Obras Privadas: información que se debe conocer antes de construir o refaccionar

Va a construir, reformar, refaccionar?

El titular debe tener presente la ORDENANZA n° 17.303 Código de Edificación de la Ciudad de Concordia que contiene disposiciones que se aplicarán a las Obras Particulares y a las oficiales que se construyan dentro de la Planta Urbana y la zona de Ejido de Concordia. (Lo precedente debe considerarse como enunciativo, y no debe interpretarse como limitación a la aplicación del Código).

 

Va a comprar, vender inmuebles y/o reformar, refacciones e instalar?

Se debe consultar la Ordenanza n° 36.536 Código de Ordenamiento Urbano y Territorial de la ciudad de Concordia y Ejido que determina las incumbencias de la función pública local en lo concerniente al ordenamiento territorial y su gestión municipal a implementarse sobre los bienes inmuebles, el uso del suelo y los demás recursos interrelacionados, en la ciudad de Concordia y su ejido. Todo ello con sujeción al interés general, urbano y ambiental.

Las disposiciones de este Código alcanzan a todos aquellos asuntos relacionados directa o indirectamente con la estructuración urbana, la regulación del crecimiento, la cualificación del tejido urbano, la organización de usos y actividades, el manejo ambiental sustentable, los instrumentos de gestión urbanística y todos aquellos que tengan vinculación con el ordenamiento territorial de la Municipalidad de Concordia.

La enumeración precedente tiene carácter enunciativo y no debe interpretarse como limitación a la aplicación de estas normas a otros supuestos no expresamente contemplados por este Código.

Estarán sometidas al cumplimiento de las disposiciones de estas Ordenanza las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que desplieguen actividades o que de alguna forma realicen intervenciones en el ámbito territorial del Municipio, cualesquiera fueren su condición jurídica o la afectación de sus bienes. Quedan incluidas en este principio las intervenciones del Estado Municipal, Provincial y Nacional.

 

Formularios de Consultas Previas:

  • Solicitud de Permiso de Uso de Obras: con dos copias de planos (Ref. obras proyectadas) Tramitación que no exime de cumplimentar las reglamentaciones vigentes, y si el mismo no es utilizado, perderá su validez a los ciento ochenta (180) días corridos de su otorgamiento. El Permiso de Uso NO IMPLICA AUTORIZACIÓN para el Inicio de Obra.
  • Consulta de Factibilidad de Uso (Ref Actividad a desarrollar) Tramitación que no significa la habilitación del negocio, para lo cual deberá cumplimentar con las normas vigentes según el tipo de negocio a habilitar. Sin los trámites de habilitación NO SE PUEDE USAR el inmueble con el destino solicitado y si el mismo no es utilizado, perderá su validez a los ciento ochenta (180) días corridos de su otorgamiento.

Otras tramitaciones:

  • Solicitud de Inspección de constatación domiciliaria: las molestias o perjuicios que alegue un propietario de un edificio, como provenientes de una finca lindera, sólo serán objeto de atención para restablecer la seguridad e higiene del edificio y sus instalaciones complementarias de acuerdo con el Código de Edificación Ordenanza n° 17.303, en cuanto afecten, exclusivamente, a la comunidad en general y en los casos que menciona la ley como de atribución municipal.
  • Solicitud de Autorización para realizar Trabajos Menores. Mediente formulario correspondiente dirigido al Presidente Municipal.
  • Solicitud de Actualización de mejoras. Cuando no se posea Documentación de Obra del inmueble podrá regularizar tal situación mediante formulario correspondiente. Documentación que debe estar firmada y visada por el Colegio Profesional correspondiente y Declaración Jurada de ATER (por duplicado).

 

INSCRIPCIÓN PROFESIONALES

Mediante nota dirigida al Presidente Municipal, solicitando la incorporación al registro de Profesionales. Deben figurar todos los datos del solicitante, incluyendo domicilios legal y postal en esta ciudad y teléfonos, fotocopia del DNI, fotocopia de Título Habilitante, constancia de matriculación en Colegio de Presionales.

INSCRIPCIÓN EMPRESAS CONSTRUCTORAS E INSTALADORAS

Mediante nota dirigida al Presidente Municipal, solicitando la incorporación al registro de Empresas Constructoras e Instaladoras aportando los datos del solicitante y del Representante Técnico de la empresa, incluyendo domicilios legal y postal en esta ciudad y teléfonos, fotocopias del DNI, constancia de inscripción en I.E.R.I.C.

 

Documentación y pasos para la presentación de la documentación

Habiéndose obtenido la convalidación del trámite de Permiso de Uso admite la confección del legajo definitivo. No implica autorización para iniciar los trabajos.

Legajo definitivo de obra. Dentro de los 180 días de convalidado el Permiso de Uso, se procederá a la presentación de la documentación final. Y al pago de los Derechos de Construcción.

Planos Generales de Edificios: un original (vegetal) y cuatro copias (opaco). Debe contener todas las plantas de arquitectura, planta de techos, las fachadas que dan a la vía pública, mínimo dos (2) cortes perpendiculares entre sí y detalle de escalera 1:20

Planos de Estructuras, Cálculo y Memoria: un original y dos copias.

Planos de Instalaciones Eléctricas: un original y dos copias. Firmado por profesional matriculado en EPRE, de acuerdo con la ordenanza municipal n° 33.777/2008

Planos de detalles (de ser necesario): un original y dos copias.

El D.O.P podrá exigir detalles de las obras fijando las escalas.

Toda la documentación debe estar firmada y visada por el Colegio Profesional correspondiente del/los profesionales intervinientes.

AUTORIZACIÓN PARA INICIAR LOS TRABAJOS:

Ninguna obra puede iniciarse antes de haberse abonado los respectivos derechos de construcción y de haber sido retirada la documentación con el Visado Municipal, fecha a partir de la cual cuenta con la autorización municipal.

INSPECCIÓN FINAL

Dentro de los dos (2) días de terminada la construcción de un edificio o de cualquier refacción, deberá solicitarse en el Depto. de Orbas Privadas la inspección final de los trabajos. Para lo que se deberá presentar:

Solicitud Inspección Final (incorporando datos de obra)

Certificado Final de Obra

Declaración Jurada de ATER (por duplicado)