ARTICULO 1°.- Dispónese la prolongación de la Intervención del Ente Autárquico de Obras Sanitarias, a efectos de que puedan ser arbitradas las medidas conducentes a la normalización integral de su funcionamiento, como paso previo y necesario a la, constitución definitiva del Directorio, en el marco de las disposiciones del Articulo 7° de la Ordenanza N° 31.762.-
ARTICULO 2°.- Desígnese Interventor al C.P.N. Javier Ariel Del Cerro, D.N.I. 13.987.653.-
ARTICULO 3°.- La intervención dispondrá del plazo de un (1) año para concretar su misión de reorganización y normalización técnico - administrativa e institucional.-
ARTICULO 4°.- La Administración de los fondos será a la orden del interventor, conjuntamente con el Tesorero del Ente.-
ARTICULO 5°.- Comuníquese, regístrese y archívese.-
