Boletín Oficial N° 3247 - Concordia, 6 de septiembre de 2023

SUMARIO
 
Los siguientes Decretos y Resolución conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
Decretos: 1.211/2023, 1.212/2.023, y 1.213/2023.-  Resolución: 38.082.-


DECRETO N° 1.211/2023
Concordia, 4 de septiembre de 2023
 
VISTO los Decretos N° 1.389/22, N° 1.381/22, 1.329/22,1.330/22, 1.331/22 y;
 
CONSIDERANDO:
Que visto el Decreto N° 1.146/23 de fecha 23 de agosto de 2023, donde se designa al Sr Enrique Roberto Amadeo Cresto de DNI 21.952.416 para el cumplimiento a las funciones establecidas en el Articulo 13 – Capítulo IV del Título III de la Ordenanza N° 37.815/22.
Que por motivos de restructuración de las funciones en la Secretaria, se deben realizar modificaciones en los decretos mencionados en el Visto.
Que es necesario la creación del Área de Atención Territorial: Entenderá en acompañar al Secretario de la Jurisdicción a actos públicos y protocolares, su seguridad, traslado y su vinculación con los sectores más vulnerables de la sociedad. Tendrá rango de Departamento Político, Nivel 1. Dependerá directamente del Secretario del Área.
Que es necesario dejar sin efecto el Artículo 26° del Decreto N° 1.389/2.022 con fecha 14/11/2.022, por lo que fuera designado la Agente PARISE, Romina Elizabeth, Legajo N° 3625 de D.N.I.: 36.101.173, a cargo del MESA DE ENTRADA Y DESPACHO de la Coordinación de Movilidad Urbana – Secretaria de Gobierno y Hacienda.
Que es necesario dejar sin efectos el Artículo 4° del Decreto N°1.381/2.022 con fecha 14/11/2.022 por lo que fuera designado el agente ANDINO, Brian Nahuel, Legajo N° 3614 de DNI 36.599.574, a cargo de JEFE DEL DEPARTAMENTO DESPACHO – Secretaria de Deportes.
Que es necesario dejar sin efectos el Artículo 5° del Decreto N°1.381/2.022 con fecha 14/11/2.022 por lo que fuera designada la agente CEVEY, Daiana Gisele, Legajo N° 3632 de DNI 30.483.290, a cargo de JEFA DE LA DIVISION COMPRAS – Secretaria de Deportes
Que es necesario dejar sin efectos el artículo 19° del Decreto N°1.381/2.022 con fecha 14/11/2.022 por lo que fuera designada la agente CEVEY, Macarena Yasmin, Legajo N° 3626 de DNI 37.466.392, a cargo de COORDINADORA TURISTICA – Secretaria de Deportes.
Que es necesario dejar sin efectos el artículo 1° del Decreto N°1.329/2.022 con fecha 04/11/2.022 por lo que fuera designado el agente QUINTANA, Pablo Federico, Legajo N° 5814 de DNI 31.211.353, a cargo de DIRECCION DE ADMINISTRACION Y DESPACHO – Secretaria de Desarrollo Social.
Que es necesario dejar sin efectos el Artículo 8° del Decreto N°1.331/2.022 con fecha 04/11/2.022 por lo que fuera designado el agente BARBOZA, Leonel, Legajo N° 9697 de DNI 39.028.211 a cargo de SECCION DE COMPRAS – Secretaria de Desarrollo Social.
Que los objetivos fijados oportunamente, para las citadas designaciones se han cumplido.
Que es necesario designar a cargo del AREA DE ATENCION TERRITORIAL al agente ANDINO, Brian Nahuel, Legajo N° 3614 de DNI 36.599.574.
Que es necesario designar a cargo del AREA UNIDAD SECRETARIA PRIVADA a la agente PARISE, Romina Elizabeth, Legajo N° 3625 de D.N.I.: 36.101.173.
Que es necesario designar a cargo de la DIRECCION DE ADMINISTRACION Y DESPACHO a la agente CEVEY, Daiana Gisele, Legajo N° 3632 de DNI 30.483.290.
Que es necesario designar a cargo de la SECCION COMPRAS a la agente CEVEY, Macarena Yasmin, Legajo N° 3626 de DNI 37.466.392.
Que correspondería modificar el rango de la SECCION COMPRAS del Artículo 10° del Decreto N° 1.330/2.022.
Que en consecuencia, se hace necesario dictar el presente acto administrativo.
Que los alcances del presente comenzaran a regir a partir del día 01 de Septiembre de 2023.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027/11 - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4.706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,                       
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°- Dejase sin efectos el Artículo 26° del Decreto N° 1.389/2.022 con fecha 14/11/2.022, por lo que fuera designado la Agente PARISE, Romina Elizabeth, Legajo N° 3625 de D.N.I.: 36.101.173, a cargo del MESA DE ENTRADA Y DESPACHO de la Coordinación de Movilidad Urbana – Secretaria de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 2°- Dejase sin efectos el Artículo 4° del Decreto N°1.381/2.022 con fecha 14/11/2.022 por lo que fuera designado el agente ANDINO, Brian Nahuel, Legajo N° 3614 de DNI 36.599.574, a cargo de JEFE DEL DEPARTAMENTO DESPACHO – Secretaria de Deportes.
 
ARTICULO 3°- Dejase sin efectos el artículo 5° del Decreto N°1.381/2.022 con fecha 14/11/2.022 por lo que fuera designada la agente CEVEY, Daiana Gisele, Legajo N° 3632 de DNI 30.483.290, a cargo de JEFA DE LA DIVISION COMPRAS – Secretaria de Deportes.
 
ARTICULO 4°- Dejase sin efectos el artículo 19° del Decreto N°1.381/2.022 con fecha 14/11/2.022 por lo que fuera designada la agente CEVEY, Macarena Yasmin, Legajo N° 3626 de DNI 37.466.392, a cargo de COORDINADORA TURISTICA – Secretaria de Deportes.
 
ARTICULO 5°- Dejase sin efectos el artículo 1° del Decreto N°1.329/2.022 con fecha 04/11/2.022 por lo que fuera designado el agente QUINTANA, Pablo Federico, Legajo N° 5814 de DNI 31.211.353, a cargo de DIRECCION DE ADMINISTRACION Y DESPACHO – Secretaria de Desarrollo Social.
 
ARTICULO 6°- Dejase sin efectos el artículo 8° del Decreto N°1.331/2.022 con fecha 04/11/2.022 por lo que fuera designado el agente BARBOZA, Leonel, Legajo N° 9697 de DNI 39.028.211 a cargo de SECCION DE COMPRAS – Secretaria de Desarrollo Social.
 
ARTICULO 7°- Crease el Área de Atención Territorial: Entenderá en acompañar al Secretario de la Jurisdicción a actos públicos y protocolares, su seguridad, traslado y su vinculación con los sectores más vulnerables de la sociedad. Tendrá rango de Departamento Político, Nivel 1. Dependerá directamente del Secretario del Área.
 
ARTICULO 8°-  Designase al agente ANDINO, Brian Nahuel, Legajo N° 3614 de DNI 36.599.574, a cargo del Área de Atención Territorial, según el Artículo 7°.
 
ARTICULO 9°- Designase a la Agente PARISE, Romina Elizabeth, Legajo N° 3625 de D.N.I.: 36.101.173, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 2° del Decreto 1.330/2.022 – UNIDAD SECRETARIA PRIVADA.
 
ARTICULO 10°- Designase a la agente CEVEY, Daiana Gisele, Legajo N° 3632 de DNI 30.483.290, para el cumplimento de las funciones conforme a lo establecido en el capítulo IV, Articulo 53 de la Ordenanza N° 37.816/2.022 – DIRECCION DE ADMINISTRACION Y DESPACHO.
 
ARTICULO 11°- Modifíquese el rango de la SECCION COMPRAS según Artículo 10° del Decreto N° 1.330/2.022, el que quedara redactado de la siguiente manera “ARTICULO 10°.- Tendrá Rango de Dirección Política Nivel 1.”
 
ARTICULO 12°- Designase a la agente CEVEY, Macarena Yasmin, Legajo N° 3626 de DNI 37.466.392, para el cumplimiento de las funciones conforme a lo establecido en el Artículo 10° del Decreto N° 1.330/2.022 -  SECCION COMPRAS.
 
ARTICULO 13°- Los alcances de los Artículos precedentes, comenzaran a regir a partir del día 01 de Septiembre de 2023.
 
ARTICULO 14°- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ENRIQUE ROBERTO AMADEO CRESTO
Secretario de Desarrollo Social.
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DECRETO N° 1.212/2.023
Concordia, 4 de septiembre de 2023
 
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto' General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.023, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
 
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Planificación y Presupuesto ha aconsejado transferir de, otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la presente transferencia se efectúa de conformidad a lo previsto en el Artículo 6° de la Ordenanza N° 37.880.
Que la Secretaría de Gobierno y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MONICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Refuércense los créditos presupuestarios de las partidas del, Presupuesto, General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.023 en los importes que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
 
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.023 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno y Hacienda Honorable Concejo Deliberante.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda
 
ANEXO I
0.7.30.01.01.02.20.11 Turismo 700,000
0.1.90.01.01.02.21.10 Gobierno 1,000,000
0.2.30.01.01.02.20.08 Servicios Pcos 500,000
0.1.90.01.01.02.21.08 C. Deliberante 200,000
0.1.90.01.01.02.21.07 10,000,000
0.1.90.01.01.02.20.11 Gobierno 2,000,000
0.4.90.01.03.04.34.02 D. Social 20,000,000
0.7.40.01.01.02.20.03 Gobierno 300,000
0.7.40.01.01.02.21.05 Gobierno 2,000,000
0.3.10.01.01.02.21.05 Salud 20,000,000
0.3.50.01.01.02.21.16 Salud 2,000,000
0.3.10.01.01.02.20.06 Salud 3,000,000
0.1.90.01.01.02.21.16 C. Deliberante 200,000
0.3.20.01.01.02.20.06 D. Ambiental 4,500,000
0.1.90.01.01.02.20.11 D. Ambiental 5,000,000
0.1.90.02.05.07.57 Hacienda 1,400,000
0.3.20.01.01.02.20.11 D. Ambiental 5,000,000
0.4.40.01.01.02.21.12 Deportes 900,000
0.1.90.01.01.02.20.05 Servicios Pcos 4,000,000
TOTAL  79,100,000
 
ANEXO II
0.7.20.01.03.05.45.02 D. Productivo 20,000,000
0.730.02.05.07.57 Turismo 1,400,000
0.1.90.01.01.02.21.11 Gobierno 8,000,000
0.1.90.01.01.02.21.05 Gobierno 15,000,000
0.1.60.01.01.02.20.11 Hacienda 7,000,000
0.1.90.01.01.02.20.03 Hacienda 4,000,000
0.1.90.01.01.02.21.08 Servicios Pcos. 3,700,000
0.1.20.01.01.02.21.06 Comunicación 20,000,000
TOTAL 79,100,000
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.213/2.023
Concordia, 4 de septiembre de 2023
 
VISTO, el contenido del Expediente Interno N° 326 Letra "D" del año 2.023; y,
 
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 434/2.023 de fecha 23 de Marzo de 2.023 obrante de fojas 36 a 37 vta., se aprueba la documentación para el Primer Llamado a Licitación Pública N° 26/2023, para la Obra "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EN EL VELÓDROMO CIUDAD DE CONCORDIA" .
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra intervención de la Dirección de Planificación y Presupuesto y de la Subsecretaría de Hacienda, de su competencia.
Que a fojas 51 del, expediente de referencia, la Secretaría de Desarrollo Urbano, solicita dar de baja la Preventiva N° 1543/2023.
Que por ello, los trámites administrativos llevados a cabo en el expediente de referencia, correspondiente a la Licitación Pública N° 26/2023, para la Obra "PROVISIÓN DE MATERIALES y MANO DE OBRA PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EN EL VELÓDROMO CIUDAD DE CONCORDIA, se deberán dejar sin efecto, conforme al ARTICULO 63° de la Ordenanza N° 34.698: "... FACULTAD DE LA ADMINISTRACIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL ACTO LICITATORIO. La Municipalidad podrá dejar sin efecto la licitación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes."
Que por lo expuesto, es decisión de este Departamento Ejecutivo dejar sin efecto el acto Licitatorio obrante en el presente expediente, conforme lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se de cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 63° de la Ordenanza N° 34.698, dejando sin efecto los trámites administrativos llevados a cabo en el Expediente Interno N° 326 Letra "D" del año 2.023, correspondiente a la Licitación Pública N° 26/2023, para la Obra "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EN EL VELÓDROMO CIUDAD DE CONCORDIA", conforme lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 2°.- Tome nota la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones, de Subsecretaría de Servicios Públicos, de la Secretaría de Desarrollo Urbano; luego, gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos en el Artículo 1° y a conocimiento de la Dirección de Planificación y Presupuesto.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese dese a la Secretaría de Gobierno y Hacienda; y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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Concordia, 24 de agosto de 2023
 
N° 9.765
 
VISTO:
Lo dispuesto a la Ordenanza N° 37.898 publicada en el Boletín Oficial N° 3162 de Diciembre de 2022; y,
 
CONSIDERANDO:
Que, esta ordenanza designa "Parque Central Viñedos Moulins" al espacio verde situado entre calles Moulins al Norte, Bv San Lorenzo al Sur, Gobernador Cresto al Este, y Prospero Bovino al Oeste.
Que, en oportunidad de celebrarse los días, 8, 9 y 10 de Septiembre de 2023, la Trigésima Fiesta. Provincial del Inmigrante en nuestra ciudad, la cual tendrá su epicentro en este predio.
Que, es de destacar que los Moulins son descendientes de inmigrantes franceses (Anthelme Moulins y Francoise –Fanny-Porraz) llegados alrededor de 1861 a Concordia, quienes, adquirieron estos terrenos para el desarrollo de la vitivinicultura en la región.
Que, asimismo, varios miembros de la familia participan activamente de la colectividad francesa y de la fiesta del Inmigrante desde sus inicios.
Que sería adecuado el cumplimiento de lo dispuesto en la ordenanza N° 37898 en un evento tan convocante como es la fiesta del Inmigrante; entendiendo el alcance histórico y cultural de esta parte de nuestra ciudad; como el legado.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTICULO 1°.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la colocación de una placa identificatoria según lo dispuesto en el Art. 1° de la Ordenanza N° 37.898 "Parque Central Viñedos Moulins", en el marco de la XXX Fiesta Provincial del Inmigrante.-
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 24 de Agosto de 2023.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 1° de septiembre de 2023
 
RESOLUCION N° 38.082
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Ing. CARLOS HORACIO PASQUET
Subsecretario de Obras Públicas
a/c Secretaria de Desarrollo Urbano.