ARTICULO 1°.- Créase el Programa de Apoyo a la Inserción Socio Laboral "CONSTRUYENDO FUTURO 2026” en el ámbito de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Concordia, en virtud a los Considerandos precedentes.
ARTICULO 2°.- El Programa creado en el Artículo 1°, tendrá vigencia a partir del 1° de Enero del 2026, hasta el 31 de Diciembre de 2026.
ARTICULO 3°.- Autorizar la suma mensual de hasta PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($10.800.000,00.-) hasta el 30 de junio de 2026, para la implementación del Programa creado en el Articulo 1°. Este importe podrá ser modificado a partir de la fecha antes mencionada, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria del momento.
ARTÍCULO 4°.- Establézcase que dicho “Programa Construyendo Futuro” dependerá directamente del Subsecretario de Desarrollo Social.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
ANEXO I
NORMATIVA DEL PROGRAMA "CONSTRUYENDO FUTURO 2026” DE APLICACION EN EL AMBITO DE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
PRIMERA: OBJETO. El PROGRAMA "CONSTRUYENDO FUTURO 2026” tiene por objeto incrementar las competencias, habilidades y destrezas para el trabajo del “LA/EL ENTRENADA/O” a través de su capacitación teórica y del desarrollo de prácticas comunitarias programadas, prestando especial atención a sus necesidades individuales para la consecución de estos objetivos. Se entiende como actividades comunitarias todas aquellas que redunden en beneficios para la comunidad implementadas a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social. “LA/EL ENTRENADA/O” ingresará al programa mediante la suscripción de un Acta de Acuerdo (ANEXO II), entre las partes.
SEGUNDA: INGRESOS, BAJAS Y PERMANENCIA: En caso de renuncia, el “LA/EL ENTRENADA/O”, será dado de baja automáticamente, bastando una comunicación escrita del responsable del Área especificando donde prestaba servicios. El programa "CONSTRUYENDO FUTURO 2026”, será evaluado por semestres, contados a partir del 01/01/2026. Entendiéndose esto, que al inicio de cada periodo, se deberán suscribir nuevamente, las Actas de Acuerdos de los participantes que continúen afectados al Programa y se autorizarán nuevos ingresos en caso de necesidades operativas. El detalle de participantes se comunicará mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal, indefectiblemente.
TERCERA: JORNADA. La jornada a cumplir por “LA/EL ENTRENADA/O” en tareas de capacitación o de práctica efectiva en el lugar de trabajo, será de lunes a viernes y en el horario de 8 a 12hs. Dicha jornada en ningún caso podrá exceder las CUATRO (4) horas diarias ni las VEINTE (20) horas semanales, ni prever un horario fuera del rango comprendido entre las CINCO (5) y VEINTIDOS (22) horas.
CUARTA: SEDE. Las actividades a cumplimentar por “LA/EL ENTRENADA/O” se desarrollarán en Dependencias de la Subsecretaría de Desarrollo Social.
QUINTA: COMPROMISOS. LA/EL ENTRENADA/O, se compromete a desarrollar adecuadamente las actividades asignadas; cumplir con la jornada acordada, comunicar y justificar sus inasistencias; atender a las sugerencias realizadas por el referente; aceptar y observar las pautas de organización, higiene y seguridad, de conservación de los equipos, herramientas e informar las dificultades que pudieran entorpecer el normal desarrollo de sus actividades.
LA MUNICIPALIDAD, se compromete a brindar la infraestructura, insumos y herramientas necesarios para que “LA/EL ENTRENADA/O” desarrolle sus actividades y contratar un Seguro de Accidentes Personales a favor de “LA/EL ENTRENADA/O”.
SEXTA: AYUDA ECONÓMICA. “LA/EL ENTRENADA/O” percibirá un incentivo económico variable mensual, no remunerativo, a cargo de la Municipalidad de Concordia.
SEPTIMA: CAPACITACIÓN. Facultar a la Subsecretarias de Desarrollo Social, a suscribir acuerdos internos destinados a realizar capacitaciones que favorezcan la eficiencia y la eficacia del funcionamiento de la Subsecretaría nombrada en primer término.
OCTAVA: CONTROL Y SEGUIMIENTO. El control de la participación del “LA/EL ENTRENADA/O” efectiva, quedará demostrada mediante la recepción de una Planilla de Asistencia, la cual deberá ser presentada en forma MENSUAL, debidamente rubricada por la autoridad competente y presentada ante su Jefe superior. Las inasistencias que se produzcan deben estar debidamente justificadas.
NOVENA: DETALLE DE “LA/EL ENTRENADA/O”. Cada Beneficiario firmará un “Acta de Acuerdo” entre las partes, en la que deberá constar con fotocopia de DNI y constancia de CUIL, en caso de que se requiera. Los datos personales de cada beneficiaros, el lugar en donde cumple funciones y el monto a percibir, se detallarán en la nomina presentada mensualmente en los expedientes de pago. Posteriormente deberá tenerse en cuenta lo establecido en el párrafo segundo, de la clausula segunda.
ANEXO II ACTA DE ACUERDO PROGRAMA DE APOYO A LA INSERCIÓN SOCIO LABORAL "CONSTRUYENDO FUTURO 2026" Subsecretaría de Desarrollo Social.
Entre la Municipalidad de Concordia, representado por el Subsecretario de Desarrollo Social, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 76 de esta Ciudad. “LA/ELENTRENADA/O”,...........................D.N.I. N°...............C.U.I.L,N°……………, con domicilio en……………….…de la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, convienen en celebrar el presente Acta de Acuerdo.
PRIMERA: OBJETO. El PROGRAMA "CONSTRUYENDO FUTURO 2026” tiene por objeto incrementar las competencias, habilidades y destrezas para el trabajo del “LA/EL ENTRENADA/O” a través de su capacitación teórica y del desarrollo de prácticas comunitarias programadas, prestando especial atención a sus necesidades individuales para la consecución de estos objetivos. Se entiende como actividades comunitarias todas aquellas que redunden en beneficios para la comunidad implementadas a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social.
SEGUNDA: JORNADA. La jornada a cumplir por “LA/EL ENTRENADA/O” en tareas de capacitación o de práctica efectiva en el lugar de trabajo, será de lunes a viernes y en el horario de 8 a 12hs. Dicha jornada en ningún caso podrá exceder las CUATRO (4) horas diarias ni las VEINTE (20) horas semanales, ni prever un horario fuera del rango comprendido entre las CINCO (5) y VEINTIDOS (22) horas.
TERCERA: SEDE. Las actividades a cumplimentar por “LA/EL ENTRENADA/O” se desarrollarán en Dependencias de la Subsecretaría de Desarrollo Social.
CUARTA: COMPROMISOS. “LA/EL ENTRENADA/O”, se compromete a desarrollar adecuadamente las actividades asignadas, cumplir con la jornada acordada; comunicar y justificar sus inasistencias; atender a las sugerencias realizadas por el referente; aceptar y observar las pautas de organización, higiene, seguridad y conservación de los equipos y herramientas e informar las dificultades que pudieran entorpecer el normal desarrollo de sus actividades. LA MUNICIPALIDAD, se compromete a brindar la infraestructura, insumos y herramientas necesarios para que “LA/EL ENTRENADA/O” desarrolle sus actividades y contratar un Seguro de Accidentes Personales a favor de “LA/EL ENTRENADA/O”.
QUINTA: AYUDA ECONÓMICA. “LA/EL ENTRENADA/O” percibirá un incentivo económico variable mensual, no remunerativo, a cargo de la Municipalidad de Concordia.
SEXTA: CONTROL Y SEGUIMIENTO El control de la participación del “LA/EL ENTRENADA/O” efectiva, quedará demostrada mediante la recepción de una Planilla de Asistencia, la cual deberá ser presentada en forma MENSUAL, debidamente rubricada por autoridad competente y presentada ante su Jefe Superior del área. Las inasistencias que se produzcan deben estar debidamente justificadas.
SEPTIMA: El presente Acta de Acuerdo, tendrá vigencia desde el.............al................
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los………días del mes de……….de…….
--------------------------- ---------------------------------- Firma del Participante Firma de Autoridad competente
