Boletín Oficial N° 3.032 - Concordia, 23 de Septiembre de 2021

SUMARIO
 
Los siguiente Decretos
conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
 
Decretos: 1.035/2.021, 1.036/2.021, 1.037/2.021, 1.038/2.021 y 1.039/2.021.
 
 
 

DECRETO N° 1.035/2.021
Concordia, 21 de septiembre de 2021
 
VISTO la necesidad de contar con personal idóneo en el, Departamento Notificaciones Masivas y,
 
CONSIDERANDO:
Que en ese sentido se hace necesario desafectar del Departamento Mayordomía dependiente de la Secretaria jefatura de Gabinete y Gobierno al Agente Municipal, Señor, Suarez José María, Documento Nacional de Identidad N° 17.704.622, Legajo N° 4506 y afectarlo al Departamento Notificaciones Masivas dependiente de la Secretaria de Hacienda y Finanzas Publicas, para el desarrollo de tareas y funciones inherentes al área.
Que el Departamento Mayordomía, ha prestado la conformidad para el traslado interesado.
Que el Agente antes mencionado percibirá durante preste servicios en el Departamento Notificaciones Masivas el código, 486.
Que conforme a lo expresado y en virtud de la necesidad de la readecuación del recurso humano y contar con personal idóneo en el, se estima pertinente dictar la presente disposición.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos b), h), ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto el Decreto N° 1.015 de fecha 15 de septiembre de 2.021.
 
ARTICULO 2°.- Desafectar del Departamento Mayordomía dependiente de la Secretaria Jefatura de Gabinete y Gobierno al Agente Municipal, Señor, Suarez José María, Documento Nacional de Identidad N° 17.704.622, Legajo N° 4506 y afectarlo al Departamento Notificaciones Masivas dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas, a partir del dictado del presente Decreto.-
 
ARTICULO 3°.- Incluir en el Código, 486 que será abonado siempre y cuando el mismo, desempeñe y realice las tareas y funciones indicadas por dicho Departamento, quedando automáticamente sin efecto al dejar de cumplir las mismas.
ARTICULO 4°.- Que lo dispuesto en el Art. 2° del presente Decreto, se dicta como excepción al Decreto 278/21 y 700/21.
 
ARTICULO 5°.- Establecer que los gastos de transferencia deleitado agente se imputarán en la partida 0.1.90.01.01.01- Sria. Hacienda y Finanzas Públicas.
 
ARTICULO 6°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Secretaria de Gobierno, Departamento Liquidaciones dependiente de la Secretaria de hacienda y Finanzas Publicas a los fines de su liquidación y oportunamente archivar como antecedente en el legajo personal del Agente Municipal, Señor, Suarez José María, Documento Nacional de Identidad N° 17.704.622, Legajo N° 4.506.
 
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno.
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DECRETO N° 1.036/2021
Concordia, 21 de septiembre de 2021
 
VISTO la solicitud de contratación del Señor Ingeniero Civil Cristhian Maximiliano ALFONSO, D.N.I N°32.296.470, y,
 
CONSIDERANDO:
Que la presente contratación se genera en la necesidad de contar, en forma urgente, con personal idóneo para la realización de tareas en la Subsecretaría de Ingeniería y en reemplazo del ex agente contratado sin aportes Mauro Maximiliano linare D.N.I N° 37.156.680, a quien se le fuera aceptada su renuncia, por motivos personales, mediante Decreto N° 817/2021.-
Que en este sentido el recurso humano es importante dentro de la Administración Pública Municipal en virtud de sus funciones Técnicas y Operativas, propias de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
Que el Departamento Ejecutivo estima conveniente la contratación, por la modalidad de contrato sin aportes del Señor Ingeniero Cristhian Maximiliano ALFONSO, D.N.I N° 32.296.470, a partir del 1° de Julio de 2021 hasta el 31 de Diciembre de 2021, por el término de seis (6) meses y por una suma mensual de Pesos Veintinueve Mil Cuarenta Con 00/100 ($ 29.040,00.-) sin que afecte la situación financiera de este municipio.
Que lo dispuesto en el presente Decreto se dicta como excepción al Decreto N° 278/21 y Decreto N° 700/2021.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos a), b), h) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dispónese la contratación del Señor Ingeniero Civil Cristhian Maximiliano ALFONSO, D.N.I N° 32.296.470, quien desarrollará tareas en el ámbito de la Subsecretaría de Ingeniería - Secretaria de Desarrollo Urbano, en reemplazo del ex Agente Contratado Sin Aportes Señor Mauro Maximiliano Linare.
 
ARTICULO 2°.- Establécese que el periodo de contratación dispuesta en el Artículo que antecede comprende a partir del 1° de Julio de 2021, hasta el 31 de Diciembre de 2021, inclusive, por la modalidad de contrato sin aportes y por una suma mensual de Pesos Veintinueve Mil Cuarenta Con 00/100 ($ 29.040,00.-).
 
ARTICULO 3°.- Que lo dispuesto en los ARTICULOS 1° y 2° del presente Decreto, se dicta como excepción al Decreto 278/21 y Decreto N° 700/2.021.
 
ARTICULO 4.-°  Remítase a la Dirección de Liquidaciones dependiente de la Secretaria de Hacienda y Finanzas Publicas.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de hacienda y Finanzas Públicas
Enrique Roberto Amadeo Cresto
Secretario de Desarrollo Social
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Desarrollo Económico
Dr. MAURO JAVIER GARCIA
Secretario de Salud y Deportes.
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DECRETO N° 1.037/2.021
Concordia, 22 septiembre de 2021
 
VISTO, la Ordenanza N° 36.174 Operaciones de Crédito con Gobierno de Entre Ríos suscripto entre el GOBIERNO DE ENTRE Ríos y la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA y;
 
CONSIDERANDO:
Que, mediante la referida ORDENANZA se tiene por objeto la inversión en bienes de capital o en obras y servicios públicos de infraestructura en el ámbito de la jurisdicción de este Municipio, de conformidad con la facultad prevista en la primera parte del Artículo 247° de la Constitución Provincial de Entre Ríos.
Que este Departamento Ejecutivo Municipal considera necesario, en base al reajuste realizado por las oficinas correspondientes, la ampliación del Presupuesto General de la Administración Municipal, por el monto de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 58/100 ($9.680.248,58.-) en la Partida Presupuestaria N° 0.7.40.02.05.08.61.01.01
Que la presente medida se dicta de conformidad a lo dispuesto en el Artículo N° 8 de la Ordenanza N° 37.253, que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2021 por nuevos y mayores ingresos con afectación específica originada por Leyes, Decretos, Ordenanzas o Convenios con terceros, en el marco de legislaciones especiales, con la condición de la comunicación previa de la decisión de realizar tales ampliaciones al Honorable Concejo Deliberante, y a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027 y su modificatoria -Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos-.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese la modificación del Presupuesto General de la Administración Municipal, conforme se dispone en los Artículos siguientes.
 
ARTICULO 2°.- Amplíese en la suma de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 58/100 ($9.680.248,58.-), el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal destinados a atender los gastos fijados en el Artículo N° 4 del presente Decreto.
 
ARTICULO 3°.- Amplíese en la suma de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 58/100 ($9.680.248,58.-), el Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal, para el Ejercicio 2021.
 
ARTICULO 4°.- Impútese el importe en el Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal para el Ejercicio 2021, en la Partida Presupuestaria que se denomina "Ordenanza N° 36.174 Operaciones de Crédito con Gobierno de Entre Ríos", bajo el Código 0.7.40.02.05.08.61.01.01 OP.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante, a través de Nota de Estilo con copia del presente Decreto, la utilización de la facultad del Artículo N° 8 de la Ordenanza N° 37.253/2020.
 
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría Jefatura de Gabinete y Gobierno y oportunamente, archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1.038/2.021
Concordia, 22 de septiembre de 2021
 
VISTO la Facturación presentada por la Subsecretaria de Comunicación e Innovación, por la suma Total de Pesos Cuatrocientos Mil ($400.000,00), según detalle a fojas 2 Anexo I y;
 
CONSIDERANDO:
Que las mencionadas facturas corresponden al pago de los servicios de Contratación de espacios en suplemento especial en diario y banners Institucional en pagina web para dar a conocer acciones de gobierno y los distintos servicios que presta la Municipalidad de Concordia, publicidad diana en pagina web y avisos en diario en el ámbito de la Municipalidad de Concordia, durante el mes de Julio del 2021.
Que teniendo en cuenta lo manifestado por la Subsecretaria de Comunicación e Innovación en su nota obrante a fojas 3 sobre la necesidad y urgencia de contar con el servicio prestado, lo que motivo el procedimiento de compra realizado.
Que es pertinente proceder conforme a lo establecido en el Art 113° de la Ordenanza N° 34.698, encuadrándose dicha erogación en el Artículo 12° inciso d) 1 según a fojas 05 y 14 y Artículo 12° inciso d) 12 según a fojas 23 y 28 de la Norma antes mencionada.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Art. 107°, incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos, según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincia/.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Autorizase el procedimiento administrativo tendiente al pago de las Facturas según detalle obrante a fojas 2 Anexo I, correspondiente al pago del monto total de Pesos Cuatrocientos Mil, ($ 400.000,00) de la publicidad institucional, correspondiente al mes de Julio de/2021.
 
ARTICULO 2°.- Encuádrese la misma en el Artículo 12° inciso d) 1 según a fojas 05 y 14 y Artículo 12° inciso d) 12 según a fojas 23 y 28 de la Ordenanza 34.698/11 y como caso de excepción al Decreto N° 273/2021, prorrogado por el Decreto N° 700/2021.
 
ARTICULO 3°.- Girar a mesa de Entradas para caratular las presente actuaciones, posteriormente girar a la Dirección de Rentas.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de hacienda y Finanzas Públicas
Enrique Roberto Amadeo Cresto
Secretario de Desarrollo Social
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Desarrollo Económico
Dr. MAURO JAVIER GARCIA
Secretario de Salud y Deportes.
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DECRETO N° 1.039/2.021
Concordia, 22 de septiembre de 2021
 
VISTO, el "ACTA DE REPLANTEO DE TERRENO DESTINADO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA 3RA. ESTACIÓN DE REDUCCIÓN DE PRESIÓN DE GAS NATURAL Y PERMISO DE INICIO DE LOS TRABAJOS DENTRO DEL MISMO", suscripto entre la empresa OIC S.A. y la SUBSECRETARIA DE INGENIERIA DE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA;
 
CONSIDERANDO:
Que, el referido ACTA DE REPLANTEO DE TERRENO, tiene por objeto: realizar el replanteo de los vértices del terreno a ubicar la estación reductora de presión de gas natural de la obra de referencia. Dicho terreno fue donado al Gobierno de Entre Ríos por Decreto N° 162/18 y Ratificado por Ordenanza N° 36.421. El mismo se encuentra localizado en PROVINCIA DE ENTER Ríos - DEPARTAMENTO CONCORDIA - EJIDIO DE CONCORDIA - ZONA DE QUINTAS - QUINTA N°4 MANZANA N° 8 - Domicilio parcelario: Bvard. Ayuí esquina calle La Pampa - Propietario: MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA - Inscripto en el Registro de la Propiedad el 22/08/1996 según Matrícula N° 128.292 - Partida Provincial N° 139.876 - Partida Municipal N° 39.448, con una superficie aproximada de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200 m2), SUJETA A MENSURA, cuyas medias, límites y linderos son los siguientes:
NORTE: Recta (1-2) S 79° 00' E de 20,00m., que linda con Bvard. Ayuí (O).
ESTE: Recta (2-3) S 11° 00'0 de 10,00 m., que linda con calle La Pampa.
SUR: Recta (3-4) N 79° 00' O de 20,00m., que linda con remanente de Municipalidad de Concordia.
OESTE: Recta (4-1) N 11° 00' E de 10,00m., que linda con remanente de Municipalidad de Concordia.
Que, asimismo, las demás consideraciones pactadas entre ambas partes, obran en consecutivas cláusulas, las que se describen en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.
Que, este Departamento Ejecutivo estima atinente ratificar el "ACTA DE REPLANTEO DE TERRENO DESTINADO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA 3RA. ESTACIÓN DE REDUCCIÓN DE PRESIÓN DE GAS NATURAL Y PERMISO DE INICIO DE LOS TRABAJOS DENTRO DEL MISMO", que forma parte integrante de este Decreto como Anexo al mismo.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inciso u), de la Ley 10027 - y su Modificatoria ¬Régimen de las Municipalidades es de Entre Ríos.-
 
Por ello, 
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el "ACTA DE REPLANTEO DE TERRENO" DESTINADO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA 3RA. ESTACIÓN DE REDUCCIÓN DE PRESIÓN DE GAS NATURAL Y PERMISO DE INICIO DE LOS TRABAJOS DENTRO DEL MISMO", suscripto por una parte, por la empresa OIC S.A., representada en este acto por el Sr. MARCOS MOREIRA FALCON, y por la otra parte, la Subsecretaría de Ingeniería de la Municipalidad de Concordia representada por el Ing. CRISTIAN LUIS ALBERTO BUFFA, D.N.I. 24.218.206 asistido este acto por la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LILIANA LOPEZ BERNIS, D.N.I. N° 12.426.693, que forma parte del presente, como Anexo, dado lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 2°.- Dispónese que la Subsecretaria de Ingeniería, la Secretaría de Desarrollo Urbano, y la Dirección de Catastro tomen debida nota.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría Jefatura de Gabinete y Gobierno y oportunamente, archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
 
ACTA DE REPLANTEO DE TERRENO DESTINADO PARA LA CONSTRUCCION DE LA 3ERA. ESTACION DE REDUCCION DE PRESION DE GAS NATURAL Y PERMISO DE INICIO DE LOS TRABAJO DENTRO DEL MISMO.
 
En Concordia, provincia de Entre Ríos a los 08 días del mes de Septiembre del 2021, se reúne el Sr. MARCOS MOREIRA FALCON, en representación de la empresa OIC SA, por la obra: "RAMAL DE ALIMENTACION y 3ERA ERP DE GAS NATURAL" - CONCORDIA y el Ing. CRISTIAN BUFFA, dependiente de la Sub Secretaría de Ingeniería de la Municipalidad de Concordia, con motivos de realizar el replanteo de los vértices del terreno a ubicar la estación reductora de presión de gas natural de la obra de referencia. Dicho terreno fue donado al gobierno de Entre Ríos por Decreto N° 162/18 y Ratificado por la Ordenanza N° 36.421. El mismo se encuentra localizado en PROVINCIA DE ENTRE RIOS - DEPARTAMENTO CONCORDIA ¬EJIDO DE CONCORDIA - ZONA DE QUINTAS - QUINTA N° 4 - MANZANA N° 8 - Domicilio Parcelario: Bvard. Ayuí esquina calle La Pampa - Propietario: MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA - Inscripto en el Registro de la Propiedad el 22/08/1996 según Matricula N° 128.292 - Partida Provincial N° 139.876 - Partida Municipal N° 39.448, con una superficie aproximada de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200,00 m2), SUJETA A MENSURA, cuyas medidas, límites y linderos son las Siguientes:
  • NORTE: Recta (1-2) S 79° 00', E: de 20,00 m., que linda con Bvard. Ayuí (O).
  • ESTE: Recta (2-3) S 11 ° 00' O de 10,00 m., que linda con calle La Pampa.
  • SUR: Recta (3-4) N 79° 00' O de 20,00 m., que linda con remanente de Municipalidad de Concordia.
  • OESTE: Recta (4-1) N 11° 00' E de 10,00 m., que linda, con remanente de Municipalidad de Concordia.
Habiendo demarcado dichos límites, SE AUTORIZA EL INICIO DE LAS TAREAS DE CONSTRUCCION edilicia.
 
En prueba de conformidad, se firma el presente Acta en 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto en lugar y fecha arriba mencionado
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.