Boletín Oficial N° 3360 - Concordia, 12 de abril de 2024

SUMARIO
 
 
Las siguientes Ordenanzas, Decretos y Resolución conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Ordenanzas: 38.273, 38.274 y 38.275.- Decretos: 444/2.022, 464/2024, 465/2024, 489/2024, 490/2024, 491/2024 y 493/2024.- Resolución: 38.271, 38.272 y 38.279.-
 
 
Concordia, 4 de Abril de 2024
 
Expte. N° 27.834-DE
 
ORDENANZA SOBRE  CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y LA FIRMA JOSÉ ELEUTERIO PITÓN S.A.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1º.- Ratifíquese en todos sus términos el Decreto N° 1622/2023 de fecha 24/11/2023 dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
 
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 27 de Marzo de 2024
 
LIC. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 8 de abril de 2024
 
ORDENANZA N° 38.273
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
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Concordia, 4 de Abril de 2024
 
Expte. N° 27.817-DE
 
ORDENANZA SOBRE INVENTARIO DE HUMEDALES DE LA CIUDAD DE CONCORDIA.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Ampliación de la Ordenanza N° 36.802 de Protección de Humedales de la Ciudad de Concordia, anexando Inventario de Humedales.
ARTÍCULO 2º.- Incorpórese el Artículo 16 a la Ordenanza N° 36.802, el que quedará redactado de la siguiente, manera:
 
“ARTÍCULO  16°  Integran la presente Ordenanza, los Anexos que a continuación se detallan:
            I.- Inventario de los Humedales de la Ciudad de Concordia.
            II.- Foto Aérea del Ejido de Concordia, referenciando los humedales Inventariados.”
 
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 27 de Marzo de 2024.
 
LIC. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 8 de abril de 2024
 
ORDENANZA N° 38.274
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
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Concordia, 4 de Abril de 2024
 
Expte. N° 27.930-SC
 
ORDENANZA SOBRE DENOMINACION EL CORO MPAL. DE CÁMARA DE CDIA. CON EL NOMBRE MARIO MEICHTRY.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°- Denominar al Coro Municipal de Cámara de Concordia, con el nombre de Mario Meichtry, homenajeando de este modo una figura relevante en la actividad coral.
 
ARTICULO 2°- Dese conocimiento de la presente  al Departamento de Ejecutivo Municipal.
 
ARTICULO 3°- Remitir copia de la presente a la Subsecretaría de Cultura.

ARTICULO 4°- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 4 de Abril de 2024
 
LIC. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 9 de abril de 2024
 
ORDENANZA N° 38.275
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIÁN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
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DECRETO N° 444/2.024
Concordia, 3 de abril de 2.024
 
Visto que mediante Ordenanza N° 38.253/24 se establece la nueva orgánica Municipal y,
 
CONSIDERANDO:
Que dicha Ordenanza establece la creación de las funciones y competencias de la Secretaria de Gobierno,
Que de acuerdo a la asignación de tareas y competencias realizadas a la Secretaria de Gobierno, resulta necesario para el cumplimiento de las mismas, la creación de la estructura orgánica interna que permita llevar adelante tal cometido.
Que la Ordenanza N° 38.253/24 en el Titulo III, Capítulo II Articulo N° 14, establece las Subsecretarias y Direcciones que actuarán en el ámbito de la Secretaria de Gobierno.
Que por tal motivo debe procederse a la cobertura de dichos cargos, por personas que reúnen las condiciones y responsabilidad para desempeñar esa función.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, de la ley N° 10.027 modificadas por la Ley N° 10.082- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Designase Subsecretario de Legal y Técnica, al Dr. DEL VALLE CARLOS IGNACIO, Documento Nacional de Identidad N° 25.288.357, para el desempeño de las funciones previstas en el Titulo III, Capítulo II Articulo 15° de la Ordenanza 38.253/24.
 
ARTICULO 2°.- Designase Subsecretario de Seguridad Ciudadana, al Crio. PURGART CLAUDIO ALEXIS, Documento Nacional de Identidad N° 26.033.245, para el desempeño de las funciones previstas en el Titulo III" Capítulo II Articulo 16° de la Ordenanza 38.253/24. Sin liquidación de haberes por el cargo.
 
ARTICULO 3°.- Desígnese Subsecretario de Descentralización Municipal al Dr. FEDERIK CRISTIAN IVAN, DNI: 270466.921 para el desempeño de las funciones asignadas en el Titulo III, Capítulo II Articulo 17° de la Ordenanza 38.253/24.
 
ARTICULO 4°.- Designase Directora de Administración y Despacho Ca Cra. Paoli Romina Natalia, DNI N° 29.341.815, Legajo N° 8021; para el cumplimiento de funciones asignadas en el Titulo III Capítulo II Articulo 18° de la Ordenanza 38.253/24. Tendrá Rango de Director Nivel 1.
 
ARTICULO 5°.- Designase Director de Transito y Transporte al Agente Municipal Sr. Arnaldo Emanuel Galli, DNI N° 35.699.535, Legajo N° 6638; para el desempeño de las funciones asignadas en el Titulo III, Capítulo II, Articulo 19° de la Ordenanza 38.253/24. Tendrá Rango de Director Nivel 1.
 
ARTICULO 6°.- Designase Directora de Inspección a la Agente Municipal Sra. Silvia Beatriz Meza, DNI N° 16.794.074, Legajo N° 1983; para el desempeño de las funciones asignadas en el Titulo III, Capítulo II, Articulo 20° de la Ordenanza 38.253/24. Tendrá Rango de Director Nivel 1.
 
ARTICULO 7°.- Designase Director de Informática al Señor AP. Gustavo Luis Berón, DNI 14.162.729, Legajo 3197, Clase 1961, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Titulo III, Capítulo II, Artículo 21° de la Ordenanza 38.253/24. Tendrá Rango de Director Nivel.1.
 
ARTICULO 8°.- Designase Directora de Recursos Humanos a la Lic. María Eugenia Tassino Nan, DNI 28.502.505, Legajo 5393, Clase 1981, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Titulo III, Capítulo II, Artículo 22° de la Ordenanza 38.253/24. Tendrá Rango de Director Nivel 1.
 
ARTICULO 9°.- Designase Director de Asuntos Contables al Sr. Martin Bannerot, DNI N° 37.152.886, Legajo N° 9704; para el cumplimiento de funciones asignadas en el Titulo III Capítulo II Articulo 24° de la Ordenanza N° 38.253/24. Tendrá Rango de Director Político Nivel 1.
 
ARTICULO 10°.- Designase Miembro Titular del Tribunal de Disciplina en Representación del Departamento Ejecutivo Municipal a Dn. José Luis Gómez, Documento Nacional de Identidad N° 14.687.146, legajo N° 3282.
 
ARTICULO 11°.- Designase Miembro Titular del Tribunal de Disciplina en Representación de La Unión Obreros y Empleados Municipales (Uoem) a la Sra. Urbani María Guillermina del Lujan, Documento Nacional de Identidad N° 31.815.703, legajo N° 8100; y a Sr. Arriondo Julio Emilio, Documento Nacional de Identidad N° 17.994.500, legajo N° 2982, como miembro suplente.
 
ARTICULO 12°.- Designase Miembro Titular del Tribunal de Disciplina en Representación de la Asociación del Personal Jerárquico de la Municipalidad de Concordia al Sr. Mariano David Guerrero, Documento Nacional de Identidad N° 22.402.420, legajo N° 4248.
 
ARTICULO 13°.- Designase Director de Prevención y Seguridad Municipal de la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, al Sr. Amiano Martin, Documento Nacional de Identidad N° 22.660.981, Legajo 3646 para el cumplimento de las funciones establecidas en el Titulo III, Capítulo II, Artículo 27° de la Ordenanza N° 38.253/24. Tendrá Rango de Director Político Nivel 1. Reservándose su condición de revista mientras duren las funciones asignadas en la presente disposición.
 
ARTICULO 14°.- Designase Director de Abordaje Territorial al Sr. Almada Emanuel Maximiliano, DNI N° 27.413.261, para el cumplimiento de funciones asignadas en el Titulo III Capítulo II Articulo 28° de la Ordenanza N° 38.253/24. Tendrá Rango de Director Político Nivel 1.
 
ARTICULO 15°.- Designase Director de Infraestructura de Datos Espaciales al Sr. Scevola Carlos Sebastián, DNI N° 27.425.627, para el cumplimiento de funciones asignadas en el Titulo III Capítulo II Articulo 29° de la Ordenanza N° 38.253/24. Tendrá Rango de Director Político Nivel 1.
 
ARTICULO 16°.- La presente disposición se dicta de conformidad a lo previsto en las Ordenanza N° 38.253/24.
 
ARTICULO 17°.- Déjese sin efecto toda disposición y norma que se oponga al presente Decreto.
 
ARTICULO 18°.- Los alcances de los artículos precedentes comenzarán a regir a partir del día 1 de Abril del corriente.
 
ARTICULO 19°.- Comuníquese, publíquese y regístrese y oportunamente archivase.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno.
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DECRETO N° 464/2.024.
Concordia, 10 de abril de 2.024
 
Visto, las actuaciones obrante en el expediente 2 "M"/2024 y,
 
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 la Agente Municipal Mendieta Ortiz Ivana Magali legajo 9698, solicita el pago de la bonificación por TITULO SECUNDARIO.
Que a fojas 2 del citado expediente se adjunta copia fiel del certificado del analítico de la agente Mendieta Ortiz Ivana Magali, Legajo 9698, DNI 37564487, establecimiento educativo escuela N° 17 Martin Miguel de Güemes, ubicado en calle Prospero Bovino 1520 de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos.
Que a fojas 4 la Dirección de Recursos Humanos tomo intervención e informo la situación de revista de la agente.
Que a fojas 5 la Dirección de Asuntos Jurídicos tomo intervención, y emitió Dictamen 81/2024.
Que a fojas 6 toma conocimiento la Dirección de Liquidaciones.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal modificada por la ley Provincial N° 10.082; según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Disponer el pago de la bonificación adicional por Titulo Secundario correspondiente al 22%, a partir del 4 de Enero 2024, a la Agente Mendieta Ortiz Ivana Magali, DNI: 37564467 Legajo 9698, obrante en el expediente N° 2 "M'/2024.
 
ARTICULO 2°.- Notifíquese por la Dirección de Recursos Humanos, al agente mencionado en el articulo 1°;  cumplimentando pase a la Dirección de Liquidaciones a sus efectos.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Lic. Magdalena Reta de Urquiza
Presidente Honorable Concejo Deliberante.
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DECRETO N° 465/2.024
Concordia, 10 de abril de 2024
 
VISTO la nueva estructura orgánica y funcional municipal aprobada por Ordenanza N° 38.253/2024 en fecha 3 de abril del presente año y;
 
CONSIDERANDO:
Que la misma crea las Secretarías, Subsecretarías y Direcciones del Departamento Ejecutivo Municipal. Que en su Título III - Capítulo III - Artículo 30° establece las competencias de la Secretaría de Hacienda.
Que seguidamente del Artículo 31 ° al 39° inclusive, se detallan las dependencias que conforman esta Secretaría y sus funciones respectivas.
Que por tanto, corresponde disponer la cobertura de estos cargos designando a las personas que reúnen las condiciones y responsabilidad necesarias para desempeñar esa función.
Que el cargo de Contador y Tesorero Municipal será designado en forma, interina, hasta tanto se culmine con el proceso de llamado a "Concurso interno de antecedentes", conforme lo dispone el Decreto N° 1653/2023.
Que en su Artículo 113° esta normativa comienza a regir a partir del 1 de abril del presente año, por lo que dichas designaciones serán a partir de la misma fecha.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°, inciso q) y u) de la Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desígnase Contador Municipal en forma interina, al Cr. CUTRO, Diego Paolo - Legajo. N° 8022, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Titulo III - Capítulo III - Artículo 32° de la Ordenanza N° 38.253/2024.
 
ARTICULO 2°.- Desígnase Tesorera Municipal en forma interina, a la Sra. GOMEZ, Carmela María Lucrecia, Legajo N° 2180, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Titulo III - Capítulo III- Articulo 33° de la Ordenanza N° 38.253/2024.
 
ARTICULO 3°.- Designase Director General de Rentas, al Cr. MARSICANO Fernando Martin - DNI N° 33.317.240 - Legajo N° 3192, para el cumplimiento, del las funciones establecidas en el Título III - Capitulo, III - Artículo 34° de la Ordenanza N° 38.253/2024. Tendrá Rango de Director Político- Nivel 1.
 
ARTICULO 4°.- Desígnase Directora de Compras y Suministros a la Lic. MIRANDA, Patricia Alejandra - Legajo N° 8011, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Título III –Capítulo III - Artículo 35° de la Ordenanza N° 38.253/2024. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 5°.- Desígnase Directora de Presupuesto a la Cra. MOLINA, Marina Soledad: Legajo N° 8008, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Título III – Capítulo III - Artículo 36° de la Ordenanza N° 38.253/4024. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 6°.- Desígnase Directora de Liquidación de Haberes a la Técnica en Gestión y Adm. MpaI. LAUREL, Marcela Alejandra - Legajo N° 1943, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Título III - Capítulo III -. Artículo 37° de la Ordenanza N° 38.253/2024. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 7°.- Desígnase Director de Catastro al M.M.O. ZUBIZARRETA, José - Legajo N° 15013, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Título III - Capítulo III - Artículo 38° de la Ordenanza N° 38.253/2024. Tendrá Nivel 1.
 
ARTICULO 8°.- Desígnase Director de Planificación y Control Financiero al Cr. PIANA, Ariel Matías - DNI 33.058.840 - Legajo N° 3201, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Título III - Capítulo III- Artículo 39° de la Ordenanza N° 38.253/2024. Tendrá rango de Director Político - Nivel 1.
 
ARTICULO 9°.- Dispónese que las presentes designaciones comenzarán a regir a partir del 1 de abril del presente año.
 
ARTICULO 10°.- Comuníquese, publíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, Dirección Liquidación de Haberes y oportunamente, archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda.
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DECRETO N° 489/2.024
Concordia, 10 de abril de 2024
 
VISTO el adicional especial que percibe el personal de la oficina Automotores de la Municipalidad de Concordia, y,
 
CONSIDERANDO:
Que el Articulo N° 2; del Decreto, N° 1.235/2016, de fecha 11/11/2016, dispone la actualización del adicional especial Código 371 en función de las recomposiciones salariales que se establezcan-
Que mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N° 399 del 21 de MARZO de 2024, se aprobó la nueva escala salarial, en un VEINTIDOS por Ciento (22%), que rige a partir del mes de MARZO del año 2024.
Que la Dirección General de Rentas toma la intervención de su competencia, realizando el cálculo del incremento del importe.
Que el dictado de la presente norma se efectúa en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 10.027, Orgánicas de las Municipalidades de Entre Ríos.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Dispónese que a partir del mes de MARZO de 2024, por un porcentaje del VEINTIDOS por ciento (22%), sea actualizada hasta la suma de PESOS VEINTIÚN MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 05/100 ($ 21.187,05), la liquidación del Adicional Especial Código 371 que percibe el personal de la oficina Automotores, incluido en el ANEXO I que forma parte del presente, en función de la actualización en la recomposición salarial otorgada por el Departamento Ejecutivo Municipal, Decreto N° 399 del 21 de Marzo de 2024, de acuerdo al Artículo N° 2 del Decreto N° 1235/2016.-
 
ARTICULO 2°.- lnstrúyase a las Direcciones de Recursos Humanos y Liquidaciones a los efectos pertinentes.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda
 
ANEXO I
Personal Incluido en el Código 371
 
Apellido y Nombre Legajo
Araya, Rosalia Alejandra 2929
Briglia, Maria Alejandra 2467
Jortock, Maria Cristina 2006
Esteves, Carlos 5071
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda.
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DECRETO N° 490/2.024
Concordia, 10 de abril de 2024
 
VISTO, el Decreto N° 823/2023, y,
 
CONSIDERANDO:
Que la Cláusula SEXTA del Convenio de Reparto Domiciliario de Boletas, Decreto N° 823/2023, de fecha 14/06/2023, prevee la actualización del importe en función de la recomposición salarial otorgada por el Departamento Ejecutivo.-
Que mediante Decreto N° 399 del 21 de MARZO de 2024, se dispuso la actualización de la escala salarial del VEINTIDOS por ciento (22%) a partir del mes de MARZO de 2024.
Que la Dirección General de Rentas toma la intervención de su competencia, realizando el cálculo del incremento del importe.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° incisos II) y u) de la Ley 10.027.- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Autorizase al Departamento Tasa General Inmobiliaria a actualizar el importe en función de la actualización en la recomposición salarial otorgada por el Departamento Ejecutivo Municipal, Decreto N° 399 del 21 de MARZO de 2024, por un porcentaje del VEINTIDOS por ciento (22 %), que rige a partir del mes de MARZO del año 2024 y que será de Pesos Ciento Cuatro con Ochenta y Siete Centavos ($104,87), de acuerdo a la Cláusula SEXTA del Convenio entre la Municipalidad de Concordia y agentes afectados al Reparto Domiciliario de Boletas.-
 
ARTICULO 2°.- tome Nota los Dptos. Tasa Comercial, Tasa General Inmobiliaria y Otras Tasas y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda.
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DECRETO N° 491/2.024
Concordia, 10 de abril de 2024
 
VISTO, los Decretos N° 708/15, N° 218/21, N° 1837/23, N° 130/24 y N° 399/24
 
CONSIDERANDO:
Que la Cláusula SEGUNDA del Decreto N° 708/2015 de fecha 14/07/2015, prevé la actualización del importe máximo equivalente al que se abona por el Convenio de Productividad de la Dirección de Rentas y la actualización de la recomposición salarial, otorgada por el Departamento Ejecutivo, de acuerdo a la clausula TERCERA y CUARTA del Convenio de Productividad, Decreto N° 218/2021.
Que mediante Decreto N° 399/24 se dispuso la actualización de la escala salarial del 22%, a partir del mes de Marzo de 2024.
Que la Dirección de Catastro toma la intervención de su competencia, realizando el cálculo del incremento del importe máximo.-
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° incisos II) y u) de la Ley 10.027.- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Autorizase a la Dirección de Catastro a actualizar el importe máximo en función de la actualización del aumento otorgado por el Departamento Ejecutivo según Decreto N° 399/2024 del 21/03/2024, por un monto que rige a partir del mes de Marzo del año 2024 que será de $ 215.116,54 (pesos doscientos quince mil ciento dieciséis con 54/100) de acuerdo a los considerandos de la presente.
 
ARTICULO 2°.- Tome nota la Dirección de Liquidación y de Haberes, Dirección de Catastro y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL'OLIO
Secretario de Gobierno
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda.
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DECRETO N° 493/2.024
Concordia, 11 de abril de 2024
 
VISTO la nota a fs. 1 del Expediente Interno N° 219 Letra "S" /2024 de Subsecretaria de Desarrollo Social perteneciente a la Secretaria de Desarrollo Humano, solicitando un llamado a Licitación Pública para la adquisición de ARTICULOS DE LIMPIEZA y,
 
CONSIDERANDO:
Que el costo total aproximado de lo solicitado asciende a la suma de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 90/100 CENTAVOS ($ 33.318.634,90), por lo que, de acuerdo con las disposiciones vigentes, corresponde efectuar un Llamado a Licitación Pública.
Que ha tomado intervención la Dirección de Planificación y Presupuesto.
Que la Dirección de Compras y Suministros acompaña proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Planilla Nomencladora.
Que la Sub Secretaria de Hacienda toma intervención de su competencia autorizando el presente gasto. 
Que la apertura de la licitación deberá realizarse en la Dirección de Compras y Suministros, la que deberá proponer fecha de apertura disponible.
Que la Presente Medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la ley provincial N° 10027 - Régimen Municipal - modificada por la Ley Provincial N° 10082; según T.O. Decreto 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Aprobar la documentación del Pliego de bases y condiciones Particulares y Planilla Nomencladora del Expediente Interno N° 219 Letra "S"/2024, elaborada por la Dirección de Compra y Suministros para el Llamado a Licitación Publica N° 15/2024 para la ADQUISICIÓN DE ARTICULOS DE LIMPIEZA.
 
ARTICULO 2°.- Disponer que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de la propuesta, según lo establecido en el art. 25° de la Ordenanza N° 34.698 Contrataciones del Estado Municipal y Considerando procedente.
 
ARTICULO 3°.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas presupuestarias: 0.430.01.01.02.20.03 - DESARROLLO SOCIAL
0.4.30.01.01.02.20.11 - DESARROLLO SOCIAL
 
ARTICULO 4°.- Disponer que el pago se efectué de acuerdo a lo establecido en el Articulo N° 11 del Pliego de Bases y condiciones Particulares. -
 
ARTICULO 5°.- Conformar la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 7° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado procedentemente.
 
ARTICULO 6°.- Realizar las publicaciones de Ley.
 
ARTICULO 7°.- Girar a la dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
 
ARTICULO 8°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIÁN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
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Concordia, 3 de Abril de 2024
 
N° 9.949
 
VISTO:
La nota enviada por el Consejo de Ciencias Económicas, sobre Declarar de Interés Municipal la 1er. Charla del Ciclo de “Charlas de Actualidad”; y;
 
CONSIDERANDO:
Que el 19 de abril se desarrollará en Concordia la 1er. Charla del Ciclo.
Que en representación del Consejo las Contadoras Silvina Moretti y Nora Vargas solicitan al Honorable Concejo Deliberante se declare de Interés Municipal el evento.
Que este evento, de carácter abierto a la comunidad, contará con la destacada presencia del Economista Gustavo Lazzari como disertante principal.
Que la temática de esta Primera Charla, titulada “ARGENTINA PERSPECTIVAS: Plan, ajuste, reforma y qué esperar del cambio en la Argentina”, reviste gran importancia para los profesionales de toda la provincia, así como para los miembros de diversas instituciones que han sido invitadas, y para la comunidad en general. 
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Municipal, la Primera Charla del ciclo de Charlas de Actualidad, organizada por la Delegación Concordia del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos, denominada “ARGENTINA PERSPECTIVAS”, evento a realizarse el día 19 de Abril del corriente año en el Centro de Convenciones de Concordia.
 
ARTÍCULO 2º.- Otórguese un Diploma a la Delegación Concordia del Consejo de Ciencias Económicas.
 
ARTÍCULO 3°.- Entréguese copia de la presente Resolución a la Delegación Concordia del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas.
 
ARTÍCULO 4º.- Entréguese un certificado del dictado de la Charla al Economista Gustavo Lazzari por el dicto de la misma.
 
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 27 de Marzo de 2024.
 
LIC. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 8 de abril de 2024
 
RESOLUCION N° 38.271
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda.
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Concordia, 4 de Abril de 2024.
 
N° 9.958  

VISTO:
La crítica situación económico-financiera del país que ha obligado al Gobierno Nacional, Provinciales y Municipales a limitar sus gastos tendientes al equilibrio de sus cuentas públicas y;
 
CONSIDERANDO:
Que la recaudación, a nivel municipal, ha disminuido en forma exponencial ponderando la severa crisis económica que afecta a la población en general merituando los altos índices de inflación existentes en nuestro país;
Que los niveles de pobreza han crecido extremadamente en estos últimos años, agravados por una profunda parálisis comercial y productiva;
Que el Departamento Ejecutivo Municipal desde el inicio de gestión viene tratando de enfrentar estas condiciones con medidas de contención y austeridad del gasto público;
Que por lo expuesto se requiere adoptar mayores medidas que permitan garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales, el pago de los haberes al personal municipal y el cumplimiento de los compromisos asumidos con los proveedores;
Que, sin perjuicio de que en el Municipio de Concordia se han tomado medidas de racionalización en este tipo de gastos y considerando que en el Honorable Concejo Deliberante existe una Ordenanza referida a la reestructuración de la orgánica en relación a los cargos políticos, así como también la declaración de la Emergencia Administrativa y Financiera;
Que se debe tener en cuenta que a la sociedad se le requiere un esfuerzo solidario a favor de los sectores más vulnerables, del que los funcionarios políticos no pueden ni deben ser ajenos;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027, modificada por la Ley N° 10.082- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO 1°.- Adherir en todos sus términos al Decreto N° 408/2024 del Departamento Ejecutivo Municipal.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 4 de Abril de 2024.
 
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 8 de abril de 2024
 
RESOLUCION N° 38.272
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete.
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Concordia, 4 de Abril de 2024.
 
N° 9.942
 
VISTO:
Que en el año 2024 la Asociación Patriótica Damas Patricias Argentinas de Concordia, cumple sus 80 años de existencia ininterrumpida en  nuestra ciudad, y;
 
CONSIDERANDO:
Que esta Asociación, que encuentra sus raíces en los albores de la Patria, en el año 1812 con el firme propósito de contribuir al esfuerzo libertador de la Nación. En aquel entonces, 14 mujeres comprometidas, las cuales se unieron para apoyar al incipiente Estado argentino en una situación económica comprometida, brindando recursos para armar al Ejército Libertador, que luchaba por mantener la independencia nacional;
Que la Asociación Damas Patricias de Concordia funciona de manera ininterrumpida en nuestra Ciudad desde 1944 cumpliéndose en el año 2024 los 80 años al servicio de los símbolos Patrios y engrandecer a la Patria, premiando el Mejor promedio en Historia, como la entrega de Banderas de flameo y ceremonias;
Que en este aniversario, rendimos homenaje a todas las mujeres que, a lo largo de las décadas, han dedicado su tiempo, recursos y energía a esta noble causa. Su legado perdurará como un ejemplo de servicio desinteresado y amor por la Patria;
Que Damas Patricias Argentinas es una institución patriota cuyo objetivo es promover y difundir los valores de nuestra Nación honrando la memoria de nuestros próceres y símbolos nacionales;
Que las Damas que se suscribieron fueron: Tomasa de la Quintana, María de los Remedios de Escalada, María de las Nieves de Escalada, María Eugenia de Escalada de Demaría, María de la Quintana, María Sánchez de Thompson, Carmen de la Quintanilla de Alvear, Ramona Esquivel y Aldao, Petrona Bernardina Cordero, Rufina de Orma, Isabel Calvimontes de Agrelo, Magdalena de Castro de Herrero, Ana García de Zúñiga y María de la Encarnación Andonaégui de Valdepares;
Que las mujeres demostraron que la mujer no debía desempeñar un rol pasivo en la causa Libertadora. Inspiraron a otras a colaborar de diversas maneras, como realizando labores de costura, cediendo a sus hijos para unirse al ejército y, en algunos casos, sacrificando sus vidas en las acciones libertadoras. Por ejemplo, Martina Silva de Gurruchaga, una salteña que preparó y equipó, asumiendo los costos, a toda una división del ejército de Manuel Belgrano en la víspera de la batalla de Salta;
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION

ARTÍCULO  1º.-. Declarar de Interés Municipal, el 80° Aniversario de la Filial Concordia de Damas Patricias Argentinas y los eventos conmemorativos.
 
ARTÍCULO 2° - Acompañar diferentes acciones en escuelas de la ciudad.
 
ARTÍCULO 3°- Otórguese un diploma a la Filial Damas Patricias Concordia.
 
ARTÍCULO 4°- Entréguese copia de la presente Resolución diploma a la Filial Damas Patricias Concordia.
 
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”, 4 de Abril de 2024.
 
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 9 de abril de 2024
 
RESOLUCION N° 38.276
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIÁN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.