Boletín Oficial N° 3126 - Concordia 21 de Septiembre de 2022

SUMARIO
 
Las siguientes Ordenanzas, Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Ordenanzas: 37.765, 37.770, 37.772, 37.775, 37.776, 37.777, 37.778 y 37.785.- Decretos: 1.126/2.022, 1.127/2.022, 1.128/2.022, 1.129/2.022, 1.131/2.022 y 1.132/2.022 Resoluciones: 37.741, 37.753, 37.766, 37.767, 37.768, 37.769, 37.771, 37.773, 37.774, 37.779, 37.780, 37.781, 37.782, 37.783 y 37.784.-
 
 

Concordia, 8 de Setiembre de 2022.
 
Expte. N° 26.930-p
 
ORDENANZA S/AUTORIZAR CONTRATACIÓN DIRECTA PARA
PROYECTO DE INTEGRACIÓNSOCIO URBANA B° 80 VIVIENDAS 2.-----
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal –In.V.yT.A.M.- a proceder a la contratación directa, previo concurso de precios, de proveedores de mano de obra, materiales y gastos generales en forma separada o por la combinación de éstos para llevar adelante un proyecto de Integración Socio Urbana identificado como IF-2022-80591997-APN-DNDU#MDS y su Anexo IF-2022-82676319-APN-DNDU#MDS, en el Barrio “80 Viviendas 2”, registrado bajo el número 3117 en el RENABAP y debidamente reconocido por el Anexo I de la Ley 27.453, de la Localidad de Concordia, Municipio de Concordia de la Provincia de Entre Ríos; línea identificada como a) del “INSTRUCTIVO OPERATIVO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA A TRAVÉS DEL FONDO DE INTEGRACION SOCIO-URBANA”.
La obra será financiada con una asistencia financiera por la suma total de PESOS CIENTO DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL  QUINIENTOS  TRES  CON  CINCUENTA  Y  NUEVE   CENTAVOS ($102.422.503,59), que otorga el Fideicomiso (FONDO DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA”, al Instituto de Viviendas y Tierra Autárquico Municipal, la misma se desarrollará mediante dos modalidades de contratación, por Selección de Co-contratante y por Administración, esta última, deberá ser ejecutada por Cooperativas de la economía local.
 
La totalidad de los fondos antes detallados, una vez percibidos, pasarán a formar parte del Fondo Específico destinado al In.V.yT.A.M., creado por Art. 14º de la Ordenanza Nº 35.704.
 
ARTÍCULO 2º.-  Dispónese que los proveedores deberán acreditar antecedentes en la ejecución de obras de similares características y aceptar los montos prefijados para el pago de dichas tareas y/o materiales.
 
El Instituto de Vivienda y Tierras Autárquico Municipal, a través de las áreas técnicas, definirá los parámetros a fin de la evaluación técnica de las presentaciones que realicen los proveedores de mano de obra, y realizará las selecciones pertinentes teniendo en cuenta los antecedentes y montos máximos previstos en el Programa.
Para la ejecución del 81,76% de la obra en cuestión, se contratarán Empresas Constructoras (S.A. ó S.R.L.) las que tendrán a su cargo tareas señaladas Proyecto de Obras Tempranas (POT)- Barrio 80 Viviendas 2, “Red de Agua Potable”, “Red Cloacal”, “Sistema de desagües pluviales” “Red Vial”. Las Empresas Constructoras tienen a su cargo la provisión de los materiales y la mano de obra a emplear. El 18,24% restante de la obra, será realizado a través de la contratación de Cooperativas de Trabajo y su labor será la ejecución de “Red Peatonal”, y “Arbolado y Mobiliario Urbano”, estas Cooperativas sólo proveerán mano de obra, ya que los materiales serán provistos por el Instituto de Vivienda y Tierras Autárquico Municipal, pero su costo será afrontado con el mismo 18,24 %.
 
ARTÍCULO 3º- Dispónese la adquisición de materiales mediante el procedimientos de compra directa previo concurso de precios, debiendo los invitados estar inscriptos como proveedores al momento de la notificación de la adjudicación u Orden de Contratación.
 
ARTÍCULO 4º.- Autorízase al Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal, a través de los Departamentos de Compras y Legales, a dictar los instrumentos administrativos que correspondan, en un todo de Acuerdo a la normativa vigente de aplicación dentro de la Administración Pública Municipal, debido a que esta obra se encuentra incluida dentro del Presupuesto 2022, de la Administración Pública Nacional.
 
ARTÍCULO 5º.- Dispónese que el Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal sea el Organismo encargado de llevar adelante desde su inicio las contrataciones previstas en el Artículo 2º y 3º de la presente Ordenanza.
 
ARTÍCULO 6º. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 8 de Setiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO 
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c –Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de septiembre de 2022

ORDENANZA N° 37.765
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Arq. MARINA ANABELLA PEÑALOZA
Presidente
Inst. Vivienda y Tierra Aut. Municipal.
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Concordia, 1 de Septiembre de 2022.
 
Expte. N° 26.882-DE
 
ORDENANZA SOBRE  DONACION POR PARTE DEL IAPV DE DOS
FRACCIONES DE TERRENO A FAVOR DEL MUNICIPIO.---
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a aceptar la Donación con Cargo, conforme la Ley 10.027 en su Art. 95º Inc. r).
 
ARTICULO 2º.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Nº 775/22, de fecha 21 de Junio de 2022 del Departamento Ejecutivo Municipal.
 
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1 de Septiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de septiembre de 222
 
ORDENANZA N° 37.770
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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Concordia, 9 de Septiembre de 2022.
 
Expte. N° 26.932-P
 
ORDENANZA SOBRE EXIMICIÓN TOTAL EVENTO PROCAR  4000  EN  PARQUE
AUTODROMO  DE  CDIA.  (EZEQUIEL JIMÉNEZ.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Otorgar, por un solo día, la eximición del pago de los Derechos a las Entradas, por el “PROCAR 4000” realizado los días 3 y 4 de Septiembre de 2022 en el Autódromo de la Ciudad de Concordia, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- La eximición otorgada en el Artículo precedente, no incluye el porcentaje que corresponde al Fondo de Ayuda al Discapacitado.
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento de la presente a la Dirección de Inspección General de la Secretaría de Jefatura de Gabinete y Gobierno de la Municipalidad de Concordia a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente al Sr. Ezequiel Jiménez, DNI N° 25.359.436, para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES EVA PERÓN, 8 de septiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO 
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 13 de septiembre de 2022
 
ORDENANZA N° 37.772
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 9 de Septiembre de 2022.
 
Expte. N° 26.838-P
 
ORDENANZA S/CONDONACIÓN DEUDA TGI A ASOCIACIÓN GREMIAL DEL
MAGISTERIO DE ENTE RÍOS Secc. Concordia.------
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
       
ARTÍCULO 1°. Otorgar a la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (A.G.M.E.R.) Seccional Concordia, la condonación de la deuda en concepto de Tasa General Inmobiliaria correspondiente a los inmuebles registrados en las Cuentas N° 2831-03, Partida Provincial N° 2606, Partida Municipal N° 24.795 y N° 2831-03, Partida Provincial N° 132.490, Partida Municipal N° 24.796, inscriptas a nombre de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (A.G.M.E.R.) Seccional Concordia, la exención del pago de la Tasa General Inmobiliaria correspondiente a los inmuebles registrados en las Cuentas N° 2831-03, Partida Provincial N° 2606, Partida Municipal N° 24.795 y N° 2831-03, Partida Provincial N° 132.490, Partida Municipal N° 24.796, inscriptas a nombre de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento de la presente a la Dirección General de Rentas de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas de la Municipalidad de Concordia, a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente a la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (A.G.M.E.R.) Seccional Concordia para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 8 de Septiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO 
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaría
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 14 de septiembre de 2022
 
ORDENANZA N° 37.775
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
a/c Presidencia Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Jefatura de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.
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Concordia, 9 de Septiembre de 2022.
 
Expte. N° 26.801-SC
 
ORDENANZA S/ CONDONACIÓN DEUDA TASA GENERAL INMOBILIARIA A A.I.A.D.R.E.S.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Otorgar a la Asociación de Integración en Actividades Deportivas Recreativas y Sociales (A.I.A.D.RE.S.), la condonación de la deuda en concepto de Tasa General Inmobiliaria correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 1038-03, Partida Provincial N° 168.592, Partida Municipal N° 76.175, inscripta a nombre de Zorraquín Marta Catalina y como poseedores a la Asociación de Integración en Actividades Deportivas, Recreativas y Sociales, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2° Dese conocimiento de la presente a la Dirección General de Rentas de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas de la Municipalidad de Concordia a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 3° Remitir copia de la presente a la Asociación de Integración en Actividades Deportivas, Recreativas y Sociales (A.I.A.D.R.E.S.) para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES EVA PERÓN, 8 de septiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO 
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaría
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 14 de septiembre de 2021
 
ORDENANZA N° 37.776
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
a/c Presidencia Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Jefatura de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.
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Concordia, 8 de Septiembre de 2.022
 
Expte N° 26.871-P
 
ORDENANZA S/HABILITACIÓN POR EXCEPCIÓN REMIS MODELO 2011.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Otórguese, como medida de Excepción Improrrogable a la Ordenanza N° 34.958, Artículo 9° Inciso b), la habilitación del vehículo marca Chevrolet, modelo Classic 4P LT, patente KHX 076, año 2.011.titular Juan Carlos Contertessi DNI N°20.648.697, para que pueda desempeñar la actividad de radio móvil, por el término de un año desde la promulgación de la presente norma.
 
ARTICULO 2°.- Infórmese al señor Juan Carlos Contertessi que la aplicación de la presente Ordenanza estará sujeta al cumplimiento y aprobación de la verificación técnica vehicular para transporte de pasajeros a la cual deberá someter el vehículo.
 
ARTICULO 3°.- Dese conocimiento a la Central de Tránsito y Transporte, tome debido ésta, notifíquese.
 
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 8 de Setiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c -Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 16 de septiembre de 2022
 
ORDENANZA N° 37.777
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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Concordia, 8 de Septiembre de 2.022.
 
Expte N° 26.717 -SC
 
ORDENANZA NOTA DE VARIAS NSTITUCIONES  EDUCATIVAS SOL. SE MODIFIQUE EL SENTIDO
ÚNICO  DE  CIRCULACIÓN  DE  CALLE LIBERTAD E/25 DE MAYO Y ALTE. BROWN.-
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Establécese el doble sentido de circulación vehicular a calle Libertad, desde calle 25 de Mayo hasta Almirante Brown.
 
ARTICULO 2°.- Previo a la aplicación de la presente Ordenanza, se deberá colocar las señales para la seguridad y orientación de los conductores y peatones.
 
ARTICULO 3°.- El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá dar amplia difusión a la presente Ordenanza.
 
ARTÍCULO 4º.- Derógase toda otra norma que se oponga a la presente.
 
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 16 de septiembre de 2022
 
ORDENANZA N° 37.778
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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Concordia, 8 de Septiembre de 2022.
 
Expte. N° 26.889-DE
 
ORDENANZA SOBRE ACEPTACION DONACIÓN DE INMUEBLE AL
MUNICIPIO POR PARTE DEL IAPV.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR, al Departamento Ejecutivo a aceptar la Donación con Cargo, conforme la Ley 10.027 en su Art. 95° Inc. r).
 
ARTICULO 2°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto N° 598/2020, de fecha 22 de Mayo de 2020 del Departamento Ejecutivo Municipal.
 
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 8 de Setiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO 
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c –Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 20 de septiembre de 2022
 
ORDENANZA N° 37.785
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1.126/2022
Concordia, 17 de septiembre de 2022
 
VISTO el fallecimiento del Contador ELVIO RAMÓN BORDET, ocurrida en la Ciudad de Paraná y,
 
CONSIDERANDO:
Que Elvio Bordet nació en Pronunciamiento (Depto. Uruguay) en 1938.
Que durante la década del 70 fue dirigente gremial de la Asociación Argentina de Trabajadores de las Comunicaciones.
Que en la recuperación de la democracia, se desempeñó como Secretario de Gobierno y Hacienda durante la gestión del Dr. Jorge Busti en la Municipalidad de Concordia (1983-1987).
Que Elvio Bordet fue electo Presidente Municipal de nuestra Ciudad, ejerciendo ese cargo en el período 1987-1991.
Que también fue presidente del Instituto Autárquico Provincial del Seguro (Iapser) y de la Caja de Jubilaciones de la Provincia.
Que esta gestión municipal expresa su más profundo dolor y respeto a la familia del extinto Cr. Elvio Bordet.
Que dada su destacada labor política, su reconocida bonhomía y su importante aporte al desarrollo de la Ciudad de Concordia, este Departamento Ejecutivo Municipal, considera menester tributarle los honores correspondientes.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal- modificada por la ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial. 
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Declárese Duelo en toda la jurisdicción de la Municipalidad de Concordia, por el término de tres (3) días a partir de la fecha del presente Decreto, en virtud del fallecimiento del Ex Intendente de nuestra Ciudad, Cr. ELVIO RAMÓN BORDET.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese la permanencia a media asta de las banderas oficiales en todos los edificios municipales durante el período de duelo establecido en el artículo anterior.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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DECRETO N° 1.127/2.022
Concordia, 19 de septiembre de 2022
 
VISTO que la Señora Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq, MIREYA LILIANA LOPEZ BERNIS, Documento Nacional de Identidad N° 12.426.693, se encontrará de viaje por razones inherentes a esta Gestión de Gobierno, a partir del día 19/09/2022; y,
 
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente poner a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano, al Señor Subsecretario de Obras Públicas, Ing. CARLOS HORACIO PASQUET, Documento Nacional de Identidad N° 14.307.809, sin perjuicio de sus funciones específicas, a partir del día 19/09/2022, y hasta tanto dure la ausencia de su titular.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inciso u) de la ley 10027 y su Modificatoria, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Encárgase la atención de la Secretaría de Desarrollo Urbano, al Señor Subsecretario de Obras Públicas, Ing. CARLOS HORACIO PASQUET, Documento Nacional de Identidad N° 14.307.809, a partir del día 19/09/2022, y mientras dure la ausencia de su titular, sin perjuicio de sus funciones.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese dése a la Jefatura de Gabinete y Gobierno, cumplido, archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1.128/2.022.
Concordia, 19 de septiembre de 2022
 
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.022, es insuficiente para atender distintas erogaciones y, .
 
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Refuércense los créditos presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.022 en los importes que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
 
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.022 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Economía y Hacienda al Honorable Concejo. Deliberante.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas
 
ANEXO I
0.1.90.01.01.02.21.01 Jef. Gab. Gob 200,000
0.3.10.01.01.02.21.05 Salud 400,0'00
0.7.30.01.01.02.21.05 Turismo 1,000,000
0.1.90.01.01.02.20.10 Obras Pcos 500,000
0.1.90.01.01.02.20.05 Des. Ambiental 500,000
0.1.90.01.01.02.21.05 Des. Ambiental 1,000,000
0.5.90.01.01.02.20.05 Jef. Gab. Gob 300,000
0.1. 90.01.01.02.20.11 C. Delib. 300,000
TOTAL   4,200,000
 
ANEXO II
0.1.20.01.01.02.21.05 Comunicación  1,000,000
0.4.40.01.01.02.21.16 Deportes  1,000,000
0.2.30.01.01.02.21.05 Serv. Pcos 2,200,000
TOTAL   4,200,000
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.
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DECRETO N° 1.129/2.022
Concordia, 19 de septiembre de 2022
 
VISTO, el ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA DE OBRA: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EN DISTINTOS SECTORES DEL BO JUAN XXIII", Licitación Pública N° 15/2021, suscripta entre la empresa JOSÉ ANTONIO AVA y la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA de la Provincia de ENTRE Ríos, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, en la Ciudad de Concordia, Departamento Concordia, Provincia de Entre Ríos a los Dieciséis (16) días del mes de Mayo del año 2022, con la presencia del Técnico Nicolás Orlando MANCINELLI, en su carácter de Inspector de Obra dependiente de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones, de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Concordia y el M.M.O. José Antonio AVA, en su carácter de Representante Técnico de la empresa JOSÉ ANTONIO AVA, se procede a firmar la recepción definitiva correspondiente a la obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EN DISTINTOS SECTORES DEL B° JUAN XXIII", Licitación Pública N° 15/2021, cuyos antecedentes obran en los Expedientes Internos N° 391 Letra "S"/2019 y N° 522 Letra "S"/2019.
Que los trabajos encomendados se llevaron a cabo por la firma respectiva, de conformidad.
Que este Departamento Ejecutivo estima atinente ratificar la mencionada ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA DE OBRA: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EN DISTINTOS SECTORES DEL B° JUAN XXIII", Licitación Pública N° 15/2021, suscripta entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA y la empresa JOSÉ ANTONIO AVA; que forma parte integrante de este Decreto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inciso u), de la Ley 10027 - y su Modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA DE OBRA: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE ALUMBRADO PUBLICO EN DISTINTOS SECTORES DEL BO JUAN XXIII", Licitación Pública N° 15/2021, entre la empresa JOSÉ ANTONIO AVA y la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA de la Provincia de ENTRE RIOS, representada en este acto por el Sr Presidente Municipal, Don Alfredo Daniel FRANCOLINI, D.N.I. N° 16.360.154, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 76 de esta ciudad, asistido por el Sr. Jefe de Gabinete y Gobierno, Don Alberto Armanazqui, D.N.!. N° 14.998.523 y la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. Mireya Liliana LÓPEZ BERNIS, D.N.I. N° 12.426.693, y por la otra parte, la empresa JOSÉ ANTONIO AVA, representado en este acto por el Señor Representante Técnico de la empresa M.M.O. José Antonio AVA, que forma parte integrante del presente Decreto; conforme lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese que la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones de la Secretaría Desarrollo Urbano y la Dirección de Presupuesto Participativo de la Jefatura de Gabinete y Gobierno, tomen debida nota; luego, gírese a conocimiento de la Dirección de Compras  y suministros, a sus efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Jefatura de Gabinete y Gobierno y oportunamente, archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Ing. CARLOS HORACIO PASQUET
Subsecretario de Obras Públicas
a/c Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1.131/2.022
Concordia, 20 de septiembre de 2022
 
VISTO que se ha reintegrado a sus funciones la Señora Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LILIANA LOPEZ BERNIS, Documento Nacional de Identidad N° 12.426.693, a partir del día de la fecha y,
 
CONSIDERANDO:
Que durante su ausencia se encontraba a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano, al Señor Subsecretario de Obras Públicas, Ing. CARLOS HORACIO PASQUET, Documento Nacional de Identidad N° 14.307.809, sin perjuicio de sus funciones.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inciso u) de la ley 10027 y su Modificatoria, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Pónese en posesión de su cargo a la Señora Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LILIANA LOPEZ BERNIS, Documento Nacional de Identidad N° 12.426.693, a partir del día 20/09/2022.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, y oportunamente archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
Ing. CARLOS HORACIO PASQUET
Subsecretario de Obras Públicas
a/c Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1.132/2.022
Concordia, 20 de septiembre de 2002
 
VISTO el contenido del Expediente Interno N° 812 Letra "S"/2022 y,
 
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, la Subsecretaría de Ingeniería, de la Secretaría de Desarrollo Urbano, eleva documentación para el llamado a Licitación Privada N° 44/2022 para la obra "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE SENDAS EN Avda MONSEÑOR ROSCH".
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende, de acuerdo a la documentación adjunta, a la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 21/100 ($ 4.693.314,21), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Privada.
Que la Dirección de Planificación Y Presupuesto efectúa la imputación preventiva en la Partida Presupuestaria:
N° 0.7.40.02.05.08.61.03 O.P. $ 4.693.314,21.
Que la Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que la apertura de la presente debe preverse en la, Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible Y realizar las invitaciones a las empresas correspondientes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10027 y su modificatoria- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese la documentación para el llamado a Licitación Privada N° 44/2022 para la obra "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE SENDAS EN Avda MONSEÑOR ROSCH", cuyos antecedentes obran en el Expediente Interno N° 812 Letra "S"/2022.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, conforme a lo establecido en el considerando precedente.
 
ARTICULO 3° - Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe las invitaciones a las firmas correspondientes para la presente Licitación.
 
ARTICULO 4°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA y TRES MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 21/100 ($ 4.693.314,21).
 
ARTICULO 5°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
N° 0.7.40.02.05.08.61.03 O.P. $ 4.693.314,21.
 
ARTICULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
 
ARTICULO 7°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, tome nota la Contaduría Municipal; cumplimentado, remítase a conocimiento de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
 
ARTICULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Jefatura de Gabinete y Gobierno y oportunamente, archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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Concordia, 26 de Agosto de 2022
 
Nº 9.443
 
VISTO:
Que atento a la nota recibida por parte de la señora Diana Conti, Organizadora del Tour Nacional del SUP; y,
 
CONSIDERANDO:
Que el Stand Up Paddle (SUP), es un deporte que se va imponiendo cada vez más en nuestra ciudad y zonas de aguas planas, consiste en remar parados sobre una tabla impulsados con un remo.
Que en nuestra ciudad es elegida por tercera vez para desarrollar esta competencia, que en el año 2021, fue declarada de interés Turístico y Cultural Municipal.
Que por tal motivo, para el año 2022, se espera una concurrencia de más de doscientos cincuenta competidores de distintos puntos del país. Estarán compitiendo en nuestra ciudad los mejores riders, entre ellos  los recientemente premiados con medalla de bronce en los Panamericanos realizados en Panamá, durante el mes de Agosto. También, confirmaron su presencia corredores de nuestro país vecino,  Uruguay, de las localidades de Salto, Montevideo y Punta del Este.
Que para este evento, la organización cuenta con el apoyo de la  Municipalidad de Concordia, Secretaría de Educación y Deporte Municipal, Secretaría de Turismo, CODESAL, Yatch Club Concordia, Club Salto Grande, además de empresas locales.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
      
ARTÍCULO 1º.-  Declárese de Interés Turístico y Cultural Municipal a la 5ta. Fecha del Tour Nacional de SUP.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 25 de Agosto de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Sra. ROXANA B. RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de agosto de 2022
 
RESOLUCION N° 37.741
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 1 de Septiembre de 2022.
Nº 9.456
 
VISTO:
El “Arroz con Pollo Solidario” organizado por el Rotary Club Salto Grande Concordia; y,
 
CONSIDERANDO:
Que el Rotary Club Salto Grande Concordia desarrolla diversos programas solidarios dentro de la comunidad de Concordia;
Que la salud, la educación, lo social, la promoción y difusión de los valores siempre están presentes en la agenda del Club;
Que el Arroz con Pollo Solidario organizado por el Rotary Club Concordia no sólo es una herramienta de ayuda, sino que también es sinónimo de valores como la entrega, la empatía, la solidaridad;
Que el proyecto del “Arroz con Pollo Solidario” tuvo, sus inicios en nuestra ciudad en el 2012, durante dicho año se  organizó la Feria Internacional “Entre Ríos Alimenta”, la misma estuvo a cargo de la Facultad de Ciencias de la Alimentación (UNER) y el Rotary Club Salto Grande Concordia; 
El evento contó con el aporte de empresarios de dos de los sectores agroindustriales más importantes de la Provincia;
Que la participación del Club en el evento consistió en cocinar un gran arroz con pollo, utilizando productos de nuestra provincia como una forma de dar a conocer la variedad y calidad de las ofertas entrerrianas;
Que este proyecto fue impulsado por uno anterior “No Juegues con tus Ojos” iniciado en 2011, que luego se denominara “Ver bien para aprender mejor” cuyo objetivo era proporcionar anteojos recetados a todos los niños que cursan el 1º grado de los establecimientos escolares educativos públicos, privados e integrales del Departamento Concordia;
Que con posterioridad, sin dejar de lado el proyecto anterior, se agregó una nueva problemática “La Desnutrición Infantil”. Fue Así que incluyó a toda la comunidad de Colonia Ayuí como beneficiaria del proyecto, principalmente las mujeres embarazadas, madres y niños entre cero y cinco años y sus familias, direccionado a detectar y asistir a quienes se encuentren en estado de riesgo nutricional y/o riesgo social;
Que el próximo domingo 11 de Septiembre, a las 12 hs. en el Puerto de nuestra ciudad, el Rotary Club Salto Grande Concordia realiza nuevamente el Arroz con Pollo Solidario, a beneficio de los Centros CONIN;
Que la intención del Rotary es seguir realizando eventos similares, algo que beneficia a la comunidad.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
      
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Municipal “Arroz con Pollo Solidario”, a beneficio de los Centros CONIN, organizado por Rotary Club Salto Grande Concordia, que se realizará el próximo domingo 11 de Setiembre, a las 12 hs. en el Puerto de nuestra ciudad.
 
ARTÍCULO 2°.- Entregar copia de la presente Resolución a los organizadores.
 
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1 de Septiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 8 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.753
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 1° Septiembre de 2.022.
 
N° 9.449
 
VISTO:
La nota presentada por la Asamblea Ciudadana Concordia, con el propósito de solicitar autorización para colocar un arbolito de especie autóctona en la placita ubicada en la intersección de Pasaje de los Niños y Gdor. Cresto, y;      
 
CONSIDERANDO:
Que la solicitud está basada en la trascendencia que ha adquirido esta propuesta, fundamentada en otorgar un homenaje a los asambleístas fallecidos;
Que para el cual, cuenta esta Asociación con la participación de la Unión de Asambleas (UAC) del Litoral;
Que ya se ha recibido el árbol de especie autóctona, teniendo en cuenta la importancia de la vegetación nativa en esta iniciativa;
Que asimismo, se contará con la participación de familiares de los homenajeados asambleístas fallecidos de este movimiento;
Que se tiene previsto este acto en fecha próxima, en honor a su compañero Oscar A. Villanova, cuyo deceso ocurriera el 14 de Febrero de 2.021;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal el acto a realizarse el próximo domingo 4 de Septiembre por la Asamblea Ciudadana Concordia en la placita situada en Pasaje de los Niños y Gobernador Cresto, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°-. Autorizar la colocación del Árbol en la localización arriba mencionada.
 
ARTÍCULO 3°.- Entregar a sus organizadores la Declaración de Interés citada en el Artículo precedente y copia de la Resolución.
 
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1° de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. Ana Lía Ríos
a/c –Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.766
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 8 Septiembre de 2.022.
 
N° 9.464
 
VISTO:
La nota de la Sra. Silvia Leticia Cettour, Directora del Museo de Antropología y Ciencias Naturales, solicitando se declare de Interés Cultural y Municipal el 1ª Encuentro Binacional de Museos Argentina–Uruguay, y;      
 
CONSIDERANDO:
Que el “Encuentro Binacional de Museos Argentina-Uruguay; posee la característica de ser el primer encuentro que se realizará en nuestra ciudad de Concordia, bajo la temática de “El poder de los museos: Estrategias pedagógicas a partir del Patrimonio Cultural”, organizado el mismo por la Subsecretaría de Cultura de Concordia, Dirección de Cultura, Coordinación de Museos y el Museo de Antropología y Ciencias Naturales de Concordia, todos dependientes de la Municipalidad de Concordia;
Que este encuentro Binacional de Museos se caracteriza por un espacio de diálogo e intercambios de experiencias con colegas de ambas márgenes del Río Uruguay y tiene entre sus objetivos:   
1.-La generación de un ámbito de participación, discusión, reflexión e intercambio de experiencias en situaciones compartidas entre los diferentes actores del ámbito museístico de Argentina y Uruguay.
2.-Potenciar las pedagogías y didácticas creativas de los museos.
3.-Visibilizar el trabajo que los departamentos o divisiones educativas que los museos ofrecen hoy, como poderosas herramientas de transformación social.
4.-Fortalecer la simbiosis museo–escuela mediante el reconocimiento y la incorporación de los museos como instrumentos pedagógicos en el desarrollo de la práctica curricular.
Que dicho evento, a realizarse en la ciudad de Concordia, los días 17 y 18 de Noviembre del corriente año, cuenta con el aval de CECA (Comité de Educación y Acción Cultural) dependiente de ICOM (Concejo Internacional de Museos)-(UNESCO). También avalan la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, CENTUR Litoral Norte de la Universidad de la República del Uruguay; la Facultad de Ciencias de la UADER; el Gobierno de Entre  Ríos  a  través  de  la  Subsecretaría de Cultura y Museo Provincial de Ciencias Naturales y Antropológicas “Prof. Antonio Serrano” de Paraná, Entre Ríos;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCON
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Cultural al “Primer Encuentro Binacional de Museos Argentina–Uruguay”, a realizarse los días 17 y 18 de Noviembre del 2.022 en la ciudad de Concordia.
 
ARTÍCULO 2°.- Comunicar de la presente Resolución a los interesados.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 8 de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. Ana Lía Ríos
a/c –Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.767
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 8 Septiembre de 2.022.
 
N° 9.465
 
VISTO:
La realización de la Segunda Edición de Concordia + Digital, organizado por la Mesa de Innovación y Trasformación Digital del Foro Empresarial de Concordia que lleva a cabo sus actividades en el marco de la Asociación para el Desarrollo de Concordia (ASODECO) y;
 
CONSIDERANDO:
Que se realizará el miércoles 14 de Septiembre de 2.022, en el Centro de Convenciones Concordia (CCC) de 09:00 a 18:00 hs.
Que el objetivo general es fortalecer el vínculo entre los actores del ecosistema de la TRANSFORMACIÓN DIGITAL en Concordia y la región, para generar y desarrollar oportunidades que aceleren la imprescindible evolución hacia lo digital;
Que los objetivos específicos son:
*Promover el interés para alcanzar un desarrollo equilibrado de todos los actores de Concordia y la región, para que lo digital sea posible y eficiente;
*Detectar, identificar y conectar a los principales referentes de los diversos grupos de actores involucrados, formalizando los lazos iniciales, fortaleciendo los ya existentes y acercando la oferta digital a quienes la están demandando y viceversa;
*Consolidar los primeros pasos dados para convertir este evento en un acontecimiento anual que ponga a la ciudad de Concordia en el lugar de referencia para la transformación digital.
*Promover una búsqueda laboral eficaz, impulsando la formación en áreas que generarán un fuerte impacto en el futuro del desarrollo económico y productivo, dándole un espacio prioritario a la economía del conocimiento y la industria de la tecnología, el software y la innovación.
*Conocer la situación actual de la infraestructura de conectividad, probable evolución y las necesidades mínimas imprescindibles para que dicha evolución hacia lo digital sea posible.
Que dicha jornada está destinada a:
*Estudiantes, jóvenes, recién graduados y startups interesados en dedicarse a todo aquello relacionado con la transformación digital y la llamada Revolución 4.0.
*Empresas de Concordia y la Región que ofrecen servicios, equipamiento, software, etc., que ayude a las organizaciones a ser cada día + Digitales.
*Empresariado tradicional y empresas pymes de Concordia que saben que deben subirse al tren de la transformación digital permanente, pero no encuentran cómo ni cuándo.
*Personas, Instituciones intermedias, empresas y organismos públicos que estén interesados en conocer más sobre transformación digital.
Que el Programa de Concordia + Digital estará dividido en diferentes bloques que, en distintos horarios, desarrollarán temáticas orientadas al aprendizaje de las distintas aristas que tiene la evolución hacia lo digital con acceso libre y gratuito;
Que en los distintos bloques del programa participarán como disertantes, entre otros, prestigiosos miembros, la Universidad Tecnológica Nacional (UTN), del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), de la Municipalidad de Concordia, de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), del empresariado local y regional y especialistas en la temática de nivel nacional e internacional;
Que el último bloque del Evento, abarcará una temática de gran interés general como es el metaverso, entendido como la realidad digital a la que accedemos a través de dispositivos especiales como gafas de realidad virtual o aumentada a través de las cuales podremos interactuar con otros usuarios y cerrará con un conversatorio en el que abordarán la temática de E-commerce y la importancia de la madurez digital del capital humano de la organización;
Que este último Bloque del Evento estará a cargo de Débora Slotnisky, Licenciada en Ciencias de la Comunicación y periodista especializada en Tecnología que, con más de 15 años de experiencia, escribe para medios nacionales como La Nación y El Cronista y para otros medios extranjeros como el Observador de la República Oriental del Uruguay y la revista Information Technology; es además conductora del programa En Red, Radio Cultura FM 979 y autora del libro "Transformación digital: cómo las personas y las empresas deben adaptarse a esta revolución";
Que Concordia + Digital culminará con un conversatorio, moderado por Débora Slotnisky y con la participación de dos disertantes:
*El Consultor Federico Fernández, Conferencista, Capacitador y Coach Bilingüe, con formación en Ciencias Políticas, Comunicación Institucional y Publicitaria, PNL y Coaching Ontológico, con 13 años de experiencia multicultural en corporaciones, desarrollando y liderando equipos a nivel local y global, su mayor experiencia ha sido tanto en consultoría en Recursos Humanos como en Consultoría Financiera. Profesor y director en la escuela de negocios de la Universidad Católica Argentina. Co-fundador y director de “The Exponential Academy”, institución dedicada al desarrollo personal con presencia en Argentina, Colombia, EEUU y España.
*Y Gustavo Sambucetti, Licenciado en Administración de Empresas de la UCA, con estudios de Posgrado en Marketing en la Universidad de San Andrés y de Dirección General en el IAE, con 10 años de experiencia en Comercio Electrónico (Presidente CACE/Subdirector de e-commerce de Walmart Argentina/Country manager Agrupate.com)
Que este tipo de eventos prestigian y jerarquizan a nuestra ciudad;
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal la segunda edición de Concordia + Digital, organizado por la Mesa de Innovación y Trasformación Digital del Foro Empresarial de Concordia que eleva a cabo sus actividades en el marco de la Asociación para el Desarrollo de Concordia (ASODECO).
 
ARTÍCULO 2°.- Entregar copia de la presente Resolución a los organizadores.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 8 de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.768
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 9 de Septiembre de 2022.
 
N° 9.466
 
VISTO:
La solicitud  recibida por parte de los representantes del Colegio de Profesionales de Turismo de Entre Ríos (COPROTUER; y,
 
CONSIDERANDO:    
Que el 20 y 21 de Septiembre se llevará a cabo el “37° Congreso Federal de Guías de Turismo” que tendrá como sede nuestra ciudad de Concordia, en el Centro de Convenciones;
Que la postulación como sede, fue solicitada y aprobada por los participantes del último Congreso realizado en la Ciudad de Resistencia Chaco, en el año 2019. En dicha postulación presentada por guías locales, quienes en su momento contaron con los avales de organizaciones vinculadas a la actividad turística y en aquella oportunidad fueron los profesionales integrantes de la Asociación de Profesionales en Turismo de Entre Ríos (PROATUR), quienes propusieron a Concordia, en conjunto con la Secretaría de Turismo local, imponiéndose por sobre la Ciudad de Ushuaia;
Que el rol de Guías de Turismo es muy importante, por su tarea de informar, describir y/o contribuir a la interpretación del patrimonio natural y cultural del destino turístico, interactuando con los turistas;
Que además del espíritu formativo que propone el Congreso, es una instancia para potenciar el turismo de reuniones que beneficia, tanto a los participantes de los eventos como para los destinos que los alojan. Genera intercambio de conocimiento, fomenta la economía (Hotelería, gastronomía, excursiones, entre otros);
Que en este evento forman parte diferentes instituciones que forman parte del sector turístico de la ciudad y esperan contar con más de 100 participantes de diferentes lugares del país;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Cultural el 37° Congreso Federal de Guías de Turismo a realizarse los días 20 y 21 de Septiembre del presente en el Centro de Convenciones de Concordia.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES EVA PERÓN, 8 de septiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.769
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 8 de Setiembre de 2022.
 
Nº 9.461
 
VISTO:
Que el fin de semana próximo pasado culminó el “Torneo Enfermeros Concordienses” de fútbol femenino, con una gran final disputada por los equipos de Defensores del Bº de la Constitución y el Club Atlético Victoria, y
 
CONSIDERANDO:
Qué, el fútbol femenino viene creciendo y ganando un justo espacio dentro de la preferencia del público asistente a las canchas locales;
Que, la Liga Concordiense de Fútbol tiene un competitivo certamen de 16 equipos, que desarrollaron un fixture de 7 fechas, para llegar a la instancia final;
Que, el equipo campeón tuvo en Maia Micheloud a la arquera menos vencida y a la goleadora del campeonato, Laura Ponce, quien con su gol en la final llegó a los 19 tantos convertidos. Ambas se llevaron el reconocimiento de la organización y sus pares;
Que, la jerarquía del equipo subcampeón, Club A. Victoria, el cual cuenta con más de 100 años de vida, siendo una sede tanto deportiva como social, supo entender, incluir y preparar a las futbolistas a tan destacado campeonato, y que con trabajo y destreza han llegado hasta instancias finales;
Que, lo realizado por las finalistas como por todos los demás equipos, ha inspirado a niñas de todos los barrios a sumarse a las categorías formativas, a sumarse al FUTSAL femenino, y disfrutar de esta manera de este noble deporte, sin distinción de género y edad.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar, DEPORTISTAS DESTACADAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA, al plantel de futbol femenino  del CLUB SOCIAL CULTURAL Y DEPORTIVO DEFENSORES DE BARRIO LA CONSTITUCION, en virtud del campeonato “Torneo Enfermeros Concordienses” conseguido el último fin de semana a vista de los valores y ejemplo de sacrificio,  que brindan a toda la comunidad con su desempeño deportivo.
 
ARTICULO 2º.- Remitir copia de la presente a los interesados.
 
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES EVA PERÓN, 8 de septiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
 
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 13 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.771
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
MARCELO LEANDRO CRESTO
Secretario de Deportes.
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Concordia, 8 de Setiembre de 2022.
 
Nº 9.462
 
VISTO:
Que el fin de semana próximo pasado culminó el “Torneo Enfermeros Concordienses” de fútbol femenino, con una gran final disputada por los equipos de Defensores del Bº de la Constitución y el Club atlético Victoria, y
 
CONSIDERANDO:
Que, el fútbol femenino viene creciendo y ganando un justo espacio dentro de la preferencia del público asistente a las canchas locales;
Que, la Liga Concordiense de Fútbol tiene un competitivo certamen de 16 equipos, que desarrollaron un fixture de 7 fechas, para llegar a la instancia final;
Que, el equipo campeón tuvo en Maia Micheloud a la arquera menos vencida y a la goleadora del campeonato, Laura Ponce, quien con su gol en la final llegó a los 19 tantos convertidos. Ambas se llevaron el reconocimiento de la organización y sus pares;
Que, la jerarquía del equipo subcampeón, Club A. Victoria, el cual cuenta con más de 100 años de vida, siendo una sede tanto deportiva como social, supo entender, incluir y preparar a las futbolistas a tan destacado campeonato, y que con trabajo y destreza han llegado hasta instancias finales;
Que, lo realizado por las finalistas como por todos los demás equipos, ha inspirado a niñas de todos los barrios a sumarse a las categorías formativas, a sumarse al FUTSAL femenino, y disfrutar de esta manera de este noble deporte, sin distinción de género y edad;  
 
Por ello:
 
 
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar, DEPORTISTAS DESTACADAS DE LA CIUDAD al plantel de futbol femenino  del CLUB ATLETICO VICTORIA, en virtud de la final disputada el último fin de semana próximo pasado y de los valores y ejemplo de sacrificio,  que brindan a toda la comunidad con su desempeño deportivo.
 
ARTICULO 2º.- Remitir copia de la presente a los interesados.
 
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES EVA PERÓN, 8 de septiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 13 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.773
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
MARCELO LEANDRO CRESTO
Secretario de Deportes.
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Concordia, 8 Septiembre de 2.022.
 
N° 9.467
 
VISTO:
La solicitud de nominar “Juan Segundo Araujo a Sala del Teatro Auditórium y;
 
CONSIDERANDO:
Que según manifiestan los solicitantes, entre ellos familiares, amigos, artistas independientes, asociaciones culturales, ballet de danzas, grupos de música y teatro y, trabajadores de la cultura local, el señor Juan Segundo Araujo dedicó gran parte de su vida en el teatro Auditórium;
Que Juan Segundo Araujo trabajó más de 40 años en el lugar, comprometido con su labor, siendo un gran compañero de todos los artistas que pasaron por allí;
Que su compromiso iba más allá de su labor, asimismo participaba activamente de los encuentros y festivales, tanto locales como provinciales, como actor, iluminador y sonidista, destacándose por su profesionalismo con responsabilidad en cada evento brindando sus conocimientos y predisposición en cada presentación;
Que a su vez, se están llevando a cabo refacciones en el Teatro Auditórium para su puesta en valor, por lo que es propicio considerar la colocación de una placa recordatoria en el hall de ingreso al teatro, con el nombre JUAN SEGUNDO ARAUJO, en honor a quien tantos años dedicó su trabajo y enorme cariño hacia el teatro;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Colocar una placa recordatoria con el nombre “JUAN SEGUNDO ARAUJO” en el interior de la sala del Teatro Auditórium de la ciudad.
 
ARTÍCULO 2°.- Previo a la realización de la placa recordatoria consultar a la Subsecretaría de Ceremonial para la correcta disposición protocolar de logos y firmas, según lo indicado por Memorándum N° 84/22 de fecha 28/06/22 de esa dependencia.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 8 de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 13 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.774
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 16 de Septiembre de 2022.
 
N° 9.477
 
VISTO:
Que el Departamento Ejecutivo remite Decreto Nº 1031/22 sobre modificación y ampliación Presupuesto Gral. de Gastos 2022; y, 
 
CONSIDERANDO:    
Que mediante Ordenanza Nº 37.540 se promulgó el Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico 2022;
Que por tales cuestiones se hace imprescindible ampliar el Presupuesto 2022;
Que la presente medida se dicta en conformidad a lo previsto en el Artículo 8º de la Ordenanza Presupuesto 2022  Nº 37.540 que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar el mismo por nuevos y mayores ingresos con afectación específica, debiendo ser aprobado previamente por este H. Cuerpo Deliberativo;
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º de la Ley 10.027;
Por ello, en uso de las facultades previstas por la Ley Nº 10.027 y la Constitución de la Provincia de Entre Ríos;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Decreto Nº 1031 de fecha 23/08/2022, conforme Artículo 8º de la Ordenanza Nº 37.540.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 15 de Septiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría

DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.779
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.
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Concordia, 15 de Septiembre de 2022
 
N° 9.470
 
VISTO:
La nota presentada por el Presidente de la Corporación de Desarrollo de Salto Grande (CO.DE.SAL), el Dr. José Luis Rodríguez; y,
 
CONSIDERANDO:
Que, las autoridades de CO.DE.SAL organizan en conjunto con la Cámara de Diputados de la provincia de Entre Ríos el “XXXIII TORNEO NACIONAL DE HOCKEY SOCIAL CONCORDIA 2022 Y II TORNEO INTERNACIONAL DE HOCKEY SOCIAL”
Que, dicho suceso se llevará a cabo los días 22, 23, 24 y 25 de septiembre del corriente año, en las instalaciones del Polideportivo y del Club Salto Grande de nuestra ciudad.
Que, estos eventos hacen que represente un acontecimiento de suma importancia no solo a nivel deportivo sino también cultural y turístico, constituyéndose en un elemento de convocatoria para la prensa, tanto local como nacional e internacional, permitiendo la difusión y promoción de nuestra ciudad y también la concurrencia de ciudadanos de otras localidades, provincias y países.
Que, además, con dicha participación, nuestra ciudad tendrá también un espectáculo deportivo de nivel internacional como muchas ciudades turísticas.
Que, es dable destacar la importancia de la práctica de este tipo de deportes en niños, niñas y adolescentes y tal como reza la nota presentada por el Presidente de CO.DE.SAL, “el hockey fomenta la disciplina, el trabajo en equipo y el sentido de cooperación. También el desarrollo de habilidades de liderazgo y disciplina”.
Que, este evento convoca a más de 300 deportistas de diferentes países: Paraguay, Uruguay, Bolivia y Brasil distribuidos de la siguiente manera:
  • Delegación: :100 Participantes
  • Delegación: Interior: 50 Participantes
  • Delegación Capital: 25 Participantes
  • Delegación : 50 Participantes
  • Delegación : 50 Participantes
  • Delegación : 25 Participantes.             
Que, por todo lo expuesto y teniendo en cuenta que la presente reúne los requisitos de la Ordenanza N° 34633/11 que reglamenta las declaraciones de interés municipal, es que solicitamos el acompañamiento de la presente y otorgarle al mencionado evento la importancia que amerita, en virtud de su connotación nacional e internacional.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA  LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Educativo, Deportivo, Turístico y Cultural el “XXXIII TORNEO NACIONAL DE HOCKEY SOCIAL CONCORDIA 2022 Y II TORNEO INTERNACIONAL DE HOCKEY SOCIAL””, que se realizará los días 22, 23, 24 y 25 de septiembre del corriente año, en las instalaciones del Polideportivo y del Club Salto Grande de nuestra ciudad.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES EVA PERÓN, 15 de Septiembre de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.780
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 16 de Septiembre de 2022
 
N° 9.471
 
VISTO:
Que el día 27 de Septiembre se realizará una jornada en la peatonal frente a la Municipalidad de Concordia, donde se llevará a cabo la “COLECTA EXTERNA DE SANGRE”; y,
 
CONSIDERANDO:
Que, este evento se realizará desde la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Concordia, en conjunto con el Servicio de Hemoterapia del Hospital Masvernat.
Que es de público conocimiento que, ante la declaración por parte de la Organización Mundial de la Salud que a principios del año 2020, se vio severamente afectado el número de donantes voluntarios de sangre que acudían a nosocomios públicos y/o privados, tanto a nivel nacional como local, disminuyendo entre un 60% a un 70% el Número habitual de donantes voluntarios registrados pre-pandemia.
Que nuestra ciudad no escapa de esta realidad, más si teniendo en cuenta, que se necesita un promedio de 15 dadores de sangre en forma diaria, a lo que se ha sumado la necesidad de donantes de donantes de plasma. Esta preocupante situación se ve agudizada y la capacidad de respuesta afectada, cuando ha habido durante el transcurso de plena pandemia días en los que fueron solamente 2 donantes.
Que sabemos que el Banco de Sangre del Masvernat actúa como centro permanente de distribución de hemocomponentes a los hospitales de la región.
Que dicha colecta tiene como fin cubrir la necesidad de un espacio físico accesible para la atención correcta a los donantes, que son personas sananas y no deben concurrir a un centro de atención médica donde podrían exponerse a situaciones de riesgo, además de instalar todas las operaciones del banco de sangre fuera del Centro Asistencial como es recomendable.
Que la finalidad de esta colecta es acercarnos a la comunidad, facilitando la acción de donar sangre, siendo ésta una necesidad permanente en los servicios de salud, ya que no pueden fabricarse, comprarse ni venderse.
Que el paradigma actual de donación de sangre y plasma fomenta el compromiso SOLIDARIO y ALTRUISTA de las personas para el bien de la comunidad, allí nos debe encontrar, trabajando mancomunadamente para garantizar sangre segura y disponible para todos.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de  Interés Municipal Comunitario, Solidario, la COLECTA EXTERNA DE SANGRE “, a realizarse el día 27 de Septiembre, en la peatonal frente a la Municipalidad de Concordia, desde la Secretaría de Salud Municipal, en conjunto con el Servicio de Hemoterapia del Hospital Masvernat.
 
ARTÍCULO 2°.- Difúndase desde los distintos medios al alcance de la Municipalidad de Concordia, a fin de comunicar a la comunidad la jornada de dicha colecta.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 15 de  Septiembre de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.781
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 16 de Septiembre de 2022
 
N° 9.473
 
VISTO:
Que el TTe. Coronel Juan Pablo Queiruga Jefe Regimiento de Caballería de Tanques 6 Blandengues solicita se declare de Interés Municipal el Torneo Hípico Regional Mesopotámico  Concordia 2022; y,
 
CONSIDERANDO:
Que las competencias hípicas, denominadas “Torneo Hípico Regional Mesopotámico Concordia 2022”, a realizarse los días 25 y 29 de octubre del corriente año en la Ciudad de Concordia contarán con la participación de los binomios participantes de las unidades que conforman la II Br Bl y regionales del país.
Que dicho evento contará además con la participación de competidores de las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Santa Fe, buscando el fomento del espíritu entorno a las actividades hípicas y las lazos entre la comunidad de Concordia y el      Regimento de Caballería de Tanques 6° “Blandengues”.
Que en el marco en dicho evento y para las mencionadas, el regimiento prevé realizar visitas guiadas a las instalaciones del Museo Coronel Leopoldo Arestines.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de  Interés Municipal  al “Torneo Hípico Regional Mesopotámico Concordia 2022”, a realizarse en la Ciudad de Concordia los días 25 y 29 de octubre del correine año.
 
ARTÍCULO 2°.- Comunicar a los interesados, Regimiento de Caballería de Tanques 6 Blandengues.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 15 de Septiembre de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.782
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 15 de Septiembre de 2.022.
 
N° 9.469
 
VISTO:
El proyecto de Intercambio Brasil-Argentina a realizarse por la escuela “Los Naranjos de la Concordia” y “Martinho Lutero School” de la ciudad de Cachoeirinha y;
 
CONSIDERANDO:
Que la propuesta de intercambio, es una oportunidad para que los estudiantes de ambos países adquieran herramientas lingüísticas y discursivas, que fortalecen modos propios de producción, interpretación y reflexión en diferentes contextos. De esta manera, el lenguaje posibilita la interacción como espacio de reconstrucción y transformación de lo social y el desarrollo de la singularidad;
Que las actividades de  se extenderán a lo largo de todo el ciclo lectivo siendo el mes de septiembre de 2022 el momento en que se realice el encuentro presencial para concluir las tareas iniciadas a comienzo de ciclo lectivo y, abriendo nuevos desafíos para la continuidad de este proyecto;
Que las instituciones que forman parte del intercambio intercultural, las prácticas pedagógicas se apoyan en los recursos tecnológicos, pues estos permiten estrechar vínculos, ofreciendo múltiples opciones para trabajar;
Que el proyecto de intercambio cultural Argentina-Brasil que comenzó en 2013, esta propuesta busca permanentemente re-configurarse considerando la realidad actual como la proximidad –hermandad- entre ambos países, pensando en un proyecto en el que se pudieran trabajar los contenidos curriculares de manera interdisciplinar e interinstitucional. Esta propuesta es anual e involucrará a muchos miembros de ambas instituciones, tanto pertenecientes a ambos colectivos docentes como estudiantado y familias;
Que el encuentro tiene como objetivos:
  • Producir textos orales y escritos coherentes, adecuados a las situaciones comunicativas utilizando diferentes herramientas tecnológicas.
  • Desarrollar hábitos de escritura y lectura y, a la vez, reflexionar sobre estos procesos.
  • Valorar la posibilidad de aprender con y de otros, afianzando la identidad nacional.
  • Apropiarse de metodologías de trabajo colaborativas (interdisciplinarias e interinstitucionales).
Que este proyecto es de gran importancia para los alumnos, las familias,  la comunidad educativa y para la ciudad de Concordia. Ya que a través de la premisa del proyecto: la comunicación, se pueden generar vínculos y nuevos espacios para enriquecer culturalmente  a todos actores partícipes de este proyecto.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Educativo y Cultural el proyecto de  intercambio Brasil-Argentina  “Comunicándonos para construir identidad” que concluirá con un encuentro presencial entre las escuelas “Los Naranjos de la Concordia” de nuestra ciudad y “Martinho Lutero School” de la ciudad de Cachoeirinha, a realizarse en Concordia durante el mes de Septiembre 2.022.-
 
ARTÍCULO 2°.-  Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 15 de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.783
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 16 de Septiembre de 2022
 
N° 9.472
 
VISTO:
La 2da. JORNADA DE PRODUCCIÓN DE PECES EN LA REGION DE SALTO GRANDE, a desarrollarse en la  Estación de Acuicultura Salto  Grande, que se llevaran a cabo el Jueves 03 de noviembre de 2022 en el horario de 9 a 16 horas;  y,
 
CONSIDERANDO:
Que, la piscicultura engloba técnicas y procesos que permiten impulsar y controlar la reproducción de peces, mariscos, camarones entre otras especies acuáticas, este método puede aplicarse en peceras, estanques, ríos y otros espacios que tengan como principal  medio el agua.
Que, es esta Jornada se trata de una actividad gratuita en la cual se realizarán charlas técnicas de especialistas y productores referidas al manejo productivo, márgenes económicos y ambiente, se realizarán una recorrida por estanques de la Estación de Acuicultura Salto Grande.
Que, la Estación de Acuicultura surge en el año 2015 a partir de convenios de Cooperación entre INTA Concordia y la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande, se encuentra localizada en el campo “El Alambrado” (Ruta Nacional 015-Km. 13.5).
Que, además incluirá una degustación y un taller de despinado, ahumado y elaboración de subproductos a cargo de pescadores artesanales de nuestra ciudad.
Que esta Jornada de capacitación e intercambio está destinada a piscicultores, personas que deseen iniciarse en la actividad, técnicos, docentes y estudiantes, agentes municipales, decisores políticos, pescadores y cocineros.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal la “2da. JORNADA DE PRODUCCCION DE PECES EN LA REGION DE SALTO GRANDE “, a realizarse el próximo 03 de noviembre de 2022, en la Estación de Acuicultura Salto Grande sita en  el Campo El Alambrado (Convenio de Cooperación CTM/INTA) Ruta nacional 015-km. 13.5, de carácter gratuito.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 15 de Septiembre de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.784
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.