ARTICULO 1°.- Dejase sin efecto, a partir del 03/09/2025, la designación efectuada en el Artículo 8º del Decreto Nº 937/2024 de fecha 01/08/2024, en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 2°.- Manténgase firme el contenido restante del Decreto Nº 937/2024 de fecha 01/08/2024.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría de Gobierno y Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, oportunamente, archívese.
