Boletín Oficial N° 3206 - Concordia, 2 de junio de 2023

SUMARIO
 
Las siguientes Ordenanzas, Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Ordenanzas: 37.995 y 37.998.- Decretos: 756/2023, 757/2023, 762/2023, 763/2023, 764/2023, 765/2023, 774/2023, 775/2023 y 776/2023.- Resoluciones: 37.996 y 37.997.-


Concordia, 18 de Mayo de 2023
 
Expte. N° 27.456 -SSCC.
 
ORDENANZA S/CONFORMACIÓN JUNTA  EMPADRONADORA DE EXTRANJEROS.-
 
EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Designase para integrar la Junta Empadronadora de la Municipalidad de Concordia en los términos y con los alcances del artículo 25° de la Ley N° 10.027,a los vecinos de la jurisdicción que se detallan a continuación:
 
-Roberto Bernardo MAYDANA,
D.N.I. 14.687.401.
Domicilio: Ricardo Rojas y Antonio Báez 1672 B San Miguel
(Teléfono Móvil N°3454130535).
 
-Sonia Rodríguez FILHOL
D.N.I.92.572.108
Domicilio: Morrog Bernard 396
(Teléfono Móvil N°3454962907).
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese la presente Ordenanza mediante nota al Sr. Juez de Paz de esta ciudad, Dr. Luis Enrique Stempels.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”,18 de Mayo de 2.023.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de mayo de 2023
 
ORDENANZA N° 37.995
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Cr. ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 18 de Mayo de 2023
 
Expte N° 27.416-P
 
ORDENANZA SR. JUAN DELL ORTO SOLICITA  EXIMICION   POR DISCAPACIDAD
PARA EL INMUEBLE PARTIDA PROVINCIAL 114947.
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Otorgar al contribuyente Juan Alberto Dell Orto, DNI N° 14.994.792, la condonación de la deuda en concepto de Tasa General Inmobiliaria correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 1552-14, Partida Provincial N° 114.947, Partida Municipal N° 4667, inscripta a su nombre, por el período 6/2021 y del período 7/2022 en adelante, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Otorgar al contribuyente Juan Alberto Dell Orto, DNI N° 14.994.792, la exención del pago de la Tasa General Inmobiliaria correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 1552-14, Partida Provincial N° 114.947, Partida Municipal N° 4667, inscripta a su nombre, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento de la presente a la Dirección General de Rentas de la Subsecretaría de Hacienda de la Municipalidad de Concordia a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente al Sr. Juan Alberto Dell Orto
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 18 de Mayo de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de mayo de 2023
 
ORDENANZA N° 37.998
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Cr. ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 756/2.023
Concordia, 30 de mayo de 2.023.
 
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Interno N° 19 Letra "O"/2023, iniciadas por la agente mensual SILVINA MARCELA ORTEGA, Legajo N° 2679 y,
 
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1. Obra solicitud presentada por la nombrada agente; por la que interesa acogerse al beneficio previsto en la Ordenanza N° 34.691/11, relativa a la asignación de categoría al personal municipal próximo a jubilarse.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la agente SILVINA MARCELA ORTEGA; Legajo N° 2679, DNI N° 20.391.323, revista como personal mensualizado con categoría N° 23 del Escalafón Municipal, dependiente de la Secretaría de Salud - Dirección de Especialidades Médicas; tiene 54 años de edad y presta servicios hace 25 años y 2 meses, ingresó el 01/03/1998.
Que, destaca a su vez la Dirección de Recursos Humanos, en referencia a la Ley 8732 de Jubilaciones, especifica que, el varón se jubila a los 62 años y la mujer a los 57 años de edad con 30 años de servicios cumplidos. 
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos toma intervención mediante Dictamen N° 747/2023, indicando que ante las presentes actuaciones y lo solicitado a fojas 1 parla agente SILVINA MARCELA ORTEGA, Legajo N° 2679, la nombrada reúne los requisitos exigidos por el Artículo 1° de la Ordenanza N° 34.691 para que se le otorgue la asignación de categoría conforme la tabla anexa de la mencionada ordenanza.
Que la Ordenanza N° 34.691 dispone en su Artículo 1°: "El personal que haya cumplido: 25 años de servicios computables en municipio y le reste cinco (5) años para acceder a la jubilación ordinaria común o especial, podrá por única vez solicitar al Departamento Ejecutivo la asignación de categorías conforme a la tabla anexa al presente.
Que por consiguiente este Departamento Ejecutivo entiende corresponde hacer lugar a la petición efectuada y consecuentemente asignar a la agente SILVINA MARCELA ORTEGA, Legajo N° 2679, la Categoría 24° del Escalafón Municipal, en los términos y condiciones de la normativa precitada.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°) de la Ley N° 10.027 y modificatorias - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello;
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Dispónese hacer lugar a la solicitud formulada en el escrito de fojas 1 del Expediente Interno Expediente Interno N° 19 Letra "O"/2023, por el que la agente mensual SILVINA MARCELA ORTEGA, Legajo N° 2679, interesa acogerse al beneficio previsto en la Ordenanza N° 34.691/11, relativa a la asignación de categoría al personal municipal próximo a jubilarse, y en consecuencia asignase la Categoría 24° del Escalafón Municipal a la nombrada agente, de conformidad con lo previsto en la tabla anexa de la mencionada Ordenanza, en virtud de lo señalado en los Considerandos que integran y forman parte del presente.
 
ARTICULO 2°.- Notifíquese por la Dirección de Recursos Humanos a la Agente Municipal SILVINA MARCELA ORTEGA, Legajo N° 2679, que la Ordenanza N° 34.691 establece: "ARTICULO 6°.- El beneficio dispuesto en los artículos anteriores se perderá automáticamente si al reunir los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria o especial no se promovieran los trámites dentro de los 60 días...".
 
ARTICULO 3°.- Remítase copia a la Dirección de Recursos Humanos para su notificación y correspondientes efectos, Dirección de Liquidación de Haberes, Secretaría de Salud y oportunamente archívese en el legajo personal de la agente.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y Hacienda y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. MAURO JAVIER GARCIA
Secretario de Salud.
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DECRETO N° 757/2.023
Concordia, 30 de mayo de 2023
 
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Interno N° 16 Letra "A"/23 y,
 
CONSIDERANDO:
Que mediante Planilla de Traslado obrante a fojas 1 el Agente Contratado con Aportes LUIS SERGIO DAVID ALEGRE, Legajo N° 9375, solicita el traslado desde la Secretaría de Deportes hacia la Dirección de Atención Primaria de la Salud de la Secretaría de Salud.
Que las áreas competentes han prestado su conformidad en la citada planilla.
Que la Dirección de Planificación y Presupuesto toma intervención.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente LUIS SERGIO DAVID ALEGRE, Legajo N° 9375, presta servicios en este Municipio desde el 01/01/2022, revista como personal Contratado Con Aportes, dependiente de la Secretaría de Deportes Profes - Secretaría de Deportes.
Que la Dirección de Atención Primaria de la Salud comunica que el nombrado agente cumple funciones como Ordenanza dependiente de esa Dirección, por lo que corresponde se lo incorpore en el pago del adicional que prevé el Convenio suscrito el día 1° de febrero de 2023 entre la Municipalidad de Concordia y el PERSONAL de la Secretaría de Salud, ratificado por Decreto N° 328/2023, en relación a las tareas que desempeña como Ordenanza.
Que atento a los Citados informes y en virtud de no existir objeciones que formular, resulta pertinente dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°) de la Ley N° 10.027 y modificatorias -Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desaféctase al Agente Contratado con Aportes LUIS SERGIO DAVID ALEGRE, Legajo N° 9375, de la Secretaría de Deportes, en virtud de lo expresado en los considerandos de la presente.
 
ARTICULO 2°.- Aféctase al agente indicado en el Artículo anterior a la Secretaría de Salud - Dirección de Atención Primaria de la Salud, en base a lo expresado en los considerandos precedentes,
 
ARTICULO 3°.- Incorporar al Agente LUIS SERGIO DAVID ALEGRE, Legajo N° 9375, en el beneficio previsto en el Convenio suscrito el día 1° de febrero de 2023 entre la Municipalidad de Concordia y el PERSONAL de la Secretaría de Salud, ratificado por Decreto N° 328/2023, debiendo abonarse al mismo la suma contemplada en dicho Convenio para ORDENANZAS Y MANTENIMIENTO, en relación a las funciones que desempeña como dependiente de la Dirección de Atención Primaria de la Salud, de conformidad con lo expresado en el Considerando precedente.
 
ARTICULO 4°.- Dejar establecido que el adicional que por el presente se otorga, será abonado siempre y cuando el agente desempeñe y realice las tareas y funciones indicadas al efecto por el titular de la Dirección de Atención Primaria de la Salud, con los beneficios y obligaciones que se establecen en el mencionado Convenio, quedando automáticamente sin efecto al dejar de cumplir las mismas.
 
ARTICULO 5.- Establécese que los gastos emergentes de la transferencia dispuesta en el presente serán imputados a la Partida 0,3.10.01.01.01 Secretaría de Salud.
 
ARTICULO 6°.- Gírese a la Dirección de Liquidación de Haberes a los fines dispuestos en la presente Resolución, Dirección de Recursos Humanos para su notificación, pertinente reserva en el legajo personal del agente y correspondientes efectos. Tome nota ésta, Secretaría de Salud y Secretaría de Deportes.
 
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y Hacienda y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. MAURO JAVIER GARCIA
Secretario de Salud.
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DECRETO N° 762/2023
Concordia, 30 de mayo de 2023
 
VISTO, el Artículo 102 del Decreto N° 1388/2022 que crea el Departamento de Notificaciones Masivas, dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda de la Municipalidad de Concordia y,
 
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, cuenta con personal calificado y responsable de las tareas y funciones afectadas. .
Que, se considero necesario en virtud de los objetivos cumplidos, retribuir al personal por tales funciones.
Que, existe agente afectado para cumplir funciones en el citado Departamento que aun no perciben dicha retribución.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° incisos q) y u) de la Ley N° 10.027 - Régimen Municipal;
 
Por ello:
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dispónese incluir a la agente Villalba Sandra María Belén, Legajo N° 6408, dentro del adicional percibido por el personar del Departamento de Notificaciones Masivas, a partir de mes de Mayo del año 2.023.-
 
ARTICULO 2°.- Remitir, a la Dirección de Recursos Humanos y Dirección de Liquidación de Haberes, a los fines de su toma de razón, conocimiento y notificación. Dar intervención a la Contaduría y Tesorería Municipal y oportunamente, resérvese copia del presente en el legajo del agente.
 
ARTICULO 3°.- Establécese que el adicional otorgado será percibido mientras dicha agente cumpla funciones en el citado Departamento, debiéndose, dar de baja al momento de su traslado a otra dependencia.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Cr. ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 763/2.023
Concordia, 30 de mayo de 2023
 
VISTO el Decreto N° 202/2023
 
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto mencionado en el VISTO, se creó el programa de apoyo a la inserción socio laboral "CONSTRUYENDO FUTURO en el ámbito de la Secretaria de Salud para el periodo 1° de Enero 2023 hasta el 31 de Diciembre de 2023 y,
 
CONIDERANDO:
Que habiendo finalizado el día 30/04/2023 la vigencia acordada en el Acta acuerdo suscripta entre las partes y teniendo en cuenta la evaluación de los resultados obtenidos corresponde proceder a su renovación de acuerdo al detalle adjunto.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, de la Ley Provincial N° 10027 y modificatorias - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIPENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Disponese la continuidad del programa de apoyo a la inserción socio laboral "CONSTRUYENDO  FUTURO" en el ámbito de la Secretaria de Salud para el periodo 1° de Mayo de 2023 al 31 de agosto de 2023, en virtud a los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Autorícese la suma total de hasta, PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 2.445.650), para el periodo 01/05/2023 - 31/08/20.23, este importe podrá ser modificado a partir de, dicha fecha, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria vigente.
 
ARTICULO 3°.- Téngase como único válido al detalle de participantes que obra en el anexo adjunto y que forma parte del presente.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. MAURO JAVIER GARCIA
Secretario de Salud.
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DECRETO N° 764/2.023
Concordia, 31 de mayo de 2023
 
VISTO, el traslado solicitado por el Agente Mensual JUAN CARLOS LEIVA, Legajo N° 15003, en Expediente interno N° 10 "L"/2023, y;
 
CONSIDERANDO:
Que el Agente Mensual JUAN CARLOS LEIVA, Legajo N° 15003, dependiente de la Dirección de Higiene Urbana, Secretaría de Desarrollo Urbano, solicita su traslado al Departamento Veterinaria - U.D.A.A.P.A.
Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y el Coordinador General de U.D.A.A.P.A., han expresado que no existen objeciones al traslado del interesado.
Que a fojas 8, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente Leiva Juan Carlos, Legajo N° 15003, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Agosto de 1.995. Revista como personal Mensual, categoría 22°. Depende de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Dirección de Higiene Urbana.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desafectese de la Dirección de Higiene Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano al Agente Mensual JUAN CARLOS LEIVA, Legajo N° 15003, D.N.I N° 22.023.542, por los motivos invocados en los considerandos del presente.
 
ARTICULO 2°.- Aféctese al Agente indicado en el Artículo 1°, a la Dirección de Saneamiento Ambiental- U.D.A.A.P.A.
 
ARTICULO 3°.- lmpútese lo aprobado en el Artículo 2° en la partida presupuestaria:
0.1.90.01.01.011 U.D.A.A.P.A. Desarrollo Ambiental.
 
ARTICULO 4° - Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Social
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DECRETO N° 765/2023
Concordia, 31 de mayo de 2023
 
VISTO que por Decreto N° 1394/2022, se estableció la estructura orgánica de la Secretaria de Salud y que mediante el Artículo 11° del mismo, se creó la División de Servicios Generales y,
 
CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 48° del Decreto indicado en el VISTO, se designó como titular de dicha división al Agente contratado con aportes RIOS SERGIO DAMIAN, DNI N° 34.549.434, Legajo N° 9430.
Que atento a las funciones encomendadas a dicha División, la Secretaría de Salud requiere del mantenimiento edilicio adecuado de todas sus Direcciones y sus áreas dependientes, en la conservación de los espacios verdes de los lugares mencionados, además de tener a su cargo el servicio de logística.
Que atento a lo expuesto, es decisión jerarquizar dicho área.
Que para no causar perjuicios personales corresponde señalar que una vez finalizada su gestión al frente de dicho Departamento, el Agente designado recuperará su situación de revista como contratado con aportes que poseía al momento de su designación.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Art. 107°, inciso u) de la Ley Provincial N° 10.027 - y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el ARTÍCULO 11° del Decreto N° 1394/2022 el que quedará redactado de la siguiente manera:
 
ARTICULO 11°.- DIVISION DE SERVICIOS GENERALES: Entenderá en la conservación higiénica del edificio Ex - Policlínico Ferroviario y en el mantenimiento de los espacios verdes de la Secretaría. Realizará reparaciones menores de mantenimiento edilicio en inmuebles de la jurisdicción y tendrá a su cargo el servicio de logística. Tendrá rango de Departamento Político a los fines salariales.
 
ARTICULO 2°.- Establecese que al finalizar el cumplimiento de los objetivos establecidos para el área, el Agente RIOS SERGIO DAMIAN, DNI N° 34.549.434, Legajo N° 9430, recuperará la situación de revista como contratado con aportes, que poseía al día de su nombramiento.
 
ARTICULO 3°.- Que la presente entrará en vigencia a partir del 01/05/2023.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, notifíquese y posteriormente archívese. 
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. MAURO JAVIER GARCIA
Secretario de Salud.
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DECRETO N° 774/2023
Concordia, 1° de junio de 2.023.
 
VISTO
Que se ha reintegrado a sus funciones, la Secretaria de Comunicación y Ceremonial Señora Jennifer Cisneros en el día de la fecha y,
 
CONSIDERANDO:
Que se encontraba a cargo de la Secretaria de Comunicación y Ceremonial la Subsecretaria de Hacienda Cra. Mónica Lifschitz.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° incisos b), h) y u) de la Ley 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082- Régimen de Municipalidades de Entre Ríos,
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Reintegrase a sus funciones y cargo a la señora la Secretaria de Comunicación y Ceremonial Señora Jennifer Cisneros a partir del día de la fecha.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese y regístrese y oportunamente archivase.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Subsecretaria de Hacienda
a/c Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
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DECRETO N° 775/2.023
Concordia, 1° de junio de 2023
 
VISTO el contenido de los expedientes N° 96 "C" 2023, 1328020 y 13 "P"/2023 y,
 
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 del Expediente N° 13 "P"/2023 Personal de la Central de Transito y Transporte plantean problemática laboral con el Coordinador de calle, Inspector Alegre Fabián.
Que a fs. 2 del expediente mencionado obra copia del informe emitido por la Inspectora Cecilia Rolon, legajo N° 6667 en el cual expone un problema en la vía pública en un control vehicular involucrándose en el procedimiento el Inspector Alegre Fabián y el Sr. Director de Transito y Transporte, Sr. Zabala Roberto Salvador.
Que a fs, 4 y 5 del expediente interno 13 "P"/2023 obra nota de descargo del Señor Director de Transito y Transporte, Sr. Zabala Roberto Salvador en referencia a lo expresado por la Inspectora Cecilia Rolón.
Que a fs 6 y 7 del expediente 13 "P"/2023 obra informe de la Oficial Principal Cheriezzo Yamila Belén Policía de Entre Ríos) relatando los hechos acontecidos en el control llevado a cabo en la vía pública en conjunto con personal de Cría. Novena, Cría Colonia Ayuí y Personal de la Central de Transito y Transporte.
Que a fs. 8 y 9 del expediente 13 "P"/2023 obra copias de documental (licencia de Conductor, tarjeta de propiedad del vehículo, comprobante de seguro y tarjeta de autorización del vehículo - Tarjeta azul). Del informe emitido por la Oficial principal citada.
Que a fs. 13 del expediente 13 "P"/2023 la Sub Secretaria legal y Técnico de la Secretaria de Gobierno y Hacienda eleva a la Dirección de Asuntos Jurídicos a conocimiento, toma de razón y dictamen de su competencia, los expedientes N° 96 "C" 2023, 1328020 y 13 "P"/2023.
Que a fs 14 toma intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos y emite Dictamen 648/23, aconsejando disponer la instrucción de una Información Sumaria a los efectos de establecer y/o deslindar las responsabilidades y/o las consecuencias los hechos denunciados, establecer formas y circunstancias respecto como sucedieron los mismos y consecuentemente determinar las responsabilidades y/o consecuencias que pudiera corresponder al personal que actuó en el operativo oportunamente dispuesto por la Central de Transito y Transporte. Designándose como instructor sumariante a la Dra. Gisela A. Trentin.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10027 - Régimen Municipal - modificada por la Ley Provincial N° 10082; según T.O. Decreto 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial. 
 
Por ello
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Disponer la instrucción de una Información Sumaria a los efectos de establecer y/o deslindar las responsabilidades y/o las consecuencias los hechos denunciados, establecer formas y circunstancias respecto como sucedieron los mismos y consecuentemente determinar las responsabilidades y/o consecuencias que pudiera corresponder al personal que actuó en el operativo oportunamente dispuesto por la Central de Transito y Transporte,  de acuerdo a lo informado y las constancias obrantes en los Expedientes N° 96 "C" 2023, 1328020 y 13 "P"/2023
 
ARTICULO 2°.- Designase instructora Sumariante a la Dra. Gisela Trentin. Quien en el acto administrativo que corresponda deberá disponer de las diligencias necesarias para reunir todos los antecedentes que se relacionan al hecho motivo de la instrucción Sumarial ordenada.
 
ARTICULO 3°.- Notificar a la Central de Transito y Transporte, luego gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Asuntos Jurídicos a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° del presente Decreto.
 
ARTICULO 4°.- Comunique, publíquese, regístrese, publíquese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Cr. ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 776/2.023
Concordia, 1° de junio de 2023
 
VISTO la nota presentada por el agente ALMEIDA DARDO HUGO, agregada a fojas 1 del Expediente Interno Nº 33 "A"/2.023, y,
 
CONSIDERANDO:
Que el referido agente presenta su renuncia al cargo a partir del 1º de Junio de 2.023, con motivo de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria común que otorga la Caja de Jubilaciones de la Provincia de Entre Ríos.
Que a fojas 2 obra Resolución Nº 001324 del 09/03/2.023 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
Que a fojas 3 la Jefa del Departamento Administrativo solicita informe a la Dirección de Liquidaciones.
Que a fojas 4 la Dirección de Liquidaciones informa que la mencionada agente no tiene embargos activos ni en espera.
Que a fojas 5 la Encargada Control Deudas Créditos Especiales NO registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldo).
Que a fojas 6 ha tomado intervención la Dirección de Recursos Humanos informando la situación de Revista del mencionado agente, teniendo pendiente Veinticinco (25) días de la licencia año 2021, Veinticinco (25) días de la licencia del año 2022 y trece (13) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 1º semestre/23 ...." ."... el Artículo 77º bis de la Ordenanza N° 11.275/49, establece: "…En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días del concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°.... "
Que a fojas 7 obra dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos N° 789/23 que expresa "... esta Dirección no tiene objeción que formular a la aceptación de la renuncia ..."que esta Dirección entiende que corresponde hacer lugar al pago de las licencias Veinticinco (25) días pendientes de la licencia 2.021, Veinticinco (25) días de la licencia 2.022 y Trece (13) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo por el primer semestre del corriente año de acuerdo al tiempo trabajado y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77º, Bis de la Ordenanza Nº 11.275-49 correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20°...
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de la Ley N° 10.027 y modificatorias -Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el agente ALMEIDA DARDO HUGO, D.N.I. Nº 8.357.734, Legajo Nº 3405, a partir del 12 de Junio de 2.023, por acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
 
ARTICULO 2°.- Disponer liquidar y abonar al ALMEIDA DARDO HUGO, el importe resultante de los siguientes conceptos: Veinticinco (25) días pendientes de la licencia año 2.021, Veinticinco (25) días de la licencia del año 2.022, Trece (13) días de licencia proporcionales del corriente año, aguinaldo por el primer semestre - 2.023 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77º bis de la Ordenanza N° 11.275 de tres sueldos básicos de la categoría 20°.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, notifíquese al referido, agente, tome nota la Dirección de Recursos Humanos y Dirección de Liquidaciones y oportunamente archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Cr. ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 18 de Mayo de 2023
 
N° 9.691
 
VISTO:
Que, los días 4 y 5 de Junio del corriente se realizará en Concordia la Feria Internacional de Ambiente “Eco Ciencias”2023, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, la FERIA INTERNACIONAL DE AMBIENTE a realizarse en la ciudad de Concordia, tiene como propósito el abordaje de las relaciones que configuran al ambiente, de una forma pluridisciplinaria, poniendo en tensión las representaciones y acciones de los actores sociales con el entorno por medio de la investigación tanto en el ámbito escolar, así como otros espacios públicos y privados en beneficio del Ambiente a través de la divulgación.
Que, también es objetivo de la feria, la exposición de las distintas visiones teóricas, técnicas y artísticas, desde una perspectiva crítica y responsable de las acciones que emprende el factor entrópico.
Que, las jornadas a desarrollarse en la Feria, son promovidas por la ONG “Luz del Ibirá” y la Municipalidad de Concordia a través la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto (UDAAPA) y, en su diseño e implementación, conforman un evento educativo y social que procura suscitar la organización de equipos de trabajo comunitarios para el análisis, investigación y socialización de ideasen materia Socioambiental. De este modo, tendrá como destinatarios principales a los y las estudiantes, entendiéndolos como agentes multiplicadores en la promoción de compromisos y hábitos responsables en materia del cuidado del ambiente.
Que, entre las temáticas incluidas se abordaran: el agua, el ecoturismo, ecosistemas, vasoconstricciones, hogar, basura cero, problemáticas de la explotación en los distintos ámbitos de incumbencia, sostenibilidad ambiental, agricultura, alimentos, belleza, artesanías, TIC, cultura, entre otras.
Que, así mismo, existe la propuesta de trabajo consistente en la recepción de proyectos educativos de los distintos niveles escolares, que aborden temáticas socioambientales que luego serán analizados y finalmente elegidos para su reconocimiento y exposición al público en la feria. De tal modo, se estimula a los y las jóvenes a generar ideas de compromiso con su entorno o comunidad.
Que, la FERIA INTERNACIONAL DEL AMBIENTE, tendrá su desarrollo los días 4 y 5 de Junio del corriente año en el Centro de Convenciones de la ciudad de Concordia y tendrá como destinatarios educandos y público en general.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal a la FERIA INTERNACIONAL DE AMBIENTE 2023, a realizarse los días 4 y 5 de Junio del 2023 en la ciudad de Concordia, Entre Ríos.
 
ARTÍCULO 2°.- Comunicar a los Interesados.
 
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 18 de Mayo de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente.
ROXANA B. RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de mayo de 2023
 
RESOLUCION N° 37.996
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Lic. MARTIN DARIO ARMANAZQUI
Coordinación General UDAAPA.
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Concordia, 19 de Mayo de 2023
 
N° 9.692
 
VISTO:
 
La Resolución N° 37/2023 del InVyTAM sobre ampliación de Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos  para Ejercicio 2023; y,
 
CONSIDERANDO:
Que por Expedientes 88 I 2022 la Municipalidad de Concordia le reconoce al Instituto  de Viviendas y tierras Autárquico Municipal (InVyTAM), un subsidio con cargo rendición de $ 100.000,00 (PESOS CIEN MIL CON 00/100), destinados al pago de seguros contra incendios y responsabilidad civil.
Que, según presupuestos enviados por el Instituto Autárquico del Seguro el importe a pagar es de $ 150.794,80 (PESOS CIENTO CINCUENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 80/100).
Que, en el maro de lo dispuesto en el Artículo 4° de la ordenanza N° 37.879 que faculta al Directorio del InvyTAM a ampliar el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos que conforman esta Ordenanza, por nuevos y mayores ingresos con afectación específica, incluidas los originados por Leyes, Decretos y Ordenanza o Convenios con terceros, en el marco de legislaciones especiales, debiendo comunicar previamente la decisión de realizar tales ampliaciones al Departamento Ejecutivo Municipal y al Honorable Concejo Deliberante.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal,  por los Artículos 107°, Incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027;
      
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos la Resolución del  InVyTAM N° 37/2023  remitida a este Honorable Cuerpo Deliberante.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 18 de Mayo de 2023
 
ALFREDO DANIAEL FRANCOLINI
Presidente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de mayo de 2023
 
RESOLUCION N° 37.997
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
JORGE ANTONIO MENDIETA
Presidente
Inst. de Viviendas y Tierras Aut. Municipal.