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SUMARIO
La siguiente Ordenanza y Decretos y Resolución Edos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 37.659.- Decretos: 877/2022, 878/2022 y 879/2022.- Resolución Edos: 447
Concordia, 21 de junio de 2022La siguiente Ordenanza y Decretos y Resolución Edos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 37.659.- Decretos: 877/2022, 878/2022 y 879/2022.- Resolución Edos: 447
Expte N° 26.579-P
ORDENANZA SOBRE LICENCIA DE CONDUCIR PARA EX COMBATIENTES DE MALVINAS.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Adherir a la disposición N° 5/2022 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial que establece que a solicitud del ciudadano/ciudadana que acredite el Certificado Único de Veterano de Guerra de Malvinas (Conforme la Resolución del Ministerio de Defensa N° 1440/2019), de registre en el campo observaciones de La Licencia Nacional de Conducir, la leyenda "Ex Combatiente, héroe de la Guerra de las Islas Malvinas".
ARTICULO 2°.- La emisión de esta nueva Licencia Nacional de Conducir con la leyenda no representará una erogación económica para el solicitante.
ARTICULO 3°.- Notifíquese la presente medida a la Dirección de Tránsito y Trasporte de la Municipalidad de Concordia y a su Centro Emisor de Licencia Nacional de Conducir, homologados y certificados por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, a fin de que den estricto cumplimiento de lo dispuesto por el artículo primero y segundo de la presente medida.
ARTICULO 4°.- Disponer la readecuación de las partidas presupuestarias inherentes para dar cumplimiento a esta normativa.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “EVA PERON” 16 de Junio de 2022
Dr. DANIEL CEDRO
Vice- Pdte 1º
a/c Presidencia
Sra. ROXANA BEATRIZ RONCO
Sub Secretaria
a/c Secretaría
DEPARTAMENTO EJECUTVO, 27 de junio de 2022
ORDENANZA N° 37.659
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
----------DECRETO N° 877/2/022
Concordia, 15 de julio de 2.022
VISTO el contenido del Expediente Interno N° 1919 Letra "D" del, año 2021; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1.301/2.021 de fecha 25 de Noviembre de 2021, Decreto N° 1.406/2.021 de fecha 14 de Diciembre de 2021, y Decreto N° 53112.022 de fecha 25 de Abril de 2022, se aprueba la documentación para el Primer, Segundo y Tercer Llamado, respectivamente, y que a través del Decreto N° 606/2.022 de fecha 10 de Mayo de 2022, se procedió a aprobar nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y la Estructura de Ponderación de los Insumos Principales, incorporada en el pliego modificado, y se dispuso la prórroga de la Apertura de Ofertas, para la Licitación Pública N° 51/2021 para la obra "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CASA DE LA MUJER".
Que de fojas 387 a 411 vta., constan actuaciones de la Dirección de Compras y Suministros referidas a entregas y remisiones de Pliegos de Bases y Condiciones Particulares efectuadas para la Licitación antes mencionada.
Que de fojas 412 a 413 vta., obra Acta de Apertura de fecha 26 de Mayo de 2022, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de la mencionada Licitación.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 26 de Mayo de 2022, informando que, en el acto de apertura, se presentaron tres ofertas correspondientes a:
- JOSÉ ANTONIO AVA: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 64/100 ($ 84.526.679,64).
- INCAR S.A.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON 84/100 ($ 119.779.427,84).
- WINDWEST S.A.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 91/100 ($ 77.099.718,91).
• JOSÉ ANTONIOAVA: que presenta un sellado de $ 100 de ATER.
• WINDWEST S.A.: que constituye el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta por un importe inferior al solicitado.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora decide intimar a los oferentes a que cumplan con lo solicitado dentro del plazo establecido por la normativa vigente.
Que obra nuevo Dictamen de la Comisión Evaluadora, de fecha 08 de Junio del año 2022, informando que se verifica que las firmas JOSÉ ANTONIO AVA y WINDWEST S.A., cumplen con lo solicitado en Dictamen de fecha 26 de Mayo del año 2022.
Que analizadas las ofertas en su aspecto económico se observa que:
- JOSÉ ANTONIO AVA: lo cotizado supera en un 31 % a la Imputación Preventiva.
- INCAR S.A.: lo cotizado supera en un 85,64% a la Imputación Preventiva.
- WINDWEST S.A.; lo cotizado supera en un 19,49% a la Imputación Preventiva.
Que del análisis efectuado por el área técnica, surge lo siguiente:
- JOSÉ ANTONIO AVA: no presenta análisis de precios ni en papel ni en versión digital.
- WINDWEST S.A.: no presenta análisis de precios en versión digital.
Que obra nuevo Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 28 de Junio de 2022.
Que con respecto a la intimación a los oferentes, a la fecha, se verifica que la única oferta que cumple con lo solicitado por el área técnica, es WINDWEST S.A.; por lo que, corresponde declarar la inadmisibilidad de la oferta de JOSÉ ANTONIO AVA, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que por lo expuesto, teniendo en cuenta todo lo informado en Dictámenes anteriores y en la nota redactada por el área técnica, luego de evaluar las ofertas, la Comisión Evaluadora aconseja se adjudique la presente obra a la firma WINDWEST S.A. por un importe total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS QUINCE CON 23/100 ($ 77.099.715,23).
Que la Dirección Planificación y Presupuesto, realiza la Imputación Preventiva.
Que la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas toma la intervención de su competencia, autorizando el presente gasto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos ñ), q) y u), de la Ley N° 10.027 y su modificatoria Ley N° 10.082 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébese el procedimiento licitatorio correspondiente a la Licitación Pública N° 51/21, para la obra "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CASA DE LA MUJER", cuyo anexo forma parte del presente, dado los antecedentes obrantes en el Expediente Interno N° 1919 Letra "D"/2021.
ARTICULO 2°.- Adjudíquese la Licitación Pública N° 51/21 a la firma WINDWEST S.A. la totalidad de la obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CASA DE LA MUJER", por un importe total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS QUINCE CON 23/100 ($ 77.099.715,23), en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTICULO 3°.- Impútese el presente gasto en las siguientes Partidas Presupuestarias:
N° 0.1.90.02.05.08.61.01 O.P. (Mejoramiento Edificios Municipales) $ 12.575.722,50.
N° 0.7.90.02.05.08.61.20 O.P. (CASA DE LA MUJER) $ 64.523.992,73.
ARTICULO 4°.- Declárese inadmisible la oferta presentada por la firma JOSÉ ANTONIO AVA, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes; y a través de la Dirección de Compras y Suministros, procédase a notificar a la firma mencionada, del contenido del presente acto administrativo, y a iniciar los trámites para efectuar la devolución del Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta.
ARTICULO 5°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma WINDWEST S.A., que resultó adjudicataria, del contenido del presente acto administrativo y proceda oportunamente a iniciar los trámites de Devolución de los Depósitos de Garantía correspondientes.
ARTICULO 6°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría Jefatura de Gabinete y Gobierno y oportunamente, archívese.
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Arq. MIREYA LOPEZ BERBIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
----------DECRETO N° 878/2.022
Concordia, 18 de julio de 2022
VISTO que corresponde proceder a la actualización del plantel de Agentes contratados con y sin aportes, dependientes de la Secretaría de Salud para el periodo y,
CONSIDERANDO:
Que obra anexo I (contratados con aportes), II (contratados sin aportes), III (contratados sin aportes que prestan servicios bajo el Programa Especial El Niño, El Adolescente y la Familia, en el ámbito de la Dirección de Políticas y Fortalecimiento Social), conforme los requerimientos profesionales y administrativos necesarios para alcanzar eficazmente los objetivos delineados por esta gestión de gobierno.
Que el periodo de contratación resuelto mediante esta disposición legal corresponde a JULIO/DICIEMBRE 2022.
Que el importe a percibir por los agentes según detalle del Anexo IV, en concepto de "monto mensual", es el resultante de la distribución numérica sobre la suma total de PESOS VEINTIOUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 24.450,00.-), enviado en forma mensual desde el superior gobierno provincial y depositado en la Cuenta Extrapresupuestaria N° 9792.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°) de la Ley N° 10.027 y modificatorias - Régimen Municipal.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Apruébese la nómina del personal que reviste como contratado con y sin aportes dependiente de la Secretaría de Salud correspondiente al periodo JULIO/DICIEMBRE 2022, según ANEXOS I, II, III (por la modalidad e importe especificado en cada caso) que forman parte de este Decreto, en virtud de los considerandos precedentes.
ARTICULO 2.- Impútese el gasto que demande la renovación contractual sin aportes de los agentes que prestan servicios bajo el Programa Especial El Niño, El Adolescente y la Familia, cuyo importe proviene del Superior Gobierno Provincial a la partida Extra presupuestaria N° 9792.
ARTICULO 3°.- Liquídese a través de la Dirección de Liquidación de haberes a las personas detalladas más abajo, (contratados sin aportes) el importe especificado en cada caso y que se liquidará bajo el código 510.
Legajo Agente Monto Mensual
9302 Kolln Adrián Eugenio $ 31.850,00
9290 Cott Walter Humberto $ 31.850,00
9291 Lorenzo María Florencia $ 31.850,00
El expediente de pago respectivo será generado en forma mensual por la Dirección de Liquidación de haberes, en paralelo al pago de los importes imputados a la cuenta extrapresupuestaria N° 9792.
ARTICULO 4°.- Impútese el gasto necesario para dar cumplimiento al presente a partidas presupuestarias de la Secretaria de Salud, para el ejercicio económico 2022.
ARTICULO 5°.- Remítase copia de la presente a la Dirección de Liquidación de haberes dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas públicas, a sus efectos.
ARTICULO 6°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas
Dr. MAURO JAVER GARCIA
Secretario de Salud.
----------DECRETO N° 879/2.022
Concordia, 18 de julio de 2022
VISTO que la Señora Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. MIREYA LILIANA LOPEZ BERNIS, Documento Nacional de Identidad N° 12.426.693, hará uso de licencia anual correspondiente; y,
CONSIDERANDO:
Que se estima pertinente poner a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano, al Subsecretario de Servicios Públicos, Señor OSCAR ALBERTO SANTANA, Documento Nacional de Identidad N° 14.307.291, sin perjuicio de sus funciones específicas, a partir del día 18/07/2022, y hasta tanto dure la ausencia de su titular.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Inciso u) de la ley 10027 y su Modificatoria, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Encárgase la atención de la Secretaría de Desarrollo Urbano, al Subsecretario de Servicios Públicos, Señor OSCAR ALBERTO SANTANA, Documento Nacional de Identidad N° 14.307.291, a partir del día 18/07/2022, y mientras dure la ausencia de su titular, sin perjuicio de sus funciones.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese dése a la Jefatura de Gabinete y Gobierno, cumplido, archívese.
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presidente Municipal
ALBERTO DARIO ARMANAZQUI
Jefatura de Gabinete y Gobierno
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
----------RESOLUCION EDOS N° 447/2022
Concordia, 15 de julio de 2022
VISTO:
El Expediente N° 25 “P”/2022 correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 05/22 para la Adquisición de 250 Tonelada de POLICLORURO DE ALUMINIO, y
CONSIDERANDO:
Que en dicho expediente el Gerente de Producción solicita la compra de POLICLORURO DE ALUMINIO para ser utilizado en el proceso de potabilizador del agua.
Que la División de Compras y Suministros ha confeccionado el pliego de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicas para la adquisición mencionada en el considerando anterior.
Que dicho gasto ha sido imputado por la Oficina de Presupuesto en la partida 20.06.
Que la fecha de apertura de las ofertas fue fijada para el día 10 de agosto de 2022, a las 10:00 horas en la Oficina de Compras y Suministros del EDOS.
Que esta intervención ha autorizado el presente gasto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza de Autárquica N° 31762 y su Decreto Reglamentario N° 142/2016.
Por ello,
LOS INTERVENTORES DEL E.D.O.S.
RESUELVEN:
ARTICULO 1°.- Dispónese aprobar la documentación correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 05/22 para la compra de 250 TONELADAS DE POLICLORURO DE ALUMINIO, y al pliego que como anexo integra la presente y que se identifica como “LICITACION PUBLICA N° 05/2022 – “Adquisición de 250 Tn. de Policloruro de Aluminio” – y cuyos antecedentes obran en Expediente N° 25 “P”/22.
ARTICULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de pesos: diecinueve millones novecientos cincuenta mil con 00/100 ($ 19.950.000,00).
ARTICULO 3°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTICULO 4°.- Girar a la División de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, y, posteriormente, Regístrese, Notifíquese, y oportunamente Archívese.-
VANESA LEONARDELLI
Intervención Técnica E.D.O.S.
C.P.N. LUIS EDGARDO MOSNA
Interventor Área Administrativa
y Económica E.D.O.S.
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LICITACIÓN PÚBLICA N° 05/2022
OBJETO: “ADQUISICIÓN DE 250 TONELADAS DE POLICLORURO DE ALUMINIO”.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Retirar de la División de Compras y Suministros, ente Descentralizado Obras Sanitarias, Concordia, Entre Ríos N° 1300, en días hábiles de 7 a 12 horas. Teléfono; 121.0021 Int 329. e-mail: compras.edos@gmail.com
APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 10 de Agosto de 2.022, a las 10:00 horas.
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 19.950.000,00
VALOR DEL PLIEGO: PESOS VEINTE MIL con 00/100 ($ 20.000,00).
Div. de Compras y Suministros, 19 de julio de 2.022.
OBJETO: “ADQUISICIÓN DE 250 TONELADAS DE POLICLORURO DE ALUMINIO”.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Retirar de la División de Compras y Suministros, ente Descentralizado Obras Sanitarias, Concordia, Entre Ríos N° 1300, en días hábiles de 7 a 12 horas. Teléfono; 121.0021 Int 329. e-mail: compras.edos@gmail.com
APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 10 de Agosto de 2.022, a las 10:00 horas.
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 19.950.000,00
VALOR DEL PLIEGO: PESOS VEINTE MIL con 00/100 ($ 20.000,00).
Div. de Compras y Suministros, 19 de julio de 2.022.
