SUMARIO
Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.508/2024, 1.518/2024, 1.519/2024, 1.520/2024, 1.522/2024, 1.523/2024 y 1.525/2024.-
DECRETO N° 1.508/2024
Concordia, 21 de octubre de 2024Los siguientes Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.508/2024, 1.518/2024, 1.519/2024, 1.520/2024, 1.522/2024, 1.523/2024 y 1.525/2024.-
DECRETO N° 1.508/2024
VISTO el proceso de Licitación Pública N° 52/2024 “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS SECOS” LA CUAL SE TRAMITA EN EXPEDIENTE N° 1346 “S”/2024 y
CONSIDERANDO:
Que la Licitación antes mencionada, se refiere a la “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS SECOS” para ser entregados a las personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica.
Que el Dictamen efectuado por la Comisión evaluadora, obrante a fojas 125 y 126, las marcas referentes a los artículos adjudicados a la firma Partarrie Distribuciones S.A.S., no se corresponden con las marcas elevadas en la oferta presentada por el proveedor.
Que obra Decreto N° 1466, de fecha 07 de Octubre de 2024, en su correspondiente Anexo en donde se procede adjudicar a la firma Partarrie Distribuciones S.A.S., y Leonardo Miguel Kloster y en donde se advierte el error en la consignación de las marcas de los productos de la empresa Partarrie Distribuciones S.A.S.
Que a fojas 140 y 141, obra nuevo dictamen de la Comisión Evaluadora que informa que en Dictamen de fecha 30 de Septiembre de 2024 de 2024, se procede a intimar a la firma Partarrie Distribuciones S.A.S., a que complete la documentación faltante de acuerdo al Artículo 5° del Pliego de bases y Candidaciones y se verifica que el oferente cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada. Asimismo en el presente Dictamen, se procede a corregir marcas de los artículos adjudicados a la firma Partarrie Distribuciones S.A.S.
- PARTARRIE DISTRIBUCIONES S.A.S.: cotiza en 24,78% inferior a la Imputación Preventiva, por un importe total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 55.504.800,00) y de acuerdo al siguiente detalle:
| Ítem | Descripción | Cant. | P. Unit. | P. Total | Marca |
| 3 | Arverjas x 400 gr | 4000 | $ 250,70 | $ 2.082.800,00 | Agrumar |
| 5 | Cacao x 800 gr | 9000 | $ 2.600,00 | $ 23.400,00 | Tombolac |
| 10 | Lentejas x 400 gr | 1200 | $ 903,00 | $ 10.836.600,00 | Torragona |
| 12 | Puré de tomate x 530 gr | 1700 | $ 558,00 | $ 9.486.000,00 | Torragona |
| 13 | Yerba x 500 gr | 10000 | $ 970,00 | $ 9.700.000,00 | Yeruti |
| Total | $ 55.504.800,00 |
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° inciso q( y u) de la Ley 10.027
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Rectifíquese la descripción de marcas que obras en el 14° Considerando y Anexo de Decreto 1466 de fecha 07 de Octubre de 2024, correspondiente a los artículos adjudicados a la Firma Partarrie Distribuciones S.A.S., conforme la siguiente planilla descriptiva:
| Ítem | Descripción | Cant. | P. Unit. | P. Total | Marca |
| 3 | Arverjas x 400 gr | 4000 | $ 250,70 | $ 2.082.800,00 | Agrumar |
| 5 | Cacao x 800 gr | 9000 | $ 2.600,00 | $ 23.400,00 | Tombolac |
| 10 | Lentejas x 400 gr | 1200 | $ 903,00 | $ 10.836.600,00 | Torragona |
| 12 | Puré de tomate x 530 gr | 1700 | $ 558,00 | $ 9.486.000,00 | Torragona |
| 13 | Yerba x 500 gr | 10000 | $ 970,00 | $ 9.700.000,00 | Yeruti |
| Total | $ 55.504.800,00 |
ARTICULO 2°.- Apruébese Anexo rectificado que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 3°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
ANEXO
- PARTARRIE DISTRIBUCIONES S.A.S.
| Ítem | Descripción | Cant. | P. Unit. | P. Total | Marca |
| 3 | Arverjas x 400 gr | 4000 | $ 250,70 | $ 2.082.800,00 | Agrumar |
| 5 | Cacao x 800 gr | 9000 | $ 2.600,00 | $ 23.400,00 | Tombolac |
| 10 | Lentejas x 400 gr | 1200 | $ 903,00 | $ 10.836.600,00 | Torragona |
| 12 | Puré de tomate x 530 gr | 1700 | $ 558,00 | $ 9.486.000,00 | Torragona |
| 13 | Yerba x 500 gr | 10000 | $ 970,00 | $ 9.700.000,00 | Yeruti |
| Total | $ 55.504.800,00 |
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DECRETO N° 1.518/2.024
Concordia, 24 de octubre de 2.024.
VISTO
Decreto 1493/24 del 17 de octubre de 2024 y;
CONSIDERANDO:
Que por un error involuntario se mencionó de forma equivoca el Documento Nacional de Identidad del Sr. Darlo Fernando Buffet en el 3er párrafo de los considerandos del mencionado Decreto.
Que por un error involuntario es necesaria la corrección del Artículo 1 ° del Decreto mencionado.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada por Ley Provincial N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos; según T.O. Decreto N° 4.706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CONCORDIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modifíquese el3er párrafo de los considerandos del Decreto 1.493/24 que quedará redactado de la siguiente manera: "Que de acuerdo a la planificación proyectada por esta gestión de Gobierno considera pertinente designar al Sr. Darío Fernando Buffet DNI 27.837.539, quien reúne las condiciones para desempeñar las funciones requeridas.".
ARTICULO 2°.- Modifíquese el Artículo 1° del Decreto 1.493/24 que quedará redactado de la siguiente manera: "Articulo 1°.- Desígnese, Director Interino de la Radio Pública al Sr. Darío Fernando Buffet DNI 27.837.539, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículos 27° de la Ordenanza N° 38.351/24, para ejercer sus funciones a partir del día de la fecha. Tendrá Nivel 1.".
ARTICULO 3°.- Manténgase firme el resto del contenido del Decreto 1.493/24.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO N° 1.519/2024
Concordia, 24 de octubre de 2024
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N° 45 Letra "O"/2.024 y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Municipal CLAUDIO CESAR OJEDA, Legajo Nº 9360, solicita el pago del Código 158 Viáticos Inspectores, correspondiente a los inspectores que desarrollan tareas en la Dirección de Bromatología.
Que a fojas 2, la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente CLAUDIO CESAR OJEDA, Legajo Nº 9360, DNI Nº 21.495.244, presta servicios en este Municipio desde el 01/08/2023, revista como personal mensualizado, dependiente de la Dirección de Bromatología.
Que a fojas 4 obra informe de la Dirección de Liquidación de Haberes.
Que a fojas 5/7 obra copia del Decreto Nº 1.146/2016.
Que a fojas 1 y 8 la Dirección de Bromatología solicita la inclusión del Agente CLAUDIO CESAR OJEDA, Legajo Nº 9360, en los alcances del Decreto Nº 1146/2016, informando que el agente efectivamente se desempeña como Inspector de la Dirección de Bromatología.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y modificatorias - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Inclúyase al Agente Municipal CLAUDIO CESAR OJEDA, Legajo Nº 9360, DNI Nº 21.495.244, Inspector de la Dirección de Bromatología, en el beneficio que prevé el Decreto Nº 1.146/16 de fecha 28 de octubre de 2016, por el que se dispone la actualización de los Viáticos Código 158 de los Inspectores Municipales, y en consecuencia incorporar al nombrado agente en el listado que obra como Anexo I del mismo, a partir del período de liquidación del mes de Octubre/2024, atento a lo señalado en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que el adicional referido en el Artículo 1º del presente, será abonado siempre y cuando el referido agente desempeñe funciones de Inspector Municipal, quedando automáticamente sin efecto al momento de dejar de cumplir dichas tareas y funciones.
ARTICULO 3°.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado enviar copia autenticada a la Dirección de Liquidación de Haberes a los fines de su liquidación, dar intervención y conocimiento a la Secretaría de Salud, Dirección de Bromatología y oportunamente reservar en el legajo personal del agente.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
Secretario de Salud.
---------DECRETO N° 1.520/2.024.
Concordia, 24 de octubre de 2.024.
VISTO que la partida 0.1.90.01.01.02.21.13 Gobierno del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.024 no cuenta con saldo suficiente para atender distintas erogaciones y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otra partida a los fines de efectuar el refuerzo de la partida a la que se hace mención en el Visto.
Que la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese la transferencia de la partida 0.4.30.01.01.02.20.01 Desarrollo Social en la suma de Pesos Veinte Millones ($ 20.000.000) a la partida 0.1.90.01.01.02.21.13 Gobierno del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal correspondiente al ejercicio económico 2.024, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno al Concejo Deliberante.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO N° 1.522/2.024
Concordia, 25 de octubre de 2.024.
VISTO, los antecedentes obrantes en el los expedientes internos N°106 "S"/2024, 1470 "D"/2024, 2003 "D"/2024 y;
CONSIDERANDO:
Que obra documentación e informes, sobre reiteradas inasistencias al lugar de trabajo de la Agente Mensual, CORRADO, Camila Beatriz, Legajo N° 6380, DNI: 39.033.171, quien de acuerdo a ello no ha concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios, incumpliendo presumiblemente con la Ordenanza de Escalafón N° 11275/49.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la Agente Mensual CORRADO, Camila Beatriz, Legajo N° 6380, DNI: 39.033.171, presta servicios en este Municipio desde 01/11/2015, revista como personal mensual categoría 10°, dependiente de la Subsecretaria de Desarrollo Social - Secretaria de Desarrollo Humano.
Que obra intervención de la Subsecretaria de Desarrollo Social, Área Control de Horario, Dirección de Recursos Humanos, División de Higiene y Seguridad Laboral, Subsecretaria Legal y Técnica, Dirección de Asuntos Jurídicos y Tribunal de Disciplina.
Que a fojas N° 11 del expediente 2003 "D"/2024, obra Dictamen N° 1593/24, emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos, designando como instructora sumariante a la Dra. Gisela A. TRENTIN.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N°10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos:
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese la instrucción de un sumario Administrativo a la Agente Mensual CORRADO, Camila Beatriz, Legajo N° 6380, DNI: 39.033.171, dependiente de la Subsecretaria de Desarrollo Social - Secretaria de Desarrollo Humano, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las inasistencias informadas por la Dirección de Recursos Humanos, según informes obrantes en los expedientes mencionados en el "VISTO" del presente, considerando que su conducta "prima facie" podría quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en el Articulo 16°, inciso a) y d) y Articulo 31° inciso a) y h) de la Ordenanza 11.275/49.
ARTICULO 2°.- Desígnese como Instructora Sumariante a la Dra. Gisela A. TRENTIN, según Dictamen N° 1593/24 - Dirección de Asuntos.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------DECRETO Nº 1.523/2024
Concordia, 25 de octubre de 2024
VISTO las tramitaciones obrantes en el Expediente Interno N° 1416/S/2024 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1.345/24 se dispuso efectuar el 1º llamado a Licitación Pública Nº 56/2024 “Adquisición de 1 ambulancia de mediana complejidad – 0 Km – para la Dirección de Protección Civil y Emergencias Sanitarias de Secretaria de Salud.
Que mediante dictamen de la comisión evaluadora se informa que se presentaron dos ofertas:
- AMBULANCIAS ARGENTINAS CORPORACION SA: cotizando lo solicitado por un importe total de PESOS CIENTO DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS MIL CON 00/100 ($ 118.700.000,00.-), la cual cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Art. 5º del pliego de Bases y Condiciones particulares. Desde lo económico resulta ser un 5,04% inferior a la imputación preventiva.
- RYO VALLÈ S.A: cotizando lo solicitado por un importe total de PESOS NOVENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 10/100 ( $ 91.289.597,10.-). la cual cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Art. 5ª del pliego de Bases y Condiciones particulares. Lo cotizado resulta ser un 26,67% inferior a la imputación preventiva.
- TECNOLOGIA EN SEGURIDAD Y SERVICIOS S.R.L.
Oferta alternativa: por pago contra orden de compra a $ 96.300.000,00.
Se observa que indica una forma de pago diferente al contemplado en el Artículo 11º del Pliego de bases y Condiciones particulares, por lo que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 48º inc h), se procede a declarar la inadmisibilidad de la oferta.
Que por lo expuesto y de acuerdo a lo recomendado por el área solicitante en su informe, la Comisión Evaluadora aconseja se adjudique la presente licitación a la firma RYO VALLÈ S.A. a un importe total de PESOS NOVENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 10/100 ($ 91.289.597,10.-) de acuerdo al detalle que obra como ANEXO.
Que según lo mencionado precedentemente, corresponde dictar el presente acto administrativo.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10.027 y modificatorias – Régimen Municipal.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Interno N° 1416/S/2024, correspondiente al 1º llamado a Licitación Pública Nº 56/2024 “Adquisición de 1 ambulancia de mediana complejidad – 0 Km – de la Secretaria de Salud, conforme a los considerados precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese a la firma RYO VALLÈ S.A, según Anexo, por un total de PESOS NOVENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 10/100 ($ 91.289.597,10.) en virtud de los considerados precedentemente.
ARTICULO 3°.- Declarase inadmisible la oferta presentada por la firma TECNOLOGIA EN SEGURIDAD Y SERVICIOS S.R.L, en virtud a los considerandos precedentes.
ARTICULO 4°.- Imputar el presente gasto a la partida presupuestaria Nª 0.3.10.02.05.07.57 - $91.289.597,10 – SEC. DE SALUD.
ARTICULO 5°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se de cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 64° de la Ordenanza Nº 34.698, PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO NOTIFICACION DE LA ORDEN DE COMPRA. Se notifique a la firma adjudicada y se proceda oportunamente a iniciar los trámites de devolución del Depósito de Garantía correspondiente.
ARTICULO 6º.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. DIEGO ENRIQUE SAURE
Secretario de Salud.
| ANEXO | ||||
| Item | Descripcion | Cant. | P. Unit. | P. Total |
| 1 | AMBULANCIA de mediana complejidad 0 Km, marca TOYOTA modelo HILUX 4X4 de acuerdo con las características y condiciones detalladas la oferta | 1 | $ 91,289,597.10 | $ 91,289,597.10 |
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DECRETO N° 1.525/2.024
Concordia, 28 de octubre de 2024
VISTO la referencia en el expediente 48 "R"/24 presentado por la Agente Rizzo, Mónica Graciela con legajo N° 6456 donde en foja 1 eleva su renuncia a efectos de acogerse a la Jubilación Ordinaria Común otorgada por el ANSES; y,
CONSIDERANDO:
Que, por acogerse a la jubilación otorgada por el ANSES beneficio N°140231904504, de fecha 04 de junio del 2024, se concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común.
Que, la Dirección de Liquidaciones informa que la Agente de referencia, no tiene embargo activo ni en espera.
Que, la oficina de Control de Deudas y Créditos Especiales informa que no registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldos),
Que, a foja 12 obra dictamen N° 1807/24 de fecha 19/09/2024 de la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que, la presente medida se dicta de conformidad a las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso b), n), ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aceptar a partir del 01 de agosto del 2024 la renuncia presentada para el Agente Municipal, Rizzo, Mónica Graciela con legajo N° 6456 D.N.I 12.457.421, por motivo de haberse acogido a tos beneficios de la Jubilación Común, otorgada por ANSES.
ARTICULO 2°.- Dispónese el pago de 5 (cinco) días de la licencia del 2024, aguinaldo proporcional 2° semestre 2024 y el subsidio por jubilación establecido por el artículo Tl" Bis de la Ordenanza N° 11.275-49 correspondiente a 3 (tres) sueldos básicos de la categoría 20 a favor de la agente Rizzo, Mónica Graciela.
ARTICULO 3°.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
