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SUMARIO
Las siguientes Ordenanzas, Decretos, Resoluciones y Resolución In.V.y.T.A.M. conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanzas: 38.284, 38.285 y 38.297.- Decretos: 483/2024, 492/2024, 555/2024, 556/2024 y 557/2024.- Resoluciones: 38.293, 38.294, 38.295 y 38.296.- Resolución In.V.y.T.A.M.: 66/2024.-
Concordia, 4 de Abril de 2024Las siguientes Ordenanzas, Decretos, Resoluciones y Resolución In.V.y.T.A.M. conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanzas: 38.284, 38.285 y 38.297.- Decretos: 483/2024, 492/2024, 555/2024, 556/2024 y 557/2024.- Resoluciones: 38.293, 38.294, 38.295 y 38.296.- Resolución In.V.y.T.A.M.: 66/2024.-
Expte. N° 27.S0S-DE
ORDENANZA ACEPTACION DONACIÓN A TÍTULO GRATIUITO DE INMUEBLE A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE CDIA. POR PARTE DEL SR. GABREL AVAYÚ
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Acéptese la donación a título gratuito de un inmueble a favor de La MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, propiedad del Sr. Gabriel AVAYÚ, D.N.I. N° 5.780.692, Ubicado bajo cota 14, sobre calle Coldaroli, en la Manzana N° 2.207, Partida Provincial N° 109.994 Partida Municipal N° 14.207, Parcela 2 y Plano de Mensura N° 27.039, con una superficie de 262 m2, dado lo considerado.
Los limites y linderos son los siguientes:
NORTE: Calle Coldaroli – 10,00 m
ESTE: Municipalidad de Concordia – 26,20 m
SUR: Municipalidad de Concordia – 10,00 m
OESTE: Municipalidad de Concordia – 26,20 m
ARTICULO 2°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las gestiones necesarias a fin de regularizar deuda en concepto de impuestos provinciales; y como asimismo, si existieran deudas en impuestos municipales, sean condonados dada la fecha en que fue donado el mismo a favor de la Municipalidad de Concordia.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES EVA PERON, 27 de marzo de 2024
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de abril de 2024.
ORDENANZA N° 38.284
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. MARIA ALEJANDRA BRUNO
Presidente InVyTAM.
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Concordia, 4 de Abril de 2024
Expte. N° 26.899-DE
ORDENANZA SOBRE NOTIFICACION DECRETO 904/22 ACEPTACION
DONACION DE INMUEBLE AL MPIO. POR PARTE DE IAPV.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto N° 904/22, de fecha 22/07/2022 del Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la Donación con Cargo, conforme la Ley N° 10.027 en su Art. 95 Inciso r)
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DE SESIONES "EVA PERON" 27 de Marzo de 2,024
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 12 de Abril de 2024
ORDENANZA Nº 38.285.
Téngase por Ordenanza Municipal, Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. MARIA ALEJANDRA BRUNO
Presidente
In.V.y.T.A.M.
----------Concordia, 18 de Abril de 2024
Expte. N° 27.947 D.E.
ORDENANZA RATIFIC. DECRETO Nro.1854/23 DONACION INMUEBLE A FAVOR DEL SUPERIOR GOB. DE E. RIOS
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el Decreto Nro. 1854/23, dictado en fecha 28/12/2023 por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 18 de Abril de 2024.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de abril de 2024
ORDENANZA N° 38.297
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. MARIA ALEJANDRA BRUNO
Presidente In.V.y.T.A.M
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DECRETO N° 483/2.024
Concordia, 10 de abril de 2.024
VISTO la nueva estructura orgánica y funcional municipal aprobada por Ordenanza N° 38.253/2024 en fecha 3 de abril del presente año y;
CONSIDERANDO:
Que la misma crea las Secretarías, Subsecretarías y Direcciones del Departamento Ejecutivo Municipal, que comenzarán a regir a partir del 1 de abril del presente año.
Que por Decretos N° 449 y 450/2024, la Secretaría de Gobierno organiza su estructura orgánica y funcional, y designa en los cargos creados, al personal idóneo que acompañará esta Gestión de Gobierno en el cumplimiento efectivo de los objetivos planteados.
Que en el Artículo 16° del Decreto N° 449/2024, se crea el Área Sala de Monitoreo que tiene por finalidad el monitoreo, gravado, descarga, conservación, registro y archivo del material que se obtenga desde cámara municipales, y el registro de altas y bajas de dichas cámara.
Que estas tareas deben llevarse a cabo con responsabilidad e idoneidad, teniendo en cuenta el manejó de la información registrada, y las acciones inmediatas que se deben tomar ante alarmas, emergencias o cualquier tipo de eventos o contingencias que pudieran subsistirse.
Que en base a ello, este Departamento Ejecutivo entiende necesario dar mayor Jerarquía a esta dependencia, y designar al Señor. SANTANA, Diego Oscar DNI N° 27.811.850, quien se encuentra calificado para llevar adelante dichas tareas.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107°, inciso q) y u) de la Ley N° 10.027/11 y modificatoria N° 10.082/11 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modificase el Artículo 16° del Decreto N° 449/2024, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Créase el Departamento Sala de Monitoreo Municipal, que entenderá en el monitoreo, grabado, descarga, conservación, registro y archivo del material que se obtenga desde las cámaras Municipales, como así también entenderá en el registro (altas y bajas) de dichas cámara, con excepción de la instalación, mantenimiento técnico y/o reparación que correrán por cuenta del Área Municipal correspondiente. Se relacionará con la Secretaría de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana. Tendrá Nive1".
ARTICULO 2°.- Desígnase Jefe del Departamento Sala de Monitoreo Municipal, al señor SANTANA, Diego Oscar DNI N° 27.811.850, a fin de cumplir con las tareas detalladas en el Artículo 16° del Decreto N° 449/2024, modificado por el Artículo 1° del presente Decreto.
ARTICULO 3°.- Estabécese que la designación dispuesta en el Artículo anterior comenzará a regir a partir del 1 de Abril del presente año.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, Dirección Liquidación de Haberes y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO Nº 492/2024
Concordia, 10 de abril de 2024
VISTO las tramitaciones obrantes en el Expediente Interno Nº 607/S/2024 tendiente al pago de los beneficiarios del Programa Capacitación para el Trabajo en Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos 2024, por la suma total de PESOS DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($17.384.000,00.-) y,
CONSIDERANDO:
Que obra intervención de la Dirección de Planificación y Presupuesto y de la Sub Secretaría de Hacienda.
Que la Contaduría Municipal toma intervención y realiza observaciones.
Que la Contaduría informa que en el Axexo II del Decreto Nº 458/2024 se detalla de forma incorrecta apellidos de algunos beneficiarios como así también falta consignar el primer nombre de otros.
Que por lo expuesto corresponde rectificar el Anexo II del Decreto Nº 458/2024.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, Incisos ñ) y u) de la Ley Nº 10.027 y modificatorias– Régimen Municipal.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Rectificase el Anexo II del Decreto Nº 458/2024 el que quedara redactado de la siguiente manera:
ANEXO II
| Nº | Apellido Y Nombres | DNI |
| 1 | Acosta Marcelo Cesar | 20419815056 |
| 2 | Acuña Araceli Noemí | 27416116151 |
| 3 | Acuña Rocio Gisel | 27371122325 |
| 4 | Aguilar José Fernando | 20407358512 |
| 5 | Altamirano Angel Ariel | 20458473952 |
| 6 | Altamirano Carlos Oscar | 20258068050 |
| 7 | Altamirano Verónica Yohana | 27458473965 |
| 8 | Amaro Cristian Andres | 20404071182 |
| 9 | Amaro Juan Alberto | 20390333111 |
| 10 | Amaro Ramon Ezequiel | 20469278302 |
| 11 | Amaro Rodrigo Alejandro | 20503846013 |
| 12 | Balbuena Roberto Antonio | 20266288906 |
| 13 | Barrios Ariel Alejandro | 20291702598 |
| 14 | Barrios María Belén | 27355579536 |
| 15 | Benítez Jorge Alberto | 20172139354 |
| 16 | Benítez José Luis | 20404094581 |
| 17 | Cabrera Darío Nicolás | 20190660266 |
| 18 | Cabrera Jacinta Alicia | 27169988973 |
| 19 | Cáceres Joaquín Carlos Ramón | 20450479676 |
| 20 | Cáceres Marcelo Juan David | 20465199475 |
| 21 | Cáceres Marcelo Ramón | 20322179732 |
| 22 | Castillo José Luis | 20265304398 |
| 23 | Céspedes Oscar Enrique | 20187920311 |
| 24 | Céspedes Yolanda Beatriz | 27401678935 |
| 25 | Chavez Juan Manuel | 20365997331 |
| 26 | Córdoba Adriana Soledad | 27278123753 |
| 27 | Correa María Cristina | 27324106818 |
| 28 | Correa Sebastián Alfredo | 20421649619 |
| 29 | Coutinho Carlos Alberto | 20266287411 |
| 30 | Díaz Juan Eduardo | 20444395142 |
| 31 | Díaz Miguel Ángel | 20277397243 |
| 32 | Dionisio Jesica Alejandra | 27392581176 |
| 33 | Duarte Jonás Moisés | 20381726941 |
| 34 | Esteche Daniel Eduardo | 20307836220 |
| 35 | Farías Nélida Mabel | 27354461485 |
| 36 | Fernández Arturo Víctor | 20267841552 |
| 37 | Fernández Victoria | 27457567117 |
| 38 | Ferrer Juan | 20271665246 |
| 39 | Flores Luis Marcelo | 20408192979 |
| 40 | Flores Johana Elisabet | 23392595783 |
| 41 | Garate Julia Susana | 27220152036 |
| 42 | Gauna Dora Alicia | 27419794959 |
| 43 | Gauna Dora Yamila | 27425803358 |
| 44 | Gauna Ezequiel Roberto Aníbal | 20380554276 |
| 45 | Gauna Gabriel Rodrigo Andrés | 20442102776 |
| 46 | Gauna Julio Alberto | 20365478180 |
| 47 | Gauna Mariela Alejandra | 27346810586 |
| 48 | Gómez María Isabel | 27380553134 |
| 49 | Juárez Exequiel | 20424874486 |
| 50 | Ledesma Roque Antonio | 20220159168 |
| 51 | Lobato Kevin Agustín | 20450478459 |
| 52 | Luna Maira Beatriz | 27397167955 |
| 53 | Maidana Horacio Sebastian | 20433484801 |
| 54 | Martínez Cintia Isabel | 27431482849 |
| 55 | Martínez Fabián Marcelo Ariel | 20291700277 |
| 56 | Martínez Hugo Alejandro | 20343709472 |
| 57 | Martinez Jose Alejandro | 20419817237 |
| 58 | Martínez José Luis | 20239076018 |
| 59 | Martínez Juan Pedro | 20390333502 |
| 60 | Martinez Mauricio Lucas | 20449819374 |
| 61 | Martinez Silvia Susana | 27269643981 |
| 62 | Miño Esteban Ernesto | 20220456383 |
| 63 | Miño Macarena | 27418679617 |
| 64 | Miño Sandra | 27307839550 |
| 65 | Monzon Leonardo Daniel | 20445567877 |
| 66 | Monzon Sergio Gabriel | 20421650749 |
| 67 | Moreyra Carina Soledad | 27355577878 |
| 68 | Moreyra Víctor Hugo | 20307827108 |
| 69 | Morua Angelica Magdalena | 27216972282 |
| 70 | Morua Antonella Cecilia | 27434826522 |
| 71 | Morua Celestina María Belén | 27387720583 |
| 72 | Morua Gabriela Soledad | 27417729610 |
| 73 | Morua Griselda Isabel | 27352996535 |
| 74 | Morua Jesus Alberto | 20428508549 |
| 75 | Morua Jonatán Eduardo | 20408060819 |
| 76 | Morua Leonardo Juan José | 20365994626 |
| 77 | Morua Liliana Nora Noemí | 23392637184 |
| 78 | Morua María Inés | 27400464818 |
| 79 | Morua Nora Inés | 27468608427 |
| 80 | Morua Omar Eduardo | 20447012309 |
| 81 | Morua Oscar Eduardo (Hijo) | 23392580719 |
| 82 | Morua Oscar Eduardo (Padre) | 20230090506 |
| 83 | Morua Ramón Alberto | 20185870554 |
| 84 | Morua Ramón Eduardo | 23352996629 |
| 85 | Morua Román Eduardo | 20472467728 |
| 86 | Morua Vanesa Nora Inés | 27398377244 |
| 87 | Navarro Alfredo Eduardo | 20406927637 |
| 88 | Palacio Ángel Ramón | 20170504373 |
| 89 | Pasos Gregorio Ramón | 20444397536 |
| 90 | Pasos Juan Antonio | 20371124293 |
| 91 | Pasos Maria Leonor | 27425803579 |
| 92 | Pereira Ramón Alejandro | 20469763855 |
| 93 | Pereyra Celeste María Del Mar | 27507487292 |
| 94 | Pereyra Rocio Soledad | 27507487284 |
| 95 | Quintana Soledad María Del Lujan | 27375653813 |
| 96 | Quiroz Alexander David | 20442823627 |
| 97 | Rodríguez Alejandra | 27324106265 |
| 98 | Rojas Karen Ayelen | 27441044580 |
| 99 | Romero Oscar Jonathan | 20462492961 |
| 100 | Samurio Oscar Daniel | 20335689659 |
| 101 | Santana Julián Lautaro | 20385449179 |
| 102 | Schiro María Jesús Rosario | 27329872225 |
| 103 | Serrano Milagros Elizabeth | 27433417785 |
| 104 | Torres Adriana Rosa María | 27333170782 |
| 105 | Torres Daniela Carmen Ofelia | 23348461974 |
| 106 | Vargas Jose Orlando | 20165345445 |
ARTICULO 2º.- Reconócese y apruébese el presente gasto por la suma total de PESOS DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($17.384.000,00.-) y declárese de legítimo abono dicho importe a los beneficiarios del Programa Capacitación para el Trabajo en Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos 2024, que como Anexo forman parte de este Decreto, conforme los importes que en cada caso se especifican.
ARTICULO 3º.- Impútese el gasto mencionado en el Artículo 2º a la partida 0.4.90.01.03.04.34.02 DESARROLLO AMBIENTAL del presupuesto de gastos vigentes.
ARTÍCULO 4º.- Girese a Contaduría y Tesorería a sus efectos.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Arq. ALFREDO OSVALDO PEREZ
Secretario de Desarrollo Urbano.
----------DECRETO N° 555/2.024.
Concordia, 29 de abril de 2024
VISTO, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 536/2024 de fecha 23 de Abril de 2024, se procedió a poner a cargo de la Secretaría de Desarrollo Humano, en forma transitoria y mientras dure la ausencia de su titular, al Subsecretario de Desarrollo Social Sr. ROBERTO DOMINGO NIEZ, D.N.I N° 12.426.366.
Que a partir de fecha 29 de abril de 2024, el Secretario de Desarrollo Humano, Ing. SEBASTIAN ARISTIDE D. N. I N° 23.317.189, se reintegró a sus funciones habituales.
Que en virtud de ello, el Departamento Ejecutivo considera atinente agradecer el desempeño y dedicación puesta de manifiesto por el Sr. ROBERTO DOMINGO NIEZ.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 1070 de la ley N° 10.027/11 y su modificatoria ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N°4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Dispónese reintegrar en el cargo de Secretario de Desarrollo Humano al Señor Ing. SEBASTIAN ARISTIDE D.N.I N° 23.317.189, a partir del día 29 de abril de 2024, conforme lo dispuesto mediante Decreto N° 536/2024 de fecha 23 de Abril de 2024.
ARTICULO 2°.- Agradécele al Sr. ROBERTO DOMINGO NIEZ, D.N.I N° 12.426.366, el desempeño y dedicación puesta de manifiesto, en las funciones que le fueran asignadas.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
ROBERTO NIEZ
Subsecretario de Desarrollo Social.
----------DECRETO N° 556/2.024
Concordia, 29 de abril de 2024
VISTO la liquidación de haberes del personal municipal, correspondiente al Mes de ABRIL de 2024, realizada por la Dirección de Liquidaciones, cuyas actuaciones obran en Expediente Interno N° Letra 1266 "D"/2.024 y,
CONSIDERANDO:
Que la citada liquidación asciende a PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO CON 51/100 ($ 2.305.377.728,51).
Que la Dirección de Planificación y Presupuesto ha indicado las partidas presupuestarias a las que corresponde imputar el presente gasto.
Que la Secretaria de Hacienda ha tomado conocimiento de la presente erogación, autorizando el total del gasto.
Que no obstante las observaciones formuladas por la Contaduría y atento a que se cuenta con los recursos necesarios, es decisión del Departamento Ejecutivo dar trámite a las presentes actuaciones.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por Ley N° 10.027- Régimen Municipal de Entre Ríos y sus modificaciones.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar la liquidación y el abono de los haberes del personal municipal correspondiente al mes de ABRIL de 2024, las retenciones realizadas así como también las contribuciones patronales que surjan de las declaraciones juradas correspondientes, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO CON 51/100 ($ 2.305.377.728,51), conforme las actuaciones obrantes en Expediente Interno N° Letra 1266 "D"/2.024.
ARTICULO 2°.- Imputar el gasto que se aprueba en el Artículo 1° de este Decreto, a las partidas presupuestarias indicadas, por la Dirección de Presupuesto, cuyo detalle se anexa, formando parte del presente.
ARTICULO 3°.- Remitir a Contaduría y a Tesorería a sus efectos.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Hacienda.
----------DECRETO N° 557/2.024
Concordia, 29 de abril de 2024
VISTO que el Subsecretario de Desarrollo Social Sr. ROBERTO DOMINGO NIEZ, D.N.I N° 12.426.366, se encuentra en uso de licencia, a partir del día 29 de abril de 2024. y,
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente poner a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo Social dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, mientras dure la ausencia de su titular, al Director de Administración y Despacho de la Subsecretaría de Desarrollo Social, Señor JAIME TOMAS BESWICK, D.N.I. N° 17.263.699, sin perjuicio de sus funciones específicas.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley N° 10.027/11 y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos. Según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Encárgase la atención de la Subsecretaría de Desarrollo Social, al Director de Administración y Despacho de la Subsecretaría de Desarrollo Social, Señor JAIME TOMAS BESWICK, D.N.I. N° 17.263.699, a partir del día 29 de abril de 2024 y mientras dure la ausencia de su titular, sin perjuicio de sus funciones.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Concordia, 18 de Abril de 2024
N° 9.963
VISTO:
Los festejos organizados por la Asociación Descendientes Alemanes de Concordia, este próximo jueves 18 de abril, por motivo del Día del Inmigrante Alemán del Volga; y,
CONSIDERANDO:
Que el 15 de abril se celebra en la provincia de, Entre Ríos el Día del Alemán del Volga, en honor a una de las más sólidas corrientes migratorias que poblaron la Argentina a fines del siglo XIX.
Que más de dos millones y medio de argentinos tienen esta ascendencia, y un 15% de los habitantes de Entre Ríos son descendientes de estos colonos que llegaron al país siguiendo la invitación del Estado Nacional, a través de la Ley de Colonización N° 817 promulgada en el año 1876, por el entonces Presidente de la Nación Nicolás Avellaneda, con el fin de colonizar tierras, luego de haber permanecido durante un siglo en Rusia, a orillas del Volga, donde conservaron su idioma, su fe y su cultura de origen.
Que se eligió esta fecha, porque en el año 1975 se conformó la primera comisión de Descendientes Alemanes del Volga en la localidad de Crespo, con el objetivo de preparar los festejos del centenario de la llegada de esta corriente al país (1878-1978) y darle nombre, como corresponde, a la colectividad: "Alemanes del Volga".
Que la llegada de esta cultura a la ciudad de Concordia, viene de la mano de hijos, nietos y bisnietos de esos inmigrantes, que por la migración interna llegan a nuestra localidad, pero trayendo ese legado cultural consigo, provocando que se unan y de esa manera conformen la Asociación Descendientes de Alemanes de Concordia, creada el 6 de Octubre de 1996, para mantener, difundir y preservar sus costumbres. Por casi 28 años, su labor cultural hizo trascender las fronteras y recorre gran parte de la Argentina y países limítrofes con sus grupos de bailes y música propios de esta agrupación.
Que desde 2011 al 2018, para conmemorar el Día Del Inmigrante Alemán Del Volga se realizaba un evento cultural en el Teatro Auditórium, denominado HOMENAJE, donde se reconocía a personas y personajes dentro y fuera de la colectividad, además de la música y danzas de esta rama inmigratoria, pero por motivo de la pandemia se dejo de hacer.
Que este próximo Jueves 18 de Abril, se realizará en una Cena Show Conmemoración del Día del Inmigrante Alemán, donde la música, la danza, los homenajes y la gastronomía, en Catamarca 110, con el fin de seguir difundiendo la cultura alemana del Volga en nuestra ciudad.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Cultural la Cena Show Conmemoración del Día del Inmigrante Alemán, que se llevará a cabo el jueves 18 de abril en El Rastro Cervezas, Catamarca 110, a partir de las 20:30 hs. Este evento revaloriza la Cultura Alemana Del Volga en la Ciudad de Concordia.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 18 de Abril de 2024.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de abril de 2024
RESOLUCION N° 38.293
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
---------Concordia, 18 de Abril de 2024.
N° 9.964
VISTO:
Que 10 de Marzo del presente año, se cumplieron los 40 años de Existencia de la Calesita de la Plaza Urquiza"; y,
CONSIDERANDO:
Que la Calesita, que fuera declarada de Interés Patrimonial y Cultural conforme a lo establecido en el Artículo 2° de la Ordenanza N° 29.789, es la más antigua que conserva la Ciudad de Concordia; que ha sido, es y seguirá siendo disfrutada por varias generaciones más.
Que tiene un en canto, una atracción especial, una estructura de hierro y madera que aún sigue vigente en la era donde la vida de los más pequeños pasa por un videojuego; y, a pesar de ello, la siguen eligiendo.
Que sus figuras son artesanales de personajes infantiles ofreciendo que no son actuales, pero son considerados clásicos; ofreciendo colorido, inclusión y magia.
Que no falta la música con canciones infantiles que van sonando a cada giro hasta que llega el momento más esperado cuando se muestra la sortija convidando al afortunado ganando con otra vuelta.
Que varias generaciones de concordienses tienen recuerdos de la infancia en la Calesita de la Plaza Urquiza, pinceladas de tardes mágicas, de vueltas piloteando aviones, jineteando caballos de madera, inalterables al paso del tiempo.
Que su propietario Don Hugo Miguel Gaetano es quien, con amor y dedicación, brinda su afecto a cada chico que visita su Calesita; el hombre más honesto, de buen corazón y servicial que puede existir sobre la faz de la Tierra.
Que, por todo lo expuesto, este Cuerpo Deliberativo entiende la necesidad de expresar beneplácito y reconocimiento con motivo de haberse conmemorado el 10 de Marzo del presente año el 40° Aniversario de Existencia de la Calesita de.la Plaza Urquiza, que fuera declarada de Interés Patrimonial y Cultural mediante Ordenanza N° 36.640.
Que en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 10.027 modificada por la Ley N° 10.082 y la Ordenanza N° 35.649.
Por ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTICULO 1°.- Expresar beneplácito y reconocimiento con motivo de haberse conmemorado el 10 de Marzo del presente año, el 40° Aniversario de Existencia de la Calesita de la Plaza Urquiza, que fuera declarada de Interés Patrimonial y Cultural mediante Ordenanza N° 36.640.
ARTICULO 2°.- Entregar a su propietario Don Hugo Miguel Gaetano, un certificado que exprese este Acto Legislativo; y una copia de la presente Resolución.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 18 de Abril de 2024.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de abril de 2024
RESOLUCION N° 38.294
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
----------Concordia, 19 de Abril de 2024.
N° 9.967
VISTO:
La nota presentada por la Profesora Gabriela Belmonte, Directora del Instituto "Blue Dance", referente al evento que se llevará a cabo bajo el nombre "BAILEMOS"; y,
CONSIDERANDO:
Que por conmemorarse el 29 de Abril de cada año el Día Internacional de la Danza, en nuestra ciudad de Concordia hace 5 años se realiza un evento con masiva concurrencia, denominado "BAILEMOS";
Que dicho evento tiene como objetivo unir lazos artísticos, difundir la danza en todas sus formas, contribuyendo a la cultura de las personas, desde la niñez y ayudando a que la misma sea la mensajera de integración cultural de los pueblos, y es llevado a cabo por el Instituto "Blue Dance" de nuestra ciudad;
Que la fecha del mencionado evento será el próximo 27 de Abril de 2024, a partir de las 18 horas, en lugar a definir, y que será abierto a la participación de instituciones de danzas, talleres y público en general;
Que esta quinta edición será de carácter solidario, ya que lo recaudado se donará a la Parroquia Gruta de Lourdes, la cual como es de público conocimiento, sufrió en el año 2023 un lamentable incendio;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUENTE
RESOLUCION
ARTICULO 1°.- Declarar de INTERÉS CULTURAL MUNICIPAL, el evento "BAILEMOS", organizado por la Profesora Gabriela Belmonte, Directora del Instituto "Blue Dance", en conmemoración al día Internacional de la Danza, a realizarse el sábado 27 de Abril de 2024, a partir de las 18 horas, en virtud de los considerandos expresados con anterioridad.
ARTÍCULO 2°.- Entréguese copia de la presente Resolución a la Profesora Gabriela Belmonte, organizadora del evento "BAILEMOS".
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES "EVA PERÓN", 18 de Abril de 2024.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de abril de 2024
RESOLUCION N° 38.295
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano
----------Concordia, 18 de Abril de 2024.
N° 9.965
VISTO:
Que los días 19 y 20 de abril se realizará el 6° Encuentro Internacional de Autos Antiguos y Clásicos; y,
CONSIDERANDO:
Que el evento está organizado por la Asociación Autos Antiguos Concordia.
Que Concordia se convierte por sexta vez en sede de este importante encuentro de autos clásicos que arribarán desde distintos destinos del país y de naciones vecinas.
Que el encuentro se llevará a cabo entre el 19 y el 20 de abril. Comenzará en el Centro de Convenciones donde van a recibir a la gente de los distintos lugares del país, Uruguay y Brasil, entre otros.
Que todas las actividades son de acceso libre, público y gratuito.
Que el cronograma cuenta con:
• Miércoles 17/04 a las 20:00 hs; Presentación del encuentro con exposiciones de autos frente al Palacio Municipal.
• Viernes 19/04 a las 18:00 hs: Salida en caravana desde el Centro de Convenciones.
18:30 hs: Exposición en la costanera de Concordia
20:00 hs: Muestra estática y show musical en plaza 25 de Mayo.
• Sábado 20/04 09:00 hs: Salida en la caravana 10:00 hs Muestra estática en La Criolla,
15:00 hs: Muestra estática, feria de artesanos, juegos en Centro de Convenciones.
19:30 hs: Largada simbólica en el Centro de Convenciones.
Por ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de INTERES MUNICIPAL al 6° ENCUENTRO INTERNACIONAL DE AUTOS ANTIGUOS y CLÁSICOS, en la Ciudad de Concordia, a realizarse los días 19 y 20 de abril del corriente año.
ARTICULO 2°.- Entréguese una copia de la siguiente resolución a la Asociación Autos Antiguos Concordia.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES "EVA PERON", 18 de Abril de 2024.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERÓNICA NATALIA DELGADO
Secretaria
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de abril de 2024
RESOLUCION N° 38.296
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------Resolución Directorio In.V.yT;A.M N° 66/2024
Concordia, 12 de Abril de 2.024
VISTO que mediante Ordenanza N° 35.704 se establece las atribuciones del Directorio del Instituto de Viviendas y Tierras Autárquico Municipal (In.V.yT;A.M), y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la citada norma y las facultades conferidas a este Directorio en el Artículo N° 8 de la misma, resulta necesario efectuar una modificación al Reglamento Orgánico.
Que dicha modificación permitirá un mejor funcionamiento de este Instituto. Que el dictado' de la presente se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo N° 8 y 9 de la Ordenanza N° 35.704.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE VIVIENDAS Y TIERRAS
AUTÁRQUICO MUNICIPAL, POR UNANIMIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Apruébase la nueva estructura orgánica y funcional del In.V.yT.A.M, integrada por la Dirección de Gestión General y las Direcciones que se detallan y se ilustran en el Anexo I del presente. Todas ellas en relación inmediata con el Directorio, a saber:
ARTICULO 2°.- Créase la Dirección de Gestión General. La misma tendrá a su cargo las funciones que se detallan en los siguientes incisos.
Inciso 1°.- Tomar responsabilidad en la interacción entre las direcciones generales y compartimentos de trabajo del lnVyTAM a los fines de garantizar el cumplimiento de las funciones.
Inciso 2°.- Coordinar acciones estratégicas a instancias municipales, provinciales y nacionales a los fines de viabilizar programas y proyectos referidos al InVyTAM
Inciso 3°.- Consolidar y formalizar lazos estratégicos con organizaciones de la sociedad civil, instituciones educativas y el sector privado de la sociedad, a los fines de enriquecer los proyectos y participar los instrumentos de política pública que se implementen a instancias del InVyTAM.
ARTICULO 3°.- Departamento de Control de Legalidad. Entenderá en el asesoramiento integral de todo trámite administrativo y legal del Instituto relacionado con todas aquellas cuestiones documentadas que le sean giradas para su intervención, dictaminando en los casos que correspondan.
ARTICULO 4°.- Departamento Administrativo. Entenderá en la formulación del anteproyecto de presupuesto del InVyTAM, en la registración de las operaciones que signifiquen movimientos presupuestarios de recursos o gastos, y en la posterior confección de informes, rendiciones, cuentas del ejercicio, estados contables, en la generación de los instrumentos de pago, confección de órdenes de pagos y cheques, realización de trámites y conciliaciones bancarias, elaboración de informes y todo otro trámite concerniente a la administración financiera de los fondos que administra el In VyT AM. Asimismo, tendrá a su cargo la gestión administrativa de los procedimientos tendientes a lograr el cobro de las cuotas y valores que perciba el InVyTAM por las ventas de terrenos, viviendas, y todo otro ingreso que conforme el fondo específico del instituto. Realizará las gestiones administrativas tendientes a la regularización de situaciones de mora, y la celebración de los planes de pago respectivos. Tendrá a su cargo la coordinación de la División y sus correspondientes funciones, descritas a continuación.
Inciso 1°.- División de Compras y Contrataciones: Entenderá en la tramitación de todos los procedimientos de compras y contrataciones que lleve adelante el InVyTAM.
ARTICULO 5°.- Departamento de Formalización del Suelo y la Vivienda. Entenderá en la regularización dominial de los inmuebles de propiedad municipal, tendientes a la adjudicación y escrituración a favor de los solicitantes y beneficiarios/as que reúnan los requisitos establecidos en la normativa aplicable. Mantendrá relación directa, a los fines de solicitar informes con aquellos organismos municipales y provinciales que lleven registros de inmuebles, sea Dirección de Catastro Municipal, Registro Público de la Propiedad Inmueble local y/o ATER, solicitando informes referentes a tierras que se destinen a los fines del InVyTAM. Llevará adelante toda actuación administrativa de regularización dominial de inmuebles y/o viviendas de todos los aspirantes y beneficiarios/as que lo soliciten.
Inciso 1°.- División de Regularización Dominial de Tierras y Viviendas. Entenderá las funciones que le delegue el Departamento de Formalización del Suelo y la Vivienda, a fin de cumplir con los objetivos propios de este departamento. Entenderá en la regularización dominial de los inmuebles de propiedad municipal, tendientes a la adjudicación y escrituración a favor de los solicitantes y beneficiarios/as que reúnan los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
ARTICULO 6°.- Créase la Dirección Comunitaria La misma tendrá a su cargo la coordinación del departamento y las divisiones descritas en los siguientes incisos.
Inciso 1°.- Departamento de Gestión Comunitaria. Tomará responsabilidad de la gestión de los recursos humanos del Instituto. Será responsable de la participación y acción entre dicha dependencia y la comunidad de la ciudad de Concordia.
Inciso 1°a.- Área de Atención al Público. Entenderá en la recepción, emisión y el registro de movimientos, de toda la documentación, notas, expedientes y demás trámites que sean presentados o emitidos por el InVyTAM.
Inciso 1°b.- Área de Participación Comunitaria, Relevamiento y Estadística. Entenderá sobre toda responsabilidad referida a la construcción de evidencia para la gestión del lnVyTAM. Tendrá por función relevar en territorio y confeccionar informes sobre temáticas sociales, económicas y habitacionales en relación a los grupos familiares alcanzados por programas y proyectos del Instituto. Entenderá eh toda acción referida a informar y participar a la comunidad sobre los programas y proyectos de política pública que impulse el Instituto.
Inciso 1°c.- Área de Comunicación y Notificación. Entenderá en la entrega de notificaciones O células y distribución de documentación necesaria para el desarrollo de las gestiones propias del INVyTAM, en el marco de las ordenanzas de procedimiento aplicables en el ámbito municipal.
ARTICULO 7°.- Créase la Dirección de Proyectos y Obras La misma tendrá a su cargo la coordinación del departamento descrito a continuación.
Inciso 1°.- Departamento de Obras y Proyectos. Entenderá de -manera integral todo lo relativo a proyectos en materia de vivienda, urbanismo y hábitat en general-que propicie el Instituto. Asumirá responsabilidad en la ejecución de obras y su correspondiente seguimiento e inspección. A su vez, tendrá bajo su cargo las tareas de agrimensura y topografía requeridas por el Instituto. Elaborará frente al Directorio informes correspondientes a sus responsabilidades.
ARTÍCULO 8°.- Deróguese cualquier normativa previa que establezca una organización distinta a la aquí dispuesta, a excepción de Resolución de Directorio N° 3/2023.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, regístrese y archívese.-
Arq. MARIA ALEJANDRA BRUNO
Presidente InVyTAM
Cra. DALILA PAOLA PEZZELATTO
Tesorera InVyTAM
Dr. LEANDRO EZEQUIEL ZARZA ECHAGUE
Vocal InVyTAM.
