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SUMARIO
El siguiente Decreto y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
El siguiente Decreto y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 242/2.026.-
DECRETO N° 242/2.026
Concordia, 17 de marzo de 2.26
Visto
El decreto N° 1349/2015, por el que se dispuso la Intervención del Ente Autárquico de Obras Sanitarias y que fuera prorrogado mediante Decreto N° 1290/16, 1249/17, 1863/18, 1635/19 y 1712/19, 1295/20, 1380/21, 1582/22,1761/23, 500/2024 y 350/25, y,
Considerando:
Que esta decisión fue tomada con la finalidad de que fuera arbitradas las medidas conducentes a la normalización integral de su funcionamiento, como paso previo y necesario para la constitución definitiva del Directorio, en el marco de las disposiciones del artículo 7° de la Ordenanza N° 31.762;
Que si bien en el lapso transcurrido hasta el presente se han realizado avances considerables en la consecución de los objetivos perseguidos, se hace necesario y conveniente extender el plazo original a los efectos que ninguna de las medidas previstas pueda quedar sin su adecuada ejecución;
Que en virtud de la idoneidad puesta de manifiesto en el accionar de su gestión, resulta factible designar nuevamente como Interventor al C.P.N. Javier Ariel Del Cerro, D.N.I. N° 13.987.653.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al departamento Ejecutivo Municipal, por Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11 — régimen de las Municipalidades de Entre Ríos, según T.O. por Decreto N° 4.706/12 del Poder Ejecutivo Provincial;
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese la prolongación de la intervención del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, a efectos de que puedan ser arbitradas la medidas conducentes a la normalización integral de su funcionamiento, como paso previo y necesario a la constitución definitiva del Directorio, en el marco de las disposiciones del Artículo 7° de la Ordenanza N° 31.762.-
ARTÍCULO 2°.- Designase Interventor al C.P.N. Javier Ariel Del Cerro, D.N.I. N° 13.987.653, desde el 1 de marzo del 2026.-
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la intervención será por el plazo de un (1) año para concretar su misión de reorganización y normalización técnico — administrativa e institucional-
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la administración de los fondos será a la orden del interventor, conjuntamente con el Tesorero del Ente.-
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, regístrese y oportunamente, archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Zabala Brian Hugo Andrés, Legajo N° 9536, D.N.I N° 41.381.881, que en los autos caratulados: REF.: EXPEDIENTES N° 3923 "D" 2024 — 3940 "D" 2024 4023 "15" 2024 — 4306 "D" 2024 — 75 "D" 2025 - 78 "D" 2025 - 218 "b" 2025 - 456 "b" 2025 - 540 "b" 2025 - 635 "D" 2025 - 285 "D" 2024- 1527 "D" 2024 -2971 "D" 2024 -3161 "D" 2024 - 3391 "D" 2024 - 3533 "D" 2024 - 4221 "D" 2024 -;,ELEV. INF; SOBRE EL AGTE. ZABALA BRIAN HUGO LEG. N° 9536 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a haberle saber que mediante Decreto N° 274/2026 de fecha 06 de Abril del Año 2026 se ha dispuesto lo siguiente:
ARTICULO 1°.- Apruébase los Sumarios Administrativos, dispuestos mediante Decretos N° 878/2025 de fecha 16/07/2025 y N° 1012/2025 de fecha 22/08/2025 y procédase a la clausura de los mismos. ARTICULO 2°.- Dispónese aplicar al Agente Municipal BRIAN HUGO ANDRES ZABALA legajo N° 9536, Documento Nacional de Identidad N° 41.381.881, dependiente de la Dirección de Recolección de Residuos - Subsecretaría de Servicios Públicos de la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano, actualmente Secretaría de Servicios Públicos, la sanción de CESANTIA prevista en el artículo 39° inc. f) de la Ordenanza N° 11.275/49 y sus modificatorias, a partir del dictado del presente, por encuadrarse su conducta personal en el artículo 16° inciso a) y d) de la misma Ordenanza y el artículo 31° inciso a) Inasistencia injustificada que exceda de quince días hábiles en el año, habiéndose ausentado a su lugar de trabajo, sin justificación alguna, por un periodo ampliamente superior a quince (15) días hábiles, dado lo considerado precedentemente. ARTICULO 3°.- Notifíquese al Agente ya filiado de lo dispuesto en el artículo que antecede.- ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese y, oportunamente, archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, de ABRIL del 2.026.-La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Zabala Brian Hugo Andrés, Legajo N° 9536, D.N.I N° 41.381.881, que en los autos caratulados: REF.: EXPEDIENTES N° 3923 "D" 2024 — 3940 "D" 2024 4023 "15" 2024 — 4306 "D" 2024 — 75 "D" 2025 - 78 "D" 2025 - 218 "b" 2025 - 456 "b" 2025 - 540 "b" 2025 - 635 "D" 2025 - 285 "D" 2024- 1527 "D" 2024 -2971 "D" 2024 -3161 "D" 2024 - 3391 "D" 2024 - 3533 "D" 2024 - 4221 "D" 2024 -;,ELEV. INF; SOBRE EL AGTE. ZABALA BRIAN HUGO LEG. N° 9536 se ha dispuesto la presente notificación tendiente a haberle saber que mediante Decreto N° 274/2026 de fecha 06 de Abril del Año 2026 se ha dispuesto lo siguiente:
ARTICULO 1°.- Apruébase los Sumarios Administrativos, dispuestos mediante Decretos N° 878/2025 de fecha 16/07/2025 y N° 1012/2025 de fecha 22/08/2025 y procédase a la clausura de los mismos. ARTICULO 2°.- Dispónese aplicar al Agente Municipal BRIAN HUGO ANDRES ZABALA legajo N° 9536, Documento Nacional de Identidad N° 41.381.881, dependiente de la Dirección de Recolección de Residuos - Subsecretaría de Servicios Públicos de la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano, actualmente Secretaría de Servicios Públicos, la sanción de CESANTIA prevista en el artículo 39° inc. f) de la Ordenanza N° 11.275/49 y sus modificatorias, a partir del dictado del presente, por encuadrarse su conducta personal en el artículo 16° inciso a) y d) de la misma Ordenanza y el artículo 31° inciso a) Inasistencia injustificada que exceda de quince días hábiles en el año, habiéndose ausentado a su lugar de trabajo, sin justificación alguna, por un periodo ampliamente superior a quince (15) días hábiles, dado lo considerado precedentemente. ARTICULO 3°.- Notifíquese al Agente ya filiado de lo dispuesto en el artículo que antecede.- ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese y, oportunamente, archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
