Boletín Oficial N° 3268 - Concordia, 23 de octubre de 2023

SUMARIO
 
Las siguientes Ordenanzas, Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
Ordenanzas: 38.137, 38.138 y 38.150.- Decretos: 1.445/2023, 1.446/2023,  1.448/2023, 1.449/2023, 1.450/2023 y 1.451/2023.- Resoluciones: 38.132, 38.133, 38.134, 38.135, 38.136, 38.139, 38.140, 38.141, 38.142, 38.143 y 38.145.-

Concordia, 9 de Octubre de 2023
 
Expte. N° 27.566-P
 
ORDENANZA SOBRE LICITACION PÚBLICA N° 37/16 LÍNEAS 5, 7 y 9.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- PRORROGAR por el termino de (2) dos años la extensión de la antigüedad de las unidades en términos generales, con el compromiso de que cuenten con certificado de Cobertura de Seguro Vigente.
 
ARTICULO 2°.- DISPONER que el vencimiento de la extensión del plazo sea en fecha 30 de septiembre del año 2025.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON" 6 de Octubre de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 18 de Octubre de 2023
 
ORDENANZA N° 38.137
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 9 de Octubre de 2023
 
Expte. N° 27.575-SC
 
ORDENANZA ESTABLECIENDO EL. MES DE AGOSTO COMO
"MES DE LA NIÑEZ Ó DE LAS INFANCIAS".
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA

ARTICULO 1°.- Establézcase como el "Mes de la niñez o las infancias" en la ciudad de Concordia, a celebrarse anualmente en el mes de agosto, con el propósito de promover y resaltar los derechos de los niños y niñas, así como reconocer su importancia en la comunidad y garantizar el derecho al esparcimiento y recreación.
 
ARTICULO 2°.- El Municipio de Concordia dispondrá de los medios y presupuestos necesarios, para la adquisición de los juguetes, bicicletas y todo lo necesario para realizar festejos en diferentes espacios públicos, los mismos se realizaran en distintos sectores y/o barrios de la ciudad, para garantizar de esta forma el acceso de toda la niñez y la familia a los eventos. El "Mes de la Niñez" tendrá un cierre con un festival central en lugar definido por la organización.
 
ARTICULO 3°.- Deróguese toda norma establecida con anterioridad a la presente.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES 5 de octubre de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 18 de Octubre de 2023
 
ORDENANZA N° 38.138
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. MAURO JAVIER GARCIA
Secretario de Salud.
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Concordia, 17 de Octubre de 2023
 
Expte N° 27.736-DE
 
ORDENANZA SOBRE  MODIF ART. 1° DE  ORDENANZA 36.878/2019
S/INGRESO A PLANTA PERMANENTE  DE LA ADM. PCA. MPAL.
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA SANCIONA
LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Modificase  el  Artículo 1° de  la  Ordenanza  N° 36.878/2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:
  “ARTÍCULO 1°.- Establézcanse los siguientes requisitos de ingreso a la planta permanente de la Administración Pública Municipal de Concordia, hasta tanto se apruebe la reforma integral de la Ordenanza  N° 11.275/49”.
 
ARTÍCULO 2°.- Modifícase el Artículo 2° de la Ordenanza N° 36.878/2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:
    “ARTÍCULO 2°.-El ingreso  a la planta permanente de la Administración Pública Municipal podrá realizarse:
 
1.- Mediante concurso, cuando las especificaciones técnicas y/u operativas de una determinada dependencia, requiera para incorporar mano de obra calificada. Los ganadores tendrán derecho a la planta permanente luego de un período de contratación con aportes de doce (12) meses contados a partir de la fecha del Decreto donde se establece el concurso ganado.
 
2.-Cuando el Departamento Ejecutivo considere necesario cubrir vacantes y/o asegurar la igualdad de oportunidades, sin discriminación alguna, del personal contratado con aportes que al momento de efectuarse la efectivización, se encuentre en esta situación de revista, como también para dar cumplimiento a los estipulado en las leyes y ordenanzas.
 
3.-Sin excepción alguna en cualquiera de los casos previstos en los puntos 1 y 2, el ingreso a la planta permanente se realizará por la categoría inferior del Escalafón Municipal, quedando facultado el Departamento Ejecutivo a ingresar como máximo en la categoría 5 del Escalafón Municipal, cuando considere justo reconocer y premiar los meritos del personal a efectivizarse.”
 
ARTÍCULO 3°.- Modificase el Artículo 3° de la Ordenanza N° 36.878/2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:
 
“ARTÍCULO 3°.- El  ingreso  a la  planta  permanente  de  la Administración Pública Municipal estará sujeto a la previa acreditación de los siguientes requisitos:
 
  • Ser mayor de dieciocho (18) años de edad al momento del inicio de su relación contractual con el Municipio, la que estará determinada por la fecha de ingreso en el sistema de sueldo.
  • Ser Argentino Nativo o Nacionalizado, acreditando tres (3)años de residencia efectiva en la Ciudad de Concordia.
  • Poseer Título Secundario (o superior) en el caso de tareas Administrativas y/o similares, o de Oficio determinado, en caso de tareas operarias.
  • Poseer aptitudpsicofísica para el lugar a ocupar.
  • Poseer condiciones de conducta e idoneidad en su lugar de trabajo.
  • No poseer antecedentes penales y/o judicialesy demás inhabilidades previstas en la normativa vigente. Se entiende por antecedentes penales negativos aquellas causas abiertas sin condenaque el agente pudiera tener al momento de efectivizarse el pase a Planta.
  • El incumplimiento de toda normativa Municipal específica referida al personal municipal”.
 
ARTÍCULO 4°.- Modificase el Art.7° de la ordenanza N° 36.878/2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:
 
     “ARTICULO 7°.- Déjase establecido que lo dispuesto en los Artículos 4°, 5° y 6° corresponden a los aspirantes a la planta permanente mencionados en el punto 1 del Artículo 2° de la presente Ordenanza”.
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 12 de Octubre de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de Octubre de 2023
 
ORDENANZA N° 38.150
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.445/2.023
Concordia, 18 de octubre de 2023
 
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente interno N° 47 "P"/23, y,
 
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, mediante nota de fecha 28 de septiembre de 2.023, la Agente Cra. DALILA PAOLA PEZZELATTIO, Legajo 9558, comunica que a partir del día 30/09/23, renuncia al cargo de Jefa del Departamento Tesorería del In.V.yT.A.M, por motivos personales; y además solicita se la restituya a la situación de revista que poseía ante la Municipalidad, previa a su nombramiento mediante Decreto N° 988/2.022.
Que a fojas 2, obra copia del Decreto N° 988/22 de fecha 10/08/2.022.
Que a fojas 3, la Dirección de Recursos Humanos informa situación de revista de la mencionada Agente.
Que a fojas 4, obra intervención del Directorio del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal considera pertinente dejar sin efecto, a partir del 30/09/2.023, la designación efectuada en el Artículo 1° del Decreto N° 988/2.022 de fecha 10/08/2.022 y; restituir a la Agente Cra. DALILA PAOLA PEZZELATTO, Legajo 9558, a la situación de revista, como Contratada con aportes; según lo dispuesto en el Artículo 4° del mencionado Decreto.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley Provincial N° 10.027 y su  modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto la designación efectuada en el Artículo 1° del Decreto N° 988/22 de fecha 10/08/2.022, a partir del 30/09/2.023, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Restitúyase a la situación de revista, como Contratada Con Aportes, a la Agente Cra. DALILA PAOLA PEZZELATTO, Legajo 9558, según lo dispuesto en el Artículo 4° del Decreto citado en el ARTICULO 1° del presente.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría de Gobierno y Hacienda y, oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 446/2.023
Concordia, 18 de octubre de 2023
 
VISTO el Decreto N° 1.330/22 Orgánica de la Secretaria Desarrollo Social y;
 
CONSIDERANDO:
Que por motivos de organizar y planificar las funciones dentro de la Secretaria Desarrollo Social, se deben realizar modificaciones en el Decreto mencionado en el "Visto".
Que es necesario la creación de la Coordinación General del Núcleo de Innovación y Desarrollo de Oportunidades (N.I.D.O): Tendrá su Cargo como Órgano Superior en la Organización, Planificación y Coordinación General con las distintas Áreas del Estado Municipal, Provincial y Nacional que realizan funciones dentro del espacio comunitario, donde se brindan propuestas, actividades, capacitaciones laborales, talleres de oficio, atención sanitaria, atención psicológica, educación primaria para adultos, etc. Tendrá Rango de Departamento Político, Nivel 1. Dependerá directamente del Secretario de Desarrollo Social.
Que por la cantidad y diversidad de actividades, propuestas y herramientas que se ofrecen a la comunidad, es preciso contar con una Coordinadora General que permita organizar y planificar el funcionamiento del espacio.
Que es necesario designar a cargo de la Coordinación General del Núcleo de Innovación y Desarrollo de Oportunidades (N.I.D.O) a la Sra. Ecker Laura Estela, de DNI 21.993.795.
Que en consecuencia, se hace necesario dictar el presente acto administrativo.
Que los alcances del presente comenzaran a regir a partir del día 01 de Octubre de 2023.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027/11 - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4.706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Crease la Coordinación General del Núcleo de Innovación y Desarrollo de Oportunidades (N.I.D.O): Tendrá su Cargo como Órgano Superior en la Organización, Planificación y Coordinación General con las distintas Áreas del Estado Municipal, Provincial y Nacional que realizan funciones dentro del espacio comunitario donde se brindan propuestas, actividades, capacitaciones laborales, talleres de oficio, atención sanitaria, atención psicológica, educación primaria para adultos, etc. Tendrá Rango de Departamento Político, Nivel 1. Dependerá directamente del Secretario de Desarrollo Social.
 
ARTICULO 2°.- Designase a la Sra. Ecker Laura Estela, de DNI 21.993.795., a cargo de la Coordinación General del Núcleo de Innovación y Desarrollo de Oportunidades, según lo expresado en el Artículo 1°.
 
ARTICULO 3°.- Los alcances de los Artículos precedentes, comenzaran a regir a partir del día 01 de Octubre de 2023.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ENRIQUE ROBERO AMADEO CRESTO
Secretario de Desarrollo Social.
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DECRETO N° 1. 448/2.023
Concordia, 19 de octubre de 2023
 
VISTO el Convenio entre la Secretaria de articulación de política social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de Concordia de la Provincia de Entre Ríos y la Resolución MDS N°485/2016 y;
 
CONSIDERANDO:
Que por tales cuestiones se hace imprescindible ampliar el Presupuesto 2023.
Que la presente medida se dicta de conformidad a lo dispuesto en el Articulo N° 8 de la Ordenanza de Presupuesto 2023 N° 37.880 que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar el mismo por nuevos y mayores ingresos con afectación específica, con la condición de la comunicación previa de realizar tales ampliaciones al Concejo Deliberante.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° de la Ley N° 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y sus modificatorias.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese la modificación al Presupuesto General de la Administración Municipal conforme se dispone en los artículos siguientes.
 
ARTICULO 2°.- Amplíese en la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES ($ 120.000.000) el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal correspondiente al ejercicio 2023 destinados a atender a los gastos fijados en el Artículo 3° del presente Decreto.
 
ARTICULO 3°.- Amplíese el Presupuesto General de gastos al Ejercicio 2023, en la partida presupuestaria 0.4.30.01.03.04.34.11 “PROG DE ASISTENCIA P/EMERGENCIAS”, de la Jurisdicción Desarrollo Social en la suma de PESOS CIENTO VEIENTE MILLONES ($ 120.000.000).
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante con copia del presente Decreto, la utilización de la facultad del Artículo 8° de la Ordenanza 37.880.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.449/2.023
Concordia, 19 de octubre de 2023
 
VISTO la resolución N° 951 M.D.S., RU.N° 2691138/22 del Gobierno de Entre Ríos y;
 
CONSIDERANDO:
Que por tales cuestiones se hace imprescindible ampliar el Presupuesto 2023.
Que la presente medida se dicta de conformidad a lo dispuesto en el Articulo N° 8 de la Ordenanza de Presupuesto 2023 N° 37.880 que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar el mismo por nuevos y mayores ingresos con afectación especifica, con la condición de la comunicación previa de realizar tales ampliaciones al Concejo Deliberante.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° de la ley N° 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y sus modificatorias.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese la modificación al Presupuesto General de la Administración Municipal conforme se dispone en los artículos siguientes.
 
ARTICULO 2°.- Amplíese en la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MIL ($ 330.000) el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal correspondiente al Ejercicio 2023 destinados a atender los gastos fijados en el Artículo 3 del presente Decreto.
 
ARTICULO 3°.- Amplíese el Presupuesto General de gastos al Ejercicio 2023, en la partida presupuestaria 0.4.90.01.03.04.34.17 "MICROCREDITO P/DES DE LA ECON. SOCIAL", de la Jurisdicción Desarrollo Social en la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MIL ($ 330.000).
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante con copia del presente Decreto, la utilización de la facultad del Artículo 8° de la Ordenanza 37.880.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.450/2.023
Concordia, 19 de octubre de 2023
 
VISTO el expediente N° 251 "C" 2023 de fecha 07/08/2023, mediante el cual se tramita la rendición de gastos de caja menor asignada mediante Decreto N° 1315/2022 la misma asciende a un monto total de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00) solicitándose su aprobación y cierre y,
 
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 a fs.9 obran comprobantes de los gastos efectuados con la referida aja menor.
Que el Departamento de Planificación Presupuesto ha informado a que partida imputar dicho gasto.
Que la Subsecretaria de Hacienda ha tomado conocimiento y la intervención de su competencia.
Que Contaduría ha efectuado el informe pertinente a los presentes gastos y observado.
Que a fs 20 la Central de Transito y Transporte toma nota de lo expresado por la Contaduría y aclara al respecto como así también informa que en virtud de la nueva designación del Sr. Matías Olivares a cargo de la Central de Transito y Transporte -Decreto N° 1138/2023- se debería realizar el cierre de la caja menor asignada al Responsable por Decreto N° 1315/2022.
Que a fs.16 obra autorización de Preventiva con el importe en letras y números correctos.
Que a fs. 17 obra planilla del módulo de rendición rectificada.
Que a fs. 18 y obra comprobante de ingreso varios N° 178363 y comprobante de pago tique N° 34685755 por un importe total de $ 44,12.
Que a fs. 19 obra copia del Decreto N° 1138/23.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027- Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Aprobar la rendición de gastos realizado con fondos de la Habilitación de la Caja Menor de la Central de Transito y Transporte, asignada mediante Decreto N° 1315/2022, por la suma total de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 ($ 30.000,00) y disponer el cierre de la misma, conforme a las constancias obrantes en el expediente interno N° 251 Letra "C". 2023;
 
ARTICULO 2°.- Imputar el gasto aprobado a la siguientes partidas.
 
0.7.40.01.01.02.20.08 Gobierno $ 2.500,00
0.7.40.01.01.02.20.11 Gobierno $ 27.455.88
 
ARTICULO 3°.- Girar a Contaduría y Tesorería a sus efectos.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.451/2.023
Concordia, 19 de octubre de 2023
 
VISTO:
El Decreto N° 1074/2023 MGJ emitido por el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos en fecha 27 de Abril de 2023, y,
 
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1074/2023 MGJ, el Superior. Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, fijo el día 13 de Agosto de 2.023, para la realización de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultaneas y Obligatorias de los partidos políticos, confederaciones o fusiones de partidos, alianzas transitorias que intervengan en la elección general de cargos públicos electivos provinciales, municipales, comunales y de juntas de gobierno, a realizarse el día 22 de Octubre de 2.023.
Que a partir de ello, la Secretaria Electoral Nacional designa a quienes se desempeñarán como Autoridades de Mesa del acto comicial.
Que se ha establecido como práctica habitual la no concurrencia a los lugares de trabajo al día hábil posterior al comicios a aquellos agentes dependientes del Estado que se hayan desempeñado como Autoridades de Mesa.
Que además, para ser alcanzado por tal disposición, los agentes designados como Autoridad de Mesa deberán acreditar tal extremo mediante la presentación de documento de notificación emitido por la Secretaria Electoral Nacional.
Que es decisión del Departamento Ejecutivo, dictar el acto administrativo a fin de que los agentes designados como Autoridades de Mesa por la Secretaría Electoral Nacional, cumplan con su deber cívico el día 22 de Octubre del 2023, garantizándoles la no concurrencia a sus lugares de trabajo el día hábil posterior, sin efecto alguno sobre su liquidación habitual.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones emergentes de la Ley N° 10.027 y modificatorias - Régimen Municipal.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Autorizase a los agentes dependientes de la Municipalidad de Concordia, que se desempeñen como Autoridad de Mesa en el acto comicial que se realizará el día 22 de Octubre del 2023, a la no concurrencia a sus lugares de trabajo el día hábil posterior al mismo, es decir, el día 23 de Octubre del 2023, considerándose dicha inasistencia como justificada, no generando efecto alguno a los fines de la liquidación, pagos de adicionales particulares y presentismo.
 
ARTICULO 2°.- Establézcase que la condición de Autoridad de Mesa deberá acreditarse ante la oficina de la Dirección de Recursos Humanos del municipio, presentando documento de notificación remitido por la Secretaría Electoral Nacional, que indique su designación como Presidente o Vocal de Mesa en el acto comicial del día 22 de Octubre del 2023.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 5 de Octubre de 2.023
 
N° 9.827
 
VISTO:
Las “Jornadas de Enfermería Pediátrica”a desarrollarse en  el Hospital “Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, este Honorable Concejo Deliberante realiza la Declaración de Interés Municipal, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, dicho evento tiene como objetivos promover la capacitación permanente, intercambio de conocimiento, experiencia para mejorar los cuidados de enfermería a los usuarios pediátricos, ampliar el conocimiento de los enfermeros de los centros de referencia, lograr la continuidad de los cuidados de los mismos.
Que, esta actividad está destinada a licenciados de enfermería, enfermeros, personal de CAPS y estudiantes del último año de la carrera de enfermería de nuestra ciudad de Concordia.
Que, además contara con la participación de expositores y docentes especializados en la temática, siendo los mismos: Dr. Néstor Hirschfeld, Dra. Viviana Maldini, Dra. Patricia Richard, Dra. Fernanda Pezzinatti, Dra. Camila Aristondo, Lic. Soledad Rodriguez, Lic. Alicia Rearte, Lic. Anabella Paye, Lic. Carla Bonelli, Lic. Mariana Malla, Lic. Silvina Franco, Lic. Eduardo Acevedo, Lic. Marcos Saravia, Lic. Florencia Benítez, Enf. Valeria Molina, Enf. Mariela Del Valle, Enf. Marianela Moreira, Enf. Rosario Monzón, Enf. Dana Rebot, Enf. Roxana Arias, Enf. Diana Benítez.
Que, la Dirección de Ciencia y Tecnología, la Secretaria de Salud, el Departamento Enfermería y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la provincia de Entre Ríos están participando de estas jornadas.
Por ello, en uso de las facultades previstas por la Ley N° 10.027 y la Constitución de la Provincia de Entre Ríos;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar  de Interés Municipal la realización de la “Jornada de Enfermería Pediátrica” organizada por Hospital “Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, a llevarse a cabo el día 6 de Octubre en dicho nosocomio, atenta a lo expresado en los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Entréguese una copia de la presente y certificado a los interesados.-
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 5 de Octubre de 2023.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de octubre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.132
 
Téngase por Resolución Municipal comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFER CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 5 de Octubre de 2023
 
N° 9.825
 
VISTO:
Que se llevará a cabo las primeras jornadas nominadas “primavera diversa”, durante los días 6 y 7 de Octubre del corriente año, para sensibilizar reflexionar e intercambiar acerca de los Derechos de la Diversidad Sexual, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, estas jornadas nominadas “primavera diversa”  se llevaran a cabo en el marco de sensibilizar, reflexionar e intercambiar acerca de los derechos de la diversidad sexual, en relación por la semana de la no violencia y los cuarenta años de democracia. La diversidad sexual es la pluralidad de construcción de identidades y expresiones de géneros, como así también prácticas y manifestaciones emocionales, afectivas y sexuales. Estos derechos han sido reconocidos por distintos tratados internacionales y legislación nacional para fortalecer los derechos reconocidos.
Que, como antecedentes la municipalidad de Concordia a creado el área de diversidad sexual, incorporando políticas de géneros para la prevención de la discriminación, y la promoción de derechos del colectivo LGBTI+, gestando acciones que contribuyan a la inclusión, equidad y concientización sobre situaciones de violencia y discriminación, en forma transversal, inter-área e inter-institucional.
Que, contara con la presencia y participación de Alejandra Elcura, Coordinadora de Políticas de Género y Diversidad Sexual; Matías Germano integrantes de la subsecretaria de Derechos Humanos, ambos pertenecientes al Gobierno de la Provincia de Entre Ríos. También contara con la participación de diferentes áreas de la municipalidad de Concordia, instituciones, organizaciones de la sociedad civil, que contribuirán al dialogo y la comunicación; como son el Instituto de Investigación para la igualdad y equidad de los Géneros del Colegio de Abogacía Concordia, un representante de la División del Registro Civil de Concordia, como así también contaran con la presencia servicios de testeo rápido de VIH, y stand de emprendedores locales, a realizarse los días 6 y 7 de octubre en distintos espacios físicos y con diferentes propuestas.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Educativo, Cultural, Municipal las Jornadas ”primavera diversa“ a realizarse los días 6 y 7 de Octubre del corriente año, organizado por diferentes áreas de la Municipalidad de Concordia, Instituciones y Organizaciones de la Sociedad Civil, y en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Remitir copia de la presente declaración a los interesados.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 5 de octubre de 2023.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de octubre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.133
 
Téngase por Resolución Municipal comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFER CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 5 de Octubre de 2023
 
N° 9.826
 
VISTO:
Que se llevara a cabo una Charla – Debate nominado “Soberanía Regional, la historia de la resistencia popular de la Región de Salto Grande”, y que contara con la presentación del Libro “NO a la privatización de Salto Grande” el día martes 10 de Octubre del corriente año en el CCC, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, esta Charla – Debate “Soberanía Regional, la historia de la resistencia popular de la Región de Salto Grande” contara con la presentación del Libro “NO a la privatización de Salto Grande”, siendo esta una iniciativa del sindicato de Trabajadores de Salto Grande, a través de su Secretario General Benítez Sergio, y con el acompañamiento de la Secretaria de Gobierno y Hacienda a través de la Dirección de Educación de la Municipalidad de Concordia.
Que, tiene como objetivo abordar el sistema de privatización como reducción del estado en el sistema de producción capitalista y el modelo económico neoliberal, en un contexto donde aparecen nuevamente ideas privatizadoras, en nombre de “libertad”. Buscando resaltar ejemplos de participación ciudadana en relación a una obra de integración regional y binacional, un proceso signado por la contundencia de un Pueblo que se manifestó en las urnas en el año 1994 y movilizaciones populares hasta el año 1996.
Que, a demás de la charla se presentara el libro “NO a la privatización de Salto Grande” el cual cuenta con 150 páginas, que repasan lo que fue, la lucha por sostener Salto Grande como empresa pública, de la resistencia de los Pueblos, y la necesidad de la unidad de los trabajadores, los vecinos y la dirigencia local a fin de proteger una organización publica emblemática de la Región, nacida en la región y gestionada por personas que viven y han  echado raíces; para lo cual se contara con la presencia de los involucrados en aquel entonces.
Que, el evento tendrá la presencia de autoridades, como el Presidente Municipal, Secretarios Municipales, Concejales, Senadores Provinciales, el Presidente de la Delegación Argentina, y el Sindicato Argentino de Trabajadores de Salto Grande, Ex secretario de SIATRASAG,  Ex Vocal Cafesg, Ex Concejales.
Destinada la charla - debate a Estudiantes del Ciclo Orientado, como así también Escuela de Jóvenes y Adultos, Estudiantes de la Escuela de Oficios “Cruce de los Andes”. Estudiantes Municipales Programa Oportunidades, y público en general. La cual tendrá lugar en el Centro de Convenciones Concordia a partir de las 10.30 horas.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Educativo Cultural Municipal la Charla – Debate a realizarse el día Martes 10 de Octubre del corriente año, organizado por el Sindicato Argentino de Trabajadores de Salto Grande (SIATRASAG) y el acompañamiento de la Dirección de Educación Municipal dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, y en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Declarar de Interés Educativo Cultural Municipal, la presentación del Libro  “No a la Privatización de Salto Grande”, y en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 3°.- Remitir copia de la presente declaración a los interesados.
 
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 5 de octubre de 2023.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de octubre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.134
 
Téngase por Resolución Municipal comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFER CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 5 de Octubre de 2.023
 
N° 9821
 
VISTO:
La implementación en Concordia del Proyecto “Adaptación al cambio climático en ciudades y ecosistemas vulnerables costeros del río Uruguay”, y;
 
CONSIDERANDO:
Que el Proyecto fue  instrumentado bajo Código Alfanumérico de los recursos otorgados por fondo de adaptación: AF/AU/RIOU/G1, suscripto con fecha 09 de Octubre de 2020, entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación Argentina y la Corporación Andina Fomento – CAF, que abarca territorios de la Provincia de Entre Ríos y las Intendencias de Artigas, Salto, Paysandú y Río Negro en la República Oriental del Uruguay.
Que contempla  la implementación de medidas de adaptación al cambio climático basadas en la construcción de infraestructuras urbanas resilientes en terrenos seguros, y la resignificación de tierras inundables ocupadas previamente por asentamientos realojados para prevenir los efectos adversos de la variabilidad y el cambio climático, como son el incremento de lluvias torrenciales que, de manera cada vez más frecuente, causan costosas inundaciones en las ciudades costeras del Río Uruguay. En paralelo, el acuerdo impulsa el intercambio de experiencias de mejores prácticas urbanas, ambientales, sociales y culturales.
Que la región del Río Uruguay conforma un espacio binacional, con semejanzas y diferencias en términos sociales, económicos y políticos, como resultado de las particularidades del desarrollo histórico de los países que la conforman. En el marco del Cambio Climático ambos países y sus territorios se ven altamente afectados por el incremento en la frecuencia e intensidad de las lluvias.
Que a partir de esta problemática conjunta de ambos países se conceptualizó el Proyecto Regional “Adaptación al cambio climático en ciudades y ecosistemas costeros vulnerables del Río Uruguay”. Este proyecto es una muestra significativa del compromiso de cooperación binacional entre Argentina y Uruguay para enfrentar el cambio climático, y de la articulación que posibilita catalizar recursos del Fondo de Adaptación a la región a través de CAF, agencia implementadora de dichos recursos.
Que el Proyecto ACC Río Uruguay es una iniciativa binacional que reúne a Uruguay y Argentina en el objetivo común de generar mayor resiliencia frente al cambio climático, en ciudades y ecosistemas costeros vulnerables del río Uruguay. Con una duración de cuatro años, el Proyecto se orienta a desarrollar herramientas e intercambiar experiencias de planificación y gestión en ambos países para contribuir a la reducción de vulnerabilidades y a la gestión integral de riesgos, con un enfoque de adaptación al cambio climático y una perspectiva de género, generaciones y derechos humanos. La ejecución del Proyecto ACC a nivel regional está a cargo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).
Que las actividades nacionales en Argentina son ejecutadas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, siendo unidades subejecutoras la Provincia de Entre Ríos y la Administración de Parques Nacionales. En Uruguay, las actividades nacionales son ejecutadas por la Corporación Nacional para el Desarrollo, y el Ministerio de Ambiente es promotor a la vez que beneficiario del Proyecto.
Que las medidas o acciones incluidas en el Proyecto ACC se organizan en cuatro componentes: el primero se orienta a la planificación territorial y la gestión de riesgos con perspectiva de cambio climático; el segundo comprende un conjunto de intervenciones prioritarias en la infraestructura de distintas ciudades para mejorar su resiliencia; el tercero se orienta a la adaptación asociada a ecosistemas y áreas naturales protegidas; el cuarto apunta a la resiliencia institucional y social, buscando reducir vulnerabilidades en las comunidades focalizadas y fortalecer sus capacidades y redes.
Que, en Argentina, el Proyecto ACC se focaliza en el cordón de localidades ubicadas en el tramo inferior del río Uruguay e incluye intervenciones directas en tres ciudades: Concordia, Colón y Concepción del Uruguay. En el caso de Concordia, la obra consiste en la protección costera de la zona de la Planta Potabilizadora de agua que abastece a la ciudad frente a los procesos erosivos asociados a las crecidas y bajantes del río, que podrían agravarse con el aumento de su magnitud y frecuencia como consecuencia del cambio climático. El Proyecto ACC mantiene un vínculo técnico –profesional con el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento para viabilizar el financiamiento del Tramo 2 de protección costera del Parque San Carlos en Concordia, así como con el Ministerio de Planeamiento, Obras Públicas y Servicios de Entre Ríos para la inspección y el seguimiento de las obras a ejecutar.
Que, a través del Proyecto ACC, se prevé analizar los impactos del cambio climático en los ecosistemas costeros vulnerables, así como proveer soluciones sustentables para restaurarlos y recuperar los servicios que aportan a las comunidades de la región, con énfasis en la reducción de riesgos asociados a inundaciones. Argentina y Uruguay abordan además el control de especies exóticas invasoras y la recuperación o valorización de especies nativas con acciones concretas en el Parque Nacional el Palmar (PNEP, Argentina) y en el Parque Nacional Esteros de Farrapos e islas del río Uruguay (PNEFIRU, Uruguay). En lo que respecta al PNEP en particular, el Proyecto ACC incluye la consolidación estructural de las edificaciones históricas, la protección de la barranca costera y la puesta en valor del sitio histórico Calera del Palmar o de Barquín.
Que, desde los componentes regionales, se han iniciado acciones para incorporar el enfoque de cambio climático a diferentes instrumentos de planificación, de ordenamiento territorial, de gestión de áreas protegidas a través de asesoramientos técnicos e intercambios. Se realizaron también reuniones temáticas, encuentros, instancias de capacitación abordando ejes específicos vinculados al cambio climático, como protección de ecosistemas, género, gestión integral de riesgos, sistemas de alerta temprana, escenarios posibles en la región del río Uruguay. En cada país, paralelamente al desarrollo de capacidades, la comunicación, la participación y el fortalecimiento de redes de instituciones y municipios, se están poniendo en marcha las primeras obras de infraestructura tendientes a incrementar la resiliencia en ciudades. Estas intervenciones apuntan a resignificar zonas bajas, ambientalmente degradadas y con riesgo de inundación, para transformarlas en espacios verdes públicos destinados al uso y disfrute de las comunidades. En otros casos, las obras se orientan a proteger o reforzar infraestructura que resulta crítica para las ciudades frente al cambio climático, como la provisión de agua potable, la conexión territorial de zonas que pueden resultar aisladas.
Que, como parte del compromiso del Proyecto ACC con la formación de cuadros técnicos y políticos regionales que puedan dar continuidad temporal a las estrategias adoptadas se ha diseñado una serie de actividades educativas tales como el dictado del Módulo Extra curricular sobre Adaptación ante CC en la diplomatura dictada por Universidad de Quilmes durante 2021,encontrándose próximas a iniciarse la “Capacitación para empleo de biofiltros para manejo de aguas negras en zonas periurbanas orientado a albañiles, constructores, arquitectos e ingenieros”,  “Adaptación ante el Cambio Climático y Soluciones basadas en ecosistemas en la gestión del Agua” orientado a operarios/as de calle y provisión de agua de los municipios de Colón, Concordia y Concepción del Uruguay, “Adaptación ante el Cambio Climático y Soluciones basadas en ecosistemas en la gestión del Agua” orientado a mandos medios de gestión de aguas y saneamiento de los municipios mencionados, “Instrumentación para el abordaje del CC desde la perspectiva de Vulnerabilidad social ante desastres” orientado a RRHH de los municipios, (esta última actividad en espera del llamado para contratar IC por parte de PNUD Argentina).
Que, las vinculaciones con las universidades de la región, tales como Autónoma de Entre Ríos (UADER), de Concepción del Uruguay (UCU), Nacional de Entre Ríos (UNER), Regionales de Concepción del Uruguay y de Concordia de la Univ. Tecnológica Nacional (UTN) tienen como principal objetivo difundir y sensibilizar a los cuerpos académicos, investigadores y estudiantes sobre los desafíos y oportunidades de investigación y nuevos desarrollos, asociados a cambio climático, adaptación, sistemas de alerta temprana y gestión de riesgos de desastres.
Que, en materia de formación, para el corriente año se encuentran en proceso de ajuste y diseño definitivo el dictado de la actividad “Liderazgo en gobernanza con enfoque en cambio climático: hacia las nuevas necesidades emergentes en la gestión pública” orientado a 50 futuras autoridades municipales de todo el país (con financiamiento y en alianza con CFI se dictará el Modulo 4 de este curso), y el inicio de la Diplomatura en Adaptación al Cambio Climático en alianza con UNER.
Que, el Proyecto ACC ha propugnado la conformación y el fortalecimiento de alianzas entre las comunidades de una región que ya contaba con valiosos antecedentes en asociativismo público y privado. Así se conformó la Red de Municipios para Adaptación al Cambio Climático que ya ha realizado 4 encuentros entre 2021 y 2022. Para el 2023 se planificaron dos encuentros más. Hasta el momento participan 14 municipios de Entre Ríos y un departamento del Uruguay (Río Negro), además de las dos comisiones técnicas binacionales: CARU y CTM y el INTI. Los municipios de Gualeguaychú, San Justo, Villa Elisa, Herrera, Urdinarrain, Villaguay, Colón, Caseros, Concordia, San José, Basavilbaso, Liebig, Santa Anita y la Intendencia Departamental de Río Negro. Asimismo se establecieron vinculaciones con el Instituto Provincial de la Vivienda de Entre Ríos apuntando a la incorporación de la perspectiva de adaptación ante el CC en viviendas de interés social y capacitación en y para nuevos empleos climáticos.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal Ambiental y Educativo el Proyecto “Adaptación al cambio climático en ciudades y ecosistemas vulnerables costeros del Río Uruguay”, por los fundamentos expuestos.
 
ARTÍCULO 2°.- Notificar al Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación Argentina.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 5  de Octubre de 2023.-
 
ALFREDO  DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de octubre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.135
 
Téngase por Resolución Municipal comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFER CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 5 de Octubre de 2.023-
 
N° 9.822
 
VISTO:
El reconocimiento otorgado por el Comité del Patrimonio Mundial de la Unesco al Museo Sitio y Memoria ESMA declarándolo Patrimonio de la Humanidad, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, el Museo y Sitio de Memoria ESMA, está ubicado donde funcionó el centro clandestino de detención de la Escuela Superior de Mecánica de la Armada durante la última dictadura cívico militar en nuestro país.
Que, durante este martes 19 de septiembre de 2023, durante la 45ª sesión del Comité del organismo que se desarrolló en Riad, Arabia Saudita; el Museo y Sitio de Memoria ESMA ingresó en la lista del Patrimonio Mundial de la Unesco, al ser declarado como un lugar con un "valor universal excepcional".
Que, la Unesco está conformada por 194 países que forman parte de una comunidad internacional unida en la misión conjunta de identificar y proteger el patrimonio natural y cultural más importante de todo el planeta de acuerdo a lo establecido por la Convención del Patrimonio Mundial de 1972.
Que, según lo anunciado durante la sesión, se establece que el Museo y Sitio de Memoria ESMA-Ex Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio está asociado y es representativo de la represión ilegal llevada a cabo y coordinada por las dictaduras de América Latina en los años 1970 y 1980 sobre la base de la desaparición forzada de personas.
Que, este organismo indicó al anunciar la declaración que "La Argentina debe ser felicitada por traer esta nominación y buscar justicia por los hechos cometidos por la dictadura contra oponentes armados y no armados y entender la influencia global y la resonancia de estos eventos en el Museo y Sitio de Memoria ESMA".
Que, en las redes oficiales, la Unesco se manifestaba de la siguiente manera “Just inscribed on the @UNESCO #WorldHeritage List: ESMA Museum and Site of Memory – Former Clandestine Center of Detention, Torture and Extermination”.
Que, Argentina contaba hasta ahora con 11 bienes reconocidos como Patrimonio Mundial; a ellos se agrega ahora el Museo Sitio de Memoria ESMA - Ex Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio que está emplazado en el predio de la ex ESMA, hoy Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos. Que, con esta nominación, “el Museo Sitio alcanza ahora una dimensión mundial en la difusión de los valores que testimonia y representa: el terrorismo de Estado basado en la desaparición forzada de personas y la capacidad de la sociedad argentina de reparar lo sucedido a través del juicio a todas las personas involucradas en la represión ilegal", destacaron desde la secretaría de Derechos Humanos.
Que, este reconocimiento a nivel internacional llega en el marco de los 40 años de democracia ininterrumpida en nuestro país, siendo el primer Sitio de Memoria del mundo en ser incorporado a la lista de la Unesco.
Que, esta declaración de patrimonio de la Humanidad constituye una contundente respuesta frente a los discursos que niegan o buscan relativizar el terrorismo de Estado y los crímenes de la última dictadura cívico-militar reivindicando con fuerza la lucha de las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo.
Que, la incorporación del museo es “un hecho de una relevancia única dentro de la historia argentina, regional y latinoamericana, sentando un precedente para seguir dando ejemplo en el mundo con las políticas de Memoria, Verdad y Justicia.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Expresar Beneplásito por la declaración del Museo Sitio y Memoria ESMA como Patrimonio de la Humanidad por parte de la UNESCO.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 5 de Octubre de 2023.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de octubre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.136
 
Téngase por Resolución Municipal comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFER CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 12 de Octubre de 2023
 
N° 9.840
 
VISTO:
La Medalla de Oro para el Boxeo Concordiense en los “Juegos Nacionales Evita 2023”; y,
 
CONSIDERANDO:
Que Melina “La Bonita” Peralta logró el primer lugar en el podio en su primera vez en esta competencia.
Que la joven boxeadora Concordiense de 15 años, formada en el gimnasio “Los Constructores” del barrio Pierrestegui, obtuvo el Oro en los “Evita” quedando de esta forma en los libros de la historia del boxeo local.
Que la joven deportista logró este resultado luego de 16 peleas invictas en la categoría hasta 50 kilos.
Que su papá, Luis Alejandro Peralta, que es a la vez su entrenador, está orgulloso por el resultado, debido a que todo el entrenamiento y preparación de Melina fue desde un gimnasio de barrio.
Que conforme el Artículo 11°, Capítulo V, de la Ordenanza N° 33.692/2008 “Régimen de Honores”, la joven boxeadora Melina “La Bonita” Peralta cumple con las premisas fundamentales para ser distinguida como “Personalidad Destacada del Deporte de la Ciudad de Concordia”.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar “Personalidad Destacada del Deporte de la Ciudad de Concordia” a la joven boxeadora Melina “La Bonita” Peralta por haber obtenido la Medalla de Oro en los “Juegos Nacionales Evita 2023” quedando de esta forma en los libros de la historia del boxeo local.
 
ARTÍCULO 2°.- Entregar a la joven boxeadora Melina “La Bonita” Peralta un certificado recordatorio, en su honor, que exprese la Declaración citada en el Artículo precedente y una copia de la presente Resolución.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 12 de Octubre de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de octubre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.139
 
Téngase por Resolución Municipal comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Pro. MARTIN EZEQUIEL MENDES
Secretario de Deportes
JENNIFER CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 12 de Octubre de 2023
 
N° 9.846
 
VISTO:
Que en Octubre se celebra el mes de la CHAMARRITA ENTRERRIANA, por conmemorarse cada 29 de Octubre el día del nacimiento del Profesor Linares Cardozo,
 
CONSIDERANDO:
Que, como hace 17 años, la Comisión Chamarritera de Concordia, realizan la Fiesta Nacional de la Chamarrita Entrerriana, un festejo popular, con entrada libre y gratuita, para todo público con el fin de difundir la cultura de Entre Ríos.
Que, se llevaran a cabo los festejos el día Viernes 13 de Octubre del corriente año, a partir de las 19 hs en el Salón de Cultura la de Municipalidad de Concordia, con la participación de artistas que colaboraran de manera gratuita con este fin ; ellos son Profesor Silvio Previale y su grupo Acordeones del Uruguay provenientes de la vecina ciudad de Salto; Orquesta Juvenil Instrumental La Chamarra de Concordia que cuenta con 60 integrantes, Daniel Visconti Chamarritero de Colon, Profesor Raúl Tournoud de comisión amigos de Linares Cardozo provenientes de Concepción del Uruguay; Adrian Viviani chamarritero de Villaguay ; Trío las Damas de Concordia; el cantautor concordiense Dr. Ernesto Gallegos con el acordeón de la profesora Teresita Sarli y la embajada cultural chamarritera del Instituto Urquiza. Siendo este un evento de gran convocatoria y de interés para difundir la cultura que implica la chamarrita para nuestra ciudad y de nuestra provincia.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Cultural Municipal el Evento a realizarse el próximo viernes 13 de Octubre, a partir de las 19 hs en el Salón de Cultura de la Ciudad de Concordia, y en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2º.- Remitir copia de la presente declaración a los interesados.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 12 de  Octubre de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de octubre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.140
 
Téngase por Resolución Municipal comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFER CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 12 de Octubre de 2023
 
N° 9832
 
VISTO:
­La llegada a nuestra ciudad de “Fronteras: la cultura más allá de los límites del Estado”, y;
 
CONSIDERANDO:
Que la ciudad de Concordia fue elegida para llevar a cabo la cuarta edición del programa “Fronteras: la cultura más allá de los límites del Estado”.
Que, este ciclo organizado por el Ministerio de Cultura de Argentina, a través de la Secretaría de Gestión Cultural, se trata de un proyecto que, mediante intervenciones artísticas y culturales en zonas fronterizas de Argentina, pone en relieve la importancia política, histórica y cultural de los territorios limítrofes y reconoce a las fronteras como parte de un entramado cultural conformado por saberes, prácticas tradicionales y costumbres que superan los límites establecidos por la división política.
Que, el objetivo es ampliar la información y el acceso de políticas publicas de fomento a las artes escénicas, la música y las culturas comunitarias, capaces de generar lazos de unidad entre los territorios y propiciar la hermandad entre los pueblos.
Que, reafirmando la cultura, como elemento dinámico clave en el proceso de manifestar la forma en que los individuos se relacionan con la vida cotidiana, con parte de un territorio y construyen comunidad, “Fronteras” nos brinda la posibilidad de difuminar la línea artificial de los límites entre países al conformar una mezcla de saberes y tiende puentes para pintar un paisaje común.
Que, esta propuesta contará con charlas abiertas para reconocer los programas culturales de la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB), organismo internacional de apoyo a los 22 países que conforman la Comunidad Iberoamericana de Naciones: Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Uruguay y Venezuela. Los tópicos serán Iberescena, Ibercultura Viva e Ibermúsica. Por otro lado, el Instituto Nacional de la Música (INAMU) abrirá un espacio de conversación acerca del derecho intelectual, políticas públicas, culturales, identidad y federalismo.
Que, “Fronteras” en su cuarta edición nos trae música, teatro y danza para toda la familia. Se presentará “Tinguiritas” (Obra Teatral del catálogo del Instituto Nacional de Teatro), Carlos “El Negro” Aguirre, Murga “La Carlito”, el Ballet Folclórico Municipal “Renovando Sueños” y el Grupo Coreográfico “El Antigal” de Esteban Echeverria, provincia de Buenos Aires. Recuperará recetas típicas de la zona fronteriza con un postre característico uruguayo: El Chajá, de las manos de Berta Villalba, mujer uruguaya, residente de Concordia desde 1972, reivindicando la cultura del país hermano; 
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Cultural el programa “Fronteras: la cultura más allá de los límites del Estado”, que llevará a cabo su cuarta edición en el Centro de Convenciones y en la Plaza 25 de Mayo de nuestra ciudad, el día 14 de octubre. Este ciclo pone en relieve la importancia política, histórica y cultural de los territorios limítrofes y reconoce las fronteras como parte del entramado cultural conformado por saberes, prácticas tradicionales y costumbres que superan los límites establecidos por la división política. A través de la información y acceso a políticas públicas de fomento a las artes escénicas, música y culturas comunitarias, “Fronteras” genera lazos de unidad entre los territorios y propicia la hermandad entre los pueblos.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 12 de Octubre de 2023.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de octubre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.141
 
Téngase por Resolución Municipal comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFER CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 12 de Octubre de 2023
 
N° 9.833
 
VISTO:
Que se cumplen 30 años al aire de manera ininterrumpida del reconocido Programa Concordienses “La Naranja Mirona”, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, este programa se ha mantenido al aire desde el 14 de Octubre del año 1993, de manera ininterrumpida, siendo este 2023 el aniversario número 30.
Que, tuvo como conductor al emblemático Hugo Rojas, quien falleció este año, pero que, a pesar de este suceso, aun continúa la transmisión de la mano de Luis Ramón Acosta.
Que, “La Naranja Mirona” ha sido transmitido durante los últimos 30 años, los días domingos por la noche, con constancia empeño y corazón, donde los comienzos fueron aventureros, contando con un gran equipo de producción de familiares y amigos. Teniendo un enfoque solidario, destinado exclusivamente para la gente, realizando campañas solidarias y festejos de los estudiantes. Estas transmisiones en un principio eran vistas por la zona rural de concordia, emitido por televisora del este, pero que al cabo de unos años pudo ingresar al cable, siendo visualizado por toda la ciudad.
Que, a demás esta Resolución busca destacar la labor incansable de su conductor animador y productor, icono de la televisión como así también de la radio local, enfocado siempre en el fin social y solidario, Hugo Rojas (1969 – 2023) quien a demás formaba parte de la Dirección de Discapacidad de la Municipalidad de Concordia, su inmensurable compromiso quedo reflejado en más de 300 campañas solidarias. Dejando un legado imborrable en la industria de los medios de comunicación y la comunidad de Concordia.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarese de Interés Cultural Municipal, los 30 años de transmisión ininterrumpida del emblemático Programa Local “La Naranja Mirona”, y en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Reconocer al Conductor de “La Naranja Mirona” “Hugo Rojas”, por su legado imborrable en la industria de los medios de comunicación y la comunidad de Concordia.   Y en virtud de los considerandos precedente.
 
ARTÍCULO 3°.- Remitir copia de la presente declaración a los interesados.
 
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 12 de Octubre de 2023.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de octubre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.142
 
Téngase por Resolución Municipal comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFER CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 12 de Octubre de 2023
 
N° 9.838
 
VISTO:  
El Seminario de Emociones en Contexto de Encierro, a realizarse en 3 jornadas, en la UPNº3 de nuestra Ciudad de Concordia; y,
 
CONSIDERANDO:
Que, se trata de un Seminario pautado en 3 encuentros presenciales, de una duración de aproximadamente 2 horas por jornada, a realizarse en principio en la Unidad Penal Nº 3 de nuestra ciudad de Concordia, el cual fue pensado, desde un trabajo de más de 20 años en el sistema, por formadores y docentes en el penal y en la escuela secundaria Nº 28, que se encuentra funcionando desde el año 2007, luego de una lucha de los alumnos. Con gran satisfacción la primera promoción graduada fue en año 2009 y que todo el grupo se fue en Libertad, sin haber tenido reincidencia en el lugar, lo que anima a seguir pensando prácticas en relación a la Libertad de las personas.
Que, el Seminario de Emociones en Contexto de Encierro, busca ir creando espacios de diálogo y expresión de necesidades que permitan la modificación de conductas naturalizadas, en cuento a la violencia, la búsqueda del control, la negación de emociones, entre otras. Esta armado desde la Educación Emocional, como aporte de poder entre todos desestructurar el concepto “del castigo”, mirando la necesidades básicas y los derechos supremos de los ciudadanos, aun en privación de la libertad. Con la finalidad de recrear nuevos modos de comunicación, incentivar la educación y posibilitar nuevos proyectos de vida.
Que, se llevara a cabo los días 17 de Octubre, 7 de Noviembre, y 5 de Diciembre, por las temáticas que son amplias, buscando tanto la formación de cada uno, como así también afrontar situaciones en el adentro, y fortalecer la educación y los beneficios en relación a la Ley 24660.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTICULO 1°.- Declarar de Interés Educativo Municipal, el “Seminario de Emociones en Contexto de Encierro”, a realizarse los días 17 de Octubre, 7 de Noviembre, y 5 de Diciembre, en la Unidad Penal Nº 3 de nuestra ciudad, y en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2º.- Remitir copia de la presente declaración a los interesados.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 12 de Octubre de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de octubre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.143
 
Téngase por Resolución Municipal comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFER CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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Concordia, 12 de Octubre de 2023
N° 9.843
 
VISTO:
La conmemoración del Día Mundial de la Alimentación que se realiza el 16 de Octubre de cada año y;
 
CONSIDERANDO:
Que, la FAO, que es la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación se crea un 16 de octubre del 1945.
Que, Argentina forma parte de la FAO desde el año 1951.
Que, con el objeto de visibilizar determinadas cuestiones inherentes a la alimentación cada año se proclama un nuevo lema. El lema escogido para este año 2023 es: El agua es vida, el agua nutre.
Que, en nuestra ciudad se realizaran diversas acciones organizadas por la Facultad de Alimentos de la UNER durante el evento “Feria Día de la Alimentación”
Que, consiste en una acción del Área de Extensión Universitaria Facultad de Alimentos de la UNER de la Ciudad de Concordia aprobada por Res. C.S. 075/23.
Que, dicha actividad se llevará a cabo en el Paseo del Bicentenario de nuestra ciudad, el día 18 de octubre del corriente año, en el horario de 9 a 13 hs, en el marco del Día Mundial de la Alimentación.
Que, Esta segunda Edición contará con distintos stands de nuestra institución (FCAl-UNER), y de otras instituciones y Organizaciones invitadas, como la Asociación de Licenciados en Nutrición de Concordia, INTA, ONG Luz del Ibirá, Coop. Pirí Hué, entre otras.
Que, los objetivos de la propuesta son:
● Acercar a docentes y estudiantes de la Facultad a una problemática real de la comunidad.
● Motivar a los educadores y promover una alimentación saludable.
● Articular con instituciones del medio en pos de la alimentación saludable en las niñeces.
Que, a pesar de que la actividad está orientada a docentes y estudiantes de las escuelas primarias, el evento será libre y gratuito para toda la comunidad.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar de interés municipal el evento “Feria Día de la Alimentación” organizado por la Facultad de Alimentos de la UNER que se llevará a cabo Paseo del Bicentenario de nuestra ciudad, el día 18 de Octubre de 2023.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 12 de Octubre de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de octubre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.145
 
Téngase por Resolución Municipal comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
JENNIFER CISNEROS
Secretaria de Comunicación y Ceremonial.