DECRETO Nº 1560 FECHA: 06.01.2022 PUBLICADO: 16.12.2022 ARTICULO 1°.- Dispónese la contratación del personal que desempeña funciones como Guardavidas, que se detalla en ANEXO I, con una remuneración mensual de PESOS CIENTO OCHO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 108.526,78) desde el día 16/11/2022 al 16/04/2023.
ARTICULO 2º.- Dispónese la contratación del personal que desempeña funciones de Enfermería en las playas de Concordia, que se detalla en el ANEXO II, con una remuneración mensual de PESOS CIENTO OCHO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 108.526,78) desde el día 16/11/2022 al 16/04/2023.
ARTICULO 3°.- Dispónese a partir del día 16/11/2022 y hasta el 17/04/2023 un adicional remunerativo mensual por las tareas riesgosas del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del valor del contrato al personal comprendido en el ANEXO I, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 4°.- Dispónese a partir del día 16/11/2022 y hasta el 16/04/2023 un adicional remunerativo mensual en concepto de antigüedad del TRES POR CIENTO (3%) del valor del contrato por cada año de prestación de servicios en temporada estival, con un tope máximo de 25 años de antigüedad, al personal comprendido en el ANEXO I que establece los años y que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 5°.- Exceptúese al presente del alcance de los Decretos N° 1.200/2022 y 1.414/2022.
ARTICULO 6°.- Remitir al Honorable Concejo Deliberante a los fines de su conocimiento y toma de razón.
ARTICULO 7º.- Remitir a la Dirección de Liquidaciones a los fines de su conocimiento y toma de razón.
ARTICULO 8°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría de Gobierno y Hacienda y archívese
