Boletín Oficial N° 2991 - Concordia, 05 de Abril de 2021

SUMARIO
 
La siguiente Ordenanza, Decretos y Resoluciones
conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
 
Ordenanza: 37.288 Decretos: 303/2021, 304/2021, 364/2021, 365/2021 y 366/2021.- Resoluciones: 37.290, 37.291, 37.292, 37293, 37.294 y 37.295.-
 
 

Concordia, 18 de Marzo de 2021
 
Expte N° 25.051-SC
 
ORDENANZA DECLARANDO AL AÑO 2021 “AÑO DEL BICENTENARIO FALLECIMIENTO DEL CAUDILLO FRANCISCO RAMIREZ Y EL GRAL. MARTIN MIGUEL DE GUEMES
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENAZA
 
ARTICULO 1°.- Declárese en la ciudad de Concordia, el presente año 2021 bajo la denominación “AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL CAUDILLO FRANCISCO RAMÍREZ Y EL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”
 
ARTICULO 2°.- Impóngase en toda la documentación del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  de Concordia, de manera gráfica y en los medios digitales y radiales, el logo con la leyenda “AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL CAUDILLO FRANCISCO RAMÍREZ Y EL GENERAL MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”, respectivamente.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 18 de Marzo de 2021
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice-Pte. 1°
a/c Presidencia
Sra. ROXANA B. RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 29 de marzo de 2021
 
ORDENANZA N° 37288
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno.
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DECRETO N° 364/2.021.
Concordia, 31 de Marzo de 2.021.
 
VISTO el traslado solicitado por el Agente Mensual IGNACIO EZEQUIEL FERNÁNDEZ, legajo N°6073, en Expediente interno N°4 "F"/2021, y;
 
CONSIDERANDO:
Que el Agente Mensual IGNACIO EZEQUIEL FERNÁNDEZ, legajo N° 6073, dependiente de la Coordinación de Vehículos Livianos, Dirección de Talleres y Depósitos Subsecretaría de Servicios Públicos- Secretaría de Desarrollo Urbano, solicita su traslado al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias (EDOS).
Que la Coordinación de Vehículos Livianos y el Ente Descentralizado de Obras Sanitarias (EDOS), han expresado que no existen objeciones al traslado del interesado.
Que a fojas 3, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente IGNACIO EZEQUIEL FERNÁNDEZ, legajo N° 6073, D.N.I N° 36.695.051, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Diciembre de 2.017. Revista como personal mensual, categoría 8° del Escalafón Municipal. Depende de la Secretaria de Desarrollo Urbano, Dirección de Talleres y Depósitos.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la ley N° 10.027/11 y su modificatoria ley N°10.082- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desaféctese de la Coordinación de Vehículos Livianos, Dirección de Talleres y Depósitos Subsecretaría de Servicios Públicos - Secretaría de Desarrollo Urbano al Agente Mensual IGNACIO EZEQUIEL FERNÁNDEZ, legajo N° 6073, D.N.I N°36.695.051, por los motivos invocados en los considerandos del presente.
 
ARTICULO 2°.- Aféctase al agente indicado en el Artículo 1° del presente Decreto al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias (EDOS)
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno.
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
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DECRETO 365/2.021
Concordia, 31 de Marzo de 2.021
 
VISTO la necesidad de efectuar la apertura de una Cuenta Corriente en el Banco de la Nación Argentina Sucursal Concordia, y
 
CONSIDERANDO
Que es decisión y voluntad de este Departamento Ejecutivo Municipal proceder a efectuar la apertura de una Cuenta Corriente en la citada institución bancaria, donde se depositaran los fondos provenientes del Estado Nacional con destino al desarrollo del Proyecto Parque Vial Ciudad de Concordia, asistencia técnico-económica.
Que la Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas y la Tesorería Municipal han tomado la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones emergentes de la Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos N° 10.027 y modificatorias.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Dispónese la apertura de una Cuenta Corriente en el Banco de la Nación Argentina Sucursal Concordia a nombre de la Municipalidad de Concordia - Proyecto Parque Vial donde se depositarán los fondos provenientes del Estado Nacional con destino al desarrollo del Proyecto Parque Vial Ciudad de Concordia y a la firma conjunta del Presidente Municipal, Secretario de Jefatura de Gabinete y Gobierno y la Tesorera Municipal, conforme a la normativa vigente y a los considerando precedentes
 
ARTICULO 2°.- Dispónese que en caso de ausencia de alguno de los firmantes, se remitirá a dicha entidad bancaria los Decreto de reemplazo correspondiente.
 
ARTICULO 3°.- Autorizar a la Tesorería Municipal a realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° del presente Decreto.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, dese a la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas, a la Contaduría y Tesorería Municipal para su conocimiento, toma de razón e intervención y oportunamente archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
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DECRETO N° 366/2.021.
Concordia 31 de Marzo de 2.021.
 
VISTO:
El Convenio de Cooperación suscripto el día 31 de Marzo de 2.021, entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Don Alfredo Daniel Francolini, asistido por los Señores Secretarios de Jefatura de Gabinete y Gobierno, Oscar Fernando Barboza y de Salud y Deportes, Mauro García y el "AUTO MOTO CLUB CONCORDIA", representada por su Presidente OSCAR E. CUTRO D.N.I. N° 12.781.280 y su Secretario GUSTAVO FRANCOIS, D.N.I. N° 23.390.930 en carácter de Presidente y Secretario respectivamente, y,
 
CONSIDERANDO:
Que la Cláusula Primera se establece las condiciones y obligaciones que el AUTO MOTO CLUB CONCORDIA en carácter invocado, asume en el presente Convenio de Cooperación: Que la Cláusula Segunda establece que LA MUNICIPALIDAD realizará un aporte mensual de Pesos Ochenta Mil ($ 80.000,00.-) por el termino de seis (6) meses, contados con antelación y a partir del día 10 del Abril de 2.021, por el cumplimiento de lo previsto-en la Clausula Primera del presente Convenio.-
Que la Cláusula Tercera establece que el importe acordado en la Cláusula Segunda tendrá como destino y finalidad atender los gastos emergentes del presente Convenio, aplicándose lo previsto en el marco normativo vigente dentro de la Administración Pública Municipal.
Que el presente Convenio de Cooperación consta de cuatro (4) cláusulas
Que cabe el dictado del presente acto administrativo.-
Que la presente medida se dicta en uso de la atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal par el Articulo 107° incisos a), II), n), ñ), q), r) y u) de la Ley N°10.027 modificada por la Ley N°1.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. 
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTÍCULO 1°.- Téngase presente, el Convenio de Cooperación suscripto el día 31 de Marzo de 2.021, entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Don Alfredo Daniel Francolini, asistido por los Señores Secretarios de Jefatura de Gabinete y Gobierno, Oscar Fernando Barboza y de Salud y Deportes, Mauro García y el "AUTO MOTO CLUB CONCORDIA” representada por su Presidente OSCAR E. CUTRO D.N.I. N° 12.781.280 y su Secretario GUSTAVO FRANCOIS, D.N.I. N° 23.390.930 en carácter de Presidente y secretario, que consta de cuatro (4) cláusulas y cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto como Anexo l.
 
ARTÍCULO 2°.- Dispónese reconocer y abonar el mes de Abri1/2.021 y los pagos que se devenguen hasta cumplimentar el período de seis (6) meses a "AUTO MOTO CLUB CONCORDIA", representada por su Presidente OSCAR E. CUTRO D.N.I. N° 12.781.280, asistido por su Secretario GUSTAVO FRANCOIS, D.N.I. N° 23.390.930, debidamente habilitado para el presente acto, debiendo abonarse la suma de Pesos Ochenta mil ($ 80.000,00.-) al Señor, Oscar E. Cutro, con cargo de oportuna rendición de gastos, en virtud del cumplimiento del Convenio de Cooperación ratificado entre la Municipalidad de Concordia y el AUTO MOTO CLUB CONCORDIA, debiendo la Secretaria de Salud y Deportes, iniciar el trámite administrativo de pago mensual, a condición que la institución de cumplimiento al Convenio de Cooperación y al presente Decreto.-
 
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio, en la partida de presupuesto-que informe la Dirección de Presupuesto y Planificación en cada expediente de pago.-
 
ARTÍCULO 4°.- Autorizar a la Contaduría y a Tesorería Municipal a emitir la orden y efectuar el pago correspondiente, previo cumplimiento de las obligaciones que al efecto se establecen en el convenio que se ratifica por el presente.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno 
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DECRETO N° 303/2021
Concordia, 12 de marzo de 2021
 
VISTO:
 
Que se promulgo la Ordenanzas Nº  37.072 /19 y N° 37.283/21  las que se establece la estructura Orgánica de la Administración Pública Municipal y el Decreto donde figuran las respectivas direcciones y
 
CONSIDERANDO: 
Que en el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 37.283/21 determina que las Secretarias del Departamento Ejecutivo Municipal, serán asistidas en sus funciones por las Subsecretarias y Direcciones que se establecen en la misma.
Que en el CAPITULO II – Articulo 17º de dicha Norma establece la Estructura Interna de la Secretaria de Hacienda y Finanzas Publicas
Que el Decreto 048/2020  enumera las respectivas direcciones  que se encuentran bajo la órbita de la  Secretaria de Hacienda y Finanzas Publicas
               Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo por el Art. 107º, incisos ñ) y u) de la Ley Provincial Nº 10.027 - Régimen Municipal, modificada a través de la Ley Nº 10.082 según T.O. Decreto  Nº 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
1.-Dirección de Administración y Despacho
 
ARTICULO 1º División Despacho. Entenderá  en la orientación y diligenciamiento de los trámites administrativos correspondientes a la Secretaría y tendrá a su cargo el ordenamiento y archivo de ordenanzas, decretos y resoluciones, así como la recepción, registración y remisión de expedientes u otros documentos. Se relacionará con la Secretaría de  Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección de Administración y Despacho. Tendrá Nivel 1.   
 
ARTÍCULO 2°.- Crease la Coordinación del Centro Cívico: Entenderá en la Coordinación del Centro Cívico, además de todo lo inherente al control, organización y distribución de funciones y actividades de los recursos humanos a su cargo evaluando el desempeño y responsabilidad. Tendrá  Rango de Departamento Nivel 1, dependerá directamente de la Secretaria de Hacienda y Finanzas Publicas.
 
2.- Contaduría Municipal
 
ARTICULO 3º.- Sub-Contador Municipal. Será el subrogante del Contador en los derechos y obligaciones que la Ley Nº 10.027 y la Ordenanza Nº 33.369  y sus modificatorias le acuerdan a aquél, en casos de ausencias o impedimentos del mismo, o cuando la realización de tareas que resulten de incumbencia del área, requiera del Contador, dedicación en forma exclusiva. Tendrá jerarquía de Jefe de Departamento, con Nivel 1. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Contaduría Municipal
 
ARTICULO 4º División Mesa de Entradas.  Entenderá en todo lo relativo a la organización y supervisión de la recepción, registración y seguimiento de expedientes y de toda otra documentación ingresada. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Contaduría Municipal. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 5º Departamento de Control Interno. Entenderá en la función de control interno de la hacienda pública, en el marco de las directrices que le encomiende la Contaduría Municipal. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Contaduría Municipal. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 6º Departamento Contable. Registrará contablemente, en forma sintética y sistemática, las operaciones de las que deriven variaciones en la hacienda pública municipal, confeccionando la información necesaria para la confección de los Estados Contables. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Contaduría Municipal. Tendrá Nivel 1.
 
ÁRTICULO 7º.-  Area Coordinación Impositiva.  Tendrá competencia en todo lo atinente a dar cumplimiento en tiempo y forma por parte del Municipio, a las obligaciones impositiva tanto formales como materiales, ejerciendo el pertinente control y brindando el debido asesoramiento a las áreas involucradas. Dependerá directamente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas. Tendrá Nivel 1.                                                     
 
3.-Tesorería Municipal
 
ARTICULO 8º.- Sub-Tesorero. Será el subrogante del Tesorero Municipal en los despachos y obligaciones que la Ley Nº 10.027 y la Ordenanza Nº 33.369  y sus modificatorias le acuerdan a aquél, en caso de ausencias o impedimentos del mismo. Tendrá  Jerarquía de Dirección Nivel 1. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Tesorería Municipal.
 
4.-  Dirección General de Rentas
 
ARTICULO 9º Departamento Tasa Comercial. Entenderá en todas las actividades de recaudación, verificación y fiscalización, y en la aplicación del procedimiento administrativo tributario referente a la Tasa Comercial. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda a través de la Dirección General de Rentas. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 10º División Cuerpo de inspectores. Entenderá en la coordinación y dirección del cuerpo de inspectores, analizando, orientando y corrigiendo el contenido de las inspecciones, sus resultados y seguimientos, en un todo de acuerdo a lo establecido en el manual de procedimiento para inspectores de la Dirección General de Rentas. Se relacionará con la Secretaria de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección General de Rentas. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 11º Departamento de Tasa Inmobiliaria. Entenderá en todas las actividades de recaudación, verificación y fiscalización, y en la aplicación del procedimiento administrativo tributario referente a la Tasa general Inmobiliaria. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección General de Rentas. Tendrá Nivel 1.                                                        
 
ARTICULO 12º Departamento Otras Tasas y Derechos. Entenderá en todas las actividades de recaudación, verificación y fiscalización y en la aplicación del procedimiento administrativo tributario, referente a otras tasas y derechos en aplicación. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección General de Rentas. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 13º Departamento Automotor. Entenderá en las acciones de recaudación del Impuesto Provincial Automotor, conforme a las directivas provinciales y municipales. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección General de Rentas. Tendrá Nivel 2.
 
ARTICULO 14º Departamento Apremios. Entenderá en la coordinación y control de la gestión de cobro extrajudicial y judicial de los tributos adeudados, disponiendo el Director de Rentas de la designación de los procuradores y la adjudicación de los certificados de deudas fiscales. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección General de Rentas. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 15º Departamento de Asesoría Legal. Tendrá a su cargo el asesoramiento jurídico de la Dirección General de Rentas en todos los aspectos relacionados a los alcances de las normas tributarias.  Asimismo intervendrá en la elaboración de dictámenes previos a la resolución de expedientes y trámites administrativos, que les sean  requeridos por el Director de Rentas. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección General de Rentas. Tendrá Nivel 1.
 
5.-Dirección de Compras y Suministros
 
ARTICULO 16º Sub-Jefe de la Dirección de Compras y Suministros. Será el subrogante del Director de Compras y Suministros con los derechos y obligaciones que se le acuerdan a aquél, en caso de ausencia o impedimento del mismo. Tendrá jerarquía de Jefe de Departamento, con Nivel 1. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección de Compras y Suministros.
 
6.-Dirección de Informática
 
ARTICULO 17º Sub Director de Informática. Será el subrogante del Director de Informática con los derechos y obligaciones que se le acuerdan a aquél, en caso de ausencia o impedimento del mismo. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección de Informática. Tendrá Nivel de Dirección 1.
 
ARTICULO 18º Departamento de Infraestructura y Servicios. Entenderá en el análisis, diseño, e implementación de las estructuras de Redes y Comunicaciones de datos y gestionar la seguridad de la misma, de la Intranet y de Internet. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Sub Dirección de Informática. Tendrá Nivel 1.                                                 
 
ARTICULO 19º.- Departamento de Sistemas. Entenderá en la definición, dirección, desarrollo  y control de los proyectos de software y sistemas. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Sub Dirección de Informática. Tendrá       Nivel 1.
 
ARTICULO 20º Departamento de Soporte Técnico a Usuarios y Servicio Técnico. Entenderá lo necesario para asegurar el funcionamiento continuo del equipamiento informático de todas las oficinas, controlar y hacer controlar el inventario del equipamiento informático y dar soporte y ayuda a los usuarios. Se relacionará con la Secretaría de  Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Sub Dirección de Informática. Tendrá Nivel 1.  
 
ARTICULO 21º División Monitoreo de Infraestructura y Servicios. Tendrá a su cargo el monitoreo de toda la infraestructura municipal para asegurar la normal prestación de todos los servicios informáticos. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través del Jefe de Departamento de Infraestructura y Servicios. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 22º División Servicio Técnico en Hardware y Software. Tendrá a su cargo el diagnóstico y mantenimiento en todo lo relacionado a software y hardware en las distintas dependencias municipales. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través del Jefe de Departamento de Soporte Técnico a Usuarios y Servicio Técnico. Tendrá Nivel 1.
 
7.- Dirección de Planificación y  Presupuesto
 
ARTICULO 23º Departamento de Planificación Presupuestaria. Entenderá en el seguimiento y control de los objetivos y metas presupuestarias que dicte la Secretaria de Economía y Hacienda. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección de Planificación y Presupuesto. Tendrá Nivel 1.
 
8.-Dirección de Recursos Humanos
 
ARTICULO 24º Departamento Administrativo. Entenderá en la recepción y despacho de la información de la Dirección, expedir certificaciones, recepcionar solicitudes de     licencias y control de las mismas y toda otra tarea o función inherente al mismo. Se relacionará con la Secretaría de  Hacienda y Finanzas Publicas, a través de la Dirección de Recursos Humanos. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 25º Área Control Horario. Se encargara del control de registración de entrada y salida del personal municipal a través de reloj, empadronamiento de agentes y confección del presentismo. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas, a través de la Dirección de Recursos Humanos. Tendrá Nivel 1.         
 
ARTICULO 26º División de Jubilaciones y Seguros. Entenderá en las tramitaciones del personal municipal que se encuentra en condiciones de jubilarse ante los organismos provinciales pertinentes, certificaciones de servicios para el ANSES, como así también todo lo concerniente a trámites de Seguros de la Caja Nacional de Ahorro y del Instituto   Autárquico Provincial del Seguro. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas, a través de la Dirección de Recursos Humanos. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 27º División de Control del Personal Municipal. Entenderá en las tareas de control del  personal municipal, en aquellos lugares que cuenta con reloj magnético, sistema mecano o  mediante planillas. Procede a labrar actas de constatación. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas, a través de la Dirección de Recursos Humanos. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 28º División de Higiene y Seguridad Laboral. Tendrá como función todo lo inherente a lo administrativo del Departamento entrada y salida de expediente; notas y toda otra documentación; entrega de elementos, recepción de solicitudes, asesoramiento administrativo del personal municipal sobre denuncia de siniestro y todo lo concerniente a la seguridad higiene laboral, tendrá la responsabilidad ante la Aseguradora de Riesgos de Trabajo de controlar los reclamos y denuncias de prestaciones dinerarias, como también los informes de altas y bajas del personal sin cobertura, consensuar junto a la asesoría técnica lo concerniente al llamado de licitaciones para la adquisición de elementos de seguridad, liquidación y elevación de los haberes del personal con Incapacidad Laboral Temporaria (I. L. T.), control y recepción de formularios de establecimientos temporarios. Se relacionará con la Dirección de Recursos Humanos a través del Departamento Higiene y Seguridad Laboral. Tendrá Nivel 1.
 
9.-Dirección de Liquidaciones de Haberes
 
ARTICULO 29º Departamento de Contratación del Personal. Entenderá en la confección, control y seguimiento de todo lo relacionado a la contratación de los recursos humanos del Municipio, en el marco de las normativas que dicte el Departamento Ejecutivo. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección de Liquidación de Haberes. Tendrá Nivel 1
 
10.-Dirección de Catastro
 
ARTICULO 30º Departamento Económico. Estará a cargo de la valuación parcelaria, tareas estadísticas valuatorias y  actualización de valuaciones, revalúo, mejoras y categorías. Así como las tareas de inspección de inmuebles para el Municipio y la Provincia. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección de Catastro. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 31º Departamento Jurídico y Patrimonial. Entenderá en los trámites de escribanos y abogados de competencia de la Dirección, inscripciones de títulos, hijuelas y testimonios. Se relacionará con la Dirección del Notariado permitiendo un mayor control sobre las inscripciones efectuadas por los profesionales en el Registro Público de la  Propiedad, contando con esta información en tiempo real. Se encargará de la regularización dominial de los inmuebles de propiedad municipal sin escritura.  Asimismo tendrá a su cargo el resguardo y archivo de los títulos de Propiedad de los inmuebles Municipales. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección de Catastro. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 32º Departamento Catastro Físico. Tendrá a su cargo la atención de los profesionales de la agrimensura y técnicos en general en lo que respecta a subdivisión del suelo. Entenderá en el visado de documentación de mensura. También tendrá a cargo la elaboración de cartografía en sistemas Auto Car, ARC VIEW, ploteo de planos y croquis para las distintas áreas del municipio y la comunidad. Actualización y mantenimiento del Catastro Digital y  Base de Datos espejada con la Provincia. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección de Catastro. Tendrá Nivel 1.       
 
ARTICULO 33º Departamento de Notificaciones Masivas. Tendrá la función de notificar y comunicar los actos administrativos que realice la Municipalidad de Concordia en forma fehaciente. Además deberá dictar un reglamento interno de notificaciones y capacitar el personal de su área. Dependerá directamente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 34° Desígnese en virtud de sus antecedentes y aptitudes personales, los responsables de las aéreas que conforman la Estructura Orgánica de la Secretaría de  Hacienda y Finanzas Publicas, que se consignan a continuación:
 
  1. División Despacho. (Artículo 1°): María Sol Benitti (Legajo 6350 – DNI 37.466.079)
  2. Sub-Contador Municipal. (Artículo 3°): María Vanesa Salomón (Legajo 8004 – DNI 26.188.244)
  3. Encargada de la División Mesa de Entradas. (Artículo 4º): Norma Noemí Iglesias (Legajo 2603 – DNI 16.820.414)
  4. Encargada del  Departamento de Control Interno. (Artículo 5º): Liliana Beatriz González (Legajo 978 – DNI 10.198.310)
  5. Encargada delDepartamento Contable (Articulo 6º): Roxana Teresita Jurado (Legajo 1836 – DNI 13.940.891)
  6. Encargado del Área Coordinación Impositiva. (Artículo 7º): Matías Ignacio Luna     (Legajo 8019- DNI 27.168.540)
  7. . (Articulo Nº 8º): Carmela  María Lucrecia Gómez (Legajo 2180 – DNI 20.702.149)
  8. Encargado Departamento Tasa Comercial (Articulo Nº 9º): José Luis Robertone (Legajo 6350 – DNI 12.681.795)
  9. División Cuerpo de inspectores. (Artículo 10º): Cristian Cañete (Legajo 2776 – DNI 23.672.187)
  10. Encargado del Departamento de Tasa Inmobiliaria (Articulo 11º): Fabricio Néstor Julia (Legajo 1923- DNI 18.514.644)
  11. Departamento Otras Tasas y Derechos (Articulo 12º): Diana Mabel Dorigoni (Legajo 1290 – DNI 14.711.424)
  12. Encargado del Departamento Apremios (Articulo 14º): Horacio Rolando Sandoval (Legajo 1950 – DNI 17.263.578)
  13. Encargado del Departamento de Asesoría Legal (Articulo 15º): Pablo Lapíduz (Legajo 3558 -DNI 16.360.276) AD HONOREM
  14. Sub Jefe de la Dirección de Compras y Suministros. (Artículo 16º): Patricia Alejandra Miranda (Legajo 8011- DNI 28.110.157)
  15. Sub Director de Informática. (Artículo 17º) Marcelo Alberto Colombani (Legajo 9092- DNI 25.123.796)
  16. Encargado del Departamento de Infraestructura y Servicios. (Artículo 18º) Mariano Nazareno González (Legajo 2842- DNI 25.398.637)
  17. Encargado del Departamento de Sistemas. (Artículo 19º)  Ignacio Luis Novello Pelayo (Legajo 5439- DNI 31.211.410)
  18. Encargado del  Departamento de Soporte Técnico a Usuarios y Servicio Técnico.  (Artículo 20º) Alejandro Menéndez ( Legajo 3494 – DNI 22.496.199)
  19. Encargado de la  División Monitoreo de Infraestructura y Servicios. (Articulo21º) Corrado Fabián Contavalle ( Legajo 3334- DNI 22.037.152)
  20. Encargada del Departamento de planificación presupuestaria (Articulo 23º): Marina Soledad Molina (Legajo 8008 – DNI 24.971.286)
  21. Encargada del  Departamento Administrativo. (Artículo 24º) Gisela Grisel Fernández (Legajo 5536 – DNI 32.659.161)
  22. Encargada del  Área Control Horario. (Artículo 25º) Betina Isabel Galeano (Legajo 3144- DNI 27.507.529)
  23. Encargado de la  División de Jubilaciones y Seguros. (Artículo 26º) Edgardo Antonio Menga (Legajo 1284- DNI 14.711.378)
  24. Encargado de la  División de Control del Personal Municipal. (Artículo 27º) Ramón Esteban  González (Legajo 5494- DNI 18.241.527)           
  25. Encargado de la  División de Higiene y Seguridad Laboral. (Artículo 28º): Juan Manuel Uranga (Legajo 6155 – DNI 26.048.488)
  26. Encargada del  Departamento de Contratación del Personal.  (Artículo 29º) Viviana Paola Escobar (Legajo 4977- DNI 23.433.687)
  27. Encargado del  Departamento Económico. (Artículo 30°): Nélida Alejandra Fernández  (Legajo 2115- DNI 23.026.372)
  28. del Departamento Jurídico y Patrimonial. (Artículo 31º) Lidia Cristina Ibarrola (Legajo 1339- DNI 14.307.817)
  29. Encargado del  Departamento Catastro Físico. (Artículo 32º) Juan Antonio Annoni (Legajo 2052- DNI 16.794.334)                          
  30. Encargado del  Departamento de Notificaciones Masivas. (Artículo 33º) Elvio Omar Kotinsky (Legajo 1920- DNI 17.692.462)
ARTICULO 35° Téngase vigente la presente norma a partir del 01 de Marzo de 2021.
 
ARTICULO 36° Deróguese toda norma similar o de menor jerarquía a la presente.
 
ARTICULO 37° Gírese copia certificada a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidaciones de Haberes a sus efectos.
 
ARTICULO 38° Comuníquese, Publíquese, regístrese y archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.
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DECRETO N° 304/2021
Concordia, 12 de marzo de 2021
 
VISTO:
Que se promulgaron las Ordenanzas Nº 37.072/19 y Nº 37.083/21 por las que se establece la estructura Orgánica de la Administración Pública Municipal y:
 
CONSIDERANDO:
Que en el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 37.283/21 determina que las Secretarias del Departamento Ejecutivo Municipal, serán asistidas en sus funciones por las Subsecretarias y Direcciones que se establecen en la misma.
Que en el CAPITULO II – Articulo 17º de dicha Norma establece la Estructura Interna de la Secretaria de Hacienda y Finanzas Publicas
Que  en consecuencia corresponde dictar el presente Acto Administrativo, designando a los funcionarios que desempeñaran cargos hasta Nivel de Dirección, conforme el Articulo 12° de la Ordenanza N° 37283/21.
Que lo dispuesto en el presente Decreto se dicta como excepción al Decreto N° 572/19, prorrogado mediante Decreto N° 1633/19
               Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo por el Art. 107º, incisos q) y u) de la Ley Provincial Nº 10.027 - Régimen Municipal, modificada a través de la Ley Nº 10.082 según T.O. Decreto  Nº 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello:
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º. Designase en la Contaduría Municipal al Cr. MATIAS OSCAR RODRIGUEZ, DNI 26.810.989- Legajo 3575- Clase 1979, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Articulo 19º de la Ordenanza 37.283/21.
 
ARTICULO 2º. Designase en la Tesorería Municipal a la Cra. Susana Beatriz Masetto, DNI 10.512.189, Legajo 834, Clase 1953, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Articulo 20º de la Ordenanza 37.283/21.
 
ARTICULO 3º. Designase Directora de la Dirección General de Rentas a la Cra. MARIA BELEN SCHIAPPACASSE, DNI 25.872.487, Legajo 8005, Clase 1977, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Articulo 21º de la Ordenanza Nº 37.283/21.
 
ARTICULO 4º. Designase Directora de la Dirección de Compras y Suministros a la Señora LILIANA MABEL FREYTAS, DNI 18.241.967, Legajo 2760, Clase 1967, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Articulo 22º de la Ordenanza Nº 37.283/21.
 
ARTICULO 5º. Designase Director de la Dirección de Informática al Señor A.P. GUSTAVO LUIS BERON , DNI 14.162.729, Legajo 3197, Clase 1961, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Articulo 23º de la Ordenanza Nº 37.283/21.
 
ARTICULO 6º. Designase Directora de la Dirección de Planificación y Presupuesto a la Señora BLANCA CELESTE GALLINGER ,  DNI 12.426.651,  Legajo 905, Clase 1956, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Articulo 24º de la Ordenanza Nº 37.283/21.
 
ARTICULO 7º.  Designase Directora de la Dirección de Recursos Humanos a la Lic. MARIA EUGENIA TASSINO NAN, DNI 28.502.505, Legajo 5393, Clase 1981, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Articulo 25º de la Ordenanza Nº 37.283/21.
 
ARTICULO 8º. Designase Directora de la Dirección de liquidaciones de Haberes a la Señora MARCELA  ALEJANDRA LAUREL, DNI 18.505.524, Legajo 1943, Clase 1967, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Articulo 26º de la Ordenanza Nº 37.283/21.
 
ARTICULO 9º. Designase Director de la Dirección de Catastro al MMO JOSE ZUBIZARRETA, DNI 21.582.876,  Legajo 15013, Clase 1970, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Articulo 27º de la Ordenanza Nº 37.283/21.
 
ARTICULO 10º. Designase Director de la Dirección de Defensa del Consumidor al DR. PABLO LAPIDUZ,  DNI16.360.276, Legajo 3558, Clase 1963,  para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Articulo 28º de la Ordenanza Nº 37.283/21.
 
ARTICULO 11º. Fíjese el rango de Director Político a las designaciones formuladas en los ARTICULOS   3º,5º,7º y 10º  y el resto de las designaciones formuladas tendrán Nivel I, de la presente Norma
 
ARTICULO 12º. Liquídese para la designación formulada en el ARTÍCULO 1º, el rango de  Subsecretario
 
ARTICULO 13º. Téngase vigente la presente Norma a partir del 1 de Marzo de 2021.
 
ARTICULO 14º. Deróguese toda norma similar o de menor jerarquía a la presente.
 
ARTICULO 15º. Gírese copia certificada a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidaciones de Haberes a sus efectos.
 
ARTICULO 16º. Comuníquese, Publíquese, regístrese y archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.
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Concordia, 25 de Marzo de 2021
N° 9.056
 
VISTO:
La solicitud presentada por la Sra. Marianela Gaillard de un plan especial de pago de la deuda de Contribución por mejoras-pavimento y Cordón Cuneta; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la contribuyente recurre ante este Honorable Cuerpo a los fines de manifestar su imposibilidad económica de hacer frente a la deuda en la cantidad de cuotas legales vigentes.
Que la conducta fiscal de los últimos diez años de la tasa General Inmobiliaria ha sido perfecta.
Que se le ha realizado estudio socioeconómico para conocer su  actual estado, para permitir de esta manera un mejor análisis de la  situación y en definitiva tomar una decisión al respecto.    
 
Por ello:   
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Concédase un plan especial de pago a la contribuyente; Marianela Gaillard, DNI N° 35.698.834, por la Cuenta de Contribución por Mejoras-Pavimento y Cordón Cuneta N° 622-04, Partida Municipal N° 32.584, inscripta a su nombre, computando únicamente capital original adeudado mas intereses, sin interese de financiación en sesenta (60) cuotas.
 
ARTÍCULO 2º- Infórmese a la contribuyente de la presente Resolución y comuníquesele que  deberá mantener, a partir de la promulgación de la presente, el tributo mencionado en el Artículo 1° al día. De lo contrario y habiéndose atrasado en un (1) período en el pago del mismo, el plan de pago otorgado por la presente Resolución quedará sin efecto y  podrá el Departamento Ejecutivo reclamar la cancelación total de la deuda con más los intereses y gastos correspondiente
 
ARTÍCULO 3°.-  Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 25 de Marzo de 2021
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice-Pte. 1°
a/c Presidencia
Sra. ROXANA B. RONCO
Sub-Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 30 de marzo de 2021
 
RESOLUCION N° 37.290
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.
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Concordia, 26 de Marzo de 2021
 
N° 9.058
 
VISTO:
Que el Sr. ARIEL CORA ALVAREZ importante Personalidad Cultural, quien ha dejado una gran huella regional, provincial, nacional e internacional; y,
 
CONSIDERANDO:
Que ha demostrado que la cultura no tiene límites ni frontera.
Que su característico estilo ha marcado a varias generaciones y que aún se mantiene vigente.
Que se considera una persona humilde y solidaria, que ha sido mentor de innumerables artistas.
Que a lo largo de su carrera como cantautor obtuvo discos de oro y Platino, formando parte de la producción de sus discos los Señores Palito Ortega y Lalo Fransen.
Que ha participado de películas argentinas y represento a su país natal, Uruguay en el festival OTI de la canción en México en el año 1984 y luego viaja a los EEUU:
Que en el año 2013 fue nombrado Personalidad Destacada por el Gobierno Provincial Entrerriano.
Que actualmente sigue recorriendo y compartiendo escenarios con grandes amigos y figuras de la música, quienes han plasmado en su estilo algunas de sus canciones como “Ahí van Camino hacia el Altar”.
Que a lo largo de los años su voz y su nombre quedaron en el recuerdo de aquel público que hoy al verlo en escena cantan junto a él todos sus éxitos.
 
Por ello:
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar Personalidad destacada de la cultura de la Ciudad de Concordia al Sr. ARIEL CORA ALVAREZ, por su gran trabajo y trayectoria artística, quien ha dejado una huella a nivel regional, provincial,  nacional e internacional, dejando demostrado que la cultura no tiene  fronteras ni límites y marcando con su estilo a diferentes generaciones y que aún se mantiene vigente y en actividad su música.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 26 de Marzo de 2021
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA B. RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 30 de marzo de 2021
 
RESOLUCION N° 37.291
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 25 de Marzo de 2021
 
N° 9.051
 
VISTO:
Que en el mes de marzo se conmemora el mes de la Mujer y este marco se llevan a cabo eventos varios para homenajear  a las Mujeres destacadas de nuestra ciudad, y,
 
CONSIDERANDO:
Que el rol de la mujer es fundamental en la transmisión cultural y de las tradiciones de todas y cada una de las familias.
Que la transmisión de las costumbres y hábitos de cada cultura es un tema central para las instituciones y familias de nuestra ciudad.
Que hay mujeres que han sido y son miembros activos de las colectividades y que han dedicado parte importante de sus vidas a colaborar y preservar el acervo cultural de los países de donde llegaron.
Que en el transcurso de este mes cada institución recuerda, anualmente a algunas de ellas.
Que es valorable el rol de cada una de ellas dentro y fuera de las instituciones y como personaje fundamental en el crecimiento y desarrollo de nuestros hijos y como factor social
 
Por ello:   
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal en el ámbito de la Ciudad de Concordia, a la actividad a realizarse en el Centro de Convenciones Concordia el día 25 de Marzo a las 19 horas, organizada por la Comisión Directiva de Inmigrantes Concordia, quienes homenajearan a las mujeres destacadas de las dieciséis (16) colectividades.
 
ARTÍCULO 2º- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 25 de Marzo de 2021
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA B. RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 30 de marzo de 2021
 
RESOLUCION N° 3-7.292
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno.
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Concordia,  26 de Marzo de 2021
 
N° 9.055
 
VISTO:
El Decreto 043/21  del Departamento Ejecutivo, sobre Nueva Escala Salarial para el personal de la Municipalidad de Concordia; y,
 
CONSIDERANDO:
Que el incremento inflacionario ha superado las estimaciones presupuestarias, con el agregado de un menor crecimiento de los ingresos de jurisdicción municipal, provincial como nacional.
Que  a los efectos de proteger los ingresos de los trabajadores municipales y dar respuesta a los distintos reclamos y/o planteos que realizaron los medios sindicales, es que el Departamento Ejecutivo considero pertinente otorgar un nuevo incremento del 5% en el básico de los agentes municipales, a partir del mes de Enero del corriente año.
Que esta medida se dicta dentro de las posibilidades financiera del Municipio y del equilibrio fiscal con que cuenta el mismo.
 
Por ello:  
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
RESUELVE
 
ARTÍCULO 1°.-  Adherir al Decreto N° 043/21 del Departamento Ejecutivo Municipal  conforme a todos sus términos y las previsiones del Art. 4° del mismo.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 25 de Marzo de 2021
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA B. RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 30 de marzo de 2021
 
RESOLUCION N° 37.293
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.
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Concordia, 25 de Marzo de 2021
 
N° 9.052
 
VISTO:
Que en el mes de Marzo se conmemora el mes de la Mujer  y que el 31 de marzo es el Día de la Visualización Trans y en este marco se llevan a cabo eventos sociales e institucionales, y,
 
CONSIDERANDO:
Que la Asociación Civil de hecho TRASCENDER, Asociación para personas jóvenes y adultas Transgénero, cuyo objetivo es acompañar y fortalecer a personas Trans y a sus familias.
Que trabajan para erradicar el estigma, la discriminación y todo el tipo de violencia (familiar, institucional, de género, social, patriarcal y religioso) hacia la población Trans, de estrategias de visibilidad, denuncias y sistematización de la información.
Que promueven la aprobación y cumplimiento de políticas públicas y otro tipo de normativas para el beneficio de la población Trans.
Que trabajan para fortalecer el proceso institucional para la sostenibilidad de la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros.
 
Por ello:   
 
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.-  Declarar de Interés Municipal en el ámbito de la Ciudad de Concordia, al evento organizado por la Asociación Trascender, el día 30 de Marzo de 22 a 24 horas, en la intersección de las calles San Lorenzo y Sarmiento, donde se realizara una pintada sobre la senda peatonal, con los colores representativos de las personas Trans, rosado, blanco y celeste.
 
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 25 de Marzo de 2020
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA B. RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 30 de marzo de 2021
 
RESOLUCIÓN N° 37.294
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario Jefe de Gabinete y Gobierno.
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Concordia, 25 de Marzo de 2021
 
N° 9.057
 
VISTO:
La solicitud presentada por la Sra. María Ester Morales de extensión plan pago vereda construida por el Municipio; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la contribuyente recurre ante este Honorable Cuerpo a los fines de manifestar su imposibilidad económica de hacer frente a la deuda en la cantidad de cuotas legales vigentes.
Que según informe del Departamento de Tasa General Inmobiliaria y Otras Tasas, obrante a fojas 4 del Expediente Externo N° 1.260.917, a la fecha no posee conducta tributaria en esta cuenta y es propietaria de un solo inmueble por lo que significa que es vivienda única.
Que el estudio socio-económico, realizado acredita que la recurrente percibe el haber minino jubilatorio y que tiene a su cargo un hijo con discapacidad.
 
Por ello:
  
EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Concédase un plan especial de pago a la contribuyente, María Ester Morales, DNI N° 5.322.381, por la Cuenta de contribución por Mejoras “Programa de Regularización de Veredas” N° 2.129-04, Partida Municipal N° 12.586, inscripta a su nombre, computando únicamente capital original adeudado más intereses, sin intereses de financiación en cuarenta y ocho (48) cuotas.
 
ARTÍCULO 2º.-  Infórmese a la contribuyente de la presente Resolución y comuníquesele que  deberá mantener, a partir de la promulgación de la presente, el tributo mencionado en el Artículo 1° al día. De lo contrario y habiéndose atrasado en un (1) período en el pago del mismo, el plan de pago otorgado por la presente Resolución quedará sin efecto y  podrá el Departamento Ejecutivo reclamar la cancelación de la deuda con más los intereses y gastos correspondiente
 
ARTÍCULO 3°.-  Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 25 de Marzo de 2021
 
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA B. RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 30 de marzo de 2021
 
RESOLUCION N° 37.295
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.