Boletín Oficial N° 3264 - Concordia, 10 de octubre de 2023

SUMARIO
 
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Decretos: 1.369/2023, 1.370/2023, 1.371/2023, 1.372/2023, 1.381/2023, 1.384/2023, 1.386/2023, 1.387/2023, 1.388/2023 y 1.389/2023.-


DECRETO N° 1.369/2.023
Concordia, 5 de octubre de 2023
 
VISTO la Resolución N° 002917 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, y
 
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, la Caja de jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, resolvió conceder el beneficio de Jubilación Ordinaria Común a favor de Doña MASETTO SUSANA BEATRIZ, D.N.I. N° 10.512.189, legajo N° 830.
Que es necesario continuar con el normal funcionamiento de la Tesorería Municipal, par lo tanto se debe cubrir en forma transitoria la función de Tesorero Municipal.
Que la Ordenanza N° 33.369, prevé, como reemplazo natural para el Tesorero, la existencia de un Sub Tesorero, cargo éste último, en el que se encuentra nombrada la Agente Municipal Carmela María Lucrecia Gómez, Decreto N° 1.389/2.022.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones emergentes de la ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos N° 10.027 y modificatorias.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Desígnase a cargo de la Tesorería Municipal en forma transitoria a partir del día 02 de Octubre de 2.023 a la Sub Tesorera Municipal, Agente Carmela María Lucrecia Gómez, legajo N° 2.180, DNI Nº 20.702.149, Categoría 24º del Escalafón Municipal, atento a lo determinado en los considerando del presente.
 
ARTICULO 2°.- Notifíquese a la agente Carmela María Lucrecia Gómez a través del Departamento Notificaciones Masivas, tome debida nota la Dirección de Recursos Humanos, la Dirección de Liquidaciones regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.370/2.023
Concordia, 6 de octubre de 2023
 
VISTO que se ha reintegrado a sus funciones, el Señor Secretario de Gobierno y Hacienda, Dn. ALDO DAMIAN ALVAREZ, en el día de la fecha en horas de la mañana y,
 
CONSIDERANDO:
Que se encontraba a cargo de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la Ley 10.027, modificada a través s de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O, Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Reintegrase a sus funciones y cargo al Señor Secretario de Gobierno y Hacienda, Dn. ALDO DAMIAN ALVAREZ, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.371/2.023
Concordia, 6 de octubre de 2023
 
VISTO que la Señora Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LILIANA LOPEZ BERNIS, Documento Nacional de Identidad N° 12.426.693, por razones inherentes a su Gestión de Gobierno, hace uso de licencia y,
 
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente poner a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano, al Señor Subsecretario de Obras Públicas, Ing. CARLOS HORACIO PASQUET, Documento Nacional de Identidad N° 14.307.809, sin perjuicio de sus funciones, a partir del día 06/10/2023, y hasta tanto dure la ausencia de su titular.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107, Inciso u) de la ley 10027 y su Modificatoria, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Encárguese la atención de la Secretaría de Desarrollo Urbano, al Señor Subsecretario de Obras Públicas, Ing. CARLOS HORACIO PASQUET, Documento Nacional de Identidad N° 14.307.809, sin perjuicio de sus funciones, a partir del día 06/10/2023, y hasta tanto dure la ausencia de su titular.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y Hacienda y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1.372/2023
Concordia, 6 de octubre de 2023
 
VISTO, el contenido del Expediente Interno N° 410 Letra “S” del año 2.023, y;
 
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto del Ejecutivo Municipal N° 752/2.023, de fecha 29 de Mayo de 2.023, obrante a fojas 105 a 108, y el Decreto del Ejecutivo Municipal N° 1.110/2023 de fecha 10 de Agosto de 2.023, obrante de fojas 157 a 158 vta., se aprueba la documentación para efectuar el Primer y Segundo llamado a Licitación Pública Nº 59/2023, respectivamente, para la Obra: “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACION DEL ACCESO AL CAMPO DEL ABASTO - CONCORDIA” – 2° LLAMADO.
Que de fojas 160 a 178, constan actuaciones referidas a publicaciones y  entrega  de Pliegos efectuada por la Dirección de Compras y Suministros de la Licitación antes mencionada.
Que a fojas 179 y 179 vta., obra Acta de Apertura de fecha 06 de Septiembre de 2.023, informando que en el acto de apertura se presentó una única oferta correspondiente a:
•              VECCHIO S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SEISCIENTOS VEINTE MILLONES SEISCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON 59/100 ($ 620.610.624,59).
Que a fojas 279 y 279 vta., obra Dictamen de la Comisión Evaluadora, de fecha 27 de Septiembre de 2.023, manifestando que analizada la oferta en su aspecto formal, se verifica que cumple con la presentación de la documentación solicitada en el Artículo 5° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que del análisis económico surge una diferencia de suma en la planilla de cotización, por lo que, el importe corregido es de PESOS SEISCIENTOS VEINTE MILLONES SEISCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON 58/100 ($ 620.610.624,58), lo que resulta ser un 35,82% superior a la Imputación Preventiva.
Que el representante del área técnica informa, en nota que se adjunta a fojas 277 y 278, que la única oferta presentada se ajusta técnicamente a lo solicitado. Respecto a la diferencia con lo estimado, realiza un detallado informe, del que surge que los precios estarían de acuerdo a los vigentes actualmente en el mercado. Además, teniendo en cuenta el plazo de obra, se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 20° de la Ordenanza N° 33.369.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja la adjudicación de la obra de referencia, a la firma VECCHIO S.R.L., por un importe total de PESOS SEISCIENTOS VEINTE MILLONES SEISCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON 58/100 ($ 620.610.624,58), de acuerdo al Anexo I que forma parte del presente Decreto.
Que la Dirección de Planificación y Presupuesto ha efectuado la Imputación Preventiva correspondiente y la Subsecretaría de Hacienda, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, tomó la intervención de su competencia autorizando el gasto.
Que por las razones invocadas, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar la totalidad de la Obra: “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACION DEL ACCESO AL CAMPO DEL ABASTO - CONCORDIA” – 2° LLAMADO, Licitación Pública N° 59/2023, conforme a lo descripto en el Anexo I adjunto, el cual forma parte del presente Decreto, a la firma VECCHIO S.R.L., por un importe total de PESOS SEISCIENTOS VEINTE MILLONES SEISCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON 58/100 ($ 620.610.624,58).
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10027 y su modificatoria – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Interno  Nº 410 Letra “S” del año 2.023, correspondiente a la Licitación Pública Nº 59/2023, para la Obra: “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACION DEL ACCESO AL CAMPO DEL ABASTO - CONCORDIA” – 2° LLAMADO, dispuesto mediante el Decreto del Ejecutivo Municipal N° 752/2.023, de fecha 29 de Mayo de 2.023, obrante a fojas 105 a 108, y el Decreto del Ejecutivo Municipal N° 1.110/2023 de fecha 10 de Agosto de 2.023, obrante de fojas 157 a 158 vta.
 
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese a la firma VECCHIO S.R.L., la totalidad de la Obra: “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACION DEL ACCESO AL CAMPO DEL ABASTO - CONCORDIA” – 2° LLAMADO, Licitación Pública N° 59/2023, por un importe total de PESOS SEISCIENTOS VEINTE MILLONES SEISCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON 58/100 ($ 620.610.624,58), conforme al Anexo I que forma parte del presente Decreto; y en virtud de lo considerado precedentemente.
 
ARTÍCULO 3º.- Impútese el presente gasto en el Ejercicio Económico 2023, en las Partidas Presupuestarias:
Nº 0.7.90.02.05.08.61.05  O.P. (FONDO DE OBRA PCA.) $ 32.294.113,91.
Nº 0.7.40.02.05.08.61.25  O.P. (PAV.ACCESO CAMPO ABASTO) $ 366.258.234,30. 
 
ARTÍCULO 4º.- Dispónese que el saldo restante se deberá imputar en el Ejercicio Económico 2.024.
 
ARTÍCULO 5º.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
 
ARTÍCULO 6º.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma VECCHIO S.R.L., que resultó adjudicataria, del contenido del presente acto administrativo y proceda oportunamente a realizar los trámites correspondientes a la presente adjudicación.
 
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y Hacienda; y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Ing. CARLOS HORACIO PASQUET
Subsecretario de Obras Públicas
a/c Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1.384/2.023
Concordia, 9 de octubre de 2023
 
VISTO los Decretos del Departamento Ejecutivo Municipal N° 1623/2022 y N° 870/2023 y
 
CONSIDERANDO:
Que surge la necesidad de designar los representantes del estamento Áreas Técnicas del Departamento Ejecutivo Municipal conforme lo dispuesto en el Artículo 2° del Decreto N° 870/2023, de fecha 26 de Junio de 2023.
Que el mencionado Decreto aprueba el Régimen de Funcionamiento del Consejo Asesor de Planeamiento, establecido en la Sección 1.1.7. del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial Ordenanza N° 36.536/18.
Que mediante Decreto N° 1623/2022, de fecha 15/12/2022, se designó los representantes de los estamentos Honorable Concejo Deliberante e Instituciones relacionadas, a saber, Colegio de Agrimensores, Colegio de Arquitectos, Colegio de Corredores Inmobiliarios, Colegio de Ingenieros y Colegio de Maestros Mayores de Obras y Técnicos, del Consejo Asesor de Planeamiento del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial.
Que mediante los Expedientes Internos N° 733 "D" 2023, N° 1311 "D" 2023 Y N° 1339 "D" 2023 las áreas respectivas del, Departamento Ejecutivo Municipal designaron sus representantes (un titular y un suplente), quedando el estamento Áreas Técnicas del Departamento Ejecutivo Municipal conformado de la siguiente manera:
Arquitecto Reynaldo ALTAMIRANO y Arquitecto Enrique R. DE GALLANO, en representación de la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial, en carácter de Titular y Suplente, respectivamente.
M.M.O. José ZUBIZARRETA y Señor Cristian Enrique GARABUAU, en representación de la Dirección de Catastro, en carácter de Titular y Suplente, respectivamente.
Licenciado Giuliano ROSSI y Señor Iván Javier Omar ALALI, en representación de la Dirección de Saneamiento Ambiental, en carácter de Titular y Suplente, respectivamente.
M.M.O. Jorge Daniel GUTIÉRREZ y Arquitecto Martín Alejandro ZELAYETA, en representación del Departamento Obras Privadas, en carácter de Titular y Suplente, respectivamente.
Ingeniero Carlos Sebastián SCÉVOLA y Señora Silvia CUEVAS, en representación de la Subsecretaría de Ingeniería, en carácter de Titular y Suplente, respectivamente.
Que el Artículo 3° del Decreto N° 870/2023, de fecha 26 de Junio de 2023, dispone que el funcionamiento del Consejo Asesor de Planeamiento estará regulado por un Representante de la Secretaría de Desarrollo Urbano, quién desempeñarás las funciones de Coordinación entre las Partes Actuantes.
Que la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial informa que tales funciones vienen siendo ejercidas por el Arquitecto Santiago DAVID, por lo que esa Dirección sugiere que el mencionado profesional continúe desempeñando las mismas.
Que este Departamento Ejecutivo estima atinente la designación de los representantes del estamento Áreas Técnicas del Departamento Ejecutivo Municipal y la Coordinación del Consejo Asesor de Planeamiento del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial, de acuerdo a lo dispuesto mediante Decreto N° 870/2023 de fecha 26 de Junio de 2023, conforme los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inciso u), de la Ley 10027 - y su Modificatoria –Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desígnese a los representantes que integrarán el estamento Áreas Técnicas del Departamento Ejecutivo Municipal y Coordinación del Consejo Asesor de Planeamiento del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial, que quedará conformado de la siguiente manera:
Arquitecto Reynaldo Al TAMIRANO y Arquitecto Enrique R. DE GALLANO, en representación de la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial, en carácter de Titular y Suplente, respectivamente.
M.M.O. José ZUBIZARRETA y Señor Cristian Enrique GARABUAU, en representación de la Dirección de Catastro, en carácter de Titular y Suplente, respectivamente.
Licenciado Giuliano ROSSI y Señor Iván Javier Omar ALALI, en representación de la Dirección de Saneamiento Ambiental, en carácter de Titular y Suplente, respectivamente.
M.M.O. Jorge Daniel GUTIERREZ y Arquitecto Martín Alejandro ZELAYETA, en representación del Departamento Obras Privadas, en carácter de Titular y Suplente, respectivamente.
Ingeniero Carlos Sebastián SCEVOLA y Señora Silvia CUEVAS, en representación de la Subsecretaría de Ingeniería, en carácter de Titular y Suplente, respectivamente.
Arquitecto Santiago DAVID, en carácter de Coordinador del Consejo Asesor de Planeamiento del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial.
 
ARTICULO 2°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Desarrollo Urbano y Territorial de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría Gobierno y Hacienda, y oportunamente, archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Ing. CARLOS HORACIO PASQUET
Subsecretario de Obras Públicas
a/c Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 1.386/2.023
Concordia, 9 de octubre de 2023
 
VISTO el Decreto 1.230/2.023 del programa "Becas Deportivas" y,
 
CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta la situación particular del deportista Santiago Mayol DNI N° 41.907.510, en cuanto a no cumplir con los requisitos solicitados para hacerse acreedor de la beca "Becas Deportivas".
Que la Secretaría de Deportes estima que por tratarse de un deportista de gran trayectoria debería accederse por excepción a los requisitos, a otorgarse la beca que se tramita.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos b), y u) de la Ley N° 10.027, modificada a través de la Ley 10.082¬Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- EXCEPTUAR al deportista Santiago Mayol DNI N° 41.907.510 a lo requerido en el Decreto 1.230/2.023 e incorporar al nombrado en el listado que accede a la Beca Deportista que se tramita.-
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Prof. MARTIN EZEQUIEL MENDEZ
Secretario de Deportes.
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DECRETO N° 1.387/2.023
Concordia, 9 de octubre de 2023
 
VISTO que se ha reintegrado a sus funciones, el Señor Secretario de Gobierno y Hacienda, Dn. ALDO DAMIAN ALVAREZ, en el día de la fecha en horas de la tarde y,
 
CONSIDERANDO:
Que se encontraba a cargo de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, el Señor Secretario de Salud, Dr. MAURO JAVIER GARCIA.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la Ley 10.027, modificada a través s de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706112 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Reintegrase a sus funciones y cargo al Señor Secretario de Gobierno y Hacienda, Dn. ALDO DAMIAN ALVAREZ, a partir del día de la fecha y en horas de la tarde.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. MAURO JAVIER GARCIA
Secretario de Salud
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 1.388/2.023
Concordia, 9 de octubre de 2023
 
VISTO el Decreto N° 1363/2.022 que establece la estructura orgánica de la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto y,
 
CONSIDERANDO:
Que mediante los Artículos 14°, 15° y 16° del Decreto mencionado en el Visto se establecen las creaciones de la División Centro de Cuidados Ecuestres y Control de Equinos, la División de Pequeños ,Medianos y Exóticos Animales y la División Control Ambiental respectivamente.
Que el Departamento Ejecutivo ha realizado las evaluaciones de las distintas dependencias que forman parte de la mencionada estructura.
Que concierne que la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto se realicen las modificaciones que permitan una mejor organización funcional.
Que para cubrir los cargos resulta necesario realizar las designaciones correspondientes.
Que el dictado de la presente medida efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley Provincial N° 10.027 y modificatorias - Régimen Municipal.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desígnese titular de la División Centro de Cuidados Ecuestres y Control de Equinos, conforme a lo establecido en el Artículo 14° del Decreto N° 1363/2.022 ,al agente OBDDULIO MARCELO MAZZULLA, Legajo N° 6694, DNI N° 24.233.023.
 
ARTICULO 2°.- Desígnese titular de la División de Pequeños, Medianos y Exóticos Animales, conforme a lo establecido en el Artículo N° 15 del Decreto N° 1363/2.022, a la agente CARINA SUSANA LUCIA SCARZELLO, Legajo N° 6727, DNI N° 26.866.805.
 
ARTICULO 3°.- Desígnese titular de la División Control Ambiental, conforme a lo establecido en el Artículo N° 16 del Decreto N° 1363/2.022, al agente RUBEN ANTONIO RIVERO, Legajo N° 3473, DNI N° 18.241.858.
 
ARTICULO 4.- Ténganse vigencia de la presente norma a partir del 01 de Octubre de 2023.
 
ARTICULO 5°.- Gírese a la Dirección de recursos Humanos a los fines de reservarse el presente en cada uno de los legajos personales de los agentes designados, posteriormente, remítase a la Dirección de Liquidaciones de Haberes.
 
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno y Hacienda y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda
Dra. MARIA DE LOS ANGELES PETIT
Coordinadora de Asuntos Estratégicos
a/c Coordinación General UDAAPA .
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DECRETO N° 1.389/2023
Concordia, 9 de octubre de 2023
 
VISTO, él Decreto N° 1.388/22 con fecha 14 de Noviembre de 2022, y
 
CONSIDERANDO:
Que es necesario cubrir el cargo que se encuentra vacante en el Artículo N° 27° del decreto N° 1388/22.
Que por lo expuesto, se considera pertinente el dictado del presente designando a cargo de MESA DE ENTRADA Y DESPACHO de la Coordinación de Movilidad Urbana a la Sra. AILIN DARA PEREZ D.N.I N° 43.413.460, quien reúne las condiciones para desempeñar las funciones asignadas.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°; incisos ñ),q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Designase titular de MESA DE ENTRADA Y DESPACHO de la Coordinación de Movilidad Urbana a la Srta. Ailin Dara PEREZ, Documento Nacional de Identidad N° 43.413.460 para el desempeño de las funciones previstas y asignadas en el Artículo 27° del Decreto N° 1.388/22. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 1.- de acuerdo a expresado en los considerandos precedentes, a partir del 01 de Septiembre de 2023
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretario de Gobierno y Hacienda.