SUMARIO
Los siguientes Decretos, Resolución Edos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Los siguientes Decretos, Resolución Edos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 089/2.026, 090/2.026, 099/2.026.- Resolución Edos: 95/2.026
DECRETO Nº 089/2.026.Concordia, 02 de Febrero de 2.026.
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital N° 1670, Año 2.025, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N°1.399/2.025, de fecha 23 de Diciembre de 2.025, se aprueba la documentación para efectuar el Primer Llamado a Licitación Privada Nº 34/2.025, para la: “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALQUILER DE MOTONIVELADORA CON CHOFER”.
Que, constan actuaciones referidas a publicaciones y entrega de Pliegos efectuada por la Dirección de Compras y Suministros de la Licitación antes mencionada.
Que, obra Acta de Apertura de fecha 08 de Enero de 2.026, informando que en el acto de apertura se presentan tres ofertas correspondientes a:
- CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SETENTA MIL CON 00/100 ($ 59.070.000,00).
- GRINAC MOVIMIENTO DE SUELOS S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 44.880.000,00).
- VECCHIO S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SESENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($ 63.690.000,00).
- CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L.: no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Título que acredite la propiedad de los vehículos ofrecidos.
- GRINAC MOVIMIENTO DE SUELOS S.R.L.: no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- Constancia de pago de la póliza presentada como garantía de Mantenimiento de Oferta.
- Título que acredite la propiedad de los vehículos ofrecidos.
- VECCHIO S.R.L.: cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que, obra nuevo Dictamen de la Comisión Evaluadora, de fecha 20 de Enero de 2.026, manifestando que a la fecha se verifica que las firmas CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L. y GRINAC MOVIMIENTO DE SUELOS S.R.L. cumplen con lo solicitado.
Que, analizada la oferta, en su aspecto económico se observa que:
| Ítem | Título | Cant. | Proveedor | P. Estimado | P. Cotizado | % de Diferencia |
| 1 | Alquiler de horas de Motoniveladora para tareas operativas en la Subsecretaría de Obras Viales y Mantenimiento | 660 | COINAR | $ 79.000,00 | $ 89.500,00 | 13,29% |
| 1 | Alquiler de horas de Motoniveladora para tareas operativas en la Subsecretaría de Obras Viales y Mantenimiento | 660 | GRINAC | $ 79.000,00 | $ 68.000,00 | - 13,92% |
| 1 | Alquiler de horas de Motoniveladora para tareas operativas en la Subsecretaría de Obras Viales y Mantenimiento | 660 | VECCHIO | $ 79.000,00 | $ 96.500,00 | 22,15% |
Que, el área solicitante realiza la evaluación de lo cotizado y emite informe correspondiente y la recomendación en el GESCOM.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 118º Inc. a) de la Ordenanza Nº 34.698/11 se consultó en el SIPAM y se constata que el oferente GRINAC MOVIMIENTO DE SUELOS S.R.L. no posee deuda exigible en la Tasa Comercial.
Que, por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar la totalidad de la licitación a la firma GRINAC MOVIMIENTO DE SUELOS S.R.L. por un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 44.880.000,00), de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto.
Que, la Dirección de Presupuesto ha efectuado la Imputación Preventiva correspondiente y la Subsecretaría de Hacienda y Modernización, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, tomó la intervención de su competencia autorizando el gasto.
Que por las razones invocadas, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar la totalidad de la: “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALQUILER DE MOTONIVELADORA CON CHOFER”, Licitación Privada N° 34/2.025, conforme a lo descripto en el Anexo adjunto, el cual forma parte del presente Decreto, a la firma GRINAC MOVIMIENTO DE SUELOS S.R.L. por ser la oferta más conveniente, por un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 44.880.000,00), en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10.027 y su modificatoria – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Compra Digital N° 1670 del año 2.025, correspondiente a la Licitación Privada Nº 34/2.025, para la: “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALQUILER DE MOTONIVELADORA CON CHOFER”, dispuesto mediante Decreto N° 1.399/2.025, de fecha 23 de Diciembre de 2.025.
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese a la firma “GRINAC MOVIMIENTO DE SUELOS S.R.L.”, la totalidad de la: “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALQUILER DE MOTONIVELADORA CON CHOFER”, Licitación Privada N° 34/2.025, por ser la oferta más conveniente, por un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 44.880.000,00), conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto; y en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 OBRAS PÚBLICAS(Fondo de Obra Pública)$ 44.880.000,00.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma “GRINAC MOVIMIENTO DE SUELOS S.R.L.”, que resultó adjudicataria, del contenido del presente acto administrativo y a los demás oferentes; y proceda oportunamente a realizar los trámites correspondientes a la presente adjudicación.
ARTÍCULO 6°.- Gírese a conocimiento de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
ANEXO
PLANILLA NOMECLADORA
| Ítem | Descripción | Meses | P. Unitario | P. Total |
| 1 | Alquiler de horas de Motoniveladora para tareas operativas en la Subsecretaría de Obras Viales y Mantenimiento | 3 meses (660 Horas) |
$ 68.000,00 | $ 44.880.000,00 |
| El operario y el combustible lo deberá proveer el contratista a su costo. Inicio del servicio: en forma inmediata luego de la notificación de la adjudicación. Lugar donde se prestará el servicio: A coordinar con la Dirección de Calles s/ Pavimentar. Forma de pago: Parciales a treinta (30) días. |
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Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------DECRETO N° 090/2.026
Concordia, 2 de febrero de 2.026
VISTO, El Convenio suscripto entre el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a través de la Dirección General de Defensa del Consumidor y la Municipalidad de Concordia, ratificado por Decreto Municipal N° 1.542/2018 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado Convenio la Municipalidad de Concordia asumió funciones delegadas en materia de defensa del Consumidor, conforme lo dispuesto por la Ley Nacional N° 24.240, la Ley Provincial N° 8.973 y Decreto Reglamentario N° 1.786/99 SPG.
Que el referido instrumento establece expresamente la obligación del Municipio de designar un titular de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), como requisito indispensable para el ejercicio de las funciones delegadas.
Que mediante Decreto N° 1.149/2025, de fecha 03 de octubre de 2025, se designó al Dr. Guido Nahuel Di Gioia, DNI N° 35.267.439, como Director de Atención Ciudadana y Defensa del Consumidor, con rango de Director Político Nivel 1, para el cumplimiento de las funciones asignadas en el título III, capítulo I, Artículo 23 de la Ordenanza N° 38.703/2025, agregándose copia del referido Decreto al presente en carácter informativo, a fin de acreditar el nombramiento vigente.
Que las funciones propias de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) se desarrollan en el ámbito de la Dirección de Atención Ciudadana y Defensa del Consumidor, dependiente de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, o a la que en el futuro la reemplace.
Que resulta necesario formalizar la designación del responsable de la OMIC, a fin de garantizar la continuidad institucional, la correcta atención de los consumidores y usuarios y el cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Municipalidad de Concordia frente a la Autoridad a la Provincial de Aplicación.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra facultado para dictar la presente medida conforme las atribuciones conferidas por la Ley Provincial N° 10.027 — Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Designase al Dr. Guido Nahuel Di Gioia, DNI N° 35.267.439, como Titular de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de la Municipalidad de Concordia, a partir del 12 de Enero de 2026.
ARTICULO 2°.- Establécese que la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) funciona en el ámbito de la Dirección de Atención Ciudadana y Defensa del Consumidor, dependiente de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, o la que a futuro la reemplace.
ARTICULO 3°.- El funcionario designado ejercerá las funciones previstas en el Convenio suscripto con la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Provincia de Entre Ríos, ratificado por Decreto Municipal N° 1.542/2018, y en la normativa Nacional, Provincial, Municipal vigente en la materia.
ARTICULO 4°.- Instrúyese a la Oficina Municipal de Información del Consumidor (OMIC) a actuar en el marco de las facultades delegadas, garantizando la correcta recepción, tramitación, conciliación y seguimiento de los reclamos y denuncias de consumidores y usuarios.
ARTICULO 5°.- Déjese constancia del presente Decreto no implica erogación presupuestaria alguna, por cuanto la designación dispuesta se efectúa dentro de la estructura orgánica y de los cargos existentes en el Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTICULO 6°.- Comuníquese la presente designación a la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad de la Provincia de Entre Ríos, a los efectos de su conocimiento, registro y coordinación institucional.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinador de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO Nº 099/2.026.
Concordia, 05 de Febrero de 2.026.
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital N° 1630 del año 2.025; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N° 1.382/2.025, de fecha 18 de Diciembre de 2.025, se aprueba la documentación para efectuar el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 32/2.025, para la “ADQUISICIÓN DE HORMIGÓN H30”, para bacheo en distintos sectores de la ciudad de Concordia; según Solicitud de Compra N° 2369/2.025, obrante en el mencionado expediente.
Que constan actuaciones referidas a publicaciones y entrega de Pliegos, efectuada por la Dirección de Compras y Suministros, de la Licitación antes mencionada.
Que obra Acta de Apertura de fecha 07 de Enero de 2.026, informando que en el acto de apertura se presentan dos (02) ofertas correspondientes a:
- CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CIENOT DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 119.550.000,00).
- VECCHIO S.R.L.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($126.500.000,00).
- CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L.: cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- VECCHIO S.R.L.: cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
| Ítem | Título | Cant | Proveedor | Precio Estim | Precio Cotizado | % Dif. |
| 1 | 500 m3 de Hormigón H-30 | 500.00 | Coinar | $190,000.00 | $ 239,100.00 | 25.84% |
| 1 | 500 m3 de Hormigón H-30 | 500.00 | Vecchio | $190,000.00 | $ 253,000.00 | 33.16% |
Que “…el área técnica de la Secretaría de Obras Públicas efectúa la evaluación de las ofertas, emite el informe correspondiente en el sistema GESCOM y adjunta nota con la justificación económica. En ese sentido, recomienda la adjudicación a la firma CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L., por ajustarse a los precios actuales de mercado…”.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja se adjudique la totalidad de lo solicitado a la firma CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L., por un importe total de PESOS CIENTO DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 119.550.000,00), lo que resulta ser un 25,84% superior a la Imputación Preventiva; de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 118° inciso a) de la Ordenanza N° 34.698, se consultó en el SIPAM y se constata que el oferente no posee deuda exigible en la Tasa Comercial.
Que la Dirección de Presupuesto ha efectuado la Imputación Preventiva correspondiente y la Subsecretaría de Hacienda y Modernización, tomó la intervención de su competencia autorizando el gasto.
Que por las razones invocadas, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar la totalidad de la Licitación Pública Nº 32/2.025, para la “ADQUISICIÓN DE HORMIGÓN H30”, para bacheo en distintos sectores de la ciudad de Concordia, conforme a lo descripto en el Anexo adjunto, el cual forma parte del presente Decreto, a la firma CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L., por un importe total de PESOS CIENTO DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 119.550.000,00), en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su Modificatoria Ley N° 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Compra Digital N° 1630 del año 2.025, correspondiente a la Licitación Pública Nº32/2.025, para la “ADQUISICIÓN DE HORMIGÓN H30”, para bacheo en distintos sectores de la ciudad de Concordia, dispuesto mediante el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N° 1.382/2.025, de fecha 18 de Diciembre de 2.025.
ARTICULO 2º.- Adjudíquese a la firma CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L., la totalidad del Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 32/2.025, para la “ADQUISICIÓN DE HORMIGÓN H30”, para bacheo en distintos sectores de la ciudad de Concordia, por un importe total de PESOS CIENTO DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 119.550.000,00), conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto; y en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 3º.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 O. P. (Fondo de Obra Pública) $ 119.550.000,00.
ARTICULO 4º.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTICULO 5º.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA COINAR S.R.L., que resultó adjudicataria, del contenido del presente acto administrativo, y como asimismo, a la firma VECCHIO S.R.L.; y proceda oportunamente a realizar los trámites correspondientes a la presente adjudicación.
ARTICULO 6º.- Gírese a conocimiento de la Subsecretaría de Mantenimiento de Obras Viales, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas.
ARTICULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas
Ing. MATEO SASTRE
Subsecretario de Obras Públicas.
ANEXO
PLANILLA NOMENCLADORA
| Ítem | Descripción | Cant. | Proveedor | P. Unitario | P. Total |
| 1 | 500 m3 de Hormigón H-30 | 500.00 | Construcciones de ingeniería y arquitectura coinar srl | $ 239,100.00 | $ 119,550,000.00 |
| TOTAL | $ 119,550,000.00 | ||||
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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RESOLUCIÓN EDOS N° 95/2026
Concordia, 24 de febrero de 2026.-
VISTO:
El Expediente N° 05 “P”/2026 correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 01/2026 para la Adquisición de COAGULANTES LIQUIDOS para la potabilización del agua, y
CONSIDERANDO:
Que en dicho Expediente el Director de Producción solicita la compra de COAGULANTES LIQUIDOS para ser utilizado en el proceso de potabilización del agua.
Que la División de Compras y Suministros ha confeccionado el pliego de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicas para la adquisición mencionada en el considerando anterior.
Que dicho gasto ha sido imputado por la Oficina de Presupuesto en la partida 2006.
Que la fecha de apertura de las ofertas fue fijada para el día 13/03/2026, a las 10:00 horas en la Oficina de Compras y Suministros del EDOS.
Que esta intervención ha autorizado el presente gasto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza de Autarquía N° 31762 y su Decreto Reglamentario N° 1046/24.
Por ello;
EL INTERVENTOR DEL E.D.O.S.
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Dispónese aprobar la documentación correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 01/2026 para la compra de: OPCION A: mil doscientas cincuenta (1250) toneladas de sulfato de aluminio liquido base hidrato 8% de oxido útiles (SALBH) y OPCION B: quinientas (500) toneladas de policloruro de aluminio 17,5% de óxidos útiles de aluminio (P.A.C.), y al pliego que como anexo integra la presente y que se identifica como "LICITACIÓN PUBLICA N° 01/2026 - "Adquisición de COAGULANTES LIQUIDOS PARA USO EN POTABILIZACION DE AGUA" - y cuyos antecedentes obran en Expediente. N° 05 "P" 2026.
ARTICULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de pesos: quinientos cincuenta y ocho millones cuatroscientos quince mil quinientos con 00/100 ($ 558.415.000,00).
ARTICULO 3°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones particulares.
ARTICULO 4°.- Girar a la División de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, y, posteriormente, Regístrese, Notifíquese y oportunamente Archívese.
Cr. JAVER DEL CERRO
Interventor EDOS.
LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2.026
OBJETO: “ADQUISICION DE COAGULANTES LIQUIDOS PARA USO EN POTABILIZACION DE AGUA".
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Retirar de la División de Compras y Suministros, Ente Descentralizado Obras Sanitarias, Concordia, Entre Ríos N° 1300, en días hábiles de 7 a 12 horas. Teléfono: 421-0021.Int 329. e-mail: compras.edos@gmail.com
APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 13 de Marzo de 2026, a las 10:00 horas.
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 558.415.000,00.
VALOR DEL PLIEGO: PESOS QUINIENTOS SESENTA MIL con 00/100 ($ 560.000;00).
OBJETO: “ADQUISICION DE COAGULANTES LIQUIDOS PARA USO EN POTABILIZACION DE AGUA".
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Retirar de la División de Compras y Suministros, Ente Descentralizado Obras Sanitarias, Concordia, Entre Ríos N° 1300, en días hábiles de 7 a 12 horas. Teléfono: 421-0021.Int 329. e-mail: compras.edos@gmail.com
APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 13 de Marzo de 2026, a las 10:00 horas.
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 558.415.000,00.
VALOR DEL PLIEGO: PESOS QUINIENTOS SESENTA MIL con 00/100 ($ 560.000;00).
Div. de Compras y Suministros, 25 de Febrero de 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Bordagaray Andrés Sebastián D.N.I N° 25.597.801, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 041/2026 de fecha 15 de Enero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- Dispónese la instrucción del Sumario Administrativo al Agente Municipal Bordagaray Sebastián Andrés, Legajo N° 5641, D.N.I. N° 25.597.801, con prestación de servicio en este Municipio desde el 1° de Marzo de 2014, dependiente de la Subsecretaria de Comunicación y Prensa, revista como personal mensualizado Categoría 12°, ante la gravedad de los hechos denunciados consistentes en no haberse presentado a prestar servicios durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2025 y la existencia de incumplimientos de las obligaciones que le compete como personal de la Administración Pública Municipal en cualquiera de sus categorías de acuerdo a lo previsto en el artículo 16° incisos a) — efectuar una prestación personal adecuada y eficaz de servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes y b) observar buena conducta.- Correspondería encuadrar "prima facie" el accionar del agente prenombrado dentro de las previsiones establecidas en el 31° de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49 expresa textualmente "Son causas para la separación del empleo: a) Inasistencia injustificada que excede de quince días hábiles en el año", en un todo de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes.- ARTICULO 2°.- Desígnese Instructor Sumariante a la Dra. Celina Evelyn González.- ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 23 de FEBRERO del 2.026.-
----------La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Bordagaray Andrés Sebastián D.N.I N° 25.597.801, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 041/2026 de fecha 15 de Enero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- Dispónese la instrucción del Sumario Administrativo al Agente Municipal Bordagaray Sebastián Andrés, Legajo N° 5641, D.N.I. N° 25.597.801, con prestación de servicio en este Municipio desde el 1° de Marzo de 2014, dependiente de la Subsecretaria de Comunicación y Prensa, revista como personal mensualizado Categoría 12°, ante la gravedad de los hechos denunciados consistentes en no haberse presentado a prestar servicios durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2025 y la existencia de incumplimientos de las obligaciones que le compete como personal de la Administración Pública Municipal en cualquiera de sus categorías de acuerdo a lo previsto en el artículo 16° incisos a) — efectuar una prestación personal adecuada y eficaz de servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes y b) observar buena conducta.- Correspondería encuadrar "prima facie" el accionar del agente prenombrado dentro de las previsiones establecidas en el 31° de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49 expresa textualmente "Son causas para la separación del empleo: a) Inasistencia injustificada que excede de quince días hábiles en el año", en un todo de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes.- ARTICULO 2°.- Desígnese Instructor Sumariante a la Dra. Celina Evelyn González.- ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 23 de FEBRERO del 2.026.-
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. TORRES RUBEN NESTOR MAXIMILIANO D.N.I N° 37.564.254, Legajo N° 6514, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 129/2026 de fecha 19 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente Mensual RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo 6514, dependiente de la Dirección de Cementerios Municipales dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Secretaría de Servicios Públicos, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las inasistencias acreditadas por la Dirección de Recursos Humanos, el Área de Control Horario, División Control del Personal Municipal y la División de Higiene y Seguridad Laboral, según informes de registro de Entradas y Salidas, obrantes en los Expedientes mencionados en el visto del presente, como presunción de ausencia a saber:
27/06/2025 30/06/2025 01/07/2025 03/07/2025 10/07/2025 11/07/2025 14/07/2025 15/07/2025 16/07/2025 17/07/2025 18/07/2025 21/07/2025 22/07/2025 23/07/2025 24/07/2025 25/07/2025 28/07/2025 29/07/2025 30/07/2025 31/07/2025 01/08/2025 04/08/2025 05/08/2025 06/08/2025 07/08/2025 08/08/2025 11/08/2025 12/08/2025 13/08/2025 14/08/2025 18/08/2025 19/08/2025 20/08/2025 21/08/2025 22/08/2025 25/08/2025 26/08/2025 27/08/2025 28/08/2025 29/08/2025 01/09/2025 02/09/2025 03/09/2025 04/09/2025 05/09/2025 08/09/2025 09/09/2025 10/09/2025 11/09/2025 12/09/2025 14/09/2025 15/09/2025 16/09/2025 17/09/2025 18/09/2025 19/09/2025 22/09/2025 23/09/2025 24/09/2025 25/09/2025 26/09/2025 30/09/2025 01/10/2025 02/10/2025 03/10/2025 06/10/2025 07/10/2025 08/10/2025 09/10/2025. Que su conducta "prima facie" podría quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en el Artículo 16° incisos a) y d); 31° inciso a) y 39° incisos c), d), e), f) y g) de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49, y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. Celina E. González, del Departamento Sumarios dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 24 de FEBRERO del 2.026.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. TORRES RUBEN NESTOR MAXIMILIANO D.N.I N° 37.564.254, Legajo N° 6514, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 129/2026 de fecha 19 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente Mensual RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo 6514, dependiente de la Dirección de Cementerios Municipales dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Secretaría de Servicios Públicos, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las inasistencias acreditadas por la Dirección de Recursos Humanos, el Área de Control Horario, División Control del Personal Municipal y la División de Higiene y Seguridad Laboral, según informes de registro de Entradas y Salidas, obrantes en los Expedientes mencionados en el visto del presente, como presunción de ausencia a saber:
27/06/2025 30/06/2025 01/07/2025 03/07/2025 10/07/2025 11/07/2025 14/07/2025 15/07/2025 16/07/2025 17/07/2025 18/07/2025 21/07/2025 22/07/2025 23/07/2025 24/07/2025 25/07/2025 28/07/2025 29/07/2025 30/07/2025 31/07/2025 01/08/2025 04/08/2025 05/08/2025 06/08/2025 07/08/2025 08/08/2025 11/08/2025 12/08/2025 13/08/2025 14/08/2025 18/08/2025 19/08/2025 20/08/2025 21/08/2025 22/08/2025 25/08/2025 26/08/2025 27/08/2025 28/08/2025 29/08/2025 01/09/2025 02/09/2025 03/09/2025 04/09/2025 05/09/2025 08/09/2025 09/09/2025 10/09/2025 11/09/2025 12/09/2025 14/09/2025 15/09/2025 16/09/2025 17/09/2025 18/09/2025 19/09/2025 22/09/2025 23/09/2025 24/09/2025 25/09/2025 26/09/2025 30/09/2025 01/10/2025 02/10/2025 03/10/2025 06/10/2025 07/10/2025 08/10/2025 09/10/2025. Que su conducta "prima facie" podría quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en el Artículo 16° incisos a) y d); 31° inciso a) y 39° incisos c), d), e), f) y g) de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49, y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. Celina E. González, del Departamento Sumarios dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 24 de FEBRERO del 2.026.
