SUMARIO
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 216/2.025, 218/2.025, 223/2.025, 224/2.025, 227/2.025, 229/2.025 y 230/2.025.
DECRETO N° 216/2.025.Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 216/2.025, 218/2.025, 223/2.025, 224/2.025, 227/2.025, 229/2.025 y 230/2.025.
Concordia, 12 de Marzo de 2.025.
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Interno Nº 759 Letra “S”/2024 –Adjunto Expediente Interno Nº 748 Letra “S”/2024- y,
CONSIDERANDO:
Que en las citadas actuaciones, la Agente Contratada con Aportes HEBE FIORELLA SALDIVIA, Legajo Nº 5349, solicita se le abonen los importes correspondientes por aplicación del Convenio de Salud – Código 792 Administrativo, desde el mes de Noviembre de 2023, expresando las razones que entiende justifican y avalan su reclamo.
Que a fojas 2 la Dirección de Recursos Humanos informa que la agente peticionante, presta servicios en este Municipio desde el 01/10/2023, revista como personal contratado con aportes, dependiente de la Secretaría de Salud.
Que a fojas 4 la Dirección de Liquidación de Haberes informa que esta agente, comenzó a percibir el Código 792 “Convenio Salud Administrativo” en los haberes del mes de Mayo/2024.
Que a fojas 6 la Dirección de Atención Primaria de la Salud de la Secretaría de Salud, informa que la referida agente prestó servicios en el Centro de Salud Villa Jardín hasta el 31/05/2024, período en el que fue notificada de su traslado tramitado en Expediente Interno Nº 518 S/24; y que desconoce sobre la percepción de adicionales por parte de la agente ya que eran tramitados a través de la Secretaría de Desarrollo Humano.
Que a fojas refoliado 8 la Dirección de Liquidación de Haberes informa que la agente HEBE FIORELLA SALDIVIA, Legajo Nº 5349, NO percibió convenio en los meses anteriores al mes de Mayo/2024.
Que a fojas 18 a 24 la Unidad de Control agrega Planillas de Asistencia de la agente en cuestión, correspondiente a los períodos Noviembre/2023, Diciembre/2023 y Enero a Mayo de 2024, las que dan cuenta del cumplimiento de tareas en horario extraordinario.
Que a fojas 28 la Dirección de Liquidación de Haberes informa que la agente HEBE FIORELLA SALDIVIA, Legajo Nº 5349, fue incluida al Convenio firmado oportunamente con el personal de la Secretaría de Salud -ratificado por Decreto Nº 328/2023, mediante Resolución Interna Nº 5/2024 a partir del mes de Mayo de 2024, indicando la imposibilidad de hacer lugar a lo solicitado por la agente.
Que no obstente ello, el Secretario de Salud informa que si bien, dicha agente fue incorporada en el mes de mayo 2024, la misma ha realizado tareas extraordinarias, por lo que solicita se tenga el cuenta el pago de los meses solicitados, adjuntando el siguiente detalle.
| Legajo | Apellido y Nombre | Importe |
| 5349 | SALDIVIA HEBE FIORELLA | |
| Noviembre/2023 | $ 30.929,82 | |
| Complementaria Noviembre/2023 | $ 927.89 | |
| Diciembre/2023 | $ 31.857,72 | |
| Enero/2024 | $ 34.884,20 | |
| Febrero/2024 | $ 40.116,84 | |
| Marzo/2024 | $ 40.116,84 | |
| Complementaria Marzo/2024 | $ 8.825,70 | |
| Abril/2024 | $ 48.942,54 | |
| TOTAL | $236.601,55 | |
Que la presente medida se realiza por única vez y como caso de excepción a lo establecido en el Convenio de trabajo firmado oportunamente con el personal de la Secretaría de Salud, ratificado mediante Decreto N° 328/2023.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º) de la Ley Nº 10.027 y modificatorias– Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución Nº 1037/2025 obrante a fojas 37/38 del Expediente Interno Nº 759 Letra “S”/2024 –Adjunto Expediente Interno Nº 748 Letra “S”/2024.
ARTÍCULO 2º.- Reconócese el pago de la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS UNO CON 55/100 ($ 236.601,55), bajo el Código 295 – Diferencia de Convenio-, a la agente HEBE FIORELLA SALDIVIA, Legajo Nº 5349, por realización de tareas en horario extraordinario, durante los meses de Noviembre/2023, Diciembre/2023 y Enero a Abril/2024, en virrtud de lo expresado en el considerando precedente.
ARTÍCULO 3º.- Establécese que lo dispuesto en el presente Decreto se efectúa por única vez y como caso de excepción a lo establecido en el Convenio de trabajo firmado oportunamente con el personal de la Secretaría de Salud, ratificado mediante Decreto N° 328/2023.
ARTÍCULO 4º.- Tome intervención la Dirección de Liquidación de Haberes, Contaduría, Tesorería y oportumanente archívese.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. DIEGO E. SAURE
Secretario Salud.
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DECRETO N° 218/2.025
Concordia, 12 de Marzo de 2.025.
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente interno N° 6 “A” /2025 y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, la Agente Mensual ACOSTA, GLADYS INES, DNI N° 12.243.770, Legajo N° 3391, presenta la renuncia al cargo a partir del 01 de Marzo 2025, para acogerse a los beneficios de la Jubilación por edad avanzada otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución N°006614 de fecha 13/12/2024 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común, a la Agente ACOSTA, GLADYS INES.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que el agente mencionado, actualmente, no tiene embargos privados ni en espera.
Que a fojas 5, la encargada de control de Deudas de Créditos Especiales comunica que la agente ACOSTA, a la fecha NO registra deuda, en concepto de, Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente ACOSTA, GLADYS INES, DNI N° 12.243.770, Legajo N° 3391, presta servicio en este municipio desde el 01 de Abril de 2004. Revista como personal mensual en la categoría 21° del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaria de Desarrollo Productivo.
Que a foja 7, mediante Dictamen N° 262/2025 de fecha 24/02/2025, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: “…esta Dirección no tiene objeción que formular a la aceptación de la renuncia:
Que esta Dirección entiende que corresponde hacer lugar al pago a la agente ACOSTA, GLADYS INES, Legajo N° 3391 de sueldo anual complementario primer semestre 2025 de acuerdo al tiempo trabajado, 26 (veintiséis) días de licencia del año 2024, 5 (cinco) días proporcionales de la licencia del corriente año, y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11275-49 correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20”.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al departamento Ejecutivo Municipal por el artículo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N° 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O Decreto N° 4706/12 el poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Acéptese a partir del 1° de Marzo 2025, la renuncia presentada por la agente mensual ACOSTA, GLADYS INES, DNI N° 12.243.770, Legajo N° 3391, para acogerse a los beneficios de la Jubilación por edad avanzada, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
ARTICULO 2°.- Dispóngase el pago de sueldo anual complementario primer semestre 2025 de acuerdo al tiempo trabajado, 26 (veintiséis) días de licencia del año 2024, 5 (cinco) días proporcionales de la licencia del corriente año, y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11275-49 correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20°, a favor de la Agente Mensual ACOSTA, GLADYS INES, DNI N° 12.243.770, Legajo N° 3391.
ARTICULO 3°.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER
Secretario de Desarrollo Productivo.
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DECRETO N° 223/2.025.
Concordia, 12 de Marzo de 2.024.
VISTO la renuncia presentada por la Agente Municipal GRACIELA MARGARITA ZALASAR, Legajo Nº 2836, obrante a fojas 1 del Expediente Interno N° 1 Letra “Z”/2025 y,
CONSIDERANDO:
Que dicha renuncia la presenta la nombrada agente, con motivo de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común que otorga la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a partir del 1º de Marzo de 2025.
Que obra copia simple de la Resolución de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia de Entre Ríos por la que se concede a la nombrada agente el beneficio de Jubilación Ordinaria Común.
Que, asimismo, en dicha presentación la agente interesa el abono de licencias adeudadas, aguinaldo proporcional y el correspondiente subsidio por acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común.
Que la Dirección de Liquidación de Haberes informa que la agente GRACIELA MARGARITA ZALASAR, Legajo Nº 2836, no tiene ningún embargo privado activo, ni en espera.
Que la Encargada de Control de Deudas toma intervención informando que la agente GRACIELA MARGARITA ZALASAR, Legajo Nº 2836, no registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldo).
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la agente GRACIELA MARGARITA ZALASAR, Legajo Nº 2836, DNI Nº 12.781.837, presta servicios en este Municipio desde el 01/06/1999, revista como personal mensual, Categoría 24º del Escalafón Municipal, dependiente de la Secretaría de Salud.
Que, por otra parte, informa que a la nombrada agente le hubiera correspondido el goce de TREINTA (30) días de la licencia del año 2023, TREINTA (30) días de la licencia del año 2024, CINCO (5) días de licencia proporcionales al período trabajado del año 2025 y Sueldo Anual Complementario proporcional al tiempo trabajado correspondiente al Primer Semestre del año 2025; indicando además sobre la vigencia del beneficio que prevé el Artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº 11.275/49.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia mediante Dictamen Nº 261/25, indicando que no tiene objeción legal que formular para la aceptación de la renuncia, y que corresponde se proceda a liquidar y abonar a la nombrada agente los rubros informados por la Dirección de Recursos Humanos.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º) de la Ley Nº 10.027 y modificatorias – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Acéptase la renuncia presentada por la Agente Municipal GRACIELA MARGARITA ZALASAR, Legajo Nº 2836, DNI Nº 12.781.837, dependiente de la Secretaría de Salud, con motivo de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común que otorga la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a partir del 1º de Marzo de 2025.
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que a través de la Dirección de Liquidación de Haberes se proceda a liquidar y abonar a la agente GRACIELA MARGARITA ZALASAR, Legajo Nº 2836, el importe correspondiente a TREINTA (30) días de la licencia del año 2023, TREINTA (30) días de la licencia del año 2024, CINCO (5) días de licencia proporcionales al período trabajado del año 2025, Sueldo Anual Complementario proporcional al tiempo trabajado correspondiente al Primer Semestre del año 2025 y el beneficio que prevé el Artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº 11.275/49, equivalente a TRES (3) sueldos básicos de la Categoría 20º, en virtud de lo expresado en el considerando precedente y los antecedentes obrantes en el presente expediente.
ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Recursos Humanos a los efectos de tomar conocimiento, proceder a realizar la carga en el legajo electrónico y efectivizar la correspondiente notificación, a la Dirección de Liquidación de Haberes a los fines dispuestos en el Artículo 2º, y pase a la Dirección de Presupuesto, Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda y Contaduría Municipal a sus efectos.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. DIEGO E. SAURE
Secretario Salud.
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DECRETO N° 224/2.025.
Concordia, 12 de Marzo de 2.025.
VISTO la renuncia presentada por la Agente Municipal LAURA AIDA SORIA, Legajo Nº 9077, obrante a fojas 1 del Expediente Interno N° 139 Letra “S”/2025 y,
CONSIDERANDO:
Que dicha renuncia la presenta la nombrada agente, con motivo de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común que otorga la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a partir del 1º de Marzo de 2025.
Que obra copia simple de la Resolución de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia de Entre Ríos por la que se concede a la nombrada agente el beneficio de Jubilación Ordinaria Común.
Que, asimismo, en dicha presentación la agente interesa el abono de licencias adeudadas, aguinaldo proporcional y el correspondiente subsidio por acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común.
Que la Dirección de Liquidación de Haberes informa que la agente LAURA AIDA SORIA, Legajo Nº 9077, no tiene ningún embargo privado activo, ni en espera.
Que la Encargada de Control de Deudas toma intervención informando que la agente LAURA AIDA SORIA, Legajo Nº 9077, no registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldo).
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la agente LAURA AIDA SORIA, Legajo Nº 9077, DNI Nº 20.101.677, presta servicios en este Municipio desde el 01/12/2006, revista como personal mensual, Categoría 22º del Escalafón Municipal, dependiente de la Secretaría de Salud.
Que, por otra parte, informa que a la nombrada agente le hubiera correspondido el goce de VEINTIOCHO (28) días de la licencia del año 2024, CINCO (5) días de licencia proporcionales al período trabajado del año 2025 y Sueldo Anual Complementario proporcional al tiempo trabajado correspondiente al Primer Semestre del año 2025; indicando además sobre la vigencia del beneficio que prevé el Artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº 11.275/49.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia mediante Dictamen Nº 280/25, indicando que no tiene objeción legal que formular para la aceptación de la renuncia, y que corresponde se proceda a liquidar y abonar a la nombrada agente los rubros informados por la Dirección de Recursos Humanos.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º) de la Ley Nº 10.027 y modificatorias – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Acéptase la renuncia presentada por la Agente Municipal LAURA AIDA SORIA, Legajo Nº 9077, DNI Nº 20.101.677, dependiente de la Secretaría de Salud, con motivo de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común que otorga la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a partir del 1º de Marzo de 2025.
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que a través de la Dirección de Liquidación de Haberes se proceda a liquidar y abonar a la agente LAURA AIDA SORIA, Legajo Nº 9077, el importe correspondiente a VEINTIOCHO (28) días de la licencia del año 2024, CINCO (5) días de licencia proporcionales al período trabajado del año 2025, Sueldo Anual Complementario proporcional al tiempo trabajado correspondiente al Primer Semestre del año 2025 y el beneficio que prevé el Artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº 11.275/49, equivalente a TRES (3) sueldos básicos de la Categoría 20º, en virtud de lo expresado en el considerando precedente y los antecedentes obrantes en el presente expediente.
ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Recursos Humanos a los efectos de tomar conocimiento, proceder a realizar la carga en el legajo electrónico y efectivizar la correspondiente notificación, a la Dirección de Liquidación de Haberes a los fines dispuestos en el Artículo 2º, y pase a la Dirección de Presupuesto, Subsecretaría de Hacienda y Contaduría Municipal a sus efectos.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. DIEGO E. SAURE
Secretario Salud.
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DECRETO N° 227/2.025.
Concordia, 12 de Marzo de 2.025.
VISTO el Convenio de trabajo suscripto entre la Municipalidad de Concordia y el Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales de la Ciudad de Concordia, en representación del personal dependiente del SIMES – Sistema Integral Municipal de Emergencias Sanitarias de la Secretaria de Salud, ratificado por Decreto N° 1042/2022 y;
CONSIDERANDO
Que la clausula OCTAVA de dicho Convenio, establece un cupo máximo de 1.000 horas excedentes que pueden realizar los agentes municipales incluidos en el mismo, una vez cumplidas las horas pactadas en la Clausula CUARTA.
Que dichas horas excedentes se liquidan bajo el código 688 (689).
Que ante la necesidad de cubrir sanitariamente diversos eventos de suma importancia para la Ciudad, el personal de SIMES se excedió en el cupo mensual autorizado en un total 110 horas, en el mes de febrero del presente año.
Que en base a lo expuesto, este Departamento Ejecutivo entiende justo y razonable exceptuar por única vez el aumento del cupo de horas excedentes establecido en el convenio antes mencionado, a fin de abonar lo que corresponde a cada empleado, en función de las tareas extraordinarias que realizaron.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Articulo 107°, inciso q) y u) de la Ley N° 10.027/11 Y modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Autorizase por única vez, y por excepción a lo establecido en la Clausula OCTAVA del Convenio firmado oportunamente con el personal dependiente del SIMES - Sistema Integral Municipal de Emergencias Sanitarias de la Secretaria de Salud, ratificado por Decreto NN° 1042/2022, un cupo total de UN MIL CIENTO DIEZ (1.110) HORAS EXCEDENTES, a liquidarse bajo el código 688(689), en virtud de lo expresado en el considerando presente.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, tome nota la Dirección de Liquidación de Haberes y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
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DECRETO N°229/2.025.
Concordia, 12 de Marzo de 2.025.
VISTO las actuaciones obrantes en los Expedientes Nº 1347190, 1347337, 1350533 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Expediente Nº 1347337, la Señora Silvia E. IRASTORZA, en su carácter de Presidente de la “Asociación Civil Los Naranjos”, y los Señores Alejandro CONTI y Emmanuel CONTI, solicita autorización para la aceptación de la donación de una fracción de terreno para la apertura de calle pública de 12 m., donando 6 (seis) metros de cada inmueble lateral.
Que mediante Expediente Nº 1350533, el Señor Leandro D. TRINIDAD, en su carácter de Secretario de “Asociación Civil Los Naranjos de la Concordia”, solicita se dé de baja lo solicitado en Expediente Externo Nº 1347190, donde se pretende aprobar el Permiso de Uso Nº 1844, presentado por la Señora Silvia E. IRASTORZA, en su carácter de Presidente de la “Asociación Civil Los Naranjos”, y avalado por el Arquitecto Bruno RODA, en el inmueble Manzana 3787, Parcela 21, Partida Municipal 50918, registrado a nombre de Conti Alejandro Ignacio.
Que a fojas 7 del Expediente Nº 1347337, obra propuesta de la nueva traza de la calle lateral del inmueble.
Que la Dirección de Catastro informa que la propuesta se localiza en el Distrito U/CM del nuevo Código de Ordenamiento Urbano y Territorial, que se registra a nombre de Conti Emanuel Manzana 3787, Parcela 27 y Conti Alejandro Ignacio, Manzana 3787, Parcela 21 y Conti Alejandro Ignacio Manzana 3787, Parcela 214 (en trámite titularidad de la Asociación Civil Los Naranjos de la Concordia). Según proyecto a fojas 7 del Expediente Nº 1347337, y lo solicitado a fs. 1 en el mismo, de realizar una apertura de calle de 12 m. en total, donando oportunamente 6 metros de cada título, no habría inconvenientes teniendo en cuenta que no se hallen construcciones en la proyección de la calle a donar entre calle Chile y la colectora de Avda. Mons. Rösch.
Que la Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial informa que coincide con lo planteado por la Dirección de Catastro a fojas 9 del Expediente N° 1347337 y deberá proseguir con el trámite administrativo de competencia.
Que la Subsecretaría de Obras Públicas toma intervención de su competencia informando que coincide con los informes de la Dirección de Catastro y de la Dirección de Planeamiento Urbano y Territorial.
Que el Departamento Asesoría Legal dictamina que no habría inconvenientes considerando que no se hallan construcciones en la proyección de la calle, por lo que no se presenta objeciones y oportunamente deberá acompañar acta de donación, ficha de transferencia plano de mensura, todo suscripto por los titulares registrales, e informe de dominio actualizado a dicha fecha. Asimismo por los representantes legales de la asociación, deberán autenticarse la documentación acompañada de fs. 3 a 6, firmar el profesional y los presentantes, el croquis de fs. 7 del Expediente Nº 1347337. Y es de mencionar que en el Exp. Nº 1350533, los interesados solicitan la baja del Exp. Nº 1347190, por lo se toma razón y considera pertinente la petición.
Que este Departamento Ejecutivo Municipal, considera atinente aceptar la propuesta de nueva traza de calle lateral como calle pública de 12 metros de ancho en total (siempre y cuando no se hallen construcciones en la proyección planteada), solicitado por la Señora Silvia E. IRASTORZA, en su carácter de Presidente de la “Asociación Civil Los Naranjos”, donando oportunamente 6 (seis) metros de cada título, de los inmuebles que se registran a nombre de Conti Emanuel Manzana 3787, Parcela 27 y Conti Alejandro Ignacio, Manzana 3787, Parcela 21 y Conti Alejandro Ignacio Manzana 3787, Parcela 214 (en trámite titularidad de la Asociación Civil Los Naranjos de la Concordia) localizados en el Distrito U/CM del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial - Ordenanza N°38.104/2023, según croquis presentado a fojas 7 del Expediente Nº 1347337, presentado por el Agrimensor Adrián G. CAIRE, en su carácter de profesional interviniente, en virtud del considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u), de la Ley 10.027 y su modificatoria, régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Aceptase la propuesta de nueva traza de calle lateral como calle pública de 12 metros de ancho en total (siempre y cuando no se hallen construcciones en la proyección planteada), solicitado por la Señora Silvia E. IRASTORZA, en su carácter de Presidente de la “Asociación Civil Los Naranjos”, donando oportunamente 6 (seis) metros de cada título, de los inmuebles que se registran a nombre de Conti Emanuel Manzana 3787, Parcela 27 y Conti Alejandro Ignacio, Manzana 3787, Parcela 21 y Conti Alejandro Ignacio Manzana 3787, Parcela 214 (en trámite titularidad de la Asociación Civil Los Naranjos de la Concordia), localizados en el Distrito U/CM del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial - Ordenanza N°38.104/2023, según croquis presentado a fojas 7 del Expediente Nº 1347337, presentado por el Agrimensor Adrián G. CAIRE, en su carácter de profesional interviniente, en virtud del considerado precedentemente.
ARTICULO 2º.- Comunicase a la Señora Silvia E. IRASTORZA, en su carácter de Presidente de la “Asociación Civil Los Naranjos”, en su carácter de propietario, que deberá presentar en la Dirección de Catastro actas de donación y fichas de transferencia de los inmuebles comprometidos para calle y equipamiento público, conforme a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 3º.- Dispónese desglosar los Expedientes N°1347190 y 1350533 de las presentes actuaciones y girar los mismos al Departamento de Obras Privadas de la Secretaria de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría de Gobierno y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 230/2.025.
Concordia, 12 de Marzo de 2.025.
VISTO la referencia en el expediente 2 “L”/25 presentado por la Agente ALVINA OLGA LEFFLER Legajo N°5691, donde en foja 1 eleva su renuncia a efectos de acogerse a la Jubilación Ordinaria Común otorgada por ANSES, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N°01346 de fecha 07 de enero 2025, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común.
Que la Dirección de Liquidaciones informa que a la Agente de referencia no se le descuenta embargo y no tiene embargos pendientes.
Que la oficina de Control de Deudas y Créditos Especiales informa que no registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de sueldos).
Que en foja 7 la Dirección de Recursos Humanos informa que la mencionada agente presta servicio en la Municipalidad de Concordia desde el 01/03/2014 como personal de revista.
Que a foja 8 obra dictamen N° 128/25 con fecha 27 de enero del 2025 y en foja 10 obra dictamen N° 148/25 con fecha 30 de enero del 2025 de la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que la presente medida se dicta de conformidad a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso b), n), ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. –
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. - Aceptase a partir del 01 de febrero del 2025 la renuncia presentada para la agente Municipal, ALVINA OLGA LEFFLER Legajo N°5691 D.N.I 10.487.537, por motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTÍCULO 2º.- Dispónese el pago de 20 días de licencia del 2024 y 2 días de licencias proporcionales del corriente año, aguinaldo por el primer semestres del corriente año de acuerdo al tiempo trabajado y el subsidio por jubilación establecido por el artículo 77° Bis de la ordenanza N°11.275-49 correspondientes a 3 (tres) sueldos básicos de la categoría 20 a favor de la agente ALVINA OLGA LEFFLER.
ARTÍCULO 3º- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4º- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
