SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 77/2.026, 776/2.026, 777/2.026, 778/2.026, 77/2.026, 782/2.026, 783/2.0206, 787/2.026 y 796/2.026.-
DECRETO N° 775/2.026
Concordia, 27 de agosto de 2.026
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.026, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la presente transferencia se efectúa de conformidad a lo previsto en el Artículo 5° de la Ordenanza N° 38.756.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Refuércense los créditos presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.026 en los importes que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.026 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno al Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas
a/c Presidencia Municipal
Cr. CLAUDIO FABIAN BASTIDA
Subsec. De Hacienda y Modernización
Sec. Coord. De Gabinete y Hacienda
a/c Sec. Coord. De Gabinete y Hacienda
ANEXO I
3.1.90.01.01.01.10.01 Obras Pcas. 145,000,000
1.5.90.01.01.01.10.03 D. Humano 3,000,000
Total 148,000,000
ANEXO II
3.2.70.01.01.01.10.02.01 Servicios Pcos. 40,000,000
3.2.70.01.01.01.10.01 Servicios Pcos. 30,000,000
3.3.20.01.01.01.10.01 Servicios Pcos. 30,000,000
3.1.90.01.01.01.10.05 Servicios Pcos. 5,000,000
3.1.01.01.01.01.10.02.04 D. Humano 3,000,000
TOTAL 148,000,000
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas
a/c Presidencia Municipal
Cr. CLAUDIO FABIAN BASTIDA
Subsec. De Hacienda y Modernización
Sec. Coord. De Gabinete y Hacienda
a/c Sec. Coord. De Gabinete y Hacienda.
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DECRETO N° 776/2.026.
Concordia, 28 de agosto de 2.026.
VISTO que se ha reintegrado a sus funciones el Sr Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Cdor. Pablo Sebastián Ferreyra el día de la fecha y en horas de la mañana y,
CONSIDERANDO:
Que se encontraba a cargo de la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda el Subsecretario de Hacienda y Modernización, Cdor. Claudio Fabián BASTIDA durante su ausencia sin perjuicio de sus funciones.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones emergentes de la Ley 10.027 y modificatorias — Régimen de las Municipales de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Ponese en posesión de su cargo al Sr Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Cdor. Pablo Sebastián Ferreyra el día de la fecha y en horas de la mañana.
ARTICULO 2°.- Reintegrase a sus fundones y cargo al Subsecretario de Hacienda y Modernización, Cdor. Claudio Fabián BASTIDA el día de la fecha y en horas de la mañana.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas
a/c Presidencia Municipal
Cr. CLAUDIO FABIAN BASTIDA
Subsec. De Hacienda y Modernización
Sec. Coord. De Gabinete y Hacienda
a/c Sec. Coord. De Gabinete y Hacienda.
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DECRETO N° 777/2.026
Concordia, 28 de agosto de 2.026
VISTO la liquidación de haberes del personal municipal, correspondiente al Mes de AGOSTO de 2026, realizada por la Dirección de Liquidaciones, cuyas actuaciones obran en Expediente Interno N° 1.943 "D72.026 y,
CONSIDERANDO:
Que la citada liquidación asciende a PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CON 15/100 ($ 4.612.704.872,15).
Que la Dirección de Presupuesto ha indicado las partidas presupuestarias a las que corresponde imputar el presente gasto.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización ha tomado conocimiento de la presente erogación, autorizando el total del gasto.
Que no obstante las observaciones formuladas por la Contaduría y atento a que se cuenta con los recursos necesarios, es decisión del Departamento Ejecutivo dar trámite a las presentes actuaciones.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 Régimen Municipal - modificada por Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello:
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar la liquidación y el abono de los haberes del personal municipal correspondiente al mes de AGOSTO de 2026, las retenciones realizadas así como también las contribuciones patronales que surjan de las declaraciones juradas correspondientes, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CON 15/100 ($ 4.612.704.872,15). Conforme las actuaciones obrantes en Expediente interno N° 1.943 "D” 2.026.
ARTICULO 2°.- Imputar el gasto que se aprueba en el Artículo 1° de este Decreto, a las partidas presupuestarias indicadas por la Dirección de Presupuesto, cuyo detalle se anexa formando parte del presente.
ARTICULO 3°.- Remitir a Contaduría y a Tesorería a sus efectos
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas
a/c Presidencia Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda.
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DECRETO N° 778/2.026.
Concordia, 28 de agosto de 2.026.
VISTO que se ha reintegrado a sus funciones, el Señor Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUE, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana y,
CONSIDERANDO:
Que se encontraba a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal el Señor Secretario de Obras Públicas Arq. Fernando Sebastián I Esquibel.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones emergentes de la Ley 10.027 y modificatorias — Régimen de las Municipales de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Ponese en posesión de su cargo, al Señor Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUE, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
ARTICULO 2°.- Reintegrase a sus funciones y cargo al Señor Secretario de Obras Públicas Arq. Fernando Sebastián I Esquibel, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas
a/c Presidencia Municipal
Cra. PATRICIA LAURE RODRIGUEZ
Secretaria de Gobierno.
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DECRETO N° 779/2.026
Concordia, 31 de agosto de 2.026.
VISTO, el Decreto N° 036/2026 de fecha 15/01/2026, donde se dispone la continuidad del PROGRAMA "CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO EN GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS", y;
CONSIDERANDO:
Que, la finalidad del PROGRAMA, es incrementar las competencias, habilidades y destrezas para el trabajo, a través de instancias de capacitación teórica y del desarrollo de prácticas comunitarias, en beneficio de la comunidad, implementadas en el Centro Ambiental Nodo Concordia (CANC) — Campo El Abasto, áreas y/o espacios dependientes de la Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de Concordia.
Que, el mencionado PROGRAMA, fue creado mediante el Decreto N° 458/2024 de fecha 08/04/2024 y sus modificatorias y tuvo continuidad mediante Decreto N° 181/2025, de fecha 27/02/2025, habiéndose evaluado favorablemente sus resultados y alcanzado los objetivos propuestos.
Que, durante el año 2026 mediante Decreto N° 036/2026, el PROGRAMA "CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO EN GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS" continuó desarrollándose en el ámbito del Centro Ambiental Nodo Concordia (CANC) Campo El Abasto, áreas y/o espacios dependientes de la Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de Concordia donde se desarrollan prácticas comunitarias programadas y/o se promueve la separación de residuos en origen.
Que, en virtud de los resultados obtenidos y de la necesidad de garantizar la continuidad de las actividades previstas, resulta pertinente autorizar los recursos necesarios para la prosecución del PROGRAMA durante el período comprendido desde el 1 de julio de 2026 y hasta su finalización, el 31 de diciembre de 2026, por la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CON 00/100 ($ 74.000.000,00).
Que, el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° inciso u), de la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal — modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorícese la suma total de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CON 00/100 ($ 74.000.000,00) mensuales, a partir del 1 de julio de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, para la continuidad en la implementación del PROGRAMA, imputándose el presente gasto en la Partida Presupuestaria N° 3.4.90.01.03.04.34.24 SERVICIOS PÚBLICOS.
ARTICULO 2°.- Manténganse firmes las demás disposiciones establecidas en el Decreto N° 036/2026 de fecha 15/01/2026.
ARTICULO 3°.- Facúltese a la Subsecretaría de Hacienda y Modernización dependiente de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias pertinentes, de la Secretaría de Servicios Públicos, con el fin de que la implementación del presente PROGRAMA no se vea resentida.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
ROBERTO OSCAR RAMIREZ
Secretario de Servicios Públicos.
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DECRETO N° 782/2.026
Concordia, 31 de agosto de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital Nº 3506 del año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Privada Nº 13/2.026, para la Obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA EL CAMBIO DE CAÑERÍA INTERNA DE AGUA Y TANQUES DE RESERVA EN EL CEMENTERIO NUEVO”.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación, de acuerdo a la documentación adjunta, asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS CON 70/100 ($ 36.244.316,70), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Privada.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.1.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 36.244.316,70.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas; como asimismo, Memoria Descriptiva, Planos y Planilla Nomencladora de la mencionada Licitación.
Que obra intervención de la Dirección de Arquitectura de la Secretaría de Obras Públicas, informando que en la obra de referencia, “…se solicita a la Empresa contratista que firme los Pliegos de Bases y Condiciones correspondiente, a fin de formalizar la documentación administrativa y técnica de la obra…”.
Que por lo expresado precedentemente, obra nueva intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares, con las modificaciones solicitadas por el área técnica.
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado resultare desierto se realice un Segundo Llamado de la Licitación de referencia.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las invitaciones correspondientes.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 28º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Privada Nº 13/2.026, para la Obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA EL CAMBIO DE CAÑERÍA INTERNA DE AGUA Y TANQUES DE RESERVA EN EL CEMENTERIO NUEVO”, cuyo Anexo forma parte del presente Decreto. Y como asimismo, en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, conforme a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Privada Nº 13/2.026, para la Obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA EL CAMBIO DE CAÑERÍA INTERNA DE AGUA Y TANQUES DE RESERVA EN EL CEMENTERIO NUEVO”, conforme el Anexo que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra Nº 4259, Expediente Compra Digital Nº 3506 del año 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS CON 70/100 ($ 36.244.316,70).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.1.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 36.244.316,70.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 28° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las invitaciones correspondientes para la presente Licitación.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Privada Nº 13/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros, a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
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DECRETO N° 782/2.026
Concordia, 31 de agosto de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital Nº 3506 del año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Privada Nº 13/2.026, para la Obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA EL CAMBIO DE CAÑERÍA INTERNA DE AGUA Y TANQUES DE RESERVA EN EL CEMENTERIO NUEVO”.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación, de acuerdo a la documentación adjunta, asciende a la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS CON 70/100 ($ 36.244.316,70), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Privada.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.1.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 36.244.316,70.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas; como asimismo, Memoria Descriptiva, Planos y Planilla Nomencladora de la mencionada Licitación.
Que obra intervención de la Dirección de Arquitectura de la Secretaría de Obras Públicas, informando que en la obra de referencia, “…se solicita a la Empresa contratista que firme los Pliegos de Bases y Condiciones correspondiente, a fin de formalizar la documentación administrativa y técnica de la obra…”.
Que por lo expresado precedentemente, obra nueva intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares, con las modificaciones solicitadas por el área técnica.
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado resultare desierto se realice un Segundo Llamado de la Licitación de referencia.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las invitaciones correspondientes.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 28º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Privada Nº 13/2.026, para la Obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA EL CAMBIO DE CAÑERÍA INTERNA DE AGUA Y TANQUES DE RESERVA EN EL CEMENTERIO NUEVO”, cuyo Anexo forma parte del presente Decreto. Y como asimismo, en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, conforme a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº 10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Privada Nº 13/2.026, para la Obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA EL CAMBIO DE CAÑERÍA INTERNA DE AGUA Y TANQUES DE RESERVA EN EL CEMENTERIO NUEVO”, conforme el Anexo que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra Nº 4259, Expediente Compra Digital Nº 3506 del año 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS CON 70/100 ($ 36.244.316,70).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.1.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 36.244.316,70.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 28° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las invitaciones correspondientes para la presente Licitación.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Privada Nº 13/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros, a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO N° 783/2.026
Concordia, 31de agosto de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital N° 3225 del año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 665/2.026, de fecha 22 de Julio de 2.026, se aprueba la documentación para efectuar el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 44/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE HORMIGÓN H-30”, según Solicitud de Compra N° 4084/2.026, obrante en el mencionado expediente.
Que constan actuaciones referidas a publicaciones y entrega de Pliegos, efectuada por la Dirección de Compras y Suministros, de la Licitación antes mencionada.
Que obra Acta de Apertura de fecha 06 de Agosto de 2.026, informando que en el acto de apertura se presenta una (01) oferta correspondiente a:
- CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 156.500.000,00).
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora, de fecha 12 de Agosto de 2.026, manifestando que analizada la oferta presentada en el Acto de Apertura, en su aspecto formal, se verifica que:
- CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L.: cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que analizado el aspecto económico de las mismas, se observa:
| Ítem |
Título |
Cant. |
Preventiva |
Construcciones de Ing.
y Arq. Coinar S.R.L. |
|
| Precio Unit. |
Total |
Precio Unit. |
Total |
% |
| 1 |
Hormigón H-30 |
500 |
$ 280.000,00 |
$ 140.000.000,00 |
$ 313.000.000 |
$ 156.500.000,00 |
11,79 |
| |
|
|
|
$ 140.000.000,00 |
|
$ 156.500.000,00 |
|
Depósito de Garantía $ 3.130.000,00
Que
“…el área solicitante emitió su informe técnico en GESCOM, informando que la propuesta presentada cumple con las especificaciones requeridas. Asimismo, en cuanto a la diferencia en el monto estimado y cotizado, aclaro que hubo un error en la estimación del precio; no obstante, confirmó que el valor cotizado se ajusta a los precios actuales de mercado.”
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja se adjudique la totalidad de lo solicitado a la firma
CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L., por un importe total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 156.500.000,00), lo que resulta ser un 11,79 % superior a la Imputación Preventiva; de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 118° inciso a) de la Ordenanza N° 34.698, se consultó en el SIPAM y se constata que el oferente no posee deuda exigible en la Tasa Comercial.
Que la Dirección de Presupuesto ha efectuado la Imputación Preventiva correspondiente y la Subsecretaría de Hacienda y Modernización, tomó la intervención de su competencia autorizando el gasto.
Que por las razones invocadas, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar la totalidad de la Licitación Pública Nº 44/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE HORMIGÓN H-30”, conforme a lo descripto en el Anexo adjunto, el cual forma parte del presente Decreto, a la firma
CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L., por un importe total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 156.500.000,00), en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su Modificatoria Ley N° 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Compra Digital N° 3225 del año 2.026, correspondiente a la Licitación Pública Nº 44/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE HORMIGÓN H-30”, dispuesto mediante el Decreto N° 665/2.026, de fecha 22 de Julio de 2.026.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese a la firma CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L., la totalidad del Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 44/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE HORMIGÓN H-30”, por un importe total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 156.500.000,00), conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto; y en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 3º.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.40.02.05.08.61.02 O. PÚBLICAS (Mant. Vial de Calles Pav.) $ 156.500.000,00.
ARTÍCULO 4º.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTÍCULO 5º.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L., que resultó adjudicataria, del contenido del presente acto administrativo y proceda oportunamente a realizar los trámites correspondientes a la presente adjudicación.
ARTÍCULO 6º.- Gírese a conocimiento de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y dése a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas
ANEXO
PLANILLA NOMENCLADORA
| Ítem |
Descripción |
Cant. |
Proveedor |
P. Unitario |
P. Total |
| 1 |
500 m3 de Hormigón H-30 |
500 |
CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR SRL |
$ 313.000.000 |
$ 156.500.000,00 |
| |
TOTAL |
$ 156.500.000,00 |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------
DECRETO N° 786/2.026
Concordia, 31 de agosto de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital Nº 3634 del año 2.026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Calles Pavimentadas de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, eleva documentación para el Primer Llamado a Licitación Privada Nº 14/2.026, para “ALQUILER DE UN CAMIÓN TATÚ Y CAMIÓN CON CAJA VOLCADORA”.
Que el Presupuesto Oficial de la presente contratación, de acuerdo a la documentación adjunta, asciende a la suma total de PESOS SESENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 61.200.000,00), por lo que de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar llamado a Licitación Privada.
Que la Dirección de Presupuesto efectúa la Imputación Preventiva en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O. P. (Fondo de Obra Pública) $ 61.200.000,00.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros, adjuntando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo 1 – Características Técnicas y Condiciones Generales por ítems, de la mencionada Licitación.
Que obra informe de la Dirección de Administración y Despacho de la Secretaría de Obras Públicas realizando correcciones al Pliego de Bases y condiciones Particulares de la presente Licitación.
Que conforme lo observado por esa Dirección, la Dirección de Compras y Suministros adjunta nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación.
Que, asimismo, esa Dirección sugiere, para evitar demoras, que en caso que el Primer Llamado resultare desierto se realice un Segundo Llamado de la Licitación de referencia.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las invitaciones correspondientes.
Que teniendo en cuenta la urgencia que tiene el Municipio de realizar la presente adquisición, se deberá hacer uso de lo dispuesto en el Artículo 28º de la Ordenanza Nº 34.698/11 sobre Contrataciones vigente.
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente aprobar la documentación; y, en consecuencia, hacer lugar al Primer Llamado a Licitación Privada Nº 14/2.026, para “ALQUILER DE UN CAMIÓN TATÚ Y CAMIÓN CON CAJA VOLCADORA”, cuyo Anexo 1 forma parte del presente Decreto. Y como asimismo, en el caso de que el mismo resultare desierto, disponer la aprobación del Segundo Llamado de la presente Licitación, conforme a lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley Nº10.027 y su Modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Privada Nº 14/2.026, para “ALQUILER DE UN CAMIÓN TATÚ Y CAMIÓN CON CAJA VOLCADORA”, conforme el Anexo 1 que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra Nº 4626, Expediente Compra Digital Nº 3634 del año 2.026.
ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS SESENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 61.200.000,00).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O. P. (Fondo de Obra Pública) $ 61.200.000,00.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 28° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las invitaciones correspondientes para la presente Licitación.
ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Privada Nº 14/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Calles Pavimentadas de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO N° 787/2.026
Concordia, 31de agosto de 2.026
VISTO el contenido del Expediente Compra Digital N° 3312/2.026, Licitación Privada N° 12/2026, para la “ADQUISICIÓN DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS PARA INSTITUCIONES VARIAS” - 1° LLAMADO; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N° 664/2026 que aprueba la documentación y dispone el Primer Llamado a Licitación Privada N° 12/2026, se aprueba el procedimiento licitatorio para la “ADQUISICIÓN DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS PARA INSTITUCIONES VARIAS”.
Que, a fs. 43 obra Acta de Apertura de fecha 29 de Julio de 2026 de la Dirección de Compras y Suministros procediendo a la apertura de la mencionada Licitación, informando que se presentaron tres ofertas correspondientes:
- BERTOLDI BRISA: cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA ($37.016.890,00.-). No cotiza ítems: 11, 12, 26, 33, 34, 40 a 42, 47, 51, 74. Presenta muestras. Presenta muestras alternativas de los ítems 2 y 9.
- ATTIE NOELIA VERONICA: cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS ($7.261.200,00.-). Cotiza ítems: 1, 3, 5, 6, 10, 13, 43, 44, 46, 56, 57 y 74. No presenta muestras.
- SUCESION DE NOVELLO JORGE ANTONIO: cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS ($39.222.842,00.-). No cotiza ítems: 33, 34, 36, 37, 51 y 55. Presenta muestras. Presenta alternativas de ítem 51.
Que, a fs.50 obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 30 de Julio de 2026 donde analizando el aspecto formal de las ofertas, BERTOLDI BRISA no cumple con la documentación solicitada en el Artículo 6° incisos e), f), g), i) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y, asimismo, la garantía presentada resulta inferior al dos por ciento (2%) requerido, por lo que corresponde declarar la INADMISIBILIDAD de su oferta.
Que, asimismo, ATTIE NOELIA VERONICA presenta únicamente los incisos a) y b) solicitados en el Artículo 6° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, incumpliendo, entre otros, con la presentación del inciso d), situación que produce la INADMISIBILIDAD de su oferta.
Que, SUCESION DE NOVELLO JORGE ANTONIO cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, se declara la inadmisibilidad de los siguientes ítems que no cuentan con las muestras exigidas: 1, 3, 4, 5, 7, 8, 10, 13, 14, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 45, 46, 48, 49, 50, 51, 52, 54, 55, 56, 57, 58,59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 74, 75.
Que, en fecha 10 de agosto del corriente, el área solicitante realiza la evaluación de su competencia, desestimando los ítems 9 por no cumplir con la calidad requerida; y 11, 12, 15, 16, 30 y 51 por precio elevado respecto al estimado.
Que, por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar a SUCESION DE NOVELLO JORGE ANTONIO los ítems 2, 6, 43, 44, 47, 53, 66 y 73, por un importe total de PESOS SIETE MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($7.314.660,00) de acuerdo al siguiente detalle:
| Item N° |
Descripción |
Cant. |
Precio Unit. |
Sub Total |
| 2 |
Pelota futbol tipo “munich forcé” profesional N° 5 |
115 |
$48.500,00 |
$5.577.500,00 |
| 6 |
Conos altos plásticos 17cm |
95 |
$1.000,00 |
$95.000,00 |
| 43 |
Step antideslizante, soporta un peso máximo de 120kg, 65cm x 27cm aproximado |
10 |
$62.000,00 |
$620.000,00 |
| 44 |
Pelota esferodinamia 85cm, Fabricada en PVC, soporta hasta 120kg y cuenta con tecnología anti explosiva, superficie antideslizante tramada con lineas |
13 |
$41.000,00 |
$533.000,00 |
| 47 |
Pelota futbol entrenamiento N° 3 |
10 |
$27.500,00 |
$275.000,00 |
| 53 |
Aro pvc 50cm, tipo ula ula |
10 |
$2.200,00 |
$22.000,00 |
| 66 |
Bolsa de boxeo, saco 120cm, diámetro 35cm con relleno tipo tela o aserrín, material tela antidesgarro, peso aproximado 25-30kg |
3 |
$59.000,00 |
$177.000,00 |
| 73 |
Inflador doble acción goma de alta calidad, Pico Aguja Manguera. |
1 |
$15.160,00 |
$15.160,00 |
Que, analizada la oferta en su aspecto económico se observa que lo cotizado resulta ser en un 12,72% inferior a la Imputación Preventiva.
Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 118° inciso a) de la Ordenanza N° 34.698, se consultó en el SIPAM y se constata que el oferente SUCESION DE NOVELLO JORGE ANTONIO no posee deuda exigible en la Tasa Comercial.
Que, a fs. 52, respecto de los ítems no adjudicados en el Primer Llamado, obra Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente al Segundo Llamado de la Licitación Privada N° 12/2026, para la “ADQUISICIÓN DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS PARA INSTITUCIONES VARIAS”, con un Presupuesto Oficial de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO DIECIOCHO CON 90/100 ($44.917.118,90).
Que, por lo expuesto, corresponde aprobar el procedimiento licitatorio del Primer Llamado, adjudicar los ítems aconsejados por la Comisión Evaluadora, declarar la inadmisibilidad de las ofertas de BERTOLDI BRISA y ATTIE NOELIA VERONICA y aprobar la documentación correspondiente al Segundo Llamado de la Licitación Privada N° 12/2026.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades modificada por la Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Compra Digital N° 3312, correspondiente al 1° Llamado de la Licitación Privada N° 12/2026, para la “ADQUISICIÓN DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS PARA INSTITUCIONES VARIAS”, dispuesto mediante Decreto N° 664/2.026.
ARTICULO 2°.- Adjudicar el 1° Llamado de la Licitación Privada N° 12/2026 a SUCESION DE NOVELLO JORGE ANTONIO, por un importe total de PESOS SIETE MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($7.314.660,00), de acuerdo al siguiente detalle:
| Item N° |
Descripción |
Cant. |
Precio Unit. |
Sub Total |
| 2 |
Pelota futbol tipo “munich force” profesional N°5 |
115 |
$48.500,00 |
$5.577.500,00 |
| 6 |
Conos altos plasticos 17 cm |
95 |
$1.000,00 |
$95.000,00 |
| 43 |
steps antideslizante, soporta un peso máximo de 120 kg, 65cm x 27 cm aproximado |
10 |
$62.000,00 |
$620.000,00 |
| 44 |
Pelota esferodinamia 85 cm, Fabricada en PVC, soporta hasta 120 kg y cuenta con tecnologia anti explosiva. Superficie antideslizante tramada con líneas |
13 |
$41.000,00 |
$533.000,00 |
| 47 |
Pelota futbol entrenamiento N°3 |
10 |
$27.500,00 |
$275.000,00 |
| 53 |
Aro pvc 50 cm, tipo ula ula |
10 |
$2.200,00 |
$22.000,00 |
| 66 |
Bolsa de boxeo, saco 120cm, diametro 35cm con relleno tipo tela o aserrin, material tela antidesgarro. peso aproximado 25 - 30kg |
3 |
$59.000,00 |
$177.000,00 |
| 73 |
Inflador doble accion goma de alta calidad, Pico Aguja Manguera |
1 |
$15.160,00 |
$15.160,00 |
Dada la oferta según Acta de Apertura obrante a fs. 43, de la Compra Digital N° 3312/2.026, conforme al Anexo I que forma parte del presente Decreto, en virtud del considerando precedentemente.
ARTICULO 3°.- Impútese el presente gastos en la Partida Presupuestaria:
N° 3.4.90.01.05.07.40 Desarrollo Productivo $ 7.314.660,00.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a los proveedores: BERTOLDI BRISA, que se declara inadmisibilidad de la oferta por no cumplir con los incisos e), f), g), i) del art. 6° y ATTIE VERONICA, que se declara inadmisibilidad de la oferta por no cumplir con los incisos d), entre otros del art. 6° del Pliego de Bases y Condiciones.
ARTICULO 5°.- Disponese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a SUCESION DE NOVELLO JORGE ANTONIO, del contenido del presente acto administrativo y proceda oportunamente a iniciar los trámites de Devolución de los depósitos de garantía correspondientes.
ARTICULO 6°.- Apruébese la documentación correspondiente al Segundo Llamado de la Licitación Privada N° 12/2026 para la “ADQUISICIÓN DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS PARA INSTITUCIONES VARIAS”, conforme al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexo I.
ARTICULO 7°.- Apruébese el Presupuesto Oficial del Segundo Llamado por la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO DIECIOCHO CON 90/100 ($44.917.118,90).
ARTICULO 8°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Segundo Llamado de la presente Licitación, fije la fecha de apertura de las propuestas y realice las invitaciones correspondientes.
ARTICULO 9°.- Gírese a conocimiento de la Subsecretaría de Desarrollo y Emprendedurismo, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Productivo, luego pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTICULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dese copia a la Secretaría de Gobierno y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Productivo.
ANEXO I
PLANILLA NOMENCLADORA
| Item |
Designation de Artículos |
Proveedor |
Cant. |
Precio Unitario |
Total |
| 2 |
Pelota futbol tipo “munich force” profesional N°5 |
Sucesion de Novello Jorge Antonio |
115 |
$48.500,00 |
$5.577.500,00 |
| 6 |
Conos altos plasticos 17 cm |
Sucesion de Novello Jorge Antonio |
95 |
$1.000,00 |
$95.000,00 |
| 43 |
steps antideslizante, soporta un peso máximo de 120 kg, 65cm x 27 cm aproximado |
Sucesion de Novello Jorge Antonio |
10 |
$62.000,00 |
$620.000,00 |
| 44 |
Pelota esferodinamia 85 cm, Fabricada en PVC, soporta hasta 120 kg y cuenta con tecnologia anti explosiva. Superficie antideslizante tramada con líneas |
Sucesion de Novello Jorge Antonio |
13 |
$41.000,00 |
$533.000,00 |
| 47 |
Pelota futbol entrenamiento N°3 |
Sucesion de Novello Jorge Antonio |
10 |
$27.500,00 |
$275.000,00 |
| 53 |
Aro pvc 50 cm, tipo ula ula |
Sucesion de Novello Jorge Antonio |
10 |
$2.200,00 |
$22.000,00 |
| 66 |
Bolsa de boxeo, saco 120cm, diametro 35cm con relleno tipo tela o aserrin, material tela antidesgarro. peso aproximado 25 - 30kg |
Sucesion de Novello Jorge Antonio |
3 |
$59.000,00 |
$177.000,00 |
| 73 |
Inflador doble accion goma de alta calidad, Pico Aguja Manguera |
Sucesion de Novello Jorge Antonio |
1 |
$15.160,00 |
$15.160,00 |
| Mporte Total |
$7.314.660,00 |
-----------
DECRETO N° 796/2.026
Concordia, 31 de agosto de 2.026
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.026, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la presente se efectúa a fin de realizar una readecuación de los fondos correspondientes de la Ordenanza N° 38.756 y modificatorias.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Refuércense los créditos presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.026 en los importes que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.026 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno al Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
ANEXO I
3.1.90.01.01.02.21.04.10 Coord. Gabinete Y Hacienda 15,000,000
3.1.90.01.01.02.21.04.10 C. Deliberante 13,000,000
3.1.90.01.01.02.20.03.01 D. Social 2,000,000
3.2.70.01.01.02.21.02.02 Servicios Pcos. 15,000,000
3.1.90.01.01.02.20.03.01 Servicios Pcos. 3,000,000
3.4.40.01.01.02.20.09.09 D. Humano 3,000,000
3.2.70.01.01.02.20.09.09 Servicios Pcos. 13,000,000
TOTAL 64,000,000
ANEXO II
3.2.70.01.01.02.20.01.04 Servicios Pcos. 16,000,000
3.1.90.01.01.02.21.04.10 Servicios Pcos. 15,000,000
3.1.30.01.01.02.20.09.09 Coord. Gabinete y Hacienda 3,000,000
3.1.60.01.01.02.20.09.09 Coord. Gabinete y Hacienda 4,000,000
3.1.90.01.01.02.21.01.04 Coord. Gabinete y Hacienda 5,000,000
3.1.90.01.01.02.21.09.09 Coord. Gabinete y Hacienda 3,000,000
3.1.90.01.01.02.21.07.02 C. Deliberante 2,000,000
3.2.90.01.01.02.20.09.09 Gobierno 4,000,000
3.3.40.01.01.02.21.04.10 Gobierno 2,000,000
3.1.90.01.01.02.21.01.01 Gobierno 5,000,000
3.1.90.01.01.02.21.04.09 D. Social 5,000,000
TOTAL 64,000,000
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
-----------
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. BENITEZ JUAN JOSE, D.N.I. N° 17.966.215, que en los EXPT: 1125 "D" 2020 y 1365053/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 5585/2026 de fecha 11 de agosto del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- Rechazar por improcedente el reclamo formulado por el Sr. Benítez Juan José conforme a lo manifestado en los considerandos precedentes obrantes en los Expedientes N° 1125/D/2020 y 1365053. ARTICULO 2°.- Notificar a través del área de notificaciones masivas, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación de lo dispuesto en el Artículo 1° al Sr. Benítez Juan José y luego resérvese como antecedente. ARTÍCULO 3°.- Remitir a Notificaciones Masivas a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2° de la presente Resolución luego Archívese. Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia, Cra. PATRICIA LAURA RODRIGUEZ Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA DE SEPTIEMBRE 2026.