Boletín Oficial N° 3138 - Concordia, 28 de octubre de 2022

SUMARIO
 
Las siguientes Ordenanzas, Decretos y Resolución  conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Ordenanzas: 37.806 y 37.807.- Decretos: 1.255/2022, 1.256/2022, 1.257/2022, 1.258/2022, 1.259/2022, 1.260/2022, 1.261/2022, 1.262/2022, 1.263/2022, 1.264/2022, 1.265/2022, 1.279/2022, 1.280/2022, 1.281/2022, 1.282/2022 y 1.283/2022.- Resolución: 37.817.-


Concordia, 6 de Octubre 2.022
 
Expte. Nº 26.988
 
ORDENANZA HABILITACIÓN DE VEHÍCULO MODELO 2016 POR EXCEPCIÓN P/USO DE
REMIS AL SR. LUCAS J. ORTÍZ.------
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1º.- Otórguese, como medida de Excepción a la Ordenanza Nº 34.958, Artículo 9°, Inc. a), la habilitación del vehículo marca Chevrolet modelo Classic 4P LS patente PLN 843, año 2016, titular LUCAS JAVIER ORTÍZ, Documento Nacional de Identidad Nº 32.647.802, para que pueda desempeñar la actividad de radio móvil.
 
ARTÍCULO 2º.- Infórmese al Sr. Ortiz Lucas Javier de la presente Ordenanza.
 
ARTÍCULO 3º.- Dese conocimiento a la Central de Tránsito y Transporte, tome debido ésta, notifíquese.
 
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 6 de octubre de 2022
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINIRO
Presidente
Prof. ANA LIA RIOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECTIVO, 20 de octubre de 2022
 
ORDENANZA N°  37.806
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Jefatura de Gabinete y Gobierno
---------
 
Concordia, 13 de Octubre 2.022.
 
Expte. N° 27.025

ORDENANZA MARÍA LAURA VILA SOL. HABILITACIÓN REMIS EXCEPCIÓN.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO1º.- Otórguese, como medida de Excepción a la Ordenanza N° 34.958, art. 9, Inc. a, la habitación del vehículo marca Chevrolet, modelo AVEO G3 1.6N M/T, patente NNV 904, año 2014, titular María Laura Vila, D.N.I N° 13.198.940, para que pueda desempeñar la actividad de radio móvil.
 
ARTÍCULO 2º.- Infórmese al Sra. María Laura Vila de la presente Ordenanza.
 
ARTICULO 3º.- Dese conocimiento a la Central de Tránsito y Transporte, tome debido ésta, notifíquese.
 
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 13 de octubre de 2022
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
Prof. ANA LIA RIOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECTIVO, 20 de octubre de 2022
 
ORDENANZA N°  37.807
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Jefatura de Gabinete y Gobierno
---------  
 
DECRETO N° 1.255/2.022
Concordia, 24 de octubre de 2022
 
VISTO que se ha promulgado la Ordenanza N° 37.815/22 que establece a estructura orgánica y funcional del Departamento Ejecutivo Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que en el Titulo I, Articulo 1° de la Ordenanza N° 37.815/22, se establece la creación de la Secretaria Gobierno y Hacienda, indicando por su parte en el Titulo III, Capítulo I, Articulo 10° de la norma mencionada las funciones y competencias inherentes a la misma.
Que por tal motivo debe procederse a la cobertura del cargo.
Que el Señor Cr. SIERRA ALVARO ENRIQUE, DNI: 18.763.788, reúne las condiciones para desempeñar dicho cargo.
Que reúne las condiciones de probidad, honestidad y responsabilidad para desempeñar dicho cargo y función.
Que en consecuencia se hace necesario dictar la presente disposición de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 107° incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designase Secretario de Gobierno y Hacienda de la Municipalidad de Concordia, al Señor Cr. SIERRA ALVARO ENRIQUE, DNI: 18.763.788, conforme a las Funciones y Competencias establecidas en la Ordenanza N° 37.815//2022.
 
ARTICULO 2°.- Refrendará él presente Decreto, el Sr. Vice - Presidente Municipal.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALFREDO DANIEL FRANCOLINIRO
Vice Intendente
Presidente Honorable Concejo Deliberante.
---------  
 
DECRETO N° 1.256/2.022
Concordia, 24 de octubre de 2022
 
VISTO que se ha promulgado la Ordenanza N° 37.815/22 que establece a estructura orgánica y funcional del Departamento Ejecutivo Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que en el Titulo I, Articulo 1° de la Ordenanza N° 37815/22, se establece la creación de la Secretaria de Desarrollo Urbano, indicando por su parte en el Titulo III, Capítulo II, Articulo 11° de la norma mencionada las funciones y competencias  inherentes a la misma.
Que por tal motivo debe procederse a la cobertura del cargo.
Que la Señora Arq. MIREYA LILIANA LOPEZ BERNIS, DNI: 12.426.693, reúne las condiciones para desempeñar dicho cargo.
Que en consecuencia se hace necesario dictar la presente disposición de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 107° incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen Municipal- modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designase Secretaria de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Concordia;" a la Señora Arq. MIREYA LILIANA LOPEZ BERNIS, DNI: 12.426.693, conforme a las Funciones y Competencias establecidas en la Ordenanza N° 37.815/2021.
 
ARTICULO 2°.- Refrendará.et presente Decreto, el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
---------  
 
DECRETO N° 1.257/2022
Concordia, 24 de octubre de 2022
 
VISTO que se ha promulgado la Ordenanza N° 37.815/22 que establece a estructura orgánica y funcional del Departamento Ejecutivo Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que en el Titulo I, Articulo 1° de la Ordenanza N° 37.815/22, se establece la creación de la Secretaria de Turismo, Cultura e Innovación, indicando por su parte en el Titulo III, Capítulo III, Articulo 12° de la norma mencionada las funciones y competencias inherentes a la misma.
Que por tal motivo debe procederse a la cobertura del cargo.
Que el Señor ALDO DAMIAN ALVAREZ, DNI: 28.678.201, reúne las condiciones para desempeñar dicho cargo.
Que en consecuencia se hace necesario dictar la presente disposición de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 107° incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincia.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designase Secretaria de Turismo, Cultura e Innovación de la Municipalidad de Concordia, al Señor ALDO DAMIAN ALVAREZ, DNI: 28.678.201, conforme a las Funciones y Competencias establecidas en la Ordenanza N° 37.815/2022.
 
ARTICULO 2°.- Refrendará el presente Decreto, el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
---------  
 
DECRETO N° 1.258/2.022
Concordia, 24 de octubre de 2022
 
VISTO que se ha promulgado la Ordenanza N° 37.815122 que establece a estructura orgánica y funcional del Departamento Ejecutivo Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que en el Titulo I, Articulo 1° de la Ordenanza N° 37.815/22 se establece la creación de la Secretaria de Desarrollo Social, indicando por su parte en el Titulo III, Capítulo IV, Articulo 13° de la norma mencionada las funciones y competencias inherentes a la misma.
Que por tal motivo debe procederse a. la cobertura del cargo.
Que el Señor FERNANDO OSCAR BAR BOZA, DNI: 23.493.955, reúne las condiciones para desempeñar dicho cargo.
Que en consecuencia se hace necesario dictar la presente disposición de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 107° incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen Municipal modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designase Secretario de Desarrollo Social de la Municipalidad de Concordia, al Señor FERNANDO OSCAR BARBOZA, DNI: 23.493.955, conforme a las Funciones y Competencias establecidas en la Ordenanza N° 37.815/2022.
 
ARTICULO 2°.- Refrendará el presente Decreto, el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
---------  
 
DECRETO N° 1.259/2.022.
Concordia, 24 de octubre de 2022
 
VISTO que se ha promulgado la Ordenanza N° 37.8.15/22 que establece a estructura orgánica y funcional del Departamento Ejecutivo Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que en el Titulo I, Articulo 1° de la Ordenanza N° 37.815/22, se establece la creación de la Secretaria de Salud, indicando por su parte en el Titulo III, Capítulo V, Articulo 14° de la norma mencionada las funciones y competencias inherentes a la misma.
Que por tal motivo debe procederse a la cobertura del cargo.
Que el Señor MAURO JAVIER GARCIA, DNI: 24.218.172, reúne las condiciones para desempeñar dicho cargo.
Que en consecuencia se hace necesario dictar la presente disposición de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 107° incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designase Secretario de Salud de la Municipalidad de Concordia, al Señor MAURO JAVIER GARCIA, DNI: 24.218.172, conforme a las Funciones y Competencias establecidas en la Ordenanza. N° 37.815/22.
 
ARTICULO 2°.- Refrendará el presente Decreto, el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
---------  
 
DECRETO N° 1.260/2.022.
Concordia, 24 de octubre de 2022
 
VISTO que se ha promulgado la Ordenanza N° 37.815/22 que establece a estructura orgánica y funcional del Departamento Ejecutivo Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que en el Titulo I, Articulo 1° de la Ordenanza N° 37.815/22, se establece la creación de la Secretaria de Deportes, indicando por su parte en el Titulo III, Capítulo VI, Articulo 15° de la norma mencionada las funciones y competencias inherentes a la misma.
Que por tal motivo debe procederse a la cobertura del cargo.
Que el Señor LEANDRO MARCELO CRESTO, DNI: 23.009.242, reúne las condiciones para desempeñar dicho cargo.
Que en consecuencia se hace necesario dictar la presente disposición de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 107° incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designase Secretario de Deportes de la Municipalidad de Concordia, al Señor. LEANDRO MARCELO CRESTO, DNI: 23.009.242, conforme a las Funciones y Competencias establecidas en la Ordenanza N° 37.815/2022.
 
ARTICULO 2°.- Refrendará el presente Decreto, el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
---------  
 
DECRETO N° 1.261/2.022.
Concordia, 24 de octubre de 2022
 
VISTO que se ha promulgado la Ordenanza N° 37.815/22 que establece a estructura orgánica y funcional del Departamento Ejecutivo Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que en el Titulo I, Articulo 1° de la Ordenanza N° 37815/22, se establece la creación de la Secretaria de Desarrollo Productivo y Participación Ciudadana, indicando por su parte en el Titulo III, Capítulo VII, Articulo 16° de la norma mencionada las funciones y competencias inherentes a la misma.
Que por tal motivo debe procederse a la cobertura del cargo.
Que el Dr. Guillermo Agustín Satalia Méndez, DNI: 23.493.423, reúne las condiciones para desempeñar dicho cargo.
Que en consecuencia se hace necesario dictar la presente disposición de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 107° incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designase Secretario de Desarrollo Productivo y Participación, Ciudadana de la Municipalidad de Concordia, al Señor Dr. Guillermo Agustín Satalia Méndez, DNI: 23.493.423, conforme a las Funciones y Competencias establecidas en la Ordenanza N° 37.815/2022.
 
ARTICULO 2°.- Refrendará el presente Decreto, el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
---------
 
DECRETO N° 1.262/2.022.
Concordia, 24 de octubre de 2022
 
VISTO que se ha promulgado la Ordenanza N° 37.815122 que establece a estructura orgánica y funcional del Departamento Ejecutivo Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que en el Titulo I, Articulo 1° de la Ordenanza N° 37.815/22, se establece la creación de la Secretaria de Comunicación y Ceremonial, indicando por su parte en el Titulo III, Capítulo VIII, Articulo 17° de la norma mencionada las funciones y competencias inherentes a la misma.
Que por tal motivo debe procederse a la cobertura del cargo.
Que la Sra. Jennifer Sabrina Cisneros Mainat, DNI: 33.182.229, reúne las condiciones para desempeñar dicho cargo.
Que en consecuencia se hace necesario dictar la presente disposición de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 107° incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designase Secretaria de Comunicación y Ceremonial de la Municipalidad de Concordia, a la Sra. Jennifer Sabrina Cisneros Mainat, DNI: 33.182.229, conforme a las Funciones y Competencias establecidas en la Ordenanza N° 37.815/2022.
 
ARTICULO 2°.- Refrendará el presente Decreto, el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
---------  
 
DECRETO N° 1.263/2.022
Concordia, 24 de octubre de 2.022.
 
Visto lo dispuesto en las Ordenanza N° 37.815/22 y 37.816/22.
 
CONSIDERANDO:
Que dichas Ordenanzas establecen la creación de las funciones y competencias de la Secretaria de Gobierno y Hacienda.
Que de acuerdo a la asignación de tareas y. competencias realizadas a la Secretaria de Gobierno y Hacienda, resulta necesario para el cumplimiento de las mismas, la creación de la estructura orgánica interna que permita llevar adelante tal cometido.
Que la Ordenanza N° 37.816/22 en el Capítulo I Articulo N° 2°, establece las Subsecretarias que actuarán en el ámbito de la Secretaria de Gobierno y Hacienda.
Que por tal motivo debe procederse a la cobertura de dichos cargos, por personas que reúnen las condiciones y responsabilidad para desempeñar esa función.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, de la ley N° 10.027 modificadas por la Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Desígnese Subsecretaria de Hacienda a la Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ, DNI N° 17.264.479; para el desempeño de las funciones asignadas en el Capítulo I Articulo 3° de la Ordenanza N° 37.816/22.
 
ARTICULO 2°.- Desígnese Subsecretario de Gobierno al Dr. MATIAS NICOLAS OLIVARES DNI N° 31.211.473 Legajo 3959 para el desempeño de las funciones asignadas en el Capitulo I Artículo 4° de la Ordenanza 37.816/22.
 
ARTICULO 3°.- Designase Subsecretario de legal y Técnica, al Dr. Claudia Daniel D'Antonio, Documento Nacional de Identidad N° 26.407.934, para el desempeño de las funciones previstas en el Capítulo I Articulo 5° de Ordenanza 37.816/22.
 
ARTICULO 4°.- Designase Subsecretario Contable y Presupuestaria, al Cr. Rodríguez Matías Oscar, Documento Nacional de Identidad N° 26.810.989, Legajo 3575, para el desempeño de las funciones previstas en el Capítulo I Articulo 6° de la Ordenanza 37.816/22.
 
ARTICULO 5°.- Designase Subsecretario General Administrativo, al Dr. Pablo Lapiduz, Documento Nacional de Identidad N° 16.360.276, para el desempeño de las funciones previstas en el Capítulo I Articulo 7° de la Ordenanza 37.816/22.
 
ARTICULO 6°.- la presente disposición se dicta de conformidad a lo previsto en las Ordenanza N° 37.815/22 y 37.816/22.
 
ARTICULO 7°.- Déjese sin efecto toda disposición y norma que se oponga al presente Decreto.
 
ARTICULO 8°.-    Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
---------  
 
DECRETO N° 1.264/2.022
Concordia, 24 de octubre de 2022
 
VISTO que se ha promulgado la Ordenanza N° 37.815/22 que establece a estructura orgánica y funcional del Departamento Ejecutivo Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que en el Titulo III, Capitulo IX de la Ordenanza N°37.815/22, se establece la creación de la Coordinación de Asuntos Estratégicos, indicando por su parte en el Articulo 18° de la norma mencionada las funciones y competencias inherentes a la misma.
Que por tal motivo debe procederse a la cobertura del cargo.
Que la Dra. María de los Ángeles Petit, DNI: 16.866.682, reúne las condiciones para desempeñar dicho cargo.
Que la Dra. Petit ejercerá este cargo ad honorem, sin retribución ni reconocimiento económico de ninguna índole, a título de colaboración con la gestión y la ciudad de Concordia.
Que en consecuencia se hace necesario dictar la presente disposición de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 107° incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designase a cargo de la Coordinación de Asuntos Estratégicos de la Municipalidad de Concordia, a la Dra. María de los Ángeles Petit, DNI: 16.866.682, quien lo ejercerá ad honorem, sin retribución ni reconocimiento económico de ninguna índole, conforme a las Funciones y Competencias establecidas en la Ordenanza N° 37.815/22.
 
ARTICULO 2°.- Refrendará el presente Decreto, el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
---------  
 
DECRETO N° 1.265/2.022
Concordia, 24 de octubre de 2022
 
VISTO el Decreto N° 121/2021 de fecha 29 de Enero de 2021.
 
CONSIDERANDO:
Que en el Art. 3°, fue designado Director y Presidente del Ente Mixto de Administración del Parque Industrial de Concordia (EMAPI), el Sr. Follonier Marcos Pedro.
Que los objetivos fijados oportunamente por el Departamento Ejecutivo Municipal para la citada área, se han cumplido.  
Que por lo expuesto, se considera pertinente el dictado del presente dejando sin efecto la designación efectuada mediante Art. 3°, del Decreto N° 121/2021 de fecha 29 de Enero de 2.021.
Que las funciones fijada oportunamente para el Ente Mixto de Administración del Parque Industrial de Concordia, se mantienen vigentes.
Que por lo expuesto este Departamento Ejecutivo, considera pertinente designar al Sr. Santiago Caprarulo DNI 30.815.591, es quien reúne las condiciones para desempeñar las funciones requeridas.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos b), h) y u) de la Ley N°10.027 Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Dejase sin efecto la designación efectuada mediante Articulo N° 3° del Decreto N° 121/21 con fecha 29 de Enero de 2021, en virtud de lo considerado precedente.
 
ARTICULO 2°.- Notificar al Sr. Follonier Marcos Pedro de lo dispuesto en el Art 1° del presente Decreto  atreves de la Dirección de Recursos Humanos y tomar debida nota la dirección de Liquidaciones.
 
ARTICULO 3°.- Designase Director y Presidente del Ente Mixto de Administración del Parque Industrial (EMAPI) al Sr. Santiago Caprarulo, Documento Nacional de Identidad N° 30.815.591, a efectos de ejercer las funciones establecidas del Reglamento del Ente Mixto de Administración del Parque Industrial de Concordia (EMAPI) , aprobado por Decreto N° 741/2005 y 704/22.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, registrase y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
---------  
 
DECRETO N° 1.279/2.022
Concordia, 26 de octubre de 2022
 
VISTO que se debe ausentar en horas de la mañana de la ciudad, el Señor Presidente Municipal, Dr. Enrique Tomas Cresto, por temas relacionados con la Administración Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo, al Secretario de Gobierno y Hacienda, Cr. Alvaro E. Sierra.
Que la atención de la Secretaria de Gobierno y Hacienda se la encomienda a Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. Mireya López Bernis, sin perjuicio de sus funciones.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la ley 10.027, modificada a través de la ley N° 10.082-ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal al Secretario de Gobierno y Hacienda, Cr. Alvaro E. Sierra, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
 
ARTICULO 2°.- Poner a cargo de la Secretaria de Gobierno y Hacienda a la Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. Mireya López Bernis, sin perjuicio de sus funciones especificas. .
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda.
---------  
 
DECRETO N° 1.280/2.022.
Concordia, 26 de Octubre de 2.022.
 
VISTO lo dispuesto en las Ordenanzas N° 37.815/22 y N°37.816/22, y,
 
CONSIDERANDO:
Que dichas Ordenanzas establecen la creación de las funciones y competencias de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
Que de acuerdo a la asignación de tareas y competencias realizadas a la Secretaría de Desarrollo Urbano, resulta necesario para el cumplimiento de las mismas, la creación de la estructura orgánica interna que permita llevar adelante tal cometido.
Que la Ordenanza N°37.816/22, en el Capítulo II, Artículo 24°, establece la creación de las Subsecretarías y Direcciones, que asistirán a la Secretaría de Desarrollo Urbano.
Que por tal motivo se debe proceder a la designación de los titulares de las áreas creadas, por personas que reúnen las condiciones y responsabilidad para desempeñar esa función.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley Provincial N° 10.027 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desígnese Subsecretario de Ingeniería de la Municipalidad de Concordia, conforme al Artículo 25° de la Ordenanza N°37.816/22, al Señor Ingeniero CARLOS SEBASTIAN SCEVOLA D.N.I N°27.425.627, Legajo 9319, Clase 1979.
 
ARTICULO 2°.- Desígnese Subsecretario de Obras Públicas de la Municipalidad de Concordia, conforme al Artículo 26° de la Ordenanza N°37.816/22, al Señor Ing. CARLOS HORACIO PASQUET, M.I. N° 14.307.809, Legajo 3550, Clase 1961.
 
ARTICULO 3°.- Desígnese Subsecretario de Servicios públicos de la Municipalidad de Concordia, conforme al Artículo 31° de la Ordenanza N° 37. 816/22, al Agente Señor OSCAR ALBERTO SANTANA D.N.I N°14.307.291, Legajo 3077, Clase 1960.
 
ARTICULO 4°.- La presente disposición se dicta de conformidad a lo previsto en las Ordenanzas N°37.815/22 y N°37.816/22.
 
ARTICULO 5°.- Déjese sin efecto toda disposición y norma que se oponga al presente Decreto.
 
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
 
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda
a/c Presidencia Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
---------  
 
DECRETO N° 1.281/2.022
Concordia, 27 de octubre de 2022
 
VISTO que se debe ausentar en horas de la mañana, el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda, Cr. SIERRA ALVARO ENRIQUE, por temas relacionados con la Administración Municipal y se ha reintegrado a sus funciones el Señor Presidente Municipal Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO y,
 
CONSIDERANDO:
Que se encontraba a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda, Cr. SIERRA ALVARO ENRIQUE.
Que refrendará el presente Decreto, la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS, a cargo de la Secretaría de Gobierno y Hacienda.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la ley 10.027, modificada a través de la ley N° 10.082-ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Pónese en posesión de su cargo, al Señor Presidente Municipal, Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
 
ARTICULO 2°.- Reintegrase a sus funciones y cargo al Señor Secretario de Gobierno y Hacienda, Cr. SIERRA ALVARO ENRIQUE, a partir del día de la fecha y. en horas de la mañana.
 
ARTICULO 3°.- Encomendarla atención de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, a la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS, sin perjuicios de sus funciones específicas, a partir del día de la fecha en horas de la mariana
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese-
 
ALVARO ENRIQUE SIERRA
Secretario de Gobierno y Hacienda
a/c Presidencia Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda
---------  
 
DECRETO N° 1.282/2.022
Concordia, 27 de octubre de 2022
 
VISTO:
La nueva estructura orgánica de la Municipalidad de Concordia, según Ordenanzas N° 37.815 y 37.816 y,
 
CONSIDERANDO:
Que, es necesario establecer la asignación de fondos fijos a las distintas áreas del municipio, en el marco de la nueva estructura orgánica conforme a la reglamentación establecida por el Decreto N° 29.708/1997 y sus modificatorios, Que por otra parte, corresponde disponer que las áreas del municipio que tengan asignado un fondo fijo, procedan al cierre antes del 31 de octubre del corriente año.
Que además, la existencia de prioridades presupuestarias requiere que la creación y/o actualización de los importes de los fondos fijos se realice con la debida prudencia.
Que la Secretaría de Gobierno y Hacienda ha autorizado la presente medida.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones emergentes de la Ley N° 10.027 y modificatorias - Régimen Municipal.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Disponer el cierre de todos los Fondos Fijos asignados a las distintas reparticiones del municipio de Concordia antes del 31 de octubre del 2022, con excepción de los fijados por Decreto N° 1.205/22, Anexo I y II, los que se mantendrán vigentes, con arreglo a las disposiciones reglamentarias del Decreto N° 29.708/1997, como así también a los controles que a tal efecto realice la Contaduría Municipal.
 
ARTICULO 2°.- En función de las disponibilidades presupuestarias, las nuevas habilitaciones deberán requerir intervención previa de la Secretaria de Gobierno y Hacienda.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda
---------  
 
DECRETO N° 1.283/2.022
Concordia, 27 de octubre de 2022
 
Visto lo dispuesto en las Ordenanza N° 37.815/22 y 37.816/22.
 
CONSIDERANDO:
Que dichas Ordenanzas establecen la creación de las funciones y competencias de la Secretaria de Comunicación y Ceremonial.
Que de acuerdo a la asignación de tareas y competencias realizadas a la Secretaria de Comunicación y Ceremonial, resulta necesario para el cumplimiento de las mismas, la creación de la estructura orgánica interna que permita llevar adelante tal cometido.
Que la Ordenanza N° 37.816/22 en el Capítulo VIII Articulo N° 82°, establece la Subsecretaria que actuará en el ámbito de la Secretaria de Comunicación Y Ceremonial.
Que por tal motivo debe procederse a la cobertura de dicho cargo, por la persona que reúnen las condiciones y responsabilidad para desempeñar esa función.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, de la ley N° 10.027 modificadas por la Ley N° 10.082- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Desígnese Subsecretario de Ceremonial al Sr. Olivie Sergio Reinaldo, DNI N° 16.866.535; para el desempeño de las funciones asignadas en el Capítulo VIII Articulo 83° de la Ordenanza 37.816/22, sin liquidación de haberes por el cargo.
 
ARTICULO 2°.- Disponerse abonar al Sr. Olivie Sergio Reinaldo atreves del código 900 la suma de Pesos CIENTO NOVENTA MIL ($ 190.000,00).
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese y regístrese y oportunamente archívese. 
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda
---------  
 
Concordia, 14 de Octubre de 2022
 
N° 9.502
 
VISTO:
La deuda en concepto de Tasa Comercial que mantiene el comercio que funciona bajo la Razón Social “MY S.A.”, CUIT N° 30-71545124-3, registrado en la Cuenta N° 2595-003-45, con domicilio fiscal en calle Mitre N° 648 de la Ciudad de Concordia; y,
 
CONSIDERANDO:
Que el referido comercio recurre ante este Cuerpo Deliberativo, a fin de manifestar que la mayoría de los períodos adeudados corresponden a los veinte (20) meses que estuvo cerrado sin desarrollar actividad a causa de la pandemia de COVID-19 desde marzo de 2020 a diciembre de 2021 y, por ende, no posee los recursos económicos suficientes para afrontar un importe tan elevado en las condiciones que le exige la Dirección General de Rentas.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Conceder un plan especial de pago por la deuda en concepto de Tasa Comercial que mantiene el comercio que funciona bajo la Razón Social “MY S.A.”, CUIT N° 30-71545124-3, registrado en la Cuenta N° 2595-003-45, con domicilio fiscal en calle Mitre N° 648 de la Ciudad de Concordia, en hasta un máximo de sesenta (60) cuotas y sin intereses de financiación, con la condición de que el importe de las mismas no podrá ser inferior al mínimo general que para dicha Tasa establezca la Ordenanza Tributaria Anual, el cual deberá suscribirse ante las Oficinas de la Dirección General de Rentas, en virtud del considerando precedente.
 
ARTÍCULO 2°.- Comunicar al contribuyente que habiéndose atrasado en dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) alternadas del Convenio de Pago, el beneficio otorgado por la presente quedará sin efecto y podrá el Departamento Ejecutivo Municipal reclamar la cancelación total de la deuda con más los intereses y gastos correspondientes.       
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento de la presente a la Dirección General de Rentas de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas de la Municipalidad de Concordia a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente al contribuyente para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 13 de Octubre de 2.022.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 26 de octubre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.817
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Cr. ALVARO ENRIQUE SIERRA
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
a/c Presidencia Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.