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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 181/2.026, 185/2.026, 191/2.026 y 227/2.026.-
DECRETO N° 181/2.026Los siguientes Decretos y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 181/2.026, 185/2.026, 191/2.026 y 227/2.026.-
Concordia, 4 de marzo de 2026
VISTO la nota presentada por la agente María Alejandra BRIGLIÁ DNI N° 13.519.221 Legajo N° 2467 agregada a fojas 1 del Expediente Interno N° 9 "B"/2026, y
CONSIDERANDO:
Que la referida agente presenta su renuncia al Municipio a partir del 1 de Marzo de 2026 con motivo de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común que otorga la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos y solicita se le abone licencias no gozadas, el proporcional del aguinaldo y el Subsidio correspondiente al Artículo 77° de la Ordenanza de Escalafón Municipal N° 11.275/49.
Que de fojas 2 y vuelta obra Resolución N° 007633 del 26 de Diciembre de 2025 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
Que a fajas 4 la Dirección de Liquidaciones informa que la mencionada agente no tiene embargos activos ni en espera.
Que a fojas 5 la Encargada Control Deudas Créditos Especiales informa que NO registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldo).
Que a fojas 6 ha tornado intervención la Dirección de Recursos Humanos informando que la agente tiene pendiente 5 (cinco) días proporcionales de la licencia del año 2026, aguinaldo proporcional 1° semestre 26 y el Artículo 77° bis de la Ordenanza N° 11.275/49 que establece: "En caso de Jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°".
Que a fojas 7 obra Dictamen N° 289/2026 de la Dirección de Asuntos Jurídicos en el cual informa que no tiene objeción legal que formular a la aceptación de la renuncia y entiende corresponde hacer lugar al pago de las licencias pendientes 5 (cinco) días proporcionales de la licencia del año 2026, aguinaldo proporcional 1° semestre 26 y el Artículo 77° bis de la Ordenanza N° 11.275/49.
Que a fojas 8 toma intervención la Dirección de Recursos Humanos.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones emergentes de la Ley 10.027 y modificatorias — Régimen de las Municipales de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la agente María Alejandra BRIGLIA DNI N°.13.519.221 Legajo N° 2467 a partir del 1 de Marzo de 2026, por acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2°.- Disponer liquidar y abonar a la agente María Alejandra BRIGLIA el importe resultante de los siguientes conceptos 5 (cinco) días proporcionales de la licencia del año 2026, aguinaldo proporcional 1° semestre 26 y el Artículo 77° bis de la Ordenanza N° 11.275/49 "En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°".
ARTICULO 3°.- Comuníquese, notifíquese a la referida agente, tome nota la Dirección de Recursos Humanos y Dirección de Liquidaciones y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 185/2.026
Concordia, 4 de marzo de 2.026
VISTO, los antecedentes obrantes en los Expedientes Internos N°1313 “D”/2025 y N° 1557 “D”/2025,
CONSIDERANDO:
Que obran en los expedientes referenciados constataciones, documentación e informes anexados por la División de Control del Personal Municipal, Dirección de Recursos Humanos, el Área de Control Horario y la División de Higiene y Seguridad Laboral, sobre reiteradas inasistencias al lugar de trabajo del Agente Mensual GUSTAVO ALEJANDRO GUTIERREZ, Legajo Nº2733, quien de acuerdo a ellos, no ha concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios los días a saber:
11/04/2025 14/04/2025 15/04/2025 16/04/2025 21/04/2025 22/04/2025 23/04/2025 24/04/2025 25/04/2025 28/04/2025 29/04/2025 30/04/2025 05/05/2025 06/05/2025 07/05/2025 08/05/2025 09/05/2025 12/05/2025 13/05/2025 14/05/2025 15/05/2025 16/05/2025 19/05/2025 20/05/2025 21/05/2025 22/05/2025 23/05/2025 26/05/2025 27/05/2025 28/05/2025 29/05/2025 30/05/2025 02/06/2025.-
Estando injustificadas las constataciones informadas por las oficinas correspondientes.
Que de fojas 1 a 18 del Expediente Interno Nº 1313 “D”/2025 y de fojas 1 a 17 del Expediente Interno N° 1557 “D”/2025 obran constataciones realizadas por el Jefe la División de Control del Personal Municipal.
Que a fojas 20 del Expediente Interno Nº 1313 “D”/2025 y a fojas 19 del Expediente Interno N°1557 “D”/2025, obran informes del Área de Control Horario, referentes a los descuentos efectuados al Agente Mensual GUSTAVO ALEJANDRO GUTIERREZ, Legajo Nº2733, en los meses de Mayo/2025 y Junio/2025. Adjuntando Nominas de Licencias.
Que a fojas 36 del Expediente Interno N°1557 “D”/2025, obra intervención de la División de Higiene y Seguridad Laboral, mediante el cual informa que el Agente GUSTAVO ALEJANDRO GUTIERREZ, Legajo Nº2733, no ha presentado certificados médicos que justifiquen su inasistencia al lugar de trabajo.
Que a fojas 22, mediante Cédula de fecha 17/07/2025, la Dirección de Recursos Humanos intima al agente GUSTAVO ALEJANDRO GUTIERREZ, Legajo Nº2733, en un plazo de cinco (5) días de recibida deberá presentar descargo, no habiendo efectuado descargo correspondiente.
Que a fojas 23, obra nota de la Sra. Concejal Claudia Carina Villalba, del Bloque Mas para Entre Ríos.
Que a fojas 27, la Directora de Recursos Humanos, informa que al Agente en cuestión respecto a los Expedientes Internos Nº 1313 “D”/2025 y N° 1557 “D”/2025, se le constataron las inasistencias de DIECISIETE (17) y DIECISEIS (16) días, respectivamente.
Que a fojas 29, obra informe de la Jefa del Departamento Administrativo de la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente Mensual, GUSTAVO ALEJANDRO GUTIERREZ, Legajo Nº2733, presta servicios en este municipio, desde el 01/05/1998. Revista como personal mensual categoría 19º, dependiente de la Dirección de Higiene Urbana y que registra en su foja de servicios las siguientes Sanciones Disciplinarias:
- Decreto Nº 897 del 01/08/2006. Incumplimiento de obligaciones. 2 (dos) días de suspensión.
Artículo 31º Son causas para la separación del empleo:
- “inasistencia injustificada que exceda de quince días hábiles en el año”.
c) suspensión mayor de seis a treinta días.-
d) postergación para el ascenso hasta dos años.-
e) retrogradación en el Escalafón.-
f) cesantía.-
g) exoneración.-
Por todo lo expuesto precedentemente y lo informado a fs. 1 y siguientes de los expedientes mencionados, se aconseja disponer se sustancie un Sumario Administrativo al Agente GUTIERREZ, Gustavo Alejandro, LEGAJO Nº 2733, y se designe para su instrucción a la Dra. Celina Evelyn González,…-”.
Que a fojas 33 y 33 vuelta el Tribunal de Disciplina estima que: “…este Tribunal de Disciplina aconseja –en virtud de los antecedentes señalados- la instrucción de un Sumario Administrativo al agente mensual Gutiérrez Gustavo Alejandro, Legajo Nº2733, por no haber constatado reiteradas ausencias en su puesto laboral y falta de prestación de servicios, sin haber justificado fehacientemente su accionar y violando presuntamente las obligaciones que todo personal de la Administración Municipal debe cumplir; conducta que se encontraría prima facie, incursa en el artículo 16° incisos a), d); y artículo 31º inciso a) de la Ordenanza N°11.275/49 y sus modificatorias”.
Que a fojas 34, obra intervención del Subsecretario Legal y Técnico.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley Provincial Nº 10.027 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente Mensual GUSTAVO ALEJANDRO GUTIERREZ, Legajo Nº2733, dependiente de la Dirección de Higiene Urbana - Subsecretaria de Servicios Públicos de la Secretaría de Servicios Públicos, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las inasistencias acreditadas por la Dirección de Recursos Humanos, el Equipo Control Horario, y la División Higiene y Seguridad Laboral, según lo reflejado mediante las constataciones, obrantes en los Expedientes mencionados en el visto del presente, como presunción de ausencia a saber:
11/04/2025 14/04/2025 15/04/2025 16/04/2025 21/04/2025 22/04/2025 23/04/2025 24/04/2025 25/04/2025 28/04/2025 29/04/2025 30/04/2025 05/05/2025 06/05/2025 07/05/2025 08/05/2025 09/05/2025 12/05/2025 13/05/2025 14/05/2025 15/05/2025 16/05/2025 19/05/2025 20/05/2025 21/05/2025 22/05/2025 23/05/2025 26/05/2025 27/05/2025 28/05/2025 29/05/2025 30/05/2025 02/06/2025.-
Que su conducta “prima facie” podría quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en el Articulo 16° incisos a) y d) y Artículo 31° inciso a) de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49, y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. Celina Evelyn González, del Departamento Sumarios dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N° 191/2.026
Concordia, 9 de marzo de 2.026
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N°9 Letra “R”/2026, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Mensual ANIBAL OSCAR RODRIGUEZ, D.N.I. Nº13.198.944, Legajo N°2354, presenta la renuncia al cargo a partir del 1º de Marzo de 2026, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución Nº007536, de fecha 23/12/2025, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común, al Agente ANIBAL OSCAR RODRIGUEZ, D.N.I. Nº13.198.944, Legajo N° 2354.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que el mencionado Agente, no tiene embargo activo ni en espera.
Que a fojas 5, la Encargada de Control de Deudas de Créditos Especiales comunica que el Agente en cuestión, no registra, a la fecha, deudas en concepto de Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente ANIBAL OSCAR RODRIGUEZ, D.N.I. Nº13.198.944, Legajo N°2354, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Julio de 1995. Revista como personal mensual en la categoría 24º del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, Defensa Sur. Dicho agente tendría pendiente 18 (dieciocho) días de la licencia del año 2024, 30 (treinta) días de la licencia del año 2025, 5 (cinco) días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 1° semestre-26. Además comunica que:
“-El Artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275/49, establece: “En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°.”
Que a fojas 7, mediante Dictamen Nº279/26 de fecha 23/02/26, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: “…esta Dirección de Asuntos Jurídicos, entiende que –salvo mejor criterio-, debe aceptarse la renuncia y correspondería hacer lugar al pago de las licencias pendientes, dieciocho (18) días, del año 2024, treinta (30) días del año 2025, cinco (5) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 1° semestre-26, y el subsidio por jubilación establecido por el Art.77 bis de la Ordenanza N°11.275.-”.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptese a partir del 1º de Marzo de 2026, la renuncia presentada por el Agente Mensual ANIBAL OSCAR RODRIGUEZ, D.N.I. Nº13.198.944, Legajo N°2354, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Dispónese el pago de 18 (dieciocho) días de la licencia del año 2024, 30 (treinta) días de la licencia del año 2025, 5 (cinco) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional primer semestre-26 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº 11.275/49, correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20º, a favor del Agente ANIBAL OSCAR RODRIGUEZ, D.N.I. Nº13.198.944, Legajo N°2354.
ARTICULO 3º.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. FERNANDO S. ESQUIVEL
Secretario de Obras Públicas.
----------DECRETO N° 227/2.026
Concordia, 12 de marzo de 2.026
VISTO: La Ordenanza N° 35.932/16 referente a los parámetros y criterios técnicos para la vinculación parcelaria que fueran adoptados en el orden provincial, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza 35.932 establece que corresponde a la Dirección de Catastro Municipal establecer los valores básicos de la tierra urbana y los valores básicos por hectárea en la zona subrural, o en su defecto lo establecido anualmente por la Dirección de Catastro Provincial.
Que según el artículo 11 de la Ordenanza 35.932 dispone que se establecerán como valores básicos de mejoras por metro cuadrado, en función de la categoría edilicia de la vivienda, los actualmente en el municipio, que será actualizado anualmente de acuerdo a las disposiciones Municipales o a los incrementos que se produzcan en la Provincia.
Que la Provincia de Entre Ríos, mediante el Decreto Nº 344/2026, ha establecido los nuevos valores unitarios básicos por metro cuadrado de construcción para las mejoras y el coeficiente de actualización de la tierra libre de mejoras para el período fiscal 2026.
Que resulta necesario adecuar los valores municipales a los criterios provinciales a fin de mantener la coherencia en la valuación parcelaria y la base imponible de la Tasa General Inmobiliaria.
Que es decisión del Departamento Ejecutivo actualizar los valores catastrales que se establecieron en el Decreto Nº 344/2026 de la Provincia de Entre Ríos para los anticipos 3° en adelante del año 2026.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda ha tenido la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente se efectúa en ejercicio de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el artículo 107° de la Ley 10.027, Orgánica de las Municipalidades de Entre Ríos,
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébense a partir del anticipo 3° del año 2026 los valores básicos para la superficie edificada, de acuerdo al siguiente detalle:
CATEGORIA I Valor del metro cuadrado $ 580.414,19
CATEGORIA II Valor del metro cuadrado $ 418.531,81
CATEGORIA III Valor del metro cuadrado $ 217.761,27
CATEGORIA IV Valor del metro cuadrado $ 158.728,28
CATEGORIA V Valor del metro cuadrado $ 84.789,25
CATEGORIA VI Valor del metro cuadrado $ 42.322,76
ARTICULO 2°.- Aprobar a partir del anticipo 3° del año 2026 la valuación de la tierra libre de mejoras para parcelas urbanas y subrurales el coeficiente de actualización de 1,37 respecto del establecido en el Decreto 1.296/2025.
ARTICULO 3°.- Se autoriza al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias a aplicar descuento de hasta el veinticinco por ciento (25%) adicional a los establecidos en el Artículo 57° de la Ordenanza Tributaria 2026 N°38.777, en tanto se cumplan con las metas presupuestarias establecidas para el año 2026. El presente artículo es dictado ad-referéndum del Concejo Deliberante.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. CLAUDIO FABIAN BASTIDA
Subsecretario de Hacienda y Modernización
a/c Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. Esquivel Sonia Maricel, D.N.I Nº 26.964.424, Legajo N° 5511, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 215/2026 de fecha 10 de Marzo del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente:
ARTÍCULO 1º.- Dispóngase el inicio de Sumario Administrativo a la Agente ESQUIVEL SONIA MARICEL, D.N.I. N°26.964.424, Legajo N° 5511, conforme a la normativa citada en los considerandos y artículo 39° de la Ordenanza N° 11.275/49 y en base a los hechos y argumentos también allí expuestos, designándose a tales fines como instructora sumariante a la Dra. Gisela A. Trentin.-
ARTICULO 2°.- Establézcase durante la tramitación del proceso sumarial, y por el plazo de 45 días la suspensión de la agente ESQUIVEL SONIA MARICEL, D.N.I. N° 26.964.424, Legajo N° 5511, y sin goce de haberes fundado en las razones y motivos expuestos en los considerandos. Vencido el mismo, sin que se hubiera dictado resolución, la agente seguirá apartada de sus funciones pero mediando el pago de
Sus haberes tal como lo ordena la normativa aplicable.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese al agente involucrado, a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidaciones y, posteriormente, publíquese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Ing. SEBASTIAN ARISTIDE Secretario de Desarrollo Humano Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 27 de MARZO del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. Esquivel Sonia Maricel, D.N.I Nº 26.964.424, Legajo N° 5511, que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 215/2026 de fecha 10 de Marzo del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente:
ARTÍCULO 1º.- Dispóngase el inicio de Sumario Administrativo a la Agente ESQUIVEL SONIA MARICEL, D.N.I. N°26.964.424, Legajo N° 5511, conforme a la normativa citada en los considerandos y artículo 39° de la Ordenanza N° 11.275/49 y en base a los hechos y argumentos también allí expuestos, designándose a tales fines como instructora sumariante a la Dra. Gisela A. Trentin.-
ARTICULO 2°.- Establézcase durante la tramitación del proceso sumarial, y por el plazo de 45 días la suspensión de la agente ESQUIVEL SONIA MARICEL, D.N.I. N° 26.964.424, Legajo N° 5511, y sin goce de haberes fundado en las razones y motivos expuestos en los considerandos. Vencido el mismo, sin que se hubiera dictado resolución, la agente seguirá apartada de sus funciones pero mediando el pago de
Sus haberes tal como lo ordena la normativa aplicable.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese al agente involucrado, a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidaciones y, posteriormente, publíquese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Ing. SEBASTIAN ARISTIDE Secretario de Desarrollo Humano Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 27 de MARZO del 2.026.-
