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- Anexo Ordenanza N° 38907-2026 Ampliacion Presupuesto 2026 Ente Descentralizado Obras Sanitarias.pdf2,9 MB
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SUMARIO
Las siguientes Ordenanzas, Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Las siguientes Ordenanzas, Decretos y Resoluciones conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanzas: 38.907, 38.908, 38.909. Decretos: 815/2.026, 816/2.026, 817/2.026, 818/2.026. Resoluciones: 38.903, 38.905, 38.906.
Concordia, 03 de Septiembre de 2026.
Expte.Nº29.206 DE.
ORDENANZA AMPLIACIÓN PRESUPUESTO DEL ENTE
DESCENTRALIZADO DE OBRAS SANITARIAS.—
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Apruébese la Ampliación al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias para el Ejercicio 2026, conforme se dispone en los Artículos siguientes.
ARTÍCULO 2°.- Amplíese en la suma de PESOS DOS MIL CIENTO CUARENTA MILLONES CON 0/100 ($ 2.140.000.000.-) el Presupuesto de Gastos del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias para el Ejercicio 2026 con destino a las finalidades que se indican en los Cuadros Anexos y que pasan a formar parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3°.- Amplíese en la suma de DOS MIL CIENTO CUARENTA MILLONES CON 0/100 ($ 2.140.000.000.-), el Cálculo de Recursos del Ente Descentralizado de Obras Sanitarias destinado a atender los gastos fijados por el Artículo 2º de la presente Ordenanza, de acuerdo con el resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en los Cuadros Anexos que pasan a formar parte de la presente Ordenanza.
RECURSOS CORRIENTES $ 1.500.000.000.-
FINANCIAMIENTO $ 640.000.000.-
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 03 Septiembre de 2026.
MARIA CAROLINA AMIANO
Vice- Presidente 2°
a/c Presidencia
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 04 de Septiembre de 2.026.
ORDENANZA N° 38.907.
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. JAVIER DEL CERRO
Interventor EDOS.
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Concordia, 03 de Septiembre de 2026.
Expte.Nº29.038 P.
ORDENANZA NOMINACIÓN CALLE PÚBLICA
DEL BARRIO PIERRESTEGUI.—
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Desígnese con el nombre Doctora Cecilia Grierson a la calle pública sin nombre que corre en sentido paralelo a calle Pbro. J. Odiard, sirviendo como divisoria de la Manzana 1343.
ARTÍCULO 2°.- Dese conocimiento a la Secretaria de Obras Públicas y a Dirección de Catastro de la presente a los fines pertinentes.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 03 Septiembre de 2026.
Dr. FELIPE SASTRE
Vice- Presidente 1°
a/c Presidencia
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 04 de Septiembre de 2.026.
ORDENANZA N° 38.908.
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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Concordia, 03 de Septiembre de 2026.
Expte.Nº29.039 P.
ORDENANZA NOMINACIÓN CALLE PÚBLICA
DEL BARRIO CARRETERA LA CRUZ.—
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Desígnese con el nombre Juan Jáuregui a calle pública que corre en sentido paralelo a calle Carretera La Cruz, delimitada entre las calles Pancho Ledesma y calle Pública Nº 69.
ARTÍCULO 2°.- Dese conocimiento a la Secretaria de Obras Públicas y a Dirección de Catastro de la presente a los fines pertinentes.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 03 Septiembre de 2026.
Dr. FELIPE SASTRE
Vice- Presidente 1°
a/c Presidencia
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 04 de Septiembre de 2.026.
ORDENANZA N° 38.909.
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO N° 815/2.026.
Concordia, 4 de septiembre de 2.026
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.026, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la presente se efectúa de conformidad a lo previsto en el Artículo 6° de la Ordenanza N° 38.756.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Refuércense los créditos presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.026 en los importes que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.026 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno al Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda
ANEXO I
3.1.90.02.05.07.57.17 Obras Pcas 135,000,000
TOTAL 135,000,000
ANEXO II
3.7.40.02.05.08.61.02 Obras Pcas 135,000,000
TOTAL 135,000,000
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda.
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DECRETO N° 816/2.026.
Concordia, 7 de septiembre de 2.026
VISTO que el Señor Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA se debe ausentar de la ciudad en horas de la mañana por cuestiones relacionadas a la Administración Pública y,
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente encomendar la atención de la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda al Subsecretario de Hacienda y Modernización Cr. CLAUDIO BASTIDA, sin perjuicio de sus funciones especificas.
Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones emergentes de la Ley 10.027 y modificatorias — Régimen de las Municipales de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Encomendar la atención de la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda al Subsecretario de Hacienda y Modernización Cr. CLAUDIO BASTIDA, mientras dure la ausencia de su titular, sin perjuicio de sus funciones especificas.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda.
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DECRETO N° 817/2.026.
Concordia, 7 de septiembre de 2.026
VISTO la licencia otorgada al Contador Municipal a cargo, Cr. Diego Paolo Cutro, Legajo 8022, el día 7 de Septiembre de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de no resentir el normal funcionamiento de la Oficina resulta necesario cubrir el cargo de Contador Municipal, mediante la designación del Cr. Maximiliano Andrés Tonina, Legajo 8174, y Sub-Contador Municipal mediante la designación del Cr. Ramón Raúl Ruiz, Legajo 3063, desde el día 7 de Septiembre de 2026 hasta el día 11 de Septiembre de 2026, inclusive.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 - Régimen Municipal - modificada por Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/2012 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Encargase la atención del cargo de Contador Municipal, al Cr. Maximiliano Andrés Tonina, Legajo 8174, desde el día 7 de Septiembre de 2026 hasta el día 11 de Septiembre de 2026, inclusive.
ARTICULO 2°.- Encargase la atención del cargo de Sub-Contador Municipal, al Cr. Ramón Raúl Ruiz, Legajo 3063, desde el día 7 de Septiembre de 2026 hasta el día 11 de Septiembre de 2026, inclusive.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. CLAUDIO FABIAN BASTIDA
Subsecretario de Hacienda y Modernización
a/c Secretaria de Coord. de Gabinete y Hacienda.
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DECRETO N° 818/2.026.
Concordia, 7 de Septiembre de 2.026
VISTO la resolución DACTM N° 109/26 de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande y;
CONSIDERANDO:
Que por tales cuestiones se hace imprescindible ampliar el Presupuesto 2026.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 8 de la Ordenanza de Presupuesto 2026 N° 38.756 que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar el mismo por nuevos y mayores ingresos con afectación específica, con la condición de la comunicación previa de realizar tales ampliaciones al Concejo Deliberante.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese la modificación al Presupuesto General de la Administración Municipal conforme se dispone en los artículos siguientes.
ARTICULO 2°.- Amplíese en la suma de PESOS DOCE MILLONES CIEN MIL ($ 12.100.000,00) el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal correspondiente al Ejercicio 2026 destinado a atender los gastos fijados en el Artículo 3 del presente Decreto.
ARTICULO 3°.- Amplíese el Presupuesto General de gastos al Ejercicio 2026, en la partida presupuestaria 3.1.90.01.01.02.21.56 "APORTE CTM P/SERV.PROF", de la Jurisdicción SALUD en la suma de PESOS DOCE MILLONES CIEN MIL ($ 12.100.000,00)
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Concejo Deliberante con copia del presente Decreto, la utilización de la facultad del Artículo 8° de la Ordenanza 38.756.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. CLAUDIO FABIAN BASTIDA
Subsecretario de Hacienda y Modernización
a/c Secretaria de Coord. de Gabinete y Hacienda.
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Concordia, 03 de Septiembre de 2026.
Nº 10.476
VISTO:
La realización de la primera edición de Expo Textil Concordia, que se desarrollará los días 26 y 27 de Septiembre de 2026 en el Centro de Convenciones de la ciudad de Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que este encuentro reunirá tecnología, diseño, producción, capacitación y nuevas oportunidades de negocio;
Que durante estas 2 jornadas se conocerá herramientas, técnicas y procesos relacionados con la confección, bordado, sublimación, DTF, impresión, vinilo textil, diseño, papelería creativa y personalización, entre otras actividades;
Que la expo contará con charlas, capacitaciones y espacios de intercambio, con la participación de referentes vinculados a distintas aéreas de la industria y el diseño;
Que la expo está dirigida a estudiantes, emprendedores, diseñadores, empresarios, trabajadores de la industria y también para el público en general;
Que dicho evento busca acercar la industria textil, gráfica y creativa al público;
Que asimismo, busca un espacio de encuentro para participantes de distintas localidades de Entre Ríos, Santa Fe, Corrientes, Buenos Aires y otras provincias, además de generar vínculos con actores de la Republica Oriental del Uruguay;
Que Concordia tiene el potencial de convertirse en punto estratégico de conexión entre empresas, emprendedor, instituciones educativas y profesionales vinculados a estas industrias, articulando oportunidades y proyectos a ambos lados de la frontera.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal la primera Expo Textil Concordia, que se desarrollará los días 26 y 27 de Septiembre de 2026 en el Centro de Convenciones de la ciudad de Concordia.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese certificado y copia de la presente a los interesados.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 03 de Septiembre de 2026.
Dr. FELIPE SASTRE
Vice- Presidente 1°
a/c Presidencia
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 04 de Septiembre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.903.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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Concordia, 03 de Septiembre de 2026.
Nº 10.477
VISTO:
La nota presentada por la FACULTAD de CIENCIAS de la ADMINISTRACIÓN de la UNIVERSIDAD NACIONAL de ENTRE RÍOS, solicitando la declaración de interés municipal de las XXIX Jornadas Internacionales de Educación “La Educación en Diálogo con la Realidad: Violencia, Inteligencia Artificial, Familia, Articulación, Comunidad”, que se llevará a cabo los días 9 y 10 de septiembre del corriente año, y;
CONSIDERANDO:
Que las JORNADAS INTERNACIONALES DE EDUCACIÓN, con una trayectoria de 29 años, se han consolidado como un evento de referencia en la comunidad docente e investigadores;
Que este encuentro anual reúne tanto a especialistas de todo el país como del extranjero, creando un espacio de intercambio y reflexión sobre las tendencias y desafíos actuales que atraviesa la educación, contando con el auspicio de la Comisión Nacional Argentina de Cooperación con la UNESCO;
Que el lema de este año: “La Educación en Diálogo con la realidad: Violencia, Inteligencia Artificial, Familia, Articulación, Comunidad”, subraya la relevancia de repensar los dispositivos escolares atendiendo a la multiplicidad de problemáticas que constantemente hacen necesario redefinir los roles educativos, las estrategias de acompañamiento y fomentar nuevas conexiones entre docentes, estudiantes y la comunidad local;
Que las Jornadas tendrán modalidad presencial y su principal objetivo será fomentar el análisis crítico del campo educativo, en un contexto donde las tecnologías, la IA, y los métodos pedagógicos están en constante evolución y es primordial incentivar el intercambio de ideas y prácticas que respondan a los desafíos actuales que atraviesan y condicionan el quehacer escolar;
Que se discutirá acerca de diferentes temáticas, a saber:
- La grieta educativa: calidad y equidad.
- Los principales desafíos en la formación de futuros docentes y que enfrenta la cotidianidad educativa.
- Los diferentes talleres que proporcionarán estrategias para integrar el desarrollo socio-emocional en la enseñanza y promoverán la educación integral de los estudiantes.
- Los diversos modos de acompañar trayectorias: el rol de los Tutores y Asesores Pedagógicos.
Que tanto la presente como su solicitud cumplimentan lo exigido por la Ordenanza N° 38.537 (NUEVO RÉGIMEN DE HONORES), arts. 5 y 6;
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades que son propias de este Concejo Deliberante, conforme lo dispuesto por la Ley N° 10.027 (modif. por Ley N° 10.082).
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal Educativo las XXIX Jornadas Internacionales de Educación, cuyo lema este año es “La Educación en Diálogo con la Realidad: Violencia, Inteligencia Artificial, Familia, Articulación, Comunidad”, a desarrollarse los días 9 y 10 de septiembre de 2026, en la Facultad de Ciencias de la Administración de la Universidad Nacional de Entre Ríos, en virtud de los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese copia de la presente Resolución a las autoridades de la Facultad de Ciencias de la Administración de la Universidad Nacional de Entre Ríos, institución organizadora del evento.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 03 de Septiembre de 2026.
Dr. FELIPE SASTRE
Vice- Presidente 1°
a/c Presidencia
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 04 de Septiembre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.905.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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Concordia, 03 de Septiembre de 2026.
Nº 10.467
VISTO:
La nota presentada por la Asociación Cultural Sanmartiniana de Concordia “Don Juan de San Martín”, mediante la cual solicita al Concejo Deliberante de Concordia la declaración de interés de la muestra denominada “Raíces y descendencia del Libertador”, organizada conjuntamente con el Museo Provincial de la Imagen, en el marco del Mes Sanmartiniano, y;
CONSIDERANDO:
Que la Asociación Cultural Sanmartiniana de Concordia “Don Juan de San Martín” impulsa, en el marco del Mes Sanmartiniano, la realización de la muestra denominada “Raíces y descendencia del Libertador”, organizada conjuntamente con el Museo Provincial de la Imagen, iniciativa destinada a difundir y poner en valor aspectos vinculados con la familia del General José de San Martín y su legado histórico;
Que la propuesta tiene como destinatarios a alumnos de todos los niveles educativos, así como también al público en general, promoviendo el acceso a contenidos de carácter histórico y cultural vinculados con una de las figuras fundamentales del proceso de independencia de los pueblos americanos;
Que la muestra tiene prevista su inauguración el día 24 de agosto de 2026 y permanecerá vigente hasta el día 10 de septiembre de 2026, oportunidad en la que se desarrollará una disertación conjunta a cargo de integrantes de la Asociación Cultural Sanmartiniana de Concordia, Dr. Diego García, Prof. Rosa María Reissenweber y Prof. Graciela Guerrero, denominada “Tres miradas de un Héroe: San Martín desde Alberdi, Varela y Sarmiento”;
Que dicha actividad procura constituirse en una instancia de divulgación y acercamiento al conocimiento de la trayectoria del General José de San Martín, favoreciendo la reflexión acerca de su figura histórica, su pensamiento y los valores asociados a su actuación en favor de la libertad y la independencia de los pueblos americanos;
Que la iniciativa adquiere particular relevancia en el ámbito educativo, en tanto permite generar espacios de acceso y transmisión de conocimientos históricos para estudiantes de los distintos niveles de enseñanza, contribuyendo al fortalecimiento de la memoria histórica y al reconocimiento de los protagonistas del proceso independentista;
Que la participación del público en general amplía el alcance comunitario de la propuesta, posibilitando que el patrimonio histórico y cultural vinculado al General José de San Martín sea conocido y valorado por distintos sectores de la sociedad;
Que la actividad contempla, además, una instancia de análisis y reflexión a través de la disertación “Tres miradas de un Héroe: San Martín desde Alberdi, Varela y Sarmiento”, incorporando distintas perspectivas sobre la figura del Libertador y enriqueciendo el abordaje histórico y cultural de su legado;
Que la Asociación Cultural Sanmartiniana de Concordia “Don Juan de San Martín”, en conjunto con el Museo Provincial de la Imagen, contribuye mediante esta iniciativa a la promoción de actividades de carácter histórico, educativo y cultural, generando espacios destinados a la difusión del conocimiento y a la valoración del patrimonio intangible relacionado con la historia nacional;
Que la realización de actividades de estas características representa un aporte a la comunidad de Concordia, al favorecer la participación ciudadana en propuestas culturales y educativas y fortalecer el conocimiento de acontecimientos y personalidades que forman parte de la identidad histórica de nuestro país;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal la muestra denominada “Raíces y descendencia del Libertador”, organizada por la Asociación Cultural Sanmartiniana de Concordia “Don Juan de San Martín”, conjuntamente con el Museo Provincial de la Imagen, en el marco del Mes Sanmartiniano, cuya inauguración se realizará el día 24 de Agosto de 2026 y culminará el día 10 de septiembre de 2026, conforme los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de la presente Resolución a la Asociación Cultural Sanmartiniana de Concordia “Don Juan de San Martín”, en reconocimiento y constancia de la declaración de interés efectuada.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 03 de Septiembre de 2026.
Dr. FELIPE SASTRE
Vice- Presidente 1°
a/c Presidencia
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 04 de Septiembre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.906.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
