Boletín Oficial N° 3149 - Concordia, 22 de noviembre de 2022

SUMARIO
 
Las siguientes Ordenanzas y Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Ordenanzas: 37.852 y 37.853.- Decretos: 1.420/2022, 1.424/2022, 1.427/2022, 1.428/2022,  1.429/2022 y 1.432/2022.-
 

Concordia, 18 de noviembre de 2022. 
 
Expte. N° 27.146-DE
 
ORDENANZA SOBRE AMPLIACIÓN PRESUPUESTO GRAL. DE LA ADM. PCA. MUNICIPAL 2022.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la ampliación al Presupuesto General de la Administración Municipal, conforme se dispone en los Artículos siguientes.
 
ARTÍCULO 2°.- Amplíase en la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MILLONES ($ 360.000.000) el Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal, para el Ejercicio 2022 con destino a las finalidades que se indican en el Cuadro 2 que se anexa y que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
 
ARTÍCULO 3º.- Amplíase en la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MILLLONES ($ 360.000.000) el Cálculo de Recurso de la Administración Municipal, destinados a atender los gastos fijados por los Artículos 1º y 2º de la presente Ordenanza, de acuerdo con el resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en el Cuadro 1 Anexo que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
 
RECURSOS CORRIENTES…….$ 310.000.000
FINANCIAMIENTO……$ 50.000.000.-
 
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 17, de Noviembre de 2022.-
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice-Pdte 1°
a/c Presidencia
Dra. JÉSICA DAIANA YEDRO
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 18 de noviembre de 2022
 
ORDENANZA N° 37.852
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Presidencia Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Subsecretaria de Hacienda
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 17 de Noviembre de 2022
 
Expte. N° 27.157-DE
 
ORDENANZA  SOBRE   AMPLIACIÓN ESUPUESTO GRAL. DE LA ADM. PCA. MUNICIPAL 2022.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la ampliación al Presupuesto General de la Administración Municipal conforme se dispone en los Artículos siguientes.
 
ARTÍCULO 2°.- Amplíase en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLLONES  ($ 150.000.000) el Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal, para el Ejercicio 2022 con destino a las finalidades que se indica en el Cuadro 2 que se anexa y que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
 
ARTÍCULO 3º.- Amplíase en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLLONES  ($ 150.000.000) el Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal el Cálculo de Recursos el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal destinados a atender los gastos fijados por los Artículos 1º y 2º de la presente Ordenanza, de acuerdo con el resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en el Cuadro 1 Anexo que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
 
RECURSOS CORRIENTES………$ 90.000.000.
FINANCIAMIENTO…….$ 60.000.000.
 
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 17 de Noviembre de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice-Pdte 1°
a/c Presidencia
Dra. JÉSICA DAIANA YEDRO
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 18 de noviembre de 2022

ORDENANZA N° 37.853
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Presidencia Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Subsecretaria de Hacienda
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda
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DECRETO N° 1.420/2022
Concordia, 17 de noviembre de 2022
 
VISTO el contenido del Expediente Interno Nº 1478 Letra “S” 2022 y,
 
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, la Subsecretaría de Ingeniería de la Secretaría de Desarrollo Urbano, eleva documentación para el Llamado a Licitación Pública Nº 57/2022, para la obra “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA MEJORAMIENTO EN ACCESO SUR DE LA CIUDAD DE CONCORDIA”.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL DIECIOCHO CON 22/100 ($ 238.163.018,22), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Pública.
Que la Dirección de Planificación y Presupuesto efectuó la Imputación Preventiva correspondiente. 
Que la Subsecretaría de Hacienda, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando, de fojas 127 a 178 del presente, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas, de la mencionada Licitación.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de Ley.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente obra, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ordenanza N° 34.698 sobre Contrataciones vigente.
                Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo estima conveniente aprobar la documentación; y en consecuencia, hacer lugar al Llamado a Licitación Pública Nº 57/2022, para la obra “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA MEJORAMIENTO EN ACCESO SUR DE LA CIUDAD DE CONCORDIA”, cuyo Anexo I forma parte del presente Decreto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10027 y su modificatoria- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. 
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación para el Llamado a Licitación Pública Nº 57/2022 para la obra “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA MEJORAMIENTO EN ACCESO SUR DE LA CIUDAD DE CONCORDIA”, cuyo Anexo I forma parte del presente Decreto, dado los antecedentes obrantes en el Expediente Interno Nº 1478 Letra “S”/2022; y en virtud de lo considerado precedentemente.
 
ARTÍCULO 2° - Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL DIECIOCHO CON 22/100 ($ 238.163.018,22).
 
ARTÍCULO 3° - Impútese el presente gasto en el Ejercicio Económico 2022, en la Partida Presupuestaria:
Nº 0.7.40.02.05.08.61.10 O.P. (OBRA MEJORAMIENTO ACCESO SUR) $ 35.724.452,73.
 
ARTICULO 4°.- Dispónese que el saldo restante se deberá imputar en el ejercicio económico 2023.
 
ARTÍCULO 5° - Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698 Contrataciones del Estado Municipal y considerando precedente.
 
ARTÍCULO 6°- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de Ley.
 
ARTÍCULO 7° - Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
 
ARTÍCULO 8° - Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, tome nota la Contaduría Municipal, cumplimentado, remitir a conocimiento de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
 
ARTÍCULO 9° - Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno y Hacienda; y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
 
 
ITEM Nº     DESIGNACION DEL ITEM UNID. CANT. P. UNIT P TOTAL
1 MOVILIZACION DE OBRA Ud 1    
           
2 CARTEL DE OBRA Ud 2    
           
3 FRESADO DE PAVIMENTO EXISTENTE e=0,10m m2 4016    
 4 DEMOLICIONES        
4.1 DEMOLICION DE PAVIMENTO ASFALTICO m2 1378.5    
4.2 DEMOLICION DE CORDONES ml 221    
MOVIMIENTO DE SUELO        
5.1 EXCAVACION COMUN m3 2991.75    
5.2 TERRAPLEN CON COMPACTACION ESPECIAL m3 587.55    
6 SUB BASE DE RIPIO NATURAL ARCILLOSO m3 1137.6    
7 BASE DE RIPIO CEMENTO m3 1083.43    
Bases y carpetas de Concreto Asfáltico en Caliente        
8.1 RIEGO DE IMPRIMACIÓN m2 7419.66    
8.2 RIEGO DE LIGA m2 32128.61    
8.3 CARPETA DE CONCRETO ASFALTICO e= 0,05m m2 24978.95    
ITEM Nº     DESIGNACION DEL ITEM UNID. CANT. P. UNIT P TOTAL
8.4 BASE DE CONCRETO ASFALTICO e= 0,05m m2 6319.66    
8.5 BACHEO CON MEZCLA BITUMINOSA m2 830    
9 SUELO CEMENTO PARA BACHEO PROFUNDO m3 415    
 10 Provisión y colocación de Hormigón para        
10.1 CORDON CUNETA ml 1570.43    
10.2 PAVIMENTO DE HORMIGON EN DARSENAS m2 420    
10.3 CORDON MONTABLE ml 961.29    
10.4 CORDON SEPARADOR ml 260    
10.5 LOSETAS H° EN ROTONDA m2 186.19    
11  EXCAVACION , PROVISION, COLOCACION, SELLADO Y TAPADO DE CAÑOS DE HORMIGON ARMADO        
11.1 DIAMETRO 600mm ml 30    
 12 CAMARAS Y CABEZALES PARA DESAGÜES PLUVIALES        
12.1 CAMARAS DE CAPTACION UNIDAD 1    
12.2 CAMARAS DE INSPECCION UNIDAD 1    
13  BARANDA TIPO FLEX BEAM ml 491    
14  SEÑALIZACION        
14.1 SEÑALIZACION VERTICAL m2 109    
ITEM Nº     DESIGNACION DEL ITEM UNID. CANT. P. UNIT P TOTAL
14.2  SEÑALIZACION HORIZONTAL POR PULVERIZACION m2 8153.7    
14.3 SEÑALIZACION HORIZONTAL POR EXTRUSION m2 566    
14.4  PINTURA EPOXI PARA CORDONES m2 896.35    
 15 PROVISION DE MOVILIDAD        
15.1  PROVISION DE MOVILIDAD POR MES MES 12    
IMPORTE TOTAL  
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1.424/2.022
Concordia, 18 de noviembre de 2022
 
VISTO la resolución N° 951 M.D.S., del Gobierno de Entre Ríos y;
 
CONSIDERANDO:
Que por tales cuestiones se hace imprescindible ampliar el Presupuesto 2022.
Que la presente medida se dicta de conformidad a lo dispuesto en el Articulo N° 8 de la Ordenanza de Presupuesto 2022 N° 37.540 que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar el mismo por nuevos y mayores ingresos con afectación especifica, con la condición de la comunicación previa de realizar tales ampliaciones al Concejo Deliberante.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° de la Ley N° 10.027 Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y sus modificatorias.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese la modificación al Presupuesto General de la Administración Municipal conforme se dispone en los artículos siguientes.
 
ARTICULO 2°.- Amplíese en la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000) el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal correspondiente al Ejercicio 2022 destinados a atender los gastos fijados en el Artículo 3 del presente Decreto.
 
ARTICULO 3°.- Ampliase el Presupuesto General de gastos al Ejercicio 2022, en la partida presupuestaria 0.4.90.01.03.04.34.17 "MICROCREDITO P/DES.DE LA ECON. SOCIAL", de la Jurisdicción Secretaria de DESARROLLO SOCIAL en la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000).
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante con copia del presente Decreto, la utilización de la facultad del Artículo 8° de la Ordenanza 37.540.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Presidencia Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Subsecretaria de Hacienda
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.427/2.022
Concordia, 22 de noviembre de 2022
 
VISTO que se ha reintegrado a sus funciones, el Señor Presidente Municipal, Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, en el día de la fecha en horas de la mañana y,
 
CONSIDERANDO:
Que se encontraba a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS.
Que refrendará el presente Decreto, la Sra. Sub-Secretaría de Hacienda, Cra. MÓNICA LIFSCHITZ, a cargo de la Secretaría de Gobierno y Hacienda.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la Ley 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Pónese en posesión de su cargo, al Señor Presidente Municipal, Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
 
ARTICULO 2°.- Reintegrase a sus funciones y cargo a la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Presidencia Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Subsecretaria de Hacienda
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.428/2.022
Concordia, 22 de noviembre de 2.022
 
VISTO:
La necesidad de dictar talleres de oficio calificado en costura y confección de prendas textiles a llevarse a cabo en el Centro de Servicio Textil Municipal, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vigente el Decreto 902/2022 con fecha 22/07/2022, donde se implementa el Sistema de Becas Culturales Solidarias para la realización de la capacitación de oficio textil calificado en costura y confección de prendas en el Centro Textil Municipal.
Que, en el decreto mencionado en el párrafo anterior se indica que la Subsecretaria de Empleo y Economía Social registrará la asistencia diaria de cada participante, informando al Ejecutivo Municipal sobre el incumplimiento de las mismas.
Que, debido a las condiciones requeridas para la bonificación de la capacitación de oficio textil calificado en costura y confección de prendas en el Centro Textil Municipal es necesario la modificación del anexo obrante en Decreto N° 902/2.022 con fecha 22/07/2.022 y dejar sin efecto el Decreto N° 1.218/2.022 con fecha 13/10/2.022 a fin de unificar los procesos administrativo.
Que, por lo expuesto anteriormente se debe modificar el Anexo I adjunto al Decreto 902/2022 con fecha 22/07/2022.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 1 07° incisos II) u) de la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dejase sin efecto el Decreto N° 1.218/2.022 de fecha 13/10/2.022 por lo expuesto en los considerando.
 
ARTICULO 2°.- Modifíquese el Artículo 3° del decreto N° 902/2.022 que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 3°.- Determínese que el desarrollo y ejecución de la capacitación será responsabilidad de la Dirección de Economía Social dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social, quienes deberán presentar mensualmente al Departamento Ejecutivo informe del desempeño obtenido y asistencia de los integrantes."
 
ARTICULO 3°.- Modifíquese el Anexo I presente en el Decreto N° 902/2022 con fecha 22/07/2022 según lo expresado en los considerandos, que quedará redactado de la siguiente manera:
 
ANEXO I
 
Apellido y Nombre  DNI
Aguilar Marcelo Andrés 35714287
Aguilar Andrés Oscar  16360933
Boujon Angélica Lucia 28502833
Cardozo María Elisa  29412442
Chiriran Paola Patricia 29412488
Garate María Magdalena 14711338
Gómez Rosa Susana 236í3636
Iwasik Florencia 36101083
López Diana Elizabeth 45338246
Medina Marcelina Isabel 31784408
Mendoza Carina Beatriz 28109889
Ocampo Martina Sofía 43482568
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Lic. FERNANDO OSCAR BARBOZA
Secretario de Desarrollo Social
Dr. GUILLERMO AGUSTIN SATALIA MENDEZ
Secretario de Desarrollo Productivo y Participación Ciudadana.
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DECRETO N° 1.429/2022
Concordia, 22 de noviembre de 2022
 
VISTO el contenido del Expediente Interno Nº 41 Letra “U” del año 2022; y,
 
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 907/2022, de fecha 22 de Julio de 2022, obrante de fojas 22 a 23, se dispone el Primer Llamado a Licitación Privada Nº 33/2022, para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜES”.
Que a fojas 25 y 26, constan actuaciones de la Dirección de Compras y Suministros referidas a entregas y remisiones de Pliegos de Bases y Condiciones Particulares  efectuadas para la Licitación antes mencionada.
Que a fojas 27 y 27 vta., obra Acta de Apertura de fecha 03 de Agosto de 2022, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de la mencionada Licitación.
Que a fojas 93 y 93 vta., obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 23 de Agosto de 2022, informando que, en el acto de apertura, se presentaron dos (02) ofertas correspondientes a:
  • COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 5.420.000,00).
  • COINAR S.R.L.: cotizando parcialmente lo solicitado – Items 1 a 4 – a un importe total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA CON 00/100 ($ 4.496.170,00).
Que analizadas las ofertas en su aspecto formal se verifica que no cumplen con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Art. 4º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora decide intimar a los oferentes a que cumplan con la presentación de la documentación en el plazo estipulado en la normativa vigente.
Que a fojas 126, obra nuevo Dictamen de la Comisión Evaluadora, de fecha 08 de Agosto de 2022, donde, analizadas las ofertas en su aspecto técnico, el área correspondiente, en nota adjunta a fojas 125, solicita a los oferentes lo siguiente:
  • COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L.: a) Característica de los caños ofertados en cuanto a espesores, armadura y cualquier otro dato que contribuya a la determinación de la resistencia estructural de los mismos.
  • COINAR S.R.L.: a) Característica de los caños ofertados en cuanto a espesores, armadura y cualquier dato que contribuya a la determinación de la resistencia estructural de los mismos.
b) Que aclare lo cotizado en el ítem 4 de su oferta ya que no corresponde a lo solicitado en la Planilla Nomencladora del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que se solicita además, a ambos oferentes, que presenten una cotización alternativa por el ítem 1, de acuerdo al siguiente detalle:
“Caño de hormigón armado de 60 cm de diámetro y 1,20 m de largo, clase III IRAM 11503”.
Que de fojas 157 a 158, obra Dictamen de la Comisión Evaluadora, de fecha 23 de Agosto de 2022, donde, a la fecha, se verifica que los oferentes dan cumplimiento a lo solicitado en los Dictámenes precedentes.
Que analizadas las ofertas en su aspecto económico se observa:
COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L. 
Opción 1 à lo cotizado supera en un 27,48% a la Imputación Preventiva.
Opción Alternativa à lo cotizado supera en un 50,99% a la Imputación Preventiva.
COINAR S.R.L. 
Opción 1 à lo cotizado supera en un 10,78% a la Imputación Preventiva.
Opción Alternativa à lo cotizado supera en un 51,02% a la Imputación Preventiva.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 118º inc. a) de la Ordenanza Nº 34.698 se consultó en el SIPAM y se constata que los oferentes no poseen deuda en la Tasa Comercial.
Que por lo expuesto, teniendo en cuenta la urgencia de contar con los materiales  y que dilatar en el tiempo la adjudicación sería perjudicial a los intereses del Municipio, y considerando, además, el informe del área técnica que se adjunta, se aconseja se adjudique de la siguiente forma:
 
  • COCCO CONSTRUCCIONES S.R.L.  ítems 2 a 7 por un importe total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA MIL ($ 1.970.000,00)  y de acuerdo con el siguiente detalle:
 
Item Descripción Cant. Cocco Construcciones S.R.L.
P. Unit P. Total
2 CAMARA DE CAPTACION – VERTEDERO DER 4m 10  $ 65,000.00  $    650,000.00
3 CAMARA DE CAPTACION – CUBA DERECHA 10  $ 49,000.00  $    490,000.00
4 CAMARA DE CAPTACION – TAPA DERECHA 10  $ 53,000.00  $    530,000.00
5 CEMENTO x 50 kg - Bolsas 30  $   2,200.00  $      66,000.00
6 ARENA LIMPIA BLANCA – M3 20  $   4,000.00  $      80,000.00
7 PIEDRA DEL 1:3 – M3 20  $   7,700.00  $    154,000.00
TOTAL  $ 1,970,000.00
 
  • COINAR S.R.L.  ítem 1 – 80 caños de la oferta alternativa y 170 caños de la oferta original -  por un importe total de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA ($ 3.275.470,00)  y de acuerdo con el siguiente detalle:
 
Item Descripción Cant. Coinar S.R.L.
P. Unit P. Total
1 CAÑOS DE CEMENTO DE 600 mm x 1,20m 170  $  11,011.00  $   1,871,870.00
Alt item 1 Caño de hormigón armado de 60 cm de diámetro y 1,20 m de largo, clase III IRAM 11503 80  $  17,545.00  $   1,403,600.00
Importe total  $  3,275,470.00
Que el importe total adjudicado es de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA ($ 5.245.470,00) lo que representa un 23,37% superior a la Imputación Preventiva.
Que la Comisión Evaluadora entiende que corresponde notificar a las empresas del contenido del presente dictamen para que, en el plazo de cinco (5) días, presente los descargos que consideren pertinentes, caso contrario se continúe con el trámite de adjudicación.
Que, de fojas 161 a 163, obra nueva intervención de la Dirección de Compras y Suministros, informando que se procedió a notificar a los oferentes de lo aconsejado por la Comisión Evaluadora y que transcurrido el plazo previsto no se han recibido objeciones de su parte.  
Que la Dirección Planificación y Presupuesto, realiza la Imputación Preventiva.
Que la Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
           Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley Nº 10.027 y su modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Interno Nº 41 Letra “U” del año 2022, correspondiente al Primer Llamado a Licitación Privada Nº 33/2022, para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜES”, dispuesto mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 907/2022, de fecha 22 de Julio de 2022.
 
ARTICULO 2°.- Adjudíquese la Licitación Privada Nº 33/2022, para la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜES”, por un importe total de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON 00/100 ($ 5.245.470,00), según lo detallado en el ANEXO I que forma parte del presente Decreto, en virtud de lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
N° 0.3.20.02.05.08.61.01 O.P. – Entubamiento, Puentes y Alcantarillas, por un importe total de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON 00/100 ($ 5.245.470,00).
 
ARTICULO 4°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
 
ARTICULO 5°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma que resultó adjudicataria, del contenido del presente acto administrativo y proceda oportunamente a iniciar los trámites de Devolución de los Depósitos de Garantía correspondientes.
 
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno y Hacienda; y oportunamente, archívese.
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1.432/2.022
Concordia, 22 de noviembre de 2022
 
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente interno N° 1 Letra "Q"/2022, y;
 
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, la Agente; Mensual MARIELA ALEJANDRA QUINTANA M.I. N° 25.575.462, Legajo N° 5567, presenta la renuncia al cargo a partir del 1° de Diciembre de 2022, para acogerse a los beneficios de la Jubilación por Invalidez, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución N° 005710, de fecha 12/09/2022, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación por Invalidez a la Agente MARIELAALEJANDRA QUINTANA.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que la agente antes mencionada no tiene embargos privados activos ni en espera.
Que a fojas 5, la Encargada de Control de Deudas de Créditos Especiales comunica que la agente QUINTANA, a la fecha, no registra deudas en concepto de Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente MARIELA ALEJANDRA QUINTANA M.I. N° 25.575.462, Legajo N° 5567, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Marzo de 2012. Revista como personal mensual en la categoría 11° del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Dirección de Parques y Paseos. Además, comunica que dicha agente tendría pendiente, 15 (quince) días de la licencia del año 2019, 20 (veinte) días de la licencia del año 2020, 20 (veinte) días de la licencia del año 2.021 y 17 (diecisiete) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional segundo semestre-2022 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11.275/49 de tres sueldos básicos de la categoría 20°. Como así también comunica que:
-El Artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11.275149, establece: "En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°. "
Que a fojas 7, mediante Dictamen N°1385/22 de fecha 24/10/22, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: " esta Dirección no tiene objeción que formular, respecto a la aceptación de la renuncia. Que entiende que corresponde hacer lugar al pago de las licencias veinte (20) días del 2020, 2021 y diecisiete (17) días proporcionales del corriente año, aguinaldo por el segundo semestre del corriente de 2022 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275-49 correspondiente a tres sueldos básicos de te categoría 20°.-".
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Acéptese a partir del 1° de Diciembre de 2.022, la renuncia presentada por la Agente Mensual MARIELA ALEJANDRA QUINTANA M.I. N° 25.575.462, Legajo N° 5567, para acogerse a los beneficios de la Jubilación por Invalidez, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese el pago de 20 (veinte) días de la licencia del año 2020, 20 (veinte) días de la licencia del año 2.021 y 17 (diecisiete) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional segundo semestre-2022 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11.275/49, correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20°, a favor de la Agente Mensual MARIELA ALEJANDRA QUINTANA M.I. N° 25.575.462, Legajo N° 5567.
 
ARTICULO 3°.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidaciones, a sus efectos.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.