DecretoPublicación: 19 de junio de 2020

Decreto N° 627/2020

Servicio de alojamiento: horario y protocolo COVID 19

DECRETO Nº 627 FECHA: 01.06.2020 PUBLICADO: 19.06.2020 ARTICULO 1°.- AUTORIZASE a los comercios afectados a la actividad de los establecimientos de alojamiento por hora en el marco del Decreto Nº 736/2.020 GOB., en la franja horaria que va desde las 07:00 horas a las 24 horas.- ARTICULO 2°.- Las empleadoras y los empleadores deberán observar que la actividad se desarrolle brindando servicios de alojamiento a personas exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio con su correspondiente autorización para circular.-

ARTICULO 3º.- Los empleadoras y los empleadores deberán observar las disposiciones del Protocolo buenas prácticas para establecimientos que brindan servicios de alojamientos y afines en el marco de la pandemia SARS-COV-2 (COVID-19), anexado al DECRETO del D.E.M. N° 618 /2.020 de fecha 29 de Mayo de 2.020.-

ARTICULO 4º.- El protocolo deberá ser exhibido en un lugar destacado que permita su visualización.-

ARTÍCULO 5º.- La Municipalidad de Concordia, junto a las autoridades nacionales y provinciales competentes, se reservan el derecho de revocar la presente medida en caso de incumplimiento.-

ARTICULO 6°.- Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

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