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SUMARIO
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 273/2.026, 287/2.026, 288/2.026, 289/2.026, 293/2.026, 295/2.026, 300/2.026, 302/2.026 y 306/2.026.-
DECRETO N° 273/2.026Concordia, 6 de abril de 2.026
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente interno N° 3769 “D”/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1052/2025 de fecha 04 de Septiembre de 2025, el Departamento Ejecutivo Municipal dispuso la Instrucción de un Sumario Administrativo, previsto en la Ordenanza Escalafón Nº 11275/49 y sus modificatorias, al Agente Mensual SERGIO ANIBAL ALLASINA, Legajo N° 4845, D.N.I. N° 21.697.866.
Que la conducta del citado Agente “prima facie” podría quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en el Artículo 16º inciso d) y 31º incisos c), f), h) e i) de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49, y en merito a las atribuciones concedidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 40º del ordenamiento legal citado precedentemente. Designando a tal efecto como Instructora Sumariante a la Dra. Gisela Araceli Trentín, de la División Sumarios de la Subsecretaría Legal y Técnica – Secretaría de Gobierno.
Que a fojas 28 y 28 vuelta, obra Avocamiento de la Instructora Sumariante.
Que a fojas 30 y 30 vuelta, obra ratificación de Denuncia de la Jefa del Departamento Administrativo de la Dirección de Recursos Humanos, Sra. Gisela Grisel Fernández.
Que a fojas 36, obra Acta de Designación de Abogado nombrando para su defensa en el presente Sumario al Defensor Técnico, Dr. Guillermo Sebastián Díaz, M.P. Nº 10710, T I, Fº 290, con domicilio en calle San Martin Nº 30. Local Nº 25 de la Ciudad de Concordia Entre Ríos, quien acepta el cargo conferido y se procede a notificarlo de lo dispuesto mediante Decreto 1.052/2025 de fecha 04/09/2025.
Que a fojas 37 y 37 vuelta, obra Acta de Declaración Indagatoria del Agente Mensual SERGIO ANIBAL ALLASINA, Legajo N° 4845, D.N.I. N° 21.697.866; quien se abstiene de declarar.
Que a fojas 38, obra Dictamen de Apertura a Prueba, desde fecha de su notificación y durante diez (10) días hábiles posteriores.
Que a fojas 39 y 40, mediante Cédula de Notificación, se comunica de la Apertura a Prueba al Dr. Sebastián Díaz, M.P. Nº 10710, T I, Fº 290 y al Agente Sumariado SERGIO ANIBAL ALLASINA, Legajo N° 4845, D.N.I. N° 21.697.866.
Que a fojas 41, obra dictamen de Clausura de la Etapa Probatoria y Actuaciones para Alegar.
Que a fojas 42 y 43 respectivamente, mediante Cédula de Notificación, donde se informa al Dr. Sebastián Díaz, M.P. Nº 10710, T I, Fº 290 y al Agente Sumariado SERGIO ANIBAL ALLASINA, Legajo N° 4845, D.N.I. N° 21.697.866, sobre la Clausura de la Etapa Probatoria y Actuaciones para Alegar.
Que a fojas 44 y 44 vuelta, obran alegatos del Agente Sumariado.
Que de fojas 45 a 47, la División Sumarios, considera y concluye: “…conforme las probanzas producidas en las presentes actuaciones, y atento a los hechos que se le atribuyen al Sumariado Agente Allasina Francisco Aníbal, D.N.I. Nº 21.697.866, Legajo Nº 4845, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, Secretaria de Desarrollo Urbano, CUESTION DE HECHO: incumpliendo las obligaciones establecidas por la Ordenanza de Escalafón Municipal, según lo dispuesto en la Sentencia Numero 17/2022 de fecha 15 de Junio de 2022, dictada por el Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay en el marco de la causa Nº FPA 12204/2018 caratulada: “Allasina, Francisco Aníbal S/ Tenencia simple de estupefacientes”,
elevada por el Juzgado Federal de Primera Instancia de esa ciudad, donde surge la unificación de pena impuesta al precitado agente y se lo condene a la pena única de nueve (9) años y un (1) mes de prisión y accesorias legales, por considerarlo autor material penalmente responsable de los delitos de Organización y Financiamiento de actividades de Tráfico de estupefacientes previsto en el art. 7 de la Ley 23.737 y el delito de Tenencia de Estupefacientes previsto en el art. 14 primera parte de la Ley 23.737 –dos hechos– ambos en concurso real– (arts. 55 y 58 del C.P. arts. 530 y 531 C.P.P.N.); conforme a los informes obrantes, los que se dieron por reproducidos en el considerando del presente. CUESTION DE DERECHO: encontrándose su conducta incursa en el incumplimiento de la Ordenanza Nº 11.275/49, Artículo 16 incisos a)… b)… c)… d): Observar buena conducta”. Asimismo la mencionada Ordenanza contempla artículos 31º inciso c), f) y h); Artículo 32º incisos a) y d); Articulo 39º incisos f) de la Ordenanza Nº11.275/49. El Artículo 31º de la Ordenanza Nº 11.275/49 expresa textualmente: “… Son causas para la separación del empleo: c)- Falta de dignidad en su vida pública o privada, rectitud y competencia en el desempeño de sus funciones.- f)- Condena Judicial… h)- Las demás faltas graves a los deberes establecidos expresa e implícitamente en el presente que sean consideradas por el Departamento Ejecutivo. El Artículo 39 expresa: “Sin perjuicio de la responsabilidad emergente de las leyes comunes, la violación de sus deberes hará pasible al agente de las siguientes sanciones disciplinarias: a)… b)… c)… d)… e)… f)- Cesantía…”. Atento a lo expuesto, se aconseja aplicar al Agente ALLASINA SERGIO ANIBAL. Documento Nacional de Identidad Nº 21.697.866, legajo Nº 4845, la sanción de CESANTÍA…
2.- Disponer sin más trámite la clausura del presente Sumario Administrativo, por lo que procedo a separarme del presente procedimiento…”.
Que a fojas 49, obra Dictamen Nº 422/26 de fecha 13 de Marzo de 2026, de la Dirección de Asuntos Jurídicos, quien aconseja: “…el informe final de la Instructora Sumariante de donde surge que la conducta del agente ALLASINA, Sergio Aníbal, DNI Nº 21.697.866, Legajo Nº4845, se encuentra encuadrada en la Ordenanza de Escalafón Municipal Nº11.275/49 arts. 16º inc. a)…b)… c)… y d) Observar buena conducta.-; 31 inc. c)… f)… y h)…; 32º inc. a) Condena Judicial Infamante.- y el articulo 39º inc. f) Cesantía-; esta Dirección de Asuntos Jurídicos aconseja dar formal aprobación a las actuaciones, expedir el Acto Administrativo pertinente por la recomendación formulada por la Dra. Gisela Araceli Trentin.”.
Que de fojas 50 a 51, el Tribunal de Disciplina, considera: “…que atento a lo normado en el artículo 16º de la Ordenanza Nº 11.275/49 que dice: “Son obligaciones del personal de la Administración Municipal en cualquiera de las categorías: … d) Observar buena conducta…”, corresponde encuadrar el accionar del agente ya filiado dentro de las previsiones establecidas en el artículo 31º de la referida Ordenanza que expresa textualmente: “Son causas para la separación del empleo… c) Falta de dignidad en su vida pública y privada, rectitud y competencia en le desempeño de sus funciones… f) Condena judicial,… h) Las demás faltas graves que por su naturaleza sean consideradas suficientes por el Departamento Ejecutivo y el Tribunal de Disciplina”; y en consecuencia se conseja aplicar al Agente Municipal Allasina Sergio Aníbal Fráncico DNI Nº 21.697.866, Legajo Nº4845, la sanción disciplinaria de CESANTIA prevista en el articulo 39º inciso f) de la Ordenanza de Escalafón Municipal, todo ello en base a los argumentos de hecho y de derecho obrantes en el presente Sumario Administrativo.”.
Que a fojas 52, obra intervención del Subsecretario Legal y Técnico de la Municipalidad de Concordia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébese el Sumario Administrativo, dispuesto mediante Decreto Nº 1052/2025 de fecha 04 de Septiembre de 2025 y procédase a la clausura del mismo.
ARTICULO 2º.- Dispónese aplicar al Agente Mensual, SERGIO ANIBAL ALLASINA, Legajo N° 4845, D.N.I. N° 21.697.866, la sanción de CESANTIA, prevista en el artículo 39° inciso f) de la Ordenanza de Escalafón N°11.275/49 y sus modificatorias, a partir del dictado del presente, por encuadrarse su conducta personal en los Artículos 16° inciso d) y 31º incisos c), f) y h) de la misma Ordenanza.
ARTICULO 3º.- Notifíquese al Agente ya filiado en el artículo que antecede, y a su Defensor Dr. Guillermo Sebastián Díaz, M.P. Nº 10710, T I, Fº 290, con domicilio en calle San Martin Nº 30. Local Nº 25 de la Ciudad de Concordia Entre Ríos, de lo dispuesto mediante el presente Acto Administrativo.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N° 287/2.026
Concordia, 9 de abril de 2.026
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N°20 Letra “M”/2026, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Mensual RUBEN EDUARDO MEDINA, D.N.I. Nº12.781.173, Legajo N°4975, presenta la renuncia al cargo a partir del 1º de Abril de 2026, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución Nº 000164, de fecha 15/01/2026, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común, al Agente RUBEN EDUARDO MEDINA, D.N.I. Nº12.781.173, Legajo N°4975.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que el mencionado Agente, no tiene embargo activo ni en espera.
Que a fojas 5, la Encargada de Control de Deudas de Créditos Especiales comunica que el Agente en cuestión, no registra, a la fecha, deudas en concepto de Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente RUBEN EDUARDO MEDINA, D.N.I. Nº12.781.173, Legajo N°4975, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Junio de 2007. Revista como personal mensual en la categoría 19º del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, Subsecretaría de Obras Públicas. Dicho agente tendría pendiente 13 (trece) días de la licencia del año 2024, 25 (veinticinco) días de la licencia del año 2025, 6 (seis) días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 1° semestre-26. Además comunica que:
“-El Artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275/49, establece: “En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°.”
Que a fojas 7, mediante Dictamen Nº448/26 de fecha 18/03/26, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: “…esta Dirección de Asuntos Jurídicos, entiende que –salvo mejor criterio-, debe aceptarse la renuncia y correspondería hacer lugar al pago de las licencias pendientes, trece (13) días, del año 2024, veinticinco (25) días del año 2025, seis (6) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 1° semestre-26, y el subsidio por jubilación establecido por el Art.77 bis de la Ordenanza N°11.275.-”.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptese a partir del 1º de Abril de 2026, la renuncia presentada por el Agente Mensual RUBEN EDUARDO MEDINA, D.N.I. Nº12.781.173, Legajo N°4975, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Dispónese el pago de 13 (trece) días de la licencia del año 2024, 25 (veinticinco) días de la licencia del año 2025, 6 (seis) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional primer semestre-26 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº11.275/49, correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20º, a favor del Agente RUBEN EDUARDO MEDINA, D.N.I. Nº12.781.173, Legajo N°4975.
ARTICULO 3º.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------DECRETO N° 288/2.026
Concordia, 9 de abril de 2.026
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N°232 Letra “S”/2026, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Mensual RAMÓN HORACIO SOTELO, D.N.I. Nº16.360.336, Legajo N°2604, presenta la renuncia al cargo a partir del 1º de Abril de 2026, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución Nº000152, de fecha 15/01/2026, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común, al Agente RAMÓN HORACIO SOTELO, D.N.I. Nº16.360.336, Legajo N°2604.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que el mencionado Agente, no tiene embargo activo ni en espera.
Que a fojas 5, la Encargada de Control de Deudas de Créditos Especiales comunica que el Agente en cuestión, no registra, a la fecha, deudas en concepto de Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente RAMÓN HORACIO SOTELO, D.N.I. Nº 16.360.336, Legajo N°2604, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Enero de 1998. Revista como personal mensual en la categoría 24º del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, Dirección de Calles Pavimentadas. Dicho agente tendría pendiente 30 (treinta) días de la licencia del año 2024, 30 (treinta) días de la licencia del año 2025, 8 (ocho) días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 1° semestre-26. Además comunica que:
“-El Artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275/49, establece: “En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°.”
Que a fojas 7, mediante Dictamen Nº447/26 de fecha 18/03/26, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: “…esta Dirección de Asuntos Jurídicos, entiende que –salvo mejor criterio-, debe aceptarse la renuncia y correspondería hacer lugar al pago de las licencias pendientes, treinta (30) días, del año 2024, treinta (30) días del año 2025, ocho (8) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 1° semestre-26, y el subsidio por jubilación establecido por el Art.77 bis de la Ordenanza N°11.275.-”.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptese a partir del 1º de Abril de 2026, la renuncia presentada por el Agente Mensual RAMÓN HORACIO SOTELO, D.N.I. Nº16.360.336, Legajo N°2604, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Dispónese el pago de 30 (treinta) días de la licencia del año 2024, 30 (treinta) días de la licencia del año 2025, 8 (ocho) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional primer semestre-26 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº11.275/49, correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20º, a favor del Agente RAMÓN HORACIO SOTELO, D.N.I. Nº 16.360.336, Legajo N°2604.
ARTICULO 3º.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------DECRETO N° 289/2.026
Concordia, 9 de abril de 2.026
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N°16 Letra “O”/2026, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, la Agente Mensual CLAUDIA SONIA OLIVIERI, D.N.I. Nº18.298.527, Legajo N°2845, presenta la renuncia al cargo a partir del 1º de Abril de 2026, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución Nº000166, de fecha 15/01/2026, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común, a la Agente CLAUDIA SONIA OLIVIERI, D.N.I. Nº18.298.527, Legajo N°2845.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que la mencionada Agente, no tiene embargo activo ni en espera.
Que a fojas 5, la Encargada de Control de Deudas de Créditos Especiales comunica que la Agente en cuestión, no registra, a la fecha, deudas en concepto de Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente CLAUDIA SONIA OLIVIERI, D.N.I. Nº18.298.527, Legajo N°2845, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Junio de 1999. Revista como personal mensual en la categoría 24º del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, Subsecretaría de Obras Públicas. Dicha agente tendría pendiente 13 (trece) días de la licencia del año 2025, 8 (ocho) días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 1° semestre-26. Además comunica que:
“-El Artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275/49, establece: “En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°.”
Que a fojas 7, mediante Dictamen Nº445/26 de fecha 18/03/26, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: “…esta Dirección de Asuntos Jurídicos, entiende que –salvo mejor criterio-, debe aceptarse la renuncia y correspondería hacer lugar al pago de las licencias pendientes, trece (13) días del año 2025, ocho (8) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 1° semestre-26, y el subsidio por jubilación establecido por el Art.77 bis de la Ordenanza N°11.275.-”.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptese a partir del 1º de Abril de 2026, la renuncia presentada por la Agente Mensual CLAUDIA SONIA OLIVIERI, D.N.I. Nº 18.298.527, Legajo N° 2845, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Dispónese el pago de 13 (trece) días de la licencia del año 2025, 8 (ocho) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional primer semestre-26 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº11.275/49, correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20º, a favor de la Agente CLAUDIA SONIA OLIVIERI, D.N.I. Nº18.298.527, Legajo N°2845.
ARTICULO 3º.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------DECRETO Nº 293/2.026
Concordia, 10 de abril de 2.026
VISTO el proceso de Licitación Pública N° 12/2026 “ADQUISICIÓN DE POLLO” la cual se tramita en Expediente de Compra Digital N° 2129/2026 y,
CONSIDERANDO:
Que la licitación antes mencionada, se refiere a la adquisición de pollos para ser entregados a personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica que concurren a la Subsecretaría de Desarrollo Social y a Comedores Barriales no gubernamentales.
Que el presente trámite fue autorizado mediante Decreto N° 213/2026 de fecha 10 de Marzo del 2026.
Que la Dirección de Presupuesto, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, ha autorizado el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Acta de Apertura de fecha 25 de Marzo del 2026 que informa que abierta la primera y única oferta pertenece a la firma ANTONIO EDUARDO PUPO que presenta documental y cotiza lo solicitado a un importe de total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL ($77.095.000,00).
Que en Sistema Digital de Compras obra documental elevada por el oferente.
Que obra Planilla Comparativa con recomendación del área solicitante.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 26 de marzo del 2026, que informa que en acto de apertura se presentó una oferta correspondiente a ANTONIO EDUARDO PUPO cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL ($77.095.000,00). Analizado el aspecto formal de la oferta se verifica que la oferta cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Analizado el aspecto económico de la oferta se observa:
| Ítem | Título | Cantidad | Precio Estimado | Precio Cotizado | % Dif. |
| 1 | Caja De Pollo N° 8 X 20 Kg. Aproximandamente | 850 | $ 91.000,00 | $90.700,00 | -0.33 |
El área solicitante realiza la evaluación de lo cotizado y emite el informe correspondiente en GESCOM. Por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar a ANTONIO EDUARDO PUPO por un importe total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL ($77.095.000,00) y de acuerdo al siguiente detalle:
| Ítem | Descripción | Cantidad | P. Unitario | P. Total |
|
|
Caja de pollo n° 8 x 20 kg. aproximadamente |
|
$ 90.700,00 | $ 77.095.00,00 |
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 118° inciso a) de la Ordenanza N° 34.698 se consultó en el SIPAM y se constata que el oferente no posee deuda exigible en la Tasa Comercial
Que el importe total adjudicado en el presente proceso de contratación asciende al monto total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL ($77.095.000,00).
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso q) y u) de la Ley 10.027.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento de Licitación Pública N° 12/2026 “ADQUISICIÓN DE POLLO” obrante en Expediente de Compra Digital N° 2129/2026 cuyo detalle obra como Anexo del presente, por un importe total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL ($77.095.000,00).
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese la presente contratación a la firma ANTONIO EDUARDO PUPO por un importe total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL ($77.095.000,00).
ARTÍCULO 3°.- Impútese el gasto aprobado en el Artículo 1°, a la partida presupuestaria preventiva N°:
3.4.30.01.03.04.34.01 Desarrollo Social
$ 77.095.000,00
ARTÍCULO 4°.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se de cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 64° de la Ordenanza N° 34.698, PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Se notifique a la firma adjudicada y se proceda, oportunamente, a iniciar los trámites de Devolución del Depósito de Garantía correspondiente.
ARTÍCULO 5°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
ANEXO
- ANTONIO EDUARDO PUPO
| Ítem | Descripción | Cantidad | P. Unitario | P. Total |
|
|
Caja de Pollo N° 8 X 20 Kg. Aproximadamente |
|
$ 90.700,00 | $ 77.095.000,00 |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------DECRETO N° 295/2.026
Concordia, 10 de abril de 2.026
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N°481 Letra “D”/2026, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Mensual RAMÓN GUALBERTO DE LOS SANTOS, D.N.I. Nº92.500.184, Legajo N°4818, presenta la renuncia al cargo a partir del 1º de Abril de 2026, para acogerse a los beneficios de la Jubilación por Edad Avanzada, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que a fojas 2 y 2 vuelta, obra copia de la Resolución Nº000169, de fecha 15/01/2026, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación por Edad Avanzada, al Agente RAMÓN GUALBERTO DE LOS SANTOS, D.N.I. Nº92.500.184, Legajo N°4818.
Que a fojas 4, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que el mencionado Agente, no tiene embargo activo ni en espera.
Que a fojas 5, la Encargada de Control de Deudas de Créditos Especiales comunica que el Agente en cuestión, no registra, a la fecha, deudas en concepto de Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 6, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente RAMÓN GUALBERTO DE LOS SANTOS, D.N.I. Nº92.500.184, Legajo N°4818, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Junio de 2007. Revista como personal mensual en la categoría 17º del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, Dirección de Talleres y Depósitos. Dicho agente tendría pendiente 6 (seis) días de la licencia del año 2024, 25 (veinticinco) días de la licencia del año 2025, 6 (seis) días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 1° semestre-26. Además comunica que:
“-El Artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275/49, establece: “En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°.”
Que a fojas 7, mediante Dictamen Nº449/26 de fecha 18/03/26, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: “…esta Dirección de Asuntos Jurídicos, entiende que –salvo mejor criterio-, debe aceptarse la renuncia y correspondería hacer lugar al pago de las licencias pendientes seis (6) días, del año 2024, veinticinco (25) días del año 2025, seis (6) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 1° semestre-26, y el subsidio por jubilación establecido en el Art.77 bis de la Ordenanza N°11.275.-”.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptese a partir del 1º de Abril de 2026, la renuncia presentada por el Agente Mensual RAMÓN GUALBERTO DE LOS SANTOS, D.N.I. Nº92.500.184, Legajo N°4818, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Dispónese el pago de 6 (seis) días de la licencia del año 2024, 25 (veinticinco) días de la licencia del año 2025, 6 (seis) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional primer semestre-26 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77º Bis de la Ordenanza Nº11.275/49, correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20º, a favor del Agente RAMÓN GUALBERTO DE LOS SANTOS, D.N.I. Nº 92.500.184, Legajo N°4818.
ARTICULO 3º.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N° 300/2.026
Concordia, 10 de abril de 2.026
VISTO el contenido del Expediente Digital Nº 2109, que surge a través de la Solicitud de Compra Digital N° 2992 del año 2026; y,
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Servicios Públicos, eleva documentación para el Llamado a Licitación Pública Nº 10/2026, destinada a la “ADQUISICIÓN DE VEHICULOS PARA EL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL”.
Que mediante el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 169/2026, de fecha 02 de Marzo de 2026, obrante a fojas 10, se aprueba el procedimiento Licitatorio para el Primer Llamado a la Licitación Pública Nº 10/2026, para la “ADQUISICIÓN DE VEHICULOS PARA EL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL”.
Que a fojas 73, obra Acta de Apertura de fecha 16 de Marzo de 2026, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de la mencionada Licitación.
Que a fojas 76, obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 17 de marzo de 2026, informando que, en el acto de apertura, se presentaron cinco (5) ofertas correspondientes a:
- ITAL ROUEN S.A. No presenta contraseña para procesar el archivo
- FEMOTORS S.A. cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DIEZ MIL CON 00/100 ($44.010.000,00). Cotiza Ítem 2: Nissan Frontier
- JOSE FOLMER E HIJOS S.A. cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL CON 00/100 ($38.805.000,00). Cotiza ítem 1: RENAULT OROCH
- BB COMERCIAL S.A. cotizando lo solicitado de acuerdo al siguiente detalle:
- Ítem 1: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS MIL ($37.300.000,00), Modelo: FIAT STRADA FREEDOM
- Ítem 2: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL ($53.200.000,00). Modelo: FIAT TITANIO ENDURANCE 4x4.
- RUDAS S.A. cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS OCHENTA Y SIETE MILLONES CUARENTA MIL CON 80/100 ($87.040.000,80).
- Ítem 1: CHEVROLET MONTANA.
- Ítem 2: CHEVROLET S10.
- ITAL ROUEN S.A. el incumplimiento de lo establecido en los incisos a), b), f). motiva la INADMISIBILIDAD de la oferta.
- FEMOTORS S.A. no cumple con la presentación de la siguiente de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Nota especificando los trabajos a realizar en los servicios de mantenimientos programados por la fábrica para los primeros 10.000 km (1 año) у 20.000. kilómetros (2 años), detallando el costo de cada service y aclarando que los mismos serán bonificados.
- JOSE FOLMER E HIJOS S.A. no cumple con la presentación de la siguiente de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Nota especificando los trabajos a realizar en los servicios de mantenimientos programados por la fábrica para los primeros 10.000 km (1 año) y 20.000. kilómetros (2 años), detallando el costo de cada service y aclarando que los mismos serán bonificados.
- BB COMERCIAL S.A. cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- RUDAS S.A. cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que a fojas 86 obra nuevo Dictamen de la Comisión evaluadora con fecha 25 de marzo a efectos de analizar la documentación presentada.
En Dictamen de fecha 17 de marzo del corriente se decidió intimar a las firmas FEMOTORS S.A. y JOSE FOLMER E HIJOS S.A. a la presentación de la documentación faltante. A la fecha se verifica que cumple con lo solicitado.
Analizadas las ofertas en su aspecto económico se observa que:
| Ítem | Título | Cant. | Proveedor | Precio Estim. | Precio Cotizado | %Dif. |
| 1 | Adquisición de camioneta 4x2 cabina doble | 1 | Jose Folmer E Hijos S.A. | $ 38.500.000,00 | $ 38.805.000,00 | 0,79% |
| 1 | Bb Comercial S.A. | $38.500.000,00 | $37.300.000,00 | -3,12% | ||
| 1 | Rudas S.A. | $ 38.500.000,00 | $ 40.460.000,00 | 5.09% | ||
| 2 | Adquisición de camioneta 4x2 cabina doble | 1 | Femotors S.A. | $47.850.000,00 | $ 44.010.000,00 | -8,03% |
| 1 | Bb Comercial S.A. | $47.850.000,00 | $53.200.000,00 | 11,18% | ||
| 1 | Rudas S.A. | $47.850.000,00 | $46.580.000,00 | -2,65% |
Por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar de acuerdo al siguiente detalle:
- JOSE FOLMER E HIJOS SA, por un importe total de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL CON 00/100 ($38,805.000,00) y de acuerdo con el siguiente detalle:
| ADJUDICACIÓN JOSE FOLMER E HIJOS S.A. | |||||
| Ítem | Descripción | Características | Cant. | Precio Unit, | P. Total. |
| 1 | Adquisición de camioneta 4x2 cabina doble | Renault Oroch Emotion 1600 Mt 0km. | 1 | $ 38.805.000,00 | $ 38.805.000,00 |
- FEMOTORS S.A. por un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DIEZ MIL CON 00/100 ($44.010.000,00) y de acuerdo con el siguiente detalle:
| ADJUDICACIÓN FEMOTORS S.A. | |||||
| Ítem | Descripción | Características | Cant. | Precio Unit, | P. Total. |
| 1 | Adquisición de camioneta 4x2 cabina doble | NISSAN FRONTIER S 4X2 MT 0Km. | 1 | $ 44.010.000,00 | $ 44.010.000,00 |
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que por lo expuesto, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar a la firma JOSE FOLMER E HIJOS SA, por un importe total de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL CON 00/100 ($38,805.000,00) y de acuerdo al Anexo I y a la firma FEMOTORS S.A. por un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DIEZ MIL CON 00/100 ($44.010.000,00) de acuerdo al Anexo II adjuntos, los cuales forman parte del presente Decreto, cuya suma total asciende a un importe total de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE ML CON 00/100 ($ 82.815.000,00).-.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley Nº 10.027 y su modificatoria Ley Nº 10.082 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Digital Nº 2109, que surge a través de la Solicitud de Compra Digital N° 2992 del año 2026, correspondiente a la Licitación Pública Nº 10/2026, para la “ADQUISICIÓN DE VEHICULOS PARA EL PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL”, dispuesto mediante el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 169/2026, de fecha 02 de Marzo de 2026, obrante a fojas 10 Expediente Digital N° 2109.
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese a la firma JOSE FOLMER E HIJOS SA, por un importe total de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL CON 00/100 ($38,805.000,00) y de acuerdo al Anexo I, del presente Decreto y en virtud de lo considerado precedentemente. .
ARTÍCULO 3°.- Adjudíquese a la firma FEMOTORS S.A. por un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DIEZ MIL CON 00/100 ($44.010.000,00) de acuerdo al Anexo II, del presente Decreto y en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 4°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria:
Nº 3.2.90.02.05.07.57.12 SERVICIOS PÚBLICOS $ 82.815.000,00.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTÍCULO 6°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a las firmas que resultaron adjudicatarias, del contenido del presente acto administrativo y proceda oportunamente a iniciar los trámites de Devolución de los Depósitos de Garantías correspondientes.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
ANEXO I
| JOSE FOLMER E HIJOS S.A. | |||||
| Item | Descripción | Características | Cant. | Precio Unit, | P. Total. |
| 1 | Adquisición de camioneta 4x2 cabina doble | Renault Oroch Emotion 1600 Mt 0km. | 1 | $ 38.805.000,00 | $ 38.805.000,00 |
ANEXO II
| FEMOTORS S.A. | |||||
| Item | Descripción | Características | Cant. | Precio Unit, | P. Total. |
| 1 | Adquisición de camioneta 4x2 cabina doble | Nissan Frontier S 4x2 Mt 0km. | 1 | $ 44.010.000,00 | $ 44.010.000,00 |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO Nº 302/2.026
Concordia, 13 de abril de 2.026
VISTO el proceso de Licitación Pública N° 11/2026 “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS SECOS PARA MÓDULOS ALIMENTARIOS Y COMEDORES” la cual se tramita en Expediente de Compra Digital N° 2126/2026 y,
CONSIDERANDO:
Que la licitación antes mencionada, se refiere a la adquisición de alimentos para ser entregados a personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica que concurren a la Subsecretaría de Desarrollo Social y a Comedores Barriales no gubernamentales.
Que el presente trámite fue autorizado mediante Decreto N° 170/2026 de fecha 2 de Marzo del 2026.
Que la Dirección de Presupuesto, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, ha autorizado el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Acta de Apertura de fecha 17 de Marzo del 2026 que expresa que abierta la primera oferta resulta ser del proveedor BURAGLIA S.R.L., la segunda oferta de la firma LEONARDO MIGUEL KLOSTER, la tercera de la firma MASIVO S.A., la cuarta de la empresa DEL INTERIOR S.A. y la quinta y última oferta del proveedor JOSE MARIA BERNASCONI.
Que en Sistema Digital de Compras obra documental elevada por los oferentes.
Que obra Planilla Comparativa con recomendación del área solicitante.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 20 de marzo del 2026, que informa que en acto de apertura se presentaron seis ofertas correspondientes a:
- BURAGLIA S.R.L. cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL ($135.710.000,00).
- LEONARDO MIGUEL KLOSTER cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES CIENTO VEINTIÚN MIL (77.121.000,00).
- MASIVO S.A. cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL (51.974.000,00). Cotiza ítem 1.
- DEL INTERIOR S.A. cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO VIENTIÚN MILLONES NOVECIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($121.903.680,00). Cotiza ítems 1 y 3.
- JOSE MARIA BERNASCONI cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($5.400.000,00). Cotiza ítem 4.
- BURAGLIA S.R.L.: cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- LEONARDO MIGUEL KLOSTER: cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- MASIVO S.A. no cumple con Comprobante de pago de la póliza presentada como Garantía de Mantenimiento de Oferta, no cumple con Estados Contables del último ejercicio económico (presenta del 30/09/2024) y no cumple con la Constancia actualizada de Inscripción en A.T.E.R., toda documental solicitada en Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- DEL INTERIOR S.A.: no cumple con la presentación de Comprobante de adquisición del Pliego por un importe inferior requerido, solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- JOSE MARIA BERNASCONI: cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
| Ítem | Título | Cant. | Proveedor | Precio Estim. | Precio Cotizado | % Dif. |
| 1 | Leche en Polvo Entera X 800 Grs. | 13000 | Buraglia S.R.L. | $6.500,00 | $8.340,00 | 28.31 |
| 13000 | Leonardo Miguel Kloster | $6.500,00 | $4.199,00 | -35.48 | ||
| 13000 | Masivo S.A. | $6.500,00 | $3.998.00 | -38.49 | ||
| 13000 | Del Interior S.A. | $6.500,00 | $8.973,36 | 38.05 | ||
| 2 |
Aceite Comestible de Girasol X 900 Ml. | 5000 | Buraglia S.R.L. | $2.930,00 | $3.060,00 | 4.44 |
| 5000 | Leonardo Miguel Kloster | $2.930,00 | $2.199,00 | -24.95 | ||
| 3 | Azúcar Blanca X 1 Kg. | 5000 | Buraglia S.R.L. | $1.090,00 | $1.090,00 | 0.00 |
| 5000 | Leonardo Miguel Kloster | $1.090,00 | $1.049,00 | -3.76 | ||
| 5000 | Del Interior S.A. | $1.090,00 | $1.050,00 | -3.67 | ||
| 4 | Yerba Mate X 500 Gr. | 6000 | Buraglia S.R.L. | $1.950,00 | $1.090,00 | -44.10 |
| 6000 | Leonardo Miguel Kloster | $1.950,00 | $1.049,00 | -46.21 | ||
| 6000 | Jose Maria Bernasconi | $1.950,00 | $900,00 | -53.85 |
Que en atención a la inconveniencia económica de las ofertas presentadas por MASIVO S.A. y DEL INTERIOR S.A., se prescinde de la facultad de subsanación otorgada por el Art. 49 de la Ordenanza 34.698 y al ser propuestas desestimables por precio, el requerimiento de documentación faltante se considera un acto administrativo inconducente que postergaría innecesariamente la resolución del proceso sin variar su desenlace. El área solicitante realiza evaluación de lo cotizada y emite informe correspondiente en GESCOM y el representante de dicha área informó un error en la valoración del producto, ya que el costo estimado originalmente no se corresponde con los niveles de calidad pretendidos.
Por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar de acuerdo al siguiente detalle:
- BURAGLIA S.R.L.: por un importe total de PESOS CIENTO OCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($108.420.000,00) y de acuerdo con el siguiente detalle:
| Ítem | titulo | Caratcteristicas/marcas | Cantidad | P. Unitario | P. Total |
|
|
Leche en Polvo Entera X 800 Grs. | Ilolay |
|
$ 8.340,00 | $ 108.420.000,00 |
| TOTAL | $ 108.420.000,00 |
Si bien no resulta ser la oferta más conveniente, la adjudicación se realiza en virtud de la calidad reconocida y confiabilidad del producto.
- LEONARDO MIGUEL KLOSTER por un importe total de PESOS DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($16.240.000,00) y de acuerdo al siguiente detalle:
| Ítem | titulo | Caracteristicas/marcas | Cantidad | P. Unitario | P. Total |
|
|
Aceite Comestible de Girasol X 900 Ml. | Leira |
|
$ 2.199,00 | $ 10.995.000,00 |
|
|
Azúcar Blanca X 1 Kg. | Melgar |
|
$ 1.049,00 | $ 5.245.000,00 |
| TOTAL | $ 16.240.000,00 |
- JOSE MARIA BERNASCONI por un importe total de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($5.400.000,00) y de acuerdo con el siguiente detalle:
| Ítem | titulo | Caracteristicas/marcas | Cantidad | P. Unitario | P. Total |
|
|
Yerba Mate 500 Grs. | Don Basilio |
|
$ 900,00 | $ 5.400.000,00 |
| TOTAL | $ 5.400.000,00 |
Que el importe total adjudicado en el presente proceso de contratación asciende al monto total de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES SESENTA MIL ($130.060.000,00), lo que resulta ser un 11.83% superior a la Imputación Preventiva.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 118° inciso a) de la Ordenanza N° 34.698 se consultó en el SIPAM y se constata que los oferentes no poseen deuda exigible en la Tasa Comercial.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso q) y u) de la Ley 10.027.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento de Licitación Pública N° 11/2026 “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS SECOS PARA MÓDULOS ALIMENTARIOS Y COMEDORES obrante en Expediente de Compra Digital N° 2126/2026 cuyo detalle obra como Anexo del presente, por un importe total de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES SESENTA MIL ($130.060.000,00).
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese a la firma BURAGLIA S.R.L., el ítem 1 por un importe total de PESOS CIENTO OCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($108.420.000,00).
ARTÍCULO 3°.- Adjudíquese a la firma LEONARDO MIGUEL KLOSTER, los ítems 2 y 3 por un importe total de PESOS DIECISÉIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($16.240.000,00).
ARTÍCULO 4°.- Adjudíquese a la firma JOSE MARIA BERNASCONI, el ítem 4 por un importe total de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($5.400.000,00).
ARTÍCULO 5°.- Desestímese la oferta presentada por la firma MASIVO S.A.
ARTÍCULO 6°.- Desestímese la oferta elevada por la firma DEL INTERIOR. S.A.
ARTÍCULO 7°.- Impútese el gasto aprobado en el Artículo 1°, a la Partida Presupuestaria Preventiva N°:
3.4.30.01.03.04.34.01 Desarrollo Social $ 130.060.000,00
ARTÍCULO 8°.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se de cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 64° de la Ordenanza N° 34.698, PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Se notifique a la firma adjudicada y se proceda, oportunamente, a iniciar los trámites de Devolución del Depósito de Garantía correspondiente.
ARTÍCULO 9°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTICULO 10°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
ANEXO
BURAGLIA S.R.L.
| Ítem | Titulo | Caracteristicas/marcas | Cantidad | P. Unitario | P. Total |
|
|
Leche En Polvo Entera X 800 Grs. | Ilolay |
|
$ 8.340,00 | $ 108.420.000,00 |
| TOTAL | $ 108.420.000,00 |
- LEONARDO MIGUEL KLOSTER
| Ítem | Titulo | Caracteristicas/marcas | Cantidad | P. Unitario | P. Total |
|
|
ACEITE COMESTIBLE DE GIRASOL X 900 ML. | Leira |
|
$ 2.199,00 | $ 10.995.000,00 |
|
|
AZÚCAR BLANCA X 1 KG. | Melgar |
|
$ 1.049,00 | $ 5.245.000,00 |
| TOTAL | $ 16.240.000,00 |
- JOSE MARIA BERNASCONI
| Ítem | titulo | Caracteristicas/marcas | Cantidad | P. Unitario | P. Total |
|
|
Yerba Mate 500 GRS. | Don Basilio |
|
$ 900,00 | $ 5.400.000,00 |
| TOTAL | $ 5.400.000,00 |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
-----------DECRETO N° 306/2.026
Concordia, 13 de abril de 2.026
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 1634 del año 2026, que surge de la Solicitud de Compra Digital Nº 1670 del año 2026; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 001/2026 se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Características Técnicas de la Licitación Pública N° 31/2025 “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS PARA SALA DE MONITOREO”, conforme ANEXO I – PLANILLA NOMENCLADORA.
Que mediante el Decreto N° 136/2026, se aprueba el PRIMER Llamado a la Licitación Pública N° 31/2025 “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS PARA SALA DE MONITOREO”.
Que mediante el mismo Decreto se declaró Inadmisible las ofertas del SEGUNDO Llamado y se solicito a la Dirección de Compras y Suministros efectúe un TERCER Llamado de la Licitación Pública N° 31/2025 “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS PARA SALA DE MONITOREO”.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Acta de Apertura de fecha 05 de marzo de 2026, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de las ofertas del TERCER Llamado de la mencionada licitación.
Que obra documentación presentada por los oferentes.
Que obra Dictamen de fecha 11 de marzo de 2026, de la Comisión Evaluadora, donde consta que se presentaron 2 (dos) ofertas.
- SANTIAGO DANTE JOEL VARGAS, cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TRECE MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL CIENTO SETENTA Y DOS CON 16/100 ($ 13.206.172,16). Presenta marcas y características de lo solicitado.
- FRANCISCO MARIANO FONTANINI PACHER, cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 6.777.600,00). Cotiza ítems 4 y 6. Presenta marcas y características de lo solicitado.
- SANTIAGO DANTE JOEL VARGAS, no cumple con la presentación de la siguiente documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:
- Sellado Municipal por la suma de DOSCIENTOS PESOS ($200).
- Comprobante de adquisición del Pliego.
- Comprobante del depósito de garantía de mantenimiento de la oferta.
- El oferente deberá presentar declaración jurada por la cual se compromete a dirimir cualquier tipo de controversia con la Municipalidad de Concordia, sea en la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente, a la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Concordia, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que le pudiere corresponder, inclusive la Federal.- Suscripta por el oferente al pie de la Página.
- Constitución expresa de domicilio en la ciudad de Concordia.
- Constitución de domicilio electrónico.
- Constancia actualizada de inscripción en A.F.I.P., D.G.R. y Municipalidad.
- Folletos, documentación anexa y/o enlaces a páginas en internet de los fabricantes (no vendedores y/o distribuidores) donde se detalle claramente marca, modelo e información referente a los productos ofrecidos. No se aprobara como especificaciones “según pliego” o frase similar como identificación del equipamiento ofrecido.
- FRANCISCO MARIANO FONTANINI PACHER, no cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y condiciones Particulares:
- Comprobante de adquisicióndel Pliego.
- Constancia actualizada de inscripción en A.F.I.P., D.G.R. y Municipalidad.
Que analizada la oferta en su aspecto económico se observa:
| Ítem | Título | Cant | Precio Estim | Precio Cotizado | % Dif. |
| 4 | PC de escritorio, c/teclado, mouse y pad mouse. VER CARACTERISTICAS ANEXO | 4 | $1,200,000.00 | $ 1,579,500.00 | 31.63% |
| 6 | UPS 800 VA | 4 | $180,000.00 | $ 114,900.00 | -36.17% |
Que el área solicitante realiza la evaluación de lo cotizado y emite el informe correspondiente en el GESCOM.
Que la Dirección de Informática toma intervención de su competencia e informa que el único oferente cumple con las características técnicas solicitadas.
Que la misma Comisión Evaluadora aconseja adjudicar a la firma FRANCISCO MARIANO FONTANINI PACHER, por un importe total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 6.777.600,00) y de acuerdo con el siguiente detalle:
| Item | Descripción | Características | Cant. | P. Unit | P. Total |
| 4 | PC de escritorio, c/teclado, mouse y pad mouse. VER CARACTERISTICAS ANEXO | PC R7 5700G 32GBDDR4 1TBNVMe | 4 | $1,579,500.00 | $ 6,318,000.00 |
| 6 | UPS 800 VA | UPS Hunnox 850Va | 4 | $114,900.00 | $ 459,600.00 |
| TOTAL | $ 6,777,600.00 |
Declarar desierto los siguientes ítems:
| Ítem | Descripción | |
| 7 | Splitter HDMI, 1 entrada HDMI 3 salidas HDMI | 4 |
| 8 | Cable HDMI 1 m. | 12 |
| 9 | Cable HDMI 10 m. | 4 |
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027–Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Digital Nº 1634 del año 2026, correspondiente al TERCER Llamado a Licitación Pública N° 31/2025 “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS PARA SALA DE MONITOREO”, dispuesto mediante Decreto N° 136/2026 de fecha 19/02/2026.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese el Tercer Llamado de la Licitación Pública N° 31/2025, para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS PARA SALA DE MONITOREO” a la firma FRANCISCO MARIANO FONTANINI PACHER, por un total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 6.777.600,00), de acuerdo a lo detallado en el Anexo I que forma parte del presente Decreto; y en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 3º.-Declarese desiertos los ítems 7, 8 y 9 del Tercer Llamado de la Licitación Pública N° 31/2025, para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS PARA SALA DE MONITOREO”, en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 4º.- Dispóngase que los ítems 7, 8 y 9 de la Licitación Pública N° 31/2025 “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS PARA SALA DE MONITOREO – 3° LLAMADO”, se realice a través de una contratación directa encuadrada en el Artículo 12° Inciso “D”3 de la Ordenanza N° 34.698/11.
ARTÍCULO 5º.- Impútese la presente erogación en la partida:
3.2.90.02.05.07.57.14 de Servicios Públicos $ 6.777.600,00.- Del presupuesto de gastos vigente, debiendo remitirse a la Dirección de Presupuesto a los efectos de que se realicen los ajustes necesarios, y acordes al presente gasto.
ARTÍCULO 6º.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se dé cumplimiento a lo establecido en el Artículo 11° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, comunicando la Adjudicación.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
ANEXO
FRANCISCO MARIANO FONTANINI PACHER
| Item | Descripción | Características | Cant. | P. Unit | P. Total |
| 4 | PC de escritorio, c/teclado, mouse y pad mouse. VER CARACTERISTICAS ANEXO | PC R7 5700G 32GBDDR4 1TBNVMe | 4 | $1,579,500.00 | $ 6,318,000.00 |
| 6 | UPS 800 VA | UPS Hunnox 850Va | 4 | $114,900.00 | $ 459,600.00 |
| TOTAL | $ 6,777,600.00 |
Declarar desiertos los siguientes ítems:
| Ítem | Descripción | |
| 7 | Splitter HDMI, 1 entrada HDMI 3 salidas HDMI | 4 |
| 8 | Cable HDMI 1 m. | 12 |
| 9 | Cable HDMI 10 m. | 4 |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
