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SUMARIO
La siguiente Ordenanza, Resoluciones y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
La siguiente Ordenanza, Resoluciones y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.922. Resoluciones: 38.920, 38.921.
Concordia, 17 de Septiembre de 2026.
Expte.Nº28.574 P
ORDENANZA NOMINA CALLE
VGM ROBERTO ALEJO BAIZ.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Desígnese con el nombre VGM R. Alejo Baiz a calle pública, código 1561, que corre desde Monseñor Rösch hacia el oeste, y que tiene como paralela al norte la calle Mauricio Furman y al sur calle La Delfina.
ARTÍCULO 2º.- Dese conocimiento a la Secretaria de Obras Públicas y a Dirección de Catastro de la presente a los fines pertinentes.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 17 de Septiembre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 21 de Septiembre de 2.026.
ORDENANZA N° 38.922.
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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Concordia, 17 de Septiembre de 2026.
Nº 10.491
VISTO:
El Seminario Binacional de Prevención del Suicidio, denominado “Tejer redes, salvar vidas: un compromiso sin fronteras”, organizado por la Dirección de Políticas de Fortalecimiento Social de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Concordia y el Área de Salud e Higiene del Gobierno de Salto, República Oriental del Uruguay, a realizarse el día sábado 19 de septiembre de 2026 en el Centro de Convenciones de Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que el 1° Seminario Binacional de Prevención del Suicidio, bajo el lema “Tejer redes, salvar vidas: un compromiso sin fronteras”, constituye una instancia de sensibilización, capacitación e intercambio interinstitucional orientada a fortalecer las capacidades comunitarias para la prevención del suicidio y el abordaje temprano de situaciones de riesgo;
Que la actividad se desarrollará el día sábado 19 de septiembre de 2026, en el Centro de Convenciones de Concordia, con un bloque intensivo previsto entre las 09:30 y las 12:30 horas, incluyendo un espacio de pausa y coffee break, y contará con una instancia previa de acreditación y recepción de asistentes;
Que el Seminario es organizado conjuntamente por la Dirección de Políticas de Fortalecimiento Social de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Concordia y el Área de Salud e Higiene del Gobierno de Salto, República Oriental del Uruguay, con el auspicio y apoyo institucional y diplomático del Consulado de la República Oriental del Uruguay en Concordia, el Consulado de la República Argentina en Salto y la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande;
Que la propuesta se sustenta en la necesidad de promover respuestas articuladas e intersectoriales frente a la problemática del suicidio y el sufrimiento psicosocial en la región de la costa del Río Uruguay, considerando particularmente la proximidad geográfica, los vínculos sociales y culturales existentes y el tránsito cotidiano entre las ciudades de Concordia y Salto;
Que el seminario tiene como objetivo general fortalecer las capacidades de docentes, agentes estatales y referentes comunitarios de Concordia y Salto para la detección temprana de señales de riesgo suicida, la primera escucha empática y la activación efectiva e inmediata de las rutas institucionales de derivación, en el marco normativo vigente;
Que entre sus objetivos específicos se encuentran la desmitificación de creencias y prejuicios vinculados al suicidio, la identificación de señales de alerta y factores de riesgo y protección, la incorporación de pautas de primera ayuda psicológica y escucha empática, la clarificación de los alcances y límites del rol de quienes intervienen en primera instancia y la socialización de rutas de derivación y recursos locales de ambas ciudades;
Que asimismo se prevé abordar pautas responsables de posvención y tratamiento de la información en medios institucionales y comunitarios, promoviendo intervenciones cuidadosas y articuladas frente a una problemática de particular sensibilidad social;
Que la propuesta contempla la participación de profesionales y referentes de distintas áreas, entre ellos el Lic. Ignacio Pizarro Leiva, disertante principal, y la Lic. Anabel Patricia Vergara, Directora de Políticas de Fortalecimiento Social de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Concordia, además de profesionales y referentes técnicos del Gobierno de Salto y otros especialistas que puedan incorporarse conforme a las confirmaciones institucionales;
Que el encuentro está destinado a la comunidad docente de los distintos niveles educativos, equipos directivos y de orientación escolar, agentes de las administraciones públicas municipal y departamental, personal de centros de salud y efectores sanitarios, fuerzas de seguridad, referentes de organizaciones de la sociedad civil, clubes, agentes pastorales y comunitarios y equipos de prensa y comunicación institucional de ambas ciudades;
Que la actividad se inscribe en el marco de las políticas de prevención y fortalecimiento comunitario impulsadas en la materia, teniendo como referencia la Ley Nacional N° 27.130 de Prevención del Suicidio, su Decreto Reglamentario N° 603/2021, la Ley Nacional N° 26.657 de Salud Mental, la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley Provincial N° 10.605 y su Decreto Reglamentario N° 2466/24;
Que asimismo, se vincula con la adhesión de la Municipalidad de Concordia a la normativa nacional y provincial mencionada, conforme el antecedente consignado en el proyecto, y con la articulación de dispositivos locales de contención y prevención de la ciudad de Salto;
Que la jornada prevé una estructura técnica y modular que comprende una apertura institucional y protocolar, un bloque técnico sobre mitos, detección y primera escucha, una instancia de intercambio, un bloque binacional sobre experiencias locales de Salto, un bloque técnico referido a derivación, redes y posvención, y una ronda final de consultas y cierre oficial;
Que la realización de esta instancia binacional representa un aporte para la comunidad de Concordia al favorecer la capacitación y sensibilización de actores que desarrollan tareas educativas, sanitarias, sociales, comunitarias e institucionales, fortaleciendo las herramientas disponibles para la detección temprana y la adecuada activación de los mecanismos de acompañamiento y derivación.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal el 1° Seminario Binacional de Prevención del Suicidio, bajo el lema “Tejer redes, salvar vidas: un compromiso sin fronteras”, que se llevará a cabo en el Centro de Convenciones de Concordia, de la ciudad de Concordia, Entre Ríos, el día sábado 19 de septiembre de 2026.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de la presente Resolución a la Dirección de Políticas de Fortalecimiento Social de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Concordia y al Área de Salud e Higiene del Gobierno de Salto, República Oriental del Uruguay, en reconocimiento y constancia de la declaración efectuada.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 17 de Septiembre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 18 de Septiembre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.920.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano.
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Concordia, 17 de Septiembre de 2026.
Nº 10.489
VISTO:
La realización de la "Maratón 75° Aniversario", organizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos (CPCEER), en el marco de la conmemoración de su 75° Aniversario, y;
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos (CPCEER) organiza, en el marco de la celebración de su 75º aniversario, una jornada deportiva denominada "Maratón 75° Aniversario", destinada a promover la participación de la comunidad en una actividad de carácter deportivo y recreativo;
Que la propuesta contempla dos modalidades de participación, correspondientes a recorridos de 8 kilómetros y 4 kilómetros, encontrándose abierta al público en general;
Que la actividad se desarrollará el día 27 de septiembre de 2026, a partir de las 9:00 horas, bajo la modalidad de carrera de calle, teniendo como punto de largada y llegada la Delegación Concordia del CPCEER, sita en calle Pellegrini N° 879 de la ciudad de Concordia;
Que la realización de actividades deportivas abiertas a la comunidad constituye una herramienta adecuada para promover hábitos vinculados con la actividad física, la recreación y la participación ciudadana, generando espacios de encuentro e integración;
Que la propuesta reviste asimismo carácter institucional, al encontrarse vinculada con la conmemoración del 75° aniversario del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos, constituyendo una instancia destinada a celebrar y poner en valor la trayectoria de una institución profesional con presencia en la provincia;
Que la apertura de la actividad al público en general favorece la participación de personas de distintos ámbitos y edades, de acuerdo con las características y modalidades previstas para los recorridos de 4 y 8 kilómetros;
Que la participación requiere inscripción previa, estableciéndose un valor de inscripción de PESOS TREINTA MIL ($30.000);
Que la realización de una carrera de calle en nuestra ciudad contribuye a diversificar y fortalecer la agenda de actividades deportivas y comunitarias, promoviendo el uso de los espacios públicos para el desarrollo de prácticas saludables y de integración;
Que resulta asimismo significativo que una institución profesional de la provincia conmemore un aniversario institucional mediante una iniciativa abierta a la comunidad, incorporando al festejo una actividad deportiva que favorece la participación y el encuentro ciudadano.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Deportivo la "Maratón 75° Aniversario", organizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos, que se llevará a cabo en la Delegación Concordia del CPCEER, sita en calle Pellegrini N° 879, de la ciudad de Concordia, el día 27 de septiembre de 2026, a partir de las 9:00 horas.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de la presente Resolución al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos (CPCEER) - Delegación Concordia, reconocimiento y constancia de la declaración efectuada.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 17 de Septiembre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 21 de Septiembre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.921.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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EDICTO
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a los OCUPANTES DEL SECTOR DESTINADO A RESERVORIO DE LA ESTACIÓN DE BOMBEO PLUVIAL DE LA DEFENSA SUR que en los autos caratulados: REF.: EXPEDIENTE N° 1237 "D" 2026 REF. SECTOR OCUPADO DESTINADO AL RESERVORIO DE LA DEFENSA SUR se ha dispuesto hacerles saber lo siguiente: ARTICULO 1°.- Disponer que es necesario mantener libre de ocupantes el sector destinado a reservorio de la estación de bombeo pluvial de la Defensa Sur dado la inminente crecida del Río Uruguay a causa del fenómeno del "El Niño", lo que aumenta las precipitaciones en toda la región ribereña generando desbordes e inundaciones, todo ello, es a fin de que el mismo, pueda cumplir con la finalidad de evacuar los desagües pluviales que llegan a ese sector fundamentalmente a través del Arroyo Concordia y que sirve de pulmón cuando las compuertas están cerradas por la crecidas, en virtud del considerando precedente. ARTICULO 2º.- Poner en conocimiento de la presente situación de emergencia hídrica a las familias que se encuentran ocupando el sector correspondiente al reservorio de la estación de bombeo pluvial de la Defensa Sur de nuestra ciudad, a fin de salvaguardar la integridad física y material de los ciudadanos de la ciudad de Concordia, conforme al listado obrante de fojas 11 a 13 del Expediente N° 1237 D 2026 por la Dirección Gestión Comunitaria, y detallado como ANEXO I en la presente medida, que deberán desocupar el sector destinado a reservorio de la estación de bombeo pluvial de la Defensa Sur conforme a croquis obrante a fojas 7 y consecuencia publicar mediante edicto, dado lo considerado precedentemente y lo informado por las áreas técnicas intervinientes. ARTICULO 3°.- Comunicar a los propietarios de los inmuebles involucrados conforme a detalle obrante en ANEXO II, de las acciones llevadas a cabo por la Municipalidad de Concordia, en virtud del considerando precedente. ARTICULO 4°.- Publicar mediante edicto a través del Boletín Oficial, a los efectos de que se den por notificados las partes involucradas en la presente medida. ARTICULO 5°.-…….Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia - Arq. Fernando S. Esquibel Secretario de Obras Públicas Municipalidad de Concordia.-
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
Concordia, de Septiembre del 2.026.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a los OCUPANTES DEL SECTOR DESTINADO A RESERVORIO DE LA ESTACIÓN DE BOMBEO PLUVIAL DE LA DEFENSA SUR que en los autos caratulados: REF.: EXPEDIENTE N° 1237 "D" 2026 REF. SECTOR OCUPADO DESTINADO AL RESERVORIO DE LA DEFENSA SUR se ha dispuesto hacerles saber lo siguiente: ARTICULO 1°.- Disponer que es necesario mantener libre de ocupantes el sector destinado a reservorio de la estación de bombeo pluvial de la Defensa Sur dado la inminente crecida del Río Uruguay a causa del fenómeno del "El Niño", lo que aumenta las precipitaciones en toda la región ribereña generando desbordes e inundaciones, todo ello, es a fin de que el mismo, pueda cumplir con la finalidad de evacuar los desagües pluviales que llegan a ese sector fundamentalmente a través del Arroyo Concordia y que sirve de pulmón cuando las compuertas están cerradas por la crecidas, en virtud del considerando precedente. ARTICULO 2º.- Poner en conocimiento de la presente situación de emergencia hídrica a las familias que se encuentran ocupando el sector correspondiente al reservorio de la estación de bombeo pluvial de la Defensa Sur de nuestra ciudad, a fin de salvaguardar la integridad física y material de los ciudadanos de la ciudad de Concordia, conforme al listado obrante de fojas 11 a 13 del Expediente N° 1237 D 2026 por la Dirección Gestión Comunitaria, y detallado como ANEXO I en la presente medida, que deberán desocupar el sector destinado a reservorio de la estación de bombeo pluvial de la Defensa Sur conforme a croquis obrante a fojas 7 y consecuencia publicar mediante edicto, dado lo considerado precedentemente y lo informado por las áreas técnicas intervinientes. ARTICULO 3°.- Comunicar a los propietarios de los inmuebles involucrados conforme a detalle obrante en ANEXO II, de las acciones llevadas a cabo por la Municipalidad de Concordia, en virtud del considerando precedente. ARTICULO 4°.- Publicar mediante edicto a través del Boletín Oficial, a los efectos de que se den por notificados las partes involucradas en la presente medida. ARTICULO 5°.-…….Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia - Arq. Fernando S. Esquibel Secretario de Obras Públicas Municipalidad de Concordia.-
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
Concordia, de Septiembre del 2.026.
