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SUMARIO
Los siguientes Decretos, Resoluciones y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 933/2.026, 934/2.026, 935/2.026, 938/2.026, 939/2.026, 940/2.026. Resoluciones: 38.952, 38.953, 38.954.
Los siguientes Decretos, Resoluciones y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 933/2.026, 934/2.026, 935/2.026, 938/2.026, 939/2.026, 940/2.026. Resoluciones: 38.952, 38.953, 38.954.
DECRETO N° 933/2.026.
Concordia, 8 de octubre de 2.026.
VISTO, las actuaciones obrantes en Expediente Interno N° 57 Letra "M"/2026, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, el Agente Mensual JORGE MIGUEL MENDIETA, D.N.I. Nº 12.126.116, Legajo N° 5551, presenta la renuncia al cargo a partir del 1° de Octubre de 2026, para acogerse a los beneficios de la Jubilación por Edad Avanzada, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
Que de fojas 2 a 3, obra copia de la Resolución N° 003325, de fecha 23/07/2026, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, otorgando el beneficio de la Jubilación por Edad Avanzada, al Agente precitado.
Que a fojas 5, la Dirección de Liquidación de Haberes comunica que el mencionado Agente, no tiene embargo activo ni en espera.
Que a fojas 6, la Encargada de Control de Deudas de Créditos Especiales comunica que el Agente en cuestión, no registra, a la fecha, deudas en concepto de Créditos Especiales (adelanto de sueldo).
Que a fojas 7, la Dirección de Recursos Humanos informa que el Agente JORGE MIGUEL MENDIETA, D.N.I. Nº 12.126.116, Legajo N° 5551, presta servicios en este Municipio desde el 01 de Marzo de 2012. Revista como personal mensual en la categoría 14° del Escalafón Municipal. Dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, Defensa Sur. Dicho agente tendría pendiente 19 (diecinueve) días proporcionales de la licencia del corriente año y aguinaldo proporcional 2° semestre-26. Además comunica que:
- Artículo 77 Bis de la Ordenanza N° 11.275/49, establece: "En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrán derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°."
Que a fojas 8, mediante Dictamen N° 1520/26 de fecha 22/09/26, la Dirección de Asuntos Jurídicos comunica: "...esta Dirección de Asuntos Jurídicos, entiende que -salvo mejor criterio-, debe aceptarse la renuncia y correspondería hacer lugar al pago de las licencias pendientes, diecinueve (19) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional 2º semestre-26, y el subsidio por jubilación establecido por el Art. 77 bis de la Ordenanza N° 11.275.-".
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptese a partir del 1º de Octubre de 2026, la renuncia presentada por el Agente Mensual JORGE MIGUEL MENDIETA, D.N.I. N° 12.126.116, Legajo N° 5551, para acogerse a los beneficios de la Jubilación por Edad Avanzada, otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Dispónese el pago de diecinueve (19) días proporcionales de la licencia del corriente año, aguinaldo proporcional segundo semestre-26 y el subsidio por jubilación establecido en el Artículo 77° Bis de la Ordenanza N0 11.275/49, correspondiente a tres sueldos básicos de la categoría 20°, a favor del Agente JORGE MIGUEL MENDIETA, D.N.I. N° 12.126.116, Legajo N° 5551.
ARTICULO 3º.- Notifíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, luego pase a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO N° 934/2.026.
Concordia, 08 de Octubre de 2.026.
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente 717 "D" 2026; 16 "L" 2026; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1, la Dirección de Recursos Humanos - División Unidad de Control informa las novedades constatadas respecto de la agente Erica Cristina Luna, Legajo N.º 5638, en la Subsecretaría de Obras Públicas, correspondientes a los días 16, 17, 18, 19, 20, 25, 26, 27, 30 y 31 de marzo, y 1, 6, 7, 8, 9 y 10 de abril de 2026, dejando constancia de distintas situaciones de ausencia durante su horario laboral.
Que a fs. 2 a 17, se adjuntan Actas de Constatación correspondientes a los días 16, 17, 18, 19, 20, 25, 26, 27, 30, 31 de marzo y los días 1, 6, 7, 8, 9 y 10 de abril del año 2026, donde se constata la ausencia de la agente Erica Cristina Luna, quien debía prestar servicios de 07:00 a 13:00 horas. Se deja constancia de que en el registro de asistencia figuraba su ingreso a las 07:03 horas y que, consultado el superior jerárquico, manifestó que la agente no se encontraba autorizada para retirarse de su lugar de trabajo.
Que a fs. 19, La Dirección de Recursos Humanos comunica a la Dirección de Liquidación de Sueldos que se efectuaron constataciones respecto de la agente Luna durante los días y horarios consignados en las fojas anteriores, informando la existencia de anomalías y solicitando se informe si correspondía efectuar los descuentos pertinentes en los haberes correspondientes al mes de abril de 2026.
Que a fs. 20, La Dirección de Liquidación de Haberes informa que a la agente Erica Cristina Luna, Legajo N.º 5638, se le efectuó el descuento correspondiente a dieciséis (16) días, así como el descuento de la bonificación por asistencia y puntualidad correspondiente al mes de abril de 2026, conforme lo solicitado por la Dirección de Recursos Humanos. Asimismo, deja constancia de que desconoce si dicho descuento se corresponde con las actas obrantes a fojas 2 a 17.
Que a fs. 21, La Dirección de Recursos Humanos informa a la Subsecretaría Legal y Técnica sobre las constataciones de ausencia efectuadas respecto de la agente Luna y cita la normativa aplicable, particularmente la Ordenanza N.º 11.275/49, Estatuto y Escalafón de Empleados y Obreros Municipales, y los artículos 5.º y 11.º del Decreto N.º 335/2004, señalando que determinadas inasistencias pueden configurar faltas graves y dar lugar a los descuentos correspondientes. Finalmente, remite las actuaciones para intervención y dictamen.
Que a fs. 22, La Subsecretaría Legal y Técnica aconseja intimar a la agente Erica Cristina Luna para que, en el plazo de cinco (5) días, formule el descargo que estime pertinente respecto de las inasistencias constatadas, bajo apercibimiento de las acciones administrativas y legales que pudieran corresponder, conforme la Ordenanza N.º 11.275/49 y el Decreto N° 335/2004.
Que a fs. 27 Se instrumenta la cédula de notificación dirigida a la agente Erica Cristina Luna, mediante la cual se le comunica el contenido de lo aconsejado por la Subsecretaría Legal y Técnica y se le otorga el plazo de cinco días para formular su descargo, acompañándose copia de la actuación obrante a foja 21., cédula notificada en fecha 22/05/2026.
Que a fs 28, La agente Erica Cristina Luna presenta su descargo, manifestando que los días respecto de los cuales se le formularon las observaciones fueron ratificados por el Secretario Fernando Esquivel y el Subsecretario Mateo Sastre en el expediente N.º 16-L/2026, que se encontraría en trámite, solicitando que dicha circunstancia sea tenida en consideración.
Que a fs. 29, La Dirección de Recursos Humanos informa a la Dirección de Asuntos Jurídicos los datos de la agente Erica Cristina Luna, indicando su antigüedad, categoría y dependencia, y remite las actuaciones a efectos de que se tome conocimiento del descargo presentado y se emita el dictamen correspondiente.
Que a fs. 1, del expediente 16 "L" 2026, obra nota, mediante la cual la agente Érica Cristina Luna solicita al Ejecutivo Municipal la liberación de su sueldo retenido correspondiente al mes de marzo de 2026, argumentando encontrarse cumpliendo funciones de manera normal.
Que a fs. 2, la Subsecretaría de Obras Públicas eleva un informe advirtiendo que la agente no se encontraba prestando servicios desde el 05/03/2025. Asimismo, detalla que la misma se presentó el 13/04/2026 manifestando haber estado prestando servicios en el Sindicato STEM, por lo que se acordó su reincorporación a partir del 14/04/2026 para cumplir tareas de limpieza en calle Urquiza N° 431.
Que a fs. 3, la Dirección de Recursos Humanos, informa que los haberes se retuvieron a pedido de Obras Públicas. Detalla que durante el período comprendido entre el 11/03 y el 10/04/2026 se realizaron quince (15) constataciones, comprobándose que la agente no se encontraba en su lugar de trabajo a pesar de registrar marcaciones en el reloj dígito facial.
Que a fs. 9, la Dirección de Recursos Humanos interviene detallando la situación de revista de la agente (planta mensualizada categoría 11°, dependiente de Obras Públicas) y remite las actuaciones a la Dirección de Asuntos Jurídicos para su intervención.
Que a fs. 10, recae Dictamen N° 744/26 de la Dirección de Asuntos Jurídicos, solicitando a la Dirección de Liquidaciones un informe sobre la percepción de haberes y descuentos practicados a la agente en los últimos seis meses.
Que a fs. 11, la Dirección de Liquidación de Haberes informa que a la agente se le descontó el "Presentismo" en los meses de febrero y marzo de 2026, encontrándose el sueldo de marzo en estado "Retenido" por orden de Recursos Humanos.
Que a fs. 12, obra el Dictamen N° 797/26 de Asuntos Jurídicos, donde previo a dictaminar de fondo, se solicita a la Subsecretaría de Obras Públicas que informe si la agente se encuentra actualmente cumpliendo con sus obligaciones en tiempo y forma o si existen irregularidades.
Que a fs. 14, el Subsecretario de Obras Públicas da respuesta informando que desde el 14/04/2026 la agente se encuentra prestando servicios en las oficinas de calle Urquiza N° 431, en el horario de 7:00 a 13:00 hs, siendo su desempeño normal y sin presentar irregularidades.
Que a fs. 15, recae un nuevo dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiriendo la acumulación de las presentes actuaciones al expediente N° 463 D/2026 para su evaluación conjunta.
Que a fs. 23, la Directora de Recursos Humanos adjunta copia certificada de dicho expediente (N° 463 D/26) y reitera la gravedad de las dieciséis (16) constataciones realizadas donde se comprobó que la agente marcaba entrada y salida en el reloj digital, pero se ausentaba de su lugar de trabajo. Sin perjuicio de ello, reconoce que a la fecha la agente ha regularizado su situación prestacional.
Que a fs. 24 obra Dictamen N° 979/26, emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante el cual, dadas las actuaciones y antecedentes obrantes, se aconseja al Departamento Ejecutivo Municipal la instrucción de un Sumario Administrativo.
Que los antecedentes reunidos permiten advertir la posible existencia de conductas susceptibles de configurar incumplimientos a los deberes y obligaciones inherentes a la función pública, circunstancias que requieren una investigación exhaustiva mediante el procedimiento disciplinario correspondiente.
Que corresponde, en consecuencia, disponer la instrucción de Sumario Administrativo a fin de determinar con precisión la materialidad de los hechos denunciados, deslindar responsabilidades, garantizar el debido proceso y el derecho de defensa de los agentes involucrados.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo por el Art. 107°, incisos ll) y u) de la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal y sus modificatorias;
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la instrucción de SUMARIO ADMINISTRATIVO respecto del agente Erica Cristina Luna, Legajo N.º 5638, a fin de investigar los hechos denunciados y las circunstancias emergentes de los informes obrantes en las actuaciones administrativas.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase como Instructora Sumariante a la Dra. Celina E. Gonzalez, de la División Sumarios dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO N° 935/2.026.
Concordia, 09 de Octubre de 2.026.
VISTO las tramitaciones obrantes en el Expediente compra digital N° 4007 y,
CONSIDERANDO:
Que el presente corresponde al llamado a licitación para la compra de un vehículo pick up destinado a la Secretaría de Salud.
Que obra intervención de la Dirección de Presupuesto.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización autoriza la erogación en cuestión.
Que obra proyecto de pliego de bases y condiciones particulares de la Licitación Pública Nº 61/2026 "ADQUISICIÓN DE VEHICULO PICK UP PARA SECRETARIA DE SALUD", al cual no hay objeciones que formular.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inc. ñ), q) y u) de la Ley Provincial 10.027 y modificatorias - Régimen Municipal.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado por la Dirección de Compras y Suministros para el 1° llamado a Licitación Pública N° 61/2026 "ADQUISICIÓN DE VEHICULO PICK UP PARA SECRETARIA DE SALUD", conforme antecedentes obrantes en Expediente compra digital N° 4007, en virtud a los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2º.- Efectúese un 2º llamado a Licitación Pública Nº 61/2026 "ADQUISICIÓN DE VEHICULO PICK UP PARA SECRETARIA DE SALUD", en caso de que el 1º llamado, resulte desierto o sus ofertas resulten inadmisibles o desestimadas, para lo cual se deberá tener en cuenta el Pliego de Bases y Condiciones que sirviera de base para el Primer llamado, cuyos antecedentes obran en el Expediente N.º 4007.
ARTÍCULO 3°.- Impútese el gasto requerido para el cumplimiento de lo dispuesto a la partida presupuestaria N.º 3.1.90.02.05.07.57.12 - $60.000.000,00 - SALUD.
ARTÍCULO 4°.- Confórmese la Comisión evaluadora integrada por un representante de la Secretaría de Salud, uno de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, uno de la Dirección de Asuntos Jurídicos. La Directora de Compras y Suministros actuará como Secretaria, con voz y sin voto.
ARTÍCULO 5°.- Dispóngase que la Dirección de Compras y Suministros fije la fecha de apertura de propuestas, efectúe las invitaciones, notifique a las áreas indicadas para conformar la Comisión evaluadora mencionada en el artículo anterior y dé cumplimiento a lo dispuesto en el presente.
ARTÍCULO 6°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos, para su intervención.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. DIEGO E. SAURE
Secretario de Salud.
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DECRETO Nº 938/2.026.
Concordia, 09 de Octubre de 2.026.
VISTO la presentación efectuada por la Señora MORAN AURORA BEATRIZ, DNI 14.162.803, legajo N° 2443, obrante a fojas 1 del expediente N° 59 "M" 2026, por la que eleva su renuncia al cargo a partir del 1º de Octubre de 2026, a efectos de acogerse a la jubilación otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, asimismo solicita el pago de licencias adeudadas, aguinaldo proporcional y el subsidio (Art. 77°, Ord. N° 11275) y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 003445 de fecha 29 de Julio de 2026 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común a la Señora MORAN AURORA BEATRIZ, DNI 14.162.803.
Que la Dirección de Recursos Humanos solicita informe si a la misma le practican y/o tiene embargos pendientes, ya que la Señora Moran Aurora Beatriz, Legajo Nº 2443, presentó la renuncia al cargo a partir del 1º de Octubre de 2026.
Que la Dirección de Liquidaciones, informa que la Agente Moran Aurora Beatriz, Legajo Nº 2443, a la fecha NO registra embargos activos ni en espera.
Que la Encargada Control Deudas Créditos Especiales informa que la agente municipal Moran Aurora Beatriz, Legajo Nº 2443, a la fecha NO registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldo).
Que la Directora de Recursos Humanos informa que la agente Moran Aurora Beatriz, Legajo N° 2443, DNI 14.162.803, presta servicios en este municipio desde el 18/10/1995, revista como personal mensual, categoría Nº 24, dependiente de la Secretaría de Gobierno, Dirección de Prevención y Seguridad Municipal. Dicha agente tendría pendiente 7 (siete) días de licencia del año 2024, 30 (treinta) días de licencia 2025 y 23 (veintitrés) días proporcionales de la licencia del año 2026 y también corresponde aguinaldo proporcional 2.º semestre-26 de acuerdo al tiempo trabajado: El artículo 77 Bis de la Ordenanza N.º 11.275/49, establece: "En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrá derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°".
Que por Dictamen N° 1530/26 la Dirección de Asuntos Jurídicos dando visto a las presentes actuaciones venidas a consulta y dictamen, lo solicitado a fojas 1, por la agente Moran Aurora Beatriz, Legajo N° 2443; la copia de la resolución N° 003445 de fs. 2 emitida por la Caja de Jubilaciones de la Provincia y mediante la que se acredita el beneficio de Jubilación Ordinaria Común, esta Dirección no tiene objeción que formular respecto a la aceptación de la renuncia y además entiende que corresponde hacer lugar al pago de las licencias 7 (siete) días de licencia del 2024, 30 (treinta) días de licencia del 2025 y 23 (veintitrés) días proporcionales de la licencia del corriente año; aguinaldo proporcional 2° semestre 2026 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza Nº 11.275.
Que la Dirección de Recursos Humanos a fin de que se realice el dictado del acto administrativo correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos u) de la Ley N° 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082 Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Aceptar a partir del 1º de Octubre de 2026 la renuncia presentada por la Señora Moran Aurora Beatriz, DNI 14.162.803, Legajo N° 2443, con motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Reconocer y abonar a la Señora Moran Aurora Beatriz, el pago de las licencias pendientes, siete (7) días de licencia del 2024, treinta (30) días de licencia del 2025 y veintitrés (23) días proporcionales de la licencia del año 2026, aguinaldo proporcional 2º semestre 2026 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77 Bis de la Ordenanza N° 11.275.
ARTICULO 3º.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos a la Ex Agente MORAN AURORA BEATRIZ, de lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del presente, cumplimentado pase a la Dirección de Liquidaciones de haberes.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Cra. PATRICIA LAURA RODRIGUEZ
Secretaria de Gobierno.
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DECRETO N° 939/2.026.
Concordia, 09 de Octubre de 2.026.
VISTO la presentación efectuada por el Señor CARDOZO NESTOR RUBEN, DNI 12.426.169, legajo N° 4952, obrante a fojas 1 del expediente N° 262 "C" 2026, por la que eleva su renuncia al cargo a partir del 1º de Octubre de 2026, a efectos de acogerse a la jubilación otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, asimismo solicita el pago de licencias adeudadas, aguinaldo proporcional y el subsidio (Art. 77°, Ord. Nº 11275) y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 003541 de fecha 30 de Julio de 2026 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de Jubilación por Edad Avanzada de Oficio referente al Señor CARDOZO NESTOR RUBEN, DNI 12.426.169.
Que la Dirección de Recursos Humanos solicita informe si al mismo le practican y/o tiene embargos pendientes, ya que el Señor Cardozo Néstor Rubén, Legajo N° 4952, presentó la renuncia al cargo a partir del 1° de Octubre de 2026.
Que la Dirección de Liquidaciones, informa que el Agente Cardozo Néstor Rubén, Legajo Nº 4952, a la fecha NO registra embargos activos ni en espera en el sistema de sueldo de esta Municipalidad.
Que la Encargada Control Deudas Créditos Especiales informa que el agente municipal Cardozo Néstor Rubén, Legajo Nº 4952, a la fecha NO registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldo).
Que la Directora de Recursos Humanos informa que el agente Cardozo Néstor Rubén, Legajo N° 4952, DNI 12.426.169, presta servicios en este municipio desde el 01/06/2007, revista como personal mensual, categoría N° 17, dependiente de la Secretaría de Gobierno, Dirección de Prevención y Seguridad Municipal. Dicho agente tendría pendiente 13 (trece) días de licencia del año 2023, 25 (veinticinco) días de licencia del año 2024, 25 (veinticinco) días de licencia 2025 y 19 (diecinueve) días proporcionales de la licencia del año 2026 y también corresponde aguinaldo proporcional 2° semestre-26 de acuerdo al tiempo trabajado: El artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11.275/49, establece: "En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrá derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°".
Que por Dictamen N° 1531/26 la Dirección de Asuntos Jurídicos dando visto a las presentes actuaciones venidas a consulta y dictamen, lo solicitado a fojas 1, por el agente CARDOZO NESTOR RUBEN, Legajo N° 4952; la copia de la resolución N° 003541 de fs. 2 emitida por la Caja de Jubilaciones de la Provincia y mediante la cual se concede el beneficio de jubilación por edad avanzada de oficio, esta Dirección no tiene objeción que formular respecto a la aceptación de la renuncia y además entiende que corresponde hacer lugar al pago de las licencias 25 (veinticinco) días de licencia del 2024, 25 (veinticinco) días licencia del 2025 y 19 (diecinueve) días proporcionales de la licencia del corriente año; aguinaldo proporcional 2° semestre 2026 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza N°11.275; con respecto a las licencias del año 2023, NO corresponde el abono por encontrarse las mismas prescriptas.
Que la Dirección de Recursos Humanos a fin de que se realice el dictado del acto administrativo correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos u) de la Ley No 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082 Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Aceptar a partir del 1º de Octubre de 2026 la renuncia presentada por el Señor Cardozo Néstor Rubén, DNI 12.426.169, Legajo No 4952, con motivo de haberse acogido al beneficio de Jubilación por Edad Avanzada de Oficio otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Reconocer y abonar al Señor Cardozo Néstor Rubén, el pago de las licencias pendientes, veinticinco (25) días del 2024, veinticinco (25) días del 2025 y diecinueve (19) días proporcionales de la licencia del año 2026, aguinaldo proporcional 2º semestre 2026 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza Nº 11.275; con respecto a las licencias del año 2023, NO corresponde el abono por encontrarse las mismas prescriptas.
ARTICULO 3º.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos al Ex Agente CARDOZO NESTOR RUBEN, de lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del presente, cumplimentado pase al Departamento de Liquidaciones.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Cra. PATRICIA LAURA RODRIGUEZ
Secretaria de Gobierno.
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DECRETO N° 940/2.026.
Concordia, 09 de Octubre de 2.026.
VISTO la presentación efectuada por el Señor QUIROZ JORGE DANIEL, DNI 14.021.646, legajo N° 2254, obrante a fojas 1 del expediente Nº 9 "Q" 2026, por la que eleva su renuncia al cargo a partir del 1º de Octubre de 2026, a efectos de acogerse a la jubilación otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, asimismo solicita el pago de licencias adeudadas, aguinaldo proporcional y el subsidio (Art. 77°, Ord. N° 11275) y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 003449 de fecha 29 de Julio de 2026 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se concedió el beneficio de la Jubilación Ordinaria Común al Señor QUIROZ JORGE DANIEL, DNI 14.021.646.
Que la Dirección de Recursos Humanos solicita informe si al mismo le practican y/o tiene embargos pendientes, ya que el Señor Quiroz Jorge Daniel, Legajo No 2254, presentó la renuncia al cargo a partir del 1º de Octubre de 2026.
Que la Dirección de Liquidaciones, informa que el Agente Quiroz Jorge Daniel, Legajo N° 2254, a la fecha NO registra embargos activos ni en espera.
Que la Encargada Control Deudas Créditos Especiales informa que el agente municipal Quiroz Jorge Daniel, Legajo N° 2254, a la fecha NO registra deuda de Créditos Especiales (Adelanto de Sueldo).
Que la Directora de Recursos Humanos informa que el agente Quiroz Jorge Daniel, Legajo N° 2254, DNI 14.021.646, presta servicios en este municipio desde el 01/07/1995, revista como personal mensual, categoría Nº 24, dependiente de la Secretaría de Gobierno, Dirección de Prevención y Seguridad Municipal. Dicho agente tendría pendiente 15 (quince) días de licencia del año 2020, 30 (treinta) días de licencia del año 2021, 30 (treinta) días de licencia del año 2022, 30 (treinta) días de licencia del año 2023, 30 (treinta) días de licencia del año 2024, 30 (treinta) días de licencia del año 2025 y 23 (veintitrés) días proporcionales de la licencia del año 2026 y también sueldo anual complementario 2° semestre-26 de acuerdo al tiempo trabajado: El artículo 77.0 Bis de la Ordenanza N° 11.275/49, establece: "En caso de jubilación, los empleados que acrediten el efectivo otorgamiento de la misma, dentro de un plazo de 90 (noventa) días de concedida, tendrá derecho a un subsidio equivalente a tres sueldos básicos correspondientes a la categoría 20°".
Que por Dictamen N° 1532/26 la Dirección de Asuntos Jurídicos dando visto a las presentes actuaciones venidas a consulta y dictamen, lo solicitado a fojas 1, por el agente Quiroz Jorge Daniel, Legajo N° 2254, la copia de la resolución Nº 003449 de fs. 2 emitida por la Caja de Jubilaciones de la Provincia y mediante la que se acredita el beneficio de Jubilación Ordinaria Común, esta Dirección no tiene objeción que formular respecto a la aceptación de la renuncia y además entiende que corresponde hacer lugar al pago de las licencias 30 (treinta) días de licencia del 2024, 30 (treinta) días de licencia 2025 y 23 (veintitrés) días proporcionales de la licencia del corriente año; aguinaldo proporcional 2° semestre 2026 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77° Bis de la Ordenanza N° 11.275; con respecto a las licencias de los años 2020, 2021, 2022 y 2023, NO corresponde el abono por encontrarse las mismas prescriptas.
Que la Dirección de Recursos Humanos a fin de que se realice el dictado del acto administrativo correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos u) de la Ley No 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082 Régimen de las Municipalidades de la Provincia de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Aceptar a partir del 1º de Octubre de 2026 la renuncia presentada por el Señor Quiroz Jorge Daniel, DNI 14.021.646, Legajo N° 2254, con motivo de haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Común otorgada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2º.- Reconocer y abonar al Señor Quiroz Jorge Daniel, el pago de las licencias pendientes, treinta (30) días del año 2024, treinta (30) días del año 2025 y veintitrés (23) días proporcionales de la licencia del año 2026, aguinaldo proporcional 2º semestre 2026 y el subsidio por jubilación establecido en el artículo 77 Bis de la Ordenanza N° 11.275; con respecto a las licencias de los años 2020, 2021, 2022 y 2023, NO corresponde el abono por encontrarse las mismas prescriptas.
ARTICULO 3º.- Notificar por la Dirección de Recursos Humanos al Ex Agente Quiroz Jorge Daniel, de lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del presente, cumplimentado pase al Departamento de Liquidaciones.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda
Cra. PATRICIA LAURA RODRIGUEZ
Secretaria de Gobierno.
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Concordia, 15 de Octubre de 2026.
Nº 10.520
VISTO:
La realización de la "Gran Fiesta de la Fundación – Cena Show Solidaria", organizada por la Fundación Cuidados Paliativos Concordia, que tendrá lugar el día 16 de octubre de 2026, a las 21:00 horas, en Bodega Robinson, ubicada en calle Gualeguay 4500 de la ciudad de Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que la Fundación Cuidados Paliativos Concordia desarrolla una invaluable labor social y sanitaria, brindando asistencia integral, acompañamiento y contención a pacientes con enfermedades oncológicas y otras patologías avanzadas, así como a sus familias, durante una de las etapas más difíciles de la vida;
Que el trabajo de la institución se sustenta en una mirada profundamente humanitaria, orientada a aliviar el sufrimiento físico, emocional, social y espiritual de las personas, promoviendo el respeto por la dignidad humana y una mejor calidad de vida;
Que el objetivo principal de la presente Cena Show Solidaria es recaudar fondos destinados a continuar con la construcción del Hospice, un espacio de internación concebido para brindar cuidados paliativos especializados y acompañamiento digno a quienes transitan enfermedades avanzadas, constituyendo una obra de enorme trascendencia para la comunidad Concordiense;
Que este evento contará con un menú que constará de Isla y bandejeo, plato principal y postre, actuación en vivo el grupo musical “De La Hostia”, Dj y animación;
Que este tipo de iniciativas solidarias fortalecen la participación comunitaria, promueven valores como la solidaridad, la empatía y el compromiso social, permitiendo que la ciudadanía acompañe activamente una causa de alto impacto humano.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal la "Gran Fiesta de la Fundación – Cena Show Solidaria", organizada por la Fundación Cuidados Paliativos Concordia, a realizarse el día 16 de octubre de 2026, a las 21:00 horas, en Bodega Robinson, sita en calle Gualeguay 4500 de la ciudad de Concordia.
ARTÍCULO 2°.- Destáquese la trascendencia social, sanitaria y comunitaria de la labor desarrollada por la Fundación Cuidados Paliativos Concordia, así como el destino solidario de los fondos recaudados para la continuidad de la construcción del Hospice.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 15 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 16 de Octubre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.952.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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Concordia, 15 de Octubre de 2026.
Nº 10.522
VISTO:
Que con motivo de conmemorarse el primer siglo de vida institucional de la Liga Concordiense de Fútbol, entidad fundada el 13 de septiembre de 1926 y columna vertebral del deporte concordiense, y;
CONSIDERANDO:
Que el fútbol argentino comenzó a expandirse tempranamente desde los grandes centros urbanos hacia todo el territorio nacional, proceso en el cual las ligas regionales desempeñaron un papel fundamental para organizar las competencias, reunir a los clubes y dar una estructura institucional a una pasión creciente en cada provincia;
Que la historia del fútbol en la ciudad de Concordia posee antecedentes organizativos que se remontan al año 1913, consolidados definitivamente el 13 de septiembre de 1926 con la creación de la entidad actual, teniendo entre sus clubes fundadores al Club Atlético Victoria (fundado en 1897 y considerado el decano del fútbol en Entre Ríos), al Club Atlético Libertad y al Club Atlético Wanderer’s;
Que a lo largo de 100 años de trayectoria, la Liga Concordiense de Fútbol ha desempeñado un rol social, deportivo y cultural fundamental en el departamento Concordia, agrupando e impulsando competencias en diversas categorías como Divisional A, Divisional B, 3° División A, 3° División B, Sub 17 Divisional A, Sub 17 Divisional B y la Liga Femenina;
Que la Liga ha sabido cobijar no solo a las instituciones de la ciudad de Concordia —donde mantiene su sede en Rivadavia 582—, sino también a clubes de localidades aledañas del departamento, promoviendo el deporte, la contención social y el arraigo comunitario a través de las distintas décadas;
Que en el marco de esta significativa efeméride, la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) publicó el 11 de septiembre de 2026 una nota institucional titulada “Un siglo de fútbol en Concordia”, destacando el valor histórico, los antecedentes de 1913, el rol de los clubes pioneros y la rica tradición futbolística de nuestra comunidad dentro de la provincia de Entre Ríos;
Que este centenario es el fruto del esfuerzo sostenido de generaciones de dirigentes, entrenadores, árbitros, futbolistas, colaboradores y familias que han mantenido viva la pasión y los valores del deporte en la región;
Que con motivo de celebrar sus 100 años de historia, la entidad llevará a cabo su Gala Conmemorativa el día viernes 16 de octubre del corriente año a las 21:00 horas en las instalaciones del Teatro Odeón de nuestra ciudad, ofreciendo entradas gratuitas a la comunidad en su sede social.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal la Gala conmemorativa por los 100 Años de la Liga Concordiense de Fútbol, en reconocimiento a su centenaria trayectoria institucional, deportiva y social en la ciudad de Concordia, a realizarse el día viernes 16 de octubre del corriente año a las 21:00 horas en el Teatro Odeón.
ARTÍCULO 2º.- Hágase entrega de un diploma y copia de la presente resolución a las autoridades de la Liga Concordiense de Fútbol.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 15 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 16 de Octubre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.953.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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Concordia, 15 de Octubre de 2026.
Nº 10.521
VISTO:
La Jornada comunitaria de promoción de la salud, prevención y concientización sobre el cáncer de mama "Enfermería en la Plaza: prevenir, conocer y cuidar" a realizarse el día 19 de Octubre desde las 9hs hasta las 11hs por el Hospital Delicia Concepción Masvernat en conjunto con la Secretaria de Salud de la Municipalidad de Concordia, Y;
CONSIDERANDO:
Que el cáncer de mama constituye un importante problema de salud pública, cuya detección temprana y acceso oportuno a los servicios de salud mejoran significativamente las posibilidades de diagnóstico y tratamiento;
Que octubre es el mes internacionalmente dedicado a la concientización sobre el cáncer de mama, constituyendo una oportunidad privilegiada para difundir información, promover la prevención y fomentar los controles de salud en la población;
Que las actividades de promoción de la salud de carácter comunitario permiten acercar información clara y accesible a la población, favorecer el reconocimiento de signos de alarma y facilitar el vínculo entre los ciudadanos y el sistema sanitario;
Que el Servicio de Consultorios Externos – Enfermería del Hospital Delicia Concepción Masvernat proyecta la "Jornada de Promoción y Prevención del Cáncer de Mama: Enfermería en la Plaza: prevenir, conocer y cuidar", a desarrollarse en la Plaza 25 de Mayo de la ciudad de Concordia, en un espacio abierto, gratuito y participativo;
Que la propuesta prevé la articulación del equipo de Enfermería con un profesional especialista en Ginecología, quien brindará orientación específica y responderá consultas relacionadas con la salud ginecológica y mamaria;
Que la jornada contempla estaciones educativas, orientación individual, espacios de consulta confidencial, actividades participativas y la difusión de mensajes orientados a conocer el propio cuerpo, consultar ante cambios nuevos y acceder oportunamente a los servicios de salud;
Que el rol de Enfermería resulta fundamental como agente de promoción de la salud, orientación, escucha y acompañamiento, contribuyendo a la prevención y a la detección temprana de la enfermedad;
Que resulta de interés para el Municipio de Concordia apoyar iniciativas que fortalezcan la prevención, la educación sanitaria y la vinculación entre las instituciones de salud y la comunidad, especialmente en materia de enfermedades oncológicas;
Que la presente iniciativa promueve la participación ciudadana, la concientización social y el cuidado integral de la salud de las mujeres y de sus familias.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal la Jornada comunitaria de promoción de la salud, prevención y concientización sobre el cáncer de mama "Enfermería en la Plaza: prevenir, conocer y cuidar" a realizarse el día 19 de Octubre desde las 9hs. hasta las 11hs.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese un certificado y copia de dicha declaración a los interesados.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 15 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 16 de Octubre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.954.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. CAVALLARO ISAIAS ISMAEL, D.N.I. N° 32.072.185, Legajo N° 6463 que en los autos caratulados: REF.: INASISTENCIA INJUSTIFICADA DEL AGENTE CAVALLARO ISAIAS ISMAEL LEG. 6463 — EXPTE. N° 719 D 2026 — se ha dispuesto la presente notificación tendiente a notificarle que en virtud del sumario administrativo que se ha dispuesto instruir, se lo cita por el presente para que comparezca a la audiencia de Declaración Indagatoria que se ha fijado para el día 30 de octubre de 2026 a las 08:00 hs. La misma se realizará en la oficina de la División Sumarios sita en el Palacio Municipal, 1er. Piso, y bajo los apercibimiento de Ley. Asimismo se le hace saber que deberá comparecer munido de su Documento Nacional de Identidad y asistido por abogado Defensor. Por último se le transcribe el artículo 36 del Decreto N° 2/70 S.G.G. el que en su parte pertinente expresa: "Al inicio de la Declaración Indagatoria se le hará saber al sumariado los cargos que se le imputan y el derecho que le asiste de proponer abogado defensor, ofrecer pruebas en el periodo respectivo y alegar sobre el mérito de la misma. En el supuesto de que no de designe abogado Defensor, el instructor sumariante procederá a designar al Sr. Defensor Oficial".- Fdo. Dr. Carlos Ignacio Del Valle Subsecretario Legal y Técnico Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO E INTIMADO.-
Concordia, de Octubre del 2.026
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. CAVALLARO ISAIAS ISMAEL, D.N.I. N° 32.072.185, Legajo N° 6463 que en los autos caratulados: REF.: INASISTENCIA INJUSTIFICADA DEL AGENTE CAVALLARO ISAIAS ISMAEL LEG. 6463 — EXPTE. N° 719 D 2026 — se ha dispuesto la presente notificación tendiente a notificarle que en virtud del sumario administrativo que se ha dispuesto instruir, se lo cita por el presente para que comparezca a la audiencia de Declaración Indagatoria que se ha fijado para el día 30 de octubre de 2026 a las 08:00 hs. La misma se realizará en la oficina de la División Sumarios sita en el Palacio Municipal, 1er. Piso, y bajo los apercibimiento de Ley. Asimismo se le hace saber que deberá comparecer munido de su Documento Nacional de Identidad y asistido por abogado Defensor. Por último se le transcribe el artículo 36 del Decreto N° 2/70 S.G.G. el que en su parte pertinente expresa: "Al inicio de la Declaración Indagatoria se le hará saber al sumariado los cargos que se le imputan y el derecho que le asiste de proponer abogado defensor, ofrecer pruebas en el periodo respectivo y alegar sobre el mérito de la misma. En el supuesto de que no de designe abogado Defensor, el instructor sumariante procederá a designar al Sr. Defensor Oficial".- Fdo. Dr. Carlos Ignacio Del Valle Subsecretario Legal y Técnico Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO E INTIMADO.-
Concordia, de Octubre del 2.026
