Boletín Oficial N° 3344 - Concordia, 15 de marzo de 2024

SUMARIO
 

Los siguientes Decretos, Resolución EDOS y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Decretos: 196/2.024, 369/2.024 y 370/2.024.- Resolución EDOS: 159/2.024.-
 
 
DECRETO N°196/2.024.
Concordia, 08 de Febrero de 2.024
 
VISTO que mediante Ordenanza N°38.237 se promulgó la Modificación del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico 2.024 y,
 
CONSIDERANDO:
Que este Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de una correcta registración de la información presupuestaria debe efectuar la distribución administrativa pertinente de los créditos presupuestarios aprobados en la Ordenanza citada en el Visto.
Que la Dirección de Planificación y Presupuesto y la Secretaría de Gobierno y Hacienda han tomado conocimiento y la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dispónese la distribución de las partidas de la Modificación del Presupuesto de Gastos de la Administración Pública Municipal para el Ejercicio Económico 2.024, establecidas en el Articulo 1° de la Ordenanza N°38.237, de acuerdo a las planillas analíticas que forman parte integrante del presente Decreto.
 
ARTICULO 2°.- Remítase copia del presente al Honorable Concejo Deliberante a los fines de su conocimiento y demás efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archivase.-
 
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda
a/c Presidencia Municipal
Arq. EDUARDO MARTÍN CAMINAL
Jefe de Gabinete
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DECRETO N° 369/2.024
Concordia, 13 de marzo de 2024
 
VISTO, el contenido del Expediente Interno N° 97 Letra "S"/2024 y;
 
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 329/2024, de fecha 01 de marzo de 2024, obrante a fs. 28, se aprueba la documentación para la Licitación Privada N° 04/2024, para la "ADQUISICIÓN DE TOLDOS Y FALDONES DE LONA PARA MONTAJE DE FERIAS - 2° LLAMADO".
Que a fs, 31 a 34, constan actuaciones de la Dirección de Compras y Suministros referidas a entregas y emisiones de Pliegos de Bases y Condiciones Particulares efectuadas para la Licitación antes mencionada.
Que a fs. 35 obra Acta de Apertura del 2° llamado de fecha 07 de Marzo de 2024, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros precedió a la apertura de la mencionada Licitación, informando que se presentó un único oferente:
• MARIA PAULA BORDET: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 ($15.944.755,00.-).
Que a fs. 36 a 46 se observa la documentación entregada por proveedor mencionado.
Que a fs. 47 obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 07 de marzo de 2024, donde analizando el aspecto formal se verifica que, la firma MARIA PAULA BORDET cumple con la totalidad de la Documentación solicitada en el Artículo 5° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que de acuerdo al informe del área técnica, se analiza la oferta en su aspecto económico, se verifica que lo cotizado resulta ser un 9,17% superior a la imputación preventiva, la Comisión Evaluadora aconseja que se adjudique a la firma "MARIA PAULA BORDET", por un importe total de PESOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 15.944.755,00.-), por ser la única oferta admisible, se observa un 9,17% superior, ajustándose sus precios a los del mercado.
Que obra intervención de la Dirección de Planificación y Presupuesto y de la Secretaría de Gobierno y Hacienda.
Que por lo expuesto, es decisión de este Departamento Ejecutivo, adjudicar la presente licitación a la firma "MARIA PAULA BORDET", por un importe total de PESOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 ($15.944.755,00.-)., según lo detallado en Anexo del presente Decreto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en Expediente Interno N° 97 Letra "S"/2024, correspondiente a la Licitación Privada N° 04/2024, para la "ADQUISICIÓN DE TOLDOS Y FALDONES DE LONA PARA MONTAJE DE FERIAS - 2° LLAMADO", conforme a lo dispuesto en el Decreto N° 329/2024 de fecha 01 de Marzo de 2024, obrante a fs. 28, del Expediente antes mencionado y según lo expresado precedentemente.
 
ARTICULO 2°.- Adjudíquese la Licitación Privada N° 04/2024, "ADQUISICIÓN DE TOLDOS Y FALDONE DE LONA PARA MONTAJE DE FERIAS", a la firma MARIA PAULA BORDET, por un importe total de PESOS QUINCE MILLONES NOVECIENTO CUARENTA y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 15.944.755,00.-), según lo detallado en planilla adjunta al presente como Anexo I y conforme a lo descripto en el presente Decreto.
 
ARTICULO 3°.- Impútese el gasto en la Partida Presupuestaria:
0.5.90.01.01.02.20.11       DESARROLLO HUMANO
 
ARTICULO 4°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 10° NOTIFICACION DE LA ORDEN DE COMPRA del Pliego Único de Bases y Condiciones Particulares para la Contratación de lo licitado y demás obligaciones establecidas.
 
ARTICULO 5°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.
 
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.-
 
Arq. EDUARDO MARTÍN CAMINAL
Jefe de Gabinete
a/c Presidencia Municipal
Ing. SEBASTIÁN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
 
ANEXO I
PLANILLA NOMENCLADORA
 
Item Descripción Can P.Unit P.Total
1 Toldo de lona camionera antidesgarre. Medida 4x2mts. Con cenefa frontal de 0.30 m y cenefas laterales de 0.20m 27 $217.800 $5.880.600
2 Toldo de lona camionera antidesgarre. Medida 2x2mts. Con cenefa frontal de 0,30 m y cenefas laterales de 0,20m 8 $108.900 $871.200
3 Faldon de lona camionera antidesgarre. Medida 0,80x6 Mts. Con ojalillos cada 0,20m 27 $136.125 $3.675.375
4 Faldon de lona camionera antidesgarre. Medida 0,80 x 6 Mts. Con ojalillos cada 0,20m 8 $99.825 $798.600
5 Respaldo trasero de lona 2x2m. Con ojalillos cada 0,20m 65 $72.600 $4.719.000
  IMPORTE TOTAL     $15.944.775
 
Arq. EDUARDO MARTÍN CAMINAL
Jefe de Gabinete
a/c Presidencia Municipal
Ing. SEBASTIÁN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
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DECRETO N° 370/2.024
Concordia, 13 marzo de 2024
 
VISTO, la Factura Tipo "B" N° 00002-00001409, de la firma INCAR SOCIEDAD ANÓNIMA con domicilio en Gobernador Cresto N°1758 - Concordia, Entre Ríos, por un importe total de PESOS OCHO MILLONES SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SIETE CON 97/100 ($ 8.067.507,97), obrante a fojas 53 del Expediente N°594 "D"2023; y,
 
CONSIDERANDO:
Que la misma corresponde al Certificado de Obra N°1 (único) de la Ampliación de la Orden de Compra Directa N°300/2021, de la obra "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PUESTA EN VALOR DEL EDIFICIO PARA EL JUZGADO FEDERAL DE CONCORDIA".
Que obra informe de la Contaduría Municipal.
Que la Dirección de Compras y Suministros ha tomado intervención de su competencia.
Que a fojas 75 del presente Expediente, obra el Decreto N°1.681/2.023, de fecha 01/12/2.023.
Que a fojas 81, la Contaduría Municipal toma nueva intervención, informando, a la Dirección de Planificación y Presupuesto, la partida presupuestaria en la que se deberá imputar el presente gasto.
Que, por lo expuesto, la Dirección de Planificación y Presupuesto toma nueva intervención, indicando que dicho gasto se debe imputar en la partida presupuestaria N°2.8.10.04.10.14.96.02 GOBIERNO $8.067.507,97.
Que obra nueva intervención de la Subsecretaría de Hacienda, autorizando el presente gasto.
Que, es decisión de este Departamento Ejecutivo Municipal derogar el Decreto N° 1.681/2.023, de fecha 01/12/2.023, en virtud de los considerandos precedentes; y en consecuencia, aprobar y autorizar el gasto de referencia tramitado en el presente Expediente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.-Deróguese el Decreto N°1.681/2.023 de fecha 01/12/2.023, por las razones invocadas en los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Apruébese el presente gasto y dispónese el pago por la suma total de PESOS OCHO MILLONES SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SIETE CON 97/100 ($ 8.067.507,97), de la Factura Tipo "B" N°00002-00001409, correspondiente al Certificado de Obra N° 1 (único) de la Ampliación de la Orden de Compra Directa N°300/2021, de la obra "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PUESTA EN VALOR DEL EDIFICIO PARA EL JUZGADO FEDERAL DE CONCORDIA"; y declarar dicho importe de legítimo abono a la firma INCAR SOCIEDAD ANÓNIMA, en virtud de lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 3°.- Impútese el presente gasto a la Partida Presupuestaria:
N° 2.8.10.04.10.14.96.02 GOBIERNO $ 8.067.507,97.
 
ARTICULO 4°.- Dispónese que en caso que el proveedor al momento del pago mantenga deuda Tasa Comercial, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Articulo 115° de la ordenanza N° 34.698.
 
ARTICULO 5°.- Gírese a la Contaduría y a la Tesorería, a sus efectos.
 
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno y Hacienda; y oportunamente, archívese.
 
Arq. EDUARDO MARTÍN CAMINAL
Jefe de Gabinete
a/c Presidencia Municipal
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretaria de Desarrollo Urbano
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RESOLUCIÓN EDOS N°159/2.024.-
Concordia, 15 de marzo de 2024.-
 
VISTO:
El expediente N°32 “P”/2024 perteneciente al llamado a Licitación Pública N°02/2024 para la “Adquisición de 15 toneladas de Gas Cloro Licuado en Tubos” y;
 
CONSIDERANDO:
Que en dicho Expediente el Director de Producción solicita la compra de 15.000 kilos de Gas Cloro Licuado en Tubos.
Que la División de Compras y Suministros ha confeccionado el pliego de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicas para la adquisición mencionada en el considerando anterior.
Que dicho gasto ha sido imputado por la División Presupuesto en la partida 20.06.
Que la fecha de apertura de las ofertas fue fijada para el día 08 de abril de 2024, a las 10:00 horas en la Oficina de Compras y Suministros del EDOS.
Que esta intervención ha autorizado el presente gasto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza de Autarquía N°31762 y su Decreto Reglamentario N 1792/23.
 
Por ello,
 
EL INTERVENTOR DEL E.D.O.S.
RESUELVE:
 
ARTICULO 1°.- Dispónese aprobar la documentación correspondiente al llamado a Licitación Pública N°02/2024 para la compra de 15.000 kilos de gas cloro licuado en tubos, y al pliego que como anexo integra la presente y que se identifica como “LICITACIÓN PUBLICA N°02/2024 - "ADQUISICIÓN DE 15 TONELADAS GAS CLORO LICUADO EN TUBOS" - y cuyos antecedentes obran en Expediente N° 32 "P"/2024.
 
ARTICULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de pesos: sesenta y un millones quinientos mil con 00/100 ($ 61.500.000,00).
 
ARTICULO 3°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones particulares.
 
ARTICULO 4°.- Girar a la División de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, y, posteriormente, Regístrese, Notifíquese y oportunamente Archívese.
 
Cr. JAVIER DEL CERRO
Interventor EDOS
 
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 02/2024
 
OBJETO: “ADQUISICION DE 15 TONELADAS GAS CLORO LICUADO EN TUBOS”.
 
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Retirar de la División de Compras y Suministros, Ente Descentralizado Obras Sanitarias, Concordia, Entre Ríos Nº 1300, en días hábiles de 7 a 12 horas. Teléfono: 421-0021 Int 329.
e-mail: compras.edos@gmail.com
 
APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 08 de Abril de 2.024, a las 10:00 horas.
 
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS SESENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS MIL CON
00/100.- ($ 61.500.000,00).
 
VALOR DEL PLIEGO: PESOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS con 00/100 ($ 61.500,00).
 
Div. de Compras y Suministros, 15 de Marzo de 2.024.

EDICTOS.-
 
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. ADRIAN FACUNDO VILLAGRA, D.N.I: N° 31.458.707, Legajo N° 5860, que en los autos caratulados: REF.: COMUNICA INASISTENCIA AGENTE VILLAGRA ADRIAN FACUNDO - LEGAJO N° 5860 se ha dictado el siguiente Decreto N° 122/2024, que en su parte pertinente expresa: Concordia 24 de Enero de 2024 ... VISTO: ... CONSIDERANDO: .... Por ello: EL PRESIDENTE MUNICIPAL DECRETA: ARTICULO 1°.- Apruebese el Sumario Administrativo, dispuesto mediante Decreto N° 1.049/2019 de fecha 02/08/2.019 y procédase a la clausura del mismo. ARTICULO 2°: Disponese aplicar al Agente Municipal ADRIAN FACUNDO VILLAGRA, Legajo N° 5860, Documento Nacional de Identidad N° 31.458.707, la sanción de CESANTIA prevista en el artículo 39° inc. f) de la Ordenanza N° 11275/49 y sus modificatorias a partir del dictado del presente, por encuadrarse su conducta personal en el articulo 16° inc. a) y d) de la misma ordenanza y el artículo 31° inc. a); "Inasistencia injustificada que exceda de quince días hábiles en el año"; habiéndose ausentado a su lugar de trabajo, sin justificación alguna, por un periodo superior a quince (15) días, dado lo considerado precedentemente. ARTICULO 3°.- Notifíquese al Agente Adrian Facundo Villagra, Legajo N° 5860, Documento Nacional de Identidad N° 31.458.707, de lo dispuesto en el Artículo que antecede. ARTICULO 4°.- Comuníquese; publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE - PRESIDENTE MUNICIPAL DE CONCORDIA - ARQ. OSVALDO PEREZ HATOUM - Secretario de Desarrollo Urbano Municipalidad de Concordia.
 
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. OSVALDO PEREZ HATOUM
Secretario de Desarrollo Urbano
Concordia, 12 de Marzo del 2.024

EDICTOS.-
 
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. MARIO GABRIEL GOMEZ, D.N.I. N° 23.613.186, Legajo N° 5596, que en los autos caratulados: REF.: INF. DEL SERV. PENTENCIARIO RELACIONADO AL AGTE. GOMEZ MARIO GABRIEL -LEGAJO N° 28 "P" 2019 se ha dictado el siguiente Decreto N° 169/24, que en su parte pertinente expresa: Concordia 01 de Febrero de 2024 .... VISTO: ... CONSIDERANDO: .... Por ello: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DECRETA: ARTICULO 1°.- Aplicase al Agente Señor Mario Gabriel Gomez, DNI N° 23.613.186, Legajo 5596 la sanción disciplinaria de CESANTIA por haberse probado con las constancias obrantes en el expediente 28 "P" 2019, que el agente Municipal Mario Gabriel Gomez, DNI N° 23.613.186 es penalmente responsable, según sentencia judicial en los autos caratulados: FERNANDEZ CARLOS ALBERTO, ENRIQUEZ JOSE LUIS, GOMEZ MARIO GABRIEL Y LOPEZ SUSANA MARIA S/INFRACCION LEY 23.737, por lo que la conducta del Agente Gomez Mario Gabriel, D.N.I. N° 23.613.186, Legajo 5596 se encuadra en el incumplimiento de los siguientes artículos de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275: ARTICULO 16°: Son obligaciones del Personal de la Administración Municipal en cualquiera de las categorías: a) La prestación personal adecuada y eficaz del servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes b) ... c) ... d) Observar buena conducta ... y el articulo 32°. Son causas de exoneración: a) Condena Judicial infamante.- b) ... c) ... d).- Las demás faltas graves a los deberes establecidos expresa e implícitamente en el presente que sean consideradas por el Departamento Ejecutivo de común acuerdo con el tribunal de disciplina.- ARTICULO 2°: Notifíquese al Agente Mario Gabriel Gomez, D.N.I. N° 23.613.186, LEGAJO N° 5596, Dese a la Secretaría de Gobierno y Hacienda, a la Dirección de Recursos Humanos, de la Dirección de Liquidaciones y oportunamente archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE - PRESIDENTE MUNICIPAL DE CONCORDIA - DR. LUCIANO DELL OLIO - Secretario de Gobierno y Hacienda Municipalidad de Concordia.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda
Concordia, 12 de Marzo del 2.024.-

EDICTOS
 
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Omar Andrés Narvaez, DNI N° 26.964.221, Legajo N° 5985, que en los autos caratulados: SOL. INF. S/ AG. OMAR ANDRES NARVAEZ - EXPEDIENTE N° 27 "P" 2019), se ha dictado el siguiente Decreto N° 1860/2023, que en su parte pertinente expresa: Concordia, 29 de Diciembre de 2023: .... VISTO: ... CONSIDERANDO: ... POR ELLO: EL PRESIDENTE MUNICIPAL DECRETA: ARTICULO 1°).- Aplicase al Agente Señor Omar Andrés Narvaez, DNI N° 26.964.221, Legajo N° 5985, la sanción disciplinaria de EXONERACION, por haberse probado con las constancias obrantes en los Expedientes N° 27 "P" 2019, 1053 "D" 2019 y 1684 "D" 2019, que el Agente Municipal Omar Andrés Narvaez, DNI 26.964.221, es penal mente responsable, según sentencia judicial, en los asuntos caratulados: NARVAEZ OMAR ANDRES S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, por lo que la conducta del Agente Señor Narvaez Omar Andrés, D.N.I. N° 26.964.221, Legajo N° 5985, se encuadra en el incumplimiento de los siguientes artículos de la ordenanza de Escalafón N° 11.275: ARTICULO 16°: Son obligaciones del personal de la Administración Municipal en cualquiera de las categorías: a) La prestación personal adecuada y eficaz del servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes b) ... c) ... d) Observar buena conducta ... " y el artículo 32°.- Son causas de exoneración: a) Condena Judicial infamante.- b) - ... - c).- … d).- Las demás faltas graves a los deberes establecidos expresa e implícitamente en el presente que sean consideradas por el Departamento Ejecutivo de común acuerdo con el Tribunal de Disciplina.- ARTICULO 2°: Notifíquese al Agente Omar Andrés Narvaez, D.N.I. N° 26.964.221, Legajo N° 5985; dese a la Secretaria de Gobierno y Hacienda; a la Dirección de Recursos Humanos; de la Dirección de Liquidaciones y oportunamente archívese.-. Fdo. Dr. Francisco Azcue - Presidente Municipal de Concordia y Dr. Luciano Dell´Olio, Secretario de Gobierno y Hacienda Municipalidad de Concordia.-
 
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
DR. LUCIANO DELL OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda
Concordia, 12 de Marzo del 2.024.-