Boletín Oficial N° 3358 - Concordia, 10 de abril de 2024

SUMARIO
 
 
Las siguientes Ordenanzas, Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Ordenanzas: 38.261, 38.262 y 38.263.- Decretos: 213/2024, 456/2024 y 457/2024.- Resoluciones: 38.264 y 38.265.-
 
 
Concordia, 15 de Marzo de 2024
 
Expte.N°27.924 SC.
 
PROYECTO DE ORDENANZA MODIFICANDO ORDENANZA TRIBUTARIA 2024 N° 38.225.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 74º de la Ordenanza Nº38.225 “Ordenanza Tributaria 2024” que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 74º.- Gozarán de un descuento de hasta un 40% en la TSS  establecidas   en el Título I, Capítulo II, Artículo 7° de la presente ordenanza, aquellos contribuyentes jubilados, cuyos haberes no superen los tres salarios mínimos, previo análisis socioeconómico.
Gozarán de un descuento del 15% en la TSS establecidas en el Título I, Capítulo II, Artículo 7° de la presente ordenanza los contribuyentes de la Zona I, en los períodos 3, 4, 5 y 6 del 2024.
Gozarán de un descuento del 5% en la TSS establecidas en el Título I, Capítulo II, Artículo 7° de la presente ordenanza los contribuyentes de las Zonas II, III y IV en los períodos 3, 4, 5 y 6 del 2024.
Gozarán de un descuento del 5% en el pago de las Tasas por Servicios Sanitarios, establecidas en el título I – Capitulo II de la presente, todos los contribuyentes que adhieran al pago por el sistema de debito automático y homebanking.”
 
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 14 de Marzo de 2024.
 
LIC. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 3 de abril de 2024
 
ORDENANZA N° 38.261
 
Téngase por ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. JAVIER DEL CERRO
Interventor Edos.
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Concordia, 21 de Marzo de 2024
 
Expte. N° 27.876.-DE
 
ORDENANZA SOBRE RATIFICACION DECRETO N° 1344 DE FECHA 2/10/23 SOBRE ACEPTACION DE DONACION INMUEBLE A FAVOR DEL MUNICIPIO.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos del Decreto N° 1.344/2023 de fecha 2 de Octubre 2023 del Departamento Ejecutivo Municipal, dado lo considerado en el mismo.
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON" 21 del Marzo de 2024
 
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 3 de abril de 2024
 
ORDENANZA N° 38.262
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese,  publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretario de Desarrollo Urbano
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Concordia, 21 de Marzo de 2024
 
Exppe. N° 27.872.-DE
 
ORDENANZA SOBRE RATIFICACION DECRETO N° 904.DE FECHA 22/7/22 SOBRE ACEPTACION DE DONACION INMUEBLE A FAVOR DEL MUNICIPIO POR PARTE DEL IAPV.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTÍCULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos del Decreto N° 904/2022 de fecha 22 de Julio 2022 del Departamento Ejecutivo Municipal, dado lo considerado en el mismo.
 
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON" 21 de Marzo de 2024
 
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 3 de abril de 2024
 
ORDENANZA N° 38.263
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese,  publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. MARIA ALEJANDRA BRUNO
Presidente In.V.y.T.M
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DECRETO N° 213/2.024
Concordia, 14 de febrero de 2.024
 
VISTO:
Decreto 1279/2023 y Resoluciones N° 7235/2023 y 7236/2023; y,"
 
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1279/2.023 del Departamento Ejecutivo Municipal, fechado el 20 de septiembre del año 2023, se dispuso que las personas allí individualizadas, pasaran a revistar como agentes de planta permanente de la Municipalidad de Concordia, a partir del 01 de Septiembre del año 2023 con la categoría 5 del Escalafón Municipal.-
Que se trató de la designación en planta permanente de cuatro agentes (Funcionarios de la anterior gestión de Gobierno) que, previamente mediante cuestionables Resoluciones N° 7235/2023 y 7236/2023, habían sido incorporados a la planta municipal mediante la modalidad de contratados con aportes por un plazo determinado y con el claro objetivo de justificar su posterior pase a planta permanente sin el cumplimiento acabado de la normativa legal y presumiblemente buscando soslayar la aplicación de la misma.
Que conforme surge de los considerados del Decreto N° 1.279, serían los Sres. Benítez Tadeo Jesús, D"Antonio Claudia, Olivares Matías Nicolás y Scevola Carlos Sebastián.-
Que sin mayores fundamentos, con el mencionado acto se dispuso la incorporación de cuatro agentes más, no contemplados en la norma presupuestaria.
Que no se han realizado concursos, procedimientos de selección o de competencia previa a la designación de dicho personal, señalando simplemente el acto administrativo de designación "Que la intención de esa gestión de Gobierno era proporcionar al Municipio la mano de obra calificada en cada sector, con la finalidad de fortalecer las tareas que se llevan adelante, y de esta manera, brindar un efectivo cumplimiento de los servicios públicos brindados a la ciudad. Que para el logro de este fin se vienen realizando una serie de acciones que implican una mejora en la situación de revista de algunos empleados municipales, como también, la incorporación al plantel municipal de otros que cuentan con idoneidad y especialización laboral. "
Que la Ordenanza N° 36878 establece claramente las condiciones para el ingreso a la planta permanente de la Municipalidad de Concordia habiéndose incumplido con el Decreto y las Resoluciones que aquí se derogan los artículos 1, 2, 4, 5 y 6, haciendo sintéticamente la aclaración de que los agentes irregularmente designados jamás efectuaron un concurso para acceder a planta y mucho menos se capacitaron acorde a la normativa de aplicación.-
Que en el mismo sentido la Ordenanza N° 32637 dispone claramente en su artículo 1° que: "Establécese con carácter de norma permanente, la inhabilitación a los funcionarios políticos por el transcurso de un (1) año inmediato siguiente al cese de la gestión municipal en la que hubieren ejercido el cargo, para el ingreso como agente de planta permanente o equivalente en el ámbito de la Municipalidad de Concordia, quedando excluido el personal de carrera que hubiese cumplido ocasionalmente la función política reteniendo aquél".-
Que estos requerimientos tienen sustento constitucional, en el derecho de todos los habitantes a ser tratados con igualdad, y con igualdad de derecho de acceso a los cargos públicos sin otro requisito que la idoneidad.-
Que el respeto a la igualdad y a la idoneidad para el acceso a los cargos públicos se vería directamente afectados de convalidarse el actuar municipal, ya que la norma constitucional del artículo 16 de la Constitución Nacional establece que: "Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad".-
Que no ha existido ningún procedimiento de selección, y el único fundamento de la decisión fue la mera voluntad de los funcionarios actuantes.-
Que tan clara resulta la violación normativa antedicha que vale la pena resaltar que dichos funcionarios continuaron prestando tareas en tal calidad hasta el mismo fin del mandato ocurrido el día 10/12/2023.-
Que el acto de designación de los funcionarios oportunamente citados y cuyo análisis se efectúa padece de ilegitimidad sustancial, en cuanto disconformidad del acto con la ley, al haber sido designados los agentes vulnerando expresas prohibiciones de la Ordenanza N° 36.878, N° 32.637 y las normativas de la Ordenanza N° 11.275 y la Ley Provincial N° 9755, con claro sustento constitucional.-
Que en tal sentido, siguiendo los criterios y los lineamientos volcados en los antecedentes mencionados, se han detectado la existencia de vicios flagrantes, por violación de las formas sustanciales, afectación del derecho de igualdad de los ciudadanos para el ingreso a la administración pública sin evaluación igualitaria de la idoneidad, vicio en el objeto por apartamiento de las normas aplicables, vicio en la causa y en la finalidad perseguida, vicio de legalidad presupuestaria por no estar previstos presupuestariamente los cargos mencionados, vicio en la motivación de su decisión.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el art. 107, inciso q) y u) de la Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11- Régimen de Municipalidades de Entre Ríos.-
 
Por ello:
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
 
ARTICULO 1°.- Derogar el Decreto N° 1279/2.023 y dejar sin efecto las Resoluciones N° 7235/2023 y N° 7236/2023 y toda otra disposición o norma que se oponga al presente Decreto conforme a los motivos expresados en el considerando precedente.
 
ARTICULO 2°.- Disponer dejar sin efecto, alguno las designaciones en planta permanente Municipal de los Sres. Benítez Tadeo Jesús, Legajo 3611, D"Antonio Claudio, Legajo 9491, Olivares Matías Nicolás, Legajo 3959 y Scevola Carlos Sebastián, Legajo 3919.-
 
ARTICULO 3°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Recursos Humanos y Contaduría Municipal.-
 
ARTICULO 4°.- Notifíquese del presente Decreto y en forma personal a los Agentes mencionados en el artículo 2°, publíquese, regístrese, y oportunamente archívese.
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO MARTIN CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. DELL'OLIO LUCIANO
Secretario de Gobierno y Hacienda
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretario de Desarrollo Urbano
Ing. SEBASTIÁN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
Mg. Ing. Arnaldo Federico Schattenhofer
Secretario de Desarrollo Productivo
Dr. Cristian Iván Federik
Secretario de Desarrollo Institucional Estratégico.
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DECRETO N° 456/2.024
Concordia, 5 de abril de 2024
 
VISTO, el ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA de la obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE SENDAS PEATONALES ELEVADAS EN AVDA. MONSEÑOR RCSCH", suscripta entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA y la Empresa "COINAR S.R.L."; y,
 
CONSIDERANDO:
Que en la Ciudad de Concordia, Departamento Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los veintinueve (29) días del mes de Febrero del año 2024, en la Secretaría de Desarrollo Urbano, de la Municipalidad de Concordia, con la presencia del Ingeniero Sebastián SCEVOLA, en representación de la Municipalidad de Concordia, y por la otra parte, el Ingeniero Eduardo Miguel BEVILACQUA, en su carácter de Representante Técnico de la empresa "COINAR S.R.L.", se procede a firmar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE SENDAS PEATONALES ELEVADAS EN AVDA. MONSEÑOR RCSCH", cuyos antecedentes obran en el Expediente Interno N° 28 Letra "S" del Año 2.023 que corresponde a la Licitación Privada N° 13/23.
Que, en virtud de ello, este Departamento Ejecutivo Municipal considera atinente aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la Obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE SENDAS PEATONALES ELEVADAS EN AVDA. MONSEÑOR RCSCH", suscripta entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y la empresa "COINAR S.R.L.".
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese el ACTA DE RECEPCION DEFINITIVA, de fecha 29 de Febrero del año 2024, correspondiente a la Obra: “PROVISION DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCION DE SENDAS PEATONALES ELEVADAS EN AVDA. MONSEÑOR ROSCH”, cuyos antecedentes obran en el Expediente Interno N° 28 Letra "S" del Año 2.023 que corresponde a la Licitación Privada N° 13/23, efectuadas por el Ingeniero Sebastián SCEVOLA, en representación de la Municipalidad de Concordia, y por la otra parte, el Ingeniero Eduardo Miguel BEVILACQUA, en su carácter de Representante Técnico de la empresa "COINAR S.R.L."
 
ARTICULO 2°.- tome nota la Subsecretaria de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, cumplido, gírese a la Dirección de Compras y Suministros, a sus efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de gobierno y Hacienda; y oportunamente archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALFREDO OSVALDO PÉREZ
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 457/2.024
Concordia, 5 de abril de 2024
 
VISTO el Decreto 428/2024 de fecha 27 de Marzo de 2024 y;
 
CONSIDERANDO:
Que en el Anexo Rectificatorio decreto antes mencionado, por motivo de que al momento de la realización del mismo, no se contaba con el personal actual, no se menciona los nombres de los Agentes Municipales, ESCAYOLA MICAELA ALEJANDRA, Legajo N° 9939, QUEVEDO EDUARDO RAMON, Legajo N° 9706, YEDRO MARIA SOLEDAD, Legajo N° 5745.
Que además por motivo de que un error involuntario, no se menciona el nombre del Agente VILLANUEVA JUAN ANTONIO, Legajo N° 9617.
Que por lo antes mencionado se procede a reemplazar el mismo por el nuevo ANEXO I, que será adjuntado el presente decreto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107°, incisos ñ), q) y u) de la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada por la Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
 
Por ello;
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto el Anexo Rectificatorio del Decreto N° 428/2024 de fecha 27 de Marzo de 2024.
 
ARTICULO 2°.- Apruébese el nuevo Anexo I del presente Decreto, que sustituye al Anexo Rectificatorio del Decreto N° 428/2024 de fecha 27 de Marzo de 2024 y manténgase firme el resto del contenido del mismo.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, gírese a la Dirección de Liquidaciones a sus efectos, y posteriormente archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. DELL'OLIO LUCIANO
Secretario de Gobierno y Hacienda
 
ANEXO I
Orden    Apellido y Nombre D.N.I Legajo
 
1 Alve Carlos Marcelo 23.144.921 3578
2 Siarra, Gerardo Walter 22.404.432 5911
3 Pérez Lescano, Cyntia Andrea L. 32.659.352 6164
4 Balbuena, Gabriel David 28.333.067 9415
5 Gómez, Enrique Alejandro 35.984.579 9419
6 Gallardo, Jorge Enrique 35.372.138 9418
7 Quiroz, Leonardo Ramón 37.111.603 9421
8 Rolón, Cesar Orlando 18.102.983 9422
9 Tarabini Mandarino, Gustavo 37.152.835 9424
10 Tonti, Alejo Ramón 29.766.468 9425
11 Zaldivas, Oscar Marcelo 23.613.301 9426
12 Caffaro, Alexi.s Ariel 30.691.478 9553
13 Sarmiento, Daniel Germán 24.218.594 9423
14 Cabral, Claudio Darío 16.989.284 9416
15 Villanueva, Juan Antonio 35.699.805 9617
16 Escayola, Micaela Alejandra 38.173.004 9939
17 Quevedo, Eduardo Ramón 33.684.357 9706
18 Yedro María Soledad 26.866.559 5475
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. DELL'OLIO LUCIANO
Secretario de Gobierno y Hacienda.
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Concordia, 4 de Abril 2024.
 
N° 9.952
 
VISTO:
La solicitud de la Dra. María Belén Gómez, en su carácter de Tesorera del Instituto de Derecho Procesal Penal y Criminología del CAER Concordia, y;
 
CONSIDERANDO:
Que, la citada letrada interesa se declare de interés municipal el curso sobre “PROCESO PENAL: Nociones elementales”, organizado por la Subcomisión del Instituto de Derecho Penal, Procesal y Criminología del CAER sección Concordia.
Que, dicho curso iniciará el viernes 5 de abril de 2024, culminará el 31 de mayo del corriente y se desarrollará en 5 jornadas los días viernes de 18.30 a 20:30 hs.
Que, el curso estará dirigido a matriculados, miembros del Poder Judicial, del Ministerio de la Acusación y público en general, y contará con el siguiente cronograma:
1) Viernes 05/04. INVESTIGACIÓN PENAL PREPARATORIA. A cargo de PATRICIO COZZI, ABOGADO LITIGANTE (Paraná) y JULIA RIVOIRA, FISCAL (Concordia).
2) Viernes 19/04. PROCEDIMIENTO DE FLAGRANCIA. A cargo de Mario Figueroa, Juez de Garantías, y Joaquín Garaycochea, Abogado Defensor público.
3) Viernes 3/05. REMISIÓN DE CAUSA A JUICIO y EXCLUSIONES PROBATORIAS. A cargo de Jesús Penayo Amaya, Fiscal (Concordia) y José Velázquez, Abogado litigante (Paraná).
4) Viernes 17/05. JUICIO COMÚN. DEBATE. A cargo de Germán Dri, Vocal del Tribunal de Juicios de Concordia y Damián Petenatti, Abogado litigante de Paraná.
5) Viernes 31/05. RECURSOS. A cargo de MARTIN NUÑEZ. Fiscal de Concordia, e IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA. A cargo de PABLO MOYANO ILUNDAIN, Abogado litigante de Buenos Aires.
Que, a las claras este evento reviste singular importancia para la formación jurídica de los integrantes del foro local, lo que redunda en un importante beneficio para toda nuestra comunidad.
Que, en mérito de lo expuesto, luce razonable hacer lugar a lo peticionado, en uso de las facultades que son propias conforme lo dispuesto por la Ley 10.0027,
 
Por ello;       
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTÍCULO  1º.- Declárese de interés educativo y cultural municipal el curso sobre “PROCESO PENAL: Nociones elementales”, organizado por la Subcomisión del Instituto de Derecho Penal, Procesal y Criminología del CAER sección Concordia, que iniciará el viernes 5 de abril de 2024, culminará el 31 de mayo del corriente y se desarrollará en 5 jornadas los días viernes de 18.30 a 20:30 hs.
ARTÍCULO  2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON”,04 de Abril de 2024.
 
LIC. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 5 de abril de 2024
 
RESOLUCION N° 38.264
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. DELL'OLIO LUCIANO
Secretario de Gobierno.
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Concordia, 4 de Abril de 2024
 
N° 9.957
 
VISTO:
La solicitud de Declarar de Interés las actividades del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos; y,
 
CONSIDERANDO:
Que el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos, desde su misma conformación, desarrolla actividades dirigidas a sus matriculados con impacto social.
Que este año, el CCPIER realizará a partir del mes de marzo, el ciclo de capacitación “Redacción de Contratos: Lenguaje claro”, a cargo del abogado especialista Mariano Esper.
Que por otra parte, el 26 de abril llevará a cabo en Paraná, la jornada “Consolidar la profesión”, dirigido a los Corredores Públicos Inmobiliarios y la sociedad en general.
Que cabe destacar que entre los invitados especiales se encuentra el Gobernador Rogelio Frigerio y el reconocido filósofo Santiago Kovadloff quien tendrá a cargo la conferencia “Universitarios, ¿para qué?”.
Que el año pasado, la Legislatura Provincial sancionó la modificación de la ley por la cual, en Entre Ríos, para ejercer el corretaje inmobiliario es necesario tener título universitario específico de grado.
Que la Jornada “Consolidar la profesión” es un encuentro que dará continuidad al compromiso asumido en pos de la jerarquerización de la profesión y optimización en servicio de Corredores Inmobiliarios.
Que habla sobre los logros recientes de la institución que está por cumplir 22 años. 
Que menciona la sanción de una ley provincial que establece requisitos para ejercer el corretaje inmobiliario, el desarrollo de un plan anual de capacitación y la realización del II Congreso Internacional de Bienes Raíces en la ciudad de Concordia durante el año 2023.
Que esta jornada no solo busca valorar la identidad, historia y evolución de la profesión, sino que también está dirigida a los corredores públicos inmobiliarios y a la sociedad en general. El objetivo es informar a la sociedad para que pueda comprender mejor la profesión y hacer un mejor uso de ella.
Que cuenta con el siguiente cronograma:
  • 10.30 hs. APERTURA (Acompañamiento y palabras del Gobernador de Entre Ríos, Rogelio Frigerio);
  • 11.00 hs. Historia de la construcción de identidad profesional
    • Expositores: José María Armándola / Fernando Huck /Armando Pepe
    • Coordina: Alejandra Sánchez
  • 12.00 hs. Los nuevos desafíos que impone el contexto Marketing - Firma Digital - Redes Sociales – Tecnología;
  • 12.30 hs. De idóneos a profesionales universitarios;
  • Expositores: Gabriela Ortiz (Lic., en Corretaje en la Universidad Pública)/ Paula Armándola (Requisitos de Matriculación)/Julio Farha (Ética Profesional);
  • 13.20 hs. LUNCH;
  • 14.30 hs. Nuevas maneras de trabajar. Trabajo colaborativo;
    • Expositora: Iara Defazy
  • 15:00 hs. Habilidades Interpersonales. Expositor: Carina Cangeri;
  • 15:30 Break;
  • 15.30 hs. (se extiende hasta el cierre). Espacio Rosental;
  • 16:30 Universitarios. ¿Para qué?
  • Cierre
 
Que el ciclo de capacitación “Redacción de contratos. Lenguaje claro” comenzará con una clase inicial, común, obligatoria por Zoom y continuará con encuentros presenciales en distintas ciudades de la provincia.
Que el lenguaje claro implica comunicar de una forma directa y sencilla, con una estructura gramatical simple.
Que estará a cargo del abogado Mariano Esper y el desarrollo está programado en seis encuentros en total, el primero tendrá lugar el 21 de marzo, de 16 a 20 hs.
Que la Guía SAIJ remonta los antecedentes del lenguaje claro a los años setenta cuando comienza en varios países un proceso de simplificación y modernización del lenguaje jurídico para facilitar su comprensión, simplificación y modernización del lenguaje para facilitar su comprensión.
Que el interés del Colegio, nos ha incentivado a compartir la inquietud en la Legislatura de Entre Ríos para que se haga extensivo a todos los documentos públicos la redacción con lenguaje claro.
Que se aporta como modelo la legislación vigente en otras jurisdicciones y actualmente, un proyecto de ley con ese contenido ya ha sido presentado en la Cámara de Diputados-Expediente 26807.
Que su CRONOGRAMA contará con los siguientes temas.
  1. Tema: INTRODUCCIÓN (Por Zoom)
21 de marzo, 16 a 20 hs.
  1. Tema: CONTRATO DE ALQUILER
Ciudad: Paraná
19 de abril, 16 a 20 hs.
  1. Tema: CONTRATO DE ALQUILER
Ciudad: Concepción del Uruguay 23 de mayo, 16 a 20 hs.
  1. Tema: BOLETO COMPRAVENTA
Ciudad: Victoria
28 de junio, 16 a 20 hs.
  1. Tema: AUTORIZACIÓN DE VENTA
Ciudad: Villaguay
30 de agosto, 16 a 20 hs.
  1. Tema: RESERVA Y SEÑA
Ciudad: Paraná
19 de septiembre, 16 a 20 hs.
 
Por ello:
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
 
ARTICULO 1º.- Declarar de INTERES MUNICIPAL, la Jornada “Consolidar la Profesión” y la Capacitación “Redacción de Contratos. Lenguaje claro, organizado por el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos. Eventos a realizarse los días 21 de marzo y 26 de abril.
 
ARTICULO 2°.- Otórguese un diploma al Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos.
 
ARRICULO 3º.- Entréguese copia de la presente Resolución al Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos.
 
ARTICULO 4º.- Entréguese un certificado del dictado de la charla al abogado Mariano Esper.
 
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 4 de Abril de 2024
 
LIC. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 5 de abril de 2024
 
RESOLUCION N° 38.265
 
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. DELL'OLIO LUCIANO
Secretario de Gobierno.