Boletín Oficial N° 2944 - Concordia, 23 de septiembre de 2020

Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Decretos: 991/2020, 1.005/2020, 1.013/2020, 1.014/2020, 1.016/2020, 1.017/2020, 1.018/2020 y 1.019/2020.-
 
 
 
 
 
 
 
 
 

DECRETO N° 991/2020
Concordia, 11 de septiembre de 2020
 
VISTOS:
Los Expedientes administrativos N°s 129 “D”/2017, 162 “D”/2017, 245 “D”/2017, 2866 “D”/2017, 2639“D”/2017, 2672 “D”/2017, 2705 “D”/2017, 2773 “D”/2017, 2830 “D”/2017, 53 “D”/2018, 54 “D”/2018, 288 “D”/2018, 1225 “D”/2018, 1182 “D”/2018, 923 “D”/2018, 831 “D”/2018, 1669 “D”/2018, 1381 “D”/2018, 1247 “D”/2018, 2026 “D”/2018, 2029 “D”/2018, 378 “D”/2018, 238 “D”/2018, 163 “D”/2018, 1033 “D”/2017, 891 “D”/2017, 812 “D”/2017, 785 “D”/2017, 1670 “D”/2018, 380 “D”/2018, 411 “D”/2018, 574“D”/2018, 573 “D”/2018, 641 “D”/2018, 654 “D”/2018, 723 “D”/2018, 759 “D”/2018, 760 “D”/2018, 1453 “D”/2017, 1852 “D”/2017, 1976 “D”/2017, 2045 “D”/2017, 2115 “D”/2017, 2116 “D”/2017, 2216 “D”/2017, 2217 “D”/2017, 2223 “D”/2017, 2300 “D”/2017, 2390 “D”/2017, 2442 “D”/2017, 2461 “D”/2017, 2586 “D”/2017, 1982 “D”/2018, 2106 “D”/2018, 2158 “D”/2018, 2210 “D”/2018, 2253 “D”/2018, 2315 “D”/2018, 2437 “D”/2018, 3081 “D”/2018, 3080 “D”/2018, 3183 “D”/2018, 3294 “D”/2018, 3414 “D”/2018, 3461 “D”/2018, 25 “D”/2019, 24“D”/2019, 452 “D”/2019, 510 “D”/2019, 546 “D”/2019, 608 “D”/2019, 640 “D”/2019, 679 “D”/2019 y 871 “D”/2019.-
 
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 obra informe del Jefe de Departamento José M. Velázquez y del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 3 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 5 obra caratula del Expediente Nº 162 “D”/2017.-
Que a fs. 6 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 8 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 10 obra caratula del Expediente Nº 245 “D”/2017.-
Que a fs. 11 obra informe del Jefe de Departamento José M. Velázquez, del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 13 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 15 obra Cedula notificada al Señor Jorge Rafael Esteche.-
Que a fs. 16 obra descargo del Señor Jorge Rafael Esteche.-
Que a fs. 18 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 20 obra caratula del Expediente Nº 2866 “D”/2017.-
Que a fs. 21 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 23 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 26 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 28 obra caratula del Expediente Nº 2639 “D”/2017.-
Que a fs. 29 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 31 obra caratula del Expediente Nº 2672 “D”/2017.-
Que a fs. 32 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 34 obra caratula del Expediente Nº 2705 “D”/2017.-
Que a fs. 35 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 37 obra caratula del Expediente Nº 2773 “D”/2017.-
Que a fs. 38 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 40 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 42 obra caratula del Expediente Nº 2830 “D”/2017.-
Que a fs. 43 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 45 obra caratula del Expediente Nº 53 “D”/2018.-
Que a fs. 46 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 47 obra caratula del Expediente Nº 54 “D”/2018.-
Que a fs. 48 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 50 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 52 obra caratula del Expediente Nº 288 “D”/2018.-
Que a fs. 53 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 55 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 58 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 60 obra descargo del Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656.-
Que a fs. 61 obra fotocopia del certificado médico del Señor Jorge Rafael Esteche.-
Que a fs. 63 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 64 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Gisela G. Fernandez.-
Que a fs. 66 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Miguel A. Gonzalez.-
Que a fs. 68 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Miguel A. Gonzalez.-
Que a fs. 69 obra caratula del Expediente Nº 1225 “D”/2018.-
Que a fs. 70 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 72 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 76 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 79 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 80 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Gisela G. Fernandez.-
Que a fs. 82 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Maria Manuela Pizzini.-
Que a fs. 84 obra caratula del Expediente Nº 1182 “D”/2018.-
Que a fs. 85 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 86 obra caratula del Expediente Nº 923 “D”/2018.-
Que a fs. 87 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 89 obra caratula del Expediente Nº 831 “D”/2018.-
Que a fs. 90 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 92 obra caratula del Expediente Nº 1669 “D”/2018.-
Que a fs. 93 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 94 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 98 obra caratula del Expediente Nº 1381 “D”/2018.-
Que a fs. 99 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 101 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 104 obra caratula del Expediente Nº 1247 “D”/2018.-
Que a fs. 105 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 107 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 110 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 104 obra caratula del Expediente Nº 1247 “D”/2018.-
Que a fs. 112 obra informe de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 113 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 115 obra caratula del Expediente Nº 2029 “D”/2018.-
Que a fs. 116 obra informe de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 117 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 119 obra caratula del Expediente Nº 378 “D”/2018.-
Que a fs. 120 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 122 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 125 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 127 y 130 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 131 obra informe de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 132 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Maria Manuela Pizzini.-
Que a fs. 133 obra caratula del Expediente Nº 238 “D”/2018.-
Que a fs. 134 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 136 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 141 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 143 obra caratula del Expediente Nº 162 “D”/2018.-
Que a fs. 144 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 146 obra caratula del Expediente Nº 163 “D”/2018.-
Que a fs. 147 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 148 obra caratula del Expediente Nº 1033 “D”/2017.-
Que a fs. 149 obra informe del Señor José M. Velazquez Jefe Departamento Desmalezamiento.-
Que a fs. 151 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 154 y 155 obra informe de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 156 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 158 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 159 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Gisela G. Fernandez.-
Que a fs. 161 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Maria Manuela Pizzini.-
Que a fs. 162 obra caratula del Expediente Nº 891 “D”/2017.-
Que a fs. 163 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 165 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 167 obra caratula del Expediente Nº 812 “D”/2017.-
Que a fs. 168 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia, del Jefe Departamento Desmalezamiento José M. Velazquez  y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 170 obra caratula del Expediente Nº 785 “D”/2017.-
Que a fs. 171 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia, del Jefe Departamento Desmalezamiento José M. Velazquez  y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 173 obra caratula del Expediente Nº 1670 “D”/2018.-
Que a fs. 174 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 175 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 178 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Celina Gonzalez.-
Que a fs. 179 obra caratula del Expediente Nº 380 “D”/2018.-
Que a fs. 180 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 182 obra caratula del Expediente Nº 411 “D”/2018.-
Que a fs. 183 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 185 obra caratula del Expediente Nº 574 “D”/2018.-
Que a fs. 186 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 187 obra caratula del Expediente Nº 573 “D”/2018.-
Que a fs. 188 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 190 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 194 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 195 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 196 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Miguel A. Gonzalez.-
Que a fs. 198 y 199 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 211 y 212 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Miguel A. Gonzalez.-
Que a fs. 213 obra caratula del Expediente Nº 641 “D”/2018.-
Que a fs. 214 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 216 obra caratula del Expediente Nº 654 “D”/2018.-
Que a fs. 217 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 219 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 221 obra caratula del Expediente Nº 723 “D”/2018.-
Que a fs. 222 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 223 obra caratula del Expediente Nº 759 “D”/2018.-
Que a fs. 224 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 225 obra caratula del Expediente Nº 760 “D”/2018.-
Que a fs. 226 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 228 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 231 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 234 obra descargo del Señor Jorge Rafael Esteche.-
Que a fs. 236 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 237 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 239 obra caratula del Expediente Nº 1453 “D”/2017.-
Que a fs. 240 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 242 obra caratula del Expediente Nº 1852 “D”/2017.-
Que a fs. 243 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 245 obra caratula del Expediente Nº 1976 “D”/2017.-
Que a fs. 246 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 248 obra caratula del Expediente Nº 2045 “D”/2017.-
Que a fs. 249 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 251 obra caratula del Expediente Nº 2115 “D”/2017.-
Que a fs. 252 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 254 obra caratula del Expediente Nº 2116 “D”/2017.-
Que a fs. 255 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 256 obra caratula del Expediente Nº 2216 “D”/2017.-
Que a fs. 257 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia, del Jefe Departamento Desmalezamiento José M. Velazquez  y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 258 obra caratula del Expediente Nº 2217 “D”/2017.-
Que a fs. 259 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia, del Jefe Departamento Desmalezamiento José M. Velazquez  y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 260 obra caratula del Expediente Nº 2223 “D”/2017.-
Que a fs. 261 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia, del Jefe Departamento Desmalezamiento José M. Velazquez  y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 263 obra caratula del Expediente Nº 2300 “D”/2017.-
Que a fs. 264 a 266 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 268 obra caratula del Expediente Nº 2390 “D”/2017.-
Que a fs. 269 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 271 obra caratula del Expediente Nº 2442 “D”/2017.-
Que a fs. 272 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 274 obra caratula del Expediente Nº 2461 “D”/2017.-
Que a fs. 275 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 277 obra caratula del Expediente Nº 2586 “D”/2017.-
Que a fs. 278 a 279 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 281 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 286 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 289 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 290 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 291 y 292 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Miguel A. Gonzalez.-
Que a fs. 293 obra caratula del Expediente Nº 1913 “D”/2018.-
Que a fs. 294 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 296 obra caratula del Expediente Nº 1982 “D”/2018.-
Que a fs. 297 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 299 obra caratula del Expediente Nº 2106 “D”/2018.-
Que a fs. 300 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 302 obra caratula del Expediente Nº 2158 “D”/2018.-
Que a fs. 303 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 305 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 309 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 312 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 313 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 314 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Miguel A. Gonzalez.-
Que a fs. 315 obra caratula del Expediente Nº 2210 “D”/2018.-
Que a fs. 316 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 318 obra caratula del Expediente Nº 2253 “D”/2018.-
Que a fs. 319 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 321 obra caratula del Expediente Nº 2315 “D”/2018.-
Que a fs. 322 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 324 obra caratula del Expediente Nº 2437 “D”/2018.-
Que a fs. 325 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 327 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 330 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 333 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 334 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 335 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Maria Manuela Pizzini.-
Que a fs. 336 obra caratula del Expediente Nº 3081 “D”/2018.-
Que a fs. 337 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 338 obra caratula del Expediente Nº 3080 “D”/2018.-
Que a fs. 339 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 341 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 343 obra caratula del Expediente Nº 3183 “D”/2018.-
Que a fs. 344 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 346 obra caratula del Expediente Nº 3294 “D”/2018.-
Que a fs. 347 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 349 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 352 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.
Que a fs. 355 obra informe de la Directora de Liquidaciones Viviana Paola Escobar.-
Que a fs. 356 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 357 obra caratula del Expediente Nº 3414 “D”/2018.-
Que a fs. 358 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 360 obra caratula del Expediente Nº 3461 “D”/2018.-
Que a fs. 361 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 363 obra caratula del Expediente Nº 25 “D”/2019.-
Que a fs. 364 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 365 obra caratula del Expediente Nº 24 “D”/2019.-
Que a fs. 366 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 368 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 371 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 374 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 375 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 376 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Maria Manuela Pizzini.-
Que a fs. 377 obra caratula del Expediente Nº 452 “D”/2019.-
Que a fs. 378 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 380 obra caratula del Expediente Nº 510 “D”/2019.-
Que a fs. 381 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 383 obra caratula del Expediente Nº 546 “D”/2019.-
Que a fs. 384 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 386 obra caratula del Expediente Nº 608 “D”/2019.-
Que a fs. 387 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 389 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 392 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.-
Que a fs. 395 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 396 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 397 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Maria Manuela Pizzini.-
Que a fs. 398 obra caratula del Expediente Nº 640 “D”/2019.-
Que a fs. 399 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 401 obra caratula del Expediente Nº 679 “D”/2019.-
Que a fs. 402 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 404 obra caratula del Expediente Nº 817 “D”/2019.-
Que a fs. 405 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 407 obra caratula del Expediente Nº 871 “D”/2019.-
Que a fs. 408 obra informe del Director de Higiene Urbana Héctor Raúl Subeldia y del Subsecretario de Servicios Públicos Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 410 obra informe de la Jefa de Equipo Control Horario Betina Galeano.-
Que a fs. 413 obra informe del Señor J. Manuel Uranga del Departamento Higiene y Seguridad Laboral.
Que a fs. 416 obra informe de la Directora de Liquidaciones Marcela A. Laurel.-
Que a fs. 417 obra informe de antecedentes disciplinarios Señor Jorge Rafael Esteche, Legajo Nº 5656, por parte de la Dirección de Recursos Humanos Ma. Eugenia Tassino.-
Que a fs. 418 a 419 obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos Celina Gonzalez.-
Que a fs. 420 obra dictamen del Tribunal de Disciplina.-
Que a fs. 424/426 obra Decreto Nº 1.056/2.019 de fecha 06 de Agosto de 2019.-
Que a fs. 430/433 obra notificación del Decreto Nº 1.056/2.019 de fecha 06 de Agosto de 2019.-
Que a fs. 435 obra Avocamiento del Instructor Sumariante.-
Que a fs. 436 obra Oficio a la Dirección de Liquidaciones.-
Que a fs. 437 obra Oficio a la Jefa de Equipo Control Horario.-
Que a fs. 443/445 obra contestación de Oficio a la Dirección de Liquidaciones.-
Que a fs. 446 obra Ratificación de Denuncia del Señor Jose Maria Velazquez.-
Que a fs. 447 obra Ratificación de Denuncia de la Señora Maria Eugenia Tassino.-
Que a fs. 448/449 obra Ratificación de Denuncia del Señor Héctor Raúl Subeldia.-
Que a fs. 450 obra Declaración Testimonial del Señor Oscar Alberto Santana.-
Que a fs. 451/454 obra contestación de Oficio del Equipo Control Horario.-
Que a fs. 478 obra cedula dirigida al Agente Jorge Rafael Esteche, citándolo a prestar Declaración Indagatoria para el día 23 de Octubre de 2.019.-
Que a fs. 479 obra Acta de Comparecencia del Señor Jorge Rafael Esteche.-
Que a fs. 480 obra cedula dirigida al Agente Jorge Rafael Esteche, citándolo a prestar Declaración Indagatoria para el día 14 de Noviembre de 2.019.-
Que a fs. 481 obra cedula dirigida al Dr. Enrique Celestino Hourcade, citándolo en carácter de Defensor Oficial para el día 14 de Noviembre de 2.019.-
Que a fs. 482 obra Declaración Indagatoria del Señor Jorge Rafael Esteche.-
Que a fs. 483 obra Acta de Comparecencia del Señor Jorge Rafael Esteche.-
Que a fs. 484 obra Resolución de Apertura a Prueba.-
Que a fs. 485 obra cedula dirigida al Agente Jorge Rafael Esteche, notificando al Apertura a Prueba en el domicilio Legal.-
Que a fs. 486 obra cedula dirigida al Agente Jorge Rafael Esteche, notificando al Apertura a Prueba en el domicilio Laboral y Real.-
Que a fs. 487 obra escrito remitido por el Defensor Oficial Dr. Enrique Celestino Hourcade.-
Que a fs. 488 obra cedula dirigida al Agente Jorge Rafael Esteche, notificando que se presente en fecha 13 de Diciembre de 2019, por razones de su interés.-
Que a fs. 489 obra Resolución Decretando la Rebeldía en fecha 28 de Enero de 2020.-
Que a fs. 490 obra cedula dirigida al Agente Jorge Rafael Esteche, notificando la Rebeldía en el domicilio Legal.-
Que a fs. 491 obra cedula dirigida al Agente Jorge Rafael Esteche, notificando la Rebeldía en el domicilio Real.-
Que a fs. 492-501 obra el Informe Final del Instructor Sumariante Dr. Christian Carlos Mazariche, de fecha 14 de febrero de 2020, en donde entiende que de las probanzas producidas, la conducta del Agente Sumariado Señor Esteche se encuadra en el incumplimiento de los siguientes artículos de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275: “ARTICULO 16°: Son obligaciones del personal de la Administración Municipal en cualquiera de las categorías: a) La prestación personal adecuada y eficaz del servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes  b)… c)… d) Observar buena conducta…” y el articulo 31º.- “Son causas para la separación del empleo: a) Inasistencia injustificada que exceda de quince días hábiles en el año…”; por lo que aconseja aplicar al Agente Sumariado Señor Jorge Rafael Esteche, D.N.I. Nº 26.784.081, Legajo Nº 5656, la sanción disciplinaria de CESANTÍA, prevista en el articulo 39º inciso f). de la Ordenanza N° 11.275, salvo mejor criterio del Departamento Ejecutivo.- 
Que a fs. 502-509 vta. obra conclusión de la Dirección de Asuntos Jurídicos, en la cual comparte lo expresado por la División Sumarios, detallando que en el año 2017 la totalidad de los días de inasistencias sin justificación alcanzaron a TREINTA Y SEIS (36), la falta de registración de ingreso fue de UN (1) día, y las faltas de registración de egreso alcanzaron a SETENTA Y CINCO (75); que en el año 2018 la totalidad de días de inasistencias sin justificación alcanzaron a VEINTINUEVE (29), las faltas de registración de ingreso alcanzaron a TRES (3), y las faltas de registración de egreso alcanzaron a OCHENTA Y CINCO (85); y que en el año 2019 los días de inasistencias sin justificación alcanzaron a seis (6), y la falta de registración de egreso alcanzaron a veinticinco (25); por lo que en éstos términos la conducta descripta por el Agente Municipal JORGE RAFAEL, ESTECHE –Legajo N° 5656-, queda incursa en las previsiones de los artículos 16 inciso a), d), y pasible de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 31 inc. a), ambos de la Ordenanza de Escalafón Municipal N° 11.275/49, atento a las inasistencias comprobadas y configura la causal de sanción de Cesantía.-
Que a fs. 510 consta Nota de Alejandro Olier, miembro del Tribual de Disciplina en representación de la Unión de Obreros y Empleados Municipales, en la cual considera que debería aplicarse al Agente Municipal Jorge Rafael Esteche, una sanción de treinta días de suspensión.-
Que a fs. 511-512 obra Dictamen de los Miembros del Tribunal de Disciplina, Ayala Yanina –A.P.J. y P.M.C.-, y José Luis Gómez –D.E.M-, aconsejando aplicar al Agente Municipal Jorge Rafael Esteche, la sanción de Cesantía prevista en el artículo 39  inciso f) de la Ordenanza de Escalafón Municipal N° 11.275/49, por no haber concurrido a prestar servicios a su lugar habitual de trabajo por un término que supera holgadamente los quince (15) días en el año sin justificación alguna, lo que demuestra una falta de interés y responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones laborales.-
Que a fs. 516-523 vta. obra el Decreto N° 954/2020 de fecha 31 de agosto de 2020, que aplica al Agente Municipal Esteche Jorge Rafael, legajo Nº 5656, la sanción de Cesantía.-
Que a fs. 525 obra observación de la Dirección de Liquidaciones, solicitando se rectifique del Decreto N° 954/2020, el número de documento del Agente Municipal Esteche Jorge Rafael.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10027, y su modificatoria Ley N° 10082 –Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos-, según T.O. Decreto Nº 4706/12 del PEP.-
 
Por ello:
 
EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTÍCULO 1°: Déjase sin efecto el Decreto N° 954/2020 de fecha 31 de agosto de 2020.
 
ARTÍCULO 2°: Aplicase al Agente Municipal Esteche Jorge Rafael, DNI 26.784.081, legajo Nº 5656, la sanción de Cesantía prevista en el artículo 39° inciso f). de la Ordenanza de Escalafón Municipal N° 11.275/49, a partir de su notificación, por haberse probado con las constancias obrantes en los Expedientes Administrativos N°s 129 “D”/2017, 162 “D”/2017, 245 “D”/2017, 2866 “D”/2017, 2639“D”/2017, 2672 “D”/2017, 2705 “D”/2017, 2773 “D”/2017, 2830 “D”/2017, 53 “D”/2018, 54 “D”/2018, 288 “D”/2018, 1225 “D”/2018, 1182 “D”/2018, 923 “D”/2018, 831 “D”/2018, 1669 “D”/2018, 1381 “D”/2018, 1247 “D”/2018, 2026 “D”/2018, 2029 “D”/2018, 378 “D”/2018, 238 “D”/2018, 163 “D”/2018, 1033 “D”/2017, 891 “D”/2017, 812 “D”/2017, 785 “D”/2017, 1670 “D”/2018, 380 “D”/2018, 411 “D”/2018, 574 “D”/2018, 573 “D”/2018, 641 “D”/2018, 654 “D”/2018, 723 “D”/2018, 759 “D”/2018, 760 “D”/2018, 1453 “D”/2017, 1852 “D”/2017, 1976 “D”/2017, 2045 “D”/2017, 2115 “D”/2017, 2116 “D”/2017, 2216 “D”/2017, 2217 “D”/2017, 2223 “D”/2017, 2300 “D”/2017, 2390 “D”/2017, 2442 “D”/2017, 2461 “D”/2017, 2586 “D”/2017, 1982 “D”/2018, 2106 “D”/2018, 2158 “D”/2018, 2210 “D”/2018, 2253 “D”/2018, 2315 “D”/2018, 2437 “D”/2018, 3081 “D”/2018, 3080 “D”/2018, 3183 “D”/2018, 3294 “D”/2018, 3414 “D”/2018, 3461 “D”/2018, 25 “D”/2019, 24“D”/2019, 452 “D”/2019, 510 “D”/2019, 546 “D”/2019, 608 “D”/2019, 640 “D”/2019, 679 “D”/2019 y 871 “D”/2019.-; que en el año 2017 la totalidad de los días de inasistencias sin justificación alcanzaron a TREINTA Y SEIS (36), la falta de registración de ingreso fue de UN (1) día, y las faltas de registración de egreso alcanzaron a SETENTA Y CINCO (75); que en el año 2018 la totalidad de días de inasistencias sin justificación alcanzaron a VEINTINUEVE (29), las faltas de registración de ingreso alcanzaron a TRES (3), y las faltas de registración de egreso alcanzaron a OCHENTA Y CINCO (85); y que en el año 2019 los días de inasistencias sin justificación alcanzaron a seis (6), y la falta de registración de egreso alcanzaron a veinticinco (25); que en éstos términos la conducta descripta por el Agente Municipal JORGE RAFAEL, ESTECHE –Legajo N° 5656-, queda incursa en las previsiones de los artículos 16 inciso a), d), y pasible de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 31 inc. a), ambos de la Ordenanza de Escalafón Municipal N° 11.275/49.
 
ARTÍCULO 3°: Notifíquese al Agente Municipal Esteche Jorge Rafael, DNI 26.784.081, legajo Nº 5656, publíquese, dese a la Secretaría de Desarrollo Urbano, a la Dirección de Recursos Humanos, de Liquidaciones y oportunamente archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Vicepresidente Municipal
a/c Presidencia Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1005/2020
Concordia, 16 de septiembre de 2.020.
 
VISTO el contenido del Decreto 383/2020 de fecha 20 de Marzo de 2020, y
 
CONSIDERANDO:
Que en dicho decreto el Departamento Ejecutivo ha estimado conveniente otorgar un incremento de sueldos de acuerdo a las posibilidades financieras del Municipio, el que consiste en un veinticuatro por ciento (24%) aplicable en tres tramos, quince por ciento (15%) en Marzo, cinco por ciento (5%) en Mayo y cuatro por ciento (4%) en Julio 2020.
Que en el mismo se aplica el primer tramo correspondiente al quince por ciento (15%) de incremento en la escala salarial en los haberes del mes de Marzo.
Que a fin de dar continuidad a lo dispuesto, corresponde cumplimentar con el segundo tramo de incremento en la escala salarial correspondiente al cinco por ciento (5%) en los haberes del mes de Septiembre 2020, el que no pudo implementarse en el mes de Mayo por los motivos de la crisis económica agravada por la crisis sanitaria.
Que por otra parte esta gestión considera justo recomponer los haberes de los Funcionarios políticos de acuerdo al incremento dado a los agentes de Planta Permanente en el mes de Marzo a partir de los haberes de Septiembre 2020.
Que la presente medida se adopta a efectos de proteger los ingresos de los trabajadores municipales del continuo crecimiento de inflación que se ha producido en los últimos meses teniendo en cuenta las posibilidades financieras con que cuenta el Municipio.
Que por tal motivo corresponde elaborar una nueva escala salarial que contemple los haberes a regir a partir del mes en curso.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° incisos b), ñ) q) y u) de la Ley 10.027 ¬Ley Orgánica de los Municipios de Entré Ríos.
 
Por ello:
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dispónese, a los efectos de dar cumplimiento al segundo tramo del incremento otorgado por el Departamento Ejecutivo Municipal, la liquidación de un cinco por ciento 5% en la escala salarial vigente para los empleados de Planta Permanente a partir del mes de septiembre del corriente.
 
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la nueva escala de sueldos del personal de la Administración Pública Municipal, aplicable al mes de septiembre, la cual quedará redactada de la siguiente manera:
 
Presidente Municipal $ 1.375,00
Vicepresidente Municipal $ 37.134,53
Secretario D.E. $ 32.680,87
Secretario – H.C.D. 32.680,87
Sub-Secretario D.E. 31.679,11
Director Político $ 29.179,95
Jefe Departamento Político $ 30.305,39
24 $ 32.887,39
23 $ 30.305,39
22 $ 28.227,17
21 $ 26.988,55
20 $ 25.960,02
19 $ 25.225,33
18 $ 24.931,36
17 $ 24.721,51
14-15-16 $ 24.511,57
12 13 $ 24.529,65
10 11 $ 24.028,79
6-7-8-9 $ 23.797,79
1-2-3-4-5 $ 23.629,90
 
ARTICULO 3°.- Autorizase un incremento del cinco por ciento (5%) sobre el monto mínimo de contrato ($ 22.504,67), para todos los agentes contratados con aportes, el que deberá liquidarse en el código 475 “adicional contratado con aportes no remunerativo”, incorporándose al monto que ya perciben algunos agentes, a partir del 01/09/2020.
 
ARTICULO 4°.- Suspéndase el aumento previsto en el presente a los funcionarios políticos hasta el nivel de Direcciones hasta tanto mejoren las finanzas del municipio, y autorizase a la recomposición de los haberes de dichos funcionarios conforme al primer tramo prescripto por el Decreto N° 383/2020, a partir del mes de septiembre de 2020.
 
ARTICULO 5°.- Invitase al Honorable Concejo Deliberante a adherirse a la presente medida. ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese copia a la Secretaría de Coordinación de Gestión y remítase el presente ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Vicepresidente Municipal
a/c Presidencia Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.
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DECRETO N° 1.013/2.020
Concordia, 18 de septiembre de 2020
 
VISTO las tramitaciones obrantes en el Expediente N° 740 “S”/2020, mediante el cual se gestiona un subsidio para un grupo de personas según petición formulada por la Secretaria de Desarrollo Social, y,
 
CONSIDERANDO:
Que en la presente obra solicitudes con su correspondiente copia de DNI donde exponen los motivos de la mencionada solicitud.-
Que los fundamentos expuestos en la notas de referencia se consideran entendibles, atento a que dichas personas no cuentan con recursos suficientes.
Que en virtud de ello, la Secretaria de Desarrollo Social se considera viable dar curso favorable a esta solicitud de ayuda económica.-
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Presupuesto corresponde imputar el presente gasto a la partida 0.4.90.01.03.04.34.02 Desarrollo Social del Presupuesto de Gastos vigentes.-
Que la Secretaria de Economía Hacienda autoriza el presente gasto.
Que obra informe de Contaduría municipal.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, ñ), q) y u) de la Ley 10.027- Régimen de los Municipios de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTÍCULO 1°.- Acuérdese otorgar a las personas que se detallan en el listado adjunto y de acuerdo al importe designado a cada uno de ellos, un5i-ayuda económica por la suma total de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL ($ 54.000,00), a fin de atender gastos emergentes por los motivos indicados en el considerando precedente. Correspondiente al mes de Julio/20. Como caso de excepción a lo dispuesto en el Decreto 572/19 y 623/20.
 
ARTICULO 2°.- Imputar el gasto indicado en el Artículo 1° a las siguientes partidas 0.4.90.01.03.04.34.02  Desarrollo Social del Presupuesto de Gastos vigentes en los importes que en cada caso se especifica.
 
ARTICULO 3°.- Girar a Contaduría y Tesorería a sus efectos.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Vicepresidente Municipal
a/c Presidencia Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario de Coordinación de Gestión
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas
ENRIQUE ROBERTO AMADEO CRESTO
Secretario de Desarrollo Social
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Desarrollo Económico
Dr. MAURO GARCIA
Secretario de Salud y Deporte.
 
ANEXO I
 
Acosta Gabina Lucia 26.784.293 $ 3.000,00
Altamirano Milagros Ayelen 39.716.719 $ 3.000,00
Block Olga 21.591.557 $ 3.000,00
Caceres Agustina Liliana 22.023.631 $ 3.000,00
Duarte Lorena Andrea 30.213.156 $ 3.000,00
Gauna Noelia Vanesa 35.713.699 $ 3.000,00
Ibarra Nilda 27.607.992 $ 3.000,00
Ledesma Monica Olga 25.806.872 $ 3.000,00
Losser Ledesma Gaston Alejandro 38.930.518 $ 3.000,00
Paiz Daiana Soledad 35.446.059 $ 3.000,00
Rios Carla Itati 40.283.690 $ 3.000,00
Romero Marian Cristal 42.850.986 $ 3.000,00
Ruiz Díaz Silvia Carina 22.660.571 $ 3.000,00
Tenich Rosa Isabel 14.307.922 $ 3.000,00
Torales Monica Susana 18.459.633 $ 3.000,00
Sosa Antonela Itati 38.316.031 $ 3.000,00
Vallejos Gimena Alejandra 41.867.889 $ 3.000,00
Zabalo Marta Beatriz 25.806.641 $ 3.000,00
TOTAL $ 54:000,00
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Vicepresidente Municipal
a/c Presidencia Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario de Coordinación de Gestión
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas
ENRIQUE ROBERTO AMADEO CRESTO
Secretario de Desarrollo Social
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Desarrollo Económico
Dr. MAURO GARCIA
Secretario de Salud y Deporte.
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DECRETO N° 1.014/2.020
Concordia, 18 de septiembre de 2020
 
VISTO, expediente N° 1291339 y;
 
CONSIDERANDO:
Que en el referido expediente obra Resolución N° 0029 C.G.E. - Expedientes Grabado N° (2349944 y 2357512) de fechas 14/11/2019 y 28/11/2019 del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos,  donde se adscribe a la Municipalidad de Concordia a la Sra. CASTILLO, Silvia Liliana, DNI: 17.309.716, (Personal de Servicios Auxiliares - Categoría 7- Titularen la Escuela Secundaria N° 22 del Departamento Concordia).
Que la mencionada adscripción deviene de la solicitud efectuada por el Departamento Ejecutivo Municipal, ante el Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos.
Que la Resolución mencionada establece la adscripción desde el 1 ° de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que debe entenderse que la presenteadscripci6nimplica la desafectación del agente en cuestión de las tareas inherentes al cargo que ejerce en el Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos para desempeñar transitoriamente funciones tendientes a satisfacerlas necesidades excepcionales en la jurisdicción de la Secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad de Concordia.
Que, en virtud de lo antes expuesto, la agente adscripta debe someterse al régimen de deberes, obligaciones, derechos y beneficios que establece toda la normativa vigente que regula el vinculo entre los agentes municipales y el estado Municipal, para garantizar la correcta implementación de la adscripción de marras.
Que para proveer el mejor cumplimiento de lo precedentemente descripto, resulta necesario encomendar a la Dirección de Recursos Humanos efectué las registraciones de rigor, facultándola a requerir de la Secretaria de Desarrollo Social, como así también del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos, todos los datos pertinentes relacionados con el-agente en cuestión, que permitan efectuar, el debido cumplimiento de las obligaciones que implícitamente asume la Municipalidad de Concordia por el hecho de aceptar la adscripción que nos ocupa.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 10r de la Ley N° 10.027/11 y modificatorias - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Acéptase la adscripción a la Municipalidad de Concordia, de la Sra. CASTILLO, Silvia Liliana, DNI: 17.309.716 a partir del 1° de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, de acuerdo a lo resuelto por el Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos mediante Resolución N° 0029 C.G.E. - Expedientes Grabado N° (2349944 y 2357512), para desarrollar tareas en el ámbito de la Secretaria de Desarrollo Social, conforme lo expresado en el Considerando precedente.
 
ARTICULO 2°.- Establécese que la Sra. CASTILLO, Silvia Liliana, estará sometida al régimen de deberes, obligaciones, derechos y beneficios que establece toda la normativa vigente que regula el vínculo entre los agentes municipales y el estado Municipal, para la correcta implementación de la adscripción dispuesta en el Artículo 1 ° del presente Decreto.
 
ARTICULO 3°.- Encomíendase, en virtud de lo dispuesto en el presente Decreto, a la Dirección de Recursos Humanos efectuar las registraciones de rigor, facultándola a requerir de la Secretaria de Desarrollo Social, como así también del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos, todos los datos pertinentes relacionados con la Sra. CASTILLO, Silvia Liliana, que permitan efectuar el debido cumplimiento de las obligaciones que implícitamente asume la Municipalidad de Concordia por el hecho de ,aceptar la citada adscripción, conforme lo expresado en el Considerando precedente.
 
ARTICULO 4°.- Remítase copia autenticada mediante nota de estilo al Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos, a la Dirección de Recursos Humanos para su notificación y demás efectos y Secretaria de Desarrollo Social.
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, desé a la Secretaria de Coordinación de Gestión y archívese.-
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Vicepresidente Municipal
a/c Presidencia Municipal
ENRIQUE ROBERTO AMADEO CRESTO
Secretario de Desarrollo Social.
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DECRETO N° 1.016/2020
Concordia, 21 de septiembre de 2020
 
VISTO el expediente 32 “M”/2020 donde el agente Gabriel Oscar Medina solicita traslado y,
CONSIDERANDO:
Que en ese sentido se hace necesario desafectar del Ente Radio Pública al agente Gabriel Oscar Medina Documento Nacional de Identidad N° 22.402.361 legajo 2953 y afectarlo a la Subsecretaria de Comunicación e Innovación, para el desarrollo de tareas y funciones inherentes al área.
Que la Dirección de Planificación y Presupuesto ha informado a que partida imputar dicho gasto.
Que el citado Agente solicita su traslado para cumplir funciones en dicha área.
Que las oficinas involucradas prestaron la conformidad para el traslado interesado.
Que conforme a lo expresado y en virtud de la necesidad de la readecuación del recurso humano y contar con personal idóneo en la Subsecretaria de Comunicación e Innovación, se estima pertinente dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos b), h), ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 modificada a través de la Ley N° 10.082-Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desafectar del Ente Radio Pública, al Agente Gabriel Oscar Medina, Documento Nacional de Identidad N° 22.402.361 Legajo 2953 por los motivos invocados en los considerandos del presente Decreto.
 
ARTICULO 2°.- Afectar al Agente Municipal indicada en el Artículo 1° del presente Decreto, a la Subsecretaria de Comunicación e Innovación.
 
ARTICULO 3°.- Establecer que los gastos de transferencia del citado agente se imputarán en la partida 0.1.90.01.01.01. Comunicación
 
ARTICULO 4°.- Remitir a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado dar conocimiento a la Sub-Secretaría de Comunicación e Innovación y el Ente Radio Pública y oportunamente archivar.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Vicepresidente Municipal
a/c Presidencia Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario de Coordinación de Gestión.
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DECRETO N° 1.017/2.020
Concordia, 21 de septiembre de 2020
 
VISTO el informe técnico confeccionado por la Dirección de Obra de la Obra “56 viviendas – B° 8 de Diciembre” -Programa Federal de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios Municipio de Concordia OBRA POR ADMINISTRACIÓN ACU N° 597/14, según Convenio Particular firmado el 15 de Mayo de 2.014 entre el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación, el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda I.A.P.V., y el Municipio de Concordia, y;
 
CONSIDERANDO:
Que la obra de referencia se inició el 12 de Septiembre de 2014 con un plazo original de obra de veinte (20) meses con vencimiento el 12/05/2.016.
Que dicho plazo fue ampliado según Decreto N° 532/2016 en seis (06) meses, posteriormente por NOTA S.S.D.U.yV N°1.037/2.017 se amplió por seis (06) meses corridos y nuevamente ampliado por Decreto N° 702/2.018.
Que nuevamente se amplió el plazo en cinco (05) meses mediante Decreto N° 1.780/2.018 venciendo el plazo el día 17de enero de 2.019.
Que por último se amplió el plazo en trace (13) meses por el Decreto N° 1.103/2.019 venciendo el 18 de febrero de 2.020.
Que si bien la obra de referencia a la fecha de vencimiento del último plazo presenta un avance de obra de Vivienda es del 98,97% y de Infraestructura del 100,00%, acorde al flujo de desembolsos destinados a la obra y, no obstante ello por razones de variada índole como las importantes precipitaciones celdas en la ciudad en el último período y demoras en el pago de los porcentuales correspondientes a Nación, hacen que la misma presente un retraso de ejecución respecto al programa de obra estipulado.
Que ha tomado intervención el Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal en carácter de Dirección de Obra ha elaborado un informe técnico en el cual se aconseja ampliar los plazos de obra en TRECE (13) meses corridos.
Que este plazo comenzará a regir a partir del 20 de febrero de 2.020.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1.- Amplíese el plazo de ejecución de obra en TRECE (13) meses corridos, Obra “56 viviendas – B° 8 de Diciembre - ACU N° 597/14”, por las razones invocadas en los Considerandos precedentes.
 
ARTÍCULO 2.- El plazo previsto en el Artículo 1° comenzará a regir a partir del día 19 de Febrero de 2.020, venciendo el mismo el día 19 de Marzo de 2.021.
 
ARTICULO 3: Notifíquese a través del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal a las firmas contratistas.
 
ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese dese copia a la Secretaría de Gobierno, Dirección de Compras y Suministros y Contaduría Municipal; oportunamente archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Vicepresidente Municipal
a/c Presidencia Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
Arq. MARINA A. PEÑALOZA
Presidente Inst. Viviendas y Tierras Aut. Municipal.
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DECRETO N° 1.018/2.020
Concordia, 21 de septiembre de 2020
 
VISTO la nota obrante a fojas 1 del Expediente Interno N° 824 “S”/2.020, presentada por la Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas, Cdra. Mónica Liliana Lifschitz, y
 
CONSIDERANDO:
Que la referida funcionaria solicita un adelanto con cargo de oportuna rendición con el fin de hacer frente a gastos necesarios para finalizar las obras de traslado de las Oficinas de la Dirección de Rentas y Catastro Municipal al Centro Cívico por un importe de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00).
Que la Dirección de Planificación y Presupuesto informa las partidas del Presupuesto a las que corresponde imputar el presente gasto.
Que la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas ha tomado intervención y autorizado la presente erogación.
Que la Contaduría Municipal ha tomado intervención a fojas 5 del presente.
Que corresponde encuadrar la erogación en los artículos 12° inciso d)2 y 113° de la Ordenanza N° 34.698 atendiendo a la finalidad del anticipo solicitado.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal de la Ley N° 10.027 y modificatorias  Régimen Municipal de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Aprobar y otorgar un adelanto, a favor de la Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas Cdra. Mónica Liliana Lifschitz, por la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00), con cargo de oportuna rendición, para abonar los gastos detallados en los considerandos de la presente.
 
ARTICULO 2°.- Imputar el adelanto autorizado en el artículo anterior en la siguiente partida: 0.1.90.01.01.02.20.11 Hacienda $ 500.000,00
 
ARTICULO 3°.- Encuadrar la presente erogación en los artículos 12° inc. d) 2 y 113° de la Ordenanza N° 34.698 y como excepción a lo dispuesto en Decreto N° 572/2.019, prorrogado por Decreto N° 287/2.020, N° 623/2.020 y N° 869/2.020.
 
ARTICULO 4°.- Girar a Contaduría ya Tesorería a sus efectos.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Vicepresidente Municipal
a/c Presidencia Municipal
OSCAR FERNANDO BARBOZA
Secretario de Coordinación de Gestión
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas
ENRIQUE ROBERTO AMADEO CRESTO
Secretario de Desarrollo Social
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Desarrollo Económico
Dr. MAURO GARCIA
Secretario de Salud y Deporte.
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DECRETO N° 1.012/2020
Concordia, 21 de Septiembre de 2.020
 
VISTO:
El Decreto Municipal N° 618/2020 dictado en el marco de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación al COVID-19, y;
 
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Municipal 618/2020, se autorizó a los comercios afectados a la actividad gastronómica y afines al desarrollo de la actividad cumpliendo un estricto protocolo de prevención del virus COVID 19.
Que los artistas locales manifestaron la necesidad de reanudar sus actividades, siempre teniendo en consideración la especial situación que se está viviendo y la obligación de respetar las medidas de seguridad tendientes a evitar la propagación del virus.
Que en ese sentido, las autoridades sanitarias locales evaluaron la posibilidad de que se puedan realizar espectáculos -show en vivo- en locales habilitados a tal fin, en un espacio especialmente adecuado con mantenimiento del distanciamiento correspondiente.
Que la medida no implica necesariamente una flexibilización de las restricciones y cuidados necesarios para reducir la propagación del virus, sino simplemente adecuar una actividad a otra sin que implique una modificación sustancial de lo ya vigente.
Que la realización de show en vivo en los lugares ya habilitados y siempre que se mantengan y cumplimenten los protocolos aprobados, aparece como una medida necesaria para aliviar la situación de un sector social de trabajadores que a la fecha se encuentran sin actividad.
Que siendo el objetivo principal promover la actividad de los canta-autores locales para que puedan palear la crisis económica en el marco de la pandemia en curso, este Departamento Ejecutivo Municipal considera esencial a los efectos de alentar su contratación en los locales autorizados a tal fin, la suspensión por el plazo de noventa (90) días, del pago de los derechos que surgen del art. 43° inc. a) Bailes; b) 1., de la Ordenanza Tributaria 2020 N° 37.069.
Que por todo ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus prórrogas, la ley N° 10.027, modificada por ley N° 10082, CAPITULO III “Competencia y Atribuciones de los Municipios”, ARTÍCULO 11°, inc.3, Decreto Provincial N° 736/20 y la Ordenanza Municipal N° 37.079:
 
EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA EN USO DE SUS
LEGITIMAS ATRIBUCIONES Y “AD REFERENDUM”
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- SUSPENDER por el plazo de noventa (90) días, el pago de los derechos que surgen del art. 43° inc. b) 1. de la Ordenanza Tributaria 2020, N° 37.069.
 
ARTICULO 2°.- la presente medida se dicta AD-REFERENDUM del Honorable Concejo Deliberante.-
 
ARTICULO 3°.- ELEVESE el presente al Cuerpo Deliberativo para su tratamiento.-
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Vicepresidente Municipal
a/c Presidencia Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas.