DECRETO Nº 25663/1992 FECHA: 21.04.1992 PUBLICADO: 21.04.1992 ARTICULO 1º.- Dispónese el funcionamiento de la Junta de Calificación, la que será integrada por: el Secretario de Gobierno y Hacienda, el Secretario de Obras y Servicios Públicos, el Secretario de Bienestar Social, el Secretario de Prensa y Ceremonial, el Director de Personal, quien oficiará como secretario de la Junta de Calificación, y por el Jefe de la Oficina cuyo personal corresponde calificar. ARTICULO 2º.- Establécese que dentro de los cinco días próximos a contar de la fecha del presente, se lleve a cabo una reunión de la mencionada Junta de Calificación a fin de que instrumente la metodología para llevar a cabo su cometido, ajustándose su accionar a la ordenanza respectiva. ARTICULO 3º.- Dispónese se comunique lo resuelto a todas las áreas dependientes de este Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante a sus efectos.-
DecretoPublicação: 21 de abril de 1992
Decreto N° 25663/1992
Junta de Qualificações
