Boletín Oficial N° 3124 - Concordia 14 de Septiembre de 2022

SUMARIO
 
Las siguientes Ordenanzas y Resoluciones
conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Ordenanzas: 37.740, 37.744, 37.748, 37.751, 37.762, 37.763 y 37.764.- Resoluciones: 37.739, 37.742, 37.743, 37.746, 37.747, 37.749, 37.750, 37.752, 37.754, 37.755, 37.756, 37.757, 37.759, 37.758, 37.760 y 37.761.-
 

Concordia, 18 de Julio de 2022
                       
Expte N° 26.766-SC
 
ORDENANZA  ASOCIACIÓN UNIÓN
ISRAELITA  DE  CONCORDIA SOL. CONDONACIÓN DEUDA EDOS.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Otorgar a la Asociación Unión Israelita de Concordia, la condonación de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Sanitarios correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 2830-08, Partida Provincial N° 854, Partida Municipal N° 24.749, inscripta a nombre de la Unión Israelita de Concordia, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a la Asociación Unión Israelita de Concordia, la exención del pago de la Tasa por Servicios Sanitarios correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 2830-08, Partida Provincial N° 854, Partida Municipal N° 24.749, inscripta a nombre de la Unión Israelita de Concordia, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento de la presente al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente a la Asociación Unión Israelita de Concordia para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON" de 18 de Agosto de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 26 de agosto de 2022
 
ORDENANZA N° 37.740
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno 
C.P.N LUIS EDGARDO MOSNA
Interventor Area Administrativa y Económica
Ente Autárquico Obras Sanitarias
VANESA LEONARDELLI
Intervención Técnica
E.D.O.S
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Concordia, 25 de Agosto de 2022.
 
Expte. Nº 26.116-DE-2022.
 
ORDENANZA S/CONVOCATORIA PÚBLICA
P/PRESENTACIÓN OFERTAS DE TERRE-
NOS APTOS PARA URBANIZACIÓN.----
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Apruébese, teniendo en cuenta el análisis técnico de los terrenos detallados en los Expedientes Internos, la compra por parte del Departamento Ejecutivo Municipal a través del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquicas Municipal (InVyTAM) de tres (3) terrenos ofrecidos, por ser los más convenientes, en virtud a la ubicación, el precio y la documentación legal presentada:
 
1) RICARDO EDUARDO LECKIE Y ELBA CONCEPCIÓN CABRERA: Ofrecen terreno a PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.250.000,00). Terreno Matrícula 122633 – 4.208,58 m2.
 
2) RICARDO EDUARDO LECKIE Y ELBA CONCEPCIÓN CABRERA: Ofrecen terreno a PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 ($3.250.000,00). Terreno Matrícula 10167 – 14.900 m2.
 
3) NELLY MAVRIC: Ofrece Terreno de PESOS VEINTISIETE MILLONES CON 00/100 ($27.000.000,00). Terreno Matrícula 105627 - 30.000 m2.
 
ARTICULO 2°.-  Habiéndose tomado conocimiento de lo informado por el área pertinente, remitir los originales al Departamento Ejecutivo Municipal, oportunamente archívese.
 
ARTICULO  3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 25 de Agosto de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de agosto de 2022
 
ORDENANZA N° 37.744
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Jefatura de Gabinete y Gobierno 
Arq. MARINA A. PEÑALOZA
Presidente
Instituto Vivienda y Tierra Autárquico Municipal 
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Concordia, 26 de Agosto de 2022
 
Expte. N° 26.880-SC
 
ORDENANZA SOBRE ADHESION A LEY
PROVINCIAL 10659 ARTESANIAS ENTRERRIANAS.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Adherir  en todos sus términos, a las disposiciones contenidas en la Ley Provincial N° 10.659 de “Protección, Desarrollo, Promoción, Difusión y Comercialización de las Artesanías Entrerrianas”, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar las medidas necesarias para la efectiva aplicación e implementación de la Ley a la que se adhiere en virtud de la presente.
 
ARTÍCULO 3°.- Remitir copia de la presente a la Subsecretaría de Cultura de la Municipalidad de Concordia para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 4º.-  Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 25 de Agosto de 2022
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 31 de agosto de 2022
 
ORDENANZA N° 37.748
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
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Concordia, 26 de Agosto de 2022
 
Expte. N° 26.867-DE             
 
ORDENANZA  SOBRE  DONACIÓN  DEL IAPV  DE  DOS  FRACCIONES DE
TERRENO  A FAVOR  DEL MUNICIPIO CON DESTINO A CALLE PUBLICA.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Autorizar al Departamento  Ejecutivo a aceptar la donación con cargo, conforme la Ley 10027 en su Art. 95° Inc. r).
 
ARTÍCULO 2°.- Ratificar en todos sus términos el Decreto N° 765, de fecha 16 de Junio de 2022 del Departamento Ejecutivo Municipal,
 
ARTÍCULO 3º.-  Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON" 25 de Agosto de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 06 de Septiembre de 2022
 
ORDENANZA N° 37.751
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano 
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Concordia, 1 de Setiembre de 2022
 
Expte. N° 26.884-P
 
ORDENANZA SOBRE MARIANA SOLEDAD COSTA SOL AUTORIZACION APERTURA
DE COMERCIO A PARTIR DE LAS 4 AM (RUBRO CAFETERÍA Y PANADERÍA.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- La Confitería - Panadería “Monte Carlo”, ubicada en calle Buenos Aires N° 103, esquina Pellegrini de la Ciudad de Concordia, de titularidad de la Sra. Mariana Soledad Costa, DNI N° 29.210.925, quedará autorizada para abrir y comenzar su actividad todos los días a las cuatro (04:00) horas, como medida de excepción a la Ordenanza N° 33.695 y sus modificatorias, con la condición de que no se expenda o consuman Bebidas Alcohólicas algunas en el referido local, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- Dese conocimiento de la presente a la Dirección de Inspección General de la Secretaría de Jefatura de Gabinete y Gobierno de la Municipalidad de Concordia a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 3°.- Remitir copia de la presente a la Sra. Mariana Soledad Costa para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON" 1° de Septiembre de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Prof. ANA LIA RIOS
a/c – Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 08 de Septiembre de 2022
 
ORDENANZA N° 37.762
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno 
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Concordia, 01 de Setiembre de 2022
 
Expte. N° 26.887-P
 
ORDENANZA SOBRE Sr. CESAR FERRER Y MARIA J. GODOY SOL EXIM TASAS
A EVENTO DEL AÑO ORG. AGRUPACION DE TANGO “EL VIEJO PORTON”.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Otorgar la eximición del pago de los Derechos a las Entradas a la Agrupación de Tango “El Viejo Portón”, por el “Evento del Año” a realizarse el día 17 de septiembre de 2022 en el “Club del Tango”, ubicado en calle Saavedra N° 333 de la Ciudad de Concordia, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- La eximición otorgada en el Artículo precedente, no incluye el porcentaje que corresponde al Fondo de Ayuda al Discapacitado.
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento de la presente a la Dirección de Inspección General de la Secretaría de Jefatura de Gabinete y Gobierno de la Municipalidad de Concordia a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente a la Agrupación de Tango “El Viejo Portón” para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON" 1° de Septiembre de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Prof. ANA LIA RIOS
a/c – Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 08 de Septiembre de 2022
 
ORDENANZA N° 37.763
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno 
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Concordia, 1 de Setiembre de 2022.
 
Expte. N° 26.883-P
 
ORDENANZA  SOBRE ESCUELA EXIM. TASAS ENTRADAS A REALIZARSE EL
17/09/2022 POR LA ESCUELA SEC.SUPERIOR  N° 1
“CESAREO BERNAL DO DE QUIRÓS”.-----------
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Otorgar la eximición del pago de los Derechos a las Entradas a la Asociación Cooperadora de la Escuela Secundaria y Superior N° 1 “Cesáreo Bernaldo de Quirós”, por la “Cena Show” a realizarse el día 17 de Septiembre de 2022 en el Salón de la Institución Escolar, ubicada en calle Avellaneda N° 42 de la Ciudad de Concordia, con el objetivo de recaudar fondos para la misma, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2°.- La eximición otorgada en el Artículo precedente, no incluye el porcentaje que corresponde al Fondo de Ayuda al Discapacitado.
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento de la presente a la Dirección de Inspección General de la Secretaría de Jefatura de Gabinete y Gobierno de la Municipalidad de Concordia, a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente a la Asociación Cooperadora de la Escuela Secundaria y Superior N° 1 “Cesáreo Bernaldo de Quirós” para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON" 1° de Septiembre de 2022
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Prof. ANA LIA RIOS
a/c – Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 08 de Septiembre de 2022
 
ORDENANZA N° 37.764
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno 
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Concordia, 18 de Agosto de 2022
N° 9.434
 
VISTO:
Que el Sr. Fabián Jesús Percara solicita condonación de intereses de deuda por Servicios Sanitarios ante el Ente Descentralizado de Obras Sanitarias; y,
 
CONSIDERANDO:
Que el contribuyente recurre ante este Honorable Cuerpo Deliberativo a fin de manifestar que si bien tiene toda la mejor disposición de regularizar su situación fiscal ante el referido Ente, los intereses aplicados hacen una cifra abultada.
Que según los registros del EDOS, las Facturas, las Intimaciones, las Notificaciones Judiciales, como así también la Resolución N° 7721 de fecha 27 de agosto de 2019 que aprueba la Planilla de Certificación de Deuda Fiscal por los períodos 6/2012 a 2/2019 inclusive, fueron enviadas al domicilio “Dr. Luis Solari N° 447”, que no es su domicilio postal, como así tampoco parcelario.
Que todos sus datos filiatorios, como así los planos de instalación y trámites relacionados a su propiedad, siempre estuvieron registrados en las Oficinas del EDOS desde un primer momento, lo que llevó a que el referido error de domicilio haya causado un efecto “bola de nieve” por los excesivos intereses aplicados, generando una deuda colosal, difícil de afrontar, sumado a que el solicitante jamás se enteró que tenía una deuda judicializada por no haber sido notificado nunca de la misma.
Que el peticionante expresamente reconoce y acepta la deuda detallada en el Certificado de Deuda Fiscal N° A-025349 y su legitimidad ante el Dr. Gustavo Darío Blumhagen, en su carácter de apoderado de la Municipalidad de Concordia, a los 28 días de julio de 2022.
Que mediante nota dirigida a la División Comercial del EDOS, Apremios Jurídicos autoriza al contribuyente a suscribir un plan de pago por la deuda detallada en el CDF antes referido.
Que lo peticionado a fojas 1 del Expediente N° 26.824-P está acompañado de copias de Factura, Detalle de Cuenta Corriente y otros Documentos relacionados, a fin de acreditar tales extremos.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
 
ARTÍCULO 1°.- Conceder un plan especial de pago al contribuyente Fabián Jesús Percara, DNI N° 17.120.596, por la deuda en concepto de Tasa por Servicios Sanitarios correspondiente al inmueble registrado en la Cuenta N° 0572-004, Partida Provincial N° 159.380, Partida Municipal N° 69.263, inscripta a su nombre, en treinta y seis (36) cuotas fijas, sin interés de actualización, el que deberá suscribir ante las Oficinas del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias.
 
ARTÍCULO 2°.- Comunicar al contribuyente que habiéndose atrasado en dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) alternadas del Convenio de Pago, el beneficio otorgado por la presente quedará sin efecto y podrá el Ente Descentralizado de Obras Sanitarias reclamar la cancelación total de la deuda con más los intereses y gastos correspondientes.
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento de la presente al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias a los fines pertinentes.
 
ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente al Sr. Fabián Jesús Percara para su notificación y demás efectos.
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 18 de Agosto de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 26 de agosto de 2022
 
RESOLUCION N° 37.739
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
C.P.N LUIS EDGARDO MOSNA
Interventor Area Administrativa y Económica
Ente Autárquico Obras Sanitarias
VANESA LEONARDELLI
Intervención Técnica
E.D.O.S
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Concordia, 25 de Agosto de 2.022.
 
N° 9.444
 
VISTO:
Que, la presentación del PROCAR 4.000 en el “Parque Autódromo Ciudad de Concordia” elegida como modelo para desarrollar un mega evento que promueve el deporte, turismo y la recreación; y:
 
CONSIDERANDO:
Que, es presentada como “la mejor categoría zonal del país”, el PROCAR 4000 nació en la provincia de Buenos Aires, a mediados de la década del ‘90 y desde entonces ha crecido hasta haber tenido como escenario los principales autódromos de esa provincia y Capital Federal.
Que Concordia es el primer destino elegido para emigrar la categoría, tratándose de una propuesta que promueve el turismo, fomenta el deporte y la cultura del lugar.
Que los vehículos que compiten son similares a los de Turismo Carretera (Ford, Chevrolet, Dodge y Torino), tratándose de máquinas de 4000 cm3 con chasis modificados en su totalidad.
Que incluye a diversos sectores locales con injerencia en la organización generando un movimiento económico interno, como por ejemplo: hoteleros y gastronómicos, emprendedores, mano de obra y logística.
Que promueve el arte como premisa principal, brindando importancia a artistas locales a través de apoyo económico y difusión. Por ejemplo, el tema musical del PROCAR 4000 fue producido, escrito y cantado en su totalidad por un joven concordiense. 
Que se ejerce una responsabilidad empresarial por parte de los organizadores, llevando a cabo gestiones como la llegada de los niños de los Centros de Desarrollo Infantil a ver la competencia y la inclusión de Emprendedores de la Economía Social en el predio del Autódromo de Concordia los días de la competencia.
Que fortalece los lazos con Uruguay, teniéndolo en cuenta como destino preferencial para promocionar el evento, llevando a cabo conferencias de prensa e intervenciones con el apoyo de los consulados.
Que más de 90 pilotos oriundos de todo el país residen más de dos noches en Concordia, acompañados de sus familias, utilizando todos los servicios locales y teniendo la experiencia de visitar la ciudad y correr la voz de los atractivos turísticos en sus lugares de origen.
Que trabaja conjuntamente con locales comerciales para la venta de entradas, que le da un ingreso de pauta publicitaria a muchas radios, tv y medios digitales de la ciudad, localidades cercanas y de toda la provincia.
Que  el evento está dirigido principalmente a toda la familia. La categoría tiene un gran compromiso y responsabilidad social apuntando al desarrollo y fortalecimiento de las ciudades donde se realizan las actividades.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal de la ciudad de Concordia, a la presentación del PROCAR 4.000 a desarrollarse los días 2, 3 y 4 de Septiembre de 2.022 en el “Parque Autódromo Ciudad de Concordia”.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 25 de Agosto de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de agosto de 2022
 
RESOLUCION N° 37.742
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
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Concordia, 25 de agosto de 2022.
 
Nº 9.441
 
VISTO:
Que, en homenaje al nacimiento de Albert Sabin, el 26 de Agosto de 1906, en Argentina se celebra el Día del Vacunador y la Vacunadora y;
 
CONSIDERANDO:
Que la vacunación ha sido y es un eje fundamental en la salud de las comunidades;
Que la Argentina tiene uno de los calendarios de vacunación más completos del mundo;
Que el calendario nacional de vacunación cuenta con 18 vacunas obligatorias para todas las poblaciones, que deben colocarse entre los primeros días de vida y la adultez, dos más exclusivas para las personas que viven en zonas de riesgo (fiebre amarilla y fiebre hemorrágica argentina) y otras tantas de recomendación y gratuitas;
Que, entre estas últimas, encontramos tanto a las vacunas contra el Covid19 como a las acciones que comprendieron la histórica Campaña de Vacunación que se desarrolla en el país desde el 21 de Diciembre de 2019; siendo inobjetable cómo su implementación mejoró la calidad de vida que venían teniendo las personas durante la pandemia;
Que Abel Arosteguis comenzó trabajando como vacunador en el Hospital Felipe Heras en el año 1985, luego en 1986 lo trasladaron a la ciudad de Federación, para volver a trabajar en el Hospital Felipe Heras en el siguiente año;
Que durante la inundación de 1987, además de su trabajo en el consultorio, salió a vacunar a todos los Centros de Evacuados de nuestra ciudad; en los registros de ese año consta que vacunó a 24.998 personas quedándose a 2 de vacunar 25.000;
Que, en el año 1988 comienza a trabajar en el Centro Regional de Referencia “LA CONSTITUCION”, creándose con él, el servicio de vacunación del mencionado Centro de Salud, siendo un área necesaria para calificar como efector sanitario con atención de guardia de 24hs.;
Que fue partícipe activo durante el año 2021 y 2022 de la Campaña de Vacunación contra el Covid19 en Concordia; llegando a colocar 400 dosis en una jornada;
Que, según nos refiere, al día de hoy hay 30 familias a las que él ha vacunado ya 4 generaciones;
Que a lo largo de los años ha tenido innumerables ofertas para trabajar en el privado, pero en todas las ocasiones prefirió seguir en el ámbito comunitario, en el que lleva aplicadas vacunas a casi 700.000 personas;
Que durante casi 37 años destinó, además de su profesionalismo, su compromiso, siendo protagonista necesario en la historia de muchísimas familias y constituyéndose así es un referente muy querido de la vacunación en nuestra ciudad;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
 
ARTICULO 1°.- Reconocer al Señor Abel Arosteguis por su trayectoria laboral como vacunador de la ciudad de Concordia.
 
ARTÍCULO 2°.- Hacer entrega de un presente por parte de este H. Concejo Deliberante como merecido reconocimiento a esta figura de la salud concordiense.
 
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 25 de Agosto de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de agosto de 2022
 
RESOLUCION N° 37.743
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
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Concordia, 25 de agosto de 2022
 
Nº 9.440
 
VISTO:
La necesidad de recuperar y conservar parte de la historia de nuestra Concordia, como así también de contribuir al conocimiento y divulgación de actividades que se desarrollaron a finales del siglo XIX y hasta los año ‘30 del siglo XX en nuestra ciudad, en este caso en relación a la vitivinicultura y;
 
CONSIDERANDO:
Que la vitivinicultura fue uno de factores del progreso concordiense, cuya industria brindaba crecimiento y desarrollo para la región y sus habitantes;
Que la industria de este ramo proyectó excelentes vinos a los mayores mercados de consumo, favorecidos por la navegación y el ferrocarril;
Que, entre algunos de los grandes de la Cultura viñatera de Concordia, encontramos a las familias Moulins, Baylina, San Román, Oriol, Zorraquín, Robinson e Irigoyen;
Que una de estas zonas de viñas y bodegas fue lo que hoy es el predio de la estación del ferrocarril Norte, galpones municipales y aledaños, abarcando unas 16 manzanas en el centro geográfico de nuestra ciudad;
Que en este predio que se menciona en el párrafo anterior, se encontraban los viñedos y bodegas de la familia de Carlos Moulins;
Que, ante la posibilidad de implementar en el lugar un museo de sitio, permitiendo reconstruir la rica historia de la ciudad, lucir lo que en su momento fue un motor importante para afianzar y consolidar la industria local;
Que, luego de la crisis de 1930, el Estado Nacional priorizó la producción de vinos sólo en la zona de Cuyo y en 1935, por Decreto, se ordenó la erradicación de los viñedos en la zona de Entre Ríos;
Que en nuestros días se ha comenzado a recordar la vitivinicultura en nuestra región ofreciendo un potencial en la diversificación de la actividad turística y el consecuente beneficio de las comunidades anfitrionas;
Que, con la finalidad de conservar la historia de nuestra Concordia, en muchos casos, olvidada o postergada, ante la posibilidad o factibilidad de hacer partícipes de esta iniciativa a los actores intervinientes en éste temática y, asimismo que permita de alguna forma realizar una reparación en la historia no contada para los descendientes de las familias que desarrollaron la vitivinicultura en el predio de lo que hoy es la Estación Concordia Norte y Parque Central;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD
DE CONCORDIA, SANCIONA EL SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
 
ARTÍCULO 1º.- Convocar a una reunión para el día miércoles 31 de Agosto de 2022, a partir de las 17hs en el Salón de los Intendentes de la Municipalidad de Concordia a representantes de:
*  Subsecretaría de Cultura
*  Consejo Asesor de Protección del Patrimonio.
*  Subsecretaría de Comunicación
*  Desarrollo Urbano
*  Familiares y Descendientes de la familia Moulins (predio de lo que hoy es la Estación Concordia Norte y Parque Central).
 
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 25 de Agosto de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 30 de agosto de 2022
 
RESOLUCION N° 37.746
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Jefatura de Gabinete y Gobierno
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Concordia, 18 de agosto de 2022.
 
Nº 9.438
 
VISTO:
La Ley Nacional N° 24.240, Ley Provincial N° 8973 y modif., la Ordenanza N° 34.234 y demás normativa aplicable en materia de Defensa del Consumidor; y,
 
CONSIDERANDO:
Que desde el inicio de la pandemia el Banco de Entre Ríos restringió al mínimo su atención al público, limitándola a un sistema de turnos previos que impiden que los usuarios de sus servicios puedan acceder libremente a las sucursales para efectuar operaciones que requieren atención personalizada y/o retiros o depósitos en la línea de cajas;
Que a más de dos años y medio del comienzo de la cuarentena, todas las actividades de la vida social, económica y cultural se encuentran absolutamente normalizadas, por lo cual resulta llamativo que el Banco de Entre Ríos persista en una actitud que, incluso, va en detrimento de las disposiciones del BCRA;
Que todo esto redunda en fuertes concentraciones de personas que se agolpan a diario en la puerta de la entidad, solicitando ser atendidas y que luego de esperar largos minutos, se les indica que sólo pueden ingresar si sacaron turno por los canales automáticos;
Que ésto se ha visto agravado con la transformación de la sucursal Peatonal en un centro de atención PyME, por lo que todo recae en la sucursal de Urquiza y Buenos Aires, en la que, aún con turno previo, no se respeta el límite máximo de espera de 30 minutos previsto legalmente;
Que esta restricción en la normal prestación de sus servicios afecta de manera especial a los jubilados, pensionados y demás beneficiarios de prestaciones sociales del Estado, así como a las personas de menores recursos, universo que se encuentra indiscutiblemente dificultado en materia de conectividad a la hora de hacer sus movimientos de forma electrónica;          
Que, por otra parte, cabe recordar que el Banco de Entre Ríos concentra una importante cantidad de operaciones de esta Municipalidad de Concordia, en virtud de los contratos celebrados con la mencionada entidad, entre las que se destaca por su volumen, el pago de sueldo a empleados y funcionarios, que también son, en efecto, víctimas de lo anteriormente descripto;
Que por lo tanto, resulta imperativo requerir a las aéreas pertinentes que exijan al Banco de Entre Ríos que normalice la prestación de sus servicios de forma inmediata, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en la normativa vigente. Asimismo, solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que evalúe lo hasta aquí reseñado a los fines de verificar posibles incumplimientos contractuales por parte del Banco de Entre Ríos que ameriten la recisión de los contratos que existen entre la Municipalidad de Concordia y dicha entidad;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
 
ARTÍCULO 1º.- Se solicite al Departamento Ejecutivo Municipal que, por las áreas que corresponda, inste al Banco de Entre Ríos que normalice la prestación de sus servicios de forma inmediata, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en la normativa vigente.
 
ARTÍCULO 2º.- Convocar al Gerente del Banco Entre Ríos a una reunión con este H. Cuerpo, a los fines de abordar lo expuesto en los considerandos.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 18 de Agosto de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 30 de agosto de 2022
 
RESOLUCION N° 37.747
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas 
---------- 
 
Concordia, 26 de Agosto de 2022
 
Nº 9.442
 
VISTO:
La Solicitud referente sobre la adhesión al Proyecto de Ley que tramita por Expediente N° 25.446 ante la Honorable Cámara de Diputados de Entre Ríos, el cual crea por primera vez la planta de empleados/as permanentes de la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande (C.A.F.E.S.G.), generando un total de cincuenta y un cargos en planta permanente; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la solicitud de adhesión ha sido presentada y solicitada por los trabajadores y las trabajadoras de la Comisión Administradora par el Fondo Especial de Salto Grande (C.A.F.E.S.G.), quienes en muchos casos tienen hasta veinticuatro años de contratos ininterrumpidos con dicho organismo.
Que el Gobernador de la Provincia de Entre Ríos ha presentado para su tratamiento el Proyecto de Ley que tramita por ante expediente N° 25.446 que crea un cupo de cincuenta y un (51) puestos, dando así lugar a la creación por primera vez de la planta permanente de empleados/as de la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande.
Que dicha creación implica una acto de justicia para todos/as aquello/as empleados/as quienes a la fecha tienen una antigüedad superior a los veintitrés años, habiendo renovado año tras año sus contratos.
Que no resulta necesario acreditar ni detallar la cantidad y magnitud de obras  que han sido ejecutadas y proyectadas en nuestra ciudad por C.A.F.E.S.G., pero principalmente por quienes integran esa Comisión, como así también destacar la trascendencia que tienen para nuestra ciudad los  proyectos llevaos adelante por el Área Desarrollo  Regional.
      Que entendiendo que resulta de gran importancia acompañar al señor Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, Cr. Gustavo Eduardo Bordet, en el proyecto que tramita para lograr el reconocimiento y estabilidad de los empleados de  C.A.F.E.S.G.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.- EXPRESAR preocupación por la irregular contratación de los y las trabajadores y trabajadoras de la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande  C.A.F.E.S.G; y por la inexistencia de planta permanente dentro del Organismo.
 
ARTÍCULO 2°.- EXPRESAR apoyo a la iniciativa impulsada por los y las trabajadores de  C.A.F.E.S.G. y por el Poder Ejecutivo Provincial mediante la presentación de un Proyecto de Ley de creación de un planta permanente con cincuenta y un (51) cargos dentro de la  C.A.F.E.S.G., el cual tramita por Expediente N° 25.446.
 
ARTÍCULO 3º.- SOLICITAR a la Honorable Cámara de Diputados y a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Entre Ríos que dan tratamiento sin demora y aprueben el Proyecto de Ley Provincial, que tramita  mediante Expediente N° 25.446 ante la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos.
 
ARTÍCULO 4°.- INVITAR a  los Honorables Concejos Deliberantes de las ciudades de Federación, Chajarí, Federal, Villaguay, Feliciano, San Salvador, Colón, Concepción del Uruguay a sancionar resoluciones en el mismo sentido que la presente.
 
ARTÍCULO 5°.- NOTIFICAR al Sr. Intendente de la Municipalidad de Concordia, Alfredo  Francolini, al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, Cr. Gustavo Eduardo Bordet, y al Presidente de la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande (C.A.F.E.S.G.), Ing. Luis Benedetto.
 
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 25 de Agosto de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 06 de Septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.749
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
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Concordia, 1 Septiembre de 2.022.
N° 9.448
 
VISTO:
Que, en la semana del 29 de Agosto al 4 de Septiembre, se realiza la Semana Cultural y que la Fiesta Provincial de los Inmigrantes Unidos tendrá lugar los días 12 y 13 de Noviembre, y;      
 
CONSIDERANDO:
Que, esta institución fue creada con el fin de unir las Colectividades de Inmigrantes que existían en ese momento y organizar la fiesta que evocaría a las distintas tradiciones de sus antepasados;
Que las colectividades de Concordia se formaron para mantener vivas las tradiciones y culturas de sus ancestros;
Que, como es de público conocimiento, Inmigrantes Unidos Concordia celebra todos los años desde su creación, una fiesta para honrar sus raíces y evocar las tradiciones;
Que en esta oportunidad desde el 29 de Agosto y hasta el 04 de Septiembre se realiza la Semana Cultural, en el marco de las celebraciones de la fiesta central que se realizará en Noviembre;
Que cada día de la semana se realizaron diferentes actividades con las distintas colectividades;
Que  la  tradicional fiesta con patios de comida, desfiles y shows en vivo se realizarán los días 12 y 13 de Noviembre del 2022 en el Corsódromo de la Ciudad de Concordia, con entrada libre y gratuita;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
 
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Cultural en el ámbito de  Ciudad  de Concordia, La Semana Cultural en el Marco de la XXIX Fiesta del Inmigrante y a las celebraciones  Centrales que se realizarán los días 12 y 13 de Noviembre del 2.022, en el Corsódromo de la Ciudad de Concordia “Atanasio Bonfiglio”.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1° de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Prof. ANA LIA RIOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 06 de Septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.750
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
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Concordia, 1 Septiembre de 2.022.
 
N° 9.451
 
VISTO:
Que en el mes de Septiembre el Club Social y Deportivo de Obras Sanitarias cumplirá 70 años de vida; y
     
CONSIDERANDO:
Que esta institución fue fundada por trabajadores municipales de Obras Sanitarias y que no fue excluyente para que toda la ciudadanía pueda disfrutar de las instalaciones emplazadas en un lugar privilegiados del Parque San Carlos;
Que actualmente está conducida por una nueva Comisión Directiva, la cual se encuentra elaborando y gestionando mejoras en su predio con una impronta de innovar esta gran institución;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal los 70 años del Club Social y Deportivo de Obras Sanitarias a celebrarse en el mes de Septiembre del corriente año.
 
ARTÍCULO 2°.- Remitir copia de la presente Resolución a los interesados. 
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1° de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Prof. ANA LIA RIOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 08 de Septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.752
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
---------- 
 
Concordia, 1 Septiembre de 2.022.
 
N° 9.452
 
VISTO:
Que, ante la presentación realizada por el Colegio de Odontólogos de Entre Ríos, en vísperas del “Congreso 40º Aniversario del Colegio de Odontólogos de Entre Ríos” se solicita la Declaración de Interés Municipal de este evento en el marco del Aniversario Nº 40 de la mencionada entidad los días 03, 04 y 05 de Noviembre de 2.022, y;   
 
CONSIDERANDO:
Que la realización de este Congreso se realiza en el marco de conmemorar el Aniversario Nº 40 del Colegio de Odontólogos de Entre Ríos y contará con tres jornadas de actividades iniciando el día 03 de Noviembre de 2.022;
Que para este Congreso se cuenta con disertantes profesionales de alto nivel, eligiéndose la ciudad de Concordia como sede, y se realizará en el Centro de Convenciones de Concordia;
Que este Poder Legislativo está completamente abierto para gestionar y colaborar con actividades culturales a desarrollarse, para promover el progreso de las actividades de interés de nuestra ciudad;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal de la Ciudad de Concordia, al “Congreso 40º Aniversario del Colegio de Odontólogos de Entre Ríos”, a realizarse los días 03, 04 y 05 de Noviembre 2.022, organizado por el Colegio de Odontólogos de Entre Ríos. (COER).
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a los interesados del Colegio de Odontólogos de Entre Ríos (COER).
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1° de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Prof. ANA LIA RIOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 08 de Septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.754
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
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Concordia, 1 de Septiembre de 2022.
 
N° 9.457
 
VISTO:
La nota presentada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de entre Ríos; y,
 
CONSIDERADO:
Que el próximo 27 al 30 de Septiembre del corriente año, se llevará a cabo en nuestra ciudad el “Encuentro Deportivo Nacional para Profesionales en Ciencias Económicas”;
Que el Encuentro es organizado por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos;
Que en el desarrollo del mismo se disputarán distintas disciplinas, entre ellas, ajedrez, atletismo, básquet, bochas, cestoball, fútbol, golf, hockey, natación, mountain bike, natación, pádel, pesca, tenis, truco y vóley, entre otras;
Que se espera la participación de graduados de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de todo el país, estimándose una concurrencia de aproximadamente 2.100 participantes en todas las disciplinas, utilizándose 22 sedes, entre deportivas y sociales;
Que dicho evento generará un movimiento turístico significativo para la ciudad de Concordia, siendo importante con el apoyo de todos los sectores involucrados, tanto públicos como privados, para el éxito del desarrollo del Encuentro.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
      
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Municipal y Deportivo el “ENCUENTRO DEPORTIVO NACIONAL PARA PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS” que se desarrollará en la ciudad de Concordia los días 27, 28, 29
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.                 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1° de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Prof. ANA LIA RIOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 08 de Septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.755
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
---------- 
 
Concordia, 1 de Septiembre de 2022.
Nº 9.459
 
VISTO:
Que los días 7 y 8 de Septiembre del corriente año se realizará la “Expo Técnica 2-2022”, en las instalaciones de la Escuela Técnica Nº 2 “Independencia”; y
 
CONSIDERANDO:
Que dicho evento es de gran importancia para nuestra comunidad y para la sociedad de Concordia; donde muchos niños, jóvenes y adultos se deciden a estudiar en las instalaciones de la Escuela Técnica Nº 2 “Independencia”;
Que este evento permite adquirir conocimiento sobre lo que se  brinda en cuanto a las formaciones profesionales en:
* Telar
* Vitrofusión
* Indumentarias
* Artes Decorativas
* Cocina
* Panadería
* Pastelería
* Imprenta
Que la institución, como escuela secundaria, brinda a sus egresados los títulos de: Técnico en Administración de Empresas, Técnico en Gastronomía y Técnico en Computación;
 
Por ello:
 
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°- Declárese de Interés Municipal, Comunitario, y Educativo la  “Expo Técnica 2-2022”; que se realizará los días 7 y 8 de Septiembre de 2022 en la Escuela Técnica Nº 2 “Independencia” sito en calle Alberdi 223.
 
ARTÍCULO  2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1° de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Prof. ANA LIA RIOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 08 de Septiembre de 2022

RESOLUCION N° 37.756
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
---------- 
 
Concordia, 1 de Septiembre de 2022.
 
Nº 9.458
 
VISTO:
Que los días 23, 24 y 25 de Noviembre del corriente año se llevará a cabo 2º Congreso Internacional de Robótica Educativa, y;
 
CONSIDERANDO:
Que el mismo ha sido concebido para convocar a todos los actores del sistema educativo y los niveles de educación, conforme a los lineamientos del Plan Estratégico Nacional aprobado por Resolución N° 285/16 del Consejo Federal de Educación;
Que el evento, organizado por el Grupo de Robótica Concordia (UTN Concordia), Centro Universitario de Automatización y Robótica (UTN Córdoba), Secretaría de Cultura y Extensión Universitaria UTN, contempla la realización de conferencias magistrales, exposición de trabajos realizados por docentes y estudiantes, talleres de iniciación a la robótica y stands demostrativos a cargo de empresas reconocidas de la especialidad. Asimismo, en el marco del Congreso se realizarán las 9nas. Competencias de Robots Experimentales, construidos por alumnos de diferentes instituciones educativas de nuestra Ciudad y de la vecina República Oriental del Uruguay;
Que, este evento por su naturaleza, no solamente distinguirá a nuestra Ciudad con la presencia de destacados referentes educativos en la temática, sino que, además, aportará conocimientos y experiencias que enriquecerán a toda la comunidad educativa, contribuyendo así al mejor desarrollo de nuestra sociedad;
 
Por ello:
 
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
 
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal, Educativo y Cultural el “2º Congreso Internacional de Robótica Educativa”, a realizarse en nuestra ciudad el día 23 de Noviembre en la sede de UTN Concordia, sito en calle Salta 277 y los días 24 y 25 de Noviembre en el Centro de Convenciones Concordia, sito en Av. San Lorenzo Oeste 101.
 
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1° de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Prof. ANA LIA RIOS
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 08 de Septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.757
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
---------- 
 
Concordia, 1 de Septiembre de 2022.
 
Nº 9.455
 
VISTO:
Que cada 8 de Septiembre se celebra el Día Mundial de la Fibrosis Quística; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la Fibrosis Quística es una enfermedad crónica y hereditaria, que produce generalmente la degeneración del sistema digestivo y del sistema respiratorio;
Que esta alteración genética sólo afecta zonas del cuerpo que producen secreciones tales como pulmones, el páncreas, hígado y el sistema reproductivo;
Que el Poder Ejecutivo Nacional, promulgó en Agosto del 2020, parcialmente la Ley que declara de Interés Nacional, la lucha contra esta enfermedad;
Que en el Boletín Oficial mediante Decreto 884/2020 en Noviembre de 2020 se reglamenta la Ley N° 27.552 de Fibrosis Quística;
Que el Poder Ejecutivo Nacional dispuso la obligatoriedad de la cobertura integral a pacientes con fibrosis quística por parte de las obras sociales y empresas de medicina prepaga;
Que el plan médico obligatorio (PMO) establece que no sólo los médicos estarán a cargo del tratamiento, si fuese necesario intervendrán kinesiólogos y psicólogos;
Que está demostrado que el tratamiento temprano favorece a que el paciente tenga una mejor calidad y esperanza de vida;
Que los pacientes con esta patología y sus familiares sufren un desajuste emocional, ya que deben ajustarse y adaptarse a esta nueva situación;
Que, como todas las enfermedades crónicas, suele ocasionar problemas socioeconómicos, emocionales y patológicos;
 
Por ello:
 
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°- Declárese de Interés Municipal el Día Mundial de Fibrosis Quística, que se celebra los 8 de Septiembre de cada año e iluminar los edificios públicos con los colores Azul, Amarillo, y Fucsia de acuerdo a lo dispuesto a la Ordenanza N° 37.162.  
 
ARTÍCULO 2º.- Difúndase desde los distintos medios al alcance de la Municipalidad de Concordia, a fin de visibilizar y concientizar acerca de ésta enfermedad.
 
ARTÍCULO  3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1 de Septiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO 
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c –Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECTIVO, 8 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.758
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
---------- 
 
Concordia, 1 de Septiembre de 2022
 
Nº 9.450
 
VISTO:
La nota presentada por la Dirección de la Escuela N° 55 ”J.J. de Urquiza”, LT15 Radio del Litoral y la Asociación cultural “Boliche Ducasse”; Y,
 
CONSIDERANDO:
Que  el próximo 11 de septiembre de 11 hs. a 17 hs., se llevará a cabo una Campaña Solidaria en el establecimiento educativo con festival folclórico, comidas y entretenimientos para las familias. Simultáneamente, el festejo del “DÍA DEL MAESTRO y ANIVERSARIO LT 15 RADIO DEL LITORAL, se realizará por la noche en la Asociación Cultural Boliche Ducasse, siendo ambas actividades a total beneficio de la Escuela “Justo José de Urquiza”;
Que, entre los objetivos, se espera recaudar fondos a beneficio de la Escuela, y cuenta con el apoyo de DIFUSORA DE RADIO Y TV  S.A./LT15 en el marco de los festejos por sus 53 años; 
Que el 9 de Julio de 1945 tuvo lugar lo que para Concordia fue un acontecimiento de inusitada trascendencia: la inauguración oficial por Don Jaime Yankelevich de LT 15 Radio Concordia, filial local de LR-3 Radio Belgrano;
Que la sede de la flamante radioemisora, con todos sus ambientes prolijamente dotados de aislación acústica, fue instalada en calla La Rioja 622;
Que LT 15 inicialmente integró la red de emisoras de LR-3 Radio Belgrano, pero años después pasó a depender  de LR-1 Radio El Mundo y su “Red Azul y Blanca”, siempre bajo la tutela de Don Jaime Yankelevich;
Que entre las voces que se hicieron populares en aquellas épocas iniciales son las de Sara Neira, Bernardo Grimberg, Enrique Delcustode, Rúben Aldao, Orlando Bilbao, Lala Barés, Emilio Chard, Hugo Sigal, Mary Melo, Ricardo Sandoval, Luis Solano, Oscar Bordacahar, Pedro Pablo Asbo, Vicky Schuerman entre otros;
Que algunos como Sara Neira, Bernardo Grimberg, Pedro Pablos Asbo y Enrique Declcustode, se alternaron entre la locución, la conducción y los comentarios. En cuanto a los restantes, también participaron en radioteatros. Por otra parte los dos primeros llegaron a asumir la dirección de la empresa;
Que la Señora Sara Neira, docente de profesión, por medio de LT-15 inició una campaña, en momentos en que la poliomielitis era un flagelo de la juventud, para la compra de antibióticos, que dio lugar a la conformación del famoso “Banco de Streptomicina”;
Que LT-15 perteneció  a Don Jaime Yankelevich hasta 1958, oportunidad en que resolvió venderla con todas sus instalaciones, a una sociedad presidida por Carlos Iglesias y dirigida por Claudio Pinola. A partir de ese momento funcionó en forma independiente, siempre con el nombre de LT-15 Radio Concordia, hasta el 10 de Setiembre de 1969;
Que en esa fecha fue transferido a una empresa local compuesta por doce socios, entre ellos De Donatis, los hermanos Mathó y los ingenieros Soria y Scattini. Estos últimos, a sus turno fueron Directores de la radio, cuya reinauguración, en simultáneo con el cambio de su nombre original por LT-15 Radio del Litoral y el traslado de su sede en calle San Martín 371, tuvo lugar el 11 de septiembre de 1969;
Que así se mantuvo hasta 1999, fecha en que fue transferida a su actual propietaria, que ha conservado tanto su última sede, como también su última denominación, o sea LT-15 Radio del Litoral.
Que es importante reconocer la trayectoria de tan importante medio de comunicación;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal y Cultural la Campaña Solidaria que se desarrollará en el establecimiento educativo de la Escuela N° 55 “J.J. de Urquiza”, el día 11 de Septiembre del corriente desde las 11:00 y hasta las 17:00 horas.
 
ARTÍCULO 2°.- Declarar de Interés Municipal y Cultural las actuaciones en el marco de los festejos por el 53° Aniversario de LT 15” Radio del Litoral.
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1 de Septiembre de 2022.
 
Dr. DANIEL CEDRO 
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c –Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 8 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.759
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
---------- 
 
Concordia, 1 Septiembre de 2.022.
 
N° 9.454
VISTO:
 
La solicitud de que se Declare de Interés Municipal al “Pre-Congreso de Terapia Ocupacional”, y;      
 
CONSIDERANDO:
Que el Pre-Congreso de Terapia Ocupacional de la costa del Río Uruguay es un acontecimiento académico de gran importancia para el fortalecimiento de la profesión de Terapia Ocupacional;
Que dicho evento a realizarse el día 10 de Septiembre del corriente año, será organizado por el Colegio de Terapistas Ocupacionales de Entre Ríos y la Secretaría de Salud de Concordia y tendrá el agrado de convocar a más de 280 profesionales de todo el territorio nacional, por lo que el mismo reviste gran importancia;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RRSOLUCIÓN
 
ARTÍCULO 1°. Declárese de Interés Municipal al “Pre–Congreso de Terapia Ocupacional del Río Uruguay”, a realizarse el día 10 de Septiembre del 2.022 en la ciudad de Concordia.
 
ARTÍCULO 2°. Comunicar a los interesados, Colegio de Terapistas Ocupacionales de Entre Ríos.  
 
ARTÍCULO 3°. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1 de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 8 de septiembre de 2022
 
RESOLUCIÓN N° 37.760
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 1 Septiembre de 2.022.
 
N° 9.453
 
VISTO:
 
La nota presentada por Asociación para el Desarrollo de la Cultura Musical Provincial “Boliche Ducasse”, y;   
 
CONSIDERANDO:
Que se le fue otorgado por este Cuerpo, al Boliche Ducasse, la habilitación de un permiso habilitante, para realización de los eventos musicales de carácter anual al aire libre, permitiéndose el corte de manera parcial de calle Gobernador Cresto, entre Ricardo Rojas y Teniente Ibáñez, dejando libre un carril para la circulación en las siguientes fechas; 6 de Enero (Reyes); 25 de Mayo (día Patrio); 9 de Julio (día Patrio); y 10 Noviembre (Día de la Tradición);
Que, la Asociación para el Desarrollo de la Cultura Musical Provincial “Boliche Ducasse” solicita se cambie la fecha otorgada, mediante Resolución Nº 33.471, correspondiente al 25 de Mayo del corriente año, para el día 10 de Septiembre como aniversario de su Fundación;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Otórguese, mediante excepción, el día 11 de Septiembre, la habilitación para los festejos por el aniversario de la fundación de la Asociación para el Desarrollo de la Cultura Musical Provincial “Boliche Ducasse” (10 de Septiembre), permitiendo el corte parcial de calle Gobernador Cresto, entre Ricardo Rojas y Teniente Ibáñez, dejando libre un carril para la circulación.
 
ARTÍCULO 2°.- Infórmese al Señor Ducasse Julio Cesar, Presidente de la mencionada Asociación, de la presente excepción.
 
ARTÍCULO 3°.- Dese conocimiento a la Dirección Municipal de Inspección General y a la Dirección de Tránsito y Transporte de la presente Resolución.
 
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 1 de Septiembre de 2.022.
 
Dr. DANIEL CEDRO 
Vice- Pte. 1°
a/c Presidencia
Prof. ANA LÍA RÍOS
a/c Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 8 de septiembre de 2022
 
RESOLUCION N° 37.761
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.