SUMARIO
La siguiente Ordenanza, Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.329.- Decretos:.- 709/2024, 710/2024, 711/2024, 713/2024, 714/2024, 715/2024, 718/2024, 719/2024, 721/2024 y 722/2024.- Resoluciones: 38.330, 38.331, 38.332, 38.334, 38.336 y 38.337.-
Concordia, 06 de Junio de 2.024
La siguiente Ordenanza, Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.329.- Decretos:.- 709/2024, 710/2024, 711/2024, 713/2024, 714/2024, 715/2024, 718/2024, 719/2024, 721/2024 y 722/2024.- Resoluciones: 38.330, 38.331, 38.332, 38.334, 38.336 y 38.337.-
Concordia, 06 de Junio de 2.024
Expte. N° 28.078 S.C.
ACOMPAÑA NOTA DE LA PROF.SARITA EIRIS REF.SOLICITUD EXENCION DEL PAGO TASA DE ESPECTACULOS PARA EVENTO “29° CONCURSO INTERNACIONAL DE DANZA INTEGRACIÓN-CIAD 2.024” (8 Y 9 DE JUNIO).-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Otorgar la eximición del pago de los derechos a las entradas al evento “29° CONCURSO INTERNACIONAL DE DANZA INTEGRACIÓN-CIAD 2024”, a realizarse los días 8 y 9 de Junio del corriente año en el Centro de Convenciones Concordia, en virtud de los considerandos precedentes.-
ARTÍCULO 2º.- La eximición otorgada en el artículo precedente no incluye el porcentaje que corresponde al Fondo de Ayuda del discapacitado.-
ARTÍCULO 3º.- Otorgar, por única vez, la exención del pago tarifario previsto en el Inciso s), Articulo 43, capítulo I, título VIII de la Ordenanza Tributaria N°38.225 al evento “29° CONCURSO INTERNACIONAL DE DANZA INTEGRACIÓN-CIAD 2024” a realizarse los días 8 y 9 de Junio del corriente año en el Centro de Convenciones Concordia, en virtud de los considerandos precedentes.-
ARTÍCULO 4º.- Dese conocimiento de la presente a la Dirección de Inspección General de la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Concordia a los fines pertinentes.-
ARTÍCULO 5º.- Dese conocimiento al Centro de Convenciones Concordia a los fines pertinentes.-
ARTÍCULO 6º.- Remitir copia de la presente a los interesados.-
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 06 de Junio de 2024.
Lic MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Junio de 2024
ORDENANZA Nº 38.329
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda
----------DECRETO N° 709/2.024.
Concordia, 05 de Junio de 2.024
VISTO la licencia otorgada al Contador Municipal a cargo, Cr. Diego Paolo Cutro, Legajo 8022, a partir del día 6 de Junio de 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de no resentir el normal funcionamiento de la Oficina resulta necesario cubrir el cargo de Contador Municipal mediante la designación de la Cra. Silvina Raquel Rougier, Legajo 8016 y Sub-Contador Municipal mediante la designación de la Cra. Maria Vanesa Salomon, Legajo 8004, desde el día 6 de Junio de 2024 hasta el día 10 de Junio de 2024, inclusive.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 -Régimen Municipal - modificada por Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Encargase la atención del cargo de Contador Municipal, a la Cra. Silvina Raquel Rougier, Legajo 8016, desde el día 6 de Junio de 2024 hasta el día 10 de Junio de 2024, inclusive.
ARTICULO 2°.- Encargase la atención del cargo de Sub-Contador Municipal, a la Cra. Maria Vanesa Salomon, Legajo 8004, desde el día 6 de Junio de 2024 hasta el día 10 de Junio de 2024, inclusive.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda.
---------- DECRETO N° 710/2.024
Concordia, 5 de junio de 2024
VISTO el Decreto N° 595/2.024 de fecha 07 de mayo de 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que se ha detallado de forma incorrecta el Documento Nacional de Identidad de uno de los beneficiarios.
Que por lo expuesto corresponde rectificar el Anexo I del Decreto N° 595/2.024.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ) y u) de la Ley N° 10.027 Y modificatorias- Régimen Municipal.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- RECTIFIQUESE el Anexo I del Decreto N° 59512.024 el que quedara redactado de la siguiente manera:
ANEXO I
Nombre y Apellido DNI
1 González Patricia Noemí 22015958
2 Ríos Sonia Magdalena 30783770
3 Sánchez Eduardo Alexis 43413696
4 Sánchez Gisela Marina 26964449
5 Barrios Cielo Erika Vanina 42731302
6 Méndez Yamil Horacio 34681062
7 Chamorro Maximiliano Daniel 43113540
8 Sotelo Eduardo Faustino 20765828
8 Acosta Mario Ramón 17571978
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano
---------- DECRETO N° 711/2. 024
Concordia, 6 de junio de 2.024
VISTO la necesidad de contar con personal idóneo en la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal, dependiente de la Secretaria de Gobierno:
CONSIDERANDO:
Que en ese sentido se hace necesario afectar a la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal, dependiente de la Secretaria de Gobierno a la agente municipal, YEDRO MAR ISA MARIA SOLEDAD, D.N.I. 26.866.559 Legajo N° 5475 Nº desafectar a la misma del Estacionamiento Medido dependiente de la Secretaria de Gobierno, para el desarrollo de tareas y funciones inherentes al área.
Que la Dirección de Presupuesto eleva informe.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa al respecto;
Que en consecuencia y conforme a lo expresado, se estima pertinente dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 Régimen Municipal- modificada por la Ley Provincial N° 10.082; según T.O Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desafectar de Estacionamiento Medido, dependiente de la Secretaria de Gobierno a la agente mensual YEDRO MARISA MARIA SOLEDAD, Legajo N° 5475, DNI 26.866.559, por los motivos invocados en los considerando del presente.
ARTICULO 2°.- Aféctese a la agente indicado en el Artículo 1°, a la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal dependiente de la Secretaria de Gobierno.
ARTICULO 3°.-lmpútese lo aprobado en el Artículo 2° en la partida presupuestaria: 0.2.90.01.01.01/Subsecretaria de seguridad Ciudadana.
ARTICULO 4°.- Remitir a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, así como dar conocimiento a la Dirección de Prevención y Seguridad y a la Dirección de Liquidación a los fines de su liquidación y oportunamente reservar como antecedente en el legajo personal del citado agente.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DEL´OLIO
Secretario de Gobierno
---------- DECRETO Nº 713/2.024
Concordia, 6 de junio de 2024
VISTO el contenido del Expediente Interno N° 92 Letra "E" del año 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que el Ente Permanente de Carnaval eleva documentación para el llamado a Licitación Pública N° 20/24 para la "CONCESIÓN DE LA COMERCIALIZACIÓN DE LA PUBLICIDAD EN El CARNAVAL DE CONCORDIA EDICIÓN 2025".
Que en el expediente de referencia se adjunta documentación correspondiente al llamado a Licitación.
Que la apertura de la presente debe preverse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible y realizar las publicaciones de ley.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades modificada por la ley provincial 10.082, según T.O Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la documentación para el 1° llamado a Licitación Pública N° 20/24 para la "CONCESIÓN DE LA COMERCIALIZACIÓN DE LA PUBLICIDAD EN El CARNAVAL DE CONCORDIA EDICIÓN 2025", cuyos antecedentes obran en Expediente Interno N° 92 Letra "E" del año 2024, conforme a lo expresado en el Considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Disponer que la Dirección de Compras y Suministros realice el llamado a Licitación Pública y fije la fecha de apertura de las propuestas, conforme a lo establecido en la Ordenanza sobre Contrataciones vigente.
ARTICULO 3º.- Realizar las publicaciones de Ley.
ARTICULO 4º.- Conformar la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 5º.- Girara la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, tome nota la Dirección de Contaduría, cumplido, remitir a conocimiento de la Secretaria de Gobierno.,
ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno
LUIS SANCHEZ
Director Ejecutivo Ente Permanente de Carnaval
---------- LUIS SANCHEZ
Director Ejecutivo Ente Permanente de Carnaval
DECRETO Nº 714/2.024
Concordia, 6 de junio de 2.024
VISTO, las actuaciones obrantes en el Expediente Interno N° 189 Letra "D"/2024 de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones de la Subsecretaría de Servicios Públicos dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones solicita se realice el procedimiento licitatorio para la contratación del servicio de hidroelevador para trabajos de mantenimiento de semáforos y cámaras de vigilancia de la ciudad de Concordia.
Que la Dirección de Compras y Suministros ha tomado intervención de su competencia.
Que la Secretaria de Desarrollo Urbano, ha tomado intervención de su competencia.
Que la Dirección de Presupuesto indica que la presente erogación se debe imputar en la
Partida Presupuestaria: N° 0.7.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 22.500.000.00.-
Que la Secretaría de Hacienda ha tomado intervención de su competencia autorizando la presente erogación.
Que obra Pliego de Bases y Condiciones Particulares de Licitación Privada N°17/2024 para "CONTRATAC10N DEL SERVICIO DE HIDROELEVADOR PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO QE SEMÁFOROS Y CÁMARAS DE VIGILANCIA EN LA CIUDAD DE CONCORDIA" y ANEXO I - PLANILLA NOMENCLADORA, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 22.500.000,00.-).
Que la adjudicación queda a criterio del Departamento Ejecutivo, según se considere más conveniente a los intereses municipales.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027 y su modificatoria- régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, ANEXO I - Planilla Nomencladora - de la Licitación Privada N° 17/2024 para "CONTRATACION DEL SERVICIO DE HIDROELEVADOR PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO DE SEMÁFOROS Y CÁMARAS DE VIGILANCIA EN LA CIUDAD DE CONCORDIA", obrante de fojas 12 a 15 del presente Expediente Interno N° 189 Letra "D"12024.
ARTICULO 2°.- Dispóngase el llamado a Licitación Privada N° 17/2024 para "CONTRATACION DEL SERVICIO DE HIDROELEVADOR PARA TRABAJOS DE NTENIMIENTO DE SEMÁFOROS Y CÁMARAS DE VIGILANCIA EN LA CIUDAD DE NCORDIA", conforme a lo considerado precedentemente.
ARTICULO 3°.- Fíjese el Presupuesto Oficial de la presente Licitación Privada N° 17/2024, en la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 22.500.000,00.-).
ARTICULO 4°.- Autorícese a la Dirección de Compras y Suministros a realizar los trámites administrativos pertinentes para la realización del proceso licitatorio, dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 5°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 6° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTICULO 6°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros para que notifique a las áreas que conforman a la Comisión Evaluadora, y dé cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 7°.- Impútese los gastos que demande la presente licitación en la siguiente partida presupuestaria vigente: 0.7.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 22.500.000.00.-
ARTICULO 8º.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
ARTICULO 9°.- Comuníquese, publíquese, oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano
---------- DECRETO N° 715/2.024
Concordia, 12 de junio de 2024
VISTO que se debe ausentar en horas de la mañana de la ciudad, el Señor Presidente. Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUÉ, por temas relacionados con la Administración Municipal y,
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, al Sr. Secretario de Gobierno, Dr. LUCIANO DELL'OLIO.
Que se estima pertinente poner a cargo de la Secretaria de Gobierno, al Sr. Secretario de Jefatura Gabinete, Arq. EDUARDO MARTIN CAMINAL, sin perjuicio de sus funciones especificas.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Articulo 107° de la Ley 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, al Sr. Secretario de Gobierno, Dr. LUCIANO DELL'OLIO, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.
ARTICULO 2°.- Poner a cargo de la Secretaria de Gobierno, al Sr. Secretario de Jefatura de Gabinete, Arq. EDUARDO MARTIN CAMINAL, sin perjuicio de sus funciones especificas.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DEL´OLIO
Secretario de Gobierno.
---------- DECRETO Nº 718/2.024
Concordia, 10 de junio de 2024
VISTO, el contenido obrante en el Decreto Nº 468/2.024 donde se establecen la estructura orgánica de la Secretaría de Desarrollo Productivo, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el Artículo 49° del Decreto 468/2.024 con fecha 10/04/2.024 fue designado el Sr. Horacio Javier GUATTINI, DNI: 25.872.426 a cargo del Área de Capacitación Laboral.
Que, los objetivos fijados oportunamente por la Secretaría de Desarrollo Productivo, para el área antes mencionada, se han cumplido.
Que, por lo expuesto, se considera, pertinente el dictado del presente Decreto dejando sin efecto la designación efectuada en el Artículo 49° del Decreto Nº Decreto 468/2.024 con fecha 10/04/2.024.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107º incisos II),u), de la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Déjes sin efecto el Artículo 49° del Decreto 468/2.024, por lo que fuera designado el Sr. Horacio Javier GUATTINI, DNI: 25.872.426 Jefe del Área de Capacitación Laboral. El presente tendrá vigencia a partir del 01/06/2.024
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Mg. Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER
Secretario de Desarrollo Productivo
---------- DECRETO N° 719/2.024.
Concordia, 10 de junio de 2024
VISTO, el traslado solicitado por la agente mensual SANDOVAL NORMA CARINA, DNI N° 21.697.189 Legajo N° 3.026 en Expediente Interno N° 116 "S"/2024,
CONSIDERANDO:
Que la agente mensual Norma Carina SANDOVAL, Legajo N° 3.026, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo y Emprendedurismo de la Secretaría de Desarrollo Productivo, "solicita su traslado a la Subsecretaría de Salud de la Secretaría de Desarrollo Humano.
Que el Subsecretario de Desarrollo y Emprendedurismo y la Subsecretaria de Salud, han expresado que no existe objeciones al traslado del interesado.
Que a foja 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que la agente Norma Carina SANDOVAL: Legajo N° 3.026, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Junio de 1999, revista como personal Mensual, categoría N° 23. Dependiente de la Secretaria de Desarrollo Productivo.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107 de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N° 4706112 del Poder Ejecutivo Provincial
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto el decreto N° 455/2024.
ARTICULO 2°.- Desaféctese de la Subsecretaría de Desarrollo y Emprendedurismo dependiente de la Secretaría de Desarrollo Productivo a -la Agente Mensual Norma Carina SAN DOVAL, DNI N° 21.677.189, Legajo N° 3.026, por motivos invocados en los considerandos del presente.
ARTICULO 3°.- Aféctese a la agente indicada en el Artículo N° 1, a la Secretaría de Salud.
ARTICULO 4°.- Impútese lo aprobado en el Artículo Nº 2 en la partida presupuestaria Nº 0.1.90.01.01.01 Secretaria de salud.
ARTICUO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Mg. Ing. FEDERICO SCHATTENHOFER
Secretario de Desarrollo Productivo
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
Secretario de Salud
---------- DECRETO N° 721/2.024.
Concordia, 10 de junio de 2024
VISTO el Expediente Interno N° 48 "A" 2024 y:
CONSIDERANDO:
Que el Agente Municipal AGUIRRE NICOLAS MANUEL, Legajo N° 6668, D.N.I. N° 35.699.688, solicita la suspensión del descuento del código 370 en los habares mensuales en concepto de cuota de afiliación del Sindicato Único de Empleados Municipales de Concordia (S.U.E.M.C.).
Que obra intervención de la Dirección de Recursos Humanos, informando que el agente AGUIRRE NICOLAS EMANUEL Legajo N° 6668 (D.N.I. Nº 35.699.688, presta servicios en este Municipio desde el 01/01/2023. Revista como personal Mensualizado, Categoría 9° Depende de la Dirección de Transito y Transporte de la Secretaria de Gobierno.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos en el Dictamen N° 1054/24 de 30 de Mayo de 2024, deja constancia que no tiene ninguna objeción legal que formular.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, incisos ñ), q) y u) de la Ley Provincial N° 10:027 - Régimen Municipal - modificada por la Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello;
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º.- Disponer hacer lugar a lo solicitado fs. 1 del Expediente Interno 48 "A" 2024; por el Agente Municipal AGUIRRE NICOLAS EMANUL, Legajo N° 6668, D.N.I. N° 35.699.688 suspendiendo el descuento correspondiente al código 370 en concepto de cuota de afiliación del Sindicato Único de Empleados Municipales de Concordia (S.U.E.M.C.), según lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos en Dictamen N° 1054/24 de 30 de Mayo de 2024 y a los considerandos precedentes;
ARTICULO 2°.- Notifíquese por la Recursos Humano a la agente mencionada en el Artículo 1º, tome debida nota, y la Dirección de Liquidaciones cumplimentando, archívese en su Legajo Personal.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno
---------- DECRETO N° 722/2.024
Concordia, 10 de junio de 2024
VISTO el Expediente Interno N° 886 "S" 2024 y;
CONSIDERANDO:
Que la Agente Municipal SIMON MELISA ANTONELLA, Legajo N° 6674, D.N.I. N° 35.699.459 solicita la suspensión del descuento del código 370 en tos habares mensuales en concepto de cuota de afiliación del Sindicato Único de Empleados Municipales de Concordia (S.U.E.M.C.).
Que obra intervención de la Dirección de Recursos Humanos, informando que la agente SIMON MELISA ANTONELLA, Legajo N° 6674, D.N.I. N° 35.699.459, presta servicios en este Municipio desde el 01/01/2023. Revista como personal Mensualizado, Categoría 9°. Depende de la Dirección de Transito y Transporte de la Secretaria de Gobierno.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos en el Dictamen N° 1052/24 de 30 de Mayo de 2024, deja constancia que no tiene ninguna objeción legal que formular.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u) de la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada por la Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello;
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Disponer hacer lugar a lo solicitado a fs. 1 del Expediente Interno 886 "S" 2024 por la agente SIMON MELISA ANTONELLA Legajo N° 6674 (D.N.I. N° 35.699.459 suspendiendo el descuento correspondiente al código 370 en concepto de cuota de afiliación del Sindicato Único de Empleados Municipales de Concordia (S.U.E.M.C.), según lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos en Dictamen N° 1052/24 de 30 de Mayo de 2024 y los considerandos precedentes.
ARTICULO 2°.- Notifíquese por la Recursos Humano a la agente en mencionada en el Articulo 1º, tome debida nota, y la Dirección de Liquidaciones cumplimentando archívese en su Legajo Personal.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno
---------- Concordia, 6 de Junio de 2.024.
9.996
VISTO:
La solicitud de Sara Eiris, de Declarar de Interés Municipal el “29° Concurso Internacional de Danzas, Integración CIAD 2.024”, y;
CONSIDERANDO:
Que congrega a más de 2.000 bailarines de nuestro país, y de países limítrofes como R.O.U y Brasil, así como la comunidad en general de nuestra ciudad.-
Que cuenta con la participación de maestros y delegaciones completas, promueve el intercambio cultural y artístico en el ámbito de la danza.-
Que contará con jurado internacional de prestigio, conformado por Alejandro Totto, Soledad Bayona, Daniel Bartra, entre otros.-
Que se considera una iniciativa que contribuye al enriquecimiento cultural y turístico de nuestra comunidad.-
Que se espera una gran cantidad de público;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal, “29º Concurso Internacional de Danzas, Integración CIAD 2024”, a realizarse los días 8 y 9 de Junio en el Centro de Convenciones Concordia.
ARTÍCULO 2º.- Entregar a sus organizadores, un certificado que exprese la Declaración citada en el artículo precedente; y una copia de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 06 de Junio de 2024.-
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Junio de 2024
RESOLUCION N° 38.330
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
---------- Concordia, 06 de Junio de 2.024.
N° 10.002
VISTO:
Las diferentes actividades a realizarse en el marco del 10° Aniversario de Fundación Magma, y;
CONSIDERANDO:
Que en el año 2014 a partir de un grupo de personas apasionadas por la historia, la arquitectura, la música y las artes plásticas, surge la Fundación Magma.-
Que el establecimiento es un organismo sin fines de lucro, que ha contribuido al desarrollo y difusión de las artes en la provincia, y en nuestra ciudad a través de actividades como exposiciones, charlas y talleres.-
Que la sede de la fundación se inaugura en Junio del 2016.-
Que en el marco de su 10º Aniversario, la Fundación Magma propone celebrar la misma con una serie de actividades a desarrollarse durante todo el año.-
Que las actividades a realizarse serán:
a) 15 de Junio – Inauguración muestra de Magma por los 10 años.
b) 16 de Junio - Matías Rojas presentación de su disco Reflejo.
c) 28 de Junio al 28 de Julio – Inauguración de la muestra de Teresa Blasco.
d) 29 de Junio – Presentación del libro de Carolina Noir, El poder del Amor.
e) 6 de Julio – Sandra Apeseche Cierra los ojos al romo de una rosa (homenaje a Chico Novarro).
f) 13 de Julio - El zoo de Cristal teatro.
g) 2 de agosto al 2 de septiembre – Inauguración de muestra Travesía Guillermo Bekes, Exposición retrospectiva 45 años (1979 – 2024)
h) 10 de Agosto - Rubén Monzón Cantante.
i) 17 de Agosto – Dúo de piano y violín.
j) 6 de Septiembre – Inauguración Muestra Gabriela Tavella.
k) 14 de Septiembre – Roso García.
l) 11 de Octubre al 10 de Noviembre – Inauguración muestra de Loli Tamaño.
m) 25 de Octubre – Orquesta de Leo Avancini.
n) 15 de Noviembre al 1 de Diciembre – Inauguración muestra de Chivy Bacigalupo;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRESE de Interés Municipal y Cultural la agenda de actividades a realizarse en el marco del 10º Aniversario de la FUNDACIÓN MAGMA.-
ARTÍCULO 2º.- Disponer la entrega de la copia de la presente resolución y un diploma a los interesados.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 06 de Junio de 2024.-
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Junio de 2024
RESOLUCION N° 38.331
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
---------- Concordia, 06 de Junio de 2.024.
N° 10.001
VISTO:
El triunfo en la Copa Entre Ríos 2.024 del Club Atlético Victoria de la ciudad de Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que el domingo 26 de Mayo del corriente año en la ciudad de la Paz se jugó la final de fútbol masculino de primera división de la Copa Entre Ríos, entre el Club Atlético Victoria y el equipo local Malvinas.-
Que en dicho encuentro se consagró campeón, tras una instancia de penales con un resultado de 4 a 2, el Club Atlético Victoria de la ciudad Concordia.-
Que el Club venía de Conseguir la Copa de la Liga local en Diciembre de 2023.-
Que dicha institución logró terminar con una racha de 18 años sin títulos provinciales para Concordia, por lo que esta conquista representa un premio para el fútbol local.-
Que es un orgullo para todos los concordienses que un club de nuestra ciudad vaya a representar a la provincia de Entre Ríos a lo largo y a lo ancho de todo el país.-
Que finalmente este triunfo se enmarca en una doble celebración ya que el día 22 de Junio el Club Atlético Victoria de Concordia cumple sus 127 años como institución deportiva;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRESE a todo el plantel de jugadores de fútbol masculino de primera división del Club Atlético Victoria y cuerpo técnico, Personalidades Destacadas del deporte de la ciudad de Concordia, en reconocimiento por consagrarse campeones de la Copa Entre Ríos 2024, conforme a los dispuesto en el Art. 11° de la Ordenanza 33.692.-
ARTÍCULO 2º.- DISPÓNGASE la entrega de diplomas al plantel de jugadores y cuerpo técnico del Club Atlético Victoria.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 06 de Junio de 2024.-
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Junio de 2024
RESOLUCION N° 38.332
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
ANEXO
Acosta Ezequiel
Benitez Marcelo
Buzzato Marcos
Cardozo Eric
Dalmolin Juan
Delgado Nahuel
Giménez Franco
González Esteban
Mag Mah Juan
Miranda Walter
Monchetti Alexis
Monzón Emanuel
Olivieri Bruno
Olivieri Uriel
Principi Valentin
Quiroz Federico
Reynoso Axel
Sarmiento Leonardo
Troncoso Lucas
CUERPO TÉCNICO
Amarillo Marcelo
Flores Maximiliano
Martinez José
Pupe José
Pupe Juan
PRESIDENTE: Arellano Rubén
SECRETARIO: Sequeira Jorge.
---------- Concordia, 6 de Junio de 2.024.
N° 10.003
VISTO:
Que los organizadores de dicho evento solicitan que se declare de interés la “42° Jornada Citrícola Nacional”, que se llevará a cabo en la cuidad de Concordia, los días 3 y 4 de Julio y;
CONSIDERANDO:
Que dicha jornada cuenta con gran trayectoria y es tradicional en nuestra ciudad, realizándose todos los años.
Que en la organización de este evento participan conjuntamente la Estación Experimental Agropecuaria de INTA Concordia, la Asociación de Ingenieros Agrónomos del Nordeste de Entre Ríos (AIANER) y la Federación del Citrus de Entre Ríos (FeCIER).
Que la comisión está conformado por:
• Juan Pedro Bouvet (INTA Concordia)
• Miguel Garavello (INTA Concordia)
• Vanesa Hochmaier (INTA Concordia)
• Natalia Messina (INTA Concordia)
• Esteban Pérez (AIANER)
• Walter Silva (AIANER)
• Rodrigo Rivas (AIANER)
• Oscar Rodríguez (AIANER)
• Lilian Román (INTA Concordia - AIANER)
• Germán Scatonne (FeCIER)
• Paola Velázquez (AIANER)
• Lourdes Vianna (INTA Concordia)
• Melania Zorzi (FeCIER).
Que en la misma se abordan las temáticas de Mejoramiento, Manejo, Protección del cultivo, Economía, Pos cosecha e Industria.
Que se realizará en la estación Experimental INTA Concordia, Ubicada en Ruta 22 y Vías del Ferrocarril.
Que contará con charlas técnicas y comerciales, efectos del cambio climático en el manejo y sanidad de los cítricos.
Que la Jornada Citrícola Nacional lleva más de cuatro décadas apostando a una citricultura sostenible, innovadora y de calidad.
Que la citricultura es una de las actividades regionales más importantes del país por ello, referentes nacionales e internacionales de la producción e industria citrícola se reúnen para poner en común las innovaciones sobre ciencia y tecnología para el desarrollo sustentable de dicha actividad;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declarar de INTERES MUNICIPAL, la “42 Jornada Citrícola Nacional” a realizarse los días 3 y 4 de Julio.-
ARTÍCULO 2º.- Entréguese copia de la presente Resolución a las instituciones, Estación Experimental Agropecuaria de INTA Concordia, la Asociación de Ingenieros Agrónomos del Nordeste de Entre Ríos (AIANER) y la Federación del Citrus de Entre Ríos (FeCIER).-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 06 de Junio de 2024.-
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Junio de 2024
RESOLUCION N° 38.334
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
---------- Concordia, 6 de Junio de 2024.
N° 10.004
VISTO:
La presentación del libro "Don Mandarino Carqueja"- a realizarse el día viernes 7 de junio del 2024 a las 20 hs. en calle Buenos Aires 321; y,
CONSIDERANDO:
Que la obra de Mandarino Carqueja escrita en décima y cuarteta, es un mensaje ecológico a las generaciones venideras.
Que Mario Enrique Di Maio es un escritor argentino nacido en Gualeguaychú en 1949.
Que se formó en la Universidad Católica de Salta, obteniendo títulos en educación y estupefacientes, y se retiró como Oficial Superior de Gendarmería Nacional.
Que su obra, que abarca géneros como el romántico, el gauchesco y el histórico, se ha destacado por su mensaje ecológico y su exploración de la historia argentina.
Que ha publicado once libros, incluyendo poemarios, obras históricas y cuentos.
Que Di Maio es conocido también por componer marchas e himnos, como la marcha de la Escuela de Gendarmería "Honor y Gloria" y el “Himno a la Esquila de la Fiesta Nacional de la Esquila en Río Mayo, Chubut”. Además, ha sido galardonado con el Primer Premio en el género cuento en un certamen literario provincial.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de INTERES MUNICIPAL la presentación del libro "Don Mandarino Carqueja"- a realizarse el viernes 7 de junio del 2024 a las 20 hs. en calle Buenos Aires 321 de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2°.- Otórguese, una copia de la Resolución al Sr. Mario Enrique Di Maio.
ARTÍCULO 3º.- Otórguese al Sr. Mario Enrique Di Maio, un diploma que exprese el dictado de la presente.
ARTÍCULO 4°.-Comuniquese, publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 06 de Junio de 2024.-
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Junio de 2024
RESOLUCION N° 38.336
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
---------- Concordia, 06 de Junio de 2.024.
N° 10.000
VISTO:
La solicitud de Declaración de Interés Municipal Deportivo del “Torneo Provincial de Patinaje Artístico” llevado adelante por el Club Ferrocarril de la ciudad de Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que el Torneo Provincial de Patinaje Artístico se celebrará los días 21, 22 y 23 de junio de 2024 en las instalaciones del Club Ferrocarril Concordia, donde se congregará a más de 450 patinadoras provenientes de diversas localidades de la provincia.-
Que este evento, además de ser una competencia de alto nivel, representa una oportunidad única para promover el deporte, la cultura y el turismo en nuestra ciudad de Concordia.-
Que este torneo provincial servirá de plataforma para inspirar a la juventud local a involucrarse en actividades deportivas saludables, además, de que la llegada de diversos atletas, entrenadores, familiares y espectadores de distintos puntos de la provincia generará un importante movimiento económico en la ciudad, beneficiando al turismo y comercio local.-
Que además esta competencia brindará una oportunidad para la interacción y el intercambio cultural entre los participantes y la comunidad local, fortaleciendo los lazos sociales y promoviendo valores de amistad y respeto;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRESE de Interés Municipal Deportivo al “Torneo Provincial de Patinaje Artístico” a realizarse los días 21, 22 y 23 de Junio del corriente año, en la ciudad de Concordia.-
ARTÍCULO 2º.- DISPÓNGASE de la entrega de la copia de la presente resolución y un diploma a los interesados.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 06 de Junio de 2024.-
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 11 de Junio de 2024
RESOLUCION N° 38.337
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
