Boletín Oficial N° 2997 - Concordia, 26 de Abril de 2021

SUMARIO
 
Las siguientes Decretos, Resoluciones y Resolución Edos
conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
 
Decretos: 433/2.021, 434/2.021, 435/2.021 y 436/2.021 Resolución:37.311              Resolución EDOS: 214/2.021
 
 

DECRETO N° 433/2.021
Concordia, 21 de Abril de 2.021.
 
VISTO la convocatoria realizada por el Ministerio de Cultura de la Nación a través de la Secretaría de Gestión Cultural y la Dirección de Acción Federal, en el programa "FESTIVALES ARGENTINOS" y;
 
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Concordia se presento en el mismo con el proyecto "Musicalizate", con el cual fue uno de los premiados.
Que el proyecto fue beneficiado con la suma de Pesos Doscientos Diecisiete Mil ($217.000,00) para la realización del mismo.
Que es objetivo de la presente gestión fortalecer las actividades culturales.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 1 07° incisos 11) y u) de la Ley 1 0.027.- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dispónese la Apertura de una Cuenta Extrapresupuestaria Especial que se denominara "MUSICALlZATE", destinada a acreditar los fondos provenientes del Ministerio de Cultura de la Nación.
 
ARTICULO 2°.- Autorizase a Contaduría Municipal, la Dirección de Rentas, la Dirección de Planificación y Presupuesto y a Tesorería a realizar los trámites administrativos pertinentes a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1°
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese y Archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno
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DECRETO N° 434/2.021
Concordia, 23 de abril de 2.021
 
VISTO que el día domingo 25 de abril de 2021 se realizara, en nuestra Ciudad, el evento internacional deportivo "Half Triathlon - Concordia 2021" y,
 
CONSIDERANDO:
Que el citado espectáculo se desarrollará en el Yatch Club emplazado en el lago de Salto Grande.
Que de esta propuesta deportiva participa Oscar Galindez reconocido triatleta Nacional, con más de 30 años de victorias, compuestas en títulos nacionales, continentales y mundiales, considerado por sus logros como uno de los mejores en su especialidad en Latinoamérica como asimismo en el mundo, y el más ganador de esta prueba en Concordia. Entre sus hazañas atléticas: Tres títulos Ironman Brasil, el Campeonato Mundial de Duathlon World Campionship Cancún 1995 y el Sub Campeonato Mundial Ironman 70.3 Clearwater 2007, máximo ganador de las mejores y más clásicas competencias de triatlon de Sudamérica con la conquista de 6 títulos del famoso Triatlon de Pucón - Chile en todos sus formatos, 7 veces campeón del Triatlon Internacional de Santos Brasil, 7 títulos del Trofeu Brasil de Triatlo. Campeón "PRO CHAMPIONSHIP LATIN AMERICAN IRONMAN 70.3" - Panamá 2012 - 2013. 110 lugar -Ironman Worrld Championship - Hawaii 2005 Medalla de Plata por equipo y dos Medallas de Bronce en Juegos Panamericanos (únicas conquistas del Triatlón Argentino).
Que este evento deportivo se viene realizando con éxito desde el año 2008 y en el calendario nacional es una de las más importantes.
Que atento a lo expuesto, a la jerarquía internacional del triatleta Oscar Galindez, la expectativas que produce su presentación, este Departamento Ejecutivo Municipal, considera menester tributarle los honores correspondientes.
Que, el dictado de la presente medida, se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, inciso u) de la ley N° 10.027-Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos-.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Declárese Huésped de Honor de la Ciudad de Concordia al Deportista Triatleta Oscar Galindez, mientras dure su permanencia en la Ciudad, en virtud de los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno.
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DECRETO N° 435/2.021.
Concordia, 23 de Abril de 2.021.
VISTO que el próximo 30 de abril en la sede de Fundación Magma se realizará el encuentro literario "Poesía de Marta Zamarripa", desde la organización se solicita que se declare de Interés Municipal dicho encuentro y,
 
CONSIDERANDO:
Que nuestra ciudad ha sido elegida para la realización del encuentro el día 30 de abril del corriente año.
Que del encuentro participan poetas y músicos de Concordia, rindiendo homenaje a una artista que dejo una gran huella cultural en nuestra ciudad.
Que desde la Subsecretaria de Cultura de la Secretaria de Jefatura de Gabinete y Gobierno consideran importante acompañar este evento literario donde se homenajeará a Marta Zamarripa, donde se la recordará como docente y gestora cultural en nuestra ciudad y en la provincia.
Que este Departamento Ejecutivo considera procedente declarar de interés Municipal este evento, en virtud de los motivos invocados.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°), incisos ñ), q) Y u) de la Ley N° 10.027 Régimen de las Municipalidades, sus modificatorias por la Ley Provincial N° 10.082, según T.O Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello:
 
EL PRESIDENTE MUNCIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Declárese de Interés Municipal al encuentro literario "Poesía de Marta Zamarripa" a llevarse a cabo el día 30 de abril del 2021 en la sede de Fundación Magma de la ciudad de Concordia.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno 
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DECRETO N° 436/2.021
Concordia, 23 de abril de 2021
 
VISTO la Ordenanza N° 35.454 del Ente de Gestión de la Radio Pública de Concordia y
 
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9° de la Ordenanza N° 35.454, compete al Departamento Ejecutivo la designación del Vicepresidente, Secretario y Tesorero del susodicho Ente.
Que visto la necesidad de contar con un Secretario dentro del directorio del Ente de Gestión de la Radio Pública de Concordia.
Que la persona seleccionada reúne las condiciones de probidad, honestidad y responsabilidad que se requieren para el desempeño de tales cargos y funciones.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en ejercicio de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por Artículo 107° incisos ñ), q) y u), de la Ley 10.027 - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL.
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designase y confórmese el Directorio del Ente de Gestión de la Radio Pública de Concordia como Secretario al Señor Maffey José Luis Marcelo D.N.I. N° 23.143.436 Legajo N° 9218. Sin interferir en sus tareas como Jefe de la Coordinación Técnica y Artística.-
 
ARTICULO 2°.- Disponese que tendrá las funciones asignadas según los Artículos 7° y 18° de la Ordenanza N° 35.454 del Ente de Gestión de la Radio Pública de Concordia.-
 
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretaría de Jefatura de Gabinete y Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas. -
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas
CARLOS RAMON GASTALDI
Presidente del ente de la Radio Pública de Concordia.
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Concordia, 15 de Abril de 2021
N° 9.074
VISTO:
La solicitud presentada por la Sra. Lilian Rut Lesieux se revea plan de pago deuda Contribución por Mejoras-Pavimento; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la contribuyente recurre ante este Honorable Cuerpo a los fines de manifestar su imposibilidad económica de hacer  frete a la deuda en hasta un máximo de setenta y dos (72) cuotas, ya que se trata de una propiedad cuya cantidad de metros lineales es equivalente a cuatro (4) frentes.
Que la recurrente ha manifestado su voluntad de abonar el importe adeudado, en cuotas cuyo manto final no supere los tres mil pesos ($ 3.000).
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.- Concédase  un plan especial de pago a la contribuyente Lilian Rut Lesieux, DNI 28.540.707, por la Cuenta de Contribución por mejoras-pavimento, Partida Provincial Nº 162.374, partida Municipal N° 71.293, inscripta a nombre de Sañudo, José Luis Y Lesieux, Lilian Rut, computando únicamente capital original adeudado sin quita de intereses resarcitorios, sin intereses de financiación en ciento veinte  (120) cuotas.
 
ARTÍCULO 2°.- Infórmese a la contribuyente de la Presente resolución y comuníquesele que la falta de pago de dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) cuotas alternadas producirá la caducidad del plan de pago, el beneficio otorgado por la presente quedará sin efecto y podrá el Departamento Ejecutivo reclamar la cancelación total de la  deuda con más los intereses y gastos correspondientes.
 
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 15 de Abril de 2021
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA B. RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 20 de Abril de 2.021
 
RESOLUCION N°37.311
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.
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RESOLUCIÓN EDOS N° 214/2021
Concordia, 26 de abril de 2021
 
VISTO:
El Expediente N° 68 “B”/2021 por el llamado a Licitación Pública N° 05/2021 para la ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE LÍNEA PARA OBRA COMPLEMENTARIA DEL BARRIO LA VIÑA y,
 
CONSIDERANDO:
Que dicho expediente el Interventor Técnico, Sr. Jorge Mendieta, solicita la compra de Materiales de Línea para la obra complementaria La Viña.
Que la División de Compras y Suministros ha confeccionado el pliego de bases y condiciones particulares y Especificaciones Técnicas para la adquisición mencionada en el considerando anterior.
Que dicho gasto ha sido imputado por la Oficina de Presupuesto en la partida 61.01
Que esta intervención ha autorizado el presente gasto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanza de Autarquía N° 31762 y su Decreto Reglamentario N° 142/16.
 
Por ello,
 
LOS INTERVENTORES DEL EDOS
RESUELVEN
 
ARTICULO 1°.-  Disponese aprobar la documentación correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 05/2021 para la compra de Materiales de línea para obra complementaria del BARRIO La Viña y al pliego que como anexo integra la presente y que se identifica como LICITACIÓN PÚBLICA N° 05/2021 – ADQUISICIÓN DE MAERIALES DE LÍNEA PARA OBRA COMPLEMENTARIA DEL BARRIO LA VIÑA- y cuyos antecedentes obran en expediente N° 68 “B” de 2021
 
ARTICULO 2°.- La Division de Compras y Suministros realizó el llamado a Licitación Pública y fijo la fecha para la apertura de las propuestas para el día 06 de mayo de 2021.
 
ARTICULO 3°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS: TRES MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 3.049.760,00).
 
ARTICULO 4°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones particulares.
 
ARTICULO 5°.- Girar a la División de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, y, posteriormente regístrese, notifíquese, y oportunamente archívese.-
 
 
LICITACION PUBLICA N° 05/2021
 
OBJETO: “ADQUISICION MATERIALES DE LINEA PARA OBRA COMPLEMENTARIA BARRIO LA VIÑA”.
 
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Retirar de la División de Compras y Suministros, Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, Concordia, Entre ríos N° 1300, en días hábiles de 7 a 12 horas. Teléfono: 421-0021 Int 329, e-mail: compras.edos@gmail.com
 
APERTURA LAS PROPUESTAS: 06 de mayo de 2.021, a la 10.00 hora.
 
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 3.049.760,00.
 
VALOR DEL PLIEGO: PESOS TRES MIL CINCUENTA con 00/100 ($ 3.050,00).