DecretoPublicação: 17 de agosto de 2018

Decreto N° 1029/2018

Zonas de circulação de veículos de tração animal

DECRETO Nº 1029 FECHA: 30.07.2018 PUBLICADO: 17.08.2018 ARTÍCULO 1°.- Establécese la prohibición de la circulación de vehículos con tracción a sangre animal en la zona comprendida en el siguiente radio:

Al Norte: Coldaroli y su continuación Las Heras.

Al Sur: Carriego y su continuación Andrade.

Al Este: Rivadavia.

Al Oeste: Brown.

ARTICULO 2°.- Dispónese que por la Secretaría de Servicios Públicos se proceda a la señalización de la prohibición de circulación de vehículos con tracción a sangre animal en la zona delimitada por el artículo precedente.

ARTICULO 3°.- El presente es dictado ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, y archívese.-

Como posso ajudar?