ARTÍCULO 1°.- Ratifiquese en todos sus terminas el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Concordia, con domicilio en calle Mitre N° 76 de la ciudad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Dr. FRANCISCO AZCUÉ, asistido por el Secretario de Servicios Públicos, ALEJANDRO ERNESTO LOPEZ por una parte y por la otra Vitsa Soluciones Ambientales SA, representada por Presidente, DIEGO WALTER ROSAS, DNI N° 28.360.138 con domicilio en Paraguay N° 85 de la ciudad de Oncativo, Departamento Río Segundo, Córdoba. Que consta de DIECINUEVE Clausulas y DOS anexos, formando parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2°.- Encuadrar la presente erogación en la Ordenanza 38.785, según los considerandos precedentes.
ARTICULO 3°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio al presupuesto correspondiente a la Secretaria de Servicios Públicos.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, y archívese.-
