/c Presidencia
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 13 de noviembre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.175
 
Téngase por resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 13 de Noviembre de 2023
 
N° 9.872
 
VISTO:
Que el próximo Domingo 26 de Noviembre del corriente año, se llevará a cabo la Fiesta “Villa Adela es Tradición”, siendo este uno de los festejos populares y más concurridos de nuestra Ciudad de Concordia; y,
 
CONSIDERANDO:
Que, se trata de un evento popular, denominado Fiesta “Villa Adela es Tradición”, el cual tendrá lugar el próximo Sábado 25 de Noviembre del corriente año, en el predio del Sr. Loker , sito en colectora Virgen del Carmen lindante al Centro de Radioterapia, en el barrio de Villa Adela. El mismo, se realiza desde hace 7 años, llevando alegría a los vecinos. Este popular evento, se pudo concretar gracias al apoyo incondicional de los comerciantes de la zona, quienes aportan económicamente para solventar los gastos que la misma demanda y que, además cuenta con la colaboración de la Municipalidad de Concordia.
Que, este año el programa se iniciara con desfile compuesto por las instituciones,  alumnos, agrupaciones tradicionalistas, grupos de folclore y vecinos, comenzando en el Club San Lorenzo de Villa Adela, para luego llegar al predio mencionado, este acontecimiento será con entrada libre y gratuita, y contará además con la presentación de la Banda del Regimiento de Caballería Tanques 6 “Blandengues”, show en vivo de grupos musicales, danzas, elección de la Donosa.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Cultural, la Fiesta “Villa Adela es Tradición” a realizarse el Domingo 26 de Noviembre del corriente año, en el predio del Sr. Loker, sito en Colectora Virgen del Carmen del barrio Villa Adela, y en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2º.- Remitir copia de la presente a los interesados.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 9 de Noviembre de 2023
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA  
Vice-Pdte. 1°
a/c Presidencia
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 13 de noviembre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.177
 
Téngase por resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 14 Noviembre de 2023
 
N° 9.873
 
VISTO:
Que el domingo 26 de Noviembre del corriente año, se llevara a cabo los Festejos Día de la Tradición, en el Anfiteatro Parque Ferre a partir de las 17 horas. y,
 
CONSIDERANDO:
Que, se trata de un evento popular, que contara con la participación y presentación de grupos de danzas, show en vivo, celebrando nuestra tradición y resaltando nuestras raíces; llevado adelante por el Movimiento Entrerriano de Danzas, La Red de Instituciones Parque Ferre y con el acompañamiento de la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Concordia.
Que, este festejo se llevara a cabo en el anfiteatro “Carlos Sanabria” del Parque Ferre a partir de las 17 horas, realizando como en cada espectáculo realizado, la “Danza de la Hermandad” invitando a todos los presentes a unirse. Celebrar nuestras raíces es Fomentar y Fortalecer nuestra Cultura.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUENTE
RESOLUCION
 
ARTICULO 1º.- Declarar de Interés Cultural Municipal, los Festejos “Día de la Tradición”, a realizarse el próximo lunes 20 de Noviembre del corriente año, en el anfiteatro “Carlos Sanabria” del Parque Ferre, a partir de las 17 horas, llevado adelante por el Movimiento Entrerriano de Danzas, La Red de Instituciones Parque Ferre y con el acompañamiento de la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Concordia, y en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Remitir copia  de la presente a los interesados.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 9 de Noviembre de 2023
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA  
Vice-Pdte. 1°
a/c Presidencia
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 13 de noviembre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.178
 
Téngase por resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 13 de Noviembre de 2023
 
N° 9.876
 
VISTO:
La “Jornada de Concientización sobre Diabetes”, que busca promover un mejor acceso a la atención de la diabetes tipo 2,
 
CONSIDERANDO:
Que “El Día Mundial de la Diabetes”, se creó en 1991 como medio para aumentar la concienciación global sobre la diabetes, se instauró el 14 de noviembre siendo el aniversario de Frederick Banting quien, junto con Charles Best, concibió la idea que les conduciría al descubrimiento de la insulina, en octubre de 1921. Es una oportunidad perfecta para dirigir la atención del público hacia las causas, síntomas, complicaciones y tratamiento de esta grave afección, que se encuentra en constante aumento en todo el mundo.
Este día es la campaña de concienciación sobre la diabetes más importante del mundo. Fue instaurado por la Federación Internacional de Diabetes (FID) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) como respuesta al alarmante aumento de los casos de diabetes en el mundo. En 2007, Naciones Unidas celebró por primera vez este día tras la aprobación de la Resolución en diciembre de 2006, que convirtió al ya existente Día Mundial de la Diabetes en un día oficial de la salud de la ONU.
Su propósito es dar a conocer las causas, los síntomas, el tratamiento y las complicaciones asociadas a la enfermedad. Nos recuerda que la incidencia de esta grave afección se halla en aumento y continuará esta tendencia a no ser que emprendamos acciones desde ahora para prevenir este enorme crecimiento. Reúne a millones de personas en más de 160 países para aumentar la concienciación sobre la diabetes, incluyendo niños y adultos afectados que padecen esta enfermedad, profesionales sanitarios, individuos con poder de decisión en materia sanitaria y los medios de comunicación.
En 2021, la Federación Internacional de Diabetes (IDF), inició una campaña de tres años que, hasta 2023, estará centrada en promover un mejor acceso a la atención de este padecimiento.
En 2023, la campaña se centrará en la importancia de conocer el riesgo de padecer diabetes tipo 2, para ayudar a retrasar o prevenir la afección y resaltar el impacto de las complicaciones relacionadas con la enfermedad y la importancia de tener acceso a la información y la atención adecuadas para garantizar un abordaje y tratamiento oportuno. Se estima que hasta 212 millones de personas o la mitad de todos los adultos, que actualmente conviven con diabetes, no están diagnosticados. La mayoría de ellos tienen diabetes tipo 2. Es posible predecir este riesgo en los próximos diez años a través de la realización de un test. Dicha prueba se basa en la puntuación finlandesa de riesgo de diabetes (FINDRISK).
El test FINDRISK tarda sólo un par de minutos en completarse. Es una manera rápida, fácil y confidencial de conocer su riesgo de desarrollar diabetes tipo 2.
En el mundo, el 14 de noviembre, se llevarán a cabo diferentes actividades sugeridas por la IDF para la comunidad.
En nuestra ciudad realizaremos actividades centradas en la detección del riesgo de padecer diabetes en diferentes efectores y puntos estratégicos de Concordia.
 
Por ello,
 
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, la “Jornada de Concientización sobre Diabetes”, llevada adelante el día 14 de noviembre, fecha en que se celebra el “Día Mundial de la Diabetes” según la Organización Mundial de la Salud y la Federación Internacional de Diabetes. Esta campaña promueve un mejor acceso a la atención de la diabetes tipo 2, se centra en la importancia de conocer el riesgo de padecerla para ayudar a retrasar o prevenir la afección y resaltar el impacto de las complicaciones relacionadas con esta enfermedad y la importancia de tener acceso a la información y la atención adecuadas para garantizar un abordaje y tratamiento oportunos. Este evento se desarrollará el día martes 14 de noviembre en la Plaza 25 de Mayo de nuestra ciudad.
 
ARTÍCULO 2º.- Invitase  al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección que corresponda, proceda a iluminar de color azul el Palacio Municipal. Para sumarnos a esta campaña mundial propuesta por la Federación Internacional de Diabetes.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 9 de Noviembre de 2023
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA  
Vice-Pdte. 1°
a/c Presidencia
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 13 de noviembre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.179
 
Téngase por resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 13 Noviembre de 2023

N° 9.875
 
VISTO:
Que la Asociación Comedor Comunitario la Constitución solicitan declaración de Interés Municipal los festejos conmemorativos del 40° Aniversario del barrio; y,
 
CONSIDERANDO:
Que el barrio data su fecha de fundación el 25 de Noviembre de 1983, en un contexto político de elecciones pos dictador donde las autoridades electas que asumieron dicho año y mediante Decreto Municipal N° 21.376, otorgan al barrio el nombre de “La CONSTITUCIÓN”.
Que, originalmente el barrio estaba pensado como una mejora para las condiciones de vida de los ciudadanos que se veían afectados por las crecidas del Rio Uruguay y con ella las inundaciones, por lo que con el paso de los años fue creciendo y poblándose. En la actualidad, el popular barrio de nuestra ciudad está habitado por más  de tres mil  vecinos y vecinas, y con él se encuentran afincados un centro de salud regional, un salón Comunitario, un Centro de Desarrollo Infantil, la Parroquia “San Francisco de Asís”, una Iglesia  EVANGÉLICA, la Comisaría Séptima, La Escuela N° 71 “Independencia”, son algunas de las instituciones que alberga el barrio y denotan su gran crecimiento.
Que los festejos Conmemorativos del 40° Aniversario de la Fundación del Barrio “LA CONSTITUCIÓN” se llevaran  a cabo en el mes de Noviembre en la Plaza “Juan Domingo Perón” del mencionado barrio.
Por ello:
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE CONCORDIA SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal los festejos Conmemorativos  del 40° ANIVERSARIO DEL FUNDACION DEL BARRIO “LA CONSTITUCION” a realizarse durante el mes de Noviembre en la Ciudad de Concordia.
 
ARTÍCULO 2°.- Comunicar a los interesados.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 9 de Noviembre de 2023
 
CLAUDIA CARINA VILLALBA  
Vice-Pdte. 1°
a/c Presidencia
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c de Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 13 de noviembre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.180
 
Téngase por resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.