SUMARIO
La siguiente Ordenanza y Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.315.- Decreto: 629/2.024, 630/2.024, 631/2.024, 632/2.024, 633/2.024, 644/2.024, 652/2.024, 562/2.024 y 664/2.024.-
Concordia, 16 de Mayo de 2.024
La siguiente Ordenanza y Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.315.- Decreto: 629/2.024, 630/2.024, 631/2.024, 632/2.024, 633/2.024, 644/2.024, 652/2.024, 562/2.024 y 664/2.024.-
Concordia, 16 de Mayo de 2.024
Expte. N° 28.018 S.C.
ORDENANZA REF. A IMPRESIÓN DE BOLETAS TASA GENERAL INMOBILIARIA.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Incorpórese en la Ordenanza N° 37.157 el siguiente artículo:
“Artículo N°5.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a disponer de parte del dorso de las boletas de Tasa General Inmobiliaria para publicitar los servicios que desarrolla, a partir de la recaudación de dicha Tasa o promoción de campañas de concientización social”.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 16, de Mayo de 2.024.
LIC. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
DRA. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 21 de mayo de 2024
ORDENANZA N° 38.315
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda.
----------DECRETO N° 629/2.024
Concordia, 15 de mayo de 2.024
VISTO el Decreto N° 458/2024 de fecha 08/04/2024 por el que se crea el PROGRAMA '''CAPACITACION PARA EL TRABAJO EN GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS" y,
CONSIDERANDO:
Que el programa mencionado en el Visto tiene como objetivo incrementar competencias, habilidades y destrezas para el trabajo, a través de la aplicación efectiva de los conocimientos adquiridos en prácticas comunitarias programadas que redunden en beneficio de la comunidad implementadas por la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto,
Que habiéndose evaluado los resultados del mismo, se determinó que se están alcanzando los objetivos propuestos, no obstante, resulta pertinentes introducir mejoras operativas y administrativas para adecuar dicha iniciativa a la situación actual.
Que por lo expuesto, se considera pertinente incrementar el importe mensual a la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CON 00/100 ($32.000.000,00.-) para el funcionamiento del mencionado Programa.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada a través de la Ley 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del-Poder Ejecutivo Provincial.-
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modifíquese el Artículo 3° del Decreto N° 458/2024, el que quedara redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 3°.- Autorícese la suma total de hasta PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CON 00/100 ($32.000.000,00-) mensuales, hasta el 30 de junio de 2024, para la implementación del programa creado. Este importe podrá ser modificado a partir de la fecha mencionada, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria del momento."
ARTICULO 2°.- Facultase a la Secretaría de Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias pertinentes, con el fin de que la implementación del presente programa no se vea resentido en su implementación.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
Secretario de Salud.
---------- DECRETO N° 630/2.024
Concordia, 15 de mayo de 2024
VISTO la Ordenanza N° 38.253 y,
CONSIDERANDO:
Que el Título I - Capítulo I de dicha normativa establece las distintas Secretarías que asistirán en su ejercicio al Departamento Ejecutivo.
Que el Título III - Capítulo V - Artículo 55°, fija las competencias de la Secretaría de Salud y en su Artículo 56° establece la estructura orgánica para dicha jurisdicción, hasta el nivel de Dirección.
Que por Decreto N° 460/2.024 de fecha 08/04/2024 se realizaron las designaciones de los titulares de las Direcciones dependientes de la Secretaría de Salud.
Que en el Artículo 2° del Decreto mencionado, se designó titular de la Dirección de Atención Primaria de la Salud Dr. Aldo Emanel Soriano para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 58° de la Ordenanza N° 38.253.
Que a la fecha dicho cargo se encuentra vacante ante la renuncia del Dr. Soriano.
Que por lo expuesto, resulta necesario cubrir el cargo de referencia con el objeto de regularizar la titularidad de dicha Dirección y por ende no resentir los servicios de la misma, por lo que este Departamento Ejecutivo considera atinente proceder a la designación coma Directora de Atención Primaria de la Salud, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 58°- de la Ordenanza N° 38.253, a la Doctora KARINA VIVIANA GRECO, DNI N° 22.614.218, quien reúne las condiciones para cumplir con los objetivos fijados.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°) de la Ley N° 10.027 y modificatorias - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNIPPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desígnase Directora de Atención Primaria de la Salud a la Doctora KARINA VIVIANA GRECO, DNI N° 22.614.218, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 58° pe la Ordenanza N° 38.253, a partir del 01 de mayo de 2.024. Tendrá rango de Directora Política Nivel 1.
ARTICULO 2°.- Gírese copia certificada a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidación de Haberes a sus efectos.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO MARTIN CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
Secretario de Salud.
---------- DECRETO N° 631/2.024
Concordia, 15 de mayo de 2024
VISTO:
Que el día martes 21 de mayo de 2024 se llevará a cabo la Asamblea General Ordinaria de la Caja Municipal de Préstamos, Sociedad de Economía Mixta y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Asamblea General Ordinaria corresponde al Ejercicio anual N° 82 cerrado el 31 de Diciembre de 2023, procediéndose y adecuándose a lo previsto en las disposiciones legales y estatutarias vigentes.
Que debe procederse en consecuencia a designar el representante de la Municipalidad de Concordia para concurrir a la Asamblea General Ordinaria convocada al efecto.
Que el Señor Subsecretario de Legal y Técnica Dr. Carlos Ignacio Dell Valle, ha sido designado por éste Departamento Ejecutivo Municipal para concurrir a la misma.
Que en consecuencia corresponde el dictado del presente acto administrativo.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos b), h), y u) de la Ley 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y sus modificatorias,
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CONCORDIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Designar al Señor Subsecretario de Legal y Técnica Dr. Carlos Ignacio Del Valle para que concurra a la Asamblea General Ordinaria, a llevarse a cabo el día martes 21 de Mayo de 2024 en representación de la Municipalidad de Concordia, a los fines de tratar el Orden del Día establecido en la convocatoria formulada oportunamente correspondiente al Ejercicio Anual N° 82 cerrado el 31 de Diciembre de 2023, en un todo de acuerdo a lo previsto en las disposiciones legales y estatutarias vigentes.
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno y oportunamente archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL ´OLIO
Secretario de Gobierno
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda.
---------- DECRETO N° 632/2.024
Concordia, 15 de mayo de 2024
VISTO:
El Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2024 presentado por la Caja Municipal de Préstamos -Sociedad de Economía Mixta- ante la Municipalidad de Concordia y;
CONSIDERANDO:
Que el mismo ha sido elaborado de conformidad con lo previsto en el Artículo 13° Inciso a) de los Estatutos de la entidad.
Que es decisión de éste Departamento Ejecutivo Municipal proceder a la aprobación del mismo.
Que la Secretaria de Hacienda ha tomado la intervención de su competencia
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, Incisos b), h), ñ) y u) de la Ley 10.027 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y sus modificatorias,
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CONCORDIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese el Presupuesto de Gastos de la Caja Municipal de Préstamos – Sociedad de Economía Mixta – para el ejercicio 2024 por el importe de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA MILLONES ($ 340.000.000,00).
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y dese copia a Secretaria de Gobierno y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL ´OLIO
Secretario de Gobierno
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda.
---------- DECRETO N° 633/2.024
Concordia, 15 de mayo de 2024
VISTO la presentación efectuada por el Agente Legarreta, Ángel Enrique, Legajo N° 3164, obrante a fs. 1 del Expediente N° 9 "L" /24, por lo que se eleva su renuncia a efectos de acogerse a la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución N° 000276 de la fecha 22 de enero del 2024, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común.
Que, la Dirección de Recursos Humanos informa que la agente mensual Legarreta, Ángel Enrique Legajo N° 3164, presentó la renuncia al cargo desde el 1° de abril del 2024.
Que, la Dirección de Liquidaciones informa que el Agente de referencia, no tiene embargo activo ni en espera. Se informa que no registra deuda de Créditos: Especiales (Adelanto de Sueldos).
Que, la presente medida se dicta de conformidad a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aceptar a partir del 01 de abril del 2024 la renuncia presentada para el Agente Municipal Legarreta Ángel Enrique, Legajo N° 3164, D.N.I N° 07.665.413, por motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2°.- Según lo solicitado en la fs. 6 el agente no tendría licencias pendientes por ser funcionario. Disponer se liquide y abone al ex Agente Municipal Legarreta, Ángel Enrique W de Legajo 3164 aguinaldo proporcional por el segundo semestre del corriente año de acuerdo al tiempo trabajado y el subsidio establecido en el artículo 77°, Bis de la Ordenanza N° 11.275-49 correspondiente a (3) tres sueldos básicos de la categoría 20° en un todo de acuerdo a lo dictaminado a fs. 7 Dictamen N° 629/24, por la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Recursos Humanos, cuyas constancias obran enel Expediente Interno 9 "L" 2024.-
ARTICULO 3°.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos al Ex Agente Municipal mencionado de lo dispuesto en el Artículo 1° y 2° del presente Decreto, cumplimentado pase a la Dirección de Liquidaciones.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
---------- DECRETO N° 644/2.024.
Concordia, 20 de mayo de 2024
VISTO que el Señor Secretario de Desarrollo Urbano, Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ, D.N.I N° 25.157.399, por razones inherentes a su Gestión de Gobierno, se encontrará fuera de la ciudad y,
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente poner a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano, al Señor Subsecretario de Obras Públicas, Ing. LUIS VICTOR COSTA, D.N.I N° 12.126.623, sin perjuicio de sus funciones, a partir del día 21/05/2024, y hasta tanto dure la ausencia de su titular.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inciso u) de la ley 10027 y su Modificatoria, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Encárguese la atención de la Secretaría de Desarrollo Urbano, al Señor Subsecretario de Obras Públicas, Ing. LUIS VICTOR COSTA, D.N.I N° 12.126.623, sin perjuicio de sus funciones, a partir del día 21/05/2024, y hasta tanto dure la ausencia de su titular.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, dése a la Secretaria de Gobierno y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
---------- DECRETO N° 652/2.024
Concordia, 22 de mayo de 2024
VISTO que se ha reintegrado a sus funciones el Señor Secretario de Desarrollo Urbano, Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ, D.N.I N° 25.157.399, a partir del día de la fecha y,
CONSIDERANDO:
Que durante su ausencia se encontraba a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano, al Señor Subsecretario de Obras Públicas, Ing. LUIS VICTOR COSTA, D.N.I N° 12.126.623, sin perjuicio de sus funciones.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inciso u) de la ley 10027 y su Modificatoria, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Pónese en posesión de su cargo al Señor Secretario de Desarrollo Urbano, Arq. ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ, D.N.I N° 25.157.399, a partir del día 22/05/2024.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. LUIS VICTOR COSTA
Subsecretario de Obras Públicas
a/c Secretaria de Desarrollo Urbano.
---------- DECRETO N° 662/2.024
Concordia, 22 de mayo de 2024
VISTO la presentación efectuada por el Agente Moix Luis Alberto, Legajo N° 1192, obrante a fs. 1, del Expediente N° 107 "M"/23 por lo que se eleva su renuncia a efectos de acogerse a la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 006298 de fecha 05 de octubre de 2023, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente mensual Moix Luis Alberto, Legajo N° 1192, presento la renuncia al cargo desde el 1° de enero de 2024.
Que la Dirección de Liquidaciones informa que el Agente de referencia, no tiene embargo activo ni en espera. Se informa que no registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldos).
Que a fs, 2 del ex 1343664 obra nota N° 078/24 del Ente Provincial Regulador de la Energía, con respecto a las licencia gozadas durante el periodo que estivo en el EPRE, cumplo en informarle que en la ley 8916, Marco Regulatorio eléctrico provincial, las autoridades designadas por el poder Ejecutivo Provincia tienen cargo de Funcionarios Públicos, para lo cual no está previsto el usufructo de licencias Anuales ordinaria.
Que la Dirección de Asuntos jurídicos emite Dictamen N° 676/24, se aconseja disponer el pago del Subsidio del Artículo 77 bis de la Ordenanza de Escalafón Municipal, en relación de los demás rubros la licencia se encuentran prescripta y desde diciembre del año 2017 no se han liquidado haberes al ex Agente Municipal, por encontrarse en uso de la licencia por cargo de mayor jerarquía prevista en la Ordenanza Municipal N° 21.582.
Que la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESDIENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aceptar a partir del 01 de enero de 2024 le renuncia presentada por el Agente Municipal Moiz Luis Alberto, Legajo N° 1192, DNI 8.580.410, por motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada pr la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2°.- Disponer se liquide y abone al ex Agente Municipal Moix Luis Alberto, Legajo N° 1192, el subsidio establecido en el artículo 77°, Bis de la Ordenanza N° °11.275-49 correspondiente a (3) tres sueldos básicos de la categoría 20, en un todo de acuerdo a lo dictaminado a fs, Dictamen N° 976/24, por la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Recursos Humanos, cuyas actuaciones obran en el Expediente Interno N° 107”M”/23 y 1343664.
ARTIUCLO 3°.- Notificar par la Dirección de Recursos Humanos al Ex Agente Municipal mencionado, de lo dispuesto en el Articulo 1° y 2° del presente Decreto, cumplimentado pase a la Dirección de Liquidaciones.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL ´OLIO
Secretario de Gobierno.
---------- DECRETO N° 664/2.024
Concordia, 23 de mayo de 2024
VISTO el Expediente Interno N° 557 Letra "S"/2024 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el referido expediente se tramita el reintegro de haberes descontados a la Agente Contratada sin Aportes MOIRA ROCIO BLANCO, Legajo N° 9743, en sus haberes del mes de MARZO/2024 y ABRIL/2024 y
Que fojas 1 la Dirección de Atención Primaria de la Salud comunica que la nombrada agente hizo uso del Receso Administrativo establecido por Decreto N° 1788/23, desde el 07/03/2024, y por error involuntario omitió entregar en tiempo y forma la correspondiente solicitud, habiendo hecho uso de dicho beneficio entendiendo que estaba autorizada para tal fin.
Que a fojas 3 la Dirección de Liquidación de Haberes informa que a la referida agente no se le realizó descuentos en el mes de MARZO/2024: UN (1) día; y a fojas 11 informa que la nombrada en el mes de ABRIL/2024 se procedió al descuento de CATORCE (14) días.
Que el Equipo Control Horario de la Dirección Recursos Humanos emite informe de su competencia.
Que a fojas 9 la Dirección de Asuntos Jurídicos toma intervención mediante Dictamen N° 861/24, informando que a los fines de posibilitar el reintegro de los haberes descontados, previo se deberá contar con la autorización del Presidente Municipal y del Secretario del Área en el que cumple funciones la agente contratada.
Que han tomado intervención el Secretario, de Salud y el Señor Presidente Municipal justificando las referidas irregularidades, en cumplimiento a la normativa vigente.
Que, ante lo normado, los informes obrantes en el referido expediente y las correspondientes justificaciones, corresponde el reintegro de lo descontado en el mes de MARZO/2024 y ABRI/2024 a la nombrada agente.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°) de la Ley N° 10.027 y modificatorias - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese el pago de los haberes descontados a la Agente Contratada sin Aportes MOIRA ROCIO BLANCO, Legajo N° 9743, en el sueldo del mes de MARZO/2024, correspondiente a DOS (2) días y del mes de ABRIL/2024, correspondiente a CATORCE (14) días, en virtud del lo expresado en los considerandos precedentes.
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Liquidación de Haberes y Dirección de Recursos Humanos para su notificación y correspondiente efectos, tome nota ésta y Secretaría de Salud.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaria de Gobierno archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
Secretario de Salud.
