SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 073/2.026, 074/2.026 y 075/2.026.-
DECRETO N° 073/2.026Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 073/2.026, 074/2.026 y 075/2.026.-
Concordia, 28 de enero de 2.026
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N° 3 "A"/2026 referentes al llamado a Licitación Pública N° 01/2026 para la "Contratación del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Espacios Verdes — Lado Aire — del Aeropuerto de Concordia"; y el Decreto N° 060/2026; y,
CONSIDERANDO:
Que el Ente de Desarrollo Aerocomercial del Aeropuerto de Concordia (E.D.A.A.C.) tiene por objeto administrar y explotar el Aeropuerto "Comodoro J. J. Pierrestegui", dando cumplimiento a las obligaciones y normativas establecidas por la Autoridad Aeronáutica Nacional (A.N.A.C.), el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (0.R.S.N.A.) y la normativa municipal vigente.
Que dentro de sus competencias se encuentra la de garantizar el adecuado mantenimiento de la infraestructura aeroportuaria, incluyendo los espacios verdes del lado aire, en condiciones compatibles con la seguridad operacional y los estándares exigidos por la normativa aeronáutica.
Que mediante Resolución E.D.A.A.C. N° 22/2025 de fecha 19 de diciembre de 2025, dictada en el marco de las facultades conferidas por la Ordenanza Municipal N°: 38.186, el Directorio del Ente aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la contratación mencionada.
Que, mediante Decreto N° 060/2026 del Presidente Municipal se aprobó la documentación elevada por el Ente de Desarrollo Aerocomercial del Aeropuerto de Concordia correspondiente al llamado a Licitación Pública N°01/2026 para la "Contratación del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Espacios Verdes — Lado Aire - del Aeropuerto de Concordia".
Que, asimismo, dicho decreto dispone que la Dirección de Compras y Suministros de la Municipalidad tome intervención y proceda en consecuencia, fijando fecha de apertura, realizando las publicaciones correspondientes y dando cumplimiento a la Ordenanza N°34.698.
Que, en consecuencia, la Dirección de Compras y Suministros de la Municipalidad ha fijado como fecha de apertura el día 4 de febrero de 2026.
Que, atento a las consultas formuladas por potenciales oferentes, resulta conveniente otorgar una prórroga del plazo previsto para la presentación de las ofertas, a fin de garantizar una mayor concurrencia y permitir una adecuada preparación de las propuestas.
Que, el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 — Régimen Municipal — modificada por la Ley Provincial N° 10.082; según T.O. Decreto 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Otórguese una prórroga de catorce (14) días corridos para la presentación de las ofertas correspondientes a la Licitación Pública N° 01/2026 "Contratación del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Espacios Verdes — Lado Aire - del Aeropuerto de Concordia" de conformidad con los fundamentos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros de la Municipalidad de Concordia tome la intervención que le compete y proceda a fijar la nueva fecha de apertura de ofertas, efectuando las notificaciones y publicaciones que correspondan.
ARTICULO 3°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos de su conocimiento y demás trámites que correspondan.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Lic. MAGDALENA RETA URQUIIZA
Vice Intendente
Presidente Concejo Deliberante
a/c Presidencia Municipal
Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER
Presidente E.D.A.A.C.
----------DECRETO N° 074/2.026
Concordia, 29 de enero de 2.026
VISTO la liquidación de haberes del personal municipal, correspondiente al Mes de ENERO de 2026, realizada por la Dirección de Liquidaciones, cuyas actuaciones obran en Expediente Interno N° 219 "D"/2.026 y,
CONSIDERANDO:
Que la citada liquidación asciende a PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 56/100. ($ 4,352,944,948.56).
Que la Dirección de Presupuesto ha indicado las partidas presupuestarias a las que corresponde imputar el presente gasto.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización ha tomado conocimiento de la presente erogación, autorizando el total del gasto.
Que no obstante las observaciones formuladas por la Contaduría y atento a que se cuenta con los recursos necesarios, es decisión del Departamento Ejecutivo dar trámite a las presentes actuaciones.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por Ley N° 10.027- Régimen Municipal de Entre Ríos y sus modificaciones.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar la liquidación y el abono de los haberes del personal municipal correspondiente al mes de ENERO de 2026, las retenciones realizadas así como también las contribuciones patronales que surjan de las declaraciones juradas correspondientes, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 56/100. ($4,352,944,948.56). Conforme las actuaciones obrantes en Expediente Interno N° 219 "D"/2.026.
ARTICULO 2°.- Imputar el gasto que se aprueba en el Artículo 1° de este Decreto, a las partidas presupuestarias indicadas por la Dirección de Presupuesto, cuyo detalle se anexa formando parte del presente.
ARTICULO 3°.- Remitir a Contaduría y a Tesorería a sus efectos.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Lic. MAGDALENA RETA URQUIIZA
Vice Intendente
Presidente Concejo Deliberante
a/c Presidencia Municipal
Cr. PABLOE SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 075/2.026
Concordia, 29 de enero de 2.026
VISTO, que mediante Decreto N° 038/2025, modificado en Decreto N° 953/2025, se implementó en el ámbito de la Subsecretaría de Desarrollo Social, el Programa de Apoyo a la Inserción Socio Laboral “Construyendo Futuro” y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto antes mencionado tiene fecha de vigencia hasta el 31/12/2025, por lo que es necesario continuar con el programa en el año 2026.
Que la finalidad de los mismos fue incrementar las competencias, habilidades y destrezas para el trabajo a través de capacitación teórica y del desarrollo de prácticas comunitarias programadas.
Que trascurrido el tiempo y habiéndose evaluado los resultados de los mismos, se determinó que se alcanzaron los objetivos propuestos, no obstante, resulta pertinente introducir mejoras operativas y administrativas para adecuar dicha iniciativa a la situación actual.
Que por lo expuesto, corresponde dar continuidad a un nuevo Programa regido por una única normativa.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, de la Ley Provincial N° 10.027 y modificatorias - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello:
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Créase el Programa de Apoyo a la Inserción Socio Laboral "CONSTRUYENDO FUTURO 2026” en el ámbito de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Concordia, en virtud a los Considerandos precedentes.
ARTICULO 2°.- El Programa creado en el Artículo 1°, tendrá vigencia a partir del 1° de Enero del 2026, hasta el 31 de Diciembre de 2026.
ARTICULO 3°.- Autorizar la suma mensual de hasta PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($10.800.000,00.-) hasta el 30 de junio de 2026, para la implementación del Programa creado en el Articulo 1°. Este importe podrá ser modificado a partir de la fecha antes mencionada, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria del momento.
ARTÍCULO 4°.- Establézcase que dicho “Programa Construyendo Futuro” dependerá directamente del Subsecretario de Desarrollo Social.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
Lic. MAGDALENA RETA URQUIIZA
Vice Intendente
Presidente Concejo Deliberante
a/c Presidencia Municipal
Cr. PABLOE SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
ANEXO I
NORMATIVA DEL PROGRAMA "CONSTRUYENDO FUTURO 2026”
DE APLICACION EN EL AMBITO DE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
PRIMERA: OBJETO.
El PROGRAMA "CONSTRUYENDO FUTURO 2026” tiene por objeto incrementar las competencias, habilidades y destrezas para el trabajo del “LA/EL ENTRENADA/O” a través de su capacitación teórica y del desarrollo de prácticas comunitarias programadas, prestando especial atención a sus necesidades individuales para la consecución de estos objetivos. Se entiende como actividades comunitarias todas aquellas que redunden en beneficios para la comunidad implementadas a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social. “LA/EL ENTRENADA/O” ingresará al programa mediante la suscripción de un Acta de Acuerdo (ANEXO II), entre las partes.
SEGUNDA: INGRESOS, BAJAS Y PERMANENCIA:
En caso de renuncia, el “LA/EL ENTRENADA/O”, será dado de baja automáticamente, bastando una comunicación escrita del responsable del Área especificando donde prestaba servicios.
El programa "CONSTRUYENDO FUTURO 2026”, será evaluado por semestres, contados a partir del 01/01/2026. Entendiéndose esto, que al inicio de cada periodo, se deberán suscribir nuevamente, las Actas de Acuerdos de los participantes que continúen afectados al Programa y se autorizarán nuevos ingresos en caso de necesidades operativas.
El detalle de participantes se comunicará mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal, indefectiblemente.
TERCERA: JORNADA.
La jornada a cumplir por “LA/EL ENTRENADA/O” en tareas de capacitación o de práctica efectiva en el lugar de trabajo, será de lunes a viernes y en el horario de 8 a 12hs. Dicha jornada en ningún caso podrá exceder las CUATRO (4) horas diarias ni las VEINTE (20) horas semanales, ni prever un horario fuera del rango comprendido entre las CINCO (5) y VEINTIDOS (22) horas.
CUARTA: SEDE.
Las actividades a cumplimentar por “LA/EL ENTRENADA/O” se desarrollarán en Dependencias de la Subsecretaría de Desarrollo Social.
QUINTA: COMPROMISOS.
LA/EL ENTRENADA/O, se compromete a desarrollar adecuadamente las actividades asignadas; cumplir con la jornada acordada, comunicar y justificar sus inasistencias; atender a las sugerencias realizadas por el referente; aceptar y observar las pautas de organización, higiene y seguridad, de conservación de los equipos, herramientas e informar las dificultades que pudieran entorpecer el normal desarrollo de sus actividades.
LA MUNICIPALIDAD, se compromete a brindar la infraestructura, insumos y herramientas necesarios para que “LA/EL ENTRENADA/O” desarrolle sus actividades y contratar un Seguro de Accidentes Personales a favor de “LA/EL ENTRENADA/O”.
SEXTA: AYUDA ECONÓMICA.
“LA/EL ENTRENADA/O” percibirá un incentivo económico variable mensual, no remunerativo, a cargo de la Municipalidad de Concordia.
SEPTIMA: CAPACITACIÓN.
Facultar a la Subsecretarias de Desarrollo Social, a suscribir acuerdos internos destinados a realizar capacitaciones que favorezcan la eficiencia y la eficacia del funcionamiento de la Subsecretaría nombrada en primer término.
OCTAVA: CONTROL Y SEGUIMIENTO.
El control de la participación del “LA/EL ENTRENADA/O” efectiva, quedará demostrada mediante la recepción de una Planilla de Asistencia, la cual deberá ser presentada en forma MENSUAL, debidamente rubricada por la autoridad competente y presentada ante su Jefe superior. Las inasistencias que se produzcan deben estar debidamente justificadas.
NOVENA: DETALLE DE “LA/EL ENTRENADA/O”.
Cada Beneficiario firmará un “Acta de Acuerdo” entre las partes, en la que deberá constar con fotocopia de DNI y constancia de CUIL, en caso de que se requiera.
Los datos personales de cada beneficiaros, el lugar en donde cumple funciones y el monto a percibir, se detallarán en la nomina presentada mensualmente en los expedientes de pago.
Posteriormente deberá tenerse en cuenta lo establecido en el párrafo segundo, de la clausula segunda.
ANEXO II
ACTA DE ACUERDO
PROGRAMA DE APOYO A LA INSERCIÓN SOCIO LABORAL
"CONSTRUYENDO FUTURO 2026"
Subsecretaría de Desarrollo Social.
Entre la Municipalidad de Concordia, representado por el Subsecretario de Desarrollo Social, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 76 de esta Ciudad. “LA/ELENTRENADA/O”,...........................D.N.I. N°...............C.U.I.L,N°……………, con domicilio en……………….…de la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, convienen en celebrar el presente Acta de Acuerdo.
PRIMERA: OBJETO.
El PROGRAMA "CONSTRUYENDO FUTURO 2026” tiene por objeto incrementar las competencias, habilidades y destrezas para el trabajo del “LA/EL ENTRENADA/O” a través de su capacitación teórica y del desarrollo de prácticas comunitarias programadas, prestando especial atención a sus necesidades individuales para la consecución de estos objetivos. Se entiende como actividades comunitarias todas aquellas que redunden en beneficios para la comunidad implementadas a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social.
SEGUNDA: JORNADA.
La jornada a cumplir por “LA/EL ENTRENADA/O” en tareas de capacitación o de práctica efectiva en el lugar de trabajo, será de lunes a viernes y en el horario de 8 a 12hs. Dicha jornada en ningún caso podrá exceder las CUATRO (4) horas diarias ni las VEINTE (20) horas semanales, ni prever un horario fuera del rango comprendido entre las CINCO (5) y VEINTIDOS (22) horas.
TERCERA: SEDE.
Las actividades a cumplimentar por “LA/EL ENTRENADA/O” se desarrollarán en Dependencias de la Subsecretaría de Desarrollo Social.
CUARTA: COMPROMISOS.
“LA/EL ENTRENADA/O”, se compromete a desarrollar adecuadamente las actividades asignadas, cumplir con la jornada acordada; comunicar y justificar sus inasistencias; atender a las sugerencias realizadas por el referente; aceptar y observar las pautas de organización, higiene, seguridad y conservación de los equipos y herramientas e informar las dificultades que pudieran entorpecer el normal desarrollo de sus actividades.
LA MUNICIPALIDAD, se compromete a brindar la infraestructura, insumos y herramientas necesarios para que “LA/EL ENTRENADA/O” desarrolle sus actividades y contratar un Seguro de Accidentes Personales a favor de “LA/EL ENTRENADA/O”.
QUINTA: AYUDA ECONÓMICA.
“LA/EL ENTRENADA/O” percibirá un incentivo económico variable mensual, no remunerativo, a cargo de la Municipalidad de Concordia.
SEXTA: CONTROL Y SEGUIMIENTO
El control de la participación del “LA/EL ENTRENADA/O” efectiva, quedará demostrada mediante la recepción de una Planilla de Asistencia, la cual deberá ser presentada en forma MENSUAL, debidamente rubricada por autoridad competente y presentada ante su Jefe Superior del área. Las inasistencias que se produzcan deben estar debidamente justificadas.
SEPTIMA: El presente Acta de Acuerdo, tendrá vigencia desde el.............al................
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los………días del mes de……….de…….
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Firma del Participante Firma de Autoridad competente
Lic. MAGDALENA RETA URQUIIZA
Vice Intendente
Presidente Concejo Deliberante
a/c Presidencia Municipal
Cr. PABLOE SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Ullmann Luis Germán D.N.I N° 30183.978, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 628/2026 de fecha 04 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Ullmann Luis Germán, Zalazar Cossia Matías y Suarez Mariela Ana Inés, mediante Telegramas Laborales de fechas, 9 y 12 de Enero del 2026 en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 13 de FEBRERO del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Ullmann Luis Germán D.N.I N° 30183.978, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 628/2026 de fecha 04 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Ullmann Luis Germán, Zalazar Cossia Matías y Suarez Mariela Ana Inés, mediante Telegramas Laborales de fechas, 9 y 12 de Enero del 2026 en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 13 de FEBRERO del 2.026.-
----------
EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. Pérez Mercedes Alicia D.N.I N° 21.697.960, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 634/2026 de fecha 04 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Pérez Mercedes Alicia, Cazatti Jessica Analia, Bordon Sandra Gabriela, Villalba Cecilia Agustina, Caceres Rita Analia,
Garcia Claudia Carolina, mediante Telegramas Laborales de fechas, 09, 12, 14, 16 de Enero del 2026 en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-. ARTÍCULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 19 de FEBRERO del 2.026.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. Pérez Mercedes Alicia D.N.I N° 21.697.960, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 634/2026 de fecha 04 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Pérez Mercedes Alicia, Cazatti Jessica Analia, Bordon Sandra Gabriela, Villalba Cecilia Agustina, Caceres Rita Analia,
Garcia Claudia Carolina, mediante Telegramas Laborales de fechas, 09, 12, 14, 16 de Enero del 2026 en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-. ARTÍCULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 19 de FEBRERO del 2.026.-
