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SUMARIO
Los siguientes Decretos, Resolución y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 175/2.26, 176/2.026 y 177/2.26.- Resolución: 38.786.
DECRETO N° 175/2.026Los siguientes Decretos, Resolución y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 175/2.26, 176/2.026 y 177/2.26.- Resolución: 38.786.
Concordia, 2 de marzo de 2.026
VISTO la presentación efectuada por el Agente Aguiar Claro Nicanor, Legajo N° 4897, obrante a fs. 1 del Expediente N° 14"A"/26, por lo que se eleva su renuncia a efectos de acogerse a la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N°007577 de fecha 23 de diciembre de 2025, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente mensual Aguiar Claro Nicanor, Legajo N° 4897, presento la renuncia al cargo desde el 1° de Marzo de 2026.
Que la Dirección de Liquidaciones informa que el Agente de referencia, no tiene embargo activo ni en espera. Se informa que se le descuenta una retención por alimento de 25% de sus haberes, percibido por la Señora Miriam Hilda Julia, se adjunta copia del oficio judicial.
Que la presente medida se dicta de conformidad a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aceptar a partir del 01 de Marzo de 2.026, la renuncia presentada por el Agente Municipal Aguiar Claro Nicanor, Legajo N°4897, D.N.I 10.911.690, por motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2°.- Disponer se liquide y abone al ex Agente Municipal Aguiar Claro Nicanor Legajo N°4897 , 30(treinta) días de licencia pendiente del año 2.024, 30 (treinta) días pendientes de la licencia del 2.025 y 5 (cinco)días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 1° semestre -26 y el subsidio establecido en el artículo 77°, Bis de la Ordenanza N° 11.275-49 correspondiente a (3) tres sueldos básicos de la categoría 20°, se debe retener el porcentaje del 25% ordenado en el oficio N° 3443 de fs.5, solo de los conceptos remunerativos incluidos el SAC, en un todo de acuerdo a lo informado por la Dirección de liquidaciones y Dictaminado a fs.8 Dictamen N° 296/26,por la Dirección de Asuntos Jurídicos, cuyas constancias obran en el Expediente Interno N° 14"A"/26.-
ARTICULO 3°.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos al Ex Agente Municipal mencionado, de lo dispuesto en el Artículo 1° y 2° del presente Decreto, cumplimentado pase a la Dirección de Liquidaciones.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO N° 176/2.026
Concordia, 3 de marzo de 2.026
VISTO el expediente externo N° 1362145
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 el agente ldiarte Mario Fernando, legajo N° 5978, presentó la renuncia al cargo de planta permanente de la Municipalidad de Concordia a partir 23 de enero de 2026.
Que de fojas 2 la Dirección de Recursos Humanos informó que el agente revista como personal mensual, categoría 10, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Productivo, Subsecretaria de Turismo.
Que mediante Dictamen N° 0194/26 la Dirección de Asuntos Jurídicos no tiene objeción legal que formular al respecto.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la Ley 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Acéptese a partir del 23 de enero de 2026 la renuncia al cargo de planta permanente de la Municipalidad de Concordia presentada por el agente mensual, categoría 10° Sr. ldiarte Mario Fernando, legajo 5978, D.N.I N° 26.460.359.
ARTICULO 2°.- Notificar a través de la Dirección de Recursos; Humanos al ex agente de referencia de lo dispuesto en el Artículo 1°, cumplimentado pase a la Dirección de Liquidaciones.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 177/2.026.
Concordia, 3 de marzo de 2.026
VISTO Expediente Interno N° 11 "P"/2026 y la necesidad de contar con personal idóneo en la Dirección de Atención Ciudadana y Defensa al Consumidor y,
CONSIDERANDO:
Que en ese sentido se hace necesario desafectar del Concejo Deliberante de Concordia, al Agente Municipal PASCUAL, DIEGO ARIEL, Documento Nacional de Identidad N° 37.702.874, Legajo N° 9.660 y afectarlo a la Dirección de Atención Ciudadana y Defensa al Consumidor, de la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda, para el desarrollo de tareas y funciones inherentes al área.
Que las áreas intervinientes prestaron conformidad.
Que conforme a lo expresado y en virtud de la necesidad de la readecuación de recurso humano y contar con personal idóneo en la Dirección de Atención Ciudadana y Defensa al Consumidor, se estima pertinente dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 — Régimen Municipal — modificada por la Ley 10.082; según T.O. Decreto N° 4706/12 Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desafectar del Concejo Deliberante de Concordia al Agente Municipal PASCUAL, DIEGO ARIEL, Documento Nacional de Identidad N° 37.702.874, Legajo N° 9.660 y afectarlo a la Dirección de Atención Ciudadana y Defensa al Consumidor, de la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda, para el desarrollo de tareas y funciones inherentes al área.
ARTICULO 2°.- Establecer que los gastos de transferencia del citado agente se imputará en la partida 3.1.90.01.01.01. Coordinación de Gabinete y Hacienda 38.
ARTÍCULO 3°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Atención Ciudadana y Defensa al Consumidor, de la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Dirección de Liquidaciones y oportunamente archivar como antecedente en el legajo personal del agente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Lic. MAGDALENE RETA DE URQUIZA
Vice Intendente
Presidente Concejo Deliberante
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------Concordia, 19 de Marzo de 2026.
Nº 10.362
VISTO:
Que el 22 de marzo se conmemora el “Día Mundial del Agua”. y;
CONSIDERANDO:
Que el Día Mundial del Agua 2026 se celebra el 22 de marzo bajo el lema "Agua y Género: Donde fluye el agua, crece la igualdad";
Que desde 1993 el 22 de marzo de cada año se celebra el Día Mundial del Agua. Así se estableció en la Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo, y se invitó a los diferentes Estados a consagrar este día a la celebración de actividades concretas como el fomento de la conciencia pública a través de la producción y difusión, realización de documentales, festivales, organización de conferencias, seminarios y exposiciones relacionadas con la conservación y desarrollo de los recursos hídricos;
Que además, la Asamblea General de las Naciones Unidas el 28 de julio del 2010 ha aprobado una Resolución que establece que el acceso de redes de agua potable segura, como también de saneamiento, son un derecho humano esencial para el goce de la vida y de todos los derechos humanos;
Que en esta Resolución la ONU llama a “Los Estados y Organizaciones Internacionales” a proveer recursos financieros, construcción de capacidades y transferencias tecnológicas a través de asistencia y cooperación internacional, en particular a los países en desarrollo, para poder aumentar los esfuerzos para suministrar agua potable, segura y saneamiento para todos;
Que si bien esta Resolución de la ONU del año 2010 no es parte de los once tratados internacionales de derechos humanos fundamentales incorporados en la Reforma de la Constitución del año 1994, a los que se les otorgó jerarquía constitucional; en la reforma de nuestra Constitución Nacional se sumaron nuevos derechos como el del ambiente sano, protección de datos personales (habeas data), y derechos del consumidor;
Que esto señala la necesidad de una formación de conciencia nacional y marca la magnitud e importancia de la temática del agua en nuestro país y en nuestra ciudad. Es una fecha que fomenta el desarrollo eficiente, el consumo consciente y la administración efectiva de este recurso;
Que debemos recordar que el agua es un recurso renovable pero limitado, frágil y vulnerable;
Que el Consejo Protector de Humedales de la ciudad de Concordia reconoce y destaca el AGUA como el insumo más vital y esencial para el desarrollo sano de los seres humanos, la biodiversidad y los ecosistemas por lo que hay que cuidarlo y protegerlo.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal el “Día Mundial del Agua” a conmemorarse el 22 de marzo.
ARTÍCULO 2º.- Disponese la iluminación en el exterior de los Edificios Públicos de la ciudad de Concordia, que el Departamento Ejecutivo Municipal considere adecuados, con los colores azul y celeste, asociados al AGUA, el día 22 DE marzo del corriente y de cada año, en conmemoración al “Día Mundial del Agua” con el objetivo de visibilizar, concientizar sobre el insumo más vital y esencial para el desarrollo sano de los seres humanos, la biodiversidad y los ecosistemas.
ARTÍCULO 3º.- Instrúyase al área que corresponda a los efectos de implementar lo dispuesto en el artículo 2°.
ARTÍCULO 4°.- Remítase nota de estilo al Consejo Protector de Humedales y a todos quienes realicen actividades de difusión y concientización referidas al “Día Mundial del Agua”.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 19 de Marzo de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 20 de Marzo de 2.026.
RESOLUCION Nº 38.786.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. Esquivel Sonia Maricel, D.N.I Nº 26.964.424, Legajo N° 5511, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 215/2026 de fecha 10 de Marzo del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente:
ARTÍCULO 1º.- Dispóngase el inicio de Sumario Administrativo a la Agente ESQUIVEL SONIA MARICEL, D.N.I. N°26.964.424, Legajo N° 5511, conforme a la normativa citada en los considerandos y artículo 39° de la Ordenanza N° 11.275/49 y en base a los hechos y argumentos también allí expuestos, designándose a tales fines como instructora sumariante a la Dra. Gisela A. Trentin.-
ARTICULO 2°.- Establézcase durante la tramitación del proceso sumarial, y por el plazo de 45 días la suspensión de la agente ESQUIVEL SONIA MARICEL, D.N.I. N° 26.964.424, Legajo N° 5511, y sin goce de haberes fundado en las razones y motivos expuestos en los considerandos. Vencido el mismo, sin que se hubiera dictado resolución, la agente seguirá apartada de sus funciones pero mediando el pago de
Sus haberes tal como lo ordena la normativa aplicable.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese al agente involucrado, a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidaciones y, posteriormente, publíquese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Ing. SEBASTIAN ARISTIDE Secretario de Desarrollo Humano Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 27 de MARZO del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. Esquivel Sonia Maricel, D.N.I Nº 26.964.424, Legajo N° 5511, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 215/2026 de fecha 10 de Marzo del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente:
ARTÍCULO 1º.- Dispóngase el inicio de Sumario Administrativo a la Agente ESQUIVEL SONIA MARICEL, D.N.I. N°26.964.424, Legajo N° 5511, conforme a la normativa citada en los considerandos y artículo 39° de la Ordenanza N° 11.275/49 y en base a los hechos y argumentos también allí expuestos, designándose a tales fines como instructora sumariante a la Dra. Gisela A. Trentin.-
ARTICULO 2°.- Establézcase durante la tramitación del proceso sumarial, y por el plazo de 45 días la suspensión de la agente ESQUIVEL SONIA MARICEL, D.N.I. N° 26.964.424, Legajo N° 5511, y sin goce de haberes fundado en las razones y motivos expuestos en los considerandos. Vencido el mismo, sin que se hubiera dictado resolución, la agente seguirá apartada de sus funciones pero mediando el pago de
Sus haberes tal como lo ordena la normativa aplicable.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese al agente involucrado, a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidaciones y, posteriormente, publíquese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Ing. SEBASTIAN ARISTIDE Secretario de Desarrollo Humano Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 27 de MARZO del 2.026.-
