DecretoPublished: August 23, 2024

Decreto N° 1043/2024

Expand the Administrative, Organic and Functional Structure of the Secretariat of Human Development of the Municipality of Concordia

CAPITULO I

ARTICULO 1°.- Amplíese la Estructura Administrativa, Orgánica y Funcional de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia establecidas en el Decreto N°1.001/2.024.

ARTICULO 2°.- Créase la Coordinación Zonal A que comprenderá, Centro de Desarrollo Infantil Hormiguita Viajera del Barrio San Miguel y Centro de Desarrollo Infantil Pelusita del barrio Pierrestegui. : El que entenderá en la organización de los Centros de Desarrollo Infantil, la determinación de roles y funciones del personal. Entenderán con la organización de Centros de Desarrollo Infantil de Talleres y Programas nutricionales en la calidad y cantidad de mercaderías y la elaboración de menús. Entenderán con la organización de gabinete itinerante en el control, atención y seguimiento de la salud de los niños concurrentes. Entenderán con la organización de Trabajo territorial las situaciones y/o condiciones de vulnerabilidad y/o riesgo social de los niños concurrentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Humano a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

ARTICULO 3°.- Créase la Coordinación Zonal B, Centro de Desarrollo Infantil Payasito del Barrio Constitución y Centro de Desarrollo Infantil Frutillita del Barrio San Jorge. : El que entenderá en la organización de los Centros de Desarrollo Infantil, la determinación de roles y funciones del personal. Entenderán con la organización de Centros de Desarrollo Infantil de Talleres y Programas nutricionales en la calidad y cantidad de mercaderías y la elaboración de menús. Entenderán con la organización de gabinete itinerante en el control, atención y seguimiento de la salud de los niños concurrentes. Entenderán con la organización de Trabajo territorial las situaciones y/o condiciones de vulnerabilidad y/o riesgo social de los niños concurrentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Humano a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

ARTICULO 4°.- Créase la Coordinación Zonal C, que comprenderá: Centro de Desarrollo Infantil Naranjita del Barrio Sendrós y Centro de Desarrollo Infantil Ivotì Porá Santa Rita. : El que entenderá en la organización de los Centros de Desarrollo Infantil, la determinación de roles y funciones del personal. Entenderán con la organización de Centros de Desarrollo Infantil de Talleres y Programadas nutricionales en la calidad y cantidad de mercaderías y la elaboración de menús. Entenderán con la organización de gabinete itinerante en el control, atención y seguimiento de la salud de los niños concurrentes. Entenderán con la organización de Trabajo territorial las situaciones y/o condiciones de vulnerabilidad y/o riesgo social de los niños concurrentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Humano a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

ARTICULO 5°.- Créase la Coordinación Zonal D, Centro de Desarrollo Infantil Capullito del barrio Villa Jardín y Centro de Desarrollo Infantil Arco Iris del Barrio Norte. : El que entenderá en la organización de los Centros de Desarrollo Infantil, la determinación de roles y funciones del personal. Entenderán con la organización de Centros de Desarrollo Infantil de Talleres y Programas nutricionales en la calidad y cantidad de mercaderías y la elaboración de menús. Entenderán con la organización de gabinete itinerante en el control, atención y seguimiento de la salud de los niños concurrentes. Entenderán con la organización de Trabajo territorial las situaciones y/o condiciones de vulnerabilidad y/o riesgo social de los niños concurrentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Humano a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

ARTICULO 6°.- Créase la Coordinación Zonal E, Centro de Desarrollo Infantil Nidito de Sueños (doble turno). : El que entenderá en la organización de los Centros de Desarrollo Infantil, la determinación de roles y funciones del personal. Entenderán con la organización de Centros de Desarrollo Infantil de Talleres y Programas nutricionales en la calidad y cantidad de mercadurías y la elaboración de menús. Entenderán con la organización de gabinete itinerante en el control, atención y seguimiento de la salud de los niños concurrentes. Entenderán con la organización de Trabajo territorial las situaciones y/o condiciones de vulnerabilidad y/o riesgo social de los niños concurrentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Humano a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

ARTICULO 7°.- Créase la Coordinación Zonal F, que comprenderá Centro de Primera Infancia de Abasto y Jardín Materno Infantil “Manitos Pintadas”: el que entenderá en la organización de los Centros de Desarrollo Infantil, la determinación de roles y funciones del personal. Entenderán con la organización de Centros de Desarrollo Infantil de Talleres y Programas nutricionales en la calidad y cantidad de mercadurías y la elaboración de menús. Entenderán con la organización de gabinete itinerante en el control, atención y seguimiento de la salud de los niños concurrentes. Entenderán con la organización de Trabajo territorial las situaciones y/o condiciones de vulnerabilidad y/o riesgo social de los niños concurrentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Humano a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

ARTICULO 8°.- Créase la Coordinación Zonal G, que comprenderá Centro de Desarrollo Infantil Miguitas de Amor (doble turno). : El que entenderá en la organización de los Centros de Desarrollo Infantil, la determinación de roles y funciones del personal. Entenderán con la organización de Centros de Desarrollo Infantil de Talleres y Programas nutricionales en la calidad y cantidad de mercadurías y la elaboración de menús. Entenderán con la organización de gabinete itinerante en el control, atención y seguimiento de la salud de los niños concurrentes. Entenderán con la organización de Trabajo territorial las situaciones y/o condiciones de vulnerabilidad y/o riesgo social de los niños concurrentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Humano a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

ARTICULO 9º.- Créase la Coordinación Zonal H, que comprenderá Centro de Desarrollo Infantil Rayito de Sol, Centro de Desarrollo Infantil Arandanitos y Jardín Maternal Semillitas de Amor: el que entenderá en la organización de los Centros de Desarrollo Infantil, la determinación de roles y funciones del personal. Entenderán con la organización de Centros de Desarrollo Infantil de Talleres y Programas nutricionales en la calidad y cantidad de mercadurías y la elaboración de menús. Entenderán con la organización de gabinete itinerante en el control, atención y seguimiento de la salud de los niños concurrentes. Entenderán con la organización de Trabajo territorial las situaciones y/o condiciones de vulnerabilidad y/o riesgo social de los niños concurrentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Humano a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

ARTICULO 10°.- Créase la Coordinación Zonal I, Centro de Desarrollo Infantil Rincón de Luz de Benito Legerén. : El que entenderá en la organización de los Centros de Desarrollo Infantil, la determinación de roles y funciones del personal. Entenderán con la organización de Centros de Desarrollo Infantil de Talleres y Programas nutricionales en la calidad y cantidad de mercadurías y la elaboración de menús. Entenderán con la organización de gabinete itinerante en el control, atención y seguimiento de la salud de los niños concurrentes. Entenderán con la organización de Trabajo territorial las situaciones y/o condiciones de vulnerabilidad y/o riesgo social de los niños concurrentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Humano a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

ARTICULO 11°.- Créase la Coordinación Zonal J , Centro de Desarrollo Infantil Mitatí Rorí del Barrio Capricornio y Centro de Desarrollo Infantil Azahares del Barrio Villa Cresto. : El que entenderá en la organización de los Centros de Desarrollo Infantil, la determinación de roles y funciones del personal. Entenderán con la organización de Centros de Desarrollo Infantil de Talleres y Programas nutricionales en la calidad y cantidad de mercadurías y la elaboración de menús. Entenderán con la organización de gabinete itinerante en el control, atención y seguimiento de la salud de los niños concurrentes. Entenderán con la organización de Trabajo territorial las situaciones y/o condiciones de vulnerabilidad y/o riesgo social de los niños concurrentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Humano a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

ARTICULO 12°.- Créase la Coordinación Zonal K Centro de Desarrollo Infantil Trencito de Colores del barrio San Agustín: el que entenderá en la organización de los Centros de Desarrollo Infantil, la determinación de roles y funciones del personal. Entenderán con la organización de Centros de Desarrollo Infantil de Talleres y Programas nutricionales en la calidad y cantidad de mercadurías y la elaboración de menús. Entenderán con la organización de gabinete itinerante en el control, atención y seguimiento de la salud de los niños concurrentes. Entenderán con la organización de Trabajo territorial las situaciones y/o condiciones de vulnerabilidad y/o riesgo social de los niños concurrentes. Se relacionará con la Secretaría de Desarrollo Humano a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

CAPITULO II DESIGNACIONES

ARTICULO 13°.- Desígnase en el cargo de Coordinador Zonal A, en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a RAMOS, DIANA BEATRIZ, legajo Nº 5520, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 2. Tendrá Nivel 1 de acuerdo con la normativa vigente.

ARTICULO 14°.- Desígnase en el cargo de Coordinador Zonal B, en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a QUINTANA, MAGDALENA legajo Nº 2838, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 3. Tendrá Nivel 1 de acuerdo con la normativa vigente.

ARTICULO 15°.- Desígnase en el cargo de Coordinador Zonal C, en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a PEREIRA, SUSANA RAQUEL Legajo Nº 15028, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 4. Tendrá Nivel 1 de acuerdo con la normativa vigente.

ARTICULO 16°.- Desígnase en el cargo de Coordinador Zonal D, en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a CABRERA, SUSANA ANGELICA Legajo Nº 61801, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 5. Tendrá Nivel 1 de acuerdo con la normativa vigente.

ARTICULO 17°.- Desígnase en el cargo de Coordinador Zonal E, en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a GALLO, ELENA Legajo Nº 3005, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 6. Tendrá Nivel 1 de acuerdo con la normativa vigente.

ARTICULO 18°.- Desígnase en el cargo de Coordinador Zonal F, en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a RAGONE, CAROLINA, DNI 36.547.470, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 7. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 1 de acuerdo con la normativa vigente.

ARTICULO 19°.- Desígnase en el cargo de Coordinador Zonal G, en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a ACOSTA, MARÍA DE LOS ÁNGELES Legajo Nº 4367, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 8. Tendrá Nivel 1 de acuerdo con la normativa vigente.

ARTICULO 20°.- Desígnase en el cargo de Coordinador Zonal H, en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a PENAYO AMAYA, MARÍA ANTONELLA Legajo Nº 8031, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 9. Tendrá Nivel 1 de acuerdo con la normativa vigente.

ARTICULO 21°.- Desígnase en el cargo de Coordinador Zonal I, en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a HERMOSID HUGO legajo Nº 4932, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 10. Tendrá Nivel 1 de acuerdo con la normativa vigente.

ARTICULO 22°.- Desígnase en el cargo de Coordinador Zonal J, en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a SILVA MORENO SOLEDAD legajo Nº 6419, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 11. Tendrá Nivel 1 de acuerdo con la normativa vigente.

ARTICULO 23°.- Desígnase en el cargo de Coordinador Zonal K, en el ámbito de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Concordia, a PEREIRA, IRMA LILIANA legajo Nº 4990, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo N° 12. Tendrá Nivel 1 de acuerdo con la normativa vigente.

ARTICULO 24º.- La presente disposición se dicta de conformidad lo previsto en la Ordenanza N° 38.363/24.

ARTÍCULO 25°.- Establecese que las áreas creadas en el presente Decreto, como también designaciones del personal a cargo de cada una de ellas, comenzarán a regir a partir del 1 de Agosto del presente año.

ARTICULO 26.- Gírese copia a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidación de Haberes a sus efectos.

ARTÍCULO 27.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.

How can I help you?