SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 675/2.025 y 877/2.025.-
DECRETO N° 675/2.025Los siguientes Decretos y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 675/2.025 y 877/2.025.-
Concordia, 4 de Julio de 2.025
VISTO la presentación efectuada por el Agente Zabala Néstor Fabián, Legajo N° 1598, obrante a fs. 1, del Expediente N° 7"Z"/25, por lo que se eleva su renuncia a efectos de acogerse a la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la caja de, Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 002480 de fecha 22 de abril de 2025, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente mensual Zabala Néstor Fabián, Legajo N° 1598, presento la renuncia al cargo desde el 1° de Julio de 2025.
Que la Dirección de Liquidaciones informa que el Agente de referencia, no tiene embargo activo ni en espera. Se informa que no registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldos).
Que la presente medida se dicta de conformidad a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aceptar a partir del 01 de Julio, de 2025 la renuncia presentada por el Agente Municipal Zabala Néstor Fabián, Legajo N° 1598, D.N.I 17.690.271, por motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2°.- Disponer se liquide y abone al ex Agente Municipal Zabala Néstor Fabián, Legajo N° 1598, 30 (treinta) días de licencia del año 2.024, 15 (quince) días proporcionales del corriente año y el subsidio establecido en el artículo 77°, Bis de la Ordenanza N° 11.275-49 correspondiente a (3) tres sueldos básicos de la categoría 20°, en un todo de acuerdo a lo informado por la Dirección de Recursos humanos y dictaminado a fs. 7 Dictamen N° 972/25; por la Dirección de Asuntos Jurídicos, cuyas constancias obran en el Expediente Interno N° 7"Z"/2525.
ARTICULO 3°.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos al Ex Agente Municipal mencionado, de lo dispuesto en el Artículo 1° y 2° del presente Decreto, cumplimentado pase a la Dirección de Liquidaciones.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO N° 877/2.025
Concordia, 15 de julio de 2.025
VISTO que se debe ausentar en horas de la tarde de la ciudad, el Señor Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUÉ, por asuntos personales y,
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, al Sr. Secretario de Gobierno, Dr. LUCIANO DELL'OLIO.
Que se estima pertinente poner a cargo de la Secretaría de Gobierno al Sr. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ, Secretario de Desarrollo Urbano, sin perjuicio de sus funciones específicas.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la ley 10.027, modificada a través de la ley N° 10.082-ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, al Sr. Secretario de Gobierno, Dr. LUCIANO DELL'OLIO, a partir del día de la fecha y en horas de la tarde.
ARTICULO 2°.- Poner a cargo de la Secretaría de Gobierno al Sr. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ, Secretario de Desarrollo Urbano, sin perjuicio de sus funciones específicas.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------EDICTO
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica que mediante Resolución N° 2589/2024 de fecha 14 de Mayo del año 2024, se ha dispuesto intimar a los ocupantes de la traza de las calles públicas del Barrio Mendieta, lindantes al inmueble del Sr. Ricardo Esteban Díaz, D.N.I. N° 13.940.440, para que en el plazo de QUINCE DIAS corridos contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto, procedan al retiro inmediato de las construcciones y/o estructuras instaladas sin autorización municipal. Consistentes en un invernadero y una vivienda. Se hace saber que la intervención municipal se limita exclusivamente a la traza de las calles públicas afectadas, sin involucrar otras propiedades o inmuebles particulares. Vencido el plazo indicado sin cumplimiento voluntario al requerimiento efectuado, la Municipalidad de Concordia procederá al retiro de las construcciones mencionadas, conforme normativa vigente, trasladando los elementos removidos al Taller Municipal sito en calle Moulins y Tala de ésta ciudad.- Fdo. Dr. Luciano Dell´Olio, Secretario de Gobierno a/c Presidencia Municipal de Concordia – Arq. Alejandro E. Lopez, Secretario de Desarrollo Urbano Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS DEBIDAMENTE NOTIFICADOS E INTIMADOS
Concordia, 18 de Julio de 2025La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica que mediante Resolución N° 2589/2024 de fecha 14 de Mayo del año 2024, se ha dispuesto intimar a los ocupantes de la traza de las calles públicas del Barrio Mendieta, lindantes al inmueble del Sr. Ricardo Esteban Díaz, D.N.I. N° 13.940.440, para que en el plazo de QUINCE DIAS corridos contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto, procedan al retiro inmediato de las construcciones y/o estructuras instaladas sin autorización municipal. Consistentes en un invernadero y una vivienda. Se hace saber que la intervención municipal se limita exclusivamente a la traza de las calles públicas afectadas, sin involucrar otras propiedades o inmuebles particulares. Vencido el plazo indicado sin cumplimiento voluntario al requerimiento efectuado, la Municipalidad de Concordia procederá al retiro de las construcciones mencionadas, conforme normativa vigente, trasladando los elementos removidos al Taller Municipal sito en calle Moulins y Tala de ésta ciudad.- Fdo. Dr. Luciano Dell´Olio, Secretario de Gobierno a/c Presidencia Municipal de Concordia – Arq. Alejandro E. Lopez, Secretario de Desarrollo Urbano Municipalidad de Concordia.
QUEDAN UDS DEBIDAMENTE NOTIFICADOS E INTIMADOS
